<?xml version="1.0" encoding="UTF-8" standalone="no"?><SDOCTA xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" STATUS="DEF2" xsi:noNamespaceSchemaLocation="TA.xsd"><IDENT><STRING BOLD="on">P10_TA(2025)0243</STRING></IDENT><TI><STRING BOLD="on">No objeción a un acto delegado: nomenclatura de las dimensiones y los códigos de los tipos de intervención correspondientes al FEDER, el FSE+, el Fondo de Cohesión y el FTJ</STRING></TI><HIDDEN><STRING HIDDEN="on" ITALIC="on">(B10-0460/2025)</STRING></HIDDEN><TXTLST><DECISION><TI><STRING BOLD="on">Decisión del Parlamento Europeo de no formular objeciones al Reglamento Delegado de la Comisión, de 22 de septiembre de 2025, por el que se modifica el anexo I del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente a la nomenclatura de las dimensiones y los códigos de los tipos de intervención correspondientes al FEDER, el FSE+, el Fondo de Cohesión y el FTJ (C(2025)06376 – 2025/2888(DEA))</STRING></TI><TEXT><PREAMBLE><PRINIT><STRING ITALIC="on">El Parlamento Europeo,</STRING></PRINIT><GRVISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento Delegado de la Comisión (C(2025)06376),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la carta de la Comisión de 22 de septiembre de 2025, por la que le solicita que declare que no formulará objeciones al Reglamento Delegado,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la carta de la Comisión de Desarrollo Regional al presidente de la Conferencia de Presidentes de Comisión de 14 de octubre de 2025,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el artículo 290 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados<FOOTNOTE><FIELD> DO L 231 de 30.6.2021, p. 159, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2021/1060/oj.</FIELD></FOOTNOTE>, y en particular su artículo 113 y su artículo 114, apartado 6,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el artículo 114, apartado 6, de su Reglamento interno,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la recomendación de Decisión de la Comisión de Desarrollo Regional,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto que no se han formulado objeciones dentro del plazo establecido en el artículo 114, apartado 6, tercer y cuarto guion, de su Reglamento interno, que venció el 21 de octubre de 2025,</P></VISA></GRVISA><GRCONS><CONS><P><NO.P>A.</NO.P>Considerando que, con el fin de permitir a los Estados miembros llevar a cabo una reprogramación significativa en el contexto de la revisión intermedia y centrar los recursos en las nuevas prioridades estratégicas de la Unión establecidas en el Reglamento (UE) 2021/1060, la Comisión presentó, el 4 de abril de 2025, una solicitud para aplicar el procedimiento de urgencia de conformidad con el artículo 170 del Reglamento interno del Parlamento Europeo a su propuesta de Reglamento por el que se modifican los Reglamentos (UE) 2021/1058 y (UE) 2021/1056 en lo que respecta a medidas específicas para hacer frente a retos estratégicos en el contexto de la revisión intermedia<FOOTNOTE><FIELD> COM(2025)0123.</FIELD></FOOTNOTE>; que la Comisión presentó dicha propuesta en la reunión de la Comisión de Desarrollo Regional del 9 de abril de 2025;</P></CONS><CONS><P><NO.P>B.</NO.P>Considerando que, en su reunión del 5 de mayo de 2025, la Comisión de Desarrollo Regional decidió apoyar la solicitud de aplicación del procedimiento de urgencia de conformidad con el artículo 170, apartado 5, de su Reglamento interno, que condujo a la adopción del Reglamento (UE) 2025/1914 del Parlamento Europeo y del Consejo<FOOTNOTE><FIELD> Reglamento (UE) 2025/1914 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de septiembre de 2025, por el que se modifican los Reglamentos (UE) 2021/1058 y (UE) 2021/1056 en lo que respecta a medidas específicas para hacer frente a retos estratégicos en el contexto de la revisión intermedia (DO L, 2025/1914, 19.9.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2025/1914/oj).</FIELD></FOOTNOTE>,</P></CONS><CONS><P><NO.P>C.</NO.P>Considerando que el Reglamento Delegado de la Comisión es necesario para garantizar la armonización y la coherencia entre el Reglamento (UE) 2021/1060 y los Reglamentos específicos de cada fondo (Reglamentos del FEDER/Fondo de Cohesión, FSE + y FTJ) con el fin de asegurar que los objetivos específicos modificados y recientemente introducidos de conformidad con el Reglamento (UE) 2025/1914 puedan aplicarse mediante la adición de los ámbitos de intervención correspondientes en el anexo I del Reglamento (UE) 2021/1060 y de permitir su uso en la ejecución de los programas y la presentación de informes;</P></CONS></GRCONS></PREAMBLE><DISPOSITIF> <ACTLST><ACTION><P><NO.P>1.</NO.P>Declara que no formulará objeciones al Reglamento Delegado;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>2.</NO.P>Encarga a su presidenta que transmita la presente Decisión a la Comisión y al Consejo.</P></ACTION></ACTLST></DISPOSITIF></TEXT></DECISION></TXTLST></SDOCTA>