<?xml version="1.0" encoding="UTF-8" standalone="no"?><SDOCTA xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" STATUS="DEF1" xsi:noNamespaceSchemaLocation="TA.xsd"><IDENT><STRING BOLD="on">P10_TA(2024)0020</STRING></IDENT><TI><STRING BOLD="on">Irak, en particular la situación de los derechos de las mujeres y la reciente propuesta de modificación de la Ley del Estatuto Personal</STRING></TI><HIDDEN><STRING HIDDEN="on" ITALIC="on">(B10-0089, 0091, 0092, 0093 y 0094/2024)</STRING></HIDDEN><TXTLST><RESOL><TI><STRING BOLD="on">Resolución del Parlamento Europeo, de 10 de octubre de 2024, sobre Irak, en particular la situación de los derechos de las mujeres y la reciente propuesta de modificación de la Ley del Estatuto Personal (2024/2858(RSP))</STRING></TI><TEXT><PREAMBLE><PRINIT><STRING ITALIC="on">El Parlamento Europeo,</STRING></PRINIT><GRVISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistas sus anteriores resoluciones sobre Irak,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos el artículo 150, apartado 5, y el artículo 136, apartado 4, de su Reglamento interno,</P></VISA></GRVISA><GRCONS><CONS><P><NO.P>A.</NO.P>Considerando que el Parlamento iraquí está elaborando enmiendas muy restrictivas a la Ley 188/1959 (Ley del Estatuto Personal) que afectan a los derechos de la mujer; que, como resultado, los asuntos familiares, incluidos el matrimonio, el divorcio y la custodia de menores, quedarían de hecho bajo la competencia de tribunales religiosos en lugar de tribunales civiles, lo que conllevaría, según los expertos de las Naciones Unidas, discrepancias inquietantes determinadas por diferencias confesionales; que, para algunos, la edad mínima legal para contraer matrimonio sería de nueve años para las niñas y de quince para los niños, y que existe el temor de que en el futuro aumente la violencia contra las mujeres; que el 22 % de los matrimonios no registrados afectan a niñas menores de catorce años; que los proyectos de enmiendas incrementan la vulnerabilidad de las niñas, especialmente las niñas huérfanas y las de familias con bajos ingresos, y aumentan el riesgo de que sean víctimas de trata y explotación por parte de tutores o parientes; que el Tribunal Supremo respaldó la constitucionalidad de las enmiendas más problemáticas antes de una tercera lectura, que se pospuso el 2 de octubre de 2024; que la situación de los derechos de las mujeres en Irak ya ha sido objeto de duras críticas;</P></CONS><CONS><P><NO.P>B.</NO.P>Considerando que la misión de UNITAD en Irak, que investigó los crímenes sexuales cometidos por el Dáesh contra mujeres, en particular yazidíes, tuvo que cerrar el 17 de septiembre de 2024 tras la decisión del pasado año, apoyada por Rusia y China, de interrumpir su mandato, atribuido por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas; que la Misión de Asistencia de las Naciones Unidas para el Iraq (UNAMI) también tendrá que cerrar en 2025;</P></CONS><CONS><P><NO.P>C.</NO.P>Considerando que el Premio Sájarov a la libertad de expresión de 2016 fue concedido a Nadia Murad y a Lamiya Hayi Bashar, dos mujeres yazidíes de Irak, por su lucha contra la violencia sexual relacionada con los conflictos;</P></CONS><CONS><P><NO.P>D.</NO.P>Considerando que el artículo 14 de la constitución iraquí establece que los iraquíes son iguales ante la ley sin discriminación por razón de género;</P></CONS><CONS><P><NO.P>E.</NO.P>Considerando que el 73 % de las personas que respondieron a la encuesta del equipo iraquí de sondeos expresaron una firme oposición a las modificaciones de la Ley 188/1959;</P></CONS></GRCONS></PREAMBLE><DISPOSITIF><ACTLST><ACTION><P><NO.P>1.</NO.P>Insta al Parlamento iraquí a que rechace total e inmediatamente las enmiendas propuestas a la Ley 188/1959 (Ley sobre el Estatuto Personal); subraya, con la máxima preocupación, que las enmiendas vulnerarían las obligaciones internacionales de Irak en materia de derechos fundamentales de las mujeres y daría lugar a un retroceso significativo, a una reputación internacional cada vez más negativa y a la retención de parte de la ayuda exterior de organizaciones bilaterales y multilaterales;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>2.</NO.P>Elogia a las mujeres, incluidas las diputadas al Parlamento iraquí, que han condenado la reforma, y a las ONG, activistas y miembros de la sociedad civil que han luchado desde 1959 por preservar una de las leyes más progresistas de la región;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>3.</NO.P>Pide al VP/AR y a los Estados miembros de la UE que condenen las enmiendas propuestas; pide a la delegación de la Unión en Irak que imponga como condición a las subvenciones para el desarrollo la formación a la judicatura sobre violencia sexual y de género y la creación de refugios para mujeres; insta a Irak a que adopte un plan de acción nacional para eliminar el matrimonio infantil, tipificar como delito la violación conyugal, luchar contra la violencia doméstica y reforzar los derechos de las mujeres y las niñas, en consonancia con la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; pide una asociación reforzada con la Comisión de Derechos Humanos del Parlamento iraquí, en consonancia con las obligaciones internacionales de Irak;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>4.</NO.P>Recuerda que la actual Ley del Estatuto Personal exige que los niños que tengan al menos un progenitor que se haya convertido al Islam se hagan también musulmanes; lamenta que las enmiendas propuestas a la Ley, si se aprueban, darían lugar a una aplicación aún más radical de la sharía; afirma que estas nuevas disposiciones también socavarían al Estado iraquí y afectarían a las minorías del país; expresa su profunda preocupación por las consecuencias de estas enmiendas para las comunidades cristianas iraquíes;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>5.</NO.P>Pide a los Estados miembros que aumenten su apoyo a los defensores de los derechos de las mujeres y los niños en Irak;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>6.</NO.P>Expresa su profunda preocupación por la falta de protección jurídica en el código penal para las mujeres y los niños víctimas de violencia doméstica y pide mejoras;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>7.</NO.P>Encarga a su presidenta que haga traducir la presente Resolución al árabe y la transmita al Parlamento y al Gobierno de Irak, al VP/AR y a los Estados miembros.</P></ACTION></ACTLST></DISPOSITIF></TEXT></RESOL></TXTLST></SDOCTA>