<?xml version="1.0" encoding="UTF-8" standalone="no"?><SDOCTA xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" STATUS="DEF2" xsi:noNamespaceSchemaLocation="TA.xsd"><IDENT><STRING BOLD="on">P10_TA(2025)0229</STRING></IDENT><TI><STRING BOLD="on">Situación en Afganistán: apoyo a las mujeres y comunidades afectadas por los recientes terremotos</STRING></TI><HIDDEN><STRING HIDDEN="on" ITALIC="on">(B10-0415, 0417, 0418, 0420, 0425 y 0427/2025)</STRING></HIDDEN><TXTLST><RESOL><TI><STRING BOLD="on">Resolución del Parlamento Europeo, de 9 de octubre de 2025, sobre la situación en Afganistán: apoyo a las mujeres y comunidades afectadas por los recientes terremotos (2025/2872(RSP))</STRING></TI><TEXT><PREAMBLE><PRINIT><STRING ITALIC="on">El Parlamento Europeo,</STRING></PRINIT><GRVISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos la Declaración Universal de los Derechos Humanos, de 10 de diciembre de 1948, y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, de 16 de diciembre de 1966,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistas la Convención de las Naciones Unidas sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, de 18 de diciembre de 1979, y la Convención sobre los Derechos del Niño, de 20 de noviembre de 1989, ambas ratificadas por Afganistán,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas, de 7 de julio de 2025, sobre la situación en Afganistán,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe del secretario general de las Naciones Unidas al Consejo de Seguridad, de 11 de junio de 2025, titulado «La situación en el Afganistán y sus consecuencias para la paz y la seguridad internacionales»,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos la Convención de las Naciones Unidas sobre el Estatuto de los Refugiados, de 28 de julio de 1951, y su Protocolo de 1967,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el principio de no devolución en virtud del Derecho internacional,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistas las conclusiones de la tercera reunión de enviados especiales de las Naciones Unidas sobre Afganistán, celebrada en Doha (Qatar) del 30 de junio al 1 de julio de 2024,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistas sus anteriores Resoluciones sobre la situación en Afganistán, en particular su Resolución, de 19 de septiembre de 2024, sobre el deterioro de la situación de las mujeres en Afganistán debido a la reciente aprobación de la ley sobre la promoción de la virtud y la prevención del vicio<FOOTNOTE><FIELD> DO C, C/2024/7211, 10.12.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/7211/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistas las Conclusiones del Consejo, de 14 de noviembre de 2022, sobre las mujeres, la paz y la seguridad y las Conclusiones del Consejo, de 15 de septiembre de 2021, sobre Afganistán, en las que se esbozan cinco criterios de referencia para que la Unión colabore con las autoridades <STRING ITALIC="on">de facto</STRING> dirigidas por los talibanes,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 4 de octubre de 2024<FOOTNOTE><FIELD> Sentencia del Tribunal de Justicia de 4 de octubre de 2024, Bundesamt für Fremdenwesen und Asyl y otros (Femmes afghanes), C‑608/22, C‑609/22, ECLI:EU:C:2024:828.</FIELD></FOOTNOTE>, según la cual una discriminación sistémica como la que sufren las mujeres afganas bajo el régimen talibán constituye una persecución en virtud de la legislación de la Unión en materia de asilo,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Acuerdo de Cooperación sobre Asociación y Desarrollo entre la Unión y sus Estados miembros, por una parte, y la República Islámica de Afganistán, por otra<FOOTNOTE><FIELD> DO L 67 de 14.3.2017, p. 3, ELI: http://data.europa.eu/eli/agree_internation/2017/434/oj.</FIELD></FOOTNOTE>, firmado el 18 de febrero de 2017,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistas las directrices temáticas de la Unión sobre los defensores de los derechos humanos, para la promoción y protección de los derechos del niño y sobre la violencia contra las mujeres y la lucha contra todas las formas de discriminación contra ellas,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Comunicación de la Comisión, de 10 de marzo de 2021, relativa a la acción humanitaria de la UE: nuevos desafíos, mismos principios (COM(2021)0110), que da prioridad a la protección, la preparación ante las catástrofes y las necesidades de las mujeres y los grupos vulnerables,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe anual de 2024 del Programa Mundial de Alimentos sobre Afganistán, publicado el 27 de marzo de 2025,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el índice de desarrollo humano de 2022,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Declaración conjunta del Consejo y los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros reunidos en el seno del Consejo, del Parlamento Europeo y de la Comisión, de 30 de junio de 2017, sobre el nuevo Consenso Europeo en materia de Desarrollo: «Nuestro mundo, nuestra dignidad, nuestro futuro»,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe del Grupo de Crisis Internacional titulado «Afghanistan: The Taliban Restrict Women's Rights, Worsening the Humanitarian Crisis» (Afganistán: los talibanes restringen los derechos de la mujer, lo que empeora la crisis humanitaria), publicado el 31 de enero de 2023,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el llamamiento de Unicef con vistas a obtener financiación humanitaria para 2025, lanzado el 5 de diciembre de 2024,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la petición de financiación de emergencia para Afganistán lanzada por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados en septiembre de 2025,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el llamamiento de Unicef en respuesta a los terremotos en Afganistán para 2025, lanzado el 9 de septiembre de 2025,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el plan de respuesta a la crisis en Afganistán para 2025 de la Organización Internacional para las Migraciones, publicado el 16 de diciembre de 2024,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el llamamiento de emergencia sanitaria de la Organización Mundial de la Salud para 2025, publicado el 16 de enero de 2025,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistas las órdenes de detención emitidas el 8 de julio de 2025 por la Corte Penal Internacional (CPI) contra el líder supremo talibán Haibatulá Ajundzada y el presidente del Tribunal Supremo afgano, el talibán Abdul Hakim Haqani,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la sentencia del TJUE de 16 de enero de 2024 en el asunto C‑621/21 sobre la concesión de protección internacional a las mujeres que se enfrentan a la violencia de género<FOOTNOTE><FIELD> Sentencia del Tribunal de Justicia de 16 de enero de 2024, Intervyuirasht organ na DAB pri MS (Femmes victimes de violences domestiques), C‑621/21, ECLI:EU:C:2024:47.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el artículo 136, apartados 2 y 4, de su Reglamento interno,</P></VISA></GRVISA><GRCONS><CONS><P><NO.P>A.</NO.P>Considerando que, el 31 de agosto de 2025, un terremoto mortal de magnitud 6,0 golpeó la provincia de Kunar, en el este de Afganistán, y causó más de 2 200 muertes y miles de heridos en Kunar y en la provincia vecina de Nangarjar; que más de 6 700 hogares han sido destruidos y pueblos enteros han quedado reducidos a escombros, lo que ha obligado a al menos 11 000 personas a vivir en tiendas de campaña, arriesgándose a sufrir hipotermia, justo antes del invierno; que los recortes de la ayuda humanitaria mundial han afectado gravemente a la respuesta a la crisis;</P></CONS><CONS><P><NO.P>B.</NO.P>Considerando que el régimen talibán ha aislado gravemente Afganistán a escala internacional, lo que ha ralentizado la prestación de socorro internacional; que las mujeres se han visto afectadas de manera desproporcionada por el terremoto debido al estricto código social de los talibanes, que impide a los hombres voluntarios tocar a las mujeres, obstaculizando así las tareas de rescate y los tratamientos médicos; que, desde el 5 de septiembre de 2025, los talibanes han impedido que personal femenino afgano y contratistas afganas entren en las instalaciones de las Naciones Unidas en Kabul, restringiendo gravemente la prestación de ayuda humanitaria a mujeres y niñas; que las consecuencias sanitarias del <STRING ITALIC="on">apartheid</STRING> de género impuesto por el régimen talibán en Afganistán han tenido una repercusión negativa en la ayuda proporcionada a las mujeres y las niñas afectadas; que la falta de doctoras y las estrictas restricciones de desplazamiento para las mujeres y las niñas han contribuido al elevado número de muertes provocado por los terremotos; que las trabajadoras humanitarias han desempeñado un papel fundamental a la hora de llegar a los pueblos afectados, proporcionando asistencia sanitaria y apoyo psicosocial y distribuyendo ayuda;</P></CONS><CONS><P><NO.P>C.</NO.P>Considerando que, desde que volvieron al poder en agosto de 2021, los talibanes han impuesto una interpretación y una aplicación radicales de la <STRING ITALIC="on">sharía</STRING>, lo que ha dado lugar a la supresión casi total de las mujeres y las niñas de la vida pública en Afganistán; que esto se ha llevado a cabo por medio de la aplicación de restricciones generales a las mujeres y las niñas, como la prohibición al acceso a la educación secundaria y superior, la prohibición al ejercicio de la mayoría de las formas de empleo, la denegación de acceso a espacios públicos y deportes, la imposición de códigos de vestimenta estrictos, el desmantelamiento de los sistemas de apoyo a las víctimas de violencia y la exigencia de que las mujeres viajen únicamente si van acompañadas de un tutor masculino; que otros decretos, como la prohibición de diciembre de 2024 de que las mujeres cursen estudios de Medicina o se presenten a los exámenes finales de esta carrera, han reducido drásticamente el número de mujeres profesionales de la salud en Afganistán;</P></CONS><CONS><P><NO.P>D.</NO.P>Considerando que, en 2024, el TJUE dictó tres sentencias<FOOTNOTE><FIELD> Sentencia del Tribunal de Justicia de 16 de enero de 2024, Intervyuirasht organ na DAB pri MS (Femmes victimes de violences domestiques), C-621/21, ECLI:EU:C:2024:47; sentencia del Tribunal de Justicia de 11 de junio de 2024, Staatssecretaris van Justitie en Veiligheid (Femmes s’identifiant à la valeur de l’égalité entre les sexes), C‑646/21, ECLI:EU:C:2024:487; sentencia del Tribunal de Justicia de 4 de octubre de 2024, Bundesamt für Fremdenwesen und Asyl y otros (Femmes afghanes), C‑608/22, C-609/22, ECLI:EU:C:2024:82.</FIELD></FOOTNOTE> sobre violencia y persecución de género, que indican que los Estados miembros tienen derecho a tener en cuenta únicamente el género y la nacionalidad al llevar a cabo una evaluación individual de una solicitud de asilo presentada por una mujer de nacionalidad afgana;</P></CONS><CONS><P><NO.P>E.</NO.P>Considerando que, entre el 30 de septiembre y el 2 de octubre de 2025, los talibanes impusieron el corte de internet a escala nacional, perturbando la comunicación, los vuelos, la banca y los servicios esenciales y privando a millones de afganos del acceso a la información y a la educación, en particular bloqueando una de las últimas vías que les quedan a las mujeres y las niñas para acceder a oportunidades de aprendizaje debido a la prohibición de los talibanes de que sigan formándose una vez acaban la educación primaria;</P></CONS><CONS><P><NO.P>F.</NO.P>Considerando que, según la Organización Mundial de la Salud, se han cerrado 422 establecimientos sanitarios en Afganistán debido a la escasez de financiación, lo que ha afectado a 3,08 millones de personas; que Afganistán está experimentando múltiples emergencias sanitarias, lo que agrava la que ya era una de las mayores tasas de mortalidad materna a escala mundial;</P></CONS><CONS><P><NO.P>G.</NO.P>Considerando que la situación humanitaria en Afganistán es grave, ya que cerca de 24 millones de personas dependen de la ayuda humanitaria y casi 15 millones sufren inseguridad alimentaria aguda; que, entre enero y octubre de 2024, más de 1,1 millones de afganos, muchos de ellos obligados, regresaron a Afganistán, lo que ejerció presión sobre las comunidades que ya estaban sometidas a presión; que hay más de 3,2 millones de desplazados internos dentro de Afganistán y 5,3 millones de refugiados y solicitantes de asilo afganos en los países vecinos;</P></CONS><CONS><P><NO.P>H.</NO.P>Considerando que los recortes en la financiación de la ayuda exterior estadounidense han afectado gravemente al sistema sanitario y a los programas de asistencia alimentaria de Afganistán; que la Unión y sus Estados miembros siguen siendo uno de los mayores donantes de ayuda humanitaria en Afganistán y que aprobaron 1 000 000 EUR de financiación de emergencia que complementa los 161 000 000 EUR de ayuda humanitaria ya asignados en 2025 y destinados a organizaciones de todo Afganistán; que la ayuda humanitaria de la Unión en Afganistán se canaliza únicamente a través de socios humanitarios;</P></CONS><CONS><P><NO.P>I.</NO.P>Considerando que Afganistán sigue enfrentándose a un alto nivel de actividad terrorista por parte de grupos islamistas extremistas, incluidos los talibanes, Al‑Qaeda y el Estado Islámico de Irak y el Levante – Jorasán, que atacan deliberadamente a civiles, minorías y trabajadores humanitarios; que la Unión no mantiene, con razón, relaciones con las autoridades <STRING ITALIC="on">de facto </STRING>de Afganistán;</P></CONS></GRCONS></PREAMBLE><DISPOSITIF><ACTLST><ACTION><P><NO.P>1.</NO.P>Expresa su profunda preocupación por la situación humanitaria en Kunar, Nangarjar y las provincias vecinas como consecuencia de los terremotos, transmite sus condolencias a las familias de las víctimas e insta a los agentes internacionales a que ayuden a prestar apoyo a los supervivientes lo antes posible; insiste en que deben intensificarse las respuestas de emergencia para las poblaciones insuficientemente atendidas, en que debe prestarse asistencia en los puntos fronterizos a los migrantes retornados y en que deben reforzarse, en particular, los servicios de asistencia sanitaria materna e infantil; pide a las autoridades <STRING ITALIC="on">de facto</STRING> de Afganistán que eliminen todas las restricciones que limitan el acceso a la ayuda humanitaria o su distribución; denuncia como crimen contra la humanidad el abandono deliberado al que el régimen afgano ha condenado a las mujeres y niñas víctimas de esta tragedia;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>2.</NO.P>Condena enérgicamente las medidas de represión, como el reciente bloqueo del acceso a internet impuesto por los talibanes en todo el país; reitera que estas prácticas aíslan aún más al pueblo afgano, en particular a las mujeres que buscan oportunidades de aprendizaje en línea, y afectan negativamente a las operaciones de ayuda y a la ya frágil economía del país; pide a las autoridades <STRING ITALIC="on">de facto</STRING> que se abstengan de estas prácticas en el futuro;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>3.</NO.P>Insta a la comunidad internacional a que coordine los esfuerzos por incrementar la ayuda humanitaria y prestarla, reconstruir infraestructuras y prestar apoyo médico y psicológico a los supervivientes, incluida la atención postraumática; pide una mayor inversión en resiliencia basada en la comunidad, en particular en viviendas resistentes a los terremotos, en los sistemas sanitarios locales, en seguridad alimentaria y en medios de subsistencia para las mujeres; pide a la Comisión que aumente urgentemente el apoyo a las necesidades básicas y a los medios de subsistencia en Afganistán, y que incremente la dotación nacional; pide a la Comisión que siga trabajando a través del nexo entre la acción humanitaria, la asistencia para el desarrollo y la consolidación de la paz; recuerda que el empeoramiento de la situación humanitaria y la completa falta de expectativas de un futuro mejor pueden dar lugar a un aumento de la desestabilización y la radicalización, así como a desplazamientos de la población dentro de Afganistán y más allá de sus fronteras; acoge con satisfacción la intención de la Comisión, manifestada en su propuesta de Reglamento por el que se establece Europa Global<FOOTNOTE><FIELD> Propuesta de la Comisión, de 16 de julio de 2025, de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece Europa Global (COM(2025)0551).</FIELD></FOOTNOTE>, de aumentar el apoyo de la Unión a las acciones de resiliencia y a las respuestas integradas a la fragilidad, e insta a la Comisión y a los Estados miembros a que aumenten la financiación flexible y plurianual a este respecto; anima a la Unión a que aumente su compromiso con los socios regionales y las organizaciones no gubernamentales de confianza para garantizar que la prestación de ayuda eluda la injerencia de los talibanes siempre que sea posible;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>4.</NO.P>Observa con profunda preocupación que la región afectada por el terremoto está experimentando una afluencia masiva de familias afganas que regresan a tierras agrícolas y viviendas destruidas tras su expulsión forzosa de Irán y Pakistán; condena las violaciones de los derechos humanos que se cometen durante estas deportaciones; manifiesta una gran preocupación por la consecuente presión añadida sobre la infraestructura de ayuda humanitaria en estas provincias; pide a Irán y Pakistán que pongan fin inmediatamente a las deportaciones a Afganistán; destaca, a este respecto, la importancia de respetar el principio de no devolución, especialmente teniendo en cuenta el conflicto y la inestabilidad actuales en Afganistán y la persecución de grupos étnicos, mujeres y opositores políticos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>5.</NO.P>Observa con preocupación la situación de los defensores de los derechos humanos afganos, periodistas y otras personalidades públicas que han apoyado el desarrollo democrático en Afganistán durante el último decenio y a los que se les ha concedido documentación que les permite obtener el estatuto temporal en Pakistán; pide a la Unión y a sus Estados miembros que presten asistencia, cuando sea pertinente y posible, al proceso de solicitud de estas personas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>6.</NO.P>Condena enérgicamente las numerosas restricciones de género y las políticas discriminatorias de los talibanes que impiden a las mujeres afganas acceder a la educación, la formación médica, la asistencia sanitaria y el trabajo humanitario, medidas que conducen al establecimiento de un <STRING ITALIC="on">apartheid</STRING> de género; pide a la Unión que apoye el reconocimiento del <STRING ITALIC="on">apartheid</STRING> de género como crimen contra la humanidad; pide a las autoridades <STRING ITALIC="on">de facto</STRING> de Afganistán que levanten todas las restricciones impuestas a las mujeres y pide el restablecimiento inmediato de la participación plena, equitativa y significativa de las mujeres y las niñas en la vida pública; reitera su llamamiento a la Unión y a los Estados miembros para que adopten todas las medidas necesarias para que las mujeres afganas puedan participar de manera significativa en foros y negociaciones internacionales; insta específicamente a las autoridades <STRING ITALIC="on">de facto</STRING> a que reabran los centros de educación médica, dada la drástica escasez de personal médico femenino en el país;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>7.</NO.P>Pide a las autoridades <STRING ITALIC="on">de facto</STRING> que levanten inmediatamente las restricciones impuestas a las trabajadoras humanitarias y a las estudiantes, que dejen a las mujeres participar plenamente en la respuesta a las catástrofes y que permitan a las organizaciones de defensa de los derechos de las mujeres continuar su trabajo en Afganistán; pide en concreto a las autoridades que eliminen inmediatamente todas las restricciones impuestas a las mujeres que trabajan para las organizaciones de la sociedad civil, tanto a nivel local como internacional, para que puedan continuar su trabajo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>8.</NO.P>Condena la persistencia de la violencia contra las mujeres en Afganistán, incluidos las violaciones y la violencia sexual, el matrimonio forzado (infantil), la violencia doméstica y los casos de mutilación genital femenina;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>9.</NO.P>Insiste en que los talibanes deben impedir que Al-Qaeda, el Dáesh, el Estado Islámico de Irak y el Levante – Jorasán y otras personas y grupos terroristas utilicen suelo afgano para amenazar o violar la seguridad de cualquier otro país, negándose a dar cobijo a los miembros de estos grupos e impidiéndoles llevar a cabo actividades de reclutamiento, adiestramiento o recaudación de fondos; manifiesta su preocupación por que estos compromisos no se estén respetando; insta a todos los socios pertinentes a que redoblen sus esfuerzos para desmantelar todas las redes de financiación del terrorismo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>10.</NO.P>Pide a la Unión y a los Estados miembros que aumenten la presión sobre los talibanes, en particular mediante sanciones específicas, la inmovilización de activos y prohibiciones de viaje contra los dirigentes talibanes responsables de violaciones sistemáticas de los derechos humanos, y que se abstengan de reanudar las relaciones diplomáticas con los talibanes en consonancia con los cinco criterios de referencia establecidos en las Conclusiones del Consejo de septiembre de 2021 sobre Afganistán;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>11.</NO.P>Pide a la comunidad internacional que exija responsabilidades a los talibanes, también mediante el establecimiento de un mecanismo de investigación independiente de las Naciones Unidas para Afganistán, y que ejecute las órdenes de detención de la CPI de julio de 2025 contra el líder supremo talibán Haibatulá Ajundzada y el presidente del Tribunal Supremo de Afganistán, el talibán Abdul Hakim Haqani, emitidas sobre la base de que han cometido crímenes contra la humanidad relacionados con la persecución de mujeres y niñas; expresa su apoyo a las investigaciones en curso sobre la persecución por motivos de género y otras violaciones de derechos humanos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>12.</NO.P>	Acoge con satisfacción el establecimiento de un mecanismo independiente de investigación para Afganistán como respuesta a las peticiones de las víctimas afganas y lo considera un hito significativo en la búsqueda de la verdad, la justicia y la rendición de cuentas para el pueblo afgano, que está sufriendo debido a los crímenes internacionales y las violaciones del Derecho internacional cometidos en el país; celebra asimismo la renovación del mandato del relator especial de las Naciones Unidas y comparte su llamamiento en favor de la rendición de cuentas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>13.</NO.P>Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, a los Gobiernos y los Parlamentos de los Estados miembros, al enviado especial de la Unión para Afganistán y a las autoridades <STRING ITALIC="on">de facto</STRING> de Afganistán.</P></ACTION></ACTLST></DISPOSITIF></TEXT></RESOL></TXTLST></SDOCTA>