<?xml version="1.0" encoding="UTF-8" standalone="no"?><SDOCTA xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" STATUS="DEF1" xsi:noNamespaceSchemaLocation="TA.xsd"><IDENT><STRING BOLD="on">P10_TA(2025)0137</STRING></IDENT><TI><STRING BOLD="on">Pacto por una Industria Limpia</STRING></TI><HIDDEN><STRING HIDDEN="on" ITALIC="on">(B10-0277/2025)</STRING></HIDDEN><TXTLST><RESOL><TI><STRING BOLD="on">Resolución del Parlamento Europeo, de 19 de junio de 2025, sobre el Pacto por una Industria Limpia (2025/2656(RSP))</STRING></TI><TEXT><PREAMBLE><PRINIT><STRING ITALIC="on">El Parlamento Europeo,</STRING></PRINIT><GRVISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Comunicación de la Comisión, de 26 de febrero de 2025, titulada «Pacto por una Industria Limpia: una hoja de ruta conjunta para la competitividad y la descarbonización» (COM(2025)0085),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Comunicación de la Comisión, de 26 de febrero de 2025, titulada «Plan de Acción para una Energía Asequible - Explotar el verdadero valor de nuestra Unión de la Energía para garantizar una energía asequible, eficiente y limpia para todos los europeos» (COM(2025)0079),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de Mario Draghi, de 9 de septiembre de 2024, titulado «The future of European competitiveness» (El futuro de la competitividad europea),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de Enrico Letta, de abril de 2024, titulado «Much more than a market» (Mucho más que un mercado),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Comunicación de la Comisión, de 29 de enero de 2025, titulada «Una Brújula para la Competitividad de la UE» (COM(2025)0030),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Comunicación de la Comisión, de 19 de marzo de 2025, titulada «Un Plan de Acción para el Acero y los Metales» (COM(2025)0125),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista su Resolución, de 15 de septiembre de 2022, sobre la aplicación de la nueva Estrategia Industrial actualizada para Europa: adecuación del gasto a las políticas<FOOTNOTE><FIELD> DO C 125 de 5.4.2023, p. 124.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista su Resolución, de 3 de abril de 2025, sobre las industrias de gran consumo de energía<FOOTNOTE><FIELD> Textos Aprobados, P10_TA(2025)0065.</FIELD></FOOTNOTE> y la correspondiente pregunta oral O-00010/2025,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Comunicación de la Comisión, de 11 de diciembre de 2019, titulada «El Pacto Verde Europeo» (COM(2019)0640),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de la Comisión de Industria, Investigación y Energía, de 13 de mayo de 2025 sobre las redes eléctricas como columna vertebral del sistema energético de la UE,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la pregunta a la Comisión O-000020/2025,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos el artículo 142, apartado 5, y el artículo 136, apartado 2, de su Reglamento interno,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la propuesta de Resolución de la Comisión de Industria, Investigación y Energía,</P></VISA></GRVISA><GRCONS><CONS><P><NO.P>A.</NO.P>Considerando que el Pacto por una Industria Limpia tiene por objeto unir la acción por el clima y la competitividad en el marco de una estrategia global de crecimiento centrada en apoyar a las industrias de gran consumo de energía y al sector de las tecnologías limpias; que esto es muy necesario, ya que la transición hacia una economía descarbonizada y circular solo puede tener éxito si se mantiene la competitividad;</P></CONS><CONS><P><NO.P>B.</NO.P>Considerando que el Plan de Acción para una Energía Asequible tiene por objeto proporcionar energía limpia asequible y ayuda a corto plazo mediante la reducción de las facturas energéticas, acelerando al mismo tiempo la aplicación de reformas estructurales y reforzando nuestros sistemas energéticos para mitigar futuras perturbaciones de los precios;</P></CONS><CONS><P><NO.P>C.</NO.P>Considerando que la industria europea se enfrenta actualmente a enormes retos, debido a los elevados precios de la energía procedente de los combustibles fósiles, la competencia internacional desleal, la pérdida de puestos de trabajo y la escasez de personal cualificado, lo que da lugar a una reducción de la producción, a la deslocalización y al cierre de emplazamientos, lo que aumenta nuestra dependencia de proveedores externos y socava la autonomía estratégica, al mismo tiempo que la innovación, la fabricación y las emisiones asociadas corren el riesgo de ser reubicadas en lugar de abordarse en origen;</P></CONS><CONS><P><NO.P>D.</NO.P>Considerando que la industria europea está dispuesta a avanzar hacia la sostenibilidad, contribuyendo a lograr la neutralidad climática de aquí a 2050, y que una base industrial descarbonizada y preparada para el futuro puede ofrecer oportunidades significativas, pero que los proyectos de descarbonización corren el riesgo de ser aparcados porque han dejado de tener sentido en Europa desde el punto de vista económico;</P></CONS></GRCONS></PREAMBLE><DISPOSITIF><ACTLST><ACTION><P><NO.P>1.</NO.P>Acoge con satisfacción el Pacto por una Industria Limpia como un primer paso muy esperado hacia el refuerzo de la competitividad y la innovación industriales de Europa, la autonomía estratégica, la descarbonización, la prosperidad y el crecimiento limpio; insta a la Comisión a que pase rápidamente de la estrategia a la acción y la aplicación; reconoce que las acciones propuestas deben ampliarse con medidas adicionales; destaca que una política industrial sólida y bien orientada es crucial para garantizar una base industrial sólida y sostenible en Europa y para crear y mantener puestos de trabajo de alta calidad, al mismo tiempo que se descarboniza nuestra economía, se reduce la contaminación y se refuerza la resiliencia de Europa;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>2.</NO.P>Acoge con satisfacción la creación del Banco de Descarbonización Industrial con el objetivo de movilizar 100 000 millones EUR de financiación, así como el proyecto piloto anunciado con una subasta de 1 000 millones EUR sobre la descarbonización de procesos industriales clave en diversos sectores que apoyan la descarbonización industrial y la electrificación; hace hincapié en la importancia de aumentar la inversión y el acceso al capital para la fabricación de tecnologías limpias, también a través de financiación adicional procedente del Fondo de Innovación; pide una mayor participación de los Estados miembros en los sistemas de «subasta como servicio»»; pide que se adopten criterios de inversión basados en el impacto del carbono, la escalabilidad y la seguridad del suministro; apoya los contratos por diferencia para el carbono a la hora de poner fin al desajuste entre el precio del carbono y el coste de los proyectos industriales de gestión del carbono para sectores en los que resulta difícil reducir las emisiones; considera que su creación es una línea presupuestaria para el despliegue de tecnologías de descarbonización industrial en el marco de la gobernanza del Fondo de Competitividad;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>3.</NO.P>Apoya el Plan de Acción para una Energía Asequible y su énfasis en la aplicación de la configuración del mercado de la electricidad, mejorando herramientas como los contratos de compra de energía (CCE) y los contratos bidireccionales por diferencia para reducir la influencia de los precios de los combustibles fósiles en los precios de la electricidad; acoge con satisfacción el programa piloto para los CCE corporativos a través del Banco Europeo de Inversiones y destaca la necesidad de aprovechar los CCE para ampliar la capacidad y lograr una auténtica descarbonización; pide a la Comisión que introduzca herramientas de reducción del riesgo para abordar los principales obstáculos a los que se enfrentan las industrias de gran consumo de energía a la hora de firmar CCE, en particular CCE renovables, así como contratos bidireccionales por diferencia para la reducción del riesgo por el lado de la demanda para los usuarios de energía, y que estudie cómo estimular el desarrollo de CCE híbridos con productos de flexibilidad correspondientes;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>4.</NO.P>Subraya la necesidad de impulsar las infraestructuras energéticas, especialmente las transfronterizas, incluidas las interconexiones, y de completar la Unión de la Energía; pide que se busque un resultado ambicioso del futuro diálogo sobre una mayor integración del mercado de la electricidad, ya que la actual fragmentación de la supervisión reglamentaria y la planificación de las inversiones en todos los Estados miembros está obstaculizando la integración y la electrificación; pide a los Estados miembros, a los gestores de redes de transporte y a la Comisión que impulsen el comercio transfronterizo de electricidad para liberar los beneficios de la integración del mercado y mejorar la fiabilidad del suministro para todas las partes interconectadas; insta a los Estados miembros a que se esfuercen por alcanzar el objetivo actual de interconexión del 15 % establecido en el Reglamento (UE) 2018/1999<FOOTNOTE><FIELD> Reglamento (UE) 2018/1999 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, sobre la gobernanza de la Unión de la Energía y de la Acción por el Clima, y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.º 663/2009 y (CE) n.º 715/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, las Directivas 94/22/CE, 98/70/CE, 2009/31/CE, 2009/73/CE, 2010/31/UE, 2012/27/UE y 2013/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo y las Directivas 2009/119/CE y (UE) 2015/652 del Consejo, y se deroga el Reglamento (UE) n.º 525/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 328 de 21.12.2018, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2018/1999/oj).</FIELD></FOOTNOTE>;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>5.</NO.P>Destaca la necesidad de finalizar los trabajos sobre la revisión de la Directiva sobre fiscalidad de la energía<FOOTNOTE><FIELD> Directiva 2003/96/CE del Consejo, de 27 de octubre de 2003, por la que se reestructura el régimen comunitario de imposición de los productos energéticos y de la electricidad (DO L 283 de 31.10.2003, p. 51, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2003/96/oj).</FIELD></FOOTNOTE>, cuyo objetivo es armonizar la fiscalidad de los productos energéticos con los objetivos de la política energética y climática de la Unión y armonizar un diseño de metodologías tarifarias para las tarifas de acceso a la red, siempre que dichas medidas no vayan en detrimento de los consumidores finales; pide a los Estados miembros que proporcionen urgentemente ayuda a corto plazo a la industria y a los hogares, por ejemplo reduciendo los impuestos y gravámenes sobre la electricidad y absteniéndose de requisitos adicionales injustificados (la «sobrerregulación» de la legislación de la Unión) cuando ello distorsione la igualdad de condiciones;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>6.</NO.P>Anima a la Comisión y a los Estados miembros a que mejoren la coordinación del gasto en ayudas estatales en relación con las prioridades industriales europeas comunes y pide a los Estados miembros que lo utilicen para apoyar a la industria en el camino hacia una transición limpia, teniendo en cuenta al mismo tiempo las diferentes capacidades presupuestarias; reitera la necesidad de unas condiciones de competencia equitativas; destaca la necesidad de mejorar la coordinación de la política industrial en toda la Unión, tanto entre los Estados miembros como entre los Estados miembros y la Comisión; apoya el despliegue de la herramienta de coordinación de la competitividad para orientar y armonizar los esfuerzos nacionales; considera que el apoyo público debe contribuir a salvaguardar el empleo y la actividad industrial en Europa, y que los beneficiarios de dicho apoyo deben comprometerse a salvaguardar el empleo y las condiciones de trabajo dignos y a entablar un diálogo social;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>7.</NO.P>Respalda la simplificación y la digitalización para acelerar los procedimientos de concesión de permisos, respetando al mismo tiempo las salvaguardias medioambientales y protegiendo la salud humana; pide a la Comisión que continúe abordando los cuellos de botella en la concesión de permisos para el acceso industrial a la energía y la descarbonización industrial en la Ley de Aceleración de la Descarbonización Industrial, en particular por medio de la adopción de medidas para acelerar los procedimientos judiciales y administrativos, y que evalúe los criterios de las exenciones específicas para las emisiones y depósitos de la construcción en relación con proyectos limpios y de cero emisiones netas, proyectos de almacenamiento y proyectos de redes; insta a los Estados miembros a que mejoren sus capacidades administrativas para garantizar la tramitación oportuna de los permisos y a que apliquen plenamente la Directiva sobre fuentes de energía renovables<FOOTNOTE><FIELD> Directiva (UE) 2023/2413 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de octubre de 2023, por la que se modifican la Directiva (UE) 2018/2001, el Reglamento (UE) 2018/1999 y la Directiva 98/70/CE en lo que respecta a la promoción de la energía procedente de fuentes renovables y se deroga la Directiva (UE) 2015/652 del Consejo (DO L, 2023/2413, 31.10.2023, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2023/2413/oj).</FIELD></FOOTNOTE>, incluido el principio de interés público superior, y el Reglamento sobre la Industria de Cero Emisiones Netas<FOOTNOTE><FIELD> Reglamento (UE) 2024/1735 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024, por el que se establece un marco de medidas para reforzar el ecosistema europeo de fabricación de tecnologías de cero emisiones netas y se modifica el Reglamento (UE) 2018/1724 (DO L, 2024/1735, 28.6.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/1735/oj).</FIELD></FOOTNOTE>;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>8.</NO.P>Pide a la Comisión que tenga en cuenta, a la hora de salvaguardar tanto la seguridad del suministro como su asequibilidad, todas las tecnologías disponibles que contribuyan a alcanzar el objetivo de neutralidad climática de la Unión para 2050 de manera rentable en pos de una combinación energética más limpia, estable, segura e independiente; reconoce que la energía renovable, junto con la energía nuclear para aquellos Estados miembros que decidan utilizarla, es esencial para una combinación energética limpia y segura; pide a la Comisión que refuerce la cooperación en materia de desarrollo y producción seguros de pequeños reactores modulares en Europa y que impulse la investigación sobre la fusión nuclear como futura tecnología energética; acoge con satisfacción el anuncio de que se va a evaluar la posibilidad de racionalizar las prácticas de concesión de licencias para las nuevas tecnologías de energía nuclear;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>9.</NO.P>Destaca el papel de la electrificación, pero señala que es necesaria una expansión y modernización significativas de las redes; pide una «estrategia de la UE sobre flexibilidad energética» centrada en la respuesta de la demanda y el almacenamiento de energía; acoge con satisfacción la intención de actualizar la estrategia en el ámbito de la calefacción y la refrigeración y el Plan de Acción para la Electrificación; pide a la Comisión que reconozca el sector de la eficiencia energética como un sector estratégico clave para la descarbonización industrial y la competitividad europea;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>10.</NO.P>Destaca el importante papel que puede desempeñar el hidrógeno renovable y con bajas emisiones de carbono en la descarbonización de la industria; pide la rápida adopción y aplicación de una definición sencilla, tecnológicamente neutra y favorable a la inversión de hidrógeno con bajas emisiones de carbono en el próximo Reglamento Delegado para complementar la Directiva (UE) 2024/1788<FOOTNOTE><FIELD> Directiva (UE) 2024/1788 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024, relativa a normas comunes para los mercados interiores del gas renovable, del gas natural y del hidrógeno, por la que se modifica la Directiva (UE) 2023/1791 y se deroga la Directiva 2009/73/CE (DO L, 2024/1788, 15.7.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2024/1788/oj).</FIELD></FOOTNOTE>, especificando una metodología para evaluar la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero derivada de los combustibles hipocarbónicos, garantizando al mismo tiempo que dicha definición sea sólida y con base científica e incentive la producción y el uso de hidrógeno para garantizar la reducción de las emisiones; apoya el anuncio de un estudio sobre las normas aplicables a los combustibles renovables de origen no biológico; insta a la Comisión a que tenga en cuenta los resultados de este estudio y las preocupaciones de las partes interesadas y proponga, cuando proceda, cambios en el acto delegado sobre los combustibles renovables de origen no biológico<FOOTNOTE><FIELD> Reglamento Delegado (UE) 2023/1184 de la Comisión, de 10 de febrero de 2023, por el que se completa la Directiva (UE) 2018/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo estableciendo una metodología común de la Unión en la que se definan normas detalladas para la producción de carburantes líquidos y gaseosos renovables de origen no biológico (DO L 157 de 20.6.2023, p. 11, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2023/1184/oj).</FIELD></FOOTNOTE> con el fin de aumentar la producción de hidrógeno renovable y reducir sus precios para los consumidores;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>11.</NO.P>Reitera la necesidad de desarrollar medidas para garantizar el suministro de gas a un coste reducido para aquellos sectores que no pueden depender sustancialmente de la electrificación a corto y medio plazo; pide asociaciones diversificadas y fiables en consonancia con la seguridad y los intereses de la Unión y con la hoja de ruta de REPowerEU;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>12.</NO.P>Insta a la Comisión a que entable diálogos sectoriales con las industrias, el mundo académico, los interlocutores sociales y las partes interesadas pertinentes de las industrias de tecnologías limpias y de gran consumo de energía y las agrupaciones industriales regionales (transfronterizas) a fin de reforzar su competitividad y facilitar sus vías de transición; destaca que los ecosistemas industriales están muy interconectados y son muy eficientes, de manera que el cierre de una instalación afecta a toda la agrupación; pide, además, que, con carácter anual, se presenten informes sobre la competitividad y la resiliencia de nuestros ecosistemas industriales y sobre los progresos realizados en las vías de transición y que se haga un seguimiento al respecto, de modo que los instrumentos puedan adaptarse rápidamente con apoyo a medida cuando sea necesario;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>13.</NO.P>Subraya que el éxito de la transición industrial limpia depende de una mano de obra cualificada; pide a la Comisión y a los Estados miembros que desarrollen una estrategia coordinada de competencias industriales en consonancia con el Reglamento sobre la Industria de Cero Emisiones Netas y las prioridades de las tecnologías limpias; apoya el rápido despliegue y expansión de las academias para una industria de cero emisiones netas y los centro de excelencia profesional; alienta el uso de instrumentos de la Unión como el FSE+, Erasmus+ y el Fondo de Transición Justa para apoyar la mejora de las capacidades y el reciclaje profesional específicos en las regiones industriales en proceso de transformación, incluidas las zonas rurales;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>14.</NO.P>Acoge con satisfacción los mercados pioneros de productos limpios, circulares e hipocarbónicos fabricados en Europa; subraya la necesidad de estimular la demanda a través de la contratación pública y privada y con la introducción de criterios y normas de sostenibilidad y resiliencia, cuando proceda; apoya la creación de etiquetas voluntarias de intensidad de carbono para los productos industriales (por ejemplo, para el acero y el cemento), que deben reflejar el rendimiento del carbono en lugar de las distorsiones del proceso, y la armonización con la legislación vigente de la Unión, incluidos el Reglamento sobre diseño ecológico para productos sostenibles<FOOTNOTE><FIELD> Reglamento (UE) 2024/1781 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024, por el que se instaura un marco para el establecimiento de requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos sostenibles, se modifican la Directiva (UE) 2020/1828 y el Reglamento (UE) 2023/1542 y se deroga la Directiva 2009/125/CE (DO L, 2024/1781, 28.6.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/1781/oj).</FIELD></FOOTNOTE> y el Reglamento sobre Productos de Construcción<FOOTNOTE><FIELD> Reglamento (UE) 2024/3110 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre de 2024, por el que se establecen reglas armonizadas para la comercialización de productos de construcción y se deroga el Reglamento (UE) n.° 305/2011 (DO L, 2024/3110, 18.12.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/3110/oj).</FIELD></FOOTNOTE>; pide a la Comisión que estudie otros requisitos para garantizar la demanda de productos limpios fabricados en la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>15.</NO.P>Acoge con satisfacción las acciones propuestas que impulsan la economía circular y la bioeconomía garantizando el acceso a materiales y recursos; alienta la inclusión en la Ley de Economía Circular de medidas para aumentar el uso y la asequibilidad de materiales secundarios estratégicos dentro de la Unión, teniendo en cuenta los objetivos del Reglamento sobre Materias Primas Fundamentales<FOOTNOTE><FIELD> Reglamento (UE) 2024/1252 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, por el que se establece un marco para garantizar un suministro seguro y sostenible de materias primas fundamentales y por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.° 168/2013, (UE) 2018/858, (UE) 2018/1724 y (UE) 2019/1020 (DO L, 2024/1252, 3.5.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/1252/oj).</FIELD></FOOTNOTE>; subraya la necesidad de definir las materias primas secundarias que son estratégicas y cuyas exportaciones deben someterse a un seguimiento, como la chatarra de acero y de hierro, y de abordar cualquier desequilibrio en su oferta y demanda, también considerando posibles restricciones a su exportación; insiste en la aplicación efectiva del Reglamento relativo a los traslados de residuos<FOOTNOTE><FIELD> Reglamento (UE) 2024/1157 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, relativo a los traslados de residuos, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.° 1257/2013 y (UE) 2020/1056, y se deroga el Reglamento (CE) n.° 1013/2006 (DO L, 2024/1157, 30.4.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/1157/oj).</FIELD></FOOTNOTE>; pide un marco regulador predecible que desbloquee modelos de negocio circulares, en particular los basados en la prevención de residuos, la reutilización y el reciclado de alta calidad;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>16.</NO.P>Subraya la necesidad de proteger el mercado europeo de la competencia desleal y del dumping del exceso de capacidad industrial de terceros países utilizando plenamente los mecanismos de defensa comercial; pide a la Comisión que adopte un uso sistemático, proactivo y proporcionado de los instrumentos de defensa comercial, incluidas las investigaciones antidumping y antisubvenciones; pide que se refuerce la capacidad de ejecución del Reglamento sobre subvenciones extranjeras<FOOTNOTE><FIELD> Reglamento (UE) 2022/2560 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2022, sobre las subvenciones extranjeras que distorsionan el mercado interior (DO L 330 de 23.12.2022, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2022/2560/oj).</FIELD></FOOTNOTE> y lamenta que esta herramienta aún no se haya activado sistemáticamente en sectores clave; pide a la Comisión que trate el exceso de capacidad industrial y las dependencias estratégicas como principales riesgos de competencia que requieren una respuesta coordinada a escala de la Unión y herramientas adecuadas; pide a la Comisión que vele por que no se conceda acceso al mercado interior de la Unión ni a los proyectos industriales europeos a los agentes que contribuyan a distorsiones estructurales del mercado o a la competencia desleal;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>17.</NO.P>Acoge con satisfacción la propuesta de simplificación del Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (MAFC) en el primer paquete ómnibus como un paso importante para seguir mejorando la eficacia del mecanismo para hacer frente a la fuga de carbono; reitera su llamamiento en favor de una solución viable de exportación para abordar el riesgo de fuga de carbono para las mercancías sujetas al MAFC exportadas de la Unión a terceros países; pide a la Comisión que analice cuidadosamente los riesgos asociados a los certificados no verificados de fuera de la Unión, que podrían perjudicar la equidad y la competitividad; acoge con satisfacción la intención de la Comisión de presentar una estrategia contra la elusión antes de finales de año y de considerar la posibilidad de ampliar el MACF a otros sectores como parte de la próxima revisión; subraya la importancia de un MACF eficaz en el contexto de la eliminación progresiva de los derechos de emisión gratuitos en el régimen de comercio de derechos de emisión de la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>18.</NO.P>Acoge con satisfacción, en el contexto de la aplicación de la estrategia de gestión industrial del carbono, que la justificación económica de las absorciones permanentes de carbono se convierta en (revisiones de) la futura legislación; reconoce que la gestión del carbono, que incluye la captura, el almacenamiento, el transporte y la utilización, puede ser necesaria en aquellos sectores en los que resulta difícil reducir las emisiones; subraya la necesidad de proponer un paquete marco relativo al mercado del CO<STRING SUBSCRIPT="on">2</STRING> por lo que respecta al transporte y a las infraestructuras de CO<STRING SUBSCRIPT="on">2</STRING>;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>19.</NO.P>Insta a una financiación accesible para las pymes; acoge con satisfacción la aceleración de la aprobación y el desembolso en instrumentos como el Fondo de Innovación y el Reglamento sobre la Industria de Cero Emisiones Netas, y subraya que las pymes deben poder acceder a la iniciativa de proyectos importantes de interés común europeo (PIICE); insta a nuevas mejoras y armonización para simplificar las solicitudes de financiación, reducir las obligaciones de notificación y acelerar los pequeños proyectos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>20.</NO.P>Destaca la importancia de los enfoques sectoriales específicos para aplicar eficazmente el Pacto por una Industria Limpia en toda la gama de ecosistemas industriales; acoge con satisfacción el Plan de Acción Industrial para el Sector Europeo del Automóvil, el Plan de Acción para el Acero y los Metales, el anuncio del paquete sobre la industria química, el Plan de Inversiones en Transporte Sostenible y la Estrategia de Bioeconomía como elementos clave de una transición industrial coherente; pide que el Plan de Inversiones en Transporte Sostenible incluya estrategias detalladas de descarbonización que reflejen las necesidades tecnológicas y de inversión específicas para los diferentes modos de transporte; pide la inclusión de otros sectores, como el sector aeroespacial europeo y los combustibles alternativos, en el marco del Pacto por una Industria Limpia; pide un plan de acción específico sobre tecnologías limpias;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>21.</NO.P>Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución a la Comisión y al Consejo, así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros.</P></ACTION></ACTLST></DISPOSITIF></TEXT></RESOL></TXTLST></SDOCTA>