<?xml version="1.0" encoding="UTF-8" standalone="no"?><SDOCTA xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" STATUS="DEF2" xsi:noNamespaceSchemaLocation="TA.xsd"><IDENT><STRING BOLD="on">P10_TA(2025)0151</STRING></IDENT><TI><STRING BOLD="on">Proyecto de presupuesto rectificativo n.º 1/2025: consignación del excedente del ejercicio presupuestario de 2024</STRING></TI><HIDDEN><STRING HIDDEN="on" ITALIC="on">(A10-0116/2025 - Ponente: Victor Negrescu)</STRING></HIDDEN><TXTLST><RESOL><TI><STRING BOLD="on">Resolución del Parlamento Europeo, 9 de julio de 2025, sobre la Posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n.º 1/2025 de la Unión Europea para el ejercicio 2025: consignación del excedente del ejercicio presupuestario 2024 (09619/2025 – C10-0125/2025 – 2025/0091(BUD))</STRING></TI><TEXT><PREAMBLE><PRINIT><STRING ITALIC="on">El Parlamento Europeo,</STRING></PRINIT><GRVISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el artículo 314 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el artículo 106 bis del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE, Euratom) 2024/2509 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de septiembre de 2024, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión<FOOTNOTE><FIELD> DO L, 2024/2509, 26.9.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/2509/oj.</FIELD></FOOTNOTE>, y en particular su artículo 44,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2025, adoptado definitivamente el 27 de noviembre de 2024<FOOTNOTE><FIELD> DO L, 2025/31, 27.2.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/budget/2025/31/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE, Euratom) 2020/2093 del Consejo, de 17 de diciembre de 2020, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2021-2027<FOOTNOTE><FIELD> DO L 433 I de 22.12.2020, p. 11, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2020/2093/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Acuerdo Interinstitucional, de 16 de diciembre de 2020, entre el Parlamento Europeo, el Consejo de la Unión Europea y la Comisión Europea sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera, así como sobre nuevos recursos propios, en particular una hoja de ruta para la introducción de nuevos recursos propios<FOOTNOTE><FIELD> DO L 433 I de 22.12.2020, p. 28, ELI: http://data.europa.eu/eli/agree_interinstit/2020/1222/oj.</FIELD></FOOTNOTE> (en lo sucesivo, «Acuerdo Interinstitucional de 16 de diciembre de 2020»),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Decisión (UE, Euratom) 2020/2053 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, sobre el sistema de recursos propios de la Unión Europea y por la que se deroga la Decisión 2014/335/UE, Euratom<FOOTNOTE><FIELD> DO L 424 de 15.12.2020, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2020/2053/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el proyecto de presupuesto rectificativo n.º 1/2025, adoptado por la Comisión el 9 de abril de 2025 (COM(2025)0350),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Posición sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n.º 1/2025, adoptada por el Consejo el 16 de junio de 2025 y transmitida al Parlamento Europeo el 18 de junio de 2025 (09619/2025 – C10-0125/2025),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos los artículos 96 y 98 de su Reglamento interno,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de la Comisión de Presupuestos (A10-0116/2025),</P></VISA></GRVISA><GRCONS><CONS><P><NO.P>A.</NO.P>Considerando que el objetivo del proyecto de presupuesto rectificativo n.º 1/2025 es consignar en el presupuesto de 2025 el excedente resultante de la ejecución del ejercicio 2024, que asciende a 1 345 000 000 EUR;</P></CONS><CONS><P><NO.P>B.</NO.P>Considerando que los componentes principales de este excedente son un resultado positivo en los ingresos de 1 072 000 000 EUR y una infrautilización de 272 500 000 EUR;</P></CONS><CONS><P><NO.P>C.</NO.P>Considerando que, por el lado de los ingresos, el principal factor que contribuye al volumen del excedente es un importe de 1 211 000 000 EUR en ingresos financieros, intereses de demora y multas; que la ejecución de los recursos propios del título 1 se mantiene muy próxima a los importes presupuestados en el presupuesto de 2024 (incluidos los presupuestos rectificativos n.<STRING SUPERSCRIPT="on">os</STRING> 1 a 5);</P></CONS><CONS><P><NO.P>D.</NO.P>Considerando que, por el lado de los gastos, la infrautilización de los pagos por parte de todas las instituciones, incluidas las anulaciones de créditos prorrogados, ascendió a 273 000 000 EUR (lo que equivale al 0,02 % de los créditos de pago autorizados);</P></CONS></GRCONS></PREAMBLE><DISPOSITIF><ACTLST><ACTION><P><NO.P>1.</NO.P>Toma nota del proyecto de presupuesto rectificativo n.º 1/2025 presentado por la Comisión, concebido para la consignación presupuestaria del excedente de 2024, que asciende a 1 345 000 000 EUR, de conformidad con el artículo 18, apartado 3, del Reglamento Financiero;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>2.</NO.P>Celebra que el excedente de 2024 se deba principalmente a un aumento de la variación en el título 4 (Ingresos financieros, intereses de demora y multas), mientras que el excedente asociado a los gastos se mantiene en una cuantía muy modesta de 273 000 000 EUR;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>3.</NO.P>Lamenta que la consignación del excedente en el presupuesto reduzca en una cuantía proporcional la contribución total de los Estados miembros a los recursos propios basados en la renta nacional bruta para la financiación del presupuesto de 2025; destaca que, en un momento en que las necesidades de financiación siguen siendo elevadas —en particular para los sobrecostes del IRUE— y el margen de maniobra dentro del presupuesto de la Unión continúa siendo extremadamente limitado, el presupuesto debe mantener un nivel suficiente de flexibilidad para que la Unión pueda hacer frente a acontecimientos imprevistos y nuevas prioridades emergentes; subraya que la flexibilidad del presupuesto de la Unión es una de las cuestiones clave que deben abordarse en las negociaciones sobre el marco financiero plurianual posterior a 2027;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>4.</NO.P>Pide asimismo a la Comisión que diseñe una arquitectura sólida y duradera para el próximo marco financiero plurianual que permita una gestión sostenible de todos los costes y pasivos no discrecionales, preservando plenamente los programas de la Unión y la flexibilidad y capacidad de respuesta del presupuesto, en particular por lo que se refiere a catástrofes naturales y emergencias sanitarias, con vistas a aplicar plenamente la Estrategia de Preparación de la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>5.</NO.P>Recuerda su posición —mantenida desde hace tiempo— de que los ingresos imprevistos derivados de multas y tasas, o importes equivalentes, deben utilizarse como ingresos suplementarios para el presupuesto de la Unión con fines de respuesta a crisis o necesidades imprevistas y no deben dar lugar a una disminución correspondiente de las contribuciones basadas en la renta nacional bruta;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>6.</NO.P>Toma nota de la partida de ingresos negativos incluida en el nuevo artículo 425, que asciende a 534 000 000 EUR, y acoge con satisfacción este método de incorporación de los costes para el presupuesto derivados de pagos efectuados en virtud de un convenio transaccional que conlleve intereses compensatorios e intereses de demora relacionados con el reembolso de multas en materia de competencia anuladas o reducidas en virtud de las correspondientes sentencias del Tribunal de Justicia; recuerda que el Parlamento, al negociar la versión refundida del Reglamento Financiero, había insistido en que se aplicase este enfoque, ya que la solución alternativa habría consistido en créditos de gasto adicionales en la ya sobrecargada rúbrica 7; recuerda que esta solución finaliza el 31 de diciembre de 2027; pide a la Comisión que proponga una solución definitiva para el próximo Marco Financiero Plurianual que logre el mismo objetivo de evitar cualquier impacto en la parte de gastos del presupuesto;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>7.</NO.P>Hace hincapié en la necesidad de unos ingresos sostenibles para el presupuesto de la Unión; lamenta, por tanto, la absoluta falta de avances en el Consejo por cuanto respecta a la reforma del sistema de recursos propios de acuerdo con el espíritu de la hoja de ruta —jurídicamente vinculante— del Acuerdo Interinstitucional de 16 de diciembre de 2020; recuerda su posición favorable a las propuestas modificadas de la Comisión e insta al Consejo a que las adopte con carácter urgente con el fin de diversificar y consolidar los recursos propios disponibles para el presupuesto de la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>8.</NO.P>Pide, además, a la Comisión que prosiga sus esfuerzos para encontrar auténticos nuevos recursos propios de carácter innovador, así como otras fuentes de ingresos, que vayan más allá de los especificados en el Acuerdo Interinstitucional de 16 de diciembre de 2020; destaca que los nuevos recursos propios son esenciales no solo para poder rembolsar los empréstitos de NextGenerationEU de manera sostenible, sino también para garantizar que la Unión esté equipada para cubrir sus mayores necesidades de gasto, en particular teniendo en cuenta los múltiples retos a los que se enfrenta actualmente la Unión, entre ellos el nuevo contexto geopolítico; considera que todas las nuevas políticas y desafíos de la Unión deben implicar nuevos medios financieros y recursos adicionales;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>9.</NO.P>Aprueba la Posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n.º 1/2025;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>10.</NO.P>Encarga a su presidenta que declare que el presupuesto rectificativo n.º 1/2025 ha quedado definitivamente adoptado y disponga su publicación en el <STRING ITALIC="on">Diario Oficial de la Unión Europea</STRING>;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>11.</NO.P>Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a las demás instituciones y a los órganos interesados, así como a los Parlamentos nacionales.</P></ACTION></ACTLST></DISPOSITIF></TEXT></RESOL></TXTLST></SDOCTA>