<?xml version="1.0" encoding="UTF-8" standalone="no"?><SDOCTA xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" STATUS="DEF1" xsi:noNamespaceSchemaLocation="TA.xsd"><IDENT><STRING BOLD="on">P10_TA(2025)0076</STRING></IDENT><TI><STRING BOLD="on">Control de las actividades financieras del Banco Europeo de Inversiones: informe anual 2023</STRING></TI><HIDDEN><STRING HIDDEN="on" ITALIC="on">(A10-0068/2025 - Ponente: Ondřej Knotek)</STRING></HIDDEN><TXTLST><RESOL><TI><STRING BOLD="on">Resolución del Parlamento Europeo, de 6 de mayo de 2025, sobre el control de las actividades financieras del Banco Europeo de Inversiones: informe anual 2023 (2024/2052(INI))</STRING></TI><TEXT><PREAMBLE><PRINIT><STRING ITALIC="on">El Parlamento Europeo,</STRING></PRINIT><GRVISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos el informe de actividad de 2023 del Grupo del Banco Europeo de Inversiones (Grupo BEI), de 1 de febrero de 2024, titulado «Plan director para una vida sostenible», y el documento del BEI, de 2 de febrero de 2023, titulado «EIB Group Operational Plan 2023-2025» (Plan operativo del Grupo BEI para el período 2023-2025),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de inversiones del Banco Europeo de Inversiones («BEI», «Banco») 2023‑2024 titulado «Transforming for competitiveness» (Transformación en pro de la competitividad), publicado el 7 de febrero de 2024,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el documento del BEI, de 8 de mayo de 2023, titulado «Mid-term review of the EIB Energy Lending Policy» (Revisión intermedia de la política de préstamos del BEI en el sector de la energía),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe del Grupo BEI sobre la aplicación de la política de transparencia del Grupo BEI en 2023, publicado el 1 de julio de 2024,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el documento del Grupo BEI, de 27 de noviembre de 2023, titulado «The EIB Group PATH Framework – Version 1.2 November 2023 – Supporting counterparties on their pathways to align with the Paris Agreement» (Marco PATH del Grupo BEI – Versión 1.2 de noviembre de 2023 – Apoyo a las contrapartes con vistas a su adaptación al Acuerdo de París),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos los documentos del Grupo BEI y del BEI, de 21 de junio de 2024, titulado «EIB Group 2024-2027 Strategic Roadmap» (Hoja de ruta estratégica del Grupo BEI para el período 2024-2027), y de 29 de noviembre de 2023, titulado «EIB Global Strategic Roadmap» (Hoja de ruta estratégica global del BEI),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de sostenibilidad 2023 del Grupo BEI, publicado el 25 de julio de 2024,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la nota informativa del BEI, de 6 de febrero de 2023, titulada «The European Investment Bank’s approach to human rights» (Enfoque del BEI en materia de derechos humanos),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de 2023 sobre el Mecanismo de Reclamaciones del Grupo BEI, publicado el 10 de junio de 2024,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el documento del Grupo BEI, de 14 de octubre de 2024, titulado «Diversity, Equity and Inclusion at the EIB Group» (Diversidad, equidad e inclusión en el Grupo BEI),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la publicación del BEI, de 23 de septiembre de 2024, titulada «EIB Audit Committee Annual Reports for the year 2023» (Informes anuales del Comité de Auditoría del BEI correspondientes a 2023),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe del Grupo BEI, de 15 de julio de 2024, titulado «EIB Group activities in EU cohesion regions in 2023» (Actividades del Grupo BEI en las regiones de cohesión de la Unión en 2023),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe del BEI, de 19 de octubre de 2023, titulado «EIB Investment Survey 2023 – European Union overview» (Encuesta sobre inversiones del BEI 2023: visión general de la Unión Europea),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe del Grupo BEI, de 26 de junio de 2024, titulado «EIB Group support for EU businesses: Evidence of impact in addressing market failures» (Apoyo del Grupo BEI a las empresas de la Unión: pruebas del impacto al hacer frente a fallos de mercado),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Comunicación conjunta de la Comisión y del alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, de 5 de marzo de 2024, titulada «Una nueva Estrategia Industrial de Defensa Europea: lograr la preparación en materia de defensa de la UE a través de una industria de defensa europea resiliente y con capacidad de respuesta» (JOIN(2024)0010),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Informe Especial 22/2024 del Tribunal de Cuentas Europeo titulado «Doble financiación con cargo al presupuesto de la UE»,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe del Grupo BEI, de 29 de diciembre de 2023, titulado «European Investment Bank Group Risk Management Disclosure Report – June 2023» (Informe de divulgación de junio de 2023 sobre la gestión de riesgos del Grupo BEI),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Comunicación conjunta de la Comisión y de la alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, de 19 de marzo de 2025, titulada «Joint White Paper for European Defence Readiness 2030» (Libro Blanco sobre el futuro de la defensa europea) (JOIN(2025)0120),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el artículo 55 de su Reglamento interno,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A10-0068/2025),</P></VISA></GRVISA><GRCONS><CONS><P><NO.P>A.</NO.P>Considerando que el Grupo BEI incluye al BEI y al Fondo Europeo de Inversiones (FEI); que el BEI es el mayor banco multilateral de desarrollo del mundo; que el BEI está obligado por los Tratados a contribuir a la integración de la Unión Europea; que entre las principales prioridades del BEI figura la financiación de proyectos destinados a fomentar la integración europea y la cohesión social; que el FEI actúa como un organismo específico para apoyar los objetivos políticos de la Unión Europea en los ámbitos del espíritu empresarial, la creación de empleo y la cohesión económica;</P></CONS><CONS><P><NO.P>B.</NO.P>Considerando que, como banco propiedad de los Estados miembros de la Unión, el BEI está gestionado por un Consejo de Gobernadores, un Consejo de Administración y un Comité de Dirección y mantiene sólidos mecanismos internos de rendición de cuentas, gobernanza y auditoría; que el FEI es propiedad del BEI (60 %), de la Unión (30 %) y de las instituciones financieras (10 %) de los Estados miembros, el Reino Unido y Turquía, está gestionado por la junta general de accionistas, el Consejo de Administración y la dirección ejecutiva del FEI y cuenta con mecanismos internos independientes de rendición de cuentas, gobernanza y auditoría, algunos de los cuales se comparten a nivel de grupo;</P></CONS><CONS><P><NO.P>C.</NO.P>Considerando que tanto el BEI como el FEI operan en un mercado competitivo pero que, como órganos de la Unión, están sujetos a estrictas normas de transparencia y participación de las partes interesadas;</P></CONS><CONS><P><NO.P>D.</NO.P>Considerando que el Grupo BEI promueve las políticas de la Unión tanto dentro como fuera de sus fronteras y colabora estrechamente con otras instituciones nacionales y de la Unión, alineando su financiación con las prioridades políticas de la Unión; que el Grupo BEI esbozó ocho prioridades estratégicas en su Hoja de ruta estratégica para 2024-2027: acción por el clima, transformación digital, defensa, cohesión, agricultura, infraestructuras sociales, financiación externa y promoción de la unión de los mercados de capitales;</P></CONS><CONS><P><NO.P>E.</NO.P>Considerando que el BEI también se encarga de obtener recursos a través de actividades de empréstito, que son cruciales para la aplicación de las políticas de la Unión;</P></CONS><CONS><P><NO.P>F.</NO.P>Considerando que la agenda estratégica del Consejo Europeo para el período 2024-2029 prevé un papel reforzado del Grupo BEI como catalizador de la defensa y la seguridad de la Unión, y que cabe destacar la necesidad de impulsar la competitividad de la Unión y mejorar el bienestar económico y social de los ciudadanos mediante importantes esfuerzos de inversión colectiva, apalancando tanto la financiación pública como privada;</P></CONS><CONS><P><NO.P>G.</NO.P>Considerando que el informe Draghi sobre el futuro de la competitividad europea<FOOTNOTE><FIELD> Draghi, M., <STRING ITALIC="on">The future of European competitiveness</STRING> (El futuro de la competitividad europea), septiembre de 2024.</FIELD></FOOTNOTE> proponía numerosas vías para ampliar el papel del BEI en la financiación de las políticas de la Unión y permitirle asumir más riesgos;</P></CONS><CONS><P><NO.P>H.</NO.P>Considerando que la misión fundamental del Grupo BEI es reforzar el potencial de Europa para la creación de empleo y el crecimiento económico; que sus inversiones deben abordar las desigualdades mejorando el acceso al empleo, las oportunidades de formación, la vivienda y la educación, con el fin de combatir la pobreza y el desempleo; que es vital superar los obstáculos a la financiación de las pequeñas y medianas empresas (pymes) y las empresas de mediana capitalización; que los préstamos y sistemas de garantía públicos son instrumentos políticos anticíclicos vitales, en particular durante las recesiones económicas, y contribuyen a mitigar las deficiencias estructurales del mercado;</P></CONS><CONS><P><NO.P>I.</NO.P>Considerando que el BEI es una piedra angular de la arquitectura financiera europea para el desarrollo y el mayor prestamista multilateral en las regiones vecinas de la Unión, como los países de la vecindad oriental, los Balcanes Occidentales, Oriente Medio y el Norte de África; que se espera que el BEI contribuya a cerrar la brecha en inversión productiva entre Europa y sus principales competidores mediante un aumento de la inversión en innovación, tecnología de la comunicación y propiedad intelectual;</P></CONS><CONS><P><NO.P>J.</NO.P>Considerando que el éxito de los objetivos políticos de la Unión y su aplicación efectiva dependen cada vez más del Grupo BEI; que la profundidad y la calidad del control ejercido por el Parlamento sobre las operaciones financieras del BEI deben, por tanto, estar en consonancia con la intensidad de la cooperación entre el BEI y la Comisión, que se ha vuelto muy significativa;</P></CONS><CONS><P><NO.P>K.</NO.P>Considerando que el modelo de negocio del BEI exige las normas más estrictas de integridad, rendición de cuentas y transparencia, y que deben aplicarse y actualizarse periódicamente medidas sólidas para combatir el fraude financiero, la corrupción, el blanqueo de capitales, el terrorismo, la delincuencia organizada, así como el fraude y la elusión fiscales; que el Grupo BEI dispone de un marco de control destinado a prevenir y atenuar los riesgos de sanciones;</P></CONS><CONS><P><NO.P>L.</NO.P>Considerando que el Grupo BEI se adhiere a la definición de riesgo de cumplimiento del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea, con el fin de evitar el riesgo de sanciones legales o reglamentarias, pérdidas financieras materiales o daños a la reputación; que el Banco adopta las medidas adecuadas para mitigar estos riesgos garantizando el estricto cumplimiento de los marcos jurídicos y reglamentarios, tanto a escala de la Unión como a escala internacional;</P></CONS></GRCONS></PREAMBLE><DISPOSITIF><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Operaciones financieras y resultados</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>1.</NO.P>Reconoce que el BEI ha operado con eficacia y eficiencia en un contexto marcado por importantes retos globales, incluyendo las tensiones geopolíticas, los impactos del cambio climático y otros factores que afectan la economía mundial; sugiere que se estudien tanto la eficacia como la eficiencia del BEI mediante un análisis reflexivo, centrándose especialmente en el impacto sobre la competitividad y el crecimiento;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>2.</NO.P>Reconoce que la financiación del BEI es cada vez más crucial en un contexto de tipos de interés elevados y finanzas públicas restringidas; espera que el BEI, en el contexto de unas perspectivas económicas complicadas y de aumento de la competencia mundial, aborde las restricciones a la competitividad de la Unión, como las que se derivan de los volátiles precios de la energía, la escasez de personal cualificado en sectores clave y las inversiones insuficientes en innovación y nuevas tecnologías;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>3.</NO.P>Observa que el Grupo BEI ha obtenido unos sólidos resultados consolidados que ascienden a 2 272 000 000 EUR en 2023 con arreglo a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), frente a 2 327 000 000 EUR en 2022, lo que refleja una disminución interanual del 2,4 %; pide un análisis detallado de los factores que han contribuido a esta disminución, sobre todo teniendo en cuenta que el período se caracterizó por un crecimiento económico constante; observa que las reservas del BEI alcanzaron más de 56 000 000 000 EUR en 2023, frente a 53 900 000 000 EUR en 2022 y 36 000 000 000 EUR en 2014;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>4.</NO.P>Observa que la ratio de liquidez total del BEI se mantuvo claramente dentro de los límites internos hasta finales de 2023 y que la ratio de capital de nivel 1 ordinario (CT1) del BEI se situó en el 33,1 % en 2023, significativamente por encima de la ratio media de las instituciones significativas supervisadas por el Banco Central Europeo (BCE) en ese momento; hace hincapié en que mantener la calificación AAA con perspectivas «estables» del BEI es crucial para garantizar una financiación favorable del mercado a tipos preferentes y que debe preservarse; subraya que la elevada capacidad crediticia del BEI es clave para el éxito de su modelo de negocio;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>5.</NO.P>Pide al BEI que mantenga su sólida posición de capital y unos beneficios sistemáticamente elevados, pero señala que el Banco tiene el potencial para absorber posibles fluctuaciones en los rendimientos sin comprometer el capital de los accionistas ni su calificación crediticia, posee la capacidad de asumir más riesgos en inversiones estratégicas y está bien equipado para invertir más en proyectos innovadores de mayor riesgo en los que el capital privado sigue siendo vacilante;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>6.</NO.P>Pide al BEI que mejore su transparencia institucional mediante la publicación de actas más detalladas de las reuniones de su Consejo de Administración, incluidas las actas de votación y las justificaciones específicas de los proyectos, respetando al mismo tiempo la confidencialidad legítima cuando sea estrictamente necesario;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>7.</NO.P>Señala que el total de desembolsos del BEI alcanzó los 54 400 000 000 EUR en 2023, con 53 400 000 000 EUR de sus recursos propios, frente a los 54 300 000 000 EUR de 2022 (53 300 000 000 EUR de sus recursos propios); observa que los desembolsos del FEI en inversiones de capital privado ascendieron a 139 700 000 EUR en 2023, frente a los 113 700 000 EUR de 2022; señala que, según un modelo económico desarrollado conjuntamente por el departamento de Asuntos Económicos del BEI y el Centro Común de Investigación de la Comisión, se espera que la inversión global del Grupo BEI dentro de la Unión en 2023 cree alrededor de 1 460 000 nuevos puestos de trabajo en la EU-27 de aquí a 2027 e impulse el PIB de la Unión en 1,03 puntos porcentuales; pide al Grupo BEI que garantice una distribución geográfica más equilibrada de las inversiones con el fin de maximizar su impacto en todas las regiones de la Unión, promoviendo un crecimiento cohesivo e integrador en toda la Unión y prestando especial atención a las zonas infrarrepresentadas y menos desarrolladas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>8.</NO.P>Recuerda que los Estatutos del BEI exigen un equilibrio geográfico entre su personal y que la selección de los miembros del personal debe basarse en el mérito, teniendo también en cuenta una representación equitativa de los nacionales de todos los Estados miembros; anima al Banco a que supervise continuamente el equilibrio geográfico entre su personal y a que ajuste el proceso de contratación en consecuencia, en caso necesario;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>9.</NO.P>Toma nota del compromiso del Grupo BEI de luchar rigurosamente contra el fraude fiscal, la evasión fiscal, la elusión fiscal, el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo; pide que se siga reforzando la transparencia de los beneficiarios finales, los mecanismos de seguimiento y el acceso a la información pública a fin de garantizar la plena rendición de cuentas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>10.</NO.P>Destaca que el BEI, como órgano de la Unión, debe adaptar plenamente sus prácticas de transparencia a las normas establecidas en el Reglamento (CE) n.º 1049/2001<FOOTNOTE><FIELD> Reglamento (CE) n.º 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión (DO L 145 de 31.5.2001, p. 43, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2001/1049/oj).</FIELD></FOOTNOTE> relativo al acceso del público a los documentos; pide al Banco que garantice la divulgación proactiva de los documentos relativos a los proyectos financiados y a las decisiones adoptadas, permitiendo únicamente excepciones limitadas y justificadas; reitera la importancia del acceso público real como piedra angular de la rendición de cuentas institucional;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">InvestEU, simplificación del marco financiero plurianual y el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>11.</NO.P>Acoge con satisfacción la adopción, el 13 de diciembre de 2023, del Plan operativo del Grupo BEI para el período 2024-2026, que esboza las prioridades y las actividades para la aplicación de la estrategia del Grupo BEI en los próximos tres años; pide que se ajusten las nuevas condiciones del mercado, incluida la simplificación y la reducción de la burocracia con el fin de eliminar los obstáculos a la financiación de las pymes, que debe incrementarse de manera significativa; reconoce que el aumento de las actividades y los mandatos de mayor riesgo es crucial para prestar un apoyo eficaz a sectores innovadores y de alto valor añadido;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>12.</NO.P>Recuerda que se ha asignado al Grupo BEI el 75 % (19 600 000 000 EUR) de la garantía presupuestaria de la Unión en virtud del Reglamento InvestEU<FOOTNOTE><FIELD> Reglamento (UE) 2021/523 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de marzo de 2021, por el que se establece el Programa InvestEU y se modifica el Reglamento (UE) 2015/1017 (DO L 107 de 26.3.2021, p. 30, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2021/523/oj).</FIELD></FOOTNOTE>; destaca que, solo en 2023, el BEI aprobó treinta operaciones en el marco de InvestEU por un importe total de 9 100 000 000 EUR; considera que, para seguir siendo competitivas, se requieren inversiones significativas, principalmente del sector privado; considera que centrarse en proyectos innovadores, empresas emergentes y en expansión mejoraría la competitividad y el crecimiento europeos; toma nota de que esto requiere movilizar inversiones privadas; pide, por tanto, al BEI que desempeñe un papel más destacado en la reducción estratégica del riesgo mediante garantías, fomentando de este modo la inversión de capital privado;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>13.</NO.P>Pide al Grupo BEI que revele sistemáticamente, siempre que sea posible y de conformidad con las obligaciones en materia de protección de datos, los beneficiarios finales de sus operaciones de financiación, en particular en el caso de los proyectos respaldados por garantías presupuestarias y mandatos de la Unión, con el fin de reforzar la confianza y la supervisión públicas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>14.</NO.P>Destaca que, en el actual marco financiero plurianual 2021-2027, el BEI gestiona 87 mandatos de la Comisión, que ascienden a unos 130 si se incluyen los relativos a la gestión compartida y los asignados por los gobiernos locales y los Estados miembros, y señala que el BEI elabora cada año no menos de 457 informes relacionados con estos mandatos; señala que la desburocratización y la simplificación se consideran necesarias para permitir un mejor uso de los recursos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>15.</NO.P>Hace hincapié en que el BEI gestiona seis mandatos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) en cuatro Estados miembros, firmados en 2021 (Grecia e Italia), 2022 (Rumanía) y 2024 (España), que ascienden en total a 8 700 000 000 EUR; reconoce que la adopción de instrumentos de «financiación no vinculada a los costes», que se han expandido en buena medida con el MRR, incrementa intrínsecamente el riesgo de errores y la doble financiación; expresa su preocupación por la transparencia, la auditoría y el seguimiento de la aplicación del MRR; pide al BEI que coopere con los Estados miembros para abordar las limitaciones de capacidad gubernamental y la falta de capacidades técnicas a fin de garantizar que los recursos del MRR se gestionen de la manera más eficaz posible, en consonancia con las estructuras nacionales y cumpliendo todos los requisitos de información del MRR, especialmente en la ejecución de proyectos de inversiones y reformas; insta a la Comisión y al BEI a que, en su función consultiva, se abstengan de proponer nuevos mecanismos de financiación basados en el modelo del MRR sin adoptar medidas correctoras, también en el próximo marco financiero plurianual posterior a 2027; destaca que, si bien el BEI busca la simplificación, no debe comprometer la solidez de la gestión de los recursos de la Unión ni la capacidad de mantener la supervisión y la rendición de cuentas, tal como exigen los Tratados;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>16.</NO.P>Pide una auditoría independiente y exhaustiva de todos los instrumentos de riesgo compartido gestionados por el Grupo BEI, incluidos aquellos vinculados al MRR, a fin de garantizar las normas más estrictas en materia de transparencia, rendición de cuentas y prevención de los riesgos de doble financiación;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Seguridad energética</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>17.</NO.P>Toma nota del apoyo continuado del BEI a la seguridad del suministro, que adopta principalmente la forma de refuerzo de las redes eléctricas y las infraestructuras transfronterizas, reducción de la demanda de energía por medio de proyectos de eficiencia energética y fomento de la generación de electricidad con bajas emisiones de carbono; elogia que el BEI haya apoyado nuevas dimensiones de la seguridad energética, como la respuesta de la demanda y el almacenamiento de energía, y haya promovido el desarrollo de un suministro sostenible de materias primas fundamentales necesaria para la transición energética; pide que se analice urgentemente el impacto real de estos proyectos ejecutados hasta la fecha, especialmente en lo que respecta a su efecto sobre la disponibilidad y el coste de la energía y, por tanto, sobre la competitividad general de las empresas europeas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>18.</NO.P>Reitera la necesidad de combatir la pobreza energética y hace hincapié en la necesidad de una transición energética justa e inclusiva; recuerda que la crisis energética está exacerbando la inflación, aumentando la inseguridad alimentaria y presionando los presupuestos de los hogares; anima al BEI a que aproveche el Mecanismo para una Transición Justa y el Fondo de Modernización para apoyar a las regiones y poblaciones más afectadas por la transición energética; destaca la importancia de utilizar el Mecanismo para una Transición Justa para apoyar a los trabajadores y las regiones afectados por la eliminación progresiva de los combustibles fósiles, garantizando el acceso al reciclaje profesional y a empleos de calidad; reconoce que numerosos sectores se enfrentan a retos derivados de los efectos combinados de adaptarse a los objetivos del Pacto Verde Europeo y a las repercusiones de la crisis energética y la inflación; destaca que acelerar el despliegue de tecnologías innovadoras con bajas emisiones de carbono requiere que sus costes alcancen un nivel competitivo con los combustibles fósiles y adaptarse a la reforma en curso de las políticas ecológicas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>19.</NO.P>Reconoce que el plan REPowerEU es el nuevo elemento crucial de la respuesta política de la Unión a la crisis energética; observa que, en julio de 2023, el Grupo BEI aumentó los objetivos de financiación del compromiso de octubre de 2022 de 30 000 000 000 EUR hasta 2027 a 45 000 000 000 EUR (REPowerEU+), con el fin de redoblar sus esfuerzos para apoyar la seguridad energética de la Unión; pide una visión clara de la posible doble financiación de los proyectos energéticos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>20.</NO.P>Subraya que, en 2023, el BEI proporcionó aproximadamente 21 400 000 000 EUR en financiación para proyectos relacionados con la energía, de los cuales alrededor de 19 800 000 000 EUR fueron para proyectos dentro de la Unión y 1 600 000 000 EUR, para fuera de la Unión; considera necesario aumentar no solo el volumen de financiación de los proyectos relacionados con la energía, sino también la eficiencia de las inversiones; subraya, a este respecto, la importancia de la oferta combinada del BEI de asistencia técnica competente y apoyo financiero innovador y anima al Banco a ampliar la gama de productos de financiación innovadores ofrecidos a los operadores económicos, más allá de la oferta estándar del mercado;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>21.</NO.P>Considera que el hidrógeno y sus derivados, en particular cuando se obtienen de energías renovables, pueden contribuir significativamente a los objetivos de descarbonización de la Unión y reducir la dependencia de los combustibles fósiles; insta al BEI a que asuma un papel de liderazgo en la movilización de inversiones privadas, que son esenciales para aumentar la producción de hidrógeno en toda la Unión, garantizando al mismo tiempo la neutralidad tecnológica y apoyando una amplia gama de soluciones innovadoras para la descarbonización, incluida una mayor investigación científica destinada a mejorar y estabilizar la eficiencia de la tecnología del hidrógeno; anima al Banco a considerar la rentabilidad de estos proyectos desde la perspectiva de su ciclo de vida total;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Política de defensa y seguridad</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>22.</NO.P>Acoge con satisfacción el importante papel que desempeña el Grupo BEI en el apoyo a la política de defensa y seguridad de la Unión, proporcionando financiación y movilizando la inversión privada para mejorar la autonomía estratégica y la resiliencia de la Unión; destaca la importancia de las capacidades de inversión del BEI, apoyando iniciativas que contribuyan a reforzar la industria de defensa de la Unión, impulsando las infraestructuras de ciberseguridad y promoviendo la innovación en tecnologías de defensa críticas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>23.</NO.P>Valora positivamente que la seguridad y la defensa se establezcan como una de las prioridades fundamentales del Banco en su hoja de ruta estratégica para el período 2024-2027; destaca que, en mayo de 2024, el Consejo de Administración del BEI aprobó el plan de acción en materia de seguridad y defensa del Grupo BEI, que sigue a la Iniciativa Estratégica Europea de Seguridad 2022 del Grupo BEI destinada a apoyar la innovación en tecnología de doble uso, con el fin de mejorar el apoyo a la industria de seguridad y defensa de la Unión; observa con satisfacción que el apoyo del Grupo BEI se presta a las pymes y a las empresas emergentes innovadoras en el sector de la seguridad y la defensa con arreglo al principio de «doble uso», respetando el criterio de «uso civil creíble», pero renunciando a la prueba de los ingresos; acoge con satisfacción la decisión del Consejo de Administración del BEI, de 21 de marzo de 2025, de ampliar las posibilidades de elegibilidad del Banco para financiar la industria y las infraestructuras de seguridad y defensa europeas, garantizando que las actividades excluidas tengan un alcance lo más limitado posible;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>24.</NO.P>Celebra las inversiones específicas del BEI en infraestructuras tanto de defensa como civiles e insistimos en la necesidad de inversiones estratégicas en tecnologías que sirvan tanto para fines civiles como de defensa, en consonancia con los objetivos más amplios de la Unión de fomento de la innovación y mejora de la seguridad de la Unión; pide al Grupo BEI que lleve a cabo una revisión del impacto de la ampliación de su nueva política de productos de doble uso;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>25.</NO.P>Destaca la importancia de las pymes, las empresas emergentes y las empresas de mediana capitalización en la industria de la seguridad y la defensa y en el desarrollo de un mercado europeo común de la defensa; considera que los agentes más pequeños desempeñan un papel crucial en el refuerzo de la capacidad y la autonomía de la Unión para desarrollar productos de defensa innovadores; anima al BEI a que siga apoyando la cooperación transfronteriza en I+D, en particular allanando el camino para que los agentes más pequeños participen en las cadenas de suministro de defensa; destaca que una mayor inversión del BEI en el sector de la defensa puede fomentar la inversión de los bancos comerciales en el mismo ámbito y considera necesario aumentar la flexibilidad de los préstamos a las pymes a este respecto;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>26.</NO.P>Observa que los recursos asignados para apoyar el sector de la defensa y la seguridad proceden principalmente del Fondo Europeo de Defensa (FED) (8 000 000 000 EUR), la Iniciativa Estratégica Europea de Seguridad (SESI) del BEI (8 000 000 000 EUR) y el Programa para la Industria de Defensa Europea (EDIP) (1 500 000 000 EUR); pide una asignación de capital específica para la defensa y un mayor ajuste del alcance de las inversiones subvencionables con el fin de cumplir el ambicioso papel de contribuir a la paz y la seguridad de Europa establecido en el Libro Blanco sobre el futuro de la defensa europea 2030 para el Grupo BEI; acoge con satisfacción la integración de la Iniciativa Estratégica Europea de Seguridad del BEI, por valor de 8 000 000 000 EUR, en un objetivo transversal y permanente de política pública y la supresión de un límite máximo predefinido para la financiación en este ámbito; considera que estas medidas permitirán al Banco responder a las necesidades de inversión en seguridad y defensa, salvaguardando al mismo tiempo sus operaciones y su sólida posición financiera; considera que la decisión adoptada por el Consejo de Gobernadores en junio de 2024 de aumentar el coeficiente de apalancamiento del Banco permitirá aumentar las inversiones en ámbitos de importancia estratégica, también en materia de seguridad y defensa;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>27.</NO.P>Pone de relieve el valor añadido de las medidas innovadoras que el BEI ha adoptado para acelerar las inversiones en seguridad y defensa, y de la «ventanilla única» que actúa como punto de entrada único para los clientes y las partes interesadas externas, a quienes ofrece asistencia especializada para optimizar el acceso y acelerar el despliegue de la financiación disponible en el marco de la Iniciativa Estratégica Europea de Seguridad; anima al BEI a que siga desarrollando y aplicando medidas acordadas que simplifiquen los procedimientos de los clientes y aceleren aún más los procesos de inversión, garantizando al mismo tiempo el mantenimiento de la calificación AAA;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>28.</NO.P>Observa con satisfacción que, en junio de 2023, el BEI aprobó un aumento en la Iniciativa Estratégica Europea de Seguridad para las inversiones en seguridad en la Unión con el fin de pasar de 6 000 000 000 EUR a 8 000 000 000 EUR para el período 2022-2027, incluidos también los sectores espacial y de ciberseguridad; anima al BEI a que refuerce las asociaciones institucionales con la Agencia de la Unión Europea para el Programa Espacial y otros socios potencialmente pertinentes, de conformidad con las normas sobre competencia de la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>29.</NO.P>Elogia la cooperación del BEI con todas las partes interesadas pertinentes, incluidos los Gobiernos de los Estados miembros, la Agencia Europea de Defensa (AED) y el Fondo de Innovación de la OTAN; valora positivamente, en particular, la cooperación del Grupo BEI con la AED y acoge con satisfacción la firma de la actualización del memorando de entendimiento entre ambos órganos el 3 de octubre de 2024, que les permitirá reforzar las asociaciones estratégicas e identificar conjuntamente las necesidades de financiación para apoyar mejor la investigación, el desarrollo y la innovación (I+D+i) en el ámbito de la seguridad y la defensa en la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>30.</NO.P>Pide al BEI que siga reforzando dicha colaboración con las principales partes interesadas con vistas a aumentar el impacto, las sinergias y la complementariedad con los programas de defensa de la Unión, garantizando que sus inversiones respalden los objetivos más amplios de la política de defensa de la Unión y contribuyan a generar economías de escala en las capacidades de defensa europeas; pide al BEI que mejore la seguridad y la resiliencia regionales, en particular en Europa del Este y el Mediterráneo, mediante la creación de infraestructuras que apoyen la seguridad regional y fomenten una mayor cooperación entre los Estados miembros de la Unión en materia de defensa; destaca, además, la importancia de explorar la cooperación con el Fondo de Innovación de la OTAN con el fin de mejorar el acceso a la financiación para las empresas emergentes tecnológicas, en paralelo al despliegue del mecanismo de capital en el ámbito de la defensa del FEI;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Infraestructura social y vivienda</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>31.</NO.P>Pide al BEI que mejore la asunción de riesgos en el caso de proyectos que presten servicios esenciales con beneficios claros y cuantificables a largo plazo; acoge con satisfacción, en este sentido, las acciones y medidas del Grupo BEI en el ámbito de la vivienda y las infraestructuras sociales, que contribuyen a la vivienda asequible, la inclusión social y el desarrollo regional, apoyando al mismo tiempo la sostenibilidad y la innovación; pide al BEI que dé prioridad a sus inversiones para alcanzar estos objetivos con el fin de lograr un mejor crecimiento económico, inclusión social y cohesión regional, apoyando al mismo tiempo los objetivos de sostenibilidad de la Unión; pide al Banco que se centre en el desarrollo urbano sostenible y el crecimiento integrador garantizando que las necesidades de vivienda e infraestructuras de la Unión se satisfagan para lograr una Europa más fuerte, cohesionada y próspera;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>32.</NO.P>Subraya que los costes de compra y alquiler de viviendas se han disparado significativamente en los últimos años, lo que ha reducido la asequibilidad de muchas áreas metropolitanas de la Unión y ha limitado el acceso a la vivienda; destaca que el BEI debe desempeñar un papel más importante a la hora de abordar la crisis de la vivienda; acoge con satisfacción la inclusión del apoyo a las infraestructuras sociales en las ocho prioridades estratégicas del Grupo BEI para el período 2024-2027 y está de acuerdo en que las inversiones en viviendas eficientes desde el punto de vista energético, sostenibles y accesibles, así como en una educación al alcance de todos, son vitales para impulsar la productividad y fomentar sociedades fuertes y resilientes; anima al BEI a que dé prioridad a las inversiones en cooperativas de vivienda, viviendas sociales eficientes desde el punto de vista energético y proyectos de renovación dirigidos a los hogares con bajos ingresos; considera que abordar las grandes brechas de inversión en vivienda de la Unión requiere la superación de las barreras a la inversión tanto financieras como no financieras y la movilización a gran escala de recursos y capacidades;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>33.</NO.P>Acoge con satisfacción que el BEI, en colaboración con la Comisión, haya puesto en marcha una plataforma de inversión paneuropea destinada a promover viviendas asequibles y sostenibles, combinando servicios de asesoramiento y financiación, y anima a los participantes a que prosigan esta iniciativa;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>34.</NO.P>Acoge con satisfacción el compromiso del BEI de aliviar la presión sobre los mercados de la vivienda en Europa; destaca que los precios de compra y alquiler de viviendas han aumentado significativamente en los últimos años, lo que ha reducido la asequibilidad de muchas áreas metropolitanas de la Unión y ha puesto en peligro el acceso a ellas; hace hincapié en que el análisis del BEI muestra que la Unión necesita alrededor de 1,5 millones de viviendas nuevas al año para hacer frente a la demanda, y que es necesario renovar alrededor del 75 % del parque inmobiliario de la Unión, lo que representa cinco millones de unidades adicionales al año; acoge con satisfacción que el BEI apoye la reconstrucción de las viviendas existentes y la construcción de nuevos alojamientos sociales y asequibles; anima al BEI a movilizar más financiación para proyectos de vivienda asequible entre los Estados miembros;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>35.</NO.P>Pide que se refuercen la asistencia técnica y los conocimientos financieros en apoyo de las autoridades locales y regionales, especialmente en ámbitos con baja capacidad de inversión, con el fin de mejorar el acceso a la financiación del BEI; considera que la cooperación con las autoridades y gobiernos locales, así como con los representantes de la sociedad civil, debe fomentar el desarrollo de viviendas sociales adecuadas para todos, y en particular para las personas más vulnerables; es consciente de que la eficacia de la acción del BEI en el sector de la vivienda y las infraestructuras sociales también depende de la eliminación de los obstáculos políticos y normativos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>36.</NO.P>Observa que, en 2023, el BEI firmó 8 300 000 000 EUR en apoyo financiero para operaciones de eficiencia energética, de los cuales el 65 % se destinó a la eficiencia energética de los edificios; pide al BEI que dé prioridad a las soluciones asequibles y accesibles a largo plazo y a las inversiones sostenibles, como las renovaciones eficientes desde el punto de vista energético y la reutilización de edificios vacíos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>37.</NO.P>Considera que las inversiones correspondientes deben garantizar una durabilidad suficiente antes de que se autorice cualquier cambio de destino o uso;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>38.</NO.P>Invita al BEI a aprovechar su larga experiencia como acelerador de inversiones europeas y a desplegar también su potencial en los sectores de la educación, la formación y la asistencia sanitaria, incluso a través de servicios de asesoramiento; pide al Banco que refuerce el apoyo a las capacidades sanitarias tanto dentro como fuera de la Unión, garantizando así un papel más importante de Europa en el mundo;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Apoyo a las pymes, las empresas de mediana capitalización, las empresas emergentes, las empresas emergentes en expansión y las empresas de las zonas rurales y remotas, la unión de los mercados capitales y el papel del FEI</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>39.</NO.P>Destaca que las pymes, las empresas emergentes y las empresas emergentes en expansión son vitales para la economía de la Unión; observa que estas empresas se encuentran importantes obstáculos a la hora de acceder a la financiación, los mercados y el talento, lo que restringe su crecimiento; afirma que el crecimiento de las empresas, el dinamismo y la inversión pública son esenciales para fomentar la innovación, la competitividad y la productividad; anima al Grupo BEI a que siga abordando estos retos, en particular en el contexto geopolítico actual, a través de programas financieros personalizados, mecanismos de riesgo compartido e instrumentos financieros específicos, garantizando al mismo tiempo la adicionalidad de los recursos públicos para estos fines y evitando la exclusión del capital privado; observa que pueden combinarse diferentes instrumentos para apoyar la concesión de préstamos a las empresas en función del contexto, y que los distintos instrumentos del Grupo BEI se centran en diferentes fallos de mercado y tipos de empresas; subraya la necesidad de prestar asistencia técnica a las pymes antes de la aprobación de los proyectos, con el fin de mejorar el acceso a la financiación del BEI;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>40.</NO.P>Observa que el desarrollo de un mercado de titulización que funcione correctamente puede ser un primer paso clave hacia el establecimiento de una unión de los mercados de capitales (UMC) fuerte; considera que la UMC beneficiará a los consumidores y a las pymes al ofrecer oportunidades de inversión de alto rendimiento en la economía real y en última instancia, impulsará el mercado de capital riesgo al mejorar el acceso a fuentes de financiación diversificadas; considera que la financiación de las empresas emergentes europeas en expansión con capital europeo debe ser una prioridad, como ejemplifica la iniciativa European Tech Champions, que se puso en marcha en febrero de 2023 para financiar empresas tecnológicas europeas prometedoras e impedir la venta de empresas a inversores extranjeros debido a la falta de inversión europea; anima al FEI a que estudie la creación de la segunda generación de esta iniciativa; observa que la iniciativa European Tech Champions se complementa con la iniciativa sobre las empresas emergentes en expansión, cuyo objetivo es proporcionar una financiación crucial a las empresas europeas de alta tecnología en su fase avanzada de desarrollo; señala que estas inversiones deben estar en consonancia con las acciones políticas a escala nacional y de la Unión; es consciente de las debilidades comparativas del mercado de capitales de riesgo europeo con respecto a los mercados de otros competidores, y de que las empresas emergentes y en expansión europeas a menudo se ven obligadas a reubicarse o buscar compradores extranjeros o a recurrir a fuentes de financiación distintas del capital riesgo, por lo que son menos adecuadas para un crecimiento elevado;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>41.</NO.P>Reconoce la misión del FEI a la hora de apoyar el acceso de las microempresas y las pequeñas y medianas empresas europeas a la financiación; considera que el FEI debe intensificar significativamente sus actividades para el desarrollo del ecosistema europeo de capital riesgo, manteniendo al mismo tiempo un equilibrio geográfico; pide que se refuercen las actividades del FEI, permitiendo una mayor inversión en sectores de alto crecimiento, mejorando el reparto de riesgos entre inversores públicos y privados y promoviendo la innovación en toda Europa; considera necesario supervisar la tasa de aumento del apoyo a las micro, pequeñas y medianas empresas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>42.</NO.P>Anima al FEI a que siga desarrollando sus herramientas de seguimiento para hacer un mejor seguimiento del rendimiento a largo plazo de los fondos de capital riesgo y las operaciones de financiación de las pymes, especialmente en términos de creación de empleo, difusión de la innovación e impacto regional; destaca también el papel fundamental de las grandes empresas europeas en la estructura económica europea, en particular las que operan en sectores esenciales como la energía, la defensa y las infraestructuras; pide un enfoque equilibrado que garantice que el BEI siga apoyando a las grandes empresas europeas a la hora de garantizar capital de inversión para grandes proyectos e iniciativas de investigación y desarrollo, mejorando así la competitividad mundial de Europa;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>43.</NO.P>Elogia el apoyo prestado por el Grupo BEI a unas 400 000 pymes y empresas de mediana capitalización solo en 2023 con una financiación de 31 100 000 000 EUR, incluidos préstamos y garantías para las empresas (de los cuales 14 900 000 000 EUR fueron desplegados por el FEI), lo que dio lugar a la movilización de más de 134 000 000 000 EUR, y señala que, a tal fin, colaboró con casi 300 instituciones asociadas de toda Europa; anima al BEI a que siga desempeñando su papel en la mejora del acceso a la financiación para las pymes, que a menudo se enfrentan a obstáculos a la financiación de las instituciones financieras tradicionales, proporcionando financiación específica para garantizar recursos suficientes para crecer y prosperar; acoge con satisfacción y pide la expansión constante del número de instituciones asociadas para alcanzar una amplia cobertura geográfica y sectorial;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>44.</NO.P>Recuerda que el despliegue del Fondo Europeo de Garantía finalizó en 2023 y que sus desembolsos para ayudar a las pymes a recuperarse de los efectos adversos de la pandemia llegaron a unas 200 000 pymes en toda la Unión; recuerda las preocupaciones expresadas en Resoluciones anteriores sobre la transparencia de los procesos de toma de decisiones y la información sobre los destinatarios finales;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>45.</NO.P>Acoge con satisfacción que las medidas adoptadas por el FEI en la lucha contra el blanqueo de capitales, la financiación del terrorismo y la elusión fiscal incluyan evaluaciones de riesgos para productos y transacciones, una diligencia debida exhaustiva en relación con las contrapartes, así como el control de las estructuras de propiedad y de las personas clave frente a sanciones y repercusiones en los medios de comunicación adversos; acoge con satisfacción el establecimiento de una formación obligatoria para todo el personal y la celebración de un acuerdo con la Unidad de Información Financiera de Luxemburgo sobre la notificación y el seguimiento de cualquier transacción sospechosa detectada;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>46.</NO.P>Pide al Grupo BEI que establezca una política global y vinculante de protección de los denunciantes en todo el Grupo, en consonancia con la Directiva (UE) 2019/1937<FOOTNOTE><FIELD> Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión (DO L 305 de 26.11.2019, p. 17, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2019/1937/oj).</FIELD></FOOTNOTE>, que garantice unos canales de denuncia seguros, la protección contra las represalias y mecanismos de seguimiento completos;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Ámbitos políticos clave de cohesión, acción por el clima y sostenibilidad medioambiental, y digitalización</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>47.</NO.P>Valora positivamente que, en su orientación en materia de cohesión para el período 2021-2027, el BEI se comprometiera a dedicar al menos el 40 % de su financiación total en la Unión entre 2022 y 2024 a proyectos en las regiones de cohesión; observa que, en 2023, dicha financiación ascendió a 29 800 000 000 EUR, lo que equivale al 45 % del total de firmas del Banco en la Unión; subraya que el porcentaje de financiación del BEI asignado a las regiones menos desarrolladas aumentó del 24 % en 2022 al 26 % en 2023, lo que representa un total de 17 200 000 000 EUR, muy por encima del objetivo del 21 % fijado en la orientación en materia de cohesión del BEI para 2023; reitera el llamamiento al BEI para que siga supervisando, analizando y abordando las deficiencias que impiden a determinadas regiones o países beneficiarse plenamente de la ayuda y la asistencia financieras del BEI;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>48.</NO.P>Reconoce el papel desempeñado por el FEI a la hora de contribuir a la cohesión económica y social de la Unión mediante una amplia gama de instrumentos financieros; observa que los compromisos del FEI con garantías de crédito, capital riesgo e inversiones de capital inversión para las regiones de cohesión en 2023 ascendieron a 6 800 000 000 EUR, lo que representa el 48 % de los compromisos totales del FEI en la Unión; observa que, en 2023, el FEI fue especialmente activo en Europa Central y Oriental;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>49.</NO.P>Observa que el Marco de sostenibilidad ambiental y social del BEI contempla una revisión de la política medioambiental y social, así como normas que promueven un enfoque integrado para la evaluación y gestión del impacto y del riesgo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>50.</NO.P>Reconoce que, en los últimos quince años, los servicios de asesoramiento del BEI han apoyado más de mil proyectos en las regiones de cohesión; pide al Banco que promueva activamente las oportunidades de financiación en las regiones menos desarrolladas y en transición, en particular impulsando la presencia de servicios de asesoramiento en las oficinas locales del BEI; considera necesario tener también en cuenta la distribución geográfica del apoyo del BEI al aumento de la cohesión social;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>51.</NO.P>Destaca las iniciativas del BEI en las regiones de cohesión en apoyo del sector sanitario, en particular el programa HERA Invest, una garantía de 100 000 000 EUR establecida con la Comisión para apoyar la investigación y el desarrollo a la hora de hacer frente a las apremiantes amenazas transfronterizas para la salud; anima al BEI a que promueva inversiones específicas en los habilitadores sistémicos más importantes, la atención sanitaria, la educación, la vivienda social, la conectividad digital y la financiación local para las ciudades y regiones, garantizando un mejor equilibrio, ya sea a través de préstamos directos o instrumentos financieros, y que aproveche las sinergias entre las subvenciones de la Unión y los préstamos del BEI para incrementar la conectividad ferroviaria transfronteriza, crucial para mejorar la integración en el mercado interior de la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>52.</NO.P>Constata la orientación estratégica adoptada por el BEI desde 2019 para convertirse en el Banco del Clima de la UE; hace hincapié en que, solo en 2023, el BEI firmó 41 800 000 000 EUR de financiación para la acción por el clima y 25 100 000 000 EUR para la sostenibilidad medioambiental (35 100 000 000 EUR y 15 900 000 000 EUR, respectivamente, en 2022); observa que la financiación del BEI destinada a la adaptación al cambio climático ascendió a 2 700 000 000 EUR en 2023, lo que corresponde al 6,4 % del total destinado a la acción por el clima (frente a 1 900 000 000 EUR, es decir, el 5,4 %, en 2022); acoge con satisfacción que la financiación de la acción por el clima y la sostenibilidad medioambiental, en conjunto, representase el 60 % de la financiación del BEI en 2023; pide que se mantenga la neutralidad tecnológica en su estrategia de inversión en materia de clima y financiación sostenible;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>53.</NO.P>Recuerda que la política de préstamos en el sector de la energía del BEI, adoptada en 2019, estableció una eliminación gradual del apoyo a los proyectos energéticos que dependen de combustibles fósiles sin medidas de reducción de emisiones e introdujo un período de transición durante el cual el Banco podría seguir aprobando proyectos que ya estaban siendo evaluados, pero el Consejo de Administración no aprobó ningún proyecto de este tipo después del final de 2021; señala que, en 2022, el Grupo BEI introdujo una prórroga temporal y excepcional de las exenciones al Marco de Adaptación al Acuerdo de París para las contrapartes (el denominado PATH, por sus siglas en inglés) en apoyo de REPowerEU, para cubrir proyectos con alto contenido innovador y de energías renovables e infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos en la Unión; observa que, en 2023, el Grupo BEI decidió aplicar la misma prórroga temporal y excepcional también a proyectos enmarcados en el espíritu de REPowerEU fuera de la Unión; toma nota de que se espera que estas prórrogas temporales y excepcionales se prolonguen hasta 2027, con sujeción a una revisión de la Hoja de Ruta del Banco del Clima prevista para 2025; recuerda su Resolución anterior<FOOTNOTE><FIELD> Resolución del Parlamento Europeo, de 12 de julio de 2023, sobre el control de las actividades financieras del Banco Europeo de Inversiones: informe anual 2022 (2023/2046(INI)) (DO C, C/2024/4007, 17.7.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/4007/oj).</FIELD></FOOTNOTE> y sostiene que el PATH ofrece el marco adecuado para apoyar a las contrapartes con vistas a su adaptación a los objetivos del Acuerdo de París; hace hincapié en que se espera que el BEI refuerce su compromiso con todos sus clientes para fomentar el desarrollo de sus planes de descarbonización;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>54.</NO.P>Toma nota de la revisión intermedia de la Hoja de Ruta del Banco del Clima del Grupo BEI, aprobada en 2023, que incluye un marco simplificado de adaptación al Acuerdo de París para las microempresas, la revisión de los requisitos de divulgación del PATH para los intermediarios financieros y una ampliación temporal de la lista de países en los que el BEI puede actuar como única fuente de financiación de proyectos de adaptación al cambio climático debido a su especial vulnerabilidad al cambio climático;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>55.</NO.P>Acoge con satisfacción que el Grupo BEI haya incluido la agricultura y la bioeconomía entre sus prioridades clave, pero señala que la agricultura, la pesca y la silvicultura recibieron únicamente el 1,1 % del total de préstamos del BEI en 2023; considera importante que el BEI programe importes significativos para la financiación del sector agrícola, con procedimientos simplificados;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>56.</NO.P>Subraya que la agricultura es un motor clave del crecimiento y el desarrollo en las zonas rurales; es consciente de los cada vez mayores problemas a los que se enfrenta el sector agrícola y de la necesidad de que los agricultores de la Unión se adapten a los objetivos del Pacto Verde Europeo, hagan frente a la crisis energética y gestionen el aumento de la inflación; pide al Grupo BEI que apoye en mayor medida a este sector fundamental, que desempeña un papel primordial a la hora de garantizar la seguridad alimentaria, y fomente la innovación dentro del sector, y que se base en el enfoque de «Una sola salud» de la Unión, con la integración de la salud humana, animal, vegetal y medioambiental, para crear sistemas agroalimentarios sostenibles, resilientes y productivos; destaca los retos financieros a los que se enfrentan los agricultores, en particular los jóvenes y las pequeñas explotaciones, y señala que los agricultores y las empresas del sector presentan tasas de éxito más bajas cuando solicitan financiación;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>57.</NO.P>Destaca que el apoyo del BEI debe adoptar un enfoque de transición justa con el fin de lograr una agricultura sostenible que proteja el medio ambiente, la salud humana y el bienestar animal, mejorando al mismo tiempo los medios de subsistencia de los agricultores, particularmente en el caso de las pequeñas y medianas explotaciones; sostiene que el apoyo a las zonas rurales es esencial para promover un desarrollo equilibrado e integrador, el relevo generacional y la igualdad de acceso a las oportunidades financieras para mujeres y hombres; reitera su llamamiento al Grupo BEI para que aumente su participación en el sector agrícola mejorando el acceso a la financiación;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>58.</NO.P>Valora positivamente que el Grupo BEI sea uno de los principales defensores de la digitalización en la Unión, en particular a la hora de financiar infraestructuras digitales y apoyar a las empresas emergentes digitales innovadoras; anima al BEI a que mejore su apoyo a las redes digitales reforzando la autonomía tecnológica de la Unión y la innovación en tecnologías clave;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>59.</NO.P>Considera que la reducción de la desigualdad digital y la prevención de la exclusión social requieren una notable inversión pública en infraestructuras de telecomunicaciones, en particular en las zonas rurales; anima al BEI a que ayude a los ciudadanos europeos a que adquieran una alfabetización digital adecuada para participar plenamente en la sociedad, prestando especial atención a las personas mayores y con discapacidad;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>60.</NO.P>Reconoce el papel fundamental del sector de la ciberseguridad en la protección de las empresas y los Gobiernos frente a amenazas digitales avanzadas y la influencia extranjera; acoge favorablemente el aumento de las inversiones en seguridad de 6 000 000 000 EUR a 8 000 000 000 EUR, financiados a través de la Iniciativa Estratégica Europea de Seguridad (SESI) para hacer frente a los retos en materia de seguridad, también en el sector del «Nuevo Espacio»;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>61.</NO.P>Se congratula de que el BEI se centre en la igualdad de género y el empoderamiento económico de las mujeres, lo que ha dado lugar a un total de 5 800 000 000 EUR en inversiones en este ámbito en 2023 (frente a 5 100 000 000 EUR en 2022); considera que el BEI podría aumentar aún más los préstamos de microfinanciación a empresas dirigidas por mujeres, que siguen sufriendo discriminación en el acceso a la financiación;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>62.</NO.P>Destaca que la seguridad del suministro de materias primas fundamentales es crucial tanto para las transiciones ecológica y digital como para el sector de la defensa y la base industrial de la Unión en general; pide al BEI que invierta más en el sector de las materias primas fundamentales con el fin de contribuir a diversificar el suministro de materias primas primarias y secundarias y de desarrollar soluciones basadas en la economía circular, en particular I+D para la obtención de materiales alternativos, como los de origen biológico; acoge con satisfacción, a este respecto, la adopción, el 21 de marzo de 2025, de una nueva iniciativa estratégica sobre las materias primas fundamentales, con una financiación prevista de 2 000 000 000 EUR para la inversión en estas materias en 2025, un nuevo grupo de trabajo sobre materias primas fundamentales y una ventanilla única específica para construir y gestionar una reserva de operaciones y actividades de asesoramiento en materia de materias primas fundamentales y un aumento de las asociaciones y los conocimientos técnicos;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Actividades del BEI fuera de la Unión Europea </STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>63.</NO.P>Subraya que, en el segundo año de existencia de EIB Global, este ha concedido financiación por valor de 8 400 000 000 EUR (frente a los 9 100 000 000 EUR de 2022); observa que, dado que la financiación de EIB Global se limita al 50 % del coste total de un proyecto, es recurrente la cofinanciación de inversiones con instituciones de financiación del desarrollo y bancos multilaterales de desarrollo; pide al BEI y a la Comisión que inviertan en auditorías internas y controles independientes para garantizar la integridad y la solidez de todas las operaciones;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>64.</NO.P>Recuerda que EIB Global es uno de los principales agentes de ejecución de la iniciativa europea Global Gateway y, como tal, se espera que aplique las normas más estrictas de transparencia y rendición de cuentas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>65.</NO.P>Acoge con satisfacción la adopción por parte del Consejo de Administración del BEI de la Hoja de ruta estratégica global del BEI y su compromiso de respetar y promover los derechos humanos y el Estado de Derecho en los proyectos que apoya;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>66.</NO.P>Destaca la importancia de garantizar que las intervenciones del Grupo BEI en Ucrania se basen en las prioridades para la reconstrucción del país acordadas con la Unión y sean coherentes con los métodos y marcos establecidos en el Plan para Ucrania, así como con lo dispuesto en los Tratados de la Unión; observa que el BEI está redoblando sus esfuerzos para luchar contra el fraude y la corrupción en relación con los proyectos del Grupo BEI ejecutados en Ucrania; pide que se siga aplicando una condicionalidad adecuada a la ayuda financiera proporcionada a Ucrania, centrándose en garantizar mecanismos de supervisión eficaces, como el acceso a la información y a los locales, y el seguimiento de las visitas, y pide que la condicionalidad se amplíe a todos los países no pertenecientes a la Unión a los que concede financiación;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>67.</NO.P>Insta a que se refuerce la capacidad administrativa y de auditoría de las autoridades ucranianas responsables de la ejecución, el seguimiento, el control y la supervisión de las acciones financiadas, en particular de cara a la prevención del fraude, la corrupción, los conflictos de intereses y las irregularidades; reitera que el BEI debe contar con una supervisión clara y sin restricciones en todo momento;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>68.</NO.P>Considera que una mayor participación del BEI aportará valor añadido tanto para la reconstrucción de Ucrania y el proceso de ampliación como para las asociaciones futuras en el marco de la agenda de la Global Gateway y la política de vecindad de la Unión, así como en apoyo de los Objetivos de Desarrollo Sostenible; anima a la Comisión a que maximice la cooperación con el BEI para potenciar la autonomía estratégica de la Unión, particularmente en el ámbito de la energía y las materias primas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>69.</NO.P>Acoge con satisfacción la adopción, en 2024, del Mecanismo para Ucrania, que sigue a la iniciativa del BEI «EU for Ukraine» (EU4U) y establece un mecanismo de apoyo basado en los recursos presupuestarios de la Unión; anima a los Estados miembros a que velen por que se siga prestando un apoyo sólido al país acorde con sus necesidades;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>70.</NO.P>Destaca que, con el fin de apoyar a Ucrania, el BEI ha constituido una cartera de préstamos de más de 7 000 000 000 EUR desde el inicio del conflicto con Rusia en 2014; subraya que, a 31 de diciembre de 2023, la exposición del BEI (desembolsada y aún no desembolsada) ascendía a 5 750 000 000 EUR, cubiertos principalmente por garantías de la Unión en el marco del mandato de préstamo exterior; señala que, además, el Banco también concedió garantías financieras sobre exposiciones a contrapartes ubicadas en Ucrania, totalmente cubiertas por garantías globales de la Unión, por un importe firmado de 388 700 000 EUR al final de 2023 (frente a 478 800 000 EUR al final de 2022);</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>71.</NO.P>Toma nota del creciente compromiso financiero del BEI en Ucrania; pide al Banco que facilite periódicamente a la autoridad presupuestaria y a los organismos de auditoría pertinentes información actualizada detallada sobre el desembolso y la ejecución de los fondos cubiertos por las garantías de la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>72.</NO.P>Subraya el impacto desproporcionado de la guerra de agresión rusa contra Ucrania en las regiones orientales de la Unión que limitan con Rusia y Bielorrusia; llama la atención sobre los costes soportados por estas regiones y Estados miembros como consecuencia de su frontera compartida con países vecinos hostiles, en particular su necesidad de reorientar cada vez más los fondos públicos hacia la seguridad, la defensa y la preparación, al tiempo que se enfrentan a una reducción drástica de los recursos debido a la perturbación de las actividades económicas, el comercio transfronterizo y otros intercambios, así como de los programas de cohesión; pide al BEI que tenga en cuenta esto en sus decisiones de financiación;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>73.</NO.P>Acoge con satisfacción las importantes inversiones realizadas en Moldavia para apoyar la resiliencia económica, mejorar la seguridad energética, mejorar las infraestructuras y ayudar a este país a avanzar hacia la integración en la Unión; constata que, en los Balcanes Occidentales, EIB Global invirtió 1 200 000 000 EUR en 2023, más 700 000 000 EUR adicionales para mejorar la seguridad vial y las redes ferroviarias; acoge con satisfacción la adopción del Mecanismo de Reforma y Crecimiento para los Balcanes Occidentales en 2024 y del Mecanismo de Reforma y Crecimiento para Moldavia aprobado por el Parlamento Europeo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>74.</NO.P>Reconoce el papel desempeñado por el BEI en el apoyo a los Balcanes Occidentales en su camino hacia la adhesión a la Unión, en consonancia con la política de ampliación de la Unión; observa que EIB Global invirtió 1 200 000 000 EUR en los Balcanes Occidentales en 2023, movilizando un total de más de 6 000 000 000 EUR en inversiones; constata que la mayor parte de la financiación se asignó a la conectividad sostenible, seguida de líneas de crédito para pymes, proyectos de infraestructuras en los sectores de la salud, la educación y las capacidades y el suministro de agua y el saneamiento;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>75.</NO.P>Pide al BEI que colabore con otras instituciones bilaterales y multilaterales para desarrollar y aplicar metodologías comunes para el análisis del impacto sobre el desarrollo, con vistas a garantizar un valor añadido y efectos positivos a largo plazo;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Estructura de rendición de cuentas del BEI</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>76.</NO.P>Recuerda que la supervisión interna en el BEI está dirigida por la Inspección General (IG), que engloba tres divisiones relacionadas con la rendición de cuentas (evaluación de operaciones, mecanismo de reclamaciones e investigaciones de fraude) que desempeñan funciones complementarias, lo que contribuye a una tramitación coherente de las denuncias y reclamaciones;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>77.</NO.P>Observa que el Mecanismo de Reclamaciones del BEI tramitó un total de 104 casos en 2023 (97 en 2022); observa que en 2023 se recibieron 60 nuevas reclamaciones (54 en 2022), de las cuales 44 se consideraron admisibles y 29 guardaban relación con proyectos financiados por el BEI, 27 de ellos situados fuera de Europa;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>78.</NO.P>Toma nota de que el Comité de reclamaciones en materia de contratación pública del BEI es el comité independiente del BEI encargado de tramitar las reclamaciones sobre procedimientos de contratación pública relativos a proyectos financiados por el BEI fuera de la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>79.</NO.P>Acoge con satisfacción los esfuerzos de la División de Investigaciones de la Inspección General para cooperar y coordinar su labor con los demás componentes de la arquitectura de lucha contra el fraude de la Unión, en particular la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude y la Fiscalía Europea, a las que se remitió el 37 % de las investigaciones en 2023 (27 de 74 casos); anima a la División de Investigaciones a que refuerce su cooperación con todos los componentes de la arquitectura de lucha contra el fraude de la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>80.</NO.P>Observa que la División de Investigaciones lleva a cabo actividades proactivas de detección del fraude a través de una herramienta que permite puntuar el riesgo en materia de fraude e integridad y un robot que evalúa el riesgo de corrupción en la contratación pública, y que, en 2023, veinticuatro revisiones permitieron fijar objetivos para tres comprobaciones en materia de integridad proactivas, exhaustivas y detalladas; pide al Banco que evalúe cómo podrían mejorarse estas herramientas digitales para apoyar la transparencia y la rendición de cuentas financiera;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>81.</NO.P>Lamenta que, a pesar de que el Parlamento lo ha solicitado reiteradamente, el informe anual de la División de Investigaciones no facilita información adecuada sobre la magnitud financiera de los casos que tramita, los fondos o mandatos afectados, los tipos de proyectos en cuestión, las medidas de mitigación adoptadas, el papel de los servicios del BEI y de los intermediarios o socios en cada caso, o incluso los Estados miembros afectados; pide a los representantes de la División de Investigaciones que aumenten su nivel de compromiso, interacción y transparencia con el Parlamento Europeo, especialmente en lo que se refiere al control de las actividades financieras; reitera su llamamiento a la División de Investigaciones para que vaya más allá de proporcionar una mera descripción narrativa de algunos estudios de caso y ofrezca periódicamente información valiosa sobre la medida en que se protegen los intereses financieros; sugiere a la División de Investigaciones que adopte un modelo de información similar al utilizado por otros organismos de investigación, como la Fiscalía Europea y la OLAF, con un equilibrio adecuado entre la transparencia y el deber de confidencialidad o de secreto profesional;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>82.</NO.P>Es consciente de que la política de exclusión del BEI prevé un proceso de exclusión autónomo que no es totalmente equivalente al sistema de detección precoz y exclusión de la Comisión en cuanto a normas sobre la toma de decisiones, resultados y medidas correctivas; reitera su llamamiento a la Comisión y al Grupo BEI para que cooperen a la hora de detectar posibles lagunas y de proponer soluciones, incluido un procedimiento acelerado para ejecutar las decisiones de exclusión del BEI a través del sistema de detección precoz y exclusión; observa que, en 2023, los procedimientos de exclusión basados en las conclusiones de la División de Investigaciones excluyeron a cinco empresas de la posibilidad de participar en cualquier actividad financiada por el BEI durante un período de cinco años;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>83.</NO.P>Acoge con satisfacción la aprobación de la política del marco de control interno del Grupo BEI en 2023; constata los resultados del proceso de armonización del grupo entre el BEI y el FEI en la medida en que reflejan los diferentes modelos de negocio y estructuras de gobernanza de ambas entidades; remite, en particular, a las observaciones del Comité de Vigilancia, según las cuales tanto la auditoría interna como el marco de control interno deben pasar a ser funciones del grupo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>84.</NO.P>Observa que el auditor externo independiente del BEI es la tercera línea de defensa; señala que la rotación periódica de los auditores y sus funciones aporta nuevas perspectivas, por lo que el auditor externo del BEI debe rotar periódicamente, pero observa que el mandato del auditor actual se prorrogó hasta 2027 y que este ha sido el auditor del Grupo BEI desde 2009;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>85.</NO.P>Valora positivamente que el marco de gestión de riesgos del Grupo BEI y los informes semestrales de divulgación sobre la gestión de riesgos del Grupo BEI sean eficaces y se ajusten a los requisitos y normas técnicas de la Autoridad Bancaria Europea;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>86.</NO.P>Destaca que, en 2023, a pesar de las difíciles condiciones del mercado, la cartera del BEI siguió presentando niveles muy bajos de exposiciones dudosas; considera que, incluso si bien es cierto que una parte significativa de la cartera de préstamos del Banco se beneficia de mejoras crediticias o de garantías de los Estados miembros de la Unión, la elevada calidad de la cartera del BEI obedece a la aplicación diligente de políticas de préstamo del BEI muy eficaces;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>87.</NO.P>Destaca que el BEI no entra en el ámbito de aplicación de la legislación de la Unión aplicable a las entidades de crédito, en particular el Reglamento<FOOTNOTE><FIELD> Reglamento (UE) n.º 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre los requisitos prudenciales de las entidades de crédito, y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 648/2012 (DO L 176 de 27.6.2013, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2013/575/oj).</FIELD></FOOTNOTE> y la Directiva<FOOTNOTE><FIELD> Directiva 2013/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, relativa al acceso a la actividad de las entidades de crédito y a la supervisión prudencial de las entidades de crédito y las empresas de inversión, por la que se modifica la Directiva 2002/87/CE y se derogan las Directivas 2006/48/CE y 2006/49/CE (DO L 176 de 27.6.2013, p. 338, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2013/36/oj).</FIELD></FOOTNOTE> sobre requisitos de capital (RRC, DRC), por lo que el Banco está facultado para determinar sus requisitos de capital y liquidez de manera adecuada y adaptada a sus actividades, su misión y las condiciones del mercado; señala que el Grupo BEI se ha comprometido a ajustarse a las mejores prácticas bancarias y de mercado y puede determinar su aplicabilidad en consonancia con el principio de proporcionalidad; destaca que la aplicación de estas normas no debe crear una carga injustificada; se congratula de que el Grupo BEI haya llevado a cabo voluntariamente el proceso de revisión y evaluación; señala que debe estar en consonancia con la estructura de gobernanza y la misión del BEI;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>88.</NO.P>Entiende que, atendiendo a la evolución de las necesidades de la Unión, las instituciones europeas aprobaron en 2024 un cambio de estatuto propuesto por el Consejo de Gobernadores del BEI por el que se modificaba el límite estatutario de su coeficiente de apalancamiento<FOOTNOTE><FIELD> El coeficiente de apalancamiento es la cantidad que el BEI puede conceder en préstamo en relación con sus recursos propios.</FIELD></FOOTNOTE>, incrementándolo del 250 % al 290 %, con el fin de permitir que el BEI pueda invertir más sin aumentar su base de capital;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>89.</NO.P>Observa que la modificación del coeficiente de apalancamiento allana el camino para asumir mayores riesgos; reconoce que las inversiones en energías renovables, infraestructuras sostenibles y tecnologías innovadoras son indispensables para la competitividad de la Unión, pero a menudo conllevan un mayor riesgo debido a la incertidumbre sobre su rentabilidad; señala que la asunción de mayores riesgos puede aumentar la volatilidad de los rendimientos del BEI, pero observa que el BEI conserva colchones de capital que le permitirían financiar actividades de mayor riesgo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>90.</NO.P>Expresa su alarma por la situación de Northvolt AB, un fabricante de baterías considerado fundamental para la transición ecológica; señala que Northvolt se ha beneficiado de un importante paquete de préstamos del BEI que asciende a algo más de 942 6 00 000 EUR, como parte de la financiación mediante endeudamiento para ampliar una gigafábrica; constata que Northvolt se declaró en quiebra en marzo de 2025; pide al BEI que facilite detalles sobre el proceso de evaluación y toma de decisiones relativo a la financiación de Northvolt AB y las causas que condujeron al fracaso del proyecto;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>91.</NO.P>Destaca que se preveía que la ampliación de la gigafábrica aumentase la capacidad de producción anual de baterías y que dicha ampliación tenía una importancia estratégica para la competitividad a escala mundial y fue coherente con las estrategias de la Unión en este sector;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>92.</NO.P>Pide a la Comisión y al Consejo de Administración del BEI que pongan en marcha un control interno exhaustivo sin más dilación para verificar los daños económicos, los motivos y los antecedentes del fracaso de este proyecto emblemático y aprender de esta experiencia para evitar que se repita una situación similar o facilitar su detección temprana;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>93.</NO.P>Considera que el mayor valor añadido del apoyo de la Unión reside en fomentar inversiones de mayor riesgo en proyectos innovadores, impulsar los objetivos estratégicos de la Unión y facilitar proyectos de transición a largo plazo que no puedan obtener financiación del sector privado; opina que, para perseguir eficazmente sus objetivos en materia de innovación y competitividad, el programa InvestEU debe centrarse en financiar inversiones de mayor riesgo y calado, y que el Grupo BEI debe asumir un mayor número de proyectos de alto riesgo y de gran envergadura, que deben asociar preferentemente a inversores europeos, combinando una utilización de los recursos de InvestEU más orientada a la absorción de riesgos con un planteamiento equivalente en cuanto al uso de los recursos financieros propios del Grupo BEI; insta al BEI a introducir condiciones más estrictas para evitar que la financiación pública de la Unión se utilice para subvencionar a empresas que deslocalizan la producción fuera de Europa, garantizando que todos los proyectos financiados por el BEI contribuyan a la resiliencia industrial europea a largo plazo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>94.</NO.P>Es consciente de que los miembros del Comité de Dirección del BEI suelen ser funcionarios en sus países de origen antes de comenzar sus mandatos en el BEI, que por lo general duran entre dos y seis años, y que, por lo tanto, tienen derecho a buscar oportunidades de desarrollo profesional en determinadas condiciones durante el período de incompatibilidad (que se ha ampliado a un período de veinticuatro meses tras el final de su mandato en el BEI); toma nota de que se pide a los miembros del Comité de Dirección que tan pronto como les sea posible informen al Comité de Ética y de Conformidad y soliciten su aprobación antes de iniciar cualquier negociación sobre futuras posibilidades de empleo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>95.</NO.P>Recuerda con firmeza los reiterados llamamientos del Parlamento para que se refuerce el mecanismo de prevención de conflictos de intereses en el BEI y se mejore el tratamiento de estos casos, así como para que se definan mejor las condiciones en las que los vicepresidentes del BEI pueden participar en decisiones sobre operaciones en sus países de origen, e insiste en que estas cuestiones deben abordarse en una futura revisión del código de conducta del Comité de Dirección;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>96.</NO.P>Destaca que, el 31 de octubre de 2023, el Defensor del Pueblo Europeo dictaminó en el asunto 611/2022/KR que un antiguo vicepresidente había participado en la aprobación de acuerdos de financiación entre el BEI y un banco nacional de fomento<FOOTNOTE><FIELD> Los bancos nacionales de fomento son intermediarios financieros entre el BEI y los proyectos a pequeña escala que se benefician de las inversiones del BEI.</FIELD></FOOTNOTE> en su país de origen justo semanas antes de convertirse en director ejecutivo de dicho banco, a pesar de que el jefe de conformidad del BEI se pronunció en contra de estas medidas durante el proceso de nombramiento; entiende que este caso es anterior a la entrada en vigor del actual código de conducta del Comité de Dirección, que ahora incluye disposiciones específicas relativas a futuras posibilidades de empleo de sus miembros; observa que, en la futura revisión de las normas aplicables a su Comité de Ética y Cumplimiento, el BEI se ha comprometido a considerar la recomendación del Defensor del Pueblo Europeo de hacer públicas las decisiones del Comité;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>97.</NO.P>Observa que las medidas de mitigación, como la compartimentación y los períodos de incompatibilidad, son las cláusulas de prevención más comúnmente utilizadas al abordar un caso de puertas giratorias y entiende que los miembros del Comité de Dirección aplican y cumplen dichas medidas, también en los casos recientemente señalados en los medios de comunicación;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>98.</NO.P>Comparte la opinión del Defensor del Pueblo Europeo de que el papel del Comité de Ética y de Conformidad del BEI debe reforzarse por lo que respecta a la supervisión de los nuevos puestos de trabajo que los miembros del Comité de Dirección tienen la intención de ocupar y de que debe poder imponer y aplicar medidas de reducción del riesgo; entiende que el papel del Comité de Ética y de Conformidad ha adquirido mayor relevancia en los últimos años y que se están manteniendo debates internos sobre cómo mejorar su eficiencia;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>99.</NO.P>Pide al Banco que impulse la participación de las empresas europeas en los procesos de contratación pública iniciados para proyectos financiados por el BEI; anima al Banco a que asesore a los prestatarios para que den prioridad a la elegibilidad de las empresas europeas con el fin de reforzar la competitividad europea;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>100.</NO.P>Reitera su llamamiento al BEI para que garantice una representación geográfica adecuada, también en los niveles de dirección intermedia y superior, y le insta a publicar un desglose anual por género y nacionalidad de los puestos de dirección intermedia y superior;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Control, transparencia y supervisión</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>101.</NO.P>Lamenta profundamente que el Tribunal de Cuentas Europeo (TCE) siga sin tener pleno acceso a todos los datos relativos a las operaciones del BEI; reconoce que no todas las actividades del BEI están financiadas directamente por la Unión y, por lo tanto, el TCE no puede acceder de manera automática a todas las actividades; insiste en que el TCE debe tener acceso a la información necesaria para evaluar de manera completa y exhaustiva todas las operaciones del BEI que afecten a fondos de la Unión, incluidas las realizadas por intermediarios financieros, y estén diseñadas para ejecutar las políticas de la Unión; pide al TCE que examine detalladamente, en la medida de sus capacidades, todas las operaciones que afecten en cualquier medida al presupuesto de la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>102.</NO.P>Observa que las principales funciones de auditoría pertinentes se confían al Comité de Vigilancia del BEI, que es un organismo plenamente independiente; considera que la participación de representantes externos cualificados en tareas específicas del Comité de Vigilancia podría mejorar la objetividad de sus análisis;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>103.</NO.P>Señala que la política de transparencia del BEI supone un compromiso entre el principio de apertura y la necesidad de proteger la información delicada; observa que en ella se indica la información que debe publicarse de forma proactiva y cuándo debe publicarse —por ejemplo, dispone que los resúmenes de los proyectos deben publicarse al menos tres semanas antes de que el Consejo de Administración del BEI estudie la aprobación de la financiación del proyecto— y se establecen las excepciones pertinentes; pide que estos resúmenes proporcionen información significativa a las partes interesadas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>104.</NO.P>Toma nota de que, en 2023, el Consejo de Administración del BEI aprobó 449 proyectos y se publicaron casi todos los resúmenes de dichos proyectos (94 %), en la mayoría de los casos (57 %) antes de su aprobación; observa que todas las operaciones del BEI realizadas a través de intermediarios financieros se publican en el sitio web del BEI y que este facilita información detallada previa solicitud;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>105.</NO.P>Recuerda que todos los documentos del BEI están a disposición del público, en consonancia con la presunción en favor de la divulgación; hace hincapié en que debe informarse previamente a todos los solicitantes acerca del acceso público a los documentos, y que toda denegación debe basarse únicamente en excepciones específicas; destaca que el BEI debe considerar la posibilidad de publicar, en tiempo útil, información sobre la justificación y el contexto de los proyectos, así como una explicación de su adecuación a los objetivos estratégicos de la Unión y su contribución a estos; pide al BEI que publique sistemáticamente los resultados de las auditorías de sus principales operaciones financieras, garantizando un control independiente de su gestión de riesgos y de sus evaluaciones de impacto; espera que el BEI limite la no divulgación a las excepciones aplicables enumeradas en el Reglamento (CE) n.º 1049/2001<FOOTNOTE><FIELD> Reglamento (CE) n.º 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión (DO L 145 de 31.5.2001, p. 43, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2001/1049/oj).</FIELD></FOOTNOTE> y el Reglamento (CE) n.º 1367/2006<FOOTNOTE><FIELD> Reglamento (CE) n.º 1367/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de septiembre de 2006, relativo a la aplicación, a las instituciones y a los organismos comunitarios, de las disposiciones del Convenio de Aarhus sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente (DO L 264 de 25.9.2006, p. 13, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2006/1367/oj).</FIELD></FOOTNOTE>; pide la plena aplicación de las recomendaciones del Defensor del Pueblo formuladas a raíz de sus investigaciones sobre la política de divulgación del BEI y las correspondientes solicitudes de acceso a documentos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>106.</NO.P>Recuerda que todos los beneficiarios de fondos de la Unión tienen la obligación general de mencionar su origen y garantizar la visibilidad de toda financiación de la Unión recibida; pide al Grupo BEI que garantice que los beneficiarios finales cumplen los criterios de visibilidad de la ayuda financiera de la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>107.</NO.P>Destaca que el Banco está trabajando para reducir el tiempo necesario entre la concepción de un producto y su disponibilidad en el mercado (tiempo de comercialización) mediante la digitalización completa de sus ciclos de proyecto; pide al Banco que intensifique sus esfuerzos de digitalización de sus operaciones;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>108.</NO.P>Reitera su petición al BEI de que refuerce y ejecute plenamente su política contra el fraude, la evasión y la elusión fiscales, en particular absteniéndose de financiar a beneficiarios o intermediarios financieros sobre lo que se ha probado que han estado implicados o que, con alta probabilidad, podrían haber estado implicados en dichas prácticas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>109.</NO.P>Reitera que la adopción de un memorando de cooperación favorecería un diálogo más estructurado entre el Parlamento y el BEI; felicita, en este sentido, al BEI por su cooperación sin precedentes con el Parlamento en la elaboración de la presente Resolución, y señala que se trata de una señal tangible de apertura y transparencia;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Seguimiento de las recomendaciones del Parlamento</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>110.</NO.P><LIST LEVEL="1" TYPE="LC"><INT.LI LEVEL="0">Insta al BEI a que siga informando sobre el estado de recomendaciones anteriormente formuladas por el Parlamento, sobre todo en lo que se refiere a los resultados obtenidos y al impacto de las medidas adoptadas para poner en práctica sus prioridades y las políticas de la Unión, especialmente en relación con:</INT.LI><ITEM LEVEL="1"><SYMBOL>a)</SYMBOL>los efectos (económicos, medioambientales y sociales) de su estrategia de inversión y los resultados obtenidos para contribuir al desarrollo equilibrado y estable del mercado interior en interés de la Unión;</ITEM><ITEM LEVEL="1"><SYMBOL>b)</SYMBOL>las medidas adoptadas para mejorar la prevención y la lucha contra los conflictos de intereses, el fraude, la corrupción y otras posibles formas de conducta indebida;</ITEM><ITEM LEVEL="1"><SYMBOL>c)</SYMBOL>nuevas medidas de refuerzo de la transparencia;</ITEM><ITEM LEVEL="1"><SYMBOL>d)</SYMBOL>las medidas para reforzar el apoyo a las pymes y a los operadores económicos elegibles a la hora de aplicar las políticas de la Unión;</ITEM><ITEM LEVEL="1"><SYMBOL>e)</SYMBOL>el seguimiento de los llamamientos y las peticiones que se han formulado a través de la presente Resolución;</ITEM></LIST></P></ACTION><SEPARATION><P>°</P><P>°	°</P></SEPARATION><ACTION><P><NO.P>111.</NO.P>Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión y pide al Consejo y al Consejo de Administración del BEI que celebren un debate sobre las posiciones del Parlamento aquí presentadas.</P></ACTION></ACTLST></DISPOSITIF></TEXT></RESOL></TXTLST></SDOCTA>