<?xml version="1.0" encoding="UTF-8" standalone="no"?><SDOCTA xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" STATUS="DEF1" xsi:noNamespaceSchemaLocation="TA.xsd"><IDENT><STRING BOLD="on">P10_TA(2026)0022</STRING></IDENT><TI><STRING BOLD="on">Soberanía tecnológica europea e infraestructuras digitales</STRING></TI><HIDDEN><STRING HIDDEN="on" ITALIC="on">(A10-0107/2025 - Ponente: Sarah Knafo)</STRING></HIDDEN><TXTLST><RESOL><TI><STRING BOLD="on">Resolución del Parlamento Europeo, de 22 de enero de 2026, sobre soberanía tecnológica europea e infraestructuras digitales (2025/2007(INI))</STRING></TI><TEXT><PREAMBLE><PRINIT><STRING ITALIC="on">El Parlamento Europeo,</STRING></PRINIT><GRVISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), y en particular sus artículos 173, 179 y 190,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Comunicación de la Comisión, de 29 de enero de 2025, titulada «Una Brújula para la Competitividad de la UE» (COM(2025)0030),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Comunicación de la Comisión, de 11 de febrero de 2025, titulada «Programa de trabajo de la Comisión para 2025 Avanzar juntos: Una Unión más audaz, más sencilla y más rápida» (COM(2025)0045),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) 2023/1781 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de septiembre de 2023, por el que se establece un marco de medidas para reforzar el ecosistema europeo de semiconductores y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2021/694 (Reglamento de Chips)<FOOTNOTE><FIELD> DO L 229 de 18.9.2023, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2023/1781/oj</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Directiva (UE) 2022/2555 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2022, relativa a las medidas destinadas a garantizar un elevado nivel común de ciberseguridad en toda la Unión por la que se modifican el Reglamento (UE) n.º 910/2014 y la Directiva (UE) 2018/1972, y por la que se deroga la Directiva (UE) 2016/1148 (Directiva SRI 2)<FOOTNOTE><FIELD> DO L 333 de 27.12.2022, p. 80, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2022/2555/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe detallado de la Agencia de la Unión Europea para la Ciberseguridad (ENISA) titulado «Foresight Cybersecurity Threats For 2030 — Update 2024» (Revisión de las amenazas a la ciberseguridad de aquí a 2030 — actualización de 2024), publicado en marzo de 2024<FOOTNOTE><FIELD> https://www.enisa.europa.eu/publications/foresight-cybersecurity-threats-for-2030-update-2024.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) 2024/2847 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2024, relativo a los requisitos horizontales de ciberseguridad para los productos con elementos digitales y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 168/2013 y el Reglamento (UE) 2019/1020 y la Directiva (UE) 2020/1828, (Reglamento de Ciberresiliencia)<FOOTNOTE><FIELD> DO L, 2024/2847, 20.11.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/2847/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) 2019/881 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, relativo a ENISA (Agencia de la Unión Europea para la Ciberseguridad) y a la certificación de la ciberseguridad de las tecnologías de la información y la comunicación y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.º⁰526/2013 (Reglamento sobre la Ciberseguridad)<FOOTNOTE><FIELD> DO L 151 de 7.6.2019, p. 15, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2019/881/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) 2025/38 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de diciembre de 2024, por el que se establecen medidas destinadas a reforzar la solidaridad y las capacidades en la Unión a fin de detectar ciberamenazas e incidentes, prepararse y responder a ellos y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2021/694 (Reglamento de Cibersolidaridad)<FOOTNOTE><FIELD> DO L, 2025/38, 15.1.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2025/38/oj</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) 2025/37 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de diciembre de 2024, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/881 en lo que se refiere a los servicios de seguridad gestionados<FOOTNOTE><FIELD> DO L, 2025/37, 15.1.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2025/37/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Libro Blanco de la Comisión, de 21 de febrero de 2024, titulado «¿Cómo gestionar las necesidades de infraestructura digital de Europa?» (COM(2024)0081),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de Mario Draghi, de 9 de septiembre de 2024, titulado «The future of European competitiveness» (El futuro de la competitividad europea),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de Enrico Letta, de 17 de abril de 2024, titulado «Much More Than A Market» (Mucho más que un mercado),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Comunicación de la Comisión, de 2 de julio de 2024, titulada «Estado de la Década Digital 2024» (COM(2024)0260),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Decisión (UE) 2022/2481 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2022, por la que se establece el programa estratégico de la Década Digital para 2030<FOOTNOTE><FIELD> DO L 323 de 19.12.2022, p. 4, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2022/2481/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) 2024/903 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de marzo de 2024, por el que se establecen medidas a fin de garantizar un alto nivel de interoperabilidad del sector público en toda la Unión (Reglamento sobre la Europa Interoperable)<FOOTNOTE><FIELD> DO L, 2024/903, 22.3.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/903/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Directiva (UE) 2019/1024 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a los datos abiertos y la reutilización de la información del sector público (versión refundida)<FOOTNOTE><FIELD> DO L 172 de 26.6.2019, p. 56, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2019/1024/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) 2024/795 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de febrero de 2024, por el que se crea la Plataforma de Tecnologías Estratégicas para Europa (STEP) y se modifican la Directiva 2003/87/CE y los Reglamentos (UE) 2021/1058, (UE) 2021/1056, (UE) 2021/1057, (UE) n.º 1303/2013, (UE) n.º 223/2014, (UE) 2021/1060, (UE) 2021/523, (UE) 2021/695, (UE) 2021/697 y (UE) 2021/241<FOOTNOTE><FIELD> DO L, 2024/795, 29.2.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/795/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) 2023/2854 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2023, sobre normas armonizadas para un acceso justo a los datos y su utilización, y por el que se modifican el Reglamento (UE) 2017/2394 y la Directiva (UE) 2020/1828 (Reglamento de Datos)<FOOTNOTE><FIELD> DO L, 2023/2854, 22.12.2023, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2023/2854/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) 2024/1309 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2024, por el que se establecen medidas para reducir el coste del despliegue de las redes de comunicaciones electrónicas de gigabit, se modifica el Reglamento (UE) 2015/2120 y se deroga la Directiva 2014/61/UE (Reglamento de la Infraestructura de Gigabit)<FOOTNOTE><FIELD> DO L, 2024/1309, 8.5.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/1309/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) 2024/1689 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024, por el que se establecen normas armonizadas en materia de inteligencia artificial y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.º 300/2008, (UE) n.º 167/2013, (UE) n.º 168/2013, (UE) 2018/858, (UE) 2018/1139 y (UE) 2019/2144 y las Directivas 2014/90/UE, (UE) 2016/797 y (UE) 2020/1828 (Reglamento de Inteligencia Artificial)<FOOTNOTE><FIELD> DO L, 2024/1689, 12.7.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/1689/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) 2021/1153 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2021, por el que se establece el Mecanismo «Conectar Europa» (MCE) y se derogan los Reglamentos (UE) n.º 1316/2013 y (UE) n.º 283/2014<FOOTNOTE><FIELD> DO L 249 de 14.7.2021, p. 38, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2021/1153/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) 2021/694 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2021, por el que se establece el Programa Europa Digital y por el que se deroga la Decisión (UE) 2015/2240<FOOTNOTE><FIELD> DO L 166 de 11.5.2021, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2021/694/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) 2021/695 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de abril de 2021, por el que se crea el Programa Marco de Investigación e Innovación «Horizonte Europa», se establecen sus normas de participación y difusión, y se derogan los Reglamentos (UE) n.º 1290/2013 y (UE) n.º 1291/2013<FOOTNOTE><FIELD> DO L 170 de 12.5.2021, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2021/695/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) 2021/696 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de abril de 2021, por el que se crean el Programa Espacial de la Unión y la Agencia de la Unión Europea para el Programa Espacial y por el que se derogan los Reglamentos (UE) n.º 912/2010, (UE) n.º 1285/2013 y (UE) n.º 377/2014 y la Decisión n.º 541/2014/UE<FOOTNOTE><FIELD> DO L 170 de 12.5.2021, p. 69, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2021/696/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) 2023/588 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2023, por el que se establece el Programa de Conectividad Segura de la Unión para el período 2023-2027<FOOTNOTE><FIELD> DO L 79 de 17.3.2023, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2023/588/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) 2021/2085 del Consejo, de 19 de noviembre de 2021, por el que se establecen las empresas comunes en el marco de Horizonte Europa y se derogan los Reglamentos (CE) n.º 219/2007, (UE) n.º 557/2014, (UE) n.º 558/2014, (UE) n.º 559/2014, (UE) n.º 560/2014, (UE) n.º 561/2014 y (UE) n.º 642/2014<FOOTNOTE><FIELD> DO L 427 de 30.11.2021, p. 17, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2021/2085/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) 2021/1173 del Consejo, de 13 de julio de 2021, por el que se crea la Empresa Común de Informática de Alto Rendimiento Europea y por el que se deroga el Reglamento (UE) 2018/1488<FOOTNOTE><FIELD> DO L 256 de 19.7.2021, p. 3, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2021/1173/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) 2024/1732 del Consejo, de 17 de junio de 2024, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2021/1173 en lo relativo a una iniciativa de EuroHPC para que las empresas emergentes den impulso al liderazgo europeo en inteligencia artificial fiable<FOOTNOTE><FIELD> DO L, 2024/1732, 19.6.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/1732/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Directiva (UE) 2018/1972 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, por la que se establece el Código Europeo de las Comunicaciones Electrónicas (versión refundida)<FOOTNOTE><FIELD> DO L 321 de 17.12.2018, p. 36, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2018/1972/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) 2024/1183 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.º 910/2014 en lo que respecta al establecimiento del marco europeo de identidad digital<FOOTNOTE><FIELD> DO L, 2024/1183, 30.4.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/1183/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Comunicación conjunta de la Comisión y la alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, de 21 de febrero de 2025, al Parlamento Europeo y al Consejo, titulada «Plan de Acción de la UE sobre la seguridad de los cables» (JOIN(2025)0009),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Comunicación de la Comisión, de 29 de enero de 2020, titulada «Despliegue seguro de la 5G en la UE – Aplicación de la caja de herramientas de la UE» (COM(2020)0050),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Declaración Europea sobre los Derechos y Principios Digitales para la Década Digital, que se compromete a promover una vía europea para la transición digital que sitúe a las personas en el centro,<FOOTNOTE><FIELD> DO C 23 de 23.1.2023, p. 1.</FIELD></FOOTNOTE></P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Comunicación de la Comisión, de 30 de diciembre de 2021, titulada «Criterios para el análisis de la compatibilidad con el mercado interior de las ayudas para fomentar la realización de proyectos importantes de interés común europeo» (PIICE) (COM(2021)8481),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el artículo 55 de su Reglamento interno,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de la Comisión de Industria, Investigación y Energía (A10-0107/2025),</P></VISA></GRVISA><GRCONS><CONS><P><NO.P>A.</NO.P>Considerando que la soberanía tecnológica debe entenderse como la totalidad de la cadena de valor que va desde la excelencia en la investigación hasta la creación de una mejor competencia y la consecución de una mayor soberanía europea;</P></CONS><CONS><P><NO.P>B.</NO.P>Considerando que la Unión depende de terceros países para más del 80 % de los productos, servicios, infraestructuras y propiedad intelectual digitales;</P></CONS><CONS><P><NO.P>C.</NO.P>Considerando que unas pocas empresas tecnológicas ostentan un poder concentrado en mercados digitales clave y control sobre la infraestructura subyacente de internet, en particular los sistemas operativos, la informática, la inteligencia artificial (IA), los motores de búsqueda, la capacidad de las redes sociales, la publicidad digital y los servicios de pago;</P></CONS><CONS><P><NO.P>D.</NO.P>Considerando que nuestra soberanía tecnológica dependerá en gran medida de la capacidad de Europa para crear las condiciones de mercado necesarias para que las empresas europeas prosperen y compitan entre sí, aumentando así la calidad de sus productos;</P></CONS><CONS><P><NO.P>E.</NO.P>Considerando que la Unión corre el riesgo de incumplir las metas y objetivos de la Década Digital, entre ellos la adopción de sistemas de nube, macrodatos e IA;</P></CONS><CONS><P><NO.P>F.</NO.P>Considerando que las empresas europeas representan una cuota reducida de la investigación y desarrollo (I+D) mundial dedicada a <STRING ITALIC="on">software</STRING>, tecnologías de internet y electrónica, mientras que los Estados Unidos y China lideran estos sectores;</P></CONS><CONS><P><NO.P>G.</NO.P>Considerando que la Brújula Digital, el programa estratégico de la Década Digital y la Brújula de Competitividad de la Comisión son marcos esenciales para reforzar el ecosistema digital de Europa, garantizar el liderazgo tecnológico y velar por la resiliencia económica a largo plazo;</P></CONS><CONS><P><NO.P>H.</NO.P>Considerando que las infraestructuras digitales están compuestas por elementos de <STRING ITALIC="on">hardware</STRING> relacionados con la conectividad, incluidos la fibra, la 5G y la 6G, los cables submarinos, los satélites y el espectro, con la computación, incluidos los semiconductores, los centros de datos, la computación de alto rendimiento y las tecnologías cuánticas, y con los elementos de <STRING ITALIC="on">software</STRING> como las soluciones en materia de identidad, internet de las cosas, nube y sistemas de IA, además del estrato intermediario, que incluye los motores de búsqueda y los sistemas de publicidad, de pago y de comunicación;</P></CONS><CONS><P><NO.P>I.</NO.P>Considerando que la competitividad de la Unión dependerá cada vez más de la digitalización de todos los sectores, gracias al apoyo de unas infraestructuras digitales resilientes, seguras y fiables; que, en este contexto, el mercado único digital es un activo de suma importancia, ya que puede permitir a las empresas crecer y expandirse;</P></CONS><CONS><P><NO.P>J.</NO.P>Considerando que sigue sin aprovecharse todo el potencial del mercado único digital, ya que el comercio de servicios digitales dentro de la Unión representa solo el 8 % del PIB, cifra muy inferior a la del 25 % del comercio de bienes digitales;</P></CONS><CONS><P><NO.P>K.</NO.P>Considerando que la disponibilidad de sistemas de identificación electrónica, servicios públicos digitales y acceso a las historias clínicas electrónicas está aumentando, pero sigue habiendo importantes diferencias entre los Estados miembros en lo relativo a la prestación de servicios públicos digitales plenamente centrados en el usuario, accesibles y soberanos que preserven la privacidad debido a las diferencias en la adopción de la identificación electrónica;</P></CONS><CONS><P><NO.P>L.</NO.P>Considerando que la identificación electrónica está disponible actualmente para el 93 % de la población de la Unión, pero el objetivo del 100 % de servicios públicos digitales para los ciudadanos y las empresas de aquí a 2030 sigue siendo difícil;</P></CONS><CONS><P><NO.P>M.</NO.P>Considerando que la interoperabilidad y la interconexión mejorarían la competitividad de la economía europea y podrían beneficiarse de políticas como las de «open source first» («primero, código abierto») y de dinero público, el código para uso del público y la aplicación de normas comunes y abiertas;</P></CONS><CONS><P><NO.P>N.</NO.P>Considerando que las infraestructuras digitales son de vital importancia para la industria de la Unión, en particular la industria del automóvil, y para el posible desarrollo de vehículos conectados y autónomos; que es necesaria una sólida infraestructura de datos y comunicación para apoyar un ecosistema seguro para los vehículos conectados y autónomos;</P></CONS><CONS><P><NO.P>O.</NO.P>Considerando que las redes de fibra óptica constituyen uno de los pilares de la infraestructura digital de la Unión, que hacen posible la internet de alta velocidad, las redes 5G y otras futuras mejoras tecnológicas;</P></CONS><CONS><P><NO.P>P.</NO.P>Considerando que la Unión está rezagada en lo que respecta al despliegue de la 5G para cumplir sus objetivos para 2030, con una cobertura de fibra aún limitada que alcanza solo a alrededor del 64 % de los hogares europeos;</P></CONS><CONS><P><NO.P>Q.</NO.P>Considerando que las necesidades de inversión en la conectividad de vanguardia en la Unión son inmensas;</P></CONS><CONS><P><NO.P>R.</NO.P>Considerando que la resolución de los retos relacionados con el acceso a la tierra y a las redes es fundamental para el éxito del despliegue de las infraestructuras digitales;</P></CONS><CONS><P><NO.P>S.</NO.P>Considerando que la iniciativa Govsatcom de la Unión aspira a garantizar la disponibilidad a largo plazo de servicios de comunicaciones por satélite gubernamentales seguros, fiables y eficaces en relación con los costes para las autoridades públicas de la Unión y nacionales que gestionan infraestructuras y misiones críticas en materia de seguridad;</P></CONS><CONS><P><NO.P>T.</NO.P>Considerando que los chips desempeñan un papel crucial en el aumento de la competitividad tecnológica y la resiliencia de Europa;</P></CONS><CONS><P><NO.P>U.</NO.P>Considerando que la Brújula para la Competitividad de la Comisión, el Pacto por una Industria Limpia y el programa de trabajo anual de la Comisión para 2025 apenas mencionan o no mencionan en absoluto las tecnologías de semiconductores, a pesar de su crítica importancia de cara a las ambiciones industriales de la Unión;</P></CONS><CONS><P><NO.P>V.</NO.P>Considerando que el Reglamento de Chips fue un mecanismo de adaptación <STRING ITALIC="on">ad hoc</STRING> destinado a abordar determinados retos relacionados con la escasez de semiconductores; que sus ámbitos de actuación se limitan principalmente a los semiconductores avanzados; que el compromiso de la Unión con los semiconductores preexistentes es insuficiente; que la revisión del Reglamento de Chips está prevista para septiembre de 2026;</P></CONS><CONS><P><NO.P>W.</NO.P>Considerando que las agrupaciones regionales europeas existentes en el sector de los semiconductores tienen un papel que desempeñar y deben reforzarse aún más;</P></CONS><CONS><P><NO.P>X.</NO.P>Considerando que los procesadores, las tecnologías de memoria, los procesadores gráficos y los chips cuánticos son fundamentales para la seguridad de las infraestructuras digitales y la cadena de suministro de Europa;</P></CONS><CONS><P><NO.P>Y.</NO.P>Considerando que los servicios en la nube son fundamentales para una amplia gama de actividades informáticas y servicios informáticos que se han convertido en facilitadores esenciales de la competitividad;</P></CONS><CONS><P><NO.P>Z.</NO.P>Considerando que los modelos federados podrían mejorar la competitividad del mercado de la Unión facilitando la aparición de alternativas europeas significativas, partiendo de la experiencia y la presencia en el mercado local;</P></CONS><CONS><P><NO.P>AA.</NO.P>Considerando que las infraestructuras de IA a gran escala, como las gigafactorías de IA, son esenciales para permitir el desarrollo abierto y colaborativo de los modelos de IA más complejos;</P></CONS><CONS><P><NO.P>AB.</NO.P>Considerando que la cadena de valor de la IA sigue en fase de desarrollo y que abordar el desarrollo de modelos de IA es solo una parte de ella; que las soluciones europeas de IA pueden desarrollarse utilizando la infraestructura informática pública y privada de Europa e impulsando la innovación, y que las empresas emergentes y las pequeñas empresas deben ser, en particular, beneficiarias del acceso a la infraestructura informática pública;</P></CONS><CONS><P><NO.P>AC.</NO.P>Considerando que los modelos de IA que pueden ejecutarse en <STRING ITALIC="on">hardware</STRING> de uso generalizado con un coste moderado permiten a un mayor número de agentes configurar la creación y el uso de los sistemas de IA, lo que aporta un valor más inmediato a las aplicaciones y favorece un uso más democrático de la IA;</P></CONS><CONS><P><NO.P>AD.</NO.P>Considerando que, en la actualidad, el despliegue, la comercialización y la implementación de la IA suelen correr a cargo de un reducido número de grandes empresas tecnológicas; que algunas funcionalidades de la IA no se están desplegando en la Unión al mismo tiempo que en terceros países, lo que crea una desventaja competitiva para las empresas y los consumidores europeos;</P></CONS><CONS><P><NO.P>AE.</NO.P>Considerando que los centros de datos son una parte esencial de una sociedad digital avanzada, al posibilitar el tratamiento distribuido y el almacenamiento eficaz de datos;</P></CONS><CONS><P><NO.P>AF.</NO.P>Considerando que la capacidad fiable y la disponibilidad de almacenamiento de datos son esenciales para la resiliencia y el desarrollo europeos; que la mayoría de los centros de datos de Europa no son propiedad de empresas europeas;</P></CONS><CONS><P><NO.P>AG.</NO.P>Considerando que la construcción y el funcionamiento de centros de datos a gran escala requieren inversiones sustanciales;</P></CONS><CONS><P><NO.P>AH.</NO.P>Considerando que alrededor del 9 % del consumo mundial de electricidad deriva de los centros de datos, los servicios en la nube y la conectividad;</P></CONS><CONS><P><NO.P>AI.</NO.P>Considerando que los cables submarinos son infraestructuras críticas para la conectividad mundial, la estabilidad económica y la seguridad, ya que el 99 % de las comunicaciones internacionales pasa por ellos, y que siguen siendo vulnerables a los daños físicos, las ciberamenazas y los riesgos geopolíticos;</P></CONS><CONS><P><NO.P>AJ.</NO.P>Considerando que unas infraestructuras digitales seguras y resilientes son cruciales, en particular teniendo en cuenta el creciente número de ciberataques contra la Unión, sus Estados miembros, su industria y su sociedad;</P></CONS><CONS><P><NO.P>AK.</NO.P>Considerando que el conjunto de instrumentos de la Unión para la seguridad de las redes 5G es importante para prevenir el ciberespionaje y reforzar la resiliencia de las cadenas de suministro en las infraestructuras digitales de la Unión;</P></CONS><CONS><P><NO.P>AL.</NO.P>Considerando que el 21 % de las empresas citan el cumplimiento y la inseguridad jurídica como un obstáculo a la inversión digital;</P></CONS><CONS><P><NO.P>AM.</NO.P>Considerando que el enfoque de compensación de cargas administrativas garantiza que se tengan en cuenta todas las cargas introducidas por las iniciativas de la Comisión y que las cargas administrativas se compensen mediante la eliminación de cargas de valor equivalente en el mismo ámbito actuación;</P></CONS><CONS><P><NO.P>AN.</NO.P>Considerando que los retos en materia de consumo de energía de la IA, de la computación en la nube y cuántica, así como de los centros de datos, requieren que se integre la sostenibilidad en las estrategias de infraestructuras digitales;</P></CONS><CONS><P><NO.P>AO.</NO.P>Considerando que se prevé que el consumo de potencia de los centros de datos casi se triplique a finales de esta década, pasando de aproximadamente 62 teravatios‑hora (TWh) en la actualidad a más de 150 TWh, con lo que aumentará del 2 % al 5 % el consumo de potencia total en Europa;</P></CONS><CONS><P><NO.P>AP.</NO.P>Considerando que la escasez de competencias digitales sigue siendo una preocupación importante, ya que solo el 54 % de los ciudadanos europeos posee al menos capacidades digitales básicas, lo que queda muy por debajo del objetivo del 80 % fijado en el programa estratégico de la Década Digital;</P></CONS><CONS><P><NO.P>AQ.</NO.P>Considerando que se prevé que la escasa cifra de profesionales de las TIC en la Unión alcance los 12 millones de aquí a 2030, lo que se sitúa muy por debajo del objetivo de la Unión de 20 millones de trabajadores cualificados;</P></CONS><CONS><P><NO.P>AR.</NO.P>Considerando que tanto el informe sobre el estado de la Década Digital de 2024 como el informe Draghi subrayan la urgente necesidad de invertir en competencias digitales y de ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas (CTIM) para preservar las capacidades tecnológicas y la competitividad mundial de Europa;</P></CONS><CONS><P><NO.P>AS.</NO.P>Considerando que el 60 % de las empresas de la Unión declaran tener dificultades a la hora de contratar trabajadores cualificados en ámbitos como la IA, la ciberseguridad y las tecnologías limpias, lo que supone un obstáculo significativo para la innovación, la competitividad y las transiciones ecológica y digital;</P></CONS><CONS><P><NO.P>AT.</NO.P>Considerando que la situación actual del mercado laboral, en particular los despidos a escala mundial y la inestabilidad política fuera de la Unión, crea una oportunidad para atraer talento digital altamente cualificado a la Unión;</P></CONS><CONS><P><NO.P>AU.</NO.P>Considerando que el aumento de la competitividad y la resiliencia requiere una financiación adecuada; que la financiación pública puede actuar como catalizador y que la inversión privada y las fuerzas del mercado competitivas son fundamentales para el desarrollo a largo plazo de las infraestructuras digitales;</P></CONS><CONS><P><NO.P>AV.</NO.P>Considerando que un ecosistema de investigación e innovación sólido, ágil y orientado a la excelencia es esencial para garantizar la competitividad y el liderazgo mundiales de la Unión en tecnologías estratégicas, como la cuántica y la inteligencia artificial;</P></CONS><CONS><P><NO.P>AW.</NO.P>Considerando que la normalización constituye el núcleo de una auténtica soberanía digital y tecnológica europea; que la importancia de las normas está aumentando debido a la creciente competencia tecnológica en todo el mundo, especialmente con los Estados Unidos y China;</P></CONS><CONS><P><NO.P>AX.</NO.P>Considerando que la Unión está comprometida a negociar acuerdos globales de comercio digital para promover el desarrollo de infraestructuras digitales seguras, resilientes y competitivas con los países socios;</P></CONS><CONS><P><NO.P>AY.</NO.P>Considerando que la Comisión ha anunciado acuerdos comerciales digitales históricos con Corea del Sur y Singapur, lo que sienta un importante precedente para futuros acuerdos;</P></CONS><CONS><P><NO.P>AZ.</NO.P>Considerando que el Parlamento y el Consejo han acordado las disposiciones horizontales de la Unión sobre los flujos transfronterizos de datos y la protección de los datos personales y la privacidad en el título sobre comercio digital de los acuerdos comerciales de la Unión, que fueron refrendadas por la Comisión y siguen constituyendo una herramienta importante en relación con el comercio digital y el establecimiento de nuevos acuerdos comerciales digitales;</P></CONS></GRCONS></PREAMBLE><DISPOSITIF><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Introducción general</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>1.</NO.P>Subraya que la soberanía europea es la capacidad para desarrollar capacidades, resiliencia y seguridad reduciendo las dependencias estratégicas, evitando la dependencia de agentes extranjeros y proveedores de servicios únicos y salvaguardando las tecnologías e infraestructuras críticas; pide el desarrollo de un marco de evaluación de riesgos exhaustivo para supervisar y abordar las dependencias a lo largo de la cadena de valor digital; subraya que dicho marco debe servir de base para garantizar la preparación y la resiliencia de la Unión mediante la mejora de la política industrial europea y el impulso de las capacidades nacionales de I+D y fabricación en tecnologías estratégicas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>2.</NO.P>Considera que la soberanía tecnológica es la capacidad para diseñar, desarrollar y aumentar la escala de las tecnologías digitales necesarias para la competitividad de nuestra economía, el bienestar de nuestros ciudadanos y la autonomía estratégica abierta de la Unión en un mundo globalizado; considera que esto incluye garantizar la capacidad de la Unión para tomar decisiones autónomas, colaborar con terceros países y entidades de confianza, diversificar y reforzar las cadenas de suministro y promover el principio de apertura e interoperabilidad para garantizar que Europa siga siendo un centro atractivo para la inversión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>3.</NO.P>Reconoce la creciente concentración de poder en empresas de terceros países, que limita la capacidad de Europa para innovar, competir y mantener el control sobre su economía digital, su sociedad y su democracia; manifiesta su preocupación por la excesiva dependencia de agentes no pertenecientes a la Unión en ámbitos críticos como la infraestructura en la nube, los semiconductores, la IA y la ciberseguridad, en los que la concentración del mercado y el control extranjero amenazan con socavar la competitividad, la resiliencia democrática y la seguridad de Europa;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>4.</NO.P>Reafirma que la Unión debe seguir siendo soberana en la aplicación de su legislación, especialmente en el ámbito digital; condena firmemente y pide la anulación de las prohibiciones de viaje impuestas por los Estados Unidos a los líderes de la sociedad civil Imran Ahmed, Clare Melford, Anna-Lena von Hodenberg y Josephine Ballon, cuya labor contribuye a un entorno digital más seguro para todos y exige responsabilidades a las plataformas digitales, así como de la prohibición de viaje impuesta por los Estados Unidos al antiguo comisario de la Unión Thierry Breton, que desempeñó un papel clave en el establecimiento de las normas digitales de la Unión; pide a la Comisión y a los Estados miembros que den una respuesta firme a estos ataques sin precedentes; toma nota de las recientes medidas de ejecución adoptadas en el marco del Reglamento de Servicios Digitales<FOOTNOTE><FIELD> Reglamento (UE) 2022/2065 del Parlamento Europeo y del Consejo de 19 de octubre de 2022 relativo a un mercado único de servicios digitales y por el que se modifica la Directiva 2000/31/CE (Reglamento de Servicios Digitales) (DO L 277 de 27.10.2022, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2022/2065/oj).</FIELD></FOOTNOTE> por el incumplimiento de las obligaciones de transparencia y mitigación del riesgo, como la multa de 120 000 000 EUR contra X; recuerda que la aplicación de la legislación digital de la Unión tiene por objeto garantizar el cumplimiento del Derecho de la Unión y la protección de los derechos fundamentales, y no regular las opiniones políticas; subraya que el despliegue de nuevas funcionalidades, incluidas las basadas en la IA generativa, por parte de las plataformas en línea de muy gran tamaño debe ir acompañado de salvaguardias y medidas de mitigación del riesgo adecuadas para garantizar el pleno cumplimiento del Derecho de la Unión, en particular en lo que se refiere a la prevención de la difusión de contenidos ilícitos o manipulados; denuncia el apoyo prestado por determinados partidos políticos, como AfD, Reconquête, Fidesz o Konfederacja, que repiten discursos procedentes de fuera de la Unión y debilitan la legislación digital y los valores democráticos de la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>5.</NO.P>Considera que las ambiciones tecnológicas industriales de la Unión deben centrarse en las tecnologías estratégicas clave del futuro, como las tecnologías de semiconductores o cuánticas, que contribuyen a la autonomía estratégica abierta de la Unión y son esenciales para nuestras transiciones ecológica, digital y de defensa;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>6.</NO.P>Reconoce el cambio en el panorama geopolítico y la consiguiente oportunidad para la demanda en el mercado de productos y servicios europeos; considera que se trata de una oportunidad para posicionar a Europa como líder mundial en soluciones digitales fiables y seguras;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>7.</NO.P>Subraya la necesidad de fomentar un entorno normativo favorable que promueva la innovación, la inversión y el desarrollo de tecnologías punteras en Europa, al tiempo que protege a los usuarios finales de las consecuencias de la extraterritorialidad;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>8.</NO.P>Reconoce que es necesaria una política industrial global europea para el ecosistema digital que integre todos los ámbitos de actuación pertinentes, como el acceso al mercado, la normalización, la I+D, la inversión, el comercio y la cooperación internacional; pide a la Comisión que desarrolle esta política global con el objetivo de reducir las dependencias estratégicas perjudiciales, reforzar las cadenas de valor nacionales y garantizar un ecosistema digital seguro, fiable e impulsado por la innovación que se adhiera a los valores europeos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>9.</NO.P>Recuerda que los mercados de servicios digitales y productos de alta tecnología dependen en gran medida de las cadenas de suministro externas, lo que plantea riesgos para la soberanía y la resiliencia; destaca la importancia de impulsar la capacidad industrial y los conocimientos tecnológicos en tecnologías emergentes y disruptivas para apoyar la autonomía estratégica abierta de la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>10.</NO.P>Hace hincapié en que impulsar la soberanía tecnológica europea en la era del rápido desarrollo tecnológico exige potenciar la innovación y la comercialización con el fin de desarrollar las capacidades necesarias; subraya que Europa debe transformarse en un entorno empresarial atractivo y ágil a escala mundial reduciendo la burocracia, mejorando la previsibilidad normativa y fomentando el emprendimiento y la asunción de riesgos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>11.</NO.P>Reconoce que la autonomía estratégica abierta y la resiliencia democrática deben ocupar un lugar central en la agenda de la Comisión y que deben integrarse la contratación pública, la financiación y marcos institucionales a largo plazo en un enfoque integral a fin de establecer infraestructuras digitales soberanas en ámbitos críticos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>12.</NO.P>Pide a la Comisión que analice y establezca una lista exhaustiva de dependencias críticas en las infraestructuras y tecnologías digitales, evaluando, como mínimo, los servicios de almacenamiento, los sistemas de identidad y de pago, y las plataformas de comunicación, así como el <STRING ITALIC="on">software</STRING>, los protocolos y las normas que las apoyan, y que proponga medidas para promover el acceso al mercado de productos y servicios con un fuerte impacto positivo en la soberanía tecnológica, la resiliencia y la sostenibilidad de la Unión; considera, a este respecto, que puede promoverse el uso de criterios de adjudicación específicos en la contratación pública en los ámbitos en que existen tales dependencias críticas; considera que estos criterios pueden contribuir a incentivar la competencia y a reforzar la soberanía tecnológica europea facilitando la adquisición de productos y servicios digitales europeos, siempre que sea posible;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Infraestructura pública digital</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>13.</NO.P>Cree firmemente que las infraestructuras digitales conforman la columna vertebral de nuestra economía, y que por tanto debe existir un nivel de base en materia de infraestructura pública digital que garantice la soberanía y un entorno de mercado favorable a la competencia; observa que el mercado no ha desarrollado este nivel de base en numerosos ámbitos importantes, lo que ha dado lugar a monopolios y a la dependencia de agentes extranjeros; subraya que, para colmar esta laguna, la Unión debe liderar la creación de una base sólida para la infraestructura pública digital mediante la creación de niveles de tecnologías digitales consistentes en semiconductores, soluciones de conectividad, infraestructura en la nube, <STRING ITALIC="on">software</STRING>, datos e IA; considera que la infraestructura pública digital europea debe basarse en modelos económicos justos y competitivos y, además, utilizar modelos de gobernanza en los que ni las empresas privadas ni las administraciones públicas mantengan un control centralizado; opina que debe basarse en normas comunes y abiertas, abrazar la interoperabilidad y la interconexión, a fin de evitar los «bloqueos» de usuarios y proveedores, y estimular la innovación facilitando nuevos participantes en el mercado, y que también debe garantizar la privacidad y la seguridad por defecto;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>14.</NO.P>Considera que el despliegue de infraestructura pública digital debe centrarse en los ámbitos en los que existen dependencias críticas, tal como se indica en la exhaustiva lista de la Comisión; pide a la Comisión que elabore un plan detallado y exhaustivo para el establecimiento de infraestructura pública digital europea, identificando las tecnologías que mejor se adapten a la acción europea, e insta a la Comisión y a los Estados miembros a que dediquen los recursos adecuados al despliegue de la infraestructura pública digital europea;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>15.</NO.P>Subraya que la infraestructura pública digital europea debe estimularse mediante una acción coordinada a escala de la Unión a fin de garantizar la presencia y la competitividad de los proveedores europeos, así como un entorno de mercado competitivo; recalca que estos objetivos no se alcanzarán recurriendo únicamente a la reglamentación y requerirán una inversión pública significativa; reconoce que, por tanto, el próximo marco financiero plurianual (MFP) debe incluir financiación adicional para este fin, centrada en el valor añadido de la Unión y la financiación del nivel de base de la infraestructura pública digital europea;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>16.</NO.P>Reconoce que, como parte del próximo MFP, la Unión debe comprometerse a aumentar el gasto a fin de lograr la soberanía tecnológica; subraya que esto debe incluir una dotación específica para el desarrollo y el despliegue de los niveles de infraestructura pública digital determinados en la exhaustiva lista de la Comisión, así como fondos adicionales para garantizar un entorno de mercado favorable a la competencia en otros ámbitos digitales;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>17.</NO.P>Considera que la financiación en el marco del próximo MFP debe dar prioridad al desarrollo activo de capacidades en ámbitos clave de <STRING ITALIC="on">hardware</STRING>, <STRING ITALIC="on">software</STRING> y servicios, en particular la informática de alto rendimiento, la informática cuántica, el cifrado y la comunicación, la conectividad, la nube, los datos, los ecosistemas web y de IA y las bibliotecas digitales;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>18.</NO.P>Opina que la infraestructura pública digital europea debe basarse en los valores de la Unión y permanecer abierta a socios afines no pertenecientes a la Unión; pide a la Comisión y a los Estados miembros que persistan en su esfuerzo y den un mayor impulso al proceso con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo en materia de infraestructura pública digital;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>19.</NO.P>Reconoce que los servicios de la administración electrónica constituyen un agente facilitador clave para una prestación de servicios públicos eficiente segura y accesible, que deben diseñarse de modo que faciliten la identificación digital, el intercambio de datos de la administración pública y los pagos del sector público sin distorsionar los mercados ni socavar las soluciones del sector privado que ya existen; subraya que el enfoque de la Unión en cuanto a los servicios de la administración electrónica debe centrarse en reforzar las interacciones digitales entre gobiernos y ciudadanos y entre gobiernos y empresas, garantizando al mismo tiempo la confianza, la interoperabilidad y la accesibilidad; considera, por tanto, que el acceso seguro y sin fisuras a los servicios públicos requiere un marco fiable de identificación electrónica y acoge con satisfacción el anuncio de una «cartera para empresas» destinada a simplificar significativamente la interconexión entre las empresas y las autoridades públicas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>20.</NO.P>Pide a la Comisión que siga desarrollando plataformas de datos de interés público, a fin de permitir el intercambio transfronterizo seguro de datos entre entidades públicas y privadas para los casos de uso, en particular en los ámbitos de la atención sanitaria, la planificación urbana y el seguimiento medioambiental; pide asimismo a la Comisión que promueva la interoperabilidad entre las plataformas de datos de interés público y las plataformas de datos sectoriales, garantizando un flujo de datos fluido y reduciendo al mínimo al mismo tiempo las cargas administrativas; señala que esto podría lograrse aprovechando soluciones existentes impulsadas por el mercado que fomenten la innovación, mantengan la confianza y respeten las normas en materia de privacidad y seguridad;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>21.</NO.P>Reconoce que, con arreglo al marco jurídico vigente, los ciudadanos europeos tienen derecho a controlar sus datos personales y que los datos generados en la Unión deben tratarse de conformidad con el Derecho de la Unión; subraya que salvaguardar la privacidad y los datos personales es esencial para generar confianza en la economía digital, que permite a los consumidores europeos participar con confianza, independientemente del lugar en el que se traten sus datos; destaca que las empresas europeas, en particular las pymes, deben poder utilizar los datos de manera legal, ética y segura para impulsar el crecimiento sostenible y la competitividad;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Infraestructuras digitales</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>22.</NO.P>Destaca que las infraestructuras digitales conforman la columna vertebral de la economía y la sociedad europeas y que su importancia seguirá creciendo; pide a la Comisión que incluya en la lista solicitada de dependencias críticas una evaluación exhaustiva de la composición de las infraestructuras digitales europeas a fin de analizar adecuadamente la situación, evaluar los riesgos y coordinar las medidas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>23.</NO.P>Considera que, para reforzar las infraestructuras digitales, es esencial aplicar iniciativas de desarrollo de capacidades en ámbitos críticos a escala de la Unión; considera que estas iniciativas deben centrarse en el desarrollo de un nivel de base de infraestructuras públicas, como una red de gigafábricas de IA y un modelo europeo de indexación web; considera que este nivel de base permitirá a las empresas desarrollar sus modelos de negocio e impulsar la soberanía digital; señala las soluciones digitales creadas por la Unión, como la identidad digital de la Unión, que puede ofrecer infraestructura innovadora para la economía digital de la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>24.</NO.P>Reconoce la importancia estratégica de las infraestructuras digitales críticas y la necesidad de reforzar su seguridad y resiliencia; comprende que las infraestructuras digitales críticas incluyen, aunque no exclusivamente, los cables (terrestres y submarinos), las torres de la red de telefonía móvil, los sistemas de comunicación por satélite, los equipos radioeléctricos y del espectro radioeléctrico, los servidores en la nube que contienen información delicada y los centros de datos que procesan información delicada, así como determinados elementos de <STRING ITALIC="on">software</STRING>, entre ellos el <STRING ITALIC="on">software</STRING> de seguridad que protege las redes y centros de datos críticos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>25.</NO.P>Destaca la necesidad de garantizar que esta infraestructura esté bajo la jurisdicción de la Unión, es decir, que se adhiera plenamente al Derecho de la Unión; recalca la importancia de la privacidad y la seguridad desde el diseño; pide, por tanto, a la Comisión que introduzca legislación para mitigar los riesgos que plantean los proveedores de alto riesgo procedentes de terceros países, incluidos los riesgos que plantean los proveedores de recursos energéticos controlados en el extranjero;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>26.</NO.P>Pide a la Comisión que, al preparar futuras propuestas legislativas y el próximo MFP, centre sus esfuerzos en profundizar en la dimensión del mercado único, en consonancia con las recomendaciones formuladas en el informe de Enrico Letta «Much More Than A Market» (Mucho más que un mercado) y en el informe de Mario Draghi «The future of European competitiveness» (El futuro de la competitividad europea), con el objetivo de aprovechar el potencial del mercado único digital;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>27.</NO.P>Toma nota de las recomendaciones formuladas en estos dos informes de que la Unión necesita un cambio de paradigma que pase de promover la conectividad en la Unión a establecer un mercado único de las comunicaciones electrónicas y la conectividad; apoya un marco de telecomunicaciones simplificado, armonizado y favorable a la innovación que garantice una competencia leal y la accesibilidad de las infraestructuras;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>28.</NO.P>Acoge con satisfacción el Libro Blanco de la Comisión «¿Cómo gestionar las necesidades de infraestructura digital de Europa?», que describe tres pilares: «Crear la "red 3C". La computación colaborativa y conectada», «Completar el mercado único digital» e «Infraestructuras seguras y resilientes para Europa»;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>29.</NO.P>Considera que el Libro Blanco y el posterior proceso de consulta forman parte de la preparación de las iniciativas legislativas previstas para esta legislatura, en particular la Ley de Redes Digitales; pide a la Comisión que adopte una perspectiva más holística de las infraestructuras digitales a lo largo de todo este proceso y que reconozca que las infraestructuras digitales comprenden muchos elementos más allá de la mera conectividad; subraya la necesidad de acompañar cualquier nueva medida en materia de política digital de una evaluación de impacto;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>30.</NO.P>Insta a la Comisión a que simplifique y armonice las normas en materia de telecomunicaciones como parte de la próxima Ley de Redes Digitales y del paquete digital, más amplio;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>31.</NO.P>Pide a la Comisión que introduzca una ley de desarrollo de la computación en la nube y la IA de la Unión para reforzar la infraestructura europea de datos y la promoción de los proveedores europeos de servicios en la nube; subraya que esta ley debe tener por objeto construir activamente un mercado único europeo para la nube y la IA;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>32.</NO.P>Reconoce que el despliegue de infraestructuras digitales punteras en toda la Unión requiere inversiones sustanciales, y que la financiación tanto pública como privada es esencial para alcanzar este objetivo; expresa su preocupación por la persistente escasez de capital riesgo y de financiación de las inversiones en Europa, que socava la soberanía tecnológica; pide a la Comisión que aumente significativamente la escala de los instrumentos de inversión público-privada, en particular el capital de riesgo, las plataformas estratégicas y las herramientas de financiación específicas para las empresas emergentes y en expansión en sectores tecnológicos críticos; recalca la importancia de aprovechar la contratación pública para apoyar el despliegue y la expansión de soluciones digitales abiertas e interoperables y de garantizar que el capital privado, la competencia y la innovación se conviertan en los principales motores de la transformación digital de Europa a medio y largo plazo;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Conectividad de alta velocidad</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>33.</NO.P>Opina que la próxima Ley de Redes Digitales debe apoyar el objetivo de proporcionar a todos los consumidores de la Unión una conectividad de alta calidad de aquí a 2030, especialmente en zonas remotas y rurales, así como de eliminar las barreras administrativas para el despliegue de las redes 5G y 6G y la banda ancha segura y de alta velocidad;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>34.</NO.P>Reconoce la creciente convergencia de la infraestructura de telecomunicaciones con las tecnologías en la nube y en el borde, y ve el potencial de las redes de acceso radioeléctrico abierto para ofrecer soluciones tecnológicas avanzadas, reducir costes y mejorar la interoperabilidad de la conectividad; opina que el futuro de la conectividad está en la complementariedad de diferentes tecnologías, como 5G/6G, wifi y satélite, de modo que una integración sin fisuras beneficie tanto a las empresas como a los consumidores;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>35.</NO.P>Reconoce que las redes de conectividad, dado que los servicios en la nube y en el borde constituyen el núcleo de su transformación, se están convirtiendo rápidamente en plataformas para la innovación y dependerán cada vez más de la computación en la nube, la IA, la virtualización y otras tecnologías;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>36.</NO.P>Pide objetivos ambiciosos para el desarrollo y la innovación de redes de comunicación inalámbrica, reconociendo la necesidad de un enfoque amplio que incluya la computación en la nube, la IA, la computación en el borde y la computación cuántica; hace hincapié en que el ecosistema de innovación para las comunicaciones electrónicas, especialmente en el caso de las telecomunicaciones integradas verticalmente, debe seguir estando impulsado por el mercado, e insiste en que las futuras medidas reguladoras se basen en evaluaciones de impacto exhaustivas y basadas en el conocimiento de la normativa vigente;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>37.</NO.P>Reconoce que la competencia entre operadores de todos los tamaños sigue siendo un motor clave de la inversión en redes de conectividad; pide a los Estados miembros que velen por que las redes de cobre se desconecten progresivamente en favor de las tecnologías de fibra óptica o las tecnologías 5G, en particular cuando sea necesario un mantenimiento o una actualización periódicos de la red, garantizando así que el cambio se lleve a cabo de manera factible y permitiendo a los proveedores planificar de antemano desde el punto de vista logístico y financiero;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>38.</NO.P>Destaca que todos los consumidores de la Unión deberían tener acceso a una conectividad de calidad adecuada, fiable y asequible, contribuyendo así a una mayor demanda de servicios de conectividad; pide a la Comisión y a los Estados miembros que amplíen y mejoren las redes digitales, especialmente en zonas rurales, y que apoyen las inversiones público-privadas en banda ancha y en el despliegue de la 5G y la 6G, manteniendo al mismo tiempo las normas de ciberseguridad y los principios de la seguridad desde el diseño;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>39.</NO.P>Está convencido de que —dado que las infraestructuras de conectividad digital, como la fibra, la 5G y la 6G, serán cruciales para la competitividad industrial en el futuro— el próximo MFP debe incluir fondos para la implementación a gran escala de infraestructura de red que colmen la brecha de implementación existente en pos de la consecución de los objetivos de la Década Digital para 2030, creen una cobertura 5G paneuropea de uso ciudadano y garanticen la implementación satisfactoria de las herramientas de la industria 4.0;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Fibra</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>40.</NO.P>Recalca la importancia de acelerar el despliegue de redes de fibra óptica y sistemas modernos de comunicaciones inalámbricas que puedan ofrecer servicios digitales rápidos, seguros y fiables;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>41.</NO.P>Reconoce la necesidad de dar prioridad a las conexiones directas de fibra para hogares, empresas e instituciones públicas, que es crucial para garantizar una conectividad ultrarrápida y fiable, además del despliegue de redes junto con obras públicas como carreteras, agua y electricidad para racionalizar el despliegue de la fibra;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>42.</NO.P>Acoge con satisfacción la introducción del Reglamento de la Infraestructura de Gigabit, que responde a las crecientes necesidades de una conectividad más rápida, fiable y con uso intensivo de datos; reconoce la importancia del uso compartido de conductos y postes para desplegar redes de muy alta capacidad a fin de optimizar los recursos y reducir los costes; insta a los Estados miembros a que racionalicen los procesos de concesión de permisos y armonicen las normativas para reducir los obstáculos financieros y administrativos a la expansión de la infraestructura de fibra;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">5G y 6G</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>43.</NO.P>Considera que las inversiones privadas son esenciales para el despliegue de redes de comunicaciones electrónicas, 5G y 6G suficientemente avanzadas en términos de transmisión, velocidad, capacidad de almacenamiento, potencia de computación en el borde e interoperabilidad;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>44.</NO.P>Hace hincapié en que el cumplimiento y la aplicación del Reglamento de la Infraestructura de Gigabit son además necesarios para crear una ventanilla única para los permisos y un proceso de concesión de permisos digital centralizado que permitan reducir los retrasos en el despliegue de infraestructura y garantizar normas uniformes para el acceso a la infraestructura, la fijación de precios y las evaluaciones de impacto ambiental; pide, a este respecto, que se realicen grandes esfuerzos en este ámbito;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>45.</NO.P>Considera que la Unión necesita una sólida protección de la ciberseguridad en todos los sectores de infraestructuras críticas, con medidas más estrictas para reducir los riesgos que suponen los proveedores de alto riesgo en las redes 5G y 6G, garantizando un despliegue denso de celdas pequeñas y macrotorres, en particular en zonas urbanas y rurales con una cobertura desigual, y garantizando la sostenibilidad y la eficiencia desde el punto de vista energético de la infraestructura para apoyar la competitividad mundial de Europa en la economía digital;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Espectro</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>46.</NO.P>Pide a la Comisión y a los Estados miembros que trabajen para mejorar la coordinación de las asignaciones de espectros, en particular mediante la identificación y armonización más tempranas de la liberación de nuevas frecuencias, empezando por las frecuencias de 6 GHz; pide una política del espectro radioeléctrico que promueva la inversión en Europa, en particular mediante la armonización de las políticas de asignación de espectros en todos los Estados miembros para acelerar el despliegue de la 5G sobre la base de las mejores prácticas, la promoción de licencias de mayor duración y el acceso a nuevos espectros, como la banda de más de 6 GHz, con el fin de satisfacer la demanda futura y hacer posible la 6G; considera que es necesario un esfuerzo compartido por parte de entidades públicas y privadas para aumentar la competitividad de Europa y no ir a la zaga de las redes de crecimiento más rápido del mundo, es decir, las de China y Corea del Sur;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Satélites y sistemas de comunicación por satélite</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>47.</NO.P>Subraya la importancia de las comunicaciones por satélite a la hora de desarrollar las infraestructuras digitales de la Unión, aumentar su resiliencia, reforzar las capacidades de los agentes de la Unión y reducir la dependencia de proveedores no pertenecientes a la Unión, en particular en el ámbito de la defensa; recalca la necesidad de ofrecer soluciones de conectividad alternativas a los consumidores de zonas remotas y rurales;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>48.</NO.P>Destaca el estratégico papel del programa espacial de la Unión, como uno de los pilares de la soberanía de la Unión, a la hora de proporcionar servicios de posicionamiento, navegación y temporización de última generación y seguros para Galileo y EGNOS y servicios de comunicación por satélite rentables para Govsatcom; señala que esto permite a la Unión y a sus Estados miembros tener una mayor soberanía en sus capacidades por satélite, en particular el geoposicionamiento, la observación de la Tierra, la vigilancia espacial y la conectividad; celebra en particular los programas Govsatcom e IRIS de la Unión, cuyo objetivo es garantizar la disponibilidad a corto y largo plazo de servicios gubernamentales de comunicación por satélite seguros, fiables y eficaces en relación con los costes para las autoridades públicas nacionales y de la Unión que gestionan infraestructuras y misiones críticas para la seguridad;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>49.</NO.P>Lamenta la fuerte dependencia de datos no pertenecientes a la Unión para el seguimiento y la vigilancia de objetos espaciales; destaca la necesidad de que Europa refuerce urgentemente sus propias capacidades e infraestructuras en materia de conocimiento situacional espacial a fin de garantizar la autonomía estratégica abierta y la seguridad; pide a la Comisión y a los Estados miembros que aumenten significativamente la inversión en activos de vigilancia y seguimiento propiedad de la Unión, y que desarrollen mecanismos eficaces para el intercambio de información entre los Estados miembros, que permitan a Europa supervisar y proteger de forma independiente su infraestructura espacial crítica;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>50.</NO.P>Recalca la importancia de la participación del sector privado en las tecnologías de lanzadores para acelerar aún más el despliegue de IRIS; recalca la importancia de fomentar un sector europeo de lanzamiento espacial sólido y competitivo mediante una mayor participación del sector privado y el apoyo a las industrias de fases anteriores y posteriores; pide a la Comisión que promueva una política europea de industria espacial que refuerce la soberanía en las tecnologías y servicios espaciales reduciendo las dependencias estratégicas y mejorando la gobernanza operativa de los programas espaciales europeos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>51.</NO.P>Pide, a tal fin, que se adopten medidas concretas para facilitar la prestación de servicios por satélite en toda Europa, en particular mediante la definición de procedimientos y condiciones comunes; pide, paralelamente, una competencia leal, con normas claras y aplicables a todas las constelaciones de satélites que accedan al mercado de la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>52.</NO.P>Observa que en la actualidad existen varios problemas de latencia en las redes por satélite y reconoce que la integración de las redes por satélite con la tecnología 5G y, en el futuro, la tecnología 6G es fundamental para ampliar el alcance y la fiabilidad de las redes terrestres;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Sistemas informáticos de alto rendimiento</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>53.</NO.P>Reconoce los progresos realizados en los últimos años en la mejora de los sistemas informáticos de alto rendimiento; pide a la Comisión que integre y mejore continuamente la capacidad de computación de los centros de informática de alto rendimiento de la Unión, en particular, para mejorar el entrenamiento de los modelos de IA y prepararse para futuros avances en materia de supercomputación;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>54.</NO.P>Pide a la Comisión que desarrolle una estrategia coordinada para salvar la brecha entre la tecnología europea puntera en materia de informática de alto rendimiento y su despliegue práctico y escalable en todos los sectores, también creando una red pública para la supercomputación; señala que esta estrategia debe fomentar la colaboración entre las instituciones públicas y los socios del sector privado, incluidas las pymes, para garantizar que las capacidades europeas en materia de informática de alto rendimiento se conviertan en un motor clave de la competitividad económica y la soberanía tecnológica;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>55.</NO.P>Recalca que los centros de informática de alto rendimiento deben garantizar la accesibilidad a los desarrolladores e implementadores de modelos fundacionales de IA, la IA generativa y la IA aplicada; señala que los centros de EuroHPC deben estar disponibles para estos casos de uso y, en particular, para las pymes, las empresas emergentes y las empresas en expansión; hace hincapié en que esto debe complementarse sin fisuras con iniciativas que permitan el desarrollo y el despliegue de la IA en la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>56.</NO.P>Acoge con satisfacción la creación de nuevas factorías de IA; subraya que las factorías de IA mejorarán los superordenadores de EuroHPC para proporcionar capacidad computacional a la IA y apoyar a las empresas emergentes y las empresas en expansión en el entrenamiento y el desarrollo a gran escala de modelos de IA fiables y de uso general;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Equipos informáticos: semiconductores, chips y chips cuánticos </STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>57.</NO.P>Sostiene la necesidad de actuar con urgencia para impulsar la fabricación de semiconductores en el interior de la Unión, mejorando la resiliencia de la cadena de suministro mediante la creación de asociaciones mundiales estratégicas, el fomento de las empresas emergentes y la innovación, la promoción de la colaboración transfronteriza en el desarrollo avanzado de semiconductores y la facilitación de incentivos financieros, apoyo normativo y acceso al mercado;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>58.</NO.P>Hace hincapié en la necesidad de seguridad jurídica para apoyar el desarrollo de semiconductores garantizando cadenas de suministro seguras de materias primas fundamentales y evitando las perturbaciones causadas por las incertidumbres en materia de inversión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>59.</NO.P>Insta a que se conceda la máxima importancia política a lograr un suministro suficiente de chips de IA en la Unión y a que se haga de ello un elemento central de las políticas de la Unión relativas a las industrias digitales; observa el aumento de la demanda de chips de IA, impulsado por la expansión de las aplicaciones en la computación en la nube, los dispositivos de computación en el borde, los sistemas autónomos y la IA generativa;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>60.</NO.P>Pide a la Comisión que reaccione ante las nuevas realidades geopolíticas y el uso de las cadenas de suministro digitales como herramientas de presión; insta a la Comisión a que encuentre una solución negociada a la prohibición de Estados Unidos de exportar chips de IA a dieciséis Estados miembros de la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>61.</NO.P>Pide a la Comisión que sitúe los chips de IA avanzados —en particular, su diseño y producción— en el centro de la revisión del Reglamento de Chips; pide a la Comisión que presente la revisión este año, y que incluya una estrategia a largo plazo basada en las realidades geopolíticas actuales que consolide el carácter estratégico indispensable de Europa a través del liderazgo tecnológico, unas capacidades de producción adecuadas y un sólido ecosistema de I+D, lo que será esencial para garantizar la soberanía europea en tiempos cada vez más difíciles; considera que es fundamental reforzar las interacciones entre la investigación, la formación, los proveedores y una infraestructura pública sólida, a fin de acelerar el proceso que comienza con la investigación, prosigue con el desarrollo y los ensayos y culmina con la producción a pleno rendimiento;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>62.</NO.P>Sostiene que la Unión debe redoblar sus esfuerzos en el desarrollo de chips cuánticos si quiere acelerar el plazo de comercialización de las innovaciones industriales de la Unión en tecnología cuántica;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>63.</NO.P>Pide a la Comisión que apoye la fabricación en la Unión de chips de uso generalizado, por ejemplo para dispositivos electrónicos y vehículos; pide que se apoye el desarrollo de chips que reduzcan el consumo de energía del sector digital;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>64.</NO.P>Subraya la necesidad de apoyar el funcionamiento de la economía circular y recuerda que los productos de tecnologías de la información y de las comunicaciones y otros productos electrónicos forman parte de las categorías de productos prioritarias del plan de trabajo que debe adoptarse a más tardar en abril de 2025 en virtud del Reglamento (UE) 2024/1781<FOOTNOTE><FIELD> Reglamento (UE) 2024/1781 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024, por el que se instaura un marco para el establecimiento de requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos sostenibles, se modifican la Directiva (UE) 2020/1828 y el Reglamento (UE) 2023/1542 y se deroga la Directiva 2009/125/CE, DO L, 2024/1781, 28.6.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/1781/oj).</FIELD></FOOTNOTE>;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>65.</NO.P>Considera que debe asignarse financiación adicional en el marco del próximo MFP al desarrollo de capacidades de producción de semiconductores y a otras tecnologías y procesos de semiconductores de próxima generación (por ejemplo, chips fotónicos o chips de banda ancha, así como diseño, fabricación, ensayo, montaje y envasado avanzado) dentro de la Unión;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Servicios en la nube</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>66.</NO.P>Reconoce que el mercado necesita soluciones soberanas que ofrezcan mayores niveles de control sobre los datos para determinadas categorías de datos sensibles y reconoce los riesgos asociados a la dependencia de un único proveedor dominante; pide una estrategia para reducir la dependencia de proveedores extranjeros de servicios en la nube fomentando al mismo tiempo las alternativas europeas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>67.</NO.P>Observa que los debates sobre el esquema de certificación de la ciberseguridad de la Unión para los servicios en la nube han sido infructuosos; señala que median consideraciones sobre la soberanía, en particular en relación con la extraterritorialidad de los regímenes jurídicos vinculantes, que no pueden resolverse mediante debates técnicos; pide a la Comisión que proponga una definición de nube soberana y su ámbito de aplicación en la prevista Ley de desarrollo de la computación en la nube y la inteligencia artificial;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>68.</NO.P>Señala la necesidad de garantizar la disponibilidad de almacenamiento de datos y capacidad computacional, así como de infraestructura informática distribuida; pide a la Comisión que vele por que los usuarios de la nube tengan la capacidad de elegir soluciones que satisfagan sus necesidades eliminando urgentemente obstáculos al cambio y la diversificación de proveedores mediante estrategias multinube, así como fomentando un mercado europeo competitivo en el ámbito de la computación en la nube para reducir la dependencia de proveedores únicos y reforzar la soberanía digital;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>69.</NO.P>Pide a la Comisión que aproveche iniciativas como 8ra y las infraestructuras y servicios de la nube de próxima generación para los PIICE para impulsar las infraestructuras descentralizadas en la nube y en el borde, que posibilitan la soberanía y contribuyen a reducir la dependencia de proveedores extranjeros y garantizar la resiliencia al tiempo que se mejora la flexibilidad operativa en el interior de Europa;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Sistemas de IA</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>70.</NO.P>Acoge con satisfacción la iniciativa InvestAI, en particular las gigafactorías de IA; hace hincapié en la necesidad de que Europa se posicione como líder mundial en el entrenamiento de modelos de IA, la investigación científica y los avances en informática cuántica; se compromete a seguir apoyando el desarrollo de la IA mediante la puesta en marcha de iniciativas como las factorías de IA para proporcionar capacidad computacional a las empresas emergentes, las empresas en expansión y la comunidad investigadora;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>71.</NO.P>Pide a la Comisión que siga apoyando el diseño y el desarrollo de la IA europea y que adopte políticas y medidas que permitan a los sectores industriales europeos beneficiarse de sus datos y del despliegue de la IA;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>72.</NO.P>Hace hincapié en que el retraso en el despliegue de las innovaciones basadas en la IA obstaculiza el progreso tecnológico, la competitividad del mercado y la transformación digital dentro de la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>73.</NO.P>Espera que el modelo de financiación público-privada desbloquee inversiones privadas sin precedentes en IA, lo que hará posible que las empresas emergentes y la industria tengan acceso a superordenadores;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Tecnología cuántica</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>74.</NO.P>Reconoce la urgente necesidad de definir una hoja de ruta clara para el desarrollo de la tecnología cuántica —en particular, la computación cuántica y el cifrado cuántico— que garantice que las inversiones públicas y privadas den lugar a aplicaciones comerciales tangibles;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>75.</NO.P>Pide a la Comisión que lleve a cabo una evaluación de los actuales marcos nacionales de espacios controlados de pruebas en el ámbito de la tecnología cuántica, y del modo en que les aplica la legislación vigente, a fin de evitar la fragmentación del mercado; acoge con satisfacción el anuncio de la Estrategia cuántica y la Ley Cuántica en la Brújula de Competitividad de la Comisión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>76.</NO.P>Insta a la Comisión a garantizar que la Ley Cuántica, junto con una evaluación de impacto, sitúe a Europa como la región líder en materia de excelencia e innovación cuánticas invirtiendo en I+D e innovación, movilizando financiación para aumentar la escala del ecosistema, las capacidades y la producción cuánticos europeos, y garantizando que la investigación cuántica puntera de Europa se comercialice en Europa; subraya que esto debe dar lugar a aplicaciones tecnológicas tangibles mediante el fomento de políticas que aceleren la madurez tecnológica y faciliten la transición de la investigación al éxito comercial;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>77.</NO.P>Pide inversiones específicas, colaboración con la industria y marcos reglamentarios que apoyen el desarrollo, la expansión y la adopción por el mercado de tecnologías cuánticas en sectores clave;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>78.</NO.P>Pide una estrategia coordinada de la Unión para la criptografía postcuántica a fin de proteger los datos frente a futuras ciberamenazas;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Centros de datos</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>79.</NO.P>Pide a la Comisión que apoye ecosistemas para compartir datos sectoriales específicos dentro de cada sector industrial, fomentando la colaboración e impulsando la innovación al tiempo que se preserva la soberanía de los datos y se garantiza el cumplimiento de la normativa de la Unión, tal como se indica en el Reglamento de Datos; insta a la Comisión a una aplicación estricta para garantizar que los agentes dominantes del mercado no impongan cláusulas abusivas a las pymes y las medianas empresas a la hora de acceder a los datos y compartirlos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>80.</NO.P>Sostiene la necesidad de garantizar una infraestructura interconectada que permita a los centros de datos colaborar de manera eficiente según normas comunes con conectividad de alta velocidad, manteniendo al mismo tiempo la flexibilidad, la seguridad y la escalabilidad; considera que tal sistema interconectado contribuiría a garantizar la redundancia distribuida, de modo que los datos y los servicios sigan estando disponibles incluso si falla un centro de datos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>81.</NO.P>Pide a la Comisión que dé prioridad a la interoperabilidad entre plataformas, posibilitando una integración de datos sin fisuras en todas las empresas y sectores, en consonancia con los requisitos del Reglamento de Datos, que impone obligaciones de portabilidad e interoperabilidad de los datos para los servicios en la nube y en el borde; recalca la necesidad de una aplicación rigurosa de estas disposiciones para evitar la dependencia de los proveedores y garantizar que los ecosistemas industriales europeos puedan aprovechar la innovación basada en los datos sin barreras técnicas ni contractuales;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>82.</NO.P>Recuerda el plan de la Comisión de hacer que los centros de datos sean climáticamente neutros y altamente eficientes desde el punto de vista energético de aquí a 2030; sostiene la necesidad de mejorar la integración de los centros de datos con el sistema energético, centrándose en la reutilización del calor y la prestación de servicios de flexibilidad para las necesidades de la red eléctrica; reconoce la necesidad de incentivar la investigación en materia de refrigeración y procesadores eficientes desde el punto de vista energético, debiéndose prestar especial atención al apoyo a los centros de datos de la Unión; insta a la Comisión a que garantice una aplicación clara y coherente de los requisitos legales existentes para los operadores de centros de datos en toda la legislación de la Unión y en los Estados miembros;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>83.</NO.P>Pide a la Comisión y a los Estados miembros que aumenten y orienten la inversión pública e incentiven la inversión privada en infraestructuras digitales para permitir el crecimiento y la modernización de los centros de datos;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Cables submarinos</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>84.</NO.P>Pide a la Comisión que adopte medidas coordinadas para proteger los cables submarinos y reforzar la seguridad de los cables y las capacidades de reparación; subraya la necesidad de seguir invirtiendo en la construcción de nuevos cables submarinos para garantizar la redundancia; acoge con satisfacción el papel de la Unión en la cofinanciación de estos proyectos con el fin de mejorar las infraestructuras digitales y la conectividad en todos los Estados miembros; pide a la Comisión que estudie posibles sinergias entre el mantenimiento de las infraestructuras submarinas digitales y energéticas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>85.</NO.P>Hace hincapié en la importancia de mejorar las capacidades de reparación y los mecanismos de respuesta de la Unión y los Estados miembros para gestionar perturbaciones de los cables submarinos, que son esenciales para mantener unas comunicaciones seguras e ininterrumpidas; subraya la importancia de la cooperación internacional a la hora de reparar los cables saboteados y de facilitar las inversiones necesarias, y pide el establecimiento de una flota de reparación de respuesta rápida con sede en la Unión para garantizar una rápida recuperación y continuidad operativa en caso de perturbaciones; pide a la Comisión que lleve a cabo una evaluación de las medidas reglamentarias para garantizar el acceso equitativo y la seguridad, independientemente de que esta infraestructura sea de propiedad privada o pública;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>86.</NO.P>Acoge con satisfacción la adopción del Plan de Acción sobre la seguridad de los cables, que se organizará en torno a cuatro pilares: la prevención, la detección, la respuesta y reparación, y la disuasión; destaca la importancia de que se aplique plenamente y en tiempo oportuno; insta, en el contexto geopolítico actual, a una mayor inversión en tecnologías para reforzar la seguridad y la resiliencia de las infraestructuras submarinas y marinas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>87.</NO.P>Pide a la Comisión que promueva la I+D para permitir innovaciones tecnológicas avanzadas en materia de seguridad de los cables, en particular sistemas de alerta temprana y evaluación de las amenazas basada en la IA;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>88.</NO.P>Insta a la Comisión a que revise los instrumentos disponibles diseñados para aprovechar mejor las inversiones privadas en apoyo de los proyectos de cable de interés europeo; pide a la Comisión que incluya proyectos de cables submarinos en la lista de PIICE; reconoce la necesidad de racionalizar y simplificar el proceso de solicitud y el proceso administrativo de los PIICE;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Ciberseguridad</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>89.</NO.P>Recuerda el trabajo legislativo llevado a cabo durante la anterior legislatura destinado a mejorar significativamente la ciberseguridad en la Unión; acoge con satisfacción, en particular, la adopción del Reglamento de Ciberresiliencia, el Reglamento de Cibersolidaridad y la Directiva SRI 2; destaca la necesidad de que estas medidas se apliquen y hagan cumplir de manera armonizada y en tiempo oportuno;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>90.</NO.P>Pide a la Comisión que presente un informe de evaluación sobre el Reglamento de Ciberseguridad y que proponga un acto legislativo para revisarlo con el fin de reforzar el marco de ciberseguridad de la Unión, prestando especial atención a la interacción entre soberanía y seguridad; pide, asimismo, a la Comisión que mejore la protección de la infraestructura estratégica y crítica y evite las injerencias extranjeras de entidades sujetas a legislación extraterritorial, así como que acelere el proceso de adopción de los esquemas de certificación de la ciberseguridad de la Unión; pide que se refuerce el mandato de la ENISA para coordinar la respuesta a las crisis, supervisar la certificación de la ciberseguridad de las infraestructuras críticas y garantizar la aplicación uniforme de las normas de ciberseguridad en todo el mercado único;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>91.</NO.P>Hace hincapié en la importancia de la próxima Estrategia Europea para la Seguridad Interior de cara a reforzar la ciberseguridad y la protección de las infraestructuras críticas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>92.</NO.P>Observa con preocupación que, según el segundo informe sobre los avances de los Estados miembros en la aplicación del conjunto de instrumentos de la Unión para la ciberseguridad de las redes 5G, catorce Estados miembros aún no han aplicado ninguna restricción a los proveedores de alto riesgo, lo que entraña importantes vulnerabilidades en materia de seguridad; pide la plena aplicación del conjunto de instrumentos de la Unión para la ciberseguridad de las redes 5G con el fin de reducir la dependencia de proveedores de alto riesgo; pide a la Comisión que haga que el conjunto de instrumentos sea vinculante, concretamente en lo que respecta a los proveedores de alto riesgo en infraestructuras críticas;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Simplificación</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>93.</NO.P>Señala que, para lograr una verdadera soberanía tecnológica, la Unión debe disponer de alternativas comerciales viables; insiste en que la Unión debe aplicar urgentemente un programa global de simplificación y reducción de la burocracia a fin de fomentar un entorno favorable a la innovación capaz de apoyar alternativas europeas competitivas a los agentes digitales dominantes a escala mundial; subraya que las cargas administrativas excesivas, la fragmentación de los marcos reglamentarios, un mercado único digital incompleto y la complejidad excesiva de los procedimientos de cumplimiento afectan de manera desproporcionada a las empresas emergentes, a las empresas en expansión y a las pymes europeas, limitando su capacidad para competir a escala mundial; reconoce que, por tanto, la Unión debe dar prioridad a la racionalización de la reglamentación y la profundización del mercado único digital, garantizando que la legislación sea proporcionada, esté impulsada por la innovación y no frene el desarrollo de soluciones tecnológicas europeas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>94.</NO.P>Hace hincapié en la necesidad de que las nuevas propuestas legislativas se ajusten a los principios de mejora de la legislación, garantizando que toda nueva medida en materia de política digital que afecte a la competitividad vaya acompañada de una evaluación de impacto que incluya una evaluación de la competitividad, las pymes y las pequeñas empresas de mediana capitalización que valore si el instrumento legislativo de que se trate es necesario, proporcionado y no crea cargas innecesarias para las empresas, especialmente las pymes, y por tanto sus efectos en la competitividad, las perspectivas de inversión y el bienestar de los consumidores;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>95.</NO.P>Subraya que la simplificación de la legislación de la Unión no debe poner en peligro ninguno de los derechos fundamentales de los ciudadanos y las empresas y por tanto comprometer la certidumbre normativa; cree que no debe proponerse precipitadamente ninguna propuesta de simplificación sin la debida consideración, consulta y evaluación de impacto;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>96.</NO.P>Acoge con satisfacción el compromiso de la Comisión de aplicar plenamente el principio de reducción de la carga para las empresas en la legislación de la Unión; pide, por tanto, a la Comisión que redoble sus esfuerzos tratando de eliminar más costes y cargas administrativas para las empresas en comparación con los beneficios que se derivarían de cualquier nuevo requisito reglamentario introducido a escala de la Unión en el mismo ámbito de actuación, de modo que se eliminen las barreras a la entrada en el mercado para ayudar a las empresas europeas a expandirse y crecer;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>97.</NO.P>Pide a la Comisión que garantice una simplificación, una aplicación y un cumplimiento coherentes de la legislación digital de la Unión a través del paquete digital, racionalizando las definiciones y los procedimientos de información, valorando formas de aliviar las obligaciones de información y reduciendo la brecha entre la industria y la administración;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>98.</NO.P>Cree que apoyar a las empresas y a los innovadores para que permanezcan en Europa fomentando que la Unión se convierta en un entorno empresarial atractivo y ágil es clave para reforzar la soberanía tecnológica; hace hincapié, a este respecto, en que deben evitarse el exceso de regulación y de cargas administrativas y en que las normas de la Unión deben ser claras, coherentes, predecibles, proporcionadas y tecnológicamente neutras, manteniendo así un entorno regulador competitivo a escala mundial; opina que los nuevos métodos de contratación pública y el desarrollo de espacios controlados de pruebas y bancos de pruebas también deben contribuir a un marco favorable a la innovación;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>99.</NO.P>Acoge con satisfacción la propuesta de la Comisión de un 28.º régimen jurídico, reconociendo que un conjunto único y armonizado de normas a escala de la Unión marcará un antes y un después por lo que respecta a la inversión y la innovación en el sector digital; considera que la reducción de la fragmentación normativa en veintisiete regímenes jurídicos nacionales impulsará la inversión privada, reducirá los costes de cumplimiento y acelerará el despliegue de infraestructuras digitales, productos y servicios de próxima generación; anima a la Comisión a que vele por que este marco aborde específicamente los obstáculos reglamentarios en el sector digital, como la concesión de permisos, los incentivos fiscales y los flujos de datos transfronterizos, a fin de crear un verdadero mercado único digital;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>100.</NO.P>Insta a la Comisión a que establezca un punto de contacto a fin de simplificar el proceso de solicitud de acceso del sector privado para los mecanismos de financiación de la Unión, garantizando que las empresas privadas, las pymes y las empresas emergentes puedan participar más fácilmente en los programas de inversión digital;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Energía</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>101.</NO.P>Hace hincapié en que los centros de datos van a ejercer una presión adicional sobre las redes eléctricas, por lo que es imperativo reforzarlas mediante inversiones anticipatorias; subraya que los centros de datos también pueden contribuir a estabilizar la red participando en la flexibilidad de la demanda; pide que se adopten medidas para incentivar dichas contribuciones sobre la base de la aplicación de la revisión de la reforma del mercado europeo de la electricidad;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>102.</NO.P>Pide a la Comisión y a los Estados miembros que propongan y apliquen instrumentos que garanticen una planificación ordenada de la creciente demanda energética de los centros de datos, facilitando su ubicación estratégica cerca de las fuentes de energía disponibles y reduciendo al mínimo así la dependencia de la infraestructura de red más amplia;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>103.</NO.P>Reconoce que la fibra es más eficiente desde el punto de vista energético que las tradicionales redes de cobre; reconoce la importancia de reducir el consumo de energía en la transmisión de datos y de garantizar la estabilidad y la eficiencia a largo plazo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>104.</NO.P>Pide a la Comisión que garantice un suministro de energía limpia y tecnología de cero emisiones netas fiable y suficiente para apoyar las infraestructuras digitales del futuro;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Competencias</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>105.</NO.P>Reconoce la urgente necesidad de profesionales más cualificados en los ámbitos digitales para cumplir los objetivos estratégicos de la Unión; pide a los Estados miembros que desarrollen estrategias e incentivos nacionales para retener el talento europeo y atraer a los mejores profesionales digitales del mundo, reforzando así la capacidad de innovación y el liderazgo tecnológico de la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>106.</NO.P>Subraya la importancia de subsanar la escasez de competencias digitales y CTIM para mejorar la resiliencia tecnológica, la capacidad de innovación y la autonomía estratégica abierta; pide a los Estados miembros que refuercen las inversiones en educación digital, mejora de las capacidades y reciclaje profesional, en particular en ámbitos esenciales para las transiciones ecológica y digital; apoya que se dé prioridad a las inversiones que aborden la escasez de competencias digitales, en particular en los ámbitos de la IA, la ciberseguridad, el análisis de datos y las tecnologías limpias, con el fin de apoyar la innovación y la soberanía tecnológica;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>107.</NO.P>Pide estrategias coordinadas a escala nacional para mejorar el acceso a una educación de alta calidad en CTIM, promover el aprendizaje permanente y atraer talento a las TIC y ámbitos conexos; alienta las asociaciones entre las instituciones públicas, la industria y los proveedores de educación para garantizar la armonización entre los planes de estudios y unas necesidades del mercado en evolución;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>108.</NO.P>Pide que se redoblen los esfuerzos para mejorar la alfabetización y competencias digitales en todos los grupos demográficos, centrándose en la educación temprana en CTIM, la educación y formación profesionales y el aprendizaje permanente en tecnologías digitales; recomienda armonizar las estrategias nacionales de educación y formación con el objetivo de la Década Digital de la Unión de que el 80 % de la población tenga competencias digitales básicas de aquí a 2030, centrándose en políticas inclusivas en cuanto al género para aumentar la participación de las mujeres en los ámbitos de las TIC y las CTIM; pide a las instituciones de la Unión que adopten medidas concretas para cumplir los compromisos a que se refiere la Declaración Europea sobre los Derechos y Principios Digitales para la Década Digital, tanto en el marco de la Unión como en la cooperación de la Unión con terceros países;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>109.</NO.P>Apoya el establecimiento de un marco común de certificación de la Unión para las capacidades digitales y técnicas con el fin de mejorar el reconocimiento y la transferibilidad de las cualificaciones entre los Estados miembros;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>110.</NO.P>Anima al Banco Europeo de Inversiones y a las instituciones nacionales de desarrollo a apoyar la retención del talento digital mediante la coinversión en empresas emergentes de tecnología profunda europeas, garantizando que la innovación financiada por la Unión permanezca en la región y contribuya a la soberanía tecnológica de Europa;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Investigación e innovación</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>111.</NO.P>Reconoce la importancia de colmar la brecha entre la investigación y la comercialización y pide a la Comisión que mejore la valorización de la innovación dentro de la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>112.</NO.P>Opina que la capacidad de Europa para transformar la investigación en soluciones listas para el mercado es fundamental para desarrollar las capacidades necesarias y reducir la dependencia de tecnologías de fuera de la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>113.</NO.P>Hace hincapié en que la financiación debe asignarse estratégicamente para acelerar el desarrollo y la introducción en el mercado de soluciones que refuercen la resiliencia tecnológica de Europa e impulsen la innovación; subraya la importancia de una estructura de financiación más ágil y basada en la excelencia, en particular para mejorar la traducción de la investigación en aplicaciones industriales; pide que se incremente la inversión en I+D para reforzar las capacidades tecnológicas y de conocimiento de Europa, e insiste en que la financiación de la investigación, el desarrollo y la innovación (I+D+i) de la Unión se base en una competencia abierta y en la excelencia;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>114.</NO.P>Subraya la necesidad de políticas que apoyen la innovación industrial, en particular la inversión específica en tecnologías estratégicas clave en las que Europa pueda liderar a escala mundial, como la computación cuántica, con el fin de construir un ecosistema de innovación;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>115.</NO.P>Considera que la inversión privada en I+D+i es de suma importancia y pide a la Unión que cree incentivos que movilicen eficazmente la financiación privada para el desarrollo de tecnologías críticas, también a través de asociaciones público‑privadas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>116.</NO.P>Destaca la urgente necesidad de mayores incentivos para movilizar capital del sector privado para la innovación impulsada por la tecnología; anima a los Estados miembros a que introduzcan incentivos fiscales específicos, una simplificación de la normativa e instrumentos de distribución de riesgos diseñados para atraer capital inversión a los sectores tecnológico y digital; insiste en la necesidad de racionalizar los flujos de capital transfronterizos dentro del mercado único a fin de facilitar el acceso a la financiación a empresas emergentes europeas innovadoras;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Normas</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>117.</NO.P>Cree firmemente que promover la interoperabilidad y las normas de la Unión es fundamental para fomentar la competitividad en el sector tecnológico, ya que garantiza que los productos puedan conectarse y funcionar de manera conjunta, fomentándose así la innovación y la apertura de los mercados; recuerda que tanto la interoperabilidad como las normas tecnológicas comunes allanan el camino para el funcionamiento del mercado único;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>118.</NO.P>Subraya que la Comisión debe aumentar su compromiso con las estructuras de normalización existentes a escala mundial y centrarse en la adopción internacional de las normas europeas a través de un planteamiento ascendente, evitando la centralización;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Asociaciones</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>119.</NO.P>Acoge con satisfacción el compromiso de la Unión de negociar acuerdos globales de comercio digital que faciliten el desarrollo de infraestructuras digitales seguras y competitivas con países socios; anima a la Comisión a que redoble sus esfuerzos a la hora de negociar acuerdos globales de comercio digital con otros países socios;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>120.</NO.P>Pide a la Comisión que acelere la cooperación técnica en foros multilaterales como el G7, la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos y la Organización Mundial del Comercio (OMC), a fin de desarrollar normas mundiales para la gobernanza digital, la regulación de la IA, los flujos transfronterizos de datos y las tecnologías emergentes;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>121.</NO.P>Insta a la Comisión a que haga avanzar las negociaciones sobre una solución permanente a la moratoria de la OMC sobre el comercio electrónico para evitar la introducción de aranceles digitales, garantizando que el comercio digital internacional siga siendo abierto, predecible y propicio a la innovación;</P></ACTION><SEPARATION><P>°</P><P>°	°</P></SEPARATION><ACTION><P><NO.P>122.</NO.P>Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión.</P></ACTION></ACTLST></DISPOSITIF></TEXT></RESOL></TXTLST></SDOCTA>