<?xml version="1.0" encoding="UTF-8" standalone="no"?><SDOCTA xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" STATUS="DEF1" xsi:noNamespaceSchemaLocation="TA.xsd"><IDENT><STRING BOLD="on">P10_TA(2024)0010</STRING></IDENT><TI><STRING BOLD="on">Caso de José Daniel Ferrer García en Cuba</STRING></TI><HIDDEN><STRING HIDDEN="on" ITALIC="on">(B10-0022, 0043 y 0049/2024)</STRING></HIDDEN><TXTLST><RESOL><TI><STRING BOLD="on">Resolución del Parlamento Europeo, de 19 de septiembre de 2024, sobre el caso de José Daniel Ferrer García en Cuba (2024/2805(RSP))</STRING></TI><TEXT><PREAMBLE><PRINIT><STRING ITALIC="on">El Parlamento Europeo,</STRING></PRINIT><GRVISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistas sus anteriores Resoluciones sobre Cuba,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el artículo 150 de su Reglamento interno,</P></VISA></GRVISA><GRCONS><CONS><P><NO.P>A.</NO.P>Considerando que José Daniel Ferrer García, defensor de los derechos humanos y líder de la oposición, fue detenido el 11 de julio de 2021 en el contexto de protestas generalizadas en Cuba, y que se le ha mantenido en aislamiento desde el 14 de agosto de 2021; que el régimen cubano le ha encarcelado, acosado e intimidado durante más de un decenio por su activismo político pacífico; que, desde marzo de 2023, se le mantiene incomunicado, que su familia no ha recibido ninguna información sobre su salud y se le ha denegado el derecho a visitarlo;</P></CONS><CONS><P><NO.P>B.</NO.P>Considerando que el régimen cubano mantiene a presos políticos en las condiciones más terribles; que circulan informaciones según las cuales José Daniel Ferrer se encuentra en una situación crítica y se le ha mantenido sin acceso a tratamiento médico, con una alimentación insuficiente y en condiciones insalubres, que constituyen formas de tortura y tratos inhumanos o degradantes;</P></CONS><CONS><P><NO.P>C.</NO.P>Considerando que la situación de los derechos humanos en Cuba es alarmante, en particular para los disidentes, que son objeto de niveles preocupantes de vigilancia y detención arbitraria; que se desconoce el número de presos políticos, pero que fuentes fiables afirman que el régimen retiene a más de mil presos, incluidos menores de edad; que entre los numerosos presos políticos se encuentran Luis Manuel Otero Alcántara y Lizandra Góngora, cuyo estado de salud es crítico;</P></CONS></GRCONS></PREAMBLE><DISPOSITIF><ACTLST><ACTION><P><NO.P>1.</NO.P>Insta al régimen cubano a que libere de forma inmediata e incondicional a José Daniel Ferrer y a todas las personas detenidas por motivos políticos y arbitrariamente por ejercer sus derechos de libertad de expresión y de reunión pacífica;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>2.</NO.P>Condena las violaciones y abusos sistemáticos de los derechos humanos perpetrados por el régimen cubano contra manifestantes, disidentes políticos, líderes religiosos y activistas de los derechos humanos, entre otros; insta a las autoridades cubanas a que pongan fin inmediatamente a la represión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>3.</NO.P>Condena la tortura y los malos tratos inhumanos y degradantes infligidos por las autoridades cubanas contra José Daniel Ferrer y los demás presos políticos; pide que, a la espera de su puesta en libertad, se permita inmediatamente a las familias de las víctimas de la persecución del régimen acceder a ellas, y que las víctimas reciban atención médica;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>4.</NO.P>Reitera su apoyo incondicional al pueblo cubano y a todos los defensores de los derechos humanos en Cuba por su dedicación a las libertades y los derechos que el régimen ha negado durante decenios; pide al régimen que escuche a sus ciudadanos y entable un diálogo nacional inclusivo con miras a la modernización y la democratización;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>5.</NO.P>Reitera su llamamiento al Consejo para que aplique las disposiciones del régimen de sanciones de la UE de alcance mundial en materia de derechos humanos (Ley Magnitski de la Unión) y adopte sanciones contra los responsables de las persistentes violaciones de los derechos humanos en Cuba;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>6.</NO.P>Reitera sus posiciones anteriores en relación con la posibilidad de activar la cláusula de suspensión del Acuerdo de Diálogo Político y de Cooperación entre la UE y Cuba, dado que el régimen cubano ha violado continuamente las cláusulas fundamentales de derechos humanos del Acuerdo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>7.</NO.P>Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución al régimen cubano, al vicepresidente de la Comisión / alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, a la Comisión, a los Estados miembros, a las Naciones Unidas y a la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños.</P></ACTION></ACTLST></DISPOSITIF></TEXT></RESOL></TXTLST></SDOCTA>