<?xml version="1.0" encoding="UTF-8" standalone="no"?><SDOCTA xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" STATUS="DEF1" xsi:noNamespaceSchemaLocation="TA.xsd"><IDENT><STRING BOLD="on">P10_TA(2024)0048</STRING></IDENT><TI><STRING BOLD="on">Movilización del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea: ayuda a Alemania e Italia en relación con las inundaciones ocurridas en 2024</STRING></TI><HIDDEN><STRING HIDDEN="on" ITALIC="on">(A10-0020/2024 - Ponente: Giuseppe Lupo)</STRING></HIDDEN><TXTLST><RESOL><TI><STRING BOLD="on">Resolución del Parlamento Europeo, de 27 de noviembre de 2024, sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la movilización del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea para prestar ayuda a Alemania e Italia en relación con las inundaciones ocurridas en 2024 (COM(2024)0480 – C10-0162/2024 – 2024/0284(BUD))</STRING></TI><TEXT><PREAMBLE><PRINIT><STRING ITALIC="on">El Parlamento Europeo,</STRING></PRINIT><GRVISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2024)0480 – C10‑0162/2024),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (CE) n.º 2012/2002 del Consejo, de 11 de noviembre de 2002, por el que se crea el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea<FOOTNOTE><FIELD> DO L 311 de 14.11.2002, p. 3, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2002/2012/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE, Euratom) 2020/2093 del Consejo, de 17 de diciembre de 2020, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2021-2027<FOOTNOTE><FIELD> DO L 433 I de 22.12.2020, p. 11, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2020/2093/oj.</FIELD></FOOTNOTE>, y en particular su artículo 9,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Acuerdo Interinstitucional, de 16 de diciembre de 2020, entre el Parlamento Europeo, el Consejo de la Unión Europea y la Comisión Europea sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera, así como sobre nuevos recursos propios, en particular una hoja de ruta para la introducción de nuevos recursos propios<FOOTNOTE><FIELD> DO L 433 I de 22.12.2020, p. 28, ELI: http://data.europa.eu/eli/agree_interinstit/2020/1222/oj.</FIELD></FOOTNOTE>, y en particular su apartado 10,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) 2021/1058 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión<FOOTNOTE><FIELD> DO L 231 de 30.6.2021, p. 60, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2021/1058/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) n.º 1305/2013 y (UE) n.º 1307/2013<FOOTNOTE><FIELD> DO L 435 de 6.12.2021, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2021/2115/oj</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista su Resolución, de 27 de febrero de 2024, sobre el proyecto de Reglamento del Consejo por el que se modifica el Reglamento (UE, Euratom) 2020/2093 por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2021-2027<FOOTNOTE><FIELD> Textos Aprobados, P9_TA(2024)0082.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>	Vista su Resolución, de 20 de octubre de 2021, sobre la eficacia en el uso por parte de los Estados miembros de las ayudas otorgadas con cargo al Fondo de Solidaridad de la Unión Europea en caso de catástrofe natural<FOOTNOTE><FIELD> DO C 184 de 5.5.2022, p. 82.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>	Vista su Resolución, de 18 de mayo de 2021, sobre la revisión del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea<FOOTNOTE><FIELD> DO C 15 de 12.1.2022, p. 2.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de la Comisión de Presupuestos (A10‑0020/2024),</P></VISA></GRVISA><GRCONS><CONS><P><NO.P>A.</NO.P>Considerando que el 30 de mayo de 2024 Alemania se vio afectada por lluvias torrenciales que provocaron inundaciones extremas en el sur del país a principios de junio, lo que se tradujo en seis víctimas mortales y daños directos totales estimados por la Comisión en 4 131 600 000 EUR;</P></CONS><CONS><P><NO.P>B.</NO.P>Considerando que el 29 de junio de 2024 Italia sufrió un violento temporal que provocó el desbordamiento de ríos y arroyos en la Región Autónoma del Valle de Aosta, lo que dio lugar a unos daños directos totales estimados por las autoridades italianas en 158 390 000 EUR;</P></CONS></GRCONS></PREAMBLE><DISPOSITIF><ACTLST><ACTION><P><NO.P>1.</NO.P>Expresa su más profunda solidaridad con todas las víctimas, sus familias y todas las personas afectadas por las destructivas inundaciones en Alemania e Italia, así como con las autoridades nacionales, regionales y locales que participaron en los esfuerzos de socorro;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>2.</NO.P>Acoge con satisfacción la decisión como una forma tangible y visible de solidaridad de la Unión con su ciudadanía y las regiones de las zonas afectadas en Alemania e Italia;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>3.</NO.P>Reitera la importancia de comunicar a la opinión pública los beneficios tangibles que genera el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea (en lo sucesivo, el «FSUE»), también a fin de dar a conocer en mayor medida los instrumentos y programas de la Unión a la ciudadanía;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>4.</NO.P>Destaca el número creciente de catástrofes naturales graves, destructivas y mortales en Europa, y pide a los Estados miembros y a la Comisión que inviertan en medidas de mitigación del cambio climático y adaptación al mismo a fin de evitar la pérdida de vidas humanas y las pérdidas económicas; estima que debe aumentarse de forma considerable el presupuesto del FSUE, o su equivalente, con vistas a la próxima propuesta de la Comisión sobre el nuevo marco financiero plurianual y las negociaciones interinstitucionales pertinentes, y que el FSUE o su equivalente deben ofrecer a la ciudadanía una ayuda proporcional a la magnitud de tales catástrofes; señala que un aumento sustancial del FSUE permitiría a los Estados miembros responder de manera más eficaz y rápida a las catástrofes, al tiempo que podrían preservarse otros instrumentos, en particular los fondos de cohesión, cuyo objetivo principal no es responder a las catástrofes;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>5.</NO.P>Destaca los estragos causados por las inundaciones a las tierras y explotaciones agrícolas, a las infraestructuras de transporte y, en particular, a los pequeños pueblos y ciudades de los alrededores de las regiones urbanas; subraya que, debido al cambio climático, las islas y las regiones costeras son especialmente vulnerables a las catástrofes naturales; reconoce que fenómenos como los terremotos, las inundaciones, las erupciones volcánicas y las sequías, que también afectan a lagos y ríos, representan una amenaza creciente para muchas regiones europeas, en particular para las mediterráneas; se pregunta si el FSUE se ajusta adecuadamente a las necesidades de emergencia relacionadas con la adaptación al cambio climático en estos territorios especialmente frágiles; considera, por tanto, que las islas y las regiones costeras deben recibir una financiación adecuada en el marco del FSUE al objeto de abordar sus vulnerabilidades específicas; pide a los Estados miembros que tengan en cuenta que las poblaciones vulnerables se ven especialmente afectadas por las catástrofes naturales debido a factores socioeconómicos que obstaculizan aún más su capacidad de recuperación;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>6.</NO.P>Destaca que el FSUE es solo un instrumento paliativo y que la Unión también debe seguir abordando la adaptación al cambio climático y la mitigación del mismo apoyando las políticas europeas y nacionales de prevención de catástrofes naturales; subraya que, en el informe n.º 1/2024 de la AEMA, titulado «Evaluación europea del riesgo climático», se advierte de que la Unión no está preparada para los efectos del cambio climático, y se hace hincapié en la necesidad de actuar a fin de evitar que los riesgos climáticos detectados alcancen niveles críticos; pide a los Estados miembros y a la Comisión que adopten las medidas necesarias para que la Unión cumpla los compromisos contraídos en virtud del Acuerdo de París; recuerda la necesidad de sinergias eficaces con otras políticas y programas de la Unión, y subraya que los Estados miembros deben hacer el mejor uso posible de las oportunidades de financiación, en particular del Fondo Europeo de Desarrollo Regional, el Fondo Social Europeo Plus y los programas de desarrollo rural; pide a la Comisión que evalúe con la debida urgencia toda solicitud motivada presentada por los Estados miembros de reasignar fondos en el marco de los planes nacionales de recuperación y resiliencia a las ayudas en caso de catástrofes naturales, de conformidad con las normas definidas en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo<FOOTNOTE><FIELD> Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (DO L 57 de 18.2.2021, p. 17).</FIELD></FOOTNOTE>; hace hincapié asimismo en la necesidad de medidas preventivas eficaces, no solo para mitigar los daños futuros, sino también para evitar el agravamiento de las condiciones de riesgo tras sucesos catastróficos, como inundaciones, incendios forestales, corrimientos de tierras o el desecamiento de lagos y ríos; destaca la importancia de disponer de la flexibilidad adecuada entre los distintos programas; subraya que la asistencia prestada en el marco del FSUE no debe ir en detrimento de la financiación de la Unión recibida por los Estados miembros en el marco de otros programas o políticas de la Unión; recuerda que los Estados miembros pueden conceder ayudas estatales, de conformidad con las normas aplicables de la Unión al respecto, en particular a las empresas agrícolas que hayan sufrido daños debido a catástrofes naturales;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>7.</NO.P>Toma nota de que la Comisión presentó el 21 de octubre de 2024 una propuesta legislativa de ayuda de emergencia regional para la reconstrucción por catástrofe natural<FOOTNOTE><FIELD> Propuesta de la Comisión Europea, de 21 de octubre de 2024, de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo titulada «RESTORE: Apoyo regional urgente para la reconstrucción, que modifica el Reglamento (UE) 2021/1058 y el Reglamento (UE) 2021/1057» (COM(2024)0496).</FIELD></FOOTNOTE> y de medidas específicas en el marco del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), para proporcionar ayuda adicional a los Estados miembros afectados por catástrofes naturales<FOOTNOTE><FIELD> Propuesta de la Comisión Europea, de 21 de octubre de 2024, de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (UE) 2020/2220 en lo que respecta a medidas específicas con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) para proporcionar ayuda adicional a los Estados miembros afectados por catástrofes naturales (COM(2024)0495).</FIELD></FOOTNOTE> con el fin de ofrecer más flexibilidad en el uso de los fondos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>8.</NO.P>Recuerda la importancia de una evaluación de los daños rápida y sólida que tenga debidamente en cuenta las repercusiones económicas, y pide que se redoblen los esfuerzos operativos para reducir el tiempo medio de liberación de los pagos anticipados, garantizando al mismo tiempo la protección del presupuesto de la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>9.</NO.P>Subraya la necesidad urgente de liberar asistencia financiera inmediata a través del FSUE para garantizar que el apoyo pueda llegar a las regiones afectadas de manera oportuna;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>10.</NO.P>Aprueba la Decisión adjunta a la presente Resolución;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>11.</NO.P>Encarga a su presidenta que firme esta Decisión, conjuntamente con el presidente del Consejo, y disponga su publicación en el <STRING ITALIC="on">Diario Oficial de la Unión Europea</STRING>;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>12.</NO.P>Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución, incluido su anexo, al Consejo y a la Comisión.</P></ACTION></ACTLST></DISPOSITIF></TEXT></RESOL></TXTLST><TXTLST><ANNEX><TI><STRING BOLD="on">ANEXO</STRING></TI><STI><STRING BOLD="on">DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO</STRING></STI><P><STRING BOLD="on">relativa a la movilización del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea para prestar ayuda a Alemania e Italia en relación con las inundaciones ocurridas en 2024</STRING></P><P><STRING ITALIC="on">(No se reproduce el texto del presente anexo ya que es el que corresponde al del acto definitivo, la Decisión (UE) 2024/3105.)</STRING></P></ANNEX></TXTLST></SDOCTA>