<?xml version="1.0" encoding="UTF-8" standalone="no"?><SDOCTA xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" STATUS="DEF1" xsi:noNamespaceSchemaLocation="TA.xsd"><IDENT><STRING BOLD="on">P10_TA(2025)0128</STRING></IDENT><TI><STRING BOLD="on">Informe de ejecución sobre el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia</STRING></TI><HIDDEN><STRING HIDDEN="on" ITALIC="on">(A10-0098/2025 - Ponente: Victor Negrescu, Siegfried Mureşan)</STRING></HIDDEN><TXTLST><RESOL><TI><STRING BOLD="on">Resolución del Parlamento Europeo, de 18 de junio de 2025, sobre la aplicación del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (2024/2085(INI))</STRING></TI><TEXT><PREAMBLE><PRINIT><STRING ITALIC="on">El Parlamento Europeo,</STRING></PRINIT><GRVISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el artículo 175 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia<FOOTNOTE><FIELD> DO L 57 de 18.2.2021, p. 17, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2021/241/oj.</FIELD></FOOTNOTE> (Reglamento del MRR),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE, Euratom) 2023/435 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de febrero de 2023, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2021/241 en lo relativo a los capítulos de REPowerEU en los planes de recuperación y resiliencia y se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1303/2013, (UE) 2021/1060 y (UE) 2021/1755, y la Directiva 2003/87/CE<FOOTNOTE><FIELD> DO L 63 de 28.2.2023, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2023/435/oj.</FIELD></FOOTNOTE> (Reglamento REPowerEU),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE, Euratom) 2020/2092 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2020, sobre un régimen general de condicionalidad para la protección del presupuesto de la Unión<FOOTNOTE><FIELD> DO L 433 I de 22.12.2020, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2020/2092/oj.</FIELD></FOOTNOTE> (Reglamento relativo a la condicionalidad del Estado de Derecho),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE, Euratom) 2024/765 del Consejo, de 29 de febrero de 2024, por el que se modifica el Reglamento (UE, Euratom) 2020/2093 por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2021-2027<FOOTNOTE><FIELD> DO L, 2024/765, 29.2.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/765/oj.</FIELD></FOOTNOTE> (Reglamento del MFP),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Acuerdo Interinstitucional, de 16 de diciembre de 2020, entre el Parlamento Europeo, el Consejo de la Unión Europea y la Comisión Europea sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera, así como sobre nuevos recursos propios, en particular una hoja de ruta para la introducción de nuevos recursos propios<FOOTNOTE><FIELD> DO L 433 I de 22.12.2020, p. 28.</FIELD></FOOTNOTE> (en lo sucesivo, «Acuerdo Interinstitucional»),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE, Euratom) 2024/2509 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de septiembre de 2024, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión<FOOTNOTE><FIELD> DO L, 2024/2509, 26.9.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/2509/oj.</FIELD></FOOTNOTE> (Reglamento Financiero),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) 2024/795 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de febrero de 2024, por el que se crea la Plataforma de Tecnologías Estratégicas para Europa (STEP) y se modifican la Directiva 2003/87/CE y los Reglamentos (UE) 2021/1058, (UE) 2021/1056, (UE) 2021/1057, (UE) n.º 1303/2013, (UE) n.º 223/2014, (UE) 2021/1060, (UE) 2021/523, (UE) 2021/695, (UE) 2021/697 y (UE) 2021/241<FOOTNOTE><FIELD> DO L, 2024/795, 29.2.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/795/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) 2024/1263 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2024, relativo a la coordinación eficaz de las políticas económicas y a la supervisión presupuestaria multilateral y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1466/97 del Consejo<FOOTNOTE><FIELD> DO L, 2024/1263, 30.4.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/1263/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista su Resolución, de 23 de junio de 2022, sobre la aplicación del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia<FOOTNOTE><FIELD> DO C 32 de 27.1.2023, p. 42.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Comunicación de la Comisión, de 22 de julio de 2024, titulada «Orientación sobre los planes de recuperación y resiliencia»<FOOTNOTE><FIELD> DO C, C/2024/4618, 22.7.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/4618/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Comunicación de la Comisión, de 21 de febrero de 2024, titulada «Fortalecer la UE mediante reformas e inversiones ambiciosas» (COM(2024)0082),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el tercer informe anual de la Comisión, de 10 de octubre de 2024, relativo a la ejecución del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (COM(2024)0474),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Informe Anual del Tribunal de Cuentas (TCE), de 10 de octubre de 2024, sobre la ejecución presupuestaria relativo al ejercicio 2023, acompañado de las respuestas de las instituciones,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos el Informe Especial 13/2024 del TCE, de 2 de septiembre de 2024, titulado «La absorción de fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia – Sigue avanzando aunque con retraso y persisten los riesgos en la finalización de las medidas y, por tanto, en la consecución de los objetivos del Mecanismo», el Informe Especial 14/2024 del TCE, de 11 de septiembre de 2024, titulado «Transición ecológica – La contribución del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia es poco clara», y el Informe Especial 22/2024 del TCE, de 21 de octubre de 2024, titulado «Doble financiación con cargo al presupuesto de la UE – Los sistemas de control carecen de elementos esenciales para mitigar el creciente riesgo que plantea el modelo de financiación del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia no vinculado a los costes»,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto su Estudio, de diciembre de 2023, de apoyo a la evaluación intermedia del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Informe anual 2024 de la Fiscalía Europea, publicado el 3 de marzo de 2025,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de Mario Draghi, de septiembre de 2024, titulado «The future of European competitiveness» (El futuro de la competitividad europea) (en lo sucesivo, «informe Draghi»),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Dictamen del Comité de las Regiones, de 8 de octubre de 2024, titulado «Revisión intermedia del Plan Europeo de Recuperación tras la COVID-19 (Mecanismo de Recuperación y Resiliencia)»<FOOTNOTE><FIELD> DO C, C/2024/7057, 4.12.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/7057/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la información publicada en el cuadro de indicadores de recuperación y resiliencia En lo sucesivo, «cuadro de indicadores del MRR»,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el documento de trabajo de los servicios de la Comisión, de 20 de noviembre de 2024, titulado «Informe sobre la asignación y los efectos de los bonos verdes de NextGenerationEU de 2024» (SWD(2024)0275),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos su estudio interno, su análisis en profundidad y sus documentos informativos relacionados con la aplicación del MRR<FOOTNOTE><FIELD> Parlamento Europeo, Think Tank https://www.europarl.europa.eu/thinktank/es/research/advanced-search?textualSearch=RRF&amp;startDate=01/07/2019&amp;endDate=&amp;sort=RELEVANCE.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista su Resolución, de 18 de enero de 2024, sobre la situación en Hungría y la inmovilización de fondos de la Unión Europea<FOOTNOTE><FIELD> DO C, C/2024/5742, 17.10.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/5742/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos el artículo 55 de su Reglamento interno, así como el artículo 1, apartado 1, letra e), y el anexo 3 de la Decisión de la Conferencia de Presidentes, de 12 de diciembre de 2002, sobre el procedimiento de autorización para la elaboración de informes de propia iniciativa,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistas las opiniones de la Comisión de Control Presupuestario, la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales, la Comisión de Medio Ambiente, Clima y Seguridad Alimentaria y la Comisión de Transportes y Turismo,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistas las deliberaciones conjuntas de la Comisión de Presupuestos y de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios, de conformidad con el artículo 59 del Reglamento interno,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de la Comisión de Presupuestos y de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios (A10‑0098/2025),</P></VISA></GRVISA><GRCONS><CONS><P><NO.P>A.</NO.P>Considerando que el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) se creó para hacer que las economías y sociedades europeas sean más sostenibles y resilientes y para que estén mejor preparadas a la luz de las crisis sin precedentes acontecidas en 2019 y 2022, apoyando a los Estados miembros en la financiación de inversiones estratégicas y en la aplicación de reformas;</P></CONS><CONS><P><NO.P>B.</NO.P>Considerando que las reformas e inversiones en el marco del MRR deben contribuir a aumentar la resiliencia de la Unión y a reducir su dependencia mediante la diversificación de las cadenas de suministro fundamentales, lo que reforzará la autonomía estratégica de la Unión; que, además, las reformas e inversiones en el marco del MRR generan valor añadido europeo;</P></CONS><CONS><P><NO.P>C.</NO.P>Considerando que el MRR, así como otros fondos de la Unión, como el instrumento europeo de apoyo temporal para atenuar los riesgos de desempleo en una emergencia, ha contribuido a proteger los mercados laborales del riesgo de daños a largo plazo a causa de la doble perturbación económica de la pandemia y la crisis energética;</P></CONS><CONS><P><NO.P>D.</NO.P>Considerando que el gasto del MRR queda fuera de los límites máximos del marco financiero plurianual (MFP) y que los ingresos procedentes de empréstitos constituyen ingresos afectados externos; que el Parlamento lamenta que no formen parte del procedimiento presupuestario; que, sobre la base del principio de transparencia del Reglamento Financiero, los ciudadanos deben saber dónde y con qué fin gasta la Unión sus fondos;</P></CONS><CONS><P><NO.P>E.</NO.P>Considerando que, dada la falta de avances en la introducción de nuevos recursos propios en la Unión y la necesidad de garantizar la sostenibilidad del plan de reembolso de la Unión, es esencial una estrategia de financiación a largo plazo clara y fiable para cumplir las obligaciones de reembolso sin forzar compensaciones difíciles en el presupuesto de la Unión que podrían socavar futuras inversiones y prioridades políticas; que serán necesarios nuevos debates y soluciones financieras concretas para garantizar la viabilidad a largo plazo del plan de reembolso de la deuda de la Unión;</P></CONS><CONS><P><NO.P>F.</NO.P>Considerando que los costes de endeudamiento para NextGenerationEU (NGEU) deben correr a cargo del presupuesto de la Unión y que los costes reales superan, con diferencia, las previsiones de 2020 como consecuencia de los elevados tipos de interés; que los costes totales de los reembolsos de intereses y de capital de NextGenerationEU estarán, según previsiones, entre 25 000 000 000 y 30 000 000 000 EUR anuales a partir de 2028, lo que equivale al 15-20 % del presupuesto anual de 2025; que el Parlamento ha insistido en que los costes de refinanciación se sitúen por encima de los límites máximos del MFP; que, durante la revisión del MFP de 2024, se introdujo un «mecanismo en cascada» en tres fases que incluye un nuevo instrumento especial para el IRUE, con objeto de cubrir los importantes sobrecostes derivados de los empréstitos contraídos en el marco de NextGenerationEU asociados a grandes cambios en las condiciones del mercado; que, durante el procedimiento presupuestario de 2025, se alcanzó un acuerdo para seguir un enfoque anual 50/50, en particular para financiar los sobrecostes en partes iguales con el compartimento de liberaciones del instrumento especial para el IRUE y el Instrumento de Flexibilidad;</P></CONS><CONS><P><NO.P>G.</NO.P>Considerando que los bonos emitidos para financiar el MRR han de ser reembolsados de tal forma que se garantice la reducción estable y previsible de los pasivos, a más tardar en 2058; que el Consejo aún no ha adoptado la cesta ajustada de nuevos recursos propios propuesta por la Comisión, lo que suscita preocupación por la viabilidad del reembolso de la deuda contraída en el marco de NextGenerationEU;</P></CONS><CONS><P><NO.P>H.</NO.P>Considerando que la dimensión social es un aspecto crucial del MRR, que ha de contribuir a una convergencia económica y social al alza, restaurar y promover el crecimiento sostenible y fomentar la creación de empleo de alta calidad;</P></CONS><CONS><P><NO.P>I.</NO.P>Considerando que el MRR debe contribuir a financiar medidas para reforzar la resiliencia de los Estados miembros ante las catástrofes climáticas, entre otras cosas, y mejorar la adaptación al cambio climático; que los Estados miembros deben llevar a cabo evaluaciones de impacto adecuadas de las medidas y compartir las mejores prácticas sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo»;</P></CONS><CONS><P><NO.P>J.</NO.P>Considerando que el MRR desempeña un papel importante en el apoyo a las inversiones y reformas en materia de movilidad sostenible, infraestructuras de transporte inteligentes, combustibles alternativos y soluciones digitales de movilidad, mejorando así la conectividad y la eficiencia en toda la Unión; que es lamentable que solo unos pocos Estados miembros hayan optado por utilizar el MRR para apoyar inversiones, en particular en infraestructuras de trenes de alta velocidad y vías navegables, destinadas a desarrollar corredores europeos, a pesar del fomento de los proyectos transfronterizos y plurinacionales; que resulta crucial aumentar las inversiones en infraestructuras de transporte, en particular en las regiones insuficientemente atendidas, para mejorar la conectividad, respaldar la cohesión regional y contribuir a la transición ecológica;</P></CONS><CONS><P><NO.P>K.</NO.P>Considerando que, a 31 de diciembre de 2024, los Estados miembros habían presentado noventa y cinco solicitudes de pago y el nivel de desembolsos del MRR, incluida la prefinanciación, ascendía a 197 460 000 000 EUR en subvenciones (el 55 % de la dotación total de subvenciones) y a 108 680 000 000 EUR en préstamos (el 37 % de la dotación total de préstamos); que, mientras tres Estados miembros ya han recibido su quinto pago, un Estado miembro no ha recibido financiación del MRR; que todos los Estados miembros han revisado sus planes nacionales de recuperación y resiliencia al menos una vez; que el 28 % de los hitos y objetivos se han alcanzado satisfactoriamente y que la Comisión recurrió a la posibilidad de suspender parte de los pagos al constatarse que algunos hitos y objetivos vinculados a una solicitud de pago no se habían cumplido de manera satisfactoria; que los retrasos en la ejecución de las reformas e inversiones previstas, en particular en infraestructuras sociales y servicios públicos, podrían dar lugar a la infrautilización de los recursos disponibles, lo que reduciría el impacto previsto en el crecimiento económico, el empleo y la cohesión social;</P></CONS><CONS><P><NO.P>L.</NO.P>Considerando que el TCE ha puesto de manifiesto diversas deficiencias del MRR, en particular en relación con su diseño, su transparencia y la presentación de informes, el riesgo de doble financiación y la aplicación de medidas para la doble transición;</P></CONS><CONS><P><NO.P>M.</NO.P>Considerando que, según el TCE, el rendimiento es una medida del grado en que una acción, proyecto o programa financiado por la Unión cumple sus objetivos y hace un buen uso de los fondos; que, además, la financiación no vinculada a los costes no constituye, en sí misma, un instrumento basado en el rendimiento;</P></CONS><CONS><P><NO.P>N.</NO.P>Considerando que unos sistemas de auditoría y control sólidos son fundamentales para proteger los intereses financieros de la Unión a lo largo de todo el ciclo de vida del MRR; que los hitos comúnmente conocidos como «superhitos», en particular en relación con el Estado de Derecho, tuvieron que cumplirse antes de cualquier desembolso del MRR;</P></CONS><CONS><P><NO.P>O.</NO.P>Considerando que el Reglamento del MRR se refiere al «carácter orientado a los resultados» del MRR, pero no define «resultados»; que los resultados del MRR deben vincularse a los principios de buena gestión financiera y medir hasta qué punto una acción, proyecto o programa financiado por la Unión ha cumplido sus objetivos y ofrecido una buena optimización de los recursos;</P></CONS><CONS><P><NO.P>P.</NO.P>Considerando que un control democrático y parlamentario eficaz sobre la ejecución del MRR requiere la plena participación del Parlamento y que se tengan en cuenta todas sus recomendaciones en todas las fases;</P></CONS><CONS><P><NO.P>Q.</NO.P>Considerando que la Comisión debe presentar un informe de evaluación <STRING ITALIC="on">ex post</STRING> independiente sobre la ejecución del MRR a más tardar el 31 de diciembre de 2028, que contenga una evaluación del grado de consecución de los objetivos, la eficiencia en el uso de los recursos y el valor añadido europeo, así como una evaluación global del MRR e información sobre sus efectos a largo plazo;</P></CONS><CONS><P><NO.P>R.</NO.P>Considerando que el objetivo del presente informe es supervisar la aplicación del MRR, de acuerdo con el papel atribuido al Parlamento en el Reglamento del MRR, señalando sus beneficios y las deficiencias, a la vez que se aprovechan las lecciones extraídas de su aplicación;</P></CONS></GRCONS></PREAMBLE><DISPOSITIF><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Reforzar la resiliencia social y económica de Europa</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>1.</NO.P>Destaca que el MRR es un instrumento de solidaridad único, a la luz de dos crisis sin precedentes, y una piedra angular del instrumento NextGenerationEU, que finaliza en 2026; hace hincapié en la importancia de extraer lecciones de su aplicación para el próximo MFP, también en lo que respecta a la transparencia, la presentación de informes y la medición coherente de los resultados concretos; destaca el efecto estabilizador del MRR para los Estados miembros en un momento de gran incertidumbre económica, ya que mitiga las consecuencias económicas y sociales negativas y apoya a los Gobiernos contribuyendo a la aplicación del pilar europeo de derechos sociales, fomentando la recuperación económica y la competitividad, impulsando la resiliencia y la innovación y apoyando las transiciones ecológica y digital;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>2.</NO.P>Destaca el importante papel del MRR a la hora de prevenir la fragmentación del mercado interior y la mayor profundización de las divergencias macroeconómicas, fomentar la cohesión social y territorial proporcionando estabilización macroeconómica, y ofrecer garantías a los mercados financieros mejorando la confianza de los inversores en tiempos turbulentos y reduciendo así los diferenciales de rentabilidad;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>3.</NO.P>Acoge con satisfacción el hecho de que el MRR sea un instrumento singular que proporciona un margen fiscal adicional que ha contribuido a prevenir las notables divergencias económicas y sociales entre los Estados miembros con márgenes fiscales distintos; subraya que la Comisión concluyó que el MRR ha motivado un aumento sostenido de las inversiones en toda la Unión y que la Comisión espera que el MRR tenga efectos duraderos en todo su territorio después de 2026, dadas sus sinergias con otros fondos de la Unión; expresa, no obstante, su preocupación por el hecho de que la expiración del MRR en 2026 plantea un riesgo significativo de disminución sustancial de la inversión pública en prioridades europeas comunes;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>4.</NO.P>Recuerda que el MFP y el MRR combinados ascienden a casi 2 billones EUR para el período de programación 2021-2027, pero señala que las elevadas tasas de inflación y los consiguientes aumentos del coste de los bienes y servicios han reducido el valor actual del gasto europeo acordado en términos nominales;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>5.</NO.P>Toma nota de las previsiones de la Comisión de 2024 sobre los efectos potenciales de NextGenerationEU en el producto interior bruto (PIB) real de la Unión de aquí a 2026, que es considerablemente inferior a su simulación en 2020 (1,4 % frente al 2,3 %), debido en parte a condiciones económicas y geopolíticas adversas, y de la estimación de que NextGenerationEU podría generar un aumento considerable a corto plazo del empleo de la Unión de hasta un 0,8 %; observa que los beneficios a largo plazo del MRR para el PIB multiplicarán probablemente por entre tres y seis los compromisos presupuestarios adquiridos, dependiendo de los efectos de la inversión del MRR sobre la productividad y de la ejecución diligente de las reformas y las inversiones;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>6.</NO.P>Destaca la dificultad de cuantificar de forma precisa la incidencia social y económica del MRR, ya que hace falta tiempo para se vea con claridad el efecto de las reformas y las inversiones; destaca la necesidad de nuevas evaluaciones independientes para evaluar el impacto efectivo de las reformas y las inversiones, y de seguir mejorando la metodología subyacente; toma nota de la conclusión de la Comisión de que aproximadamente la mitad del aumento previsto de la inversión pública entre 2019 y 2025 estaría relacionada con inversiones financiadas por el presupuesto de la Unión, en particular por el MRR, pero señala que algunas inversiones no han tenido aún un impacto cuantificable;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>7.</NO.P>Observa que el MRR ha incentivado la aplicación de algunas reformas incluidas en las recomendaciones específicas por país formuladas en el contexto del Semestre Europeo al incluir dichas reformas en los planes nacionales de recuperación y resiliencia; subraya que se ha producido un salto cualitativo en términos de seguimiento de la aplicación del MRR; recuerda que el cuadro de indicadores del MRR se utiliza para llevar a cabo el seguimiento de los avances realizados hacia la consecución de hitos y objetivos, así como el cumplimiento de los principios horizontales y, en particular, de los seis pilares, a saber, la transición ecológica, la transformación digital, el crecimiento inteligente, sostenible e integrador (que incluye la cohesión económica, el empleo, la productividad, la competitividad, la investigación, el desarrollo y la innovación, y un mercado interior que funcione correctamente con unas pymes sólidas), la cohesión social y territorial, la salud, la resiliencia económica, social e institucional con el objetivo, entre otros, de potenciar la preparación frente a las crisis y la capacidad de respuesta, y las políticas destinadas a la próxima generación, la infancia y la juventud, en particular con respecto a la educación y las capacidades; destaca que la adopción general de las recomendaciones específicas por país formuladas en el contexto del Semestre Europeo sigue siendo baja e incluso ha descendido;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>8.</NO.P>Destaca que, en el contexto del nuevo marco de gobernanza económica, el conjunto de reformas e inversiones que sustentan una ampliación del período de ajuste debe ser coherente con los compromisos incluidos en los planes nacionales de recuperación y resiliencia aprobados durante el período de funcionamiento del MRR y el acuerdo de asociación en virtud del Reglamento sobre Disposiciones Comunes<FOOTNOTE><FIELD> Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados (DO L 231 de 30.6.2021, p. 159, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2021/1060/oj).</FIELD></FOOTNOTE>; observa que los cinco Estados miembros que solicitaron una ampliación del período de ajuste a más tardar el 31 de diciembre de 2024 se apoyaron en parte en las reformas e inversiones ya aprobadas en el marco del MRR para justificar la ampliación; toma nota de que la mayoría de los Estados miembros han incluido información sobre si las reformas e inversiones enumeradas en los planes fiscales-estructurales a medio plazo están asociadas al MRR;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>9.</NO.P>Celebra el hecho de que el MRR preste apoyo tanto a las reformas como a las inversiones en los Estados miembros, pero observa con preocupación que el breve plazo para la ejecución de la parte restante del MRR hace difícil que se completen reformas clave e inversiones a gran escala que deben finalizarse hacia el final del MRR y que se alcancen a tiempo el 70 % de los hitos y objetivos que siguen pendientes;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>10.</NO.P>Recuerda que, salvo en casos debidamente justificados, el gasto del MRR no debe sustituir a los gastos presupuestarios nacionales ordinarios y debe respetar el principio de adicionalidad de la financiación de la UE; insiste en que la aplicación rigurosa, sostenible y verificable del carácter excepcional junto con la orientación de unos objetivos europeos claramente definidos para las reformas y las inversiones es fundamental para garantizar la adicionalidad y el efecto duradero de los fondos europeos adicionales; recuerda la necesidad de defender este principio y se manifiesta en contra del desplazamiento o la sustitución de la política de cohesión por el MRR u otros instrumentos temporales, ya que la política de cohesión sigue siendo fundamental para una cohesión territorial y una convergencia sostenibles a largo plazo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>11.</NO.P>Destaca que la ejecución prioritaria del MRR, la falta de capacidad administrativa en muchos Estados miembros y los retos planteados por las cadenas de suministro mundiales han contribuido al retraso de la aplicación de la política de cohesión; pide a la Comisión, en este contexto, que facilite una evaluación exhaustiva del impacto del MRR en el resto de instrumentos financieros e inversiones públicas, el apoyo técnico y las capacidades administrativas y de integración de los Estados miembros;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>12.</NO.P>Recuerda que, en respuesta a la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania, la revisión de REPowerEU contribuye a mejorar la seguridad energética de Europa al reducir su dependencia de los combustibles fósiles, diversificar su suministro energético, invertir en infraestructuras y recursos europeos, abordar la pobreza energética e invertir en ahorro de energía y en eficiencia en todos los sectores, incluido el transporte; hace hincapié en que, a través de REPowerEU, en 2023 se pusieron a disposición 20 000 000 000 EUR adicionales en subvenciones, incluidos 8 000 000 000 EUR generados por la concentración anticipada de derechos del régimen de comercio de derechos de emisión y 12 000 000 000 EUR procedentes del Fondo de Innovación; destaca las negociaciones exitosas del Parlamento, en particular en lo que respecta a las disposiciones sobre la reposición del Fondo de Innovación, el objetivo de financiación del 30 % para proyectos transfronterizos, las inversiones centradas en la lucha contra la pobreza energética para los hogares vulnerables, las pymes y las microempresas, así como el uso flexible de los fondos de cohesión no utilizados del MFP 2014-2020 y de hasta el 7,5 % de las asignaciones nacionales en el marco del MFP 2021-2027;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>13.</NO.P>Recuerda su llamamiento para que las intervenciones del MRR se centren en medidas con valor añadido europeo y, por tanto, lamenta la escasez de medidas transfronterizas o plurinacionales viables, en particular proyectos ferroviarios de alta velocidad y de infraestructuras de movilidad sostenibles para un doble uso que son necesarios para completar la RTE-T, y el consiguiente riesgo de renacionalización de la financiación; observa que el amplio alcance de los objetivos del MRR ha contribuido a ello al permitir que una gran variedad de proyectos centrados en el ámbito nacional entren en su ámbito de competencias;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>14.</NO.P>Destaca la modificación del artículo 27 del Reglamento del MRR a través de REPowerEU, que reforzó significativamente las dimensiones transfronteriza y plurinacional del MRR animando a los Estados miembros a modificar sus planes nacionales de recuperación y resiliencia para añadir capítulos de REPowerEU, incluido un objetivo de gasto de al menos el 30 % para tales medidas, con el fin de garantizar la autonomía energética de la Unión; expresa su preocupación por la interpretación amplia adoptada por la Comisión, que permite que cualquier reducción de la demanda (nacional) de energía justifique una dimensión transfronteriza y plurinacional;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>15.</NO.P>Acoge con satisfacción la posibilidad de utilizar la financiación del MRR para contribuir a los objetivos de la Plataforma de Tecnologías Estratégicas para Europa (STEP) mediante el apoyo a las inversiones en tecnologías críticas de la Unión a fin de impulsar su competitividad industrial; observa que ningún Estado miembro ha hecho uso de la posibilidad de incluir en su plan nacional de recuperación y resiliencia una aportación en efectivo adicional a los objetivos de STEP a través del componente de InvestEU de los Estados miembros; recuerda que los Estados miembros aún pueden modificar sus planes nacionales a este respecto; espera que los procesos de revisión sean eficientes, racionalizados y sencillos, especialmente teniendo en cuenta el plazo final de 2026, el contexto geopolítico actual y la necesidad de invertir en capacidades de defensa europeas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>16.</NO.P>Recuerda la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» en todas las reformas e inversiones apoyadas por el MRR, que viene acompañada de una excepción específica en el marco de REPowerEU para las infraestructuras e instalaciones energéticas necesarias para cubrir las necesidades inmediatas de seguridad del suministro; anima a la Comisión a que evalúe la viabilidad de una interpretación más uniforme del principio de «no causar un perjuicio significativo» entre el MRR y la taxonomía de la Unión para las actividades sostenibles, teniendo en cuenta las especificidades del MRR como programa de gasto público;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Aspectos financieros del MRR</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>17.</NO.P>Destaca que el MRR es el primer instrumento importante basado en el rendimiento a escala de la Unión, que se sustenta exclusivamente en financiación no vinculada a los costes; recuerda que el artículo 8 del Reglamento del MRR establece que el MRR será ejecutado por la Comisión en régimen de gestión directa de conformidad con las normas pertinentes adoptadas en virtud del artículo 322 del TFUE, en particular, el Reglamento Financiero y el Reglamento relativo a la condicionalidad del Estado de Derecho; lamenta que el Consejo no haya aceptado introducir normas específicas, como la doble financiación, en el Reglamento Financiero para abordar los riesgos de este modelo de aplicación; considera que las normas del Reglamento Financiero deben ser plenamente aplicables a los futuros instrumentos basados en la financiación no vinculada a los costes, también en lo que respecta a multas, penalizaciones y sanciones;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>18.</NO.P>Observa que solo trece Estados miembros han solicitado préstamos y que 92 000 000 000 EUR de los 385 800 000 000 EUR disponibles seguirán sin utilizarse, ya que el importe no se comprometió antes de que finalizase el plazo de 31 de diciembre de 2023; toma nota de que los préstamos resultaron interesantes para los Estados miembros que se enfrentaban a costes de endeudamiento más elevados en los mercados financieros o que trataban de compensar una reducción de las subvenciones del MRR; señala que algunos Estados miembros han hecho un uso limitado de los préstamos del MRR, ya sea por su situación presupuestaria sólida o por consideraciones de carácter administrativo; pide a la Comisión que analice los motivos de la escasa utilización en algunos Estados miembros y tenga en cuenta estas conclusiones a la hora de diseñar futuros instrumentos financieros de la Unión; observa con preocupación que los instrumentos financieros nacionales para ejecutar los planes nacionales de recuperación y resiliencia carecen de la publicidad suficiente, lo que ha dado lugar a una sensibilización y un uso limitados por parte de los posibles beneficiarios; considera que es necesario un debate político sobre el uso de los fondos no utilizados a la luz de unos presupuestos públicos ajustados y de las prioridades estratégicas urgentes de la Unión; pide que se evalúen la forma y las condiciones en que podrían reorientarse los fondos del MRR no utilizados para intensificar la competitividad, la resiliencia, la defensa de Europa, y la cohesión social, económica y territorial, en particular a través de inversiones en tecnologías digitales y ecológicas acordes con la finalidad original del MRR;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>19.</NO.P>Recuerda la obligación legal de garantizar el reembolso íntegro del gasto de NextGenerationEU a más tardar el 31 de diciembre de 2058; recuerda al Consejo y a la Comisión su compromiso jurídico con arreglo al acuerdo interinstitucional celebrado en 2020 para garantizar una forma viable de refinanciar la deuda generada en el contexto de NextGenerationEU, también con ingresos suficientes procedentes de nuevos recursos propios introducidos a partir de 2021 sin ninguna reducción indebida del gasto del programa o de los instrumentos de inversión en el marco del MFP; lamenta la falta de avances en este sentido, lo que suscita preocupaciones sobre la viabilidad del reembolso de la deuda contraída en el marco de NextGenerationEU, e insta al Consejo a que adopte sin demora nuevos recursos propios con carácter de urgencia; insta, además, a la Comisión a que prosiga sus esfuerzos para identificar nuevos recursos propios adicionales más allá del acuerdo interinstitucional y vinculados a las políticas de la Unión, con el fin de cubrir las elevadas necesidades de gasto asociadas a la financiación de nuevas prioridades y al reembolso de la deuda de NextGenerationEU;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>20.</NO.P>Señala con preocupación la previsión de la Comisión de que los costes totales de los reembolsos de intereses y de capital de NextGenerationEU se sitúen en torno a los 25-30 000 000 000 EUR anuales a partir de 2028, lo que equivale al 15-20 % del presupuesto anual de 2025; recuerda que, en los tres últimos procedimientos presupuestarios, se tuvo que recurrir a instrumentos especiales para cubrir los costes del Instrumento para el EURI; destaca que el aumento significativo de los costes de financiación ejerce presión sobre el futuro presupuesto de la Unión y limita la capacidad de responder a los retos futuros;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>21.</NO.P>Toma nota del objetivo de la Comisión de financiar hasta el 30 % de los costes de NextGenerationEU mediante la emisión de bonos verdes; observa que, a 31 de diciembre de 2024, la Comisión había emitido bonos verdes europeos por valor de 68 200 000 000 EUR;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Diseño y ejecución de los planes nacionales de recuperación y resiliencia</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>22.</NO.P>Observa que el 47 % de los fondos disponibles del MRR se habían desembolsado a 31 de diciembre de 2024, con subvenciones que alcanzaron el 55 % y préstamos equivalentes al 37 %, lo que ha dado lugar a una elevada proporción de medidas pendientes de finalización en 2025 y 2026; expresa su preocupación, no obstante, por la conclusión del TCE de que solo el 50 % de los fondos desembolsados había llegado a los beneficiarios finales en quince de veintidós Estados miembros en octubre de 2023; pide a la Comisión que tenga debidamente en cuenta las recomendaciones del TCE a fin de mejorar el funcionamiento de cualquier instrumento futuro basado en el rendimiento similar al MRR, en particular en el contexto de un MFP más específico;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>23.</NO.P>Acoge con satisfacción el hecho de que todos los Estados miembros hayan superado los objetivos de las transiciones ecológica (37 %) y digital (20 %), con un gasto medio destinado a la consecución de los objetivos climáticos y digitales del MRR en su conjunto del 42 % y el 26 %, respectivamente; señala que el TCE ha puesto en duda que la aplicación de las medidas del MRR haya contribuido a la transición ecológica y ha recomendado mejorar las metodologías utilizadas para estimar el impacto de las medidas relacionadas con el clima; destaca el hecho de que existen las mismas deficiencias metodológicas en todos los pilares del MRR;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>24.</NO.P>Observa el impacto tangible que el MRR podría tener en los objetivos sociales, ya que los Estados miembros tienen previsto gastar alrededor de 163 000 000 000 EUR; subraya que dicho gasto debe estar orientado a los resultados y garantizar unos beneficios económicos o sociales cuantificables; destaca la necesidad de acelerar las inversiones en favor del desarrollo de las zonas rurales, periféricas y ultraperiféricas, aisladas y remotas, así como en materia de vivienda asequible, protección social e integración de los grupos vulnerables, y empleo juvenil, donde el gasto es menor; pide una evaluación en profundidad por parte de la Comisión, en el marco del cuadro de indicadores del MRR, de los proyectos y reformas relacionados con la educación y la juventud ejecutados por los Estados miembros en el marco del MRR; lamenta que en algunos Estados miembros se hayan observado retrasos en la aplicación de los objetivos sanitarios, dado que el instrumento también debe mejorar la accesibilidad y la capacidad de los sistemas sanitarios, así como de las inversiones en infraestructuras sociales clave, en particular las instalaciones de educación infantil y atención a la primera infancia; destaca que estos retrasos, relacionados en algunos casos con el cambio de prioridades presupuestarias y la revisión de los plazos nacionales de ejecución, podrían socavar la consecución de los objetivos de cohesión social del MRR;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>25.</NO.P>Reitera su posición negociadora de incluir objetivos en materia de educación (10 %) y de actividades culturales (2 %); alienta los esfuerzos de la Comisión por evaluar estos objetivos como referencia en su evaluación de la política educativa en los planes nacionales de recuperación y resiliencia, a través del cuadro de indicadores del MRR;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>26.</NO.P>Observa que una gran mayoría de los planes nacionales de recuperación y resiliencia incluyen una sección específica en la que se explica cómo aborda el plan las preocupaciones y los retos relacionados con el género; expresa su preocupación, no obstante, por que algunos planes nacionales de recuperación y resiliencia no incluyan una explicación de cómo se espera que las medidas del plan contribuyan a la igualdad de género y a la igualdad de oportunidades para todos, y pide a los Estados miembros afectados que añadan sin demora dichas explicaciones;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>27.</NO.P>Destaca la importancia de las reformas centradas en la fragmentación del mercado laboral, el fomento de unas condiciones de trabajo de calidad, la lucha contra las desigualdades salariales, la garantía de unas condiciones de vida dignas y el refuerzo del diálogo social, la protección social y la economía social;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>28.</NO.P>Observa el impacto tangible que el MRR podría tener en el objetivo de transformación digital, con 166 000 000 000 EUR asignados a los planes correspondientes; acoge con agrado las contribuciones realizadas conforme al pilar de crecimiento inteligente, sostenible e integrador, en particular en relación con la competitividad y el apoyo a las pymes; señala la necesidad de acelerar las inversiones destinadas a la cooperación transnacional, el apoyo a las empresas competitivas que lideran proyectos innovadores y los cambios normativos en favor de un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, que se están quedando rezagadas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>29.</NO.P>Destaca que el éxito de las inversiones de la Unión depende del buen funcionamiento de los mercados de capitales; pide a los Estados miembros que garanticen un desembolso más eficaz y oportuno de los fondos, en particular para las pymes y los jóvenes emprendedores, que racionalicen los procedimientos de solicitud con vistas a mejorar la accesibilidad y que apliquen medidas concretas para prestar un apoyo específico que refuerce su papel en el proceso de crecimiento inteligente e integrador;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>30.</NO.P>Expresa su preocupación por que la consecución de los hitos y objetivos vaya por detrás del calendario indicativo previsto en los planes nacionales de recuperación y resiliencia, y que el ritmo de los avances sea desigual entre los Estados miembros; lamenta el desfase temporal entre el cumplimiento de los hitos y objetivos y la ejecución de los proyectos; destaca que el MRR solo alcanzará su potencial a largo y a corto plazo si los componentes de reforma e inversión, respectivamente, se ejecutan correctamente; acoge con satisfacción el hecho de que, tras un inicio lento, la ejecución del MRR se haya recuperado desde el segundo semestre de 2023, aunque siguen persistiendo retrasos significativos, que afectan a reformas e inversiones clave, que se han atribuido a diversos factores, como las revisiones relacionadas con la inclusión de REPowerEU, el aumento de la inflación, la insuficiente capacidad administrativa de los Estados miembros, en particular la de los más pequeños, las incertidumbres en relación con las normas específicas de ejecución del MRR, los elevados costes de la energía, la escasez de suministro y una subestimación del tiempo necesario para aplicar las medidas; observa que el aplazamiento hasta 2026 de los principales plazos de ejecución por parte de algunos Gobiernos suscita preocupación sobre la capacidad de algunos Estados miembros para absorber plenamente los fondos asignados dentro del plazo establecido del MRR; destaca la importancia de mantener un calendario de ejecución realista y efectivo para evitar correr el riesgo de que los proyectos queden incompletos y de pérdida de oportunidades para llevar a cabo mejoras estructurales; pide a la Comisión que vele por que se aborden urgentemente los cuellos de botella administrativos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>31.</NO.P>Recuerda la modificación del Reglamento del MRR mediante la inclusión del capítulo de REPowerEU; destaca la importancia de los capítulos de REPowerEU en los planes nacionales de recuperación y resiliencia y pide a los Estados miembros que den prioridad a los proyectos maduros y aceleren la ejecución de sus planes nacionales de recuperación y resiliencia, tanto en términos de reformas como de inversiones y que, cuando sea necesario, ajusten los planes nacionales de recuperación y resiliencia en consonancia con los objetivos del MRR, sin socavar el equilibrio general y el nivel de ambición de los planes nacionales de recuperación y resiliencia, con el fin de responder a los retos derivados de acontecimientos geopolíticos y abordar las situaciones actuales sobre el terreno;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>32.</NO.P>Destaca el hecho de que el MRR podría haber contribuido a mitigar los efectos de la actual crisis de la vivienda en toda la Unión; lamenta que algunos Estados miembros no hayan hecho uso de esta oportunidad y subraya la importancia de que los Estados miembros aceleren las inversiones en favor de la disponibilidad y asequibilidad de la vivienda;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>33.</NO.P>Destaca el papel de los «superhitos» en la protección de los intereses financieros de la Unión frente a las deficiencias del Estado de Derecho y en la garantía de la plena aplicación de los requisitos del artículo 22 del Reglamento del MRR; acoge con satisfacción el hecho de que todos los Estados miembros menos uno hayan cumplido satisfactoriamente sus «superhitos»; recuerda que la Comisión debe recuperar toda prefinanciación que no se haya compensado con solicitudes de pago periódicas al final del MRR;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>34.</NO.P>Observa la elevada carga administrativa y la complejidad que supone el MRR; destaca los considerables esfuerzos necesarios a escala nacional para ejecutar el MRR en paralelo con los fondos estructurales; señala que, entre 2021 y 2024, el instrumento de apoyo técnico, basado en la demanda, respaldó más de quinientas reformas relacionadas con el MRR en los Estados miembros, relacionadas directa o indirectamente con la preparación, modificación, revisión y ejecución de los planes nacionales de recuperación y resiliencia; toma nota de las orientaciones de la Comisión de julio de 2024 con simplificaciones y aclaraciones para racionalizar la ejecución del MRR, pero espera que la Comisión cumpla con rapidez su promesa de reducir la carga administrativa en un 25 %; insta a la Comisión a que preste un apoyo técnico claro y específico a los Estados miembros, que les permita desarrollar una capacidad administrativa eficiente para aplicar los hitos y objetivos; pide a la Comisión que reduzca el nivel de complejidad de las normas de contratación pública de la Unión que se aplican a los contratos de mayor valor;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>35.</NO.P>Expresa su preocupación por la complejidad de los procedimientos de solicitud de financiación del MRR, en particular para las pymes y las organizaciones no gubernamentales, que requieren servicios de consultoría externa incluso para pequeñas subvenciones; hace hincapié en que estos obstáculos burocráticos contradicen los objetivos originales del MRR, cuyo objetivo era proporcionar apoyo financiero rápido y directo; pide que se simplifiquen urgentemente los requisitos de solicitud e información, en particular para los beneficiarios más pequeños, a fin de maximizar la absorción y la repercusión de los fondos, y de ayudar a su contribución a las transiciones ecológica y digital;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>36.</NO.P>Considera que los retrasos en la ejecución subrayan el riesgo de que las medidas para las que se ha concedido financiación del MRR no se completen antes de la fecha límite de pago de 2026; acoge con satisfacción la declaración de la Comisión en el diálogo sobre recuperación y resiliencia, de 16 de septiembre de 2024, según la cual no reembolsará los proyectos no ejecutados; considera una deficiencia que los fondos del MRR abonados para hitos y objetivos evaluados como cumplidos no puedan recuperarse si finalmente no se completan las medidas conexas; anima a la Comisión a que tenga en cuenta las recomendaciones del TCE al respecto y a que evalúe, en colaboración con los Estados miembros, las medidas que corren mayor riesgo de no completarse, a más tardar, el 31 de agosto de 2026; destaca la importancia de supervisar estas medidas, facilitar un seguimiento oportuno y trabajar en la búsqueda de soluciones para superar los retrasos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>37.</NO.P>Observa con preocupación que el plazo de ejecución restante del MRR es demasiado corto para la ejecución de muchos proyectos innovadores; observa, además, que, por definición, los proyectos innovadores son más difíciles de planificar y más propensos a enfrentarse a obstáculos durante la ejecución, lo que impide que se ajusten a los plazos estrictos del MRR; insta a la Comisión a que cree programas futuros suficientemente flexibles para dar respuestas adecuadas a las circunstancias cambiantes y, al mismo tiempo, garantizar un cierto grado de previsibilidad;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>38.</NO.P>Observa que es posible que algunos hitos y objetivos ya no sean alcanzables debido a circunstancias objetivas; destaca que cualquier revisión de los planes nacionales de recuperación y resiliencia debe realizarse de conformidad con el Reglamento del MRR, incluidos los plazos aplicables, y no debe implicar un retroceso en las reformas, compromisos o proyectos de menor calidad, sino que deben mantener la ambición general y la eficiencia del gasto público;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>39.</NO.P>Expresa su preocupación por la evaluación desigual de los planes nacionales de recuperación y resiliencia por parte de la Comisión, que ha dado lugar a un doble rasero en la aplicación del Reglamento; expresa asimismo su preocupación por la definición dispar de los hitos y objetivos en los planes nacionales de recuperación y resiliencia, tal como ha informado sistemáticamente el TCE;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>40.</NO.P>Destaca que la duración de la evaluación por parte de la Comisión de las solicitudes de pago de los Estados miembros difiere considerablemente de un Estado miembro a otro y subraya la necesidad de una mayor transparencia por parte de la Comisión; insta a la Comisión a que acelere sus evaluaciones y garantice la igualdad de trato de los Estados miembros; destaca la necesidad de garantizar unas condiciones de competencia equitativas en toda la Unión en lo que respecta a las medidas e indicadores que se utilizan para evaluar todos los proyectos del MRR;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>41.</NO.P>Insta a los Estados miembros a que redoblen sus esfuerzos para abordar los cuellos de botella administrativos y proporcionar la capacidad administrativa suficiente a fin de acelerar la ejecución del MRR con vistas al plazo de 2026 y evitar la concentración de proyectos del MRR en regiones y capitales más desarrolladas, permitiendo que los fondos del MRR se destinen a proyectos en las regiones más vulnerables, contribuyendo así al objetivo del MRR de reforzar la cohesión social, territorial y económica de la Unión; hace hincapié en la importancia de una distribución regional justa en el marco de los planes nacionales de recuperación y resiliencia, al tiempo que se garantiza que los fondos del MRR se asignen en función del impacto económico y social, la viabilidad y los beneficios a largo plazo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>42.</NO.P>Pide una prórroga de dieciocho meses de los proyectos maduros del MRR mediante una modificación del Reglamento del MRR mediante codecisión, en caso necesario; hace hincapié en que la Comisión llevará a cabo la prórroga prevista de los proyectos sobre la base de criterios de referencia objetivos, claros y justos; acoge con satisfacción la posibilidad de establecer un sistema de priorización y transferencia específico y basado en el rendimiento después del plazo de 2026 para permitir la finalización de los proyectos en curso a través de otros regímenes de financiación, incluidos el Fondo Europeo de Inversiones y un posible nuevo fondo europeo de competitividad; insta a la Comisión a que presente una estrategia para abordar la enorme demanda de inversión pública a partir de 2026 sin comprometer los recursos presupuestarios en otros ámbitos críticos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>43.</NO.P>Pide una evaluación de la forma en que este marco podría permitir inversiones específicas en las cadenas de suministro de defensa de la Unión, reservas estratégicas e innovación en defensa, en consonancia con los objetivos de seguridad europeos más amplios;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>44.</NO.P>Expresa su preocupación por el hecho de que algunos Estados miembros puedan optar por renunciar a parte de los importes o a los importes totales vinculados a su última solicitud de pago, lo que evitaría el cumplimiento de los últimos hitos y objetivos;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Transparencia, seguimiento y control</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>45.</NO.P>Toma nota de que la Comisión había previsto llevar a cabo ciento doce auditorías del MRR en todos los Estados miembros en 2024; recuerda a la Comisión su obligación, conforme al artículo 24, apartado 9, del Reglamento del MRR, de recuperar la financiación en caso de desembolsos incorrectos o revocaciones de medidas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>46.</NO.P>Observa que la Comisión se basa en sus propias metodologías para calcular los pagos parciales y las suspensiones de fondos; lamenta que estas metodologías no se desarrollaran hasta dos años después del inicio de la ejecución del MRR y sin consultar al Parlamento;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>47.</NO.P>Acoge con satisfacción el amplio trabajo del TCE en relación con el MRR y considera importante evaluar exhaustivamente sus conclusiones, en particular las relativas a que los hitos y objetivos a menudo son bastante vagos y están orientados a los resultados, por lo que no son adecuados para medir los resultados y las repercusiones, así como las relativas a los riesgos de doble financiación derivados de los solapamientos con otras políticas; observa que la Comisión ha aceptado muchas, pero no todas, las recomendaciones del TCE; destaca que las deficiencias en los controles financieros, como destaca el TCE, deben abordarse urgentemente para evitar la doble financiación, las ineficiencias de costes y la mala gestión de los fondos de la Unión; pide una mayor transparencia y que se tengan plenamente en cuenta las recomendaciones del TCE sin añadir una carga administrativa innecesaria;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>48.</NO.P>Observa que el TCE considera que el MRR se focaliza en los avances en la ejecución y no en el rendimiento, en particular porque las medidas financiadas por el MRR se centran en las realizaciones en lugar de en los resultados, varían en cuanto a la ambición, carecen a veces de claridad y no siempre abarcan las fases clave de la ejecución de una medida, incluida la finalización;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>49.</NO.P>Observa que las auditorías del TCE revelaron varios casos en los que se habían desembolsado fondos, pero no se habían cumplido adecuadamente los requisitos relativos al cumplimiento de los hitos y objetivos correspondientes; observa, además, que el marco de la Comisión para evaluar el «cumplimiento satisfactorio» de los hitos y objetivos pertinentes contiene elementos discrecionales, como la «desviación mínima con respecto a un requisito formal» o los «retrasos proporcionados», y que la metodología para determinar los pagos parciales no explica los valores elegidos como coeficientes, lo que deja margen para la interpretación; pide a la Comisión que facilite más aclaraciones al Parlamento;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>50.</NO.P>Insiste en que, por regla general, las medidas ya incluidas en otros planes nacionales que reciben financiación de la Unión (por ejemplo, cohesión, agricultura, etc.) no deben incluirse en los planes nacionales de recuperación y resiliencia, aunque no impongan ningún coste; insta a la Comisión a que siga estando alerta y actúe con diligencia a la hora de detectar toda posible doble financiación, en particular en lo que respecta a los diferentes modelos de ejecución del MRR y otros instrumentos de financiación de la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>51.</NO.P>Lamenta la falta de una pista de auditoría adecuada del MRR y la persistente falta de transparencia a pesar del requisito de que los Estados miembros informen semestralmente sobre los cien mayores perceptores finales, que se introdujo en REPowerEU a petición del Parlamento; lamenta los retrasos en la presentación de informes por parte de algunos Estados miembros y el escaso valor informativo de la información facilitada, que en última instancia impide que la Comisión o el TCE realicen controles del cumplimiento; reitera su petición de que las listas de los mayores perceptores finales de cada Estado miembro se actualicen periódicamente y se publiquen en el cuadro de indicadores del MRR, y que estas incluyan información sobre los operadores económicos implicados, en particular sobre los contratistas y subcontratistas, y sus titulares reales, y no simplemente ministerios, organismos gubernamentales o empresas estatales; lamenta, además, que la definición actual de «perceptor final» deje margen para la interpretación, lo que da lugar a que existan perceptores finales distintos para medidas similares en los distintos Estados miembros; pide a la Comisión, en este contexto, que garantice una comprensión común de qué constituye un «perceptor final», de modo que pueda aplicarse de manera coherente;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>52.</NO.P>Manifiesta su preocupación por las persistentes deficiencias en los mecanismos nacionales de información y control, debido en parte a la presión de absorción que afecta a la capacidad de detectar gastos no subvencionables y a la complejidad de los procedimientos de auditoría y control, lo que ha generado incertidumbre entre los Estados miembros y una sobrecarga de procedimientos administrativos; pide a la Comisión que garantice que los sistemas de control de los Estados miembros funcionan adecuadamente y que verifique la conformidad de los proyectos de inversión financiados por el MRR con las normas nacionales y de la Unión; pide que se reduzcan los pagos y, cuando proceda, se recuperen los importes de conformidad con el artículo 22 del Reglamento del MRR, en caso de que persistan las deficiencias en los sistemas nacionales de control; lamenta la dependencia de controles cruzados manuales y de autodeclaraciones de los perceptores de fondos de la Unión debido a la falta de herramientas informáticas interoperables y de normas armonizadas, pese a la existencia de herramientas como el sistema de detección precoz y exclusión (EDES) y ARACHNE, cuyo uso no es actualmente obligatorio, lo que conlleva el riesgo de que el gasto se declare dos veces; recuerda, a este respecto, la reticencia de los Estados miembros a avanzar, de forma oportuna, en el desarrollo de las herramientas informáticas pertinentes;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>53.</NO.P>Comparte la opinión del TCE de que el modelo de financiación no vinculada a los costes no impide informar sobre los costes reales; observa que disponer de información clara sobre los costes también facilita la labor de los órganos de control y supervisión, como la Fiscalía Europea y la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF), y permite mejorar el control público;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>54.</NO.P>Reitera el papel del cuadro de indicadores del MRR a la hora de proporcionar información a los ciudadanos sobre los avances generales en la ejecución de los planes nacionales de recuperación y resiliencia; subraya la importancia del cuadro de indicadores para reforzar la transparencia, y pide a la Comisión que aumente el nivel de transparencia y visualización de datos en el cuadro de indicadores;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>55.</NO.P>Recuerda que la información sobre los avances en la ejecución del cuadro de indicadores del MRR se basa en información facilitada semestralmente por los Estados miembros;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>56.</NO.P>Destaca el importante papel de la Fiscalía Europea y de la OLAF en la protección de los intereses financieros de la Unión; acoge con satisfacción que las investigaciones de la Fiscalía Europea sobre casos de fraude y corrupción relacionados con el MRR hayan dado lugar a varias detenciones, acusaciones e incautaciones de fondos del MRR; recuerda que la Fiscalía Europea tramitó 307 casos activos relacionados con el MRR en 2024, que corresponden a un 17 % de todas las investigaciones de fraude en el gasto y causaron un perjuicio a los intereses financieros de la Unión estimado en 2 800 000 000 EUR; espera que el número de investigaciones aumente a medida que avance la ejecución del MRR; pide a la Comisión que examine las declaraciones de gestión de los Estados miembros en lo que respecta a la notificación del fraude detectado y las medidas correctoras adoptadas;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Papel del Parlamento Europeo</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>57.</NO.P>Reitera la importancia del papel del Parlamento en el control y el seguimiento de la ejecución del MRR y en la rendición de cuentas de la Comisión; destaca la contribución del Parlamento a través de distintos canales, en particular mediante diversos debates plenarios, resoluciones parlamentarias, reuniones bimensuales de diálogo sobre recuperación y resiliencia con los comisarios competentes, más de treinta reuniones del grupo de trabajo permanente sobre el control del MRR, numerosas preguntas parlamentarias, el procedimiento anual de aprobación de la gestión de la Comisión y el flujo regular de información y solicitudes de información <STRING ITALIC="on">ad hoc</STRING> de la Comisión; lamenta que el modelo de utilizar hitos y objetivos a fin de activar el desembolso no viniera acompañado de mecanismos de control presupuestario adecuados, lo que redujo el papel del Parlamento en comparación con su control del gasto del MFP;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>58.</NO.P>Recuerda los derechos del Parlamento establecidos en el artículo 25 del Reglamento del MRR, en particular el derecho a recibir simultáneamente de la Comisión la información que transmita al Consejo o a cualquiera de sus órganos preparatorios en el contexto del Reglamento del MRR o de su aplicación, así como una visión general de sus conclusiones preliminares relativas al cumplimiento satisfactorio de los hitos y objetivos pertinentes incluidos en los planes nacionales de recuperación y resiliencia; anima a que se compartan los resultados pertinentes de los debates mantenidos en los órganos preparatorios del Consejo con las comisiones parlamentarias competentes;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>59.</NO.P>Recuerda, además, el derecho de las comisiones competentes del Parlamento a invitar a la Comisión a facilitar información sobre la situación de la evaluación de los planes nacionales de recuperación y resiliencia en el contexto de las reuniones de diálogo sobre recuperación y resiliencia;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>60.</NO.P>Lamenta que el Parlamento no desempeñe ningún papel en el diseño de los planes nacionales de recuperación y resiliencia y no sea consultado sobre las solicitudes de pago; critica, además, que no se haya facilitado al Parlamento una visión general clara e identificable del estado de ejecución de los proyectos y los pagos; espera que se le informe sobre el contexto de las revisiones de los planes nacionales de recuperación y resiliencia con el fin de realizar su propia evaluación de las revisiones y tener un papel más importante en posibles instrumentos futuros basados en la experiencia con el MRR;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Implicación de las partes interesadas</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>61.</NO.P>Lamenta la insuficiente participación de los entes regionales y locales, las organizaciones de la sociedad civil, los interlocutores sociales, los Parlamentos nacionales y otras partes interesadas pertinentes en el diseño, la revisión o la aplicación de los planes nacionales de recuperación y resiliencia, lo que da lugar a peores resultados políticos y a una apropiación limitada; lamenta que, en el diseño y la ejecución de los planes nacionales de recuperación y resiliencia, algunos Estados miembros hayan favorecido claramente a algunos entes regionales y locales o partes interesadas en detrimento de otros; recuerda que la participación de los entes regionales y locales, de las autoridades nacionales y de los responsables de desarrollar esas políticas es crucial para el éxito del MRR, tal como se establece en el artículo 28 del Reglamento del MRR; recuerda que el Parlamento apoyó una disposición vinculante en el MRR para establecer un diálogo multinivel con el fin de implicar a las partes interesadas pertinentes y debatir con ellas la preparación y la aplicación de los planes nacionales de recuperación y resiliencia, con un período de consulta claro; pide, por tanto, la máxima participación posible de las partes interesadas en la aplicación de los planes nacionales de recuperación y resiliencia, de conformidad con el marco jurídico nacional y sobre la base de principios claros y transparentes;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>62.</NO.P>Reitera la necesidad de una interacción periódica entre las autoridades nacionales de coordinación y las partes interesadas nacionales que participan en el seguimiento de la ejecución de los planes nacionales de recuperación y resiliencia, en consonancia con el principio de transparencia y rendición de cuentas; destaca que es necesaria una comunicación más regular y pública por parte de las autoridades nacionales de coordinación a fin de garantizar que se pone a disposición información actualizada sobre los avances en la ejecución de los planes nacionales de recuperación y resiliencia;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>63.</NO.P>Subraya que las decisiones deben tomarse al nivel más adecuado; se muestra convencido de que la aplicación del principio de asociación y una mayor participación de los entes regionales y locales podrían hacer más eficiente la ejecución de los proyectos, reducir las disparidades dentro de los Estados miembros y dar lugar a más medidas de mejor calidad con una dimensión transfronteriza y plurinacional;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>64.</NO.P>Considera que pueden extraerse valiosas lecciones del MRR y reflejarse en el diseño de instrumentos basados en el rendimiento en el próximo MFP, especialmente a la luz de los planes de competitividad y simplificación de la Unión;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Enseñanzas para el futuro</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>65.</NO.P>Considera que la combinación de reformas e inversiones ha dado buenos resultados, pero que es necesario establecer un vínculo más claro entre ambas; destaca la importancia de ajustar toda financiación a los objetivos del instrumento y de desembolsarla en función de los avances hacia su consecución; insiste en que el nivel de ambición de los planes nacionales de recuperación y resiliencia no debe rebajarse, pero debe ser proporcional al calendario del MRR a fin de garantizar su aplicación satisfactoria;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>66.</NO.P>Está convencido, como se destaca en el informe Draghi, de que impulsar la competitividad de la Unión, descarbonizar su economía y hacerla más circular y eficiente en el uso de los recursos, así como colmar la brecha de capacidades, crear puestos de trabajo de calidad y mejorar la capacidad de innovación de la Unión, serán prioridades fundamentales más allá de 2026; expresa su preocupación por el déficit de financiación considerable que se producirá después de que el MRR deje de funcionar a finales de 2026, en particular para la inversión pública en prioridades europeas comunes, ya que los recursos financieros procedentes de los presupuestos nacionales varían significativamente entre los Estados miembros; insiste en la necesidad de aprovechar las lecciones aprendidas del MRR para futuros instrumentos con el fin de potenciar mejor las inversiones públicas y privadas con vistas a abordar el déficit de financiación en los objetivos y transiciones europeos, que el informe Draghi estima en más de 800 000 000 000 EUR al año, garantizando al mismo tiempo la continuidad sin fisuras de las inversiones en bienes comunes europeos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>67.</NO.P>Acoge con satisfacción el mayor uso de los instrumentos financieros posibilitado por la opción de canalizar los fondos del MRR hacia el componente de InvestEU de los Estados miembros;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>68.</NO.P>Insta a la Comisión a que aplique las lecciones extraídas y las observaciones del TCE, y a que garantice que los futuros instrumentos basados en el rendimiento estén bien orientados, vayan en consonancia con el objetivo de financiar bienes públicos europeos y den prioridad a abordar los retos estratégicos claramente definidos, la sostenibilidad económica y la competitividad; pide que se garantice que todos los instrumentos futuros se diseñen para medir no solo los insumos o las realizaciones y los avances a corto plazo, sino también los resultados en términos de efectos a largo plazo respaldados por resultados;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>69.</NO.P>Observa que, según el TCE, es esencial que los futuros instrumentos basados en el rendimiento no se diseñen y apliquen de una manera que vaya en detrimento de la rendición de cuentas y, en particular, que existan sistemas de control adecuados en los Estados miembros y sean controlados por la Comisión antes de que comience la ejecución; señala que esto implicaría el establecimiento de unos requisitos mínimos para los controles de los Estados miembros y los controles de la Comisión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>70.</NO.P>Pide a la Comisión que lleve a cabo una evaluación independiente e informe sobre el impacto del MRR en las inversiones privadas a escala de la Unión en su conjunto, en particular sobre su posible efecto de exclusión de las inversiones privadas y sus determinantes; aboga por nuevos análisis objetivos y claros a cargo de la Comisión sobre la forma en que la ejecución de las reformas e inversiones en el marco de los planes nacionales de recuperación y resiliencia afecta a las economías de los Estados miembros, con especial atención al crecimiento inteligente, sostenible e integrador; insta a la Comisión a que tenga en cuenta las lecciones extraídas de dichos análisis y de las observaciones del TCE sobre la ejecución del MRR al elaborar sus propuestas para el siguiente período de programación;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>71.</NO.P>Subraya que todas las inversiones y reformas financiadas por la Unión deben estar coordinadas y ser coherentes con la planificación estratégica a escala nacional, y deben centrarse en proyectos con un claro valor añadido europeo; destaca la necesidad de un objetivo de gasto para las inversiones transfronterizas y plurinacionales; pide a la Comisión que desarrolle una metodología creíble para evaluar la dimensión transfronteriza y plurinacional de los proyectos financiados por la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>72.</NO.P>Destaca que unos diálogos sociales y territoriales significativos con un alto nivel de participación de los entes regionales y locales, los interlocutores sociales, las organizaciones de la sociedad civil y los Parlamentos nacionales dentro del marco jurídico nacional son esenciales para la asunción de responsabilidades a escala nacional, la aplicación satisfactoria y la rendición de cuentas democrática; expresa su preocupación por la insuficiente participación de todas las partes interesadas pertinentes en la ejecución y supervisión de las iniciativas financiadas por el MRR; insiste, en particular, en que las regiones y los ayuntamientos no pueden ser meros receptores de decisiones, y no darles la oportunidad de expresar su opinión acerca de las reformas y las inversiones que transformen realmente sus territorios;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>73.</NO.P>Considera que es fundamental adoptar estrategias diferenciadas que reconozcan la diversidad cultural de las distintas regiones y mejoren su cohesión económica y social en lugar de aplicar un enfoque homogéneo o único que pueda perjudicar a las regiones menos desarrolladas; pide, por tanto, que se refuercen los diálogos con las partes interesadas y se utilicen con mayor diligencia, ya que en el futuro podrían inspirar iniciativas y mecanismos en la Unión y sus Estados miembros;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>74.</NO.P>Hace hincapié en el requisito, incluido en el Reglamento del MRR, de mostrar públicamente información sobre el origen de la financiación de los proyectos financiados por la Unión a fin de garantizar la aceptación por parte de los ciudadanos europeos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>75.</NO.P>Destaca que las reuniones de diálogo sobre recuperación y resiliencia han sido un instrumento importante a la hora de mejorar la transparencia y la rendición de cuentas, que son clave para una ejecución óptima del MRR;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>76.</NO.P>Reitera que son necesarios ulteriores esfuerzos a fin de mejorar la transparencia y la trazabilidad en el uso de los fondos de la Unión; subraya la necesidad de garantizar que se disponga de datos pertinentes para medir el rendimiento y que la información sobre el rendimiento se presente de manera mejorada y más transparente; insiste en que debe mejorarse el mecanismo para la retroalimentación entre la información sobre el rendimiento y el diseño o la adaptación de los programas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>77.</NO.P>Considera que la mejora de la formación y del desarrollo de capacidades en todas las regiones y autoridades implicadas, en particular en el ámbito nacional, podría haber acelerado la ejecución del MRR y permitido que autoridades de ejecución se adaptasen mejor al carácter orientado a los resultados del MRR; considera que la Comisión podría haber ayudado más a los Estados miembros en la fase de planificación y haber proporcionado orientaciones sobre la aplicación en una fase más temprana, en particular con vistas a reforzar sus sistemas de auditoría y control y la dimensión transfronteriza del MRR;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>78.</NO.P>Destaca la importancia de mitigar el riesgo de doble financiación; sugiere el despliegue de un sistema informático y de prospección de datos integrado e interoperable y el desarrollo de normas claras relativas a los conjuntos de datos que se apliquen en todos los Estados miembros, con vistas a permitir un seguimiento exhaustivo y automatizado del gasto; aboga por mecanismos de coordinación reforzados que definan claramente las responsabilidades entre los organismos que participan en la ejecución de los distintos programas nacionales y de la Unión, al tiempo que se evita una complejidad burocrática innecesaria y se garantiza una asignación eficiente de los fondos; anima a integrar herramientas avanzadas de análisis de datos e inteligencia artificial para mejorar el seguimiento, la evaluación y la presentación de informes sobre el rendimiento, a fin de aliviar la carga de trabajo manual y racionalizar los procesos de información; destaca que estos avances solo pueden producirse si también existe apoyo operativo para digitalizar las administraciones;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>79.</NO.P>Insta encarecidamente a la Comisión y a los Estados miembros a que garanticen que cualquier tipo de financiación no vinculada a los costes de la Unión o de financiación de la Unión basada en el rendimiento cumpla con las normas nacionales y de la Unión, de modo que se protejan, en última instancia, los intereses financieros de la Unión; reitera la obligación y la responsabilidad de la Comisión y de los Estados miembros de garantizar la legalidad y regularidad de la financiación de la Unión, así como el respeto de los principios de buena gestión financiera;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>80.</NO.P>Considera que debe reforzarse aún más el papel del Parlamento en el seguimiento del MRR;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>81.</NO.P>Pide que los futuros instrumentos basados en el rendimiento tengan una única pista de auditoría para rastrear las contribuciones presupuestarias a los proyectos financiados; subraya la necesidad de auditorías a nivel de proyecto a fin de mitigar los riesgos para la reputación respecto a la ciudadanía y facilitar la recuperación de fondos en caso de que se dé marcha atrás con las medidas; recalca la necesidad de reducir los cuellos de botella y cargas administrativos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>82.</NO.P>Exige que todo posible futuro programa basado en el rendimiento establezca vínculos más claros entre los hitos y objetivos y los proyectos reales en curso; hace hincapié en que debe reducirse el tiempo transcurrido entre el cumplimiento de los hitos y la ejecución de los proyectos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>83.</NO.P>Reitera su llamamiento en favor de una plataforma abierta que contenga datos sobre todos los proyectos, los perceptores finales y la distribución regional de la financiación, facilitando así la auditoría y la supervisión democrática;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>84.</NO.P>Subraya que cualquier posible decisión presupuestaria futura sobre el endeudamiento de la Unión debe respetar la unidad del presupuesto y el papel del Parlamento como parte de la autoridad presupuestaria; destaca los riesgos de sobrecostes en el reembolso de la deuda, derivados, entre otros factores, de la volatilidad de los tipos de interés; considera importante garantizar desde el principio que se disponga de financiación suficiente para cubrir estos costes sin perjudicar otros programas o prioridades políticas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>85.</NO.P>Pide a la Comisión y a los Estados miembros que evalúen atentamente instrumentos y herramientas como el MRR y aprendan de ellos, con el fin de maximizar la eficiencia y la incidencia de la financiación, las inversiones y las reformas de la Unión, racionalizar los objetivos de las políticas, mejorar la colaboración de las instituciones y las partes interesadas a escala nacional y europea, y aumentar la apropiación nacional;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>86.</NO.P>Toma nota de la intención declarada de la Comisión de aprovechar la experiencia del MRR a la hora de diseñar sus propuestas para los programas de financiación de la Unión después de 2027, previstas para finales de este año; reconoce que la evaluación <STRING ITALIC="on">ex post</STRING> independiente llegará demasiado tarde para contribuir al proceso que culminará en el próximo período de programación, pero espera que la Comisión y los colegisladores tengan debidamente en cuenta las enseñanzas extraídas del MRR y las recomendaciones de las partes interesadas pertinentes, en particular los entes regionales y locales, las organizaciones de la sociedad civil y los interlocutores sociales; considera que, a medida que la Unión planifica la resiliencia económica futura, también es necesario movilizar aún más la inversión privada, fortalecer los mercados de capitales y garantizar que el gasto público sigue siendo responsable desde un punto de vista presupuestario y que está orientado estratégicamente para lograr que la Unión sea más resiliente y soberana en un contexto geopolítico cada vez más conflictivo;</P></ACTION><SEPARATION><P>°</P><P>°         °</P></SEPARATION><ACTION><P><NO.P>87.</NO.P>Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros.</P></ACTION></ACTLST></DISPOSITIF></TEXT></RESOL></TXTLST></SDOCTA>