<?xml version="1.0" encoding="UTF-8" standalone="no"?><SDOCTA xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" STATUS="DEF1" xsi:noNamespaceSchemaLocation="TA.xsd"><IDENT><STRING BOLD="on">P10_TA(2026)0052</STRING></IDENT><TI><STRING BOLD="on">Día Mundial contra el Cáncer</STRING></TI><HIDDEN><STRING HIDDEN="on" ITALIC="on">(B10-0112, 0113, 0142, 0126, 0135 y 0141/2026)</STRING></HIDDEN><TXTLST><RESOL><TI><STRING BOLD="on">Resolución del Parlamento Europeo, de 12 de febrero de 2026, sobre el Día Mundial contra el Cáncer (2026/2586(RSP))</STRING></TI><TEXT><PREAMBLE><PRINIT><STRING ITALIC="on">El Parlamento Europeo,</STRING></PRINIT><GRVISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Día Mundial contra el Cáncer, que se celebra cada año el 4 de febrero,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el artículo 168 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista su Resolución, de 16 de febrero de 2022, titulada «Refuerzo de Europa en la lucha contra el cáncer: hacia una estrategia global y coordinada»<FOOTNOTE><FIELD> DO C 342 de 6.9.2022, p. 109.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Plan Europeo de Lucha contra el Cáncer,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistas las Conclusiones pertinentes del Consejo y las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) sobre la prevención y el control del cáncer,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, y en particular el Objetivo 3, «Salud y bienestar»,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistas las Conclusiones del Consejo, de 10 de junio de 2008, sobre la reducción de la incidencia del cáncer,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, y en particular su artículo 35 sobre la protección de la salud,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Recomendación del Consejo, de 9 de diciembre de 2022, relativa a la mejora de la prevención mediante la detección precoz: un nuevo enfoque de la UE para el cribado del cáncer en sustitución de la Recomendación 2003/878/CE<FOOTNOTE><FIELD> DO C 473 de 13.12.2022, p. 1.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos el artículo 167, apartado 2, y el artículo 136, apartado 4, de su Reglamento interno,</P></VISA></GRVISA><GRCONS><CONS><P><NO.P>A.</NO.P>Considerando que, según el Sistema Europeo de Información del Cáncer, cada año se diagnostica la enfermedad a 2,7 millones de personas en la Unión y que esta mata a otros 1,3 millones de personas;</P></CONS><CONS><P><NO.P>B.</NO.P>Considerando que el gasto sanitario relacionado con el cáncer en la Unión se ha duplicado desde 1995 (de 54 000 000 000 EUR a 120 000 000 000 EUR en 2023) y representaba el 6,9 % del gasto sanitario total en 2023; que, de aquí a 2050, se espera que un crecimiento del número de casos de cáncer, vinculado al envejecimiento de la población, dé lugar a un aumento del 59 % del gasto per cápita en cáncer, en términos reales en la EU-27<FOOTNOTE><FIELD> OCDE y Comisión Europea: «Delivering High Value Cancer Care: European Cancer Inequalities Registry Analytical Report» (Prestación de cuidados oncológicos de alto valor: informe analítico sobre el Registro Europeo de Desigualdades frente al Cáncer), publicaciones de la OCDE, París, 2026, https://doi.org/10.1787/060869fe-en.</FIELD></FOOTNOTE>;</P></CONS><CONS><P><NO.P>C.</NO.P>Considerando que, según el Centro Internacional de Investigaciones sobre el Cáncer (CIIC) de la OMS, al menos el 40 % de todos los casos de cáncer podrían prevenirse con medidas eficaces de prevención primaria; que los principales factores de riesgo de cáncer son el consumo de tabaco, el consumo nocivo de alcohol, una dieta poco saludable, la obesidad, la falta de actividad física, los alteradores endocrinos, la exposición a condiciones medioambientales, incluidas las PFAS, las exposiciones profesionales, las concentraciones de contaminantes atmosféricos, la exposición a la radiación ultravioleta y al radón, y las infecciones (por ejemplo, los virus de la hepatitis B y C y algunos tipos de virus del papiloma humano);</P></CONS><CONS><P><NO.P>D.</NO.P>Considerando que la OMS y el CIIC tratan de concienciar en cuanto al vínculo entre el alcohol y el cáncer;</P></CONS><CONS><P><NO.P>E.</NO.P>Considerando que, a pesar de algunos avances, persisten importantes desigualdades entre los Estados miembros y dentro de ellos en materia de prevención, cribado, diagnóstico precoz, tratamiento, supervivencia y cuidados paliativos;</P></CONS><CONS><P><NO.P>F.</NO.P>Considerando que, según el informe de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos y la Comisión titulado «Delivering High Value Cancer Care» (Prestación de cuidados oncológicos de alto valor), los diagnósticos de cáncer entre los más jóvenes (de 15 a 49 años) han aumentado de forma más amplia entre las mujeres, lo que significa que un número creciente de personas, en particular mujeres más jóvenes, viven con un diagnóstico de cáncer que requiere tratamiento y seguimiento, lo que ejerce una presión sostenida sobre los servicios de asistencia sanitaria y social;</P></CONS><CONS><P><NO.P>G.</NO.P>Considerando que el cáncer es una de las principales causas de muerte prematura entre las mujeres en todo el mundo, con 2,3 millones de mujeres que mueren prematuramente de cáncer cada año; que 1,5 millones de esas muertes podrían prevenirse mediante la prevención primaria o la detección precoz y otras 800 000 muertes podrían evitarse si todas las mujeres tuvieran acceso a una atención del cáncer óptima;</P></CONS><CONS><P><NO.P>H.</NO.P>Considerando que persisten desigualdades de género sistémicas en la atención, la investigación y la elaboración de políticas en relación con el cáncer, lo que influye en las prioridades, la financiación y el enfoque de los estudios, y, de este modo, se perpetúan las brechas de género en los resultados sanitarios;</P></CONS><CONS><P><NO.P>I.</NO.P>Considerando que los cánceres raros representan más de uno de cada cinco diagnósticos de cáncer en la Unión y están asociados a retrasos en la detección, opciones de tratamiento limitadas, escasos conocimientos clínicos y grandes desigualdades transfronterizas; que abordar los cánceres raros requiere una sólida coordinación a escala de la Unión, financiación específica y redes europeas de referencia reforzadas;</P></CONS><CONS><P><NO.P>J.</NO.P>Considerando que el Plan Europeo de Lucha contra el Cáncer proporciona un marco sólido, pero que su aplicación requiere un compromiso político, una financiación y una coordinación renovados;</P></CONS><CONS><P><NO.P>K.</NO.P>Considerando que, el 16 de febrero de 2022, el Parlamento aprobó una Resolución sobre el refuerzo de Europa en la lucha contra el cáncer<FOOTNOTE><FIELD> Resolución del Parlamento Europeo, de 16 de febrero de 2022, sobre el refuerzo de Europa en la lucha contra el cáncer: hacia una estrategia global y coordinada (DO C 342 de 6.9.2022, p. 109).</FIELD></FOOTNOTE>;</P></CONS></GRCONS></PREAMBLE><DISPOSITIF><ACTLST><ACTION><P><NO.P>1.</NO.P>Celebra el Día Mundial contra el Cáncer el 4 de febrero y expresa su solidaridad con todos los pacientes, supervivientes, familias, profesionales sanitarios e investigadores que luchan contra el cáncer en toda Europa;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>2.</NO.P>Pide a la Comisión y a los Estados miembros que renueven su compromiso político con la plena aplicación del Plan Europeo de Lucha contra el Cáncer, a lo largo del período del marco financiero plurianual (MFP) 2028-2034, garantizando la coherencia, una financiación adecuada y acciones nacionales concretas, con un mecanismo de presentación de informes anuales y una mayor transparencia sobre las deficiencias en la aplicación; pide a la Comisión que tenga debidamente en cuenta las mejores prácticas y experiencias de los Estados miembros como parte de sus esfuerzos por alcanzar los objetivos establecidos en el Plan Europeo de Lucha contra el Cáncer;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>3.</NO.P>Lamenta que el MFP 2028-2034 no disponga de financiación específica para la salud; aboga por un programa sanitario específico de la Unión, que disponga de una dotación específica, a fin de proteger la salud pública y apoyar la participación de los pacientes y de la sociedad civil en la elaboración de políticas; hace hincapié en que es necesaria una financiación específica a fin de llevar a cabo iniciativas sanitarias emblemáticas de la Unión que requieren continuidad plurianual y capacidad de ejecución, como el Plan Europeo de Lucha contra el Cáncer, que necesita una inversión previsible para traducir los compromisos en resultados en la práctica;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>4.</NO.P>Pide a la Comisión y al Consejo que reconozcan la atención sanitaria y del cáncer como objetivos de inversión social que es posible alcanzar a través de inversiones en los planes de colaboración nacional y regional, incluido el apoyo a infraestructuras oncológicas a largo plazo, como los programas de vacunación y cribado, el desarrollo de la mano de obra y sistemas sólidos de datos oncológicos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>5.</NO.P>Destaca la importancia de integrar plenamente las diferencias de género en la investigación, la prevención, el cribado, el diagnóstico y el tratamiento del cáncer; anima a desarrollar y aplicar estrategias específicas y basadas en datos contrastados, a fin de garantizar un acceso efectivo y equitativo a la detección precoz, el diagnóstico oportuno y una atención del cáncer de alta calidad;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>6.</NO.P>Destaca que el cáncer pediátrico sigue siendo una enfermedad poco frecuente pero con una carga elevada, con importantes desigualdades en la supervivencia y el acceso a la atención sanitaria en toda Europa; pide a la Comisión y a los Estados miembros que refuercen la cooperación y la financiación a escala de la Unión en materia de investigación oncológica pediátrica, intercambio de datos y ensayos clínicos, que impulsen el desarrollo de medicamentos y el acceso a la innovación para niños y adolescentes con cáncer, que refuercen las redes e infraestructuras dedicadas al cáncer pediátrico y adolescente, y que garanticen una derivación transfronteriza oportuna a centros especializados a través de las redes europeas de referencia, con el fin de garantizar un acceso equitativo a tratamientos y diagnósticos innovadores y adaptados a la edad, y proporcionar una atención integral de seguimiento a largo plazo, que incluya apoyo psicosocial, educativo y social para los niños, los adolescentes y los adultos jóvenes supervivientes y sus familias;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>7.</NO.P>Pide que se promueva la oncología geriátrica como rama que merece una especial consideración y financiación y que necesita reforzarse con investigación científica a fin de determinar los mejores tratamientos y métodos diagnósticos para pacientes mayores;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>8.</NO.P>Subraya que los pacientes siguen enfrentándose a muchas dificultades para acceder a servicios sanitarios públicos y de alta calidad; pide, por tanto, la creación de infraestructuras de alta calidad para la administración de tratamientos, sobre la base de directrices europeas y en consonancia con las pruebas científicas más recientes;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>9.</NO.P>Pide que se refuercen los mecanismos para facilitar el acceso transfronterizo a la atención del cáncer especializada y a los ensayos clínicos, en particular para los cánceres raros y complejos, en plena consonancia con la Directiva sobre asistencia sanitaria transfronteriza<FOOTNOTE><FIELD> Directiva 2011/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2011, relativa a la aplicación de los derechos de los pacientes en la asistencia sanitaria transfronteriza (DO L 88 de 4.4.2011, p. 45, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2011/24/oj).</FIELD></FOOTNOTE>;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>10.</NO.P>Reitera la necesidad de garantizar un acceso justo, oportuno y asequible a los medicamentos contra el cáncer y a terapias innovadoras en toda la Unión; observa con inquietud las disparidades persistentes en el acceso de los pacientes a dichos medicamentos y terapias entre los Estados miembros, a pesar de la autorización de la Unión, y señala que esto afecta especialmente a los mercados más pequeños; pide a la Comisión que, en cooperación con los Estados miembros, facilite la adquisición conjunta voluntaria cuando proceda, promueva la transparencia de los precios en consonancia con las competencias nacionales, apoye una entrada más rápida en el mercado y aborde los retrasos injustificados entre la autorización de la Agencia Europea de Medicamentos y el acceso de los pacientes, en particular en el caso de los tratamientos contra el cáncer que salvan vidas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>11.</NO.P>Pide a la Comisión que apoye a los Estados miembros en la aplicación de la Recomendación del Consejo sobre el cribado del cáncer y la Recomendación del Consejo sobre cánceres evitables por vacunación<FOOTNOTE><FIELD> Recomendación del Consejo, de 21 de junio de 2024, sobre los cánceres evitables por vacunación (DO C, C/2024/4259, 28.6.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/4259/oj).</FIELD></FOOTNOTE>, con vistas a apoyar a los países en el refuerzo de las acciones de prevención y detección precoz del cáncer;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>12.</NO.P>Pide a la Comisión que garantice una armonización y complementariedad sólidas entre el Plan Europeo de Lucha contra el Cáncer y toda acción europea futura en los ámbitos de las enfermedades, incluidas las cardiovasculares, por ejemplo mediante el Plan de la UE para la Salud Cardiovascular, y las enfermedades raras;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>13.</NO.P>Destaca que alcanzar los objetivos en materia de prevención del cáncer, lo que incluye medidas para reducir la exposición a factores de riesgo como los productos del tabaco, el consumo nocivo de alcohol, la contaminación ambiental, la contaminación atmosférica y la exposición a materiales y sustancias nocivos, como las sustancias carcinógenas, mutágenas y tóxicas para la reproducción, incluidos las PFAS y los alteradores endocrinos, así como el fomento del enfoque «Una sola salud» y un programa en materia de exposomas, son complementarios con los esfuerzos de prevención de otras enfermedades no transmisibles;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>14.</NO.P>Destaca la importancia de luchar contra la desinformación y la información errónea relacionadas con la salud, en particular en lo que respecta a la prevención, el cribado, la vacunación y el tratamiento del cáncer; pide a la Comisión y a los Estados miembros que refuercen la comunicación pública basada en datos contrastados, apoyen la alfabetización sanitaria y fomenten la cooperación con los profesionales sanitarios, los investigadores, las organizaciones de pacientes y las plataformas digitales a fin de garantizar que los ciudadanos tengan acceso a información fiable y científicamente sólida, respetando plenamente la libertad de expresión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>15.</NO.P>Pide a la Comisión que redoble sus esfuerzos para proteger a los supervivientes de cáncer en toda la Unión frente a la discriminación financiera, también mediante la promoción efectiva del derecho al olvido, e insta a los Estados miembros a que adopten legislación vinculante para consagrar este derecho a escala nacional; insiste en que la Comisión se base en la Directiva relativa a los créditos al consumo<FOOTNOTE><FIELD> Directiva (UE) 2023/2225 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de octubre de 2023, relativa a los contratos de crédito al consumo y por la que se deroga la Directiva 2008/48/CE (DO L, 2023/2225, 30.10.2023, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2023/2225/oj).</FIELD></FOOTNOTE> de 2023 para seguir reforzando el derecho al olvido para los supervivientes de cáncer; aboga por un marco armonizado que garantice el acceso de los supervivientes de cáncer a los servicios financieros, incluidas las hipotecas, los préstamos y los seguros; insiste en que las próximas orientaciones de 2026 para las entidades financieras vayan seguidas rápidamente de medidas legislativas que busquen colmar las lagunas pendientes, garantizando que ningún superviviente de cáncer se enfrente a discriminación debido a su historial médico;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>16.</NO.P>Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros, a las organizaciones internacionales competentes y a las partes interesadas pertinentes.</P></ACTION></ACTLST></DISPOSITIF></TEXT></RESOL></TXTLST></SDOCTA>