<?xml version="1.0" encoding="UTF-8" standalone="no"?><SDOCTA xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" STATUS="DEF2" xsi:noNamespaceSchemaLocation="TA.xsd"><IDENT><STRING BOLD="on">P10_TA(2025)0245</STRING></IDENT><TI><STRING BOLD="on">Aprobación de la gestión 2023: presupuesto general de la UE – Consejo Europeo y Consejo</STRING></TI><HIDDEN><STRING HIDDEN="on" ITALIC="on">(A10-0167/2025 - Ponente: Joachim Stanisław Brudziński)</STRING></HIDDEN><TXTLST><DECISION><TI><NR>1.</NR> <STRING BOLD="on">Decisión del Parlamento Europeo, de 22 de octubre de 2025, sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2023, sección II – Consejo Europeo y Consejo (2024/2021(DEC))</STRING></TI><TEXT><PREAMBLE><PRINIT><STRING ITALIC="on">El Parlamento Europeo,</STRING></PRINIT><GRVISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2023<FOOTNOTE><FIELD> DO L 58 de 23.2.2023, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/budget/2023/1/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistas las cuentas anuales consolidadas de la Unión Europea relativas al ejercicio 2023 (COM(2024)0272 – C10‑0069/2024)<FOOTNOTE><FIELD> DO C, C/2024/5462, 10.10.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/5462/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Informe Anual del Consejo a la autoridad de aprobación de la gestión sobre las auditorías internas realizadas en 2023,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Informe Anual del Tribunal de Cuentas sobre la ejecución presupuestaria relativo al ejercicio 2023, acompañado de las respuestas de las instituciones<FOOTNOTE><FIELD> DO C, C/2024/5882, 9.10.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/5882/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la declaración sobre la fiabilidad<FOOTNOTE><FIELD> DO C, C/2024/6041, 10.10.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/6041/oj.</FIELD></FOOTNOTE> de las cuentas y la regularidad y legalidad de las operaciones correspondientes, presentada por el Tribunal de Cuentas para el ejercicio 2023 de conformidad con el artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistas su Decisión, de 7 de mayo de 2025<FOOTNOTE><FIELD> DO L, 2025/1596, 8.10.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2025/1596/oj.</FIELD></FOOTNOTE>, por la que se aplaza la decisión de aprobación de la gestión para el ejercicio 2023, y la Resolución que la acompaña,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos el artículo 314, apartado 10, y los artículos 317, 318 y 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1296/2013, (UE) n.º 1301/2013, (UE) n.º 1303/2013, (UE) n.º 1304/2013, (UE) n.º 1309/2013, (UE) n.º 1316/2013, (UE) n.º 223/2014 y (UE) n.º 283/2014 y la Decisión n.º 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012<FOOTNOTE><FIELD> DO L 193 de 30.7.2018, p. 1., ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2018/1046/oj.</FIELD></FOOTNOTE>, y en particular sus artículos 59, 118, 260, 261 y 262,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE, Euratom) 2024/2509 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de septiembre de 2024, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión<FOOTNOTE><FIELD> DO L, 2024/2509, 26.9.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/2509/oj.</FIELD></FOOTNOTE>, y en particular sus artículos 59, 118, 266, 267 y 268,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos el artículo 102 y el anexo V de su Reglamento interno,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el segundo informe de la Comisión de Control Presupuestario (A10-0167/2025),</P></VISA></GRVISA></PREAMBLE><DISPOSITIF> <ACTLST><ACTION><P><NO.P>1.</NO.P>Deniega a la secretaria general del Consejo la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto del Consejo Europeo y del Consejo para el ejercicio 2023;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>2.</NO.P>Presenta sus observaciones en la Resolución que figura a continuación;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>3.</NO.P>Encarga a su presidenta que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de ella al Consejo Europeo, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el <STRING ITALIC="on">Diario Oficial de la Unión Europea</STRING> (serie L).</P></ACTION></ACTLST></DISPOSITIF></TEXT></DECISION></TXTLST><TXTLST><RESOL><TI><NR>2.</NR> <STRING BOLD="on">Resolución del Parlamento Europeo, de 22 de octubre de 2025, que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2023, sección II – Consejo Europeo y Consejo (2024/2021(DEC))</STRING></TI><TEXT><PREAMBLE><PRINIT><STRING ITALIC="on">El Parlamento Europeo,</STRING></PRINIT><GRVISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista su Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2023, sección II – Consejo Europeo y Consejo,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos el artículo 102 y el anexo V de su Reglamento interno,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el segundo informe de la Comisión de Control Presupuestario (A10-0167/2025),</P></VISA></GRVISA><GRCONS><CONS><P><NO.P>A.</NO.P>Considerando que, en el contexto del procedimiento de aprobación de la gestión, la autoridad de aprobación de la gestión desea hacer hincapié en la especial importancia que reviste reforzar aún más la legitimidad democrática de las instituciones de la Unión mediante la mejora de la transparencia y la rendición de cuentas y la aplicación de una buena gobernanza de los recursos humanos;</P></CONS><CONS><P><NO.P>B.</NO.P>Considerando que, de conformidad con el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (en lo sucesivo, «TFUE»), el Parlamento es el único responsable de conceder la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión, y que el presupuesto del Consejo Europeo y del Consejo es una sección del presupuesto de la Unión;</P></CONS><CONS><P><NO.P>C.</NO.P>Considerando que, de conformidad con el artículo 15, apartado 1, del Tratado de la Unión Europea, el Consejo Europeo no ejercerá función legislativa alguna;</P></CONS><CONS><P><NO.P>D.</NO.P>Considerando que, de conformidad con el artículo 317 del TFUE, la Comisión debe ejecutar el presupuesto de la Unión bajo su propia responsabilidad, con arreglo al principio de buena gestión financiera, y que, en el marco vigente, la Comisión debe atribuir a las demás instituciones de la Unión las competencias necesarias para la ejecución de las secciones del presupuesto que les correspondan;</P></CONS><CONS><P><NO.P>E.</NO.P>Considerando que, con arreglo al artículo 235, apartado 4, y al artículo 240, apartado 2, del TFUE, el Consejo Europeo y el Consejo (en lo sucesivo, «Consejo») cuentan con la asistencia de la Secretaría General del Consejo, y que la secretaria general del Consejo es plenamente responsable de la buena gestión de los créditos consignados en la sección II del presupuesto de la Unión;</P></CONS><CONS><P><NO.P>F.</NO.P>Considerando que, a lo largo de casi veinte años, el Parlamento ha venido aplicando la práctica consolidada y respetada de aprobar la gestión de todas las instituciones, órganos y organismos de la Unión, y que la Comisión apoya que se siga aplicando la práctica de aprobar la gestión de cada institución, órgano y organismo de la Unión para sus gastos administrativos;</P></CONS><CONS><P><NO.P>G.</NO.P>Considerando que, de conformidad con el artículo 59, apartado 1, del Reglamento Financiero, la Comisión debe atribuir a las demás instituciones de la Unión las competencias necesarias para la ejecución de sus respectivas secciones del presupuesto;</P></CONS><CONS><P><NO.P>H.</NO.P>Considerando que, desde 2009, la falta de cooperación por parte del Consejo en el procedimiento de aprobación de la gestión ha obligado al Parlamento a negarse a aprobar la gestión de la secretaria general del Consejo;</P></CONS><CONS><P><NO.P>I.</NO.P>Considerando que el Consejo Europeo y el Consejo, en su calidad de instituciones de la Unión y de beneficiarios del presupuesto general de la Unión, deben ser transparentes y responsables democráticamente ante los ciudadanos de la Unión, y estar sujetos a un control democrático del gasto de los fondos públicos;</P></CONS><CONS><P><NO.P>J.</NO.P>Considerando que la recomendación del Defensor del Pueblo Europeo (en lo sucesivo, «Defensor del Pueblo») en la investigación estratégica OI/2/2017/TE relativa a la transparencia del proceso legislativo del Consejo indica que la práctica del Consejo en materia de transparencia en el proceso legislativo constituye mala administración y debe abordarse para que los ciudadanos puedan seguir el proceso legislativo de la Unión;</P></CONS><CONS><P><NO.P>K.</NO.P>Considerando que la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea confirma el derecho de los contribuyentes y del público a ser informados sobre el uso de los ingresos públicos y que el Tribunal General, en su sentencia de 25 de enero de 2023 en el asunto T-163/21<FOOTNOTE><FIELD> Sentencia del Tribunal General de 25 de enero de 2023, De Capitani/Consejo, T-163/21, ECLI:EU:T:2023:15.</FIELD></FOOTNOTE>, De Capitani/Consejo, declaró en relación con la transparencia en el proceso legislativo de la Unión que los documentos elaborados por el Consejo en sus grupos de trabajo no son de carácter técnico, sino legislativos y, por lo tanto, están sujetos a solicitudes de acceso a documentos;</P></CONS></GRCONS></PREAMBLE><DISPOSITIF> <ACTLST><ACTION><P><NO.P>1.</NO.P>Lamenta profundamente que, desde 2009 y de nuevo en el ejercicio 2023, el Consejo siga negándose a cooperar con el Parlamento en el procedimiento de aprobación de la gestión, lo que impide al Parlamento adoptar una decisión informada basada en un control serio y exhaustivo de la ejecución del presupuesto del Consejo, lo que obliga al Parlamento a denegar la aprobación de la gestión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>2.</NO.P>Toma nota de que, el 20 de septiembre de 2024, los servicios competentes del Parlamento, en nombre del ponente para el procedimiento de aprobación de la gestión, remitieron a la Secretaría del Consejo un cuestionario que contenía noventa preguntas importantes para el Parlamento, a fin de permitir un control exhaustivo de la ejecución del presupuesto del Consejo y de la gestión del Consejo; observa, además, que se enviaron cuestionarios similares al resto de instituciones, y todas ellas proporcionaron al Parlamento respuestas exhaustivas a todas las preguntas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>3.</NO.P>Lamenta que, el 23 de septiembre de 2024, la Secretaría General del Consejo informara una vez más al Parlamento de que no respondería a su cuestionario y de que el Consejo no participaría en la audiencia prevista para el 12 de noviembre de 2024 como parte del procedimiento de aprobación de la gestión y en la que participaron todas las demás instituciones invitadas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>4.</NO.P>Hace hincapié en la prerrogativa del Parlamento de aprobar la gestión presupuestaria de conformidad con el artículo 319 del TFUE, así como las disposiciones aplicables del Reglamento Financiero y el Reglamento interno del Parlamento, en consonancia con la interpretación y la práctica actuales, en particular la facultad de aprobar la gestión presupuestaria al objeto de mantener la transparencia y velar por la rendición de cuentas democrática ante los contribuyentes de la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>5.</NO.P>Subraya que el artículo 59, apartado 1, del Reglamento Financiero establece que la Comisión debe atribuir a las demás instituciones de la Unión las competencias necesarias para la ejecución de sus respectivas secciones del presupuesto y, por consiguiente, considera de nuevo incomprensible que el Consejo estime apropiado que deba aprobarse la gestión de la Comisión por lo que respecta a la ejecución del presupuesto del Consejo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>6.</NO.P>Hace hincapié en la práctica consolidada y respetada que ha aplicado el Parlamento durante casi veinte años relativa a la aprobación de la gestión de todas las instituciones, órganos y organismos de la Unión; recuerda que la Comisión ha declarado su incapacidad para supervisar la ejecución de los presupuestos de las demás instituciones de la Unión; subraya la opinión reiterada de la Comisión de que el Parlamento debe seguir aplicando la práctica de aprobar la gestión de cada institución de la Unión respecto a sus gastos administrativos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>7.</NO.P>Destaca que la situación actual permite al Parlamento comprobar únicamente los informes del Tribunal de Cuentas Europeo y del Defensor del Pueblo, así como la información públicamente disponible en el sitio web del Consejo, puesto que este continúa con su mala práctica de no cooperar con el Parlamento, lo que hace imposible que el Parlamento pueda desempeñar adecuadamente sus funciones y tomar una decisión informada sobre la aprobación de la gestión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>8.</NO.P>Lamenta que el Consejo haya demostrado, durante casi quince años, una falta de voluntad política de colaborar con el Parlamento en el marco del procedimiento anual de aprobación de la gestión; subraya que esta actitud ha tenido un efecto negativo duradero en ambas instituciones, ha desacreditado la gestión y el control democrático del presupuesto de la Unión y ha dañado la confianza de los ciudadanos en la Unión como entidad transparente;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>9.</NO.P>Reitera su profunda frustración por la actitud del Consejo hacia el procedimiento de aprobación de la gestión, que transmite un mensaje inadecuado a la ciudadanía de la Unión en un momento en que es esencial una mayor transparencia; señala que el Consejo debe atenerse a las mismas normas de rendición de cuentas que espera de las demás instituciones de la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>10.</NO.P>Hace hincapié que todas las demás instituciones de la Unión reconocen y entienden el principio de que, dada la delegación de poderes en relación con la ejecución del presupuesto, el Parlamento tiene tanto el derecho como la obligación de controlar sus presupuestos y su ejecución como parte del procedimiento de aprobación de la gestión; expresa, en este contexto, su firme desaprobación por la negativa persistente del Consejo a cooperar con el Parlamento en este procedimiento;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>11.</NO.P>Observa que la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea respalda el derecho de los contribuyentes y de la opinión pública a ser informados sobre el uso de los ingresos públicos; exige, por tanto, el pleno respeto de la prerrogativa y el papel del Parlamento como garante del principio de responsabilidad democrática; pide al Consejo que siga debidamente las recomendaciones adoptadas por el Parlamento en el marco del procedimiento de aprobación de la gestión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>12.</NO.P>Subraya, no obstante, que es preciso corregir la situación actual con una mejor cooperación interinstitucional dentro del vigente marco de los Tratados; considera que una posible revisión de los Tratados podría hacer más claro y transparente el procedimiento de aprobación de la gestión facultando explícitamente al Parlamento para conceder la aprobación de la gestión de forma individual a todas las instituciones, órganos y organismos de la Unión, e insta al Consejo a que colabore activamente con el Parlamento para subsanar la situación actual;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>13.</NO.P>Toma nota de que, el 6 de mayo de 2025, durante su intervención en el Pleno del Parlamento, el representante de la Presidencia del Consejo expresó su voluntad de «entablar una cooperación significativa y pragmática entre nuestras instituciones» en lo que respecta a la aprobación de la gestión en relación con la sección del presupuesto de la Unión correspondiente al Consejo Europeo y al Consejo, y pide que esta intención se traduzca en medidas concretas en el momento oportuno; pide, por tanto, al Consejo que reanude lo antes posible las negociaciones con el Parlamento al más alto nivel, con la participación de los secretarios generales y los presidentes de ambas instituciones, con el fin de salir del actual estancamiento y encontrar una solución, respetando al mismo tiempo las respectivas funciones del Parlamento y del Consejo en el procedimiento de aprobación de la gestión y garantizando la transparencia y el control democrático adecuado de la ejecución del presupuesto;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>14.</NO.P>Destaca que siguen siendo válidas las observaciones del Parlamento sobre la gestión presupuestaria y financiera, la gestión interna, el rendimiento y el control interno, los recursos humanos<STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">,</STRING></STRING> la igualdad y el bienestar, el marco ético y la transparencia, la digitalización, la ciberseguridad y la protección de datos, los edificios, el medio ambiente y la sostenibilidad, la cooperación interinstitucional y la comunicación de su Resolución sobre la aprobación de la gestión de 7 de mayo de 2025;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>15.</NO.P>Lamenta una vez más que el presupuesto del Consejo Europeo y del Consejo no se haya dividido en dos presupuestos claramente separados, tal como recomendó el Parlamento en anteriores Resoluciones de aprobación de la gestión, a fin de mejorar la transparencia y la rendición de cuentas, especialmente en lo que respecta al Consejo Europeo, dado que actualmente es imposible obtener información fiable sobre sus gastos; destaca la importancia de disponer de datos fiables para un control objetivo; pide que se cumpla la recomendación de la autoridad de aprobación de la gestión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>16.</NO.P>Lamenta profundamente la posición obstructiva del Gobierno húngaro en el Consejo Europeo; observa que los actuales bloqueos políticos y avances insuficientes en las reformas de la transparencia siguen socavando la confianza y la eficacia del Consejo Europeo; pide reformas específicas de los Tratados para mejorar la toma de decisiones democrática y la transparencia en el seno del Consejo Europeo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>17.</NO.P>Acoge con satisfacción la decisión de adoptar conclusiones apoyadas por veintiséis Estados miembros sobre el apoyo continuado e inquebrantable de la Unión a la independencia, la soberanía y la integridad territorial de Ucrania, según consta en el documento del Consejo Europeo EUCO 16/25 aprobado el 26 de junio de 2025; lamenta que esto fuera necesario debido a la persistencia de vetos; pide que se desarrollen mecanismos alternativos para eludir los vetos en asuntos urgentes, a la espera de cambios en los Tratados para mejorar la eficiencia de la toma de decisiones y la unidad en el seno del Consejo Europeo; subraya que el presupuesto de la Unión para 2023 ya ha movilizado importantes recursos para apoyar a Ucrania y destaca la importancia de garantizar que las futuras decisiones presupuestarias reflejen este compromiso estratégico</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>18.</NO.P>Insta al Consejo a que vele por que la Presidencia del Consejo se ejerza estrictamente en consonancia con el Derecho, los principios y la credibilidad de la Unión; lamenta la conducta indebida de la Presidencia del Consejo por el Gobierno húngaro al llevar a cabo actividades bilaterales que contradicen los valores fundamentales de la Unión; insta encarecidamente al Consejo a que condene esta conducta.</P></ACTION></ACTLST></DISPOSITIF></TEXT></RESOL></TXTLST></SDOCTA>