<?xml version="1.0" encoding="UTF-8" standalone="no"?><SDOCTA xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" STATUS="DEF2" xsi:noNamespaceSchemaLocation="TA.xsd"><IDENT><STRING BOLD="on">P10_TA(2025)0011</STRING></IDENT><TI><STRING BOLD="on">Banco Central Europeo: informe anual 2024</STRING></TI><HIDDEN><STRING HIDDEN="on" ITALIC="on">(A10-0003/2025 - Ponente: Anouk Van Brug)</STRING></HIDDEN><TXTLST><RESOL><TI><STRING BOLD="on">Resolución del Parlamento Europeo, de 11 de febrero de 2025, sobre el Informe Anual 2024 del Banco Central Europeo (2024/2054(INI))</STRING></TI><TEXT><PREAMBLE><PRINIT><STRING ITALIC="on">El Parlamento Europeo,</STRING></PRINIT><GRVISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Informe Anual 2023 del Banco Central Europeo (en lo sucesivo, «BCE»),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos los comentarios del BCE, de 18 de abril de 2024, sobre la contribución aportada por el Parlamento como parte de su Resolución sobre el Informe Anual 2022 del BCE<FOOTNOTE><FIELD> DO C 283 de 11.8.2023, p. 40.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales (en lo sucesivo, «SEBC») y del BCE, y en particular sus artículos 2, 15 y 21,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos el artículo 119, el artículo 123, apartado 1, el artículo 125, el artículo 127, apartados 1 y 2, el artículo 130, el artículo 282, apartado 2, y el artículo 284, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos los artículos 3 y 13 del Tratado de la Unión Europea (TUE),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistas las proyecciones macroeconómicas de 7 de marzo de 2024, 6 de junio de 2024, de 12 de septiembre de 2024 y 12 de diciembre de 2024 elaboradas por los expertos del Eurosistema para la zona del euro,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistas las decisiones adoptadas por el Consejo de Gobierno del BCE el 25 de enero de 2024, el 7 de marzo de 2024, el 11 de abril de 2024, el 6 de junio de 2024, el 18 de julio de 2024, el 12 de septiembre de 2024, el 17 de octubre de 2024 y el 12 de diciembre de 2024,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la estimación del nivel de inflación de Eurostat de 3 de febrero de 2025,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistas las previsiones económicas de otoño de 2024 de la Comisión, publicadas el 26 de noviembre de 2024,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistas las Perspectivas de la economía mundial de enero de 2025 del Fondo Monetario Internacional,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos los diálogos monetarios mantenidos con la presidenta del BCE, Christine Lagarde, el 15 de febrero de 2024, el 30 de septiembre de 2024 y el 4 de diciembre de 2024,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista su Decisión, de 1 de junio de 2023, sobre el acuerdo en forma de intercambio de cartas entre el Parlamento Europeo y el BCE que estructura sus prácticas de interacción en el ámbito de las actividades de banca central<FOOTNOTE><FIELD> Textos Aprobados, DO C, C/2024/6738, 26.11.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/6738/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el pilar europeo de derechos sociales,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la aprobación del Instrumento de Protección de la Transmisión por el Consejo de Gobierno del BCE, el 21 de julio de 2022,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la propuesta de la Comisión, de 28 de junio de 2023, de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la instauración del euro digital (COM(2023)0369),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el primer informe de progreso del BCE, de 24 de junio de 2024, y el segundo informe de progreso, de 2 de diciembre de 2024, sobre la fase de preparación del euro digital,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos los cuatro informes de progreso del BCE, de 13 de julio de 2023, 24 de abril de 2023, 21 de diciembre de 2022 y 29 de septiembre de 2022, sobre la fase de investigación del euro digital,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistas la revisión de la estrategia de política monetaria del BCE, iniciada el 23 de enero de 2020 y concluida el 8 de julio de 2021, y la próxima evaluación de la estrategia de política monetaria de 2025,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistas la revisión del marco operativo del BCE publicada el 13 de marzo de 2024,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Informe Anual del BCE sobre el papel internacional del euro, de junio de 2024,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos los resultados de la primera prueba de resistencia de la ciberresiliencia del BCE, de 26 de julio de 2024,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el documento del BCE titulado «Financial Stability Review» (Examen de la estabilidad financiera), publicado el 20 de noviembre de 2024,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la publicación, el 19 de junio de 2024, del Reglamento sobre requisitos de capital revisado (RRC III)<FOOTNOTE><FIELD> DO L, 2024/1623, 19.6.2024, ELI:<STRING UNDERLINE="on"> http://data.europa.eu/eli/reg/2024/1623/oj</STRING>.</FIELD></FOOTNOTE> y de la Directiva sobre requisitos de capital (DRC VI)<FOOTNOTE><FIELD> DO L, 2024/1619, 19.6.2024, ELI:<STRING UNDERLINE="on"> http://data.europa.eu/eli/dir/2024/1619/oj</STRING>.</FIELD></FOOTNOTE> en el <STRING ITALIC="on">Diario Oficial de la Unión Europea</STRING>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos los resultados de la prueba de resistencia a los riesgos climáticos del BCE, de 8 de julio de 2022,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la actualización de 2024 de la Declaración ambiental del BCE,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el plan sobre clima y naturaleza 2024-2025 del BCE,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el artículo 142, apartado 1, de su Reglamento interno,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el artículo 55 de su Reglamento interno,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios (A10-0003/2025),</P></VISA></GRVISA><GRCONS><CONS><P><NO.P>A.</NO.P>Considerando que, según Eurostat, la inflación con arreglo al índice armonizado de precios de consumo alcanzó un nivel del 2,4 % en la zona del euro en diciembre de 2024;</P></CONS><CONS><P><NO.P>B.</NO.P>Considerando que, según las proyecciones macroeconómicas de diciembre de 2024 elaboradas por los expertos del Eurosistema para la zona del euro, se prevé que la inflación medida por el índice armonizado de precios de consumo se reduzca en un 2,1 % en 2025, un 1,9 % en 2026, y aumente un 2,1 % en 2027<FOOTNOTE><FIELD>  https://www.ecb.europa.eu/press/projections/html/ecb.projections202412_eurosystemstaff~71a06224a5.es.html.</FIELD></FOOTNOTE>; que las previsiones de inflación muestran diferencias sustanciales dentro de la zona del euro;</P></CONS><CONS><P><NO.P>C.</NO.P>Considerando que el principal objetivo del BCE es mantener la estabilidad de precios, que ha definido como un nivel de inflación del 2 % a medio plazo;</P></CONS><CONS><P><NO.P>D.</NO.P>Considerando que el BCE debe promover las políticas económicas generales de la Unión, contribuyendo así a la consecución de los objetivos de la Unión establecidos en el artículo 3 del TUE;</P></CONS><CONS><P><NO.P>E.</NO.P>Considerando que el BCE goza de independencia política, lo que significa que ni las instituciones y organismos de la Unión ni los Gobiernos de los Estados miembros deben tratar de influir en él;</P></CONS><CONS><P><NO.P>F.</NO.P>Considerando que el BCE puede tomar decisiones para cumplir su objetivo principal de mantener la estabilidad de precios sin injerencias políticas más allá de la obligación de rendir cuentas;</P></CONS><CONS><P><NO.P>G.</NO.P>Considerando que la independencia política exige que el BCE se abstenga de adoptar medidas políticas;</P></CONS><CONS><P><NO.P>H.</NO.P>Considerando que el artículo 123 del TFUE y el artículo 21 de los Estatutos del SEBC y del BCE prohíben la financiación monetaria directa de los Gobiernos; que el BCE puede adquirir títulos de deuda en el mercado secundario si ello es necesario para alcanzar sus objetivos;</P></CONS><CONS><P><NO.P>I.</NO.P>Considerando que el Eurosistema se ha construido sobre el principio de la dominancia monetaria;</P></CONS><CONS><P><NO.P>J.</NO.P>Considerando que los pagos principales de los valores que han llegado a su vencimiento adquiridos en el marco del programa de compras de activos ya no se reinvierten y que los pagos principales de los valores que han llegado a su vencimiento adquiridos en el marco del programa temporal de compras de emergencia frente a la pandemia (PEPP) ya no se reinvertirán en su totalidad a partir de enero de 2025;</P></CONS><CONS><P><NO.P>K.</NO.P>Considerando que las reservas bancarias mantenidas por las entidades de crédito en el BCE ascendían a 3 billones EUR en diciembre de 2024;</P></CONS><CONS><P><NO.P>L.</NO.P>Considerando que el euro es la segunda moneda más importante del mundo;</P></CONS><CONS><P><NO.P>M.</NO.P>Considerando que el BCE debe rendir cuentas ante el Parlamento como institución de la Unión que representa a la ciudadanía de la Unión; que dicha rendición de cuentas se ha mantenido al más alto nivel, con la organización periódica del diálogo monetario, las comparecencias de la presidenta del BCE en las sesiones plenarias del Parlamento y varias visitas y reuniones entre diputados al Parlamento Europeo y miembros de la administración del BCE;</P></CONS></GRCONS></PREAMBLE><DISPOSITIF><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Consideraciones generales</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>1.</NO.P>Acoge con satisfacción la labor del BCE para salvaguardar la estabilidad monetaria y financiera, que es una condición previa necesaria para el crecimiento y la estabilidad económica; subraya, a este respecto, que el BCE es la institución responsable de mantener la estabilidad de precios en la zona del euro; señala que, sin perjuicio del objetivo de estabilidad de precios, el SEBC debe apoyar las políticas económicas generales de la Unión, conforme a lo establecido en el artículo 127 del TFUE;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>2.</NO.P>Destaca que la independencia estatutaria del BCE, establecida en los Tratados, es indispensable para cumplir el mandato que se le ha encomendado de mantener la estabilidad de precios en la zona euro y contribuir de este modo al crecimiento económico, la competitividad y la creación de empleo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>3.</NO.P>Reitera la importancia de la independencia política del BCE, que debe permanecer inalterada; hace hincapié en que esta independencia exige, por tanto, que el BCE se abstenga de adoptar medidas políticas; acoge con satisfacción la cooperación institucional, subrayando así la importancia del correspondiente nivel de rendición de cuentas ante el Parlamento;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>4.</NO.P>Invita al BCE y al Parlamento Europeo a que hagan pleno uso de los mecanismos de rendición de cuentas y transparencia y, en la medida de lo posible, sigan mejorando estos mecanismos, sin perjuicio de la independencia del BCE;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>5.</NO.P>Reconoce los esfuerzos del BCE por volver a reducir la inflación a niveles acordes con su objetivo del 2 % a medio plazo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>6.</NO.P>Subraya que tanto la política monetaria del BCE, en cumplimiento de su mandato, como las políticas fiscales deben trabajar conjuntamente para ayudar a los ciudadanos y hogares europeos, así como a las pequeñas empresas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>7.</NO.P>Toma nota de las disparidades entre los Estados miembros con respecto a los niveles de inflación por encima o por debajo del objetivo del BCE del 2 %; insiste en que la inflación reduce el poder adquisitivo de las rentas fijas, los ahorros y las pensiones y distorsiona la función de señalización de los precios, necesaria para una asignación eficiente de los recursos, por lo que repercute negativamente en la estabilidad económica;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>8.</NO.P>Destaca que la inflación desencadenó una «crisis del coste de la vida» para los ciudadanos de la Unión; hace hincapié, por tanto, en que es imperativo reducir la inflación a su tasa objetivo del 2 %; observa que los elevados niveles de inflación afectan de manera desproporcionada a los hogares con ingresos más bajos, que gastan una mayor proporción de su presupuesto en bienes de primera necesidad; destaca que, por consiguiente, reducir la inflación general a los niveles objetivo también es importante para mantener la cohesión social;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>9.</NO.P>Lamenta que la inflación subyacente siga siendo elevada en la zona del euro (2,7 % en diciembre de 2024), ya que solo tres Estados miembros de la zona del euro presentaban tasas de inflación subyacente inferiores al 2 % en diciembre de 2024; recuerda que esta situación genera incertidumbre económica, desincentiva el ahorro y aumenta el coste de la vida de los ciudadanos, lo que afecta especialmente a aquellos con ingresos fijos y limitados;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>10.</NO.P>Destaca que mantener los tipos de interés demasiado elevados podría obstaculizar el crecimiento económico; pide al BCE que no baje los tipos de interés con demasiada rapidez, ya que los niveles de inflación podrían volver a aumentar cuando la inflación ya supera el 2 %; pone de relieve la importancia de las expectativas de inflación y recuerda que una volatilidad excesiva de las tasas de inflación podría distorsionar dichas expectativas; pide al BCE que evalúe el impacto de los cambios de los tipos de interés en los distintos sectores económicos, entre ellos los sectores que hacen un uso intensivo de capital;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>11.</NO.P>Reconoce que las decisiones de política monetaria que ha tomado el Consejo de Gobierno del BCE desde la crisis inflacionaria derivada del aumento en los precios de la energía han orientado la inflación en una dirección compatible con la consecución del objetivo de estabilidad de precios y, al mismo tiempo, han evitado un grave deterioro de la actividad económica o el empleo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>12.</NO.P>Recuerda que el Eurosistema se creó sobre la base del principio de la dominancia monetaria y que la unión económica y monetaria requiere, por tanto, que los Estados miembros apliquen políticas fiscales firmes para poder responder a las perturbaciones externas; recuerda la necesidad de una aplicación adecuada del nuevo marco fiscal para garantizar la credibilidad de las políticas fiscales en la unión económica y monetaria; observa que un margen de maniobra presupuestario suficiente también permite a los Estados miembros responder a las perturbaciones externas; toma nota de la flexibilidad que ofrecen las nuevas normas presupuestarias a este respecto; señala que los Estados miembros pueden aumentar su resiliencia frente a las perturbaciones externas a través de medidas presupuestarias y reformas que favorezcan el crecimiento;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>13.</NO.P>Recuerda que los Estados miembros deberían aplicar políticas presupuestarias prudentes a fin de complementar los esfuerzos del BCE por mantener la inflación baja y, de esta forma, proteger los ingresos; destaca que abordar los niveles excesivos de déficit público y deuda es crucial para mantener una economía estable, un crecimiento sostenible y permitir que se disponga del espacio político para que los gobiernos puedan responder a las perturbaciones negativas; toma nota, a este respecto, de las recientes conclusiones del examen de la estabilidad financiera relativas a los elevados niveles de deuda nacional;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>14.</NO.P>Observa que las políticas monetarias del BCE destinadas a cumplir su mandato principal están sujetas a una evaluación de la proporcionalidad; observa que la evaluación de la proporcionalidad tiene en cuenta el impacto de las medidas de política monetaria en la economía en sentido amplio y en las políticas económicas en general;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Política monetaria</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>15.</NO.P>Celebra que la inflación general haya descendido desde su nivel máximo del 10,6 % en octubre de 2022 hasta el 2,4 % en diciembre de 2024;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>16.</NO.P>Acoge con satisfacción la disminución de la inflación subyacente, que pasó de su nivel máximo del 7,6 % en marzo de 2023 al 2,7 % en diciembre de 2024, pero muestra preocupación por que se mantenga en un nivel elevado sin precedentes; observa con preocupación que la elevada inflación subyacente podría dar lugar a un aumento de la inflación general;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>17.</NO.P>Observa que el BCE ha tardado más de tres años en alcanzar un nivel de inflación acorde con su objetivo del 2 %; recuerda, a este respecto, la evaluación incorrecta del BCE según la cual se esperaba que la inflación fuera solo transitoria;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>18.</NO.P>Destaca que las perturbaciones en la oferta, originadas principalmente por fuentes externas, fueron uno de los principales factores que impulsaron las subidas de la inflación; reconoce que la política monetaria afecta de forma más directa a los niveles de inflación cuando se deriva principalmente de factores de demanda que cuando procede de la oferta;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>19.</NO.P>Acoge con satisfacción los esfuerzos del BCE por actualizar periódicamente sus modelos; invita al BCE a seguir revisando y mejorando sus modelos y su papel en la elaboración de sus políticas a la vista de los resultados mediocres de dichos modelos en los últimos años, a fin de extraer lecciones de las crisis anteriores, en particular para distinguir mejor entre las fuentes de inflación ligadas a la demanda y a la oferta; destaca que las perturbaciones económicas en la oferta pueden tener muchas causas, como acontecimientos geopolíticos, catástrofes naturales o relacionadas con el clima y ciberataques, entre otras;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>20.</NO.P>Destaca que conviene incluir las viviendas ocupadas por sus propietarios en el índice armonizado de precios de consumo por razones tanto de representatividad como de comparabilidad entre los países de la zona del euro; pide que se acelere la hoja de ruta para garantizar que se incluyan sin demora los datos sobre las viviendas ocupadas por sus propietarios en el índice armonizado de precios de consumo; acoge con satisfacción el compromiso del Consejo de Gobierno del BCE de tener también en cuenta, tanto en sus evaluaciones como en sus decisiones de política monetaria, las medidas de inflación disponibles en relación con el índice de precios de las viviendas ocupadas por sus propietarios trimestral independiente;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>21.</NO.P>Apoya la decisión del BCE de reducir sus programas de adquisición de activos para equilibrar las condiciones de liquidez del mercado y los niveles de inflación, habida cuenta del exceso de liquidez en el mercado y de la reducción de los niveles de inflación; celebra que la cartera de activos en el marco de los programas de compra del BCE tenga una tendencia a la baja desde 2023;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>22.</NO.P>Subraya que, como consecuencia de los intereses sobre las tenencias de reservas bancarias de los bancos comerciales, en 2023 el Eurosistema pagó más de 120 000 000 000 EUR de intereses a las entidades de crédito, lo que equivale, como mínimo, al 0,8 % del PIB de la zona del euro; considera que esto supone una subvención significativa al sector bancario; pide al BCE que mitigue este problema;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>23.</NO.P>Subraya que los programas de adquisición del BCE son políticas no convencionales que solo se deben aplicar en períodos de crisis y que, si no se ejecutan cuidadosamente, corren el riesgo de contravenir la prohibición de financiación monetaria establecida en el artículo 123, apartado 1, del TFUE; pide al BCE que siga supervisando la reducción gradual de su balance, a fin de limitar los posibles efectos desestabilizadores prolongados en la zona del euro, al tiempo que supervisa el crecimiento y la competitividad de la economía de la Unión; pide al BCE que comparta información sobre el impacto de los programas de adquisición en el funcionamiento de los mercados financieros, incluido el impacto en los fondos de pensiones y la cooperación en materia de seguros de pensiones;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>24.</NO.P>Destaca que una transmisión equilibrada de la política monetaria resulta vital para el cumplimiento del mandato del BCE en materia de estabilidad de precios; subraya que una divergencia excesiva en las rentabilidades de la deuda soberana hace que las condiciones crediticias sean incompatibles con una transmisión uniforme de la política monetaria y dificultan enormemente la reducción de la deuda pública; toma nota de la creación del Instrumento para la Protección de la Transmisión en julio de 2022 sirve de herramienta para apoyar una transmisión de la política monetaria efectiva;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>25.</NO.P>Destaca que la divergencia de los tipos de interés en la zona del euro es, por lo general y en ausencia de perturbaciones financieras graves, el resultado de las diferentes primas de riesgo de los bonos del Estado que reflejan, entre otros factores, diferentes planteamientos de la política fiscal; observa que las intervenciones en el marco del Instrumento para la Protección de la Transmisión pueden ocultar los retos presupuestarios subyacentes; subraya que el Instrumento para la Protección de la Transmisión debe utilizarse en las condiciones establecidas por el BCE únicamente para hacer frente a las tensiones en los mercados financieros que no estén relacionadas con los fundamentos económicos; pide a los Estados miembros que lleven a cabo políticas presupuestarias responsables y garanticen unos niveles de deuda sostenibles, garantizando así su resiliencia frente a las perturbaciones actuales y futuras;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Euro digital </STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>26.</NO.P>Toma nota de los avances del BCE en el proyecto del euro digital y acoge con satisfacción el diálogo en curso con el Parlamento; hace hincapié en que un euro digital debe proporcionar un claro valor añadido para los ciudadanos europeos, como una mayor autonomía estratégica en los pagos, un mayor nivel de competencia en el mercado de pagos minoristas, el potencial para fomentar la innovación en los pagos y las finanzas, una mejor inclusión financiera y un sistema de pagos de reserva fuera de línea fiable; pide al BCE que demuestre claramente estos beneficios antes de que los colegisladores de la Unión tomen la decisión de emitir o no un euro digital que logre un equilibrio adecuado en los límites de tenencias, las preocupaciones en materia de privacidad, la competencia con las soluciones de pago privadas y la facilidad de uso en un contexto empresarial, entre otras cuestiones;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>27.</NO.P>Demanda que la eventual decisión de emisión del euro digital no pueda recaer exclusivamente en el Consejo de Gobierno del BCE; considera, en cambio, que la decisión de introducir o no un euro digital es, en última instancia, una decisión política que deben adoptar los colegisladores de la Unión, habida cuenta de las posibles repercusiones profundas de esta decisión en una amplia gama de ámbitos de la Unión, como la privacidad, la protección de los consumidores, la estabilidad financiera, la política financiera y otros que van más allá del cometido estricto de la política monetaria;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>28.</NO.P>Considera que el euro digital solo tendrá éxito si aporta un valor añadido tangible para los ciudadanos europeos, que estos puedan comprender; observa que, en la actualidad, muchos ciudadanos europeos o bien no han oído hablar del proyecto del euro digital, o bien se muestran escépticos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>29.</NO.P>Reitera que el efectivo debe seguir estando ampliamente disponible y accesible en todo momento con el fin de garantizar que se disponga de una variedad de medios de pago; acoge con satisfacción, en este contexto, la propuesta de Reglamento relativo al curso legal de los billetes y monedas en euros;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>30.</NO.P>Destaca la necesidad de un modelo de compensación basado en los costes para el sector bancario, que se encarga de la aplicación práctica del proyecto del euro digital; recuerda que el modelo de compensación debe garantizar un euro gratuito para sus usuarios;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>31.</NO.P>Pide al BCE que tenga debidamente en cuenta las preocupaciones en materia de estabilidad financiera y los posibles cambios en la estructura del sector financiero derivados de la introducción del euro digital; recuerda la importancia de fijar límites, a fin de no crear riesgos adicionales para los balances de los bancos, especialmente durante las crisis;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>32.</NO.P>Pide al BCE que dé prioridad a unas salvaguardias sólidas en materia de privacidad, haciendo de ellas un referente para la privacidad de la moneda digital de banco central, a fin de garantizar la confianza pública y tener en cuenta las preocupaciones de los ciudadanos en relación con la protección de datos y la autonomía;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Objetivos secundarios</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>33.</NO.P>Subraya que actualmente, en virtud de los Tratados, los objetivos secundarios de la Unión son indeterminados; observa que el carácter de apoyo de los objetivos secundarios del BCE complementa el mandato principal; recuerda que, de conformidad con los Tratados, la Unión tiene como finalidad promover la paz, sus valores y el bienestar de sus pueblos y lograr un crecimiento económico equilibrado y la estabilidad de los precios, una economía social de mercado altamente competitiva, tendente al pleno empleo y al progreso social, y un elevado nivel de protección y mejora de la calidad del medio ambiente;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>34.</NO.P>Recuerda que, sin perjuicio del mandato principal del BCE, los Tratados le exigen que apoye las políticas económicas generales de la Unión; pide al BCE que cumpla su mandato cuando interprete sus objetivos secundarios o actúe en cumplimiento de estos; destaca que sobrepasar este mandato afecta a la independencia del BCE; considera que mantener la estabilidad de los precios y unas condiciones macroeconómicas estables favorece la creación de las condiciones adecuadas para la aplicación de los objetivos de la política económica general de la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>35.</NO.P>Destaca que las mejores condiciones para alcanzar los objetivos secundarios del BCE se dan en un entorno macroeconómico estable basado en niveles de precios previsibles que incentiva las inversiones; pide al BCE que incluya un capítulo específico en su Informe Anual en el que explique cómo ha interpretado y aplicado sus objetivos secundarios;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>36.</NO.P>Subraya que el BCE debe evitar las distorsiones en la función de señalización de los precios, que garantiza una asignación eficiente de los recursos; invita al BCE a que siga evaluando en qué medida el cambio climático afecta a su capacidad para mantener la estabilidad de los precios;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>37.</NO.P>Pide al BCE que respete el enfoque de neutralidad del mercado en sus operaciones monetarias, y toma nota, al mismo tiempo, de que el BCE reconoce que la neutralidad del mercado es un instrumento y no un requisito legal;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>38.</NO.P>Señala que las acciones del BCE para descarbonizar sus tenencias de bonos corporativos no han seguido rigurosamente un enfoque neutro desde el punto de vista del mercado;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>39.</NO.P>Pide al BCE que revise sus políticas para garantizar que estas medidas promuevan la competitividad de la Unión sin poner en peligro en modo alguno el objetivo principal del BCE;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>40.</NO.P>Pide al BCE que utilice todas las herramientas de que dispone para garantizar que los bancos se tomen en serio todos los riesgos financieros y externos, incluidos los riesgos climáticos y geopolíticos; acoge con satisfacción las medidas del BCE para seguir mejorando las herramientas y capacidades de evaluación de riesgos del Eurosistema destinadas a incluir mejor los riesgos relacionados con el clima y el medio ambiente, en particular porque el cambio climático y los fenómenos meteorológicos extremos podrían dar lugar a una mayor volatilidad de los precios, especialmente en el sector agroalimentario; pide al BCE que prosiga su trabajo sobre las pruebas de resistencia a los riesgos climáticos desarrolladas para evaluar la resiliencia de los bancos y las empresas frente al riesgo de la transición climática;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>41.</NO.P>Toma nota del plan sobre clima y naturaleza 2024-2025; pide al BCE que elabore un plan geopolítico 2025-2030 con el fin de comprender mejor las implicaciones de la guerra y los conflictos para la estabilidad de los precios y tratar por igual todas las posibles fuentes de perturbaciones externas;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Otros aspectos</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>42.</NO.P>Subraya que un papel internacional más fuerte del euro reduciría los tipos de interés en la zona del euro, mejoraría la posición de la Unión en la escena internacional y aumentaría la estabilidad macroeconómica; recuerda que el fortalecimiento del papel internacional del euro contribuiría a mejorar la autonomía estratégica de la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>43.</NO.P>Pide al BCE que estudie la posibilidad de reforzar el papel internacional del euro con vistas a mejorar su atractivo como moneda de reserva y apoye los cambios impulsados por el mercado en esta dirección; señala que la culminación de la unión económica y monetaria podría fomentar el papel internacional del euro;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>44.</NO.P>Toma nota del apoyo del BCE a la creación de un sistema europeo de seguro de depósitos en toda regla; reconoce que el reparto y la reducción de riesgos están interrelacionados;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>45.</NO.P>Celebra la atención prestada por el BCE a los riesgos de ciberataque; pide al BCE que garantice la seguridad y la protección del sistema monetario para sus usuarios, especialmente a la luz de la evolución geopolítica actual;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>46.</NO.P>Considera que la estabilidad financiera es un requisito previo para una política monetaria eficaz y un sistema financiero resiliente; acoge con satisfacción la finalización del Acuerdo de Basilea III y su aplicación a partir del 1 de enero de 2025, ya que tiene potencial para reforzar la resiliencia del sector bancario a este respecto; señala, no obstante, los retrasos en su aplicación y la falta de claridad en relación con su aplicación en determinados territorios, lo que da lugar a unas condiciones de competencia desiguales a escala mundial;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>47.</NO.P>Es consciente de la preocupación del BCE por el auge del sector bancario en la sombra y el riesgo que puede suponer para la estabilidad financiera;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>48.</NO.P>Alienta la colaboración con los Estados miembros y los bancos centrales nacionales en programas de alfabetización financiera para capacitar a las personas y las empresas para tomar decisiones financieras con conocimiento de causa;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>49.</NO.P>Lamenta que solo dos de los miembros del Comité Ejecutivo y del Consejo de Gobierno del BCE sean mujeres; reitera que los nombramientos para el Comité Ejecutivo deben ser equilibrados desde el punto de vista del género, y que las listas restringidas deben presentarse al Parlamento; insta a los Estados miembros a mejorar los principios de igualdad de género en sus procedimientos de nombramiento, de modo que ambos géneros tengan las mismas oportunidades de ejercer como gobernadores de sus respectivos bancos centrales nacionales;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>50.</NO.P>Reitera que los nombramientos del BCE han de responder a procesos objetivos de evaluación del mérito y la capacidad;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>51.</NO.P>Respalda la aspiración del BCE de aumentar la representación femenina animando a las mujeres a progresar en este campo; celebra, por tanto, iniciativas como las becas del BCE para mujeres estudiantes de Economía;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>52.</NO.P>Destaca que el último examen de la estabilidad financiera publicado por el BCE en noviembre de 2024 suscita preocupación por la posibilidad de que se esté produciendo una burbuja del precio de los activos relacionados con la inteligencia artificial, dada su concentración en unas pocas grandes empresas beneficiarias de esta tecnología;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>53.</NO.P>Pide que se siga mejorando el marco interno de denuncia de irregularidades del BCE para adaptarlo a la Directiva de la Unión sobre denunciantes de irregularidades;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>54.</NO.P>Pide al SEBC que prosiga y refuerce sus diálogos con los Parlamentos nacionales, lo que, en su opinión, reforzaría la legitimidad y las políticas del SEBC;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>55.</NO.P>Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y al Banco Central Europeo.</P></ACTION></ACTLST></DISPOSITIF></TEXT></RESOL></TXTLST></SDOCTA>