<?xml version="1.0" encoding="UTF-8" standalone="no"?><SDOCTA xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" STATUS="DEF1" xsi:noNamespaceSchemaLocation="TA.xsd"><IDENT><STRING BOLD="on">P10_TA(2025)0114</STRING></IDENT><TI><STRING BOLD="on">Deliberaciones de la Comisión de Peticiones durante el año 2023</STRING></TI><HIDDEN><STRING HIDDEN="on" ITALIC="on">(A10-0063/2025 - Ponente: Gheorghe Falcă)</STRING></HIDDEN><TXTLST><RESOL><TI><STRING BOLD="on">Resolución del Parlamento Europeo, de 22 de mayo de 2025, sobre el resultado de las deliberaciones de la Comisión de Peticiones durante el año 2023 (2025/2027(INI))</STRING></TI><TEXT><PREAMBLE><PRINIT><STRING ITALIC="on">El Parlamento Europeo,</STRING></PRINIT><GRVISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistas sus anteriores Resoluciones sobre el resultado de las deliberaciones de la Comisión de Peticiones,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos los artículos 10 y 11 del Tratado de la Unión Europea (TUE),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos los artículos 20, 24 y 227 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) sobre el derecho de los ciudadanos y residentes de la Unión a transmitir sus preocupaciones al Parlamento,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el artículo 228 del TFUE relativo a la misión y las funciones del Defensor del Pueblo Europeo,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el artículo 44 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea relativo al derecho de petición al Parlamento Europeo,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistas las disposiciones del TFUE relativas al procedimiento de infracción, y en particular sus artículos 258 y 260,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistas las observaciones finales del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas, de 21 de marzo de 2025, sobre los informes periódicos segundo y tercero combinados de la Unión Europea,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos el artículo 55 y el artículo 233, apartado 7, de su Reglamento interno,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de la Comisión de Peticiones (A10‑0063/2025),</P></VISA></GRVISA><GRCONS><CONS><P><NO.P>A.</NO.P>Considerando que el informe anual sobre el resultado de las deliberaciones de la Comisión de Peticiones tiene por objeto presentar un análisis de las peticiones recibidas en 2023 y de las relaciones con otras instituciones, así como ofrecer una imagen fiel de los objetivos alcanzados durante el año 2023;</P></CONS><CONS><P><NO.P>B.</NO.P>Considerando que en 2023 el Parlamento recibió 1 452 peticiones, lo que representa un aumento del 16,2 % en comparación con las 1 217 peticiones presentadas en 2022 y del 4,0 % respecto a las 1 392 peticiones registradas en 2021; que el número total de peticiones recibidas sigue siendo notablemente inferior al máximo alcanzado en 2013 y 2014, años en los que el Parlamento recibió 2 891 y 2 715 peticiones, respectivamente;</P></CONS><CONS><P><NO.P>C.</NO.P>Considerando que en 2023 el número de usuarios que se adhirieron a una o varias peticiones en el Portal de Peticiones del Parlamento fue de 26 331, lo que representa un incremento considerable respecto a los 22 441 usuarios registrados en 2022 (ambas cifras son notablemente inferiores a los 209 272 usuarios registrados en 2021); que el número de clics para adherirse a las peticiones también aumentó ligeramente en 2023, hasta alcanzar un total de 29 287 clics (en comparación con 27 927 en 2022 y 217 876 en 2021);</P></CONS><CONS><P><NO.P>D.</NO.P>Considerando, sin embargo, que el número total de peticiones sigue siendo modesto en relación con el total de la población de la Unión, lo que pone de manifiesto la necesidad de redoblar los esfuerzos para dar a conocer entre los ciudadanos el derecho de petición y la posible utilidad de las peticiones como forma de atraer la atención de las instituciones y los Estados miembros hacia asuntos que afectan y preocupan a los ciudadanos directamente; que, al ejercer el derecho de petición, los ciudadanos esperan que las instituciones de la Unión aporten un valor añadido encontrando una solución para sus problemas;</P></CONS><CONS><P><NO.P>E.</NO.P>Considerando que los criterios de admisibilidad de las peticiones se establecen en el artículo 227 del TFUE y en el artículo 232, apartado 1, del Reglamento interno del Parlamento, en los que se señala que las peticiones podrán ser presentadas por un ciudadano de la Unión o por una persona física o jurídica que resida o tenga su domicilio social en un Estado miembro y se vea directamente afectado por un asunto propio de los ámbitos de actuación de la Unión;</P></CONS><CONS><P><NO.P>F.</NO.P>Considerando que, de las 1 452 peticiones presentadas en 2023, 429 fueron declaradas improcedentes y 13 fueron retiradas; que el alto porcentaje (29,55 %) de peticiones improcedentes en 2023 confirma que sigue existiendo una falta generalizada de claridad sobre el alcance de los ámbitos que son competencia de la Unión; que, con el fin de reducir el número de peticiones improcedentes, es necesario seguir esforzándose por aclarar con mayor precisión el alcance de los ámbitos de actuación de la Unión;</P></CONS><CONS><P><NO.P>G.</NO.P>Considerando que la Comisión de Peticiones (PETI) desempeñó un papel importante en la lucha contra la discriminación de los ciudadanos rumanos y búlgaros durante el período en el que sus países aún no se habían adherido al espacio Schengen; que la Comisión PETI hizo una aportación clave en la defensa de la igualdad de trato y en la superación de los obstáculos injustificados a los que se enfrentan los ciudadanos rumanos y búlgaros; que el punto de partida fue la petición n.º 0004/2023, presentada por Răzvan Eugen Nicolescu, en nombre de «Asociația pentru Energie Curată și Combaterea Schimbărilor Climatice», así como la posterior Resolución del Pleno sobre la adhesión al espacio Schengen aprobada de conformidad con el artículo 227, apartado 2, del Reglamento interno<FOOTNOTE><FIELD> DO C, C/2024/3999, 17.7.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/3999/oj.</FIELD></FOOTNOTE>;</P></CONS><CONS><P><NO.P>H.</NO.P>Considerando que el derecho de petición al Parlamento es un derecho fundamental de los ciudadanos de la Unión, que ofrece tanto a los ciudadanos como a los residentes un mecanismo abierto, democrático y transparente para dirigirse directamente a sus representantes electos; que esta herramienta esencial permite a los ciudadanos participar activa y eficazmente en la vida de la Unión; que, mediante las peticiones, los ciudadanos de la Unión pueden denunciar la existencia de fallos en la aplicación del Derecho de la Unión y contribuir a detectar vulneraciones de dicho Derecho;</P></CONS><CONS><P><NO.P>I.</NO.P>Considerando que el Parlamento es la única institución de la Unión elegida directamente por sus ciudadanos; que el derecho de petición al Parlamento Europeo es uno de los derechos fundamentales de los ciudadanos y residentes de la Unión y que les permite dirigirse directamente a sus representantes electos; que muchas personas con discapacidad carecen de igualdad de acceso a la información y la comunicación debido a la disponibilidad limitada de formatos accesibles y que las lenguas de signos nacionales no se reconocen como parte del multilingüismo de la Unión; que el Parlamento lleva mucho tiempo a la vanguardia del desarrollo del procedimiento de petición a escala internacional y dispone del proceso más abierto, democrático y transparente de Europa, que permite la participación activa y efectiva de las personas peticionarias en sus actividades; que, al ejercer su derecho de petición, los ciudadanos esperan que las instituciones de la Unión aporten un valor añadido, cooperando con la Comisión y las autoridades de los Estados miembros, a la resolución de sus problemas;</P></CONS><CONS><P><NO.P>J.</NO.P>Considerando que la información presentada por las personas peticionarias en sus peticiones y durante las reuniones de la comisión, junto con las evaluaciones de la Comisión Europea y las respuestas de los Estados miembros y otros órganos, también aporta una valiosa contribución al trabajo de otras comisiones parlamentarias, dado que las peticiones admitidas a trámite se transmiten a las comisiones competentes para opinión o para información; que, por lo tanto, las peticiones también pueden contribuir al proceso legislativo al proporcionar información concreta sobre el impacto de las políticas de la Unión y permitir que estas políticas aborden las necesidades emergentes;</P></CONS><CONS><P><NO.P>K.</NO.P>Considerando que las actividades de la Comisión de Peticiones se basan en las aportaciones de las personas peticionarias, que permiten al Parlamento mejorar su capacidad de respuesta a las quejas y preocupaciones relacionadas con el respeto de los derechos fundamentales de la Unión y el cumplimiento del Derecho de la Unión en los Estados miembros; que, por lo tanto, las peticiones son una fuente útil de información sobre casos de aplicación incorrecta o incumplimiento del Derecho de la Unión, que permiten evaluar la aplicación del Derecho de la Unión y su impacto en los derechos de los ciudadanos y residentes de la Unión; que en 2023 los derechos fundamentales fueron una de las tres preocupaciones principales de todas las personas peticionarias; que, en el contexto del diálogo estructurado con la Comisión, la Comisión de Peticiones le pidió a esta que luche contra la discriminación en la Unión, en particular a través de iniciativas destinadas a garantizar la igualdad de derechos y reforzar las medidas contra todas las formas de discriminación, incluidas las basadas en el sexo, el origen racial o étnico, la discapacidad, la edad, la religión o creencias y la orientación sexual;</P></CONS><CONS><P><NO.P>L.</NO.P>Considerando que, de conformidad con el artículo 17 del Tratado de la Unión Europea (TUE), la Comisión debe velar por que se apliquen correctamente los Tratados y las medidas adoptadas en virtud de estos; que el enfoque estratégico de la Comisión a la hora de abordar las cuestiones planteadas en las peticiones debe ser plenamente acorde a los Tratados a fin de asegurar la máxima efectividad en el seguimiento de las peticiones, con el objetivo de garantizar una protección plena y oportuna de los derechos de que disfrutan los ciudadanos en virtud del Derecho de la Unión;</P></CONS><CONS><P><NO.P>M.</NO.P>Considerando que cada petición debe ser examinada y tramitada con atención, eficacia, imparcialidad, equidad y transparencia, en consonancia con los criterios establecidos en el artículo 41 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea sobre el derecho a una buena administración; que todas las personas peticionarias tienen derecho a recibir, en un plazo razonable, una respuesta que las informe sobre la decisión referente a su admisibilidad y sobre las medidas de seguimiento adoptadas por la comisión, bien en su propia lengua, bien en la lengua utilizada en la petición; que unas respuestas rápidas y eficaces de la Comisión y de los Estados miembros a las cuestiones planteadas en las peticiones, junto con medidas de reparación, si procede, contribuyen a reforzar la confianza que los ciudadanos depositan en la Unión y en sus políticas;</P></CONS><CONS><P><NO.P>N.</NO.P>Considerando que la Comisión de Peticiones concede la máxima importancia al examen y el debate público de las peticiones en sus reuniones; que las personas peticionarias tienen derecho a presentar sus peticiones y con frecuencia intervienen durante el debate, contribuyendo activamente de este modo al trabajo de la comisión; que, en 2023, la Comisión de Peticiones celebró diez reuniones de comisión, en las que se debatieron 191 peticiones con 114 personas peticionarias presentes que participaron activamente tomando la palabra;</P></CONS><CONS><P><NO.P>O.</NO.P>Considerando que los principales temas de preocupación planteados en las peticiones presentadas en 2023 se refieren al medio ambiente, los derechos fundamentales, asuntos personales y la justicia;</P></CONS><CONS><P><NO.P>P.</NO.P>Considerando que, cuando aprueba el orden del día de sus reuniones, la Comisión de Peticiones presta atención a las peticiones y los asuntos que revisten mayor importancia para el debate a escala de la Unión, así como a la necesidad de mantener una cobertura geográfica equilibrada de los asuntos en función de las peticiones recibidas;</P></CONS><CONS><P><NO.P>Q.</NO.P>Considerando que el 82,4 % de las peticiones recibidas en 2023 se presentaron a través del Portal de Peticiones del Parlamento, lo que supone un ligero aumento respecto a 2022 (79,05 %) y confirma de nuevo que se trata, con mucho, del canal más utilizado por la ciudadanía para presentar peticiones al Parlamento;</P></CONS><CONS><P><NO.P>R.</NO.P>Considerando que, en febrero de 2023, se renovó y reactivó el Portal de Peticiones para adaptarlo a las expectativas actuales y facilitar a los residentes de los Estados miembros el ejercicio de su derecho a presentar peticiones al Parlamento; que el Portal de Peticiones 2.0 actualizado se integró con éxito en la herramienta de publicación web del Parlamento, con actualizaciones de contenidos más rápidas y sencillas y nuevas funciones (incluidas siete guías de inicio rápido que proporcionan instrucciones claras y por etapas sobre cómo presentar, seguir o adherirse a una petición); que un nuevo motor de búsqueda basado en una tecnología de búsqueda elástica ha mejorado la experiencia de los usuarios al ofrecer resultados más precisos de manera eficiente, de modo que el nuevo portal prioriza un enfoque verdaderamente centrado en la ciudadanía; que, en 2023, todas las peticiones se prepararon y publicaron con rapidez, en el plazo de unos días a partir de su aprobación, y que todas las solicitudes de asistencia internas y externas relativas al uso y al contenido del Portal de Peticiones recibieron una respuesta satisfactoria y rápida y en todas las lenguas;</P></CONS><CONS><P><NO.P>S.</NO.P>Considerando que en 2023 la Comisión de Peticiones realizó cuatro visitas de información, en las que sus miembros viajaron a Rumanía para examinar la gestión y la protección de la población de oso pardo y la tala ilegal, a Donegal (Irlanda) para investigar el uso de bloques de mica defectuosos en la construcción en Irlanda y a Cataluña (España) con el objetivo de evaluar <STRING ITALIC="on">in situ</STRING> el modelo de inmersión lingüística en Cataluña; que los miembros de la Comisión de Peticiones también formaron parte de una delegación conjunta de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales, la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior y la Comisión de Peticiones que se desplazó a Nueva York para asistir a la 16.ª sesión de la Conferencia de los Estados Partes en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD);</P></CONS><CONS><P><NO.P>T.</NO.P>Considerando que, en virtud del Reglamento interno del Parlamento, la Comisión de Peticiones también es competente para las relaciones con el Defensor del Pueblo Europeo, que investiga las denuncias de mala administración en las instituciones y órganos de la Unión; que la anterior defensora del pueblo europea, Emily O’Reilly, presentó el informe anual para 2022 a la Comisión de Peticiones en su reunión del 27 de junio de 2023;</P></CONS><CONS><P><NO.P>U.</NO.P>Considerando que la Comisión de Peticiones es miembro de la Red Europea de Defensores del Pueblo, que también incluye al Defensor del Pueblo Europeo, a los defensores nacionales y regionales y a organismos análogos en los Estados miembros, los países candidatos y otros países del Espacio Económico Europeo y que tiene por objeto promover el intercambio de información sobre el Derecho y las políticas de la Unión y compartir buenas prácticas;</P></CONS></GRCONS></PREAMBLE><DISPOSITIF><ACTLST><ACTION><P><NO.P>1.</NO.P>Subraya el papel fundamental de la Comisión de Peticiones en la protección y promoción de los derechos de los ciudadanos y residentes de la Unión al garantizar que las preocupaciones y quejas de las personas peticionarias se examinen de manera rápida, eficaz y adecuada y que se las informe sobre las medidas adoptadas en relación con sus peticiones y sobre la evolución de estas; recuerda que la tramitación de todas las peticiones se realiza a través de un proceso abierto, democrático y transparente;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>2.</NO.P>Elogia el trabajo fundamental realizado por la Comisión de Peticiones respecto de las peticiones relativas a la península de Akamas, la zona con mayor biodiversidad de Chipre, que lleva décadas sufriendo violaciones sistémicas y reiteradas de la Directiva sobre los hábitats<FOOTNOTE><FIELD> Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres (DO L 206 de 22.7.1992, p. 7, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/1992/43/oj).</FIELD></FOOTNOTE> y la Directiva sobre las aves<FOOTNOTE><FIELD> Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, relativa a la conservación de las aves silvestres (DO L 20 de 26.1.2010, p. 7, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2009/147/oj).</FIELD></FOOTNOTE>, en un contexto general de ausencia de medidas eficaces y jurídicamente vinculantes de protección de dicha zona y en vista de que recientemente las autoridades competentes chipriotas han presentado una serie de planes con efectos devastadores para los ecosistemas naturales extremadamente frágiles de la zona, en contravención de la legislación medioambiental de la Unión; subraya que, a raíz del trabajo realizado por la Comisión de Peticiones al respecto, el 13 de marzo de 2024 la Comisión decidió llevar a Chipre ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por incumplimiento de la Directiva sobre los hábitats por parte de las autoridades chipriotas; lamenta que, en el tiempo transcurrido desde que tomó dicha decisión —más de un año—, la Comisión no haya remitido expediente alguno al Tribunal y no haya, en consecuencia, incoado oficialmente el procedimiento judicial;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>3.</NO.P>Subraya el trabajo clave realizado por la Comisión de Peticiones respecto de la protección de los derechos de los trabajadores contra la discriminación y el uso abusivo de los contratos temporales en el sector público en Italia; valora positivamente que la Comisión tuviese debidamente en cuenta los contundentes documentos jurídicos facilitados por las personas peticionarias, evaluados atentamente en diversas reuniones de la Comisión de Peticiones, al tomar la decisión de llevar a Italia ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por no poner fin al uso abusivo de contratos temporales y a unas condiciones de trabajo discriminatorias, en contravención de la Directiva 1999/70/CE del Consejo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>4.</NO.P>Felicita a la Comisión PETI por haber examinado la petición n.º 1168/2023, presentada por Mihai Igna, en nombre de la asociación «Impreuna aducem bunastare» (Juntos traemos prosperidad), que pide la restitución de los tesoros nacionales y los archivos históricos de Rumanía conservados actualmente en Rusia; hace hincapié en la profunda importancia histórica de este debate para todos los Estados miembros que se han visto históricamente afectados por los actos de saqueo de Rusia, en particular en el contexto de la guerra en curso en Ucrania, ya que pone de relieve los desafíos más amplios relacionados con la conservación cultural y la protección del patrimonio nacional en tiempos de conflicto geopolítico; subraya que el compromiso de la Comisión PETI con esta cuestión demuestra su compromiso con la defensa de los derechos de los ciudadanos y los Estados miembros de la Unión, así como con la protección del legado histórico de Rumanía y el apoyo a sus legítimas reivindicaciones en la escena internacional; recuerda la consiguiente Resolución del Pleno sobre la restitución de los tesoros nacionales rumanos incautados ilegalmente por Rusia<FOOTNOTE><FIELD> DO C, C/2024/6559, 12.11.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/6559/oj.</FIELD></FOOTNOTE>;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>5.</NO.P>Reitera la importancia de un debate público continuo sobre los ámbitos de actuación de la Unión para garantizar que los ciudadanos estén correctamente informados sobre el alcance de las competencias de la Unión y los diferentes niveles de toma de decisiones; pide la realización de una campaña de información y comunicación estructurada y mejorada —que se lleve a cabo sin costes adicionales (es decir, utilizando los recursos actuales de las Oficinas de Enlace del Parlamento Europeo)— a escala de la Unión en todas las lenguas oficiales de la Unión, en colaboración con los defensores del pueblo nacionales y regionales, las ONG y las instituciones educativas, para dar a conocer mejor entre los ciudadanos de todos los Estados miembros el derecho de petición, dirigiéndose en particular a las comunidades rurales y desfavorecidas y a los colectivos marginados, así como a las islas y regiones remotas; propone ampliar los esfuerzos de divulgación, sin costes adicionales, a través de los medios sociales y de actos con las comunidades locales; hace hincapié en la necesidad de realizar campañas de sensibilización pública y de concienciación más amplias, mediante la participación activa de los servicios de comunicación, para ayudar a dar a conocer en mayor medida el derecho de petición entre los ciudadanos, así como el alcance de las responsabilidades de la Unión y las competencias de la Comisión de Peticiones, con vistas a reducir el número de peticiones improcedentes y potenciar la participación de la ciudadanía en el proceso de toma de decisiones; recomienda mejorar la accesibilidad digital del Portal de Peticiones, en particular adaptándolo a las personas con discapacidad e incorporando traducciones de mayor calidad en todas las lenguas oficiales de la Unión; recomienda que se estudie el potencial de las herramientas informáticas existentes con el fin de prestar un mejor apoyo a los ciudadanos en el portal, en particular a través de opciones que reorienten a los usuarios hacia los mecanismos de reclamación que corresponda;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>6.</NO.P>Recuerda la dimensión europea de la Comisión de Peticiones, a la que pueden dirigirse los ciudadanos de los 27 Estados miembros sobre cuestiones que entran en el ámbito de aplicación de los Tratados y el Derecho de la Unión; considera que la comisión tiene una responsabilidad especial en la defensa de esta dimensión europea, así como a la hora de demostrar el valor añadido de la unidad y la integración europeas para la ciudadanía; subraya que la dimensión europea debe basarse en la solidaridad, la promoción de los derechos sociales y económicos, la protección de las lenguas y culturas minoritarias y la lucha activa contra el cambio climático;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>7.</NO.P>Señala que las peticiones constituyen una oportunidad única para que el Parlamento y las demás instituciones de la Unión establezcan un vínculo directo con los ciudadanos de la Unión y mantengan un diálogo regular con ellos, sobre todo en los casos en que se ven afectados por una aplicación incorrecta o un incumplimiento del Derecho de la Unión; destaca la necesidad de una mayor cooperación entre las instituciones de la Unión y las autoridades nacionales, regionales y locales en materia de investigaciones en relación con la aplicación y el cumplimiento del Derecho de la Unión; considera que esta cooperación es fundamental para abordar y resolver las preocupaciones de los ciudadanos sobre la aplicación del Derecho de la Unión y que contribuye a reforzar la legitimidad democrática y la rendición de cuentas de la Unión; pide, por tanto, la participación de los representantes de los Estados miembros en las reuniones de la comisión y una respuesta oportuna y detallada a las solicitudes de aclaración o información enviadas por la Comisión de Peticiones a las autoridades nacionales; toma nota del aumento del número de peticiones recibidas en 2023 acerca de disparidades estructurales, en particular en relación con los salarios y los ingresos en la jubilación entre diferentes grupos de población; pide que estas preocupaciones se analicen y aborden sistemáticamente mediante una acción coordinada con las comisiones competentes y la Comisión; pide, además, una mayor protección y apoyo para las personas expuestas a abusos o situaciones de exclusión que se enfrentan a obstáculos a la hora de acceder a mecanismos de apoyo adecuados y a la justicia;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>8.</NO.P>Recuerda que las peticiones contribuyen considerablemente al ejercicio por parte de la Comisión de su cometido como garante de los Tratados al ofrecer a los ciudadanos una herramienta más para señalar supuestos incumplimientos del Derecho de la Unión; destaca que una cooperación constructiva entre la Comisión de Peticiones y la Comisión Europea a través de respuestas rápidas y detalladas por parte de la Comisión, basadas en exámenes exhaustivos de las cuestiones planteadas en las peticiones, es esencial para garantizar el éxito de la tramitación de las peticiones;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>9.</NO.P>Reitera su llamamiento a la Comisión para que proporcione aclaraciones jurídicas sobre los criterios fundamentales que sostienen su enfoque estratégico para hacer cumplir el Derecho de la Unión e informe periódicamente a la Comisión de Peticiones sobre la evolución de los procedimientos de infracción, y para que garantice el acceso de la Comisión de Peticiones a toda la documentación pertinente sobre los procedimientos EU Pilot y de infracción iniciados a raíz de peticiones recibidas; considera que una mayor transparencia y una información periódica sobre la tramitación de los procedimientos de infracción en curso por parte de la Comisión serían beneficiosas para el seguimiento por parte de la Comisión de Peticiones de las peticiones abiertas; acoge con satisfacción la reciente iniciativa de la Comisión de incluir las peticiones en el sistema de búsqueda de su registro de infracciones; destaca que es importante que la Comisión lleve a cabo investigaciones en tiempo oportuno de las peticiones, con especial hincapié en las violaciones de derechos que afectan a un gran número de ciudadanos y residentes de la Unión, y consulte, cuando proceda, al Defensor del Pueblo nacional competente; expresa su preocupación por la forma en que la Comisión está tramitando algunos de los procedimientos de infracción incoados contra los Estados miembros, incluidos los relacionados con cuestiones planteadas en muchas peticiones; anima a la Comisión a que adopte todas las medidas necesarias para mejorar la transparencia y la eficacia de su gestión de los procedimientos de infracción, que puede resultar opaca a los ciudadanos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>10.</NO.P>Pide a la Comisión que evalúe si las autoridades nacionales están tomando las medidas necesarias para responder a las preocupaciones de la ciudadanía expresadas en sus peticiones cuando se producen casos de incumplimiento del Derecho de la Unión, así como para iniciar procedimientos de infracción cuando sea necesario; hace hincapié en que una acción oportuna y proactiva por parte de la Comisión en los casos de infracción del Derecho de la Unión es esencial para evitar que dichas infracciones, que podrían socavar la confianza de la ciudadanía en las instituciones europeas, adquieran carácter sistémico;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>11.</NO.P>Recuerda que la libertad de expresión es un pilar fundamental de la democracia europea; condena cualquier intento de censurar, marginar o intimidar a los ciudadanos o a sus representantes electos por razón de sus opiniones políticas; subraya también que el respeto de los resultados de las elecciones, a escala nacional y europea, es esencial para mantener la confianza de los ciudadanos en el proceso democrático;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>12.</NO.P>Destaca que es necesaria una cooperación reforzada y más activa entre los Estados miembros y la Comisión de Peticiones para desbloquear las peticiones que requieren respuestas y actuaciones rápidas por parte de las autoridades nacionales; recuerda que el retraso en las respuestas de los Estados miembros podría repercutir en la resolución en tiempo debido de las cuestiones planteadas por los ciudadanos y tener consecuencias negativas para la subsanación de las infracciones del Derecho de la Unión; señala que los Estados miembros deben garantizar una respuesta a las peticiones dentro del plazo de tres meses solicitado; subraya que mejorar la coordinación y el diálogo facilitaría un tramitación más eficiente de las preocupaciones de los ciudadanos, evitaría retrasos innecesarios y aumentaría la eficacia del proceso de petición;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>13.</NO.P>Observa con preocupación que las recomendaciones formuladas por la Comisión de Peticiones en su informe de 19 de marzo de 2024, tras su misión a Cataluña, aún no han sido plenamente aplicadas por las autoridades educativas competentes, en particular las relativas a la protección de los derechos lingüísticos de todos los estudiantes y sus familias; lamenta profundamente las tensiones a las que se enfrentaron los miembros de la comisión durante su visita a Barcelona del 18 al 20 de diciembre de 2023, y pide un diálogo y una cooperación respetuosos entre todas las partes interesadas para garantizar que las instituciones democráticas puedan llevar a cabo sus mandatos en un clima de entendimiento y respeto mutuos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>14.</NO.P>	Condena rotundamente el acoso y hostigamiento al que fueron sometidos los miembros oficiales de la delegación de la Comisión de Peticiones durante su visita de información a Barcelona entre el 18 y el 20 de diciembre de 2023, destinada a evaluar <STRING ITALIC="on">in situ</STRING> el modelo de inmersión lingüística en Cataluña y sus efectos en las familias que se trasladan a esta comunidad autónoma y residen en ella, así como en el multilingüismo y la no discriminación y el principio del Estado de Derecho;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>15.</NO.P>Lamenta que las autoridades competentes en materia educativa de la región no hayan aplicado las recomendaciones emitidas por la Comisión de Peticiones en su informe de 19 de marzo de 2024 posterior a la misión, orientadas a proteger los derechos lingüísticos de los estudiantes y sus familias;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>16.</NO.P>Recuerda que la base de datos e‑Petition es una herramienta interna esencial que permite a los miembros de la Comisión de Peticiones acceder a toda la información necesaria para hacer un seguimiento de la situación de cada petición y poder tomar decisiones fundamentadas sobre la tramitación de las peticiones; señala que la base de datos e‑Petition también desempeña un papel importante en la comunicación con las personas peticionarias;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>17.</NO.P>Recuerda el compromiso de la Comisión de crear una herramienta informática interinstitucional, junto con el Parlamento, con la que compartir información y documentos sobre todas las medidas de seguimiento adoptadas en relación con las peticiones, como los procedimientos de infracción, las propuestas legislativas o las respuestas de las autoridades nacionales, de manera que se mejoren la transparencia y la eficacia en la tramitación de las peticiones, lo que, en un contexto más amplio, contribuirá a aumentar la confianza de la ciudadanía en las instituciones de la Unión y el proyecto europeo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>18.</NO.P>Recuerda que la cooperación con las demás comisiones parlamentarias resulta fundamental para una tramitación exhaustiva de las peticiones, con especial atención a las peticiones sobre igualdad de género, diversidad familiar, justicia medioambiental y derechos lingüísticos de las minorías; toma nota de que, en 2023, se enviaron a otras comisiones 34 solicitudes de opinión (correspondientes a 31 peticiones) y 223 solicitudes de información; observa que, de las 34 opiniones solicitadas, solo se recibieron 25 respuestas antes de que finalizase 2023 (en catorce casos se emitió una opinión, mientras que en diez casos la comisión decidió no elaborar una opinión y en cuatro ocasiones no se comunicó ninguna decisión oficial); recuerda que se informa a las personas peticionarias sobre las decisiones de solicitar opinión a otras comisiones en el marco de la tramitación de sus peticiones; subraya que las comisiones parlamentarias deben intensificar sus esfuerzos para contribuir activamente al examen de las peticiones —aportando sus conocimientos especializados— y permitir así al Parlamento responder de manera más rápida y exhaustiva a las preocupaciones de la ciudadanía;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>19.</NO.P>Considera que la Red de Peticiones es una valiosa herramienta para facilitar el seguimiento de las peticiones en el marco de los trabajos parlamentarios y legislativos; confía en que las reuniones periódicas de la Red de Peticiones resulten útiles a la hora de garantizar una mayor visibilidad de las actividades de la Comisión de Peticiones y una mejor comprensión de su trabajo y su misión, así como para reforzar la cooperación con las demás comisiones parlamentarias;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>20.</NO.P>Subraya que la Comisión de Peticiones expresó su posición sobre cuestiones importantes planteadas en las peticiones al aprobar su informe sobre el resultado de las deliberaciones de la Comisión de Peticiones durante el año 2022<FOOTNOTE><FIELD> Aprobado por el Parlamento como su Resolución, de 23 de noviembre de 2023, sobre el resultado de las deliberaciones de la Comisión de Peticiones durante el año 2022 (DO C, C/2024/4220, 24.7.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/4220/oj).</FIELD></FOOTNOTE>;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>21.</NO.P>Destaca el ligero descenso del número de peticiones presentadas sobre cuestiones de relaciones exteriores en comparación con el año 2022; señala que esto podría explicarse por el nuevo contexto geopolítico existente en 2023 y, en particular, por la disminución del número de peticiones sobre la guerra en Ucrania y un aumento significativo de las peticiones relativas a los nuevos conflictos en Oriente Próximo; observa que la Comisión de Peticiones tuvo en cuenta las preocupaciones de los ciudadanos en relación con las sanciones, la seguridad, la resolución de conflictos, la política de visados y el progreso de los países candidatos a la adhesión a la Unión, entre otras cuestiones, tratando en sus reuniones una serie de peticiones sobre, en particular, asuntos relacionados con la situación de los refugiados, concretamente de los niños y de los refugiados venezolanos en la Unión; es consciente de la labor de las comisiones que ya se ocupan activamente de estas cuestiones y hace hincapié en que la Comisión de Asuntos Exteriores y la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior deben tomar nota de estas peticiones en sus deliberaciones;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>22.</NO.P>Toma nota de que la salud, que fue uno de los principales ámbitos de preocupación para las personas peticionarias en 2022, seguía ocupando un lugar preponderante en 2023; constata, en particular, que la Comisión de Peticiones examinó y debatió peticiones sobre la prohibición de sustancias químicas y metales pesados en los juguetes infantiles, sobre el apoyo a sistemas alimentarios y estilos de vida saludables y respetuosos con el medio ambiente y sobre la aplicación de la normativa de la Unión sobre azúcares añadidos en los alimentos destinados a lactantes y niños de corta edad;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>23.</NO.P>Llama la atención sobre el importante número de peticiones presentadas y debatidas en relación con la preocupación de los ciudadanos por la reintroducción de controles fronterizos entre algunos Estados miembros, que plantean el problema de la limitación de la libre circulación de personas dentro de la Unión y otros aspectos, como los puntos fuertes y débiles de la ampliación del espacio Schengen; recuerda que los Estados miembros pueden restablecer los controles en las fronteras interiores<FOOTNOTE><FIELD> Artículos 25 a 30 del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen) (DO L 77 de 23.3.2016, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2016/399/oj).</FIELD></FOOTNOTE> en caso de una amenaza grave para el orden público o la seguridad interior, o en circunstancias excepcionales que pongan en peligro el funcionamiento general del espacio Schengen; valora positivamente el importante papel jugado por la Comisión de Peticiones, y en particular las numerosas actividades llevadas a cabo, la aprobación en comisión, el 27 de junio de 2023, de una breve propuesta de Resolución sobre la adhesión al espacio Schengen, la Resolución del Parlamento al respecto para apoyar decididamente la ampliación del espacio Schengen a Rumanía y Bulgaria, y la organización de una audiencia pública titulada «Fronteras Schengen: cuestiones planteadas por las personas peticionarias» el 18 de julio de 2023 en asociación con la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior; acoge con satisfacción la decisión unánime del Consejo de que ambos países se convirtieran en miembros del pleno derecho del espacio Schengen a partir del 1 de enero de 2025, lo que les permite el pleno ejercicio de las libertades fundamentales vinculadas al mercado único de la Unión; hace hincapié en que impedir la adhesión al espacio Schengen de Estados miembros que cumplían todos los requisitos necesarios fue una decisión discriminatoria que carecía de justificación jurídica y que afectó gravemente a muchos ciudadanos de la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>24.</NO.P>	Toma nota del incremento repentino de peticiones de origen español que se produjo en la segunda mitad de 2023 acerca de los riesgos que para el Estado de Derecho en España representaba la voluntad del Gobierno de España de aprobar una ley de amnistía contraria al ordenamiento constitucional y europeo; lamenta los ataques al Estado de Derecho y la separación de poderes perpetrados por el Gobierno español;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>25.</NO.P>Subraya el trabajo de la Comisión de Peticiones en relación con las peticiones relativas al establecimiento de disposiciones comunes sobre una única norma para las dimensiones del equipaje de mano, destacando las preocupaciones de los ciudadanos por las molestias e incomodidades causadas por la incoherencia de las normas sobre el equipaje de mano de las diferentes compañías aéreas y los costes ocultos resultantes; reitera su llamamiento en favor del cumplimiento de una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre este tema en el marco de la revisión de la legislación de la Unión en materia de servicios aéreos; señala, a este respecto, la breve propuesta de Resolución sobre las dimensiones estándar para el equipaje de mano aprobada por la Comisión de Peticiones el 20 de septiembre de 2023, seguida de la aprobación en votación única de una Resolución del Parlamento Europeo el 4 de octubre de 2023; se congratula de que, en noviembre de 2023, la Comisión Europea presentara una revisión del marco de los derechos de los pasajeros y una serie de propuestas destinadas a mejorar la experiencia de los pasajeros y los viajeros, incluido el requisito de un número limitado de dimensiones y pesos comunes para reducir la confusión; observa con pesar que los pasajeros con discapacidad siguen enfrentándose a demasiadas barreras cuando viajan, especialmente en el caso de los desplazamientos multimodales; lamenta que los sistemas de transporte público de muchos Estados miembros no cumplan los requisitos de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD);</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>26.</NO.P>Señala que las cuestiones medioambientales siguieron siendo un ámbito de profunda preocupación para las personas peticionarias en 2023, ya que más del 21 % de las peticiones se referían a este tipo de cuestiones; lamenta que algunas de estas peticiones denunciasen la aplicación incorrecta por parte de los Estados miembros del Derecho de la Unión, como pone de manifiesto el hecho de que algunos Estados miembros ya son objeto de procedimientos de infracción por incumplimiento de la legislación medioambiental de la Unión; observa que numerosas peticiones presentan quejas sobre la calidad del aire, la contaminación acústica, la gestión y el tratamiento de residuos, el deterioro de los ecosistemas naturales y la violación de la Directiva sobre los hábitats en diferentes Estados miembros; destaca la audiencia pública sobre el estado de aplicación de la Directiva sobre los hábitats organizada el 24 de mayo de 2023; toma nota del trabajo que la Comisión de Peticiones siguió llevando a cabo en 2023 acerca del impacto del cambio climático en diferentes ámbitos, no solo en el ámbito medioambiental, sino también en el uso de la tierra, incluyendo en el orden del día de sus reuniones una serie de peticiones recibidas sobre estos temas; hace referencia al taller sobre el impacto del cambio climático en la seguridad social y los grupos más vulnerables organizado el 22 de marzo de 2023, así como a la presentación del estudio titulado «Compensation for Victims of climate change disasters» (Indemnización a las víctimas de catástrofes debidas al cambio climático) el 18 de julio de 2023;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>27.</NO.P>Llama la atención sobre el taller organizado por la Comisión de Peticiones el 25 de enero de 2023 sobre la transparencia en materia de fijación de precios y de reembolso de medicamentos, en el que se debatió la transparencia desde el punto de vista de los pacientes y consumidores, los fabricantes de medicamentos y la investigación académica; señala que el debate se centró en los costes en materia de investigación y desarrollo para las empresas y la información disponible sobre los precios pagados por los medicamentos, con especial hincapié en la importancia de la transparencia en torno a estas cuestiones;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>28.</NO.P>Destaca la importancia de cumplir las expectativas de los ciudadanos de la Unión en materia de protección del medio ambiente e insta a la Comisión a que, junto con los Estados miembros, vele por la correcta aplicación del Derecho de la Unión en este ámbito, en particular por lo que respecta a la tala ilegal; señala las peticiones sobre cuestiones medioambientales, que reflejan una creciente preocupación pública por los efectos del cambio climático, lo que exige una aplicación coherente de la legislación medioambiental vigente de la Unión tanto por parte de la Comisión como de los Estados miembros; destaca que dar respuesta a las expectativas de los ciudadanos de la Unión en materia de protección del medio ambiente ha de considerarse igual de importante que tener en cuenta la realidad económica de cada Estado miembro; subraya que la sobrerregulación repercute negativamente en las economías emergentes; insiste, por tanto, en que debe permitirse a cada Estado miembro tomar decisiones sobre su propio proceso de transición y en que la legislación medioambiental no debe ir en detrimento de la competitividad económica;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>29.</NO.P>	Toma nota de los efectos positivos de la visita de información realizada a Rumanía del 15 al 18 de mayo de 2023 sobre la gestión y la protección de la población de oso pardo; observa con pesar, no obstante, que sigue habiendo demasiados accidentes mortales causados por osos pardos en relación con seres humanos y ganado, lo que hace necesario reforzar el seguimiento y la cooperación con las autoridades nacionales; subraya que la protección de las vidas humanas y la seguridad deben ser siempre la prioridad;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>30.</NO.P>	Destaca, a raíz de la visita de información a Rumanía, la necesidad de lograr un equilibrio entre la protección de la fauna silvestre y la seguridad de los ciudadanos; subraya que debe permitirse a cada Estado miembro adoptar medidas, incluido el control de la población de la especie, con el fin de evitar amenazas a la vida y los bienes de sus ciudadanos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>31.</NO.P>Subraya el compromiso de la Comisión de Peticiones con la protección de los derechos de las personas con discapacidad; recuerda el taller anual celebrado por la Comisión de Peticiones el 29 de noviembre de 2023 sobre los derechos de las personas con discapacidad; recuerda que su primera parte se centró en el modo en que las personas con discapacidad afrontan las crisis recientes (costes de la energía, guerra, elevada inflación, etc.) y en la manera en que las medidas de la Unión han contribuido a superar estos obstáculos, mientras que la segunda parte abordó la cuestión de cómo las instituciones europeas han construido una comunicación inclusiva con los ciudadanos con discapacidad; destaca, asimismo, en este contexto, la aprobación, el 29 de noviembre de 2023, por parte de la Comisión de Peticiones de una opinión en forma de carta sobre el establecimiento de la Tarjeta Europea de Discapacidad y la Tarjeta Europea de Estacionamiento para personas con discapacidad; subraya que el acceso de las personas con discapacidad a las prestaciones de la seguridad social es competencia nacional y de los sistemas de coordinación social, y que los litigios también deben ser resueltos y respetados por los mecanismos judiciales existentes y sus competencias a través de la obligación de agotar los recursos legales y no mediante la intervención directa de la Comisión, en cumplimiento del principio de subsidiariedad; destaca asimismo, en este contexto, la necesidad imperiosa de una transposición plena y coherente de la Ley Europea de Accesibilidad, y pide a los Estados miembros que eviten nuevos retrasos que obstaculicen los derechos de las personas con discapacidad; recuerda que la Ley Europea de Accesibilidad aspira a mejorar la vida de al menos 87 millones de personas con discapacidad, facilitando su acceso a transporte público, servicios bancarios, ordenadores, televisiones, libros electrónicos y tiendas en línea, entre otras cosas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>32.</NO.P>Subraya la importante contribución realizada por la Comisión de Peticiones a la protección de los derechos de las personas con discapacidad, como revela su tramitación de varias peticiones sobre este delicado tema; reconoce, en este contexto, los esfuerzos de los servicios del Parlamento y señala que no solo debe encontrarse la mejor solución técnica, sino también la más accesible para los ciudadanos sordos, a fin de comunicarse con ellos en su propia lengua materna, es decir, en las distintas lenguas de signos nacionales; solicita la modificación del Reglamento interno en estrecha cooperación con la Comisión de Asuntos Constitucionales con el fin de eliminar la obligatoriedad de la comunicación exclusivamente por escrito con los ciudadanos usuarios de lengua de signos, sordos o con dificultades auditivas, de modo que, previa solicitud, puedan utilizar su lengua de signos durante el procedimiento; destaca, asimismo, en este contexto, la aprobación, el 29 de noviembre de 2023, por parte de la Comisión de Peticiones de una opinión en forma de carta sobre el establecimiento de la Tarjeta Europea de Discapacidad y la Tarjeta Europea de Estacionamiento para personas con discapacidad;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>33.</NO.P>Subraya asimismo la labor específica de protección que desempeña la Comisión de Peticiones en la Unión en el marco de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, gracias a su capacidad para oír peticiones, y destaca los importantes trabajos en curso en la comisión relacionados con peticiones sobre cuestiones relacionadas con la discapacidad; si bien observa una ligera disminución del número de peticiones sobre discapacidad en 2023 en comparación con 2022, subraya que dicho número casi se duplicó en comparación con 2021; señala asimismo que la discriminación y el acceso al transporte público y al empleo siguen siendo problemas de primer orden a los que se enfrentan las personas con discapacidad, y hace hincapié en la especial atención dispensada por la Comisión de Peticiones a la solicitud para que el Estatuto Europeo de la Discapacidad reconozca los derechos de las personas con autismo; acoge con satisfacción la aprobación de una breve propuesta de Resolución sobre la armonización de los derechos de las personas con autismo, en la que se hace hincapié en la necesidad de mejorar el acceso al diagnóstico, la asistencia sanitaria, la educación, el empleo, la accesibilidad y la provisión de soluciones razonables, la capacidad jurídica y el apoyo permanente de la comunidad, también en lo relativo a la cultura y al deporte; llama la atención, además, sobre el papel concreto desempeñado por la Comisión de Peticiones a la hora de salvaguardar los derechos de los menores y sus progenitores, teniendo presentes las numerosas peticiones recibidas sobre los derechos de los menores, que exigen una atención y medidas especiales; recuerda, en este contexto, las disposiciones de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en particular su artículo 24 sobre los derechos del niño, a fin de permitir que todos los niños mantengan relaciones personales y contactos directos con sus dos progenitores, salvo si ello es contrario a los intereses del menor; reitera asimismo el riesgo de que las familias con niños autistas sean objeto de ofertas de terapias e intervenciones no probadas, potencialmente nocivas e ilegales, susceptibles de traducirse en graves maltratos físicos a los niños;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>34.</NO.P>Recuerda que las relaciones con el Defensor del Pueblo Europeo son una de las competencias que el Reglamento interno del Parlamento atribuye a la Comisión de Peticiones; acoge con satisfacción la cooperación constructiva mantenida entre el Parlamento y el Defensor del Pueblo Europeo, con el que la Comisión de Peticiones comparte el objetivo de garantizar la transparencia, la profesionalidad y la integridad de las instituciones de la Unión ante la ciudadanía europea, así como su participación en la Red Europea de Defensores del Pueblo; destaca la necesidad de intensificar la cooperación con el Defensor del Pueblo Europeo a fin de garantizar una respuesta rápida, imparcial y transparente a las reclamaciones de los ciudadanos sobre cualquier fallo administrativo en las instituciones de la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>35.</NO.P>	Destaca el trabajo clave realizado por la Comisión de Peticiones en materia de protección de los derechos de los trabajadores; subraya que varias peticiones recibidas en este ámbito fueron seguidas de ulteriores medidas, como el debate sobre el uso de contratos temporales, así como el debate sobre la iniciativa ciudadana europea «Good Clothes, Fair Pay» (Ropa buena, salarios justos), que posteriormente se convirtió en una petición, centrada en la precaria situación de los trabajadores de la industria mundial de la confección y el calzado, o la pregunta parlamentaria con solicitud de respuesta oral sobre las condiciones de trabajo de los profesores en la Unión, que tenía también como base una petición recibida sobre este tema; insiste en la importancia de garantizar unas condiciones de trabajo justas y una mayor protección de los trabajadores en la Unión, e insta a los Estados miembros y a la Comisión a que aborden eficazmente las preocupaciones planteadas en las peticiones relacionadas con los derechos laborales y los sindicatos;<STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on"> </STRING></STRING></P></ACTION><ACTION><P><NO.P>36.</NO.P>	Recuerda el estudio del Parlamento Europeo sobre el sinhogarismo en la Unión Europea, encargado por la Comisión de Peticiones y presentado en su reunión de noviembre de 2023; observa que este estudio supuso una importante contribución a este acuciante reto social y económico, que representa una de las formas más graves de exclusión social, y destacaba la necesidad de modificar las políticas públicas para prevenir este fenómeno en primer lugar, entre otras cosas proporcionando viviendas seguras y asequibles; recuerda que la ocupación ilegal no puede considerarse una solución al problema del sinhogarismo, ya que el derecho a la propiedad está consagrado en el artículo 17 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea; subraya que los Estados miembros deben buscar soluciones reales en lugar de promover la ocupación ilegal, ya que la política de la vivienda es competencia exclusiva de los Estados miembros;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>37.</NO.P>Reconoce las contribuciones periódicas del Defensor del Pueblo Europeo al trabajo de la Comisión de Peticiones a lo largo del año; cree firmemente que las instituciones, órganos y organismos de la Unión deben garantizar un seguimiento coherente y eficaz de las recomendaciones del Defensor del Pueblo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>38.</NO.P>Subraya que las iniciativas ciudadanas europeas (ICE) representan un instrumento importante para la ciudadanía activa y la participación pública; se congratula de que, en algunas reuniones, se debatiese en torno a ICE que no habían salido adelante y que, en ocasiones, se reformularon posteriormente en forma de peticiones, lo que brindó a los ciudadanos la oportunidad de presentar sus ideas y mantener un debate constructivo, contribuyendo al mismo tiempo a su participación en los procesos democráticos de la Unión; toma nota del notable número de nuevas ICE registradas por la Comisión en 2023, lo que demuestra que los ciudadanos aprovechan la oportunidad de utilizar instrumentos de participación para influir en los procesos legislativo y de elaboración de políticas; pide a la Comisión que colabore mejor con los ciudadanos y dé un seguimiento adecuado a las ICE que hayan prosperado; acoge con satisfacción el importante esfuerzo realizado para organizar, en asociación con otras comisiones, cuatro audiencias públicas sobre ICE que han salido adelante, lo que permitió a los organizadores presentar los objetivos de las iniciativas y dialogar con diputados al Parlamento Europeo y representantes de la Comisión Europea; subraya que el compromiso de la Comisión de responder a las ICE válidas es fundamental para mantener la confianza que la población tiene depositada en estas iniciativas como mecanismo clave de la democracia participativa;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>39.</NO.P>	Insta a la Comisión a que preste la debida consideración a las resoluciones parlamentarias aprobadas sobre ICE y a que consolide su compromiso con la ciudadanía, en particular garantizando un seguimiento adecuado y eficaz de las ICE que hayan prosperado, reforzando así el proceso democrático y asegurando que la voz de la ciudadanía se refleje adecuadamente en la elaboración de las políticas de la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>40.</NO.P>Subraya que el Portal de Peticiones es una herramienta esencial para garantizar un proceso de peticiones fluido, eficaz y transparente; acoge con satisfacción, a este respecto, las mejoras en la protección de datos y en las características de seguridad que han hecho que el Portal sea más fácil de usar y seguro para los ciudadanos; subraya que se debe seguir trabajando para que el Portal sea más accesible, también para los usuarios de lengua de signos y las personas con discapacidad; señala que el Portal de Peticiones ha sido uno de los sitios web más visitados del Parlamento Europeo, sirviendo así como primer punto de contacto con el Parlamento para muchos ciudadanos de la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>41.</NO.P>	Recuerda la dimensión europea de la Comisión de Peticiones, a la que pueden dirigirse los ciudadanos de los 27 Estados miembros sobre cuestiones que entran en los ámbitos de actuación de la Unión; considera que la Comisión de Peticiones tiene la responsabilidad especial de defender esta dimensión europea y demostrar a la ciudadanía el valor añadido de la unidad y la integración europeas, así como de seguir tratando cuestiones relacionadas con las violaciones del Derecho de la Unión y con las lagunas y deficiencias existentes en las disposiciones del Derecho de la Unión en vigor; considera que evitar a tiempo las peticiones que se enmarcan claramente en competencias nacionales, ofreciendo al mismo tiempo explicaciones e instrucciones exhaustivas sobre vías de acción alternativas, cuando proceda, podría contribuir al desarrollo de un enfoque constructivo y a una mayor participación de los ciudadanos; entiende, en este sentido, que el Parlamento Europeo debe redoblar sus esfuerzos para promover el cometido y el trabajo de su Comisión de Peticiones y dar a conocer a todos los ciudadanos de la Unión la posibilidad de dirigir una petición al Parlamento Europeo; recuerda que, debido al tiempo limitado asignado a las reuniones de comisión, la mayoría de las peticiones se tramitan mediante procedimiento escrito; recuerda, en este contexto, que todas las peticiones recibidas, incluidas las relativas a asuntos internacionales, deben tramitarse con la transparencia e imparcialidad necesarias; considera que la selección de peticiones para debate en comisión debe reflejar un equilibrio geográfico y político de las peticiones recibidas; cree, además, que debe buscarse también un equilibrio geográfico cuando se organicen las visitas de información de la comisión, tanto cada año como a lo largo de cada legislatura;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>42.</NO.P>Acoge con satisfacción la aprobación de la breve propuesta de Resolución sobre la creación de una Capital Europea del Comercio de Proximidad<FOOTNOTE><FIELD> DO C 214 de 16.6.2023, p. 2.</FIELD></FOOTNOTE> en el período parcial de sesiones de enero de 2023; subraya que se trata de un excelente resultado para la Comisión de Peticiones y señala que este proyecto se ha incluido con éxito como acción preparatoria en el presupuesto de 2024, con una dotación total de 3 000 000 EUR; recuerda que el proyecto de creación de una Capital Europea del Comercio de Proximidad fue presentado oficialmente por la Comisión en Barcelona en diciembre de 2023;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>43.</NO.P>Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución y el informe de la Comisión de Peticiones al Consejo, a la Comisión, al Defensor del Pueblo Europeo, a los Gobiernos de los Estados miembros y a los Parlamentos de los Estados miembros, así como a sus Comisiones de Peticiones y a sus Defensores del Pueblo u otros órganos competentes análogos.</P></ACTION></ACTLST></DISPOSITIF></TEXT></RESOL></TXTLST></SDOCTA>