<?xml version="1.0" encoding="UTF-8" standalone="no"?><SDOCTA xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" STATUS="DEF2" xsi:noNamespaceSchemaLocation="TA.xsd"><IDENT><STRING BOLD="on">P10_TA(2025)0207</STRING></IDENT><TI><STRING BOLD="on">Suplicatorio de suspensión de la inmunidad de Klára Dobrev</STRING></TI><HIDDEN><STRING HIDDEN="on" ITALIC="on">(A10-0184/2025 - Ponente: Ilhan Kyuchyuk)</STRING></HIDDEN><TXTLST><DECISION><TI><STRING BOLD="on">Decisión del Parlamento Europeo, de 7 de octubre de 2025, sobre el suplicatorio de suspensión de la inmunidad de Klára Dobrev (2024/2042(IMM))</STRING></TI><TEXT><PREAMBLE><PRINIT><STRING ITALIC="on">El Parlamento Europeo,</STRING></PRINIT><GRVISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el suplicatorio de suspensión de la inmunidad de Klára Dobrev, presentado el de 29 de agosto de 2024 por el Tribunal de los Distritos Urbanos II y III de Budapest en relación con un proceso penal incoado contra ella en virtud de querella particular, y comunicado al Pleno el 16 de septiembre de 2024,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Previa audiencia a Klára Dobrev, el 29 de enero de 2025, de conformidad con el artículo 9, apartado 6, de su Reglamento interno,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos los artículos 8 y 9 del Protocolo n.º 7 sobre los privilegios y las inmunidades de la Unión Europea, así como el artículo 6, apartado 2, del Acta relativa a la elección de los diputados al Parlamento Europeo por sufragio universal directo, de 20 de septiembre de 1976,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el artículo 4, apartado 2, de la Ley Fundamental de Hungría,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistas las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 21 de octubre de 2008, 19 de marzo de 2010, 6 de septiembre de 2011, 17 de enero de 2013, 19 de diciembre de 2019 y 5 de julio de 2023<FOOTNOTE><FIELD> Sentencia del Tribunal de Justicia de 21 de octubre de 2008, Marra/De Gregorio y Clemente, C-200/07 y C-201/07, ECLI:EU:C:2008:579; sentencia del Tribunal General de 19 de marzo de 2010, Gollnisch/Parlamento, T-42/06, ECLI:EU:T:2010:102; sentencia del Tribunal de Justicia de 6 de septiembre de 2011, Patriciello, C-163/10, ECLI: EU:C:2011:543; sentencia del Tribunal General de 17 de enero de 2013, Gollnisch/Parlamento, T-346/11 y T-347/11, ECLI:EU:T:2013:23; sentencia del Tribunal de Justicia de 19 de diciembre de 2019, Junqueras Vies, C-502/19, ECLI:EU:C:2019:1115; sentencia del Tribunal General de 5 de julio de 2023, Puigdemont i Casamajó y otros/Parlamento, T-272/21, ECLI:EU:T:2023:373.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos el artículo 5, apartado 2, el artículo 6, apartado 1, y el artículo 9 de su Reglamento interno,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de la Comisión de Asuntos Jurídicos (A10-0184/2025),</P></VISA></GRVISA><GRCONS><CONS><P><NO.P>A.</NO.P>Considerando que, el 29 de agosto de 2024, el Tribunal de los Distritos Urbanos II y III de Budapest presentó un suplicatorio de suspensión de la inmunidad parlamentaria de Klára Dobrev, diputada al Parlamento Europeo elegida en Hungría, en el contexto del proceso penal por difamación incoado contra ella en virtud de querella particular;</P></CONS><CONS><P><NO.P>B.</NO.P>Considerando que, según la querella particular, el 22 de febrero de 2024, Klára Dobrev publicó una foto en las redes sociales que mostraba al primer ministro de Hungría y a la querellante particular, con una inscripción en la que se afirmaba que la querellante particular «también era culpable en un escándalo de pedofilia» que estaba en curso en Hungría en ese momento;</P></CONS><CONS><P><NO.P>C.</NO.P>Considerando que, al publicar la foto, Klára Dobrev presuntamente cometió el delito de difamación en público de conformidad con el artículo 226, apartado 1, y el artículo 226, apartado 2, letra b), de la Ley C de 2012 sobre el Código Penal húngaro; que, con arreglo al artículo 231, apartado 2, del Código Penal húngaro, este delito solo puede perseguirse en el contexto de una querella particular;</P></CONS><CONS><P><NO.P>D.</NO.P>Considerando que Klára Dobrev fue elegida diputada al Parlamento Europeo en las elecciones europeas de 2019 y era diputada al Parlamento Europeo en el momento del presunto delito;</P></CONS><CONS><P><NO.P>E.</NO.P>Considerando que la inmunidad otorgada por el Protocolo n.º 7 sobre los privilegios y las inmunidades de la Unión Europea tiene como finalidad proteger al Parlamento y a sus diputados frente a los procedimientos judiciales relacionados con las actividades desempeñadas en el ejercicio de sus obligaciones parlamentarias y que no pueden desvincularse de estas;</P></CONS><CONS><P><NO.P>F.</NO.P>Considerando que, de conformidad con el artículo 5, apartado 2, de su Reglamento interno, en el ejercicio de sus prerrogativas con respecto a los privilegios y las inmunidades, el Parlamento actuará para mantener su integridad como asamblea legislativa democrática y para garantizar la independencia de los diputados en el ejercicio de sus funciones;</P></CONS><CONS><P><NO.P>G.</NO.P>Considerando que el artículo 8 del Protocolo n.º 7 sobre los privilegios y las inmunidades de la Unión Europea dispone que los miembros del Parlamento Europeo no podrán ser buscados, detenidos ni procesados por las opiniones o los votos por ellos emitidos en el ejercicio de sus funciones;</P></CONS><CONS><P><NO.P>H.</NO.P>Considerando que el presunto delito y el suplicatorio de suspensión de la inmunidad de Klára Dobrev subsecuente no están relacionados con las opiniones o los votos emitidos por esta en el ejercicio de sus funciones en el sentido del artículo 8 del Protocolo n.º 7 sobre los privilegios y las inmunidades de la Unión Europea;</P></CONS><CONS><P><NO.P>I.</NO.P>Considerando que, según el artículo 9, párrafo primero, letra a), del Protocolo n.º 7 sobre los privilegios y las inmunidades de la Unión Europea, los diputados al Parlamento Europeo gozan, en su propio territorio nacional, de las inmunidades reconocidas a los miembros del Parlamento de su país;</P></CONS><CONS><P><NO.P>J.</NO.P>Considerando que, con arreglo al artículo 4, apartado 2, de la Ley Fundamental de Hungría, los miembros del parlamento húngaro gozan de inmunidad parlamentaria; que, de conformidad con el artículo 74, apartado 1, de la Ley húngara XXXVI de 2012 sobre la Asamblea Nacional, solo podrán incoarse o proseguirse procedimientos penales o, en caso de que no se haya suspendido voluntariamente la inmunidad con respecto al asunto en cuestión, procedimientos por infracción y aplicarse medidas coercitivas en el marco de un proceso penal contra un diputado con el consentimiento previo de la Asamblea Nacional;</P></CONS><CONS><P><NO.P>K.</NO.P>Considerando que de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea se desprende que el Parlamento dispone de «una amplia facultad de apreciación acerca de la orientación que pretende dar a una decisión por la que se resuelve un suplicatorio de suspensión de la inmunidad [...], dado el carácter político que reviste tal decisión»<FOOTNOTE><FIELD> Sentencia del Tribunal General de 17 de enero de 2013, Gollnisch/Parlamento, T-346/11 y T-347/11, ECLI:EU:T:2013:23, apartado 59 y la jurisprudencia citada.</FIELD></FOOTNOTE>;</P></CONS><CONS><P><NO.P>L.</NO.P>Considerando que Klára Dobrev es considerada crítica y opositora acérrima del Gobierno húngaro; que la querellante particular es a su vez hermana del expresidente de Hungría, que es miembro del partido político gobernante; que, por tanto, cabe deducir que la querellante particular está vinculada a los círculos más cercanos de las autoridades políticas gobernantes de Hungría;</P></CONS><CONS><P><NO.P>M.</NO.P>Considerando que, con arreglo al Derecho húngaro, la demanda de difamación puede presentarse tanto sobre la base del Derecho penal como sobre la base del Derecho civil, con diferencias significativas en las posibles consecuencias jurídicas correspondientes, entre otras la prisión; que, en el caso de autos, la elección de iniciar una acción penal suscita dudas en cuanto al objetivo de reparar el daño real a la reputación y, por tanto, plantea la posibilidad de que la finalidad de la acción vaya más allá de dicho objetivo legítimo y sea perjudicar la reputación de Klára Dobrev como diputada al Parlamento Europeo;</P></CONS><CONS><P><NO.P>N.</NO.P>Considerando que, en el momento de los hechos que dieron lugar al suplicatorio de suspensión de su inmunidad parlamentaria, Klára Dobrev era miembro de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior del Parlamento Europeo, que se ocupa periódicamente de asuntos de Derecho penal, incluida la protección de los niños y delitos conexos, como la pedofilia, y que Klára Dobrev estaba adoptando una postura política en su actividad como diputada al Parlamento Europeo y se pronunció regularmente contra las autoridades políticas de su país;</P></CONS><CONS><P><NO.P>O.</NO.P>Considerando que, según parece, se trata de un caso en el que puede suponerse la existencia de <STRING ITALIC="on">fumus persecutionis</STRING>, es decir, de «elementos de hecho»<FOOTNOTE><FIELD> Sentencia del Tribunal General de 17 de septiembre de 2020, Troszczynski/Parlamento, C-12/19 P, ECLI:EU:C:2020:725, apartado 26.</FIELD></FOOTNOTE> que apuntan a que el procedimiento judicial en cuestión se inició con la intención de dañar la actividad política de Klára Dobrev mediante el suplicatorio de suspensión de la inmunidad;</P></CONS><CONS><P><NO.P>P.</NO.P>Considerando, por un lado, que el Parlamento no puede equipararse a un órgano jurisdiccional y, por otro, que el diputado, en el contexto de un procedimiento de suspensión de la inmunidad, no puede considerarse un «acusado»<FOOTNOTE><FIELD> Sentencia del Tribunal General de 30 de abril de 2019, Briois/Parlamento, T-214/18, ECLI:EU:T:2019:266.</FIELD></FOOTNOTE>;</P></CONS></GRCONS></PREAMBLE><DISPOSITIF> <ACTLST><ACTION><P><NO.P>1.</NO.P>Decide no suspender la inmunidad parlamentaria de Klára Dobrev;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>2.</NO.P>Encarga a su presidenta que transmita inmediatamente la presente Decisión y el informe de la comisión competente a la autoridad competente de Hungría y a Klára Dobrev.</P></ACTION></ACTLST></DISPOSITIF></TEXT></DECISION></TXTLST></SDOCTA>