<?xml version="1.0" encoding="UTF-8" standalone="no"?><SDOCTA xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" STATUS="DEF1" xsi:noNamespaceSchemaLocation="TA.xsd"><IDENT><STRING BOLD="on">P10_TA(2026)0075</STRING></IDENT><TI><STRING BOLD="on">Semestre Europeo para la coordinación de las políticas económicas 2026</STRING></TI><HIDDEN><STRING HIDDEN="on" ITALIC="on">(A10-0036/2026 - Ponente: Kira Marie Peter-Hansen)</STRING></HIDDEN><TXTLST><RESOL><TI><STRING BOLD="on">Resolución del Parlamento Europeo, de 11 de marzo de 2026, sobre el Semestre Europeo para la coordinación de las políticas económicas 2026 (2025/2214(INI))</STRING></TI><TEXT><PREAMBLE><PRINIT><STRING ITALIC="on">El Parlamento Europeo,</STRING></PRINIT><GRVISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), y en particular sus artículos 121, 126, y 136,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Protocolo n.º 1 anejo al Tratado de la Unión Europea (TUE) y el TFUE sobre el cometido de los Parlamentos nacionales en la Unión Europea,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Protocolo n.º 2 anejo al TUE y el TFUE sobre la aplicación de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Acuerdo de París de la Conferencia de las Partes en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, de 12 de diciembre de 2015, y los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) 2021/1119 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de junio de 2021, por el que se establece el marco para lograr la neutralidad climática y se modifican los Reglamentos (CE) n.º 401/2009 y (UE) 2018/1999 («Legislación europea sobre el clima»)<FOOTNOTE><FIELD><STRING SUPERSCRIPT="on">1 </STRING>DO L 243 de 9.7.2021, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2021/1119/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Protocolo n.º 12 anejo al TUE y el TFUE sobre el procedimiento aplicable en caso de déficit excesivo,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Tratado de Estabilidad, Coordinación y Gobernanza en la Unión Económica y Monetaria,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) 2024/1263 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2024, relativo a la coordinación eficaz de las políticas económicas y a la supervisión presupuestaria multilateral y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1466/97 del Consejo<FOOTNOTE><FIELD><STRING SUPERSCRIPT="on">2 </STRING>DO L, 2024/1263, 30.4.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/1263/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) 2024/1264 del Consejo, de 29 de abril de 2024, por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 1467/97, relativo a la aceleración y clarificación de la ejecución del procedimiento de déficit excesivo<FOOTNOTE><FIELD><STRING SUPERSCRIPT="on">3 </STRING>DO L, 2024/1264, 30.4.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/1264/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Directiva (UE) 2024/1265 del Consejo, de 29 de abril de 2024, por la que se modifica la Directiva 2011/85/UE sobre los requisitos aplicables a los marcos presupuestarios de los Estados miembros<FOOTNOTE><FIELD><STRING SUPERSCRIPT="on">4 </STRING>DO L, 2024/1265, 30.4.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2024/1265/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) n.º 1173/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, sobre la ejecución efectiva de la supervisión presupuestaria en la zona del euro<FOOTNOTE><FIELD><STRING SUPERSCRIPT="on">5 </STRING>DO L 306 de 23.11.2011, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2011/1173/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) n.º 1174/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a las medidas de ejecución destinadas a corregir los desequilibrios macroeconómicos excesivos en la zona del euro<FOOTNOTE><FIELD><STRING SUPERSCRIPT="on">6 </STRING>DO L 306 de 23.11.2011, p. 8, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2011/1174/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) n.º 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos<FOOTNOTE><FIELD><STRING SUPERSCRIPT="on">7 </STRING>DO L 306 de 23.11.2011, p. 25, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2011/1176/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) n.º 472/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, sobre el reforzamiento de la supervisión económica y presupuestaria de los Estados miembros de la zona del euro cuya estabilidad financiera experimenta o corre el riesgo de experimentar graves dificultades<FOOTNOTE><FIELD><STRING SUPERSCRIPT="on">8 </STRING>DO L 140 de 27.5.2013, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2013/472/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) n.º 473/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, sobre disposiciones comunes para el seguimiento y la evaluación de los proyectos de planes presupuestarios y para la corrección del déficit excesivo de los Estados miembros de la zona del euro<FOOTNOTE><FIELD><STRING SUPERSCRIPT="on">9 </STRING>DO L 140 de 27.5.2013, p. 11, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2013/473/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistas las previsiones económicas de primavera de 2025 de la Comisión, de 19 de mayo de 2025,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistas las previsiones económicas de otoño de 2025 de la Comisión, de 17 de noviembre de 2025,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el paquete de otoño del Semestre Europeo de 2026 de la Comisión, de 25 de noviembre de 2025,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el documento de la Comisión titulado «Debt Sustainability Monitor 2024» (Supervisión de la sostenibilidad de la deuda 2024), de 17 de marzo de 2025,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Comunicación de la Comisión, de 19 de marzo de 2025, titulada «Dar cabida al aumento del gasto en defensa en el Pacto de Estabilidad y Crecimiento» (C(2025)2000),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe anual de 2025 del Consejo Fiscal Europeo, publicado el 22 de octubre de 2025,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de Mario Draghi, de 9 de septiembre de 2024, titulado «The future of European competitiveness» (El futuro de la competitividad europea) (en lo sucesivo, «Informe Draghi»),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Comunicación conjunta de la Comisión y de la alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, de 19 de marzo de 2025, titulada «Libro Blanco Conjunto – Preparación en materia de defensa europea 2030» (JOIN(2025)0120),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe del Centro Común de Investigación titulado «Measuring sustainable and inclusive well-being: a multidimensional dashboard approach» (Medir el bienestar sostenible e inclusivo: un enfoque mediante un cuadro de indicadores multidimensional), publicado el 28 de enero de 2025,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la proclamación interinstitucional sobre el pilar europeo de derechos sociales, de 13 de diciembre de 2017,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Declaración de La Hulpe sobre el futuro del pilar europeo de derechos sociales, de 16 de abril de 2024,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Compromiso Social de Oporto, de 7 de mayo de 2021, del Consejo, la Comisión, el Parlamento y los interlocutores sociales,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el artículo 55 de su Reglamento interno,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la opinión de la Comisión de Presupuestos,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios (A10‑0036/2026),</P></VISA></GRVISA><GRCONS><CONS><P><NO.P>A.</NO.P>Considerando que el Semestre Europeo desempeña un papel clave en la coordinación y armonización de las políticas económicas y presupuestarias en los Estados miembros, con vistas a salvaguardar la estabilidad macroeconómica de la unión económica y monetaria y lograr una transición socialmente justa hacia una economía sostenible;</P></CONS><CONS><P><NO.P>B.</NO.P>Considerando que las recomendaciones del Semestre Europeo de 2026 desempeñarán un papel esencial en el diseño de los planes de colaboración nacional y regional que elaborarán los Estados miembros;</P></CONS><CONS><P><NO.P>C.</NO.P>Considerando que las recomendaciones específicas por país (REP) en el marco del Semestre Europeo incluyen periódicamente recortes en el gasto social, al tiempo que apenas abordan el aumento de los ingresos;</P></CONS><CONS><P><NO.P>D.</NO.P>Considerando que las perspectivas económicas siguen siendo inciertas, en particular por la invasión rusa de Ucrania y la incertidumbre generada por las políticas proteccionistas, los aranceles y las tensiones comerciales, todo lo cual tiene un efecto negativo en la economía;</P></CONS><CONS><P><NO.P>E.</NO.P>Considerando que, según las previsiones económicas de otoño de 2025 de la Comisión, se espera que el crecimiento del PIB en la Unión se acerque al crecimiento potencial, con pleno empleo y una inflación próxima al nivel objetivo, a pesar de que la inflación sigue siendo elevada en algunos Estados miembros;</P></CONS><CONS><P><NO.P>F.</NO.P>Considerando que, para el conjunto de la Unión, la Comisión prevé un crecimiento de entre el 1,4 y el 1,5 % para el período 2025-2027, mientras que en la zona del euro se espera que los porcentajes sean inferiores (entre el 1,2 y el 1,4 %); que se prevé que el crecimiento potencial en la Unión disminuya y pase de aproximadamente el 1,5 % en 2024 al 1,3 % en 2027 (del 1,4 al 1,2 % en la zona del euro), debido principalmente a unas tendencias demográficas desfavorables;</P></CONS><CONS><P><NO.P>G.</NO.P>Considerando que la Unión tiene enormes necesidades de inversión, incluidas las inversiones anuales adicionales de 800 000 millones EUR que el Informe Draghi considera necesarias para impulsar la competitividad de Europa, en particular 450 000 millones EUR solo para la transición energética, de los cuales 260 000 millones EUR deben proceder del sector público, según el Institut Rousseau; que se prevén otros 800 000 millones EUR de inversión adicional para el gasto en defensa en el marco del Plan ReArmar Europa / Preparación 2030; que estos objetivos de inversión carecen de los nuevos recursos propios correspondientes, lo que deja a la Unión sin la capacidad presupuestaria necesaria para cumplir sus objetivos declarados; que estas necesidades no pueden satisfacerse únicamente con financiación pública;</P></CONS><CONS><P><NO.P>H.</NO.P>Considerando que la Unión se enfrenta a importantes retos, que van desde las amenazas persistentes en sus fronteras orientales vinculadas a la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania hasta la inestabilidad geopolítica y la incertidumbre comercial, mientras persisten retos de larga data como las transiciones ecológica y digital;</P></CONS><CONS><P><NO.P>I.</NO.P>Considerando que el TFUE establece valores de referencia de hasta el 3 % para el déficit público y del 60 % para la ratio de deuda pública sobre PIB; que el déficit global de la Unión y la ratio de deuda pública sobre PIB se mantienen por encima de los valores de referencia; que tanto el déficit global como la ratio de deuda pública sobre PIB varían dentro de la Unión, con situaciones notablemente divergentes entre los Estados miembros;</P></CONS><CONS><P><NO.P>J.</NO.P>Considerando que el Consejo no ha iniciado ningún procedimiento de desequilibrio macroeconómico excesivo desde el establecimiento de este procedimiento en 2011;</P></CONS><CONS><P><NO.P>K.</NO.P>Considerando que la Comisión actual se ha comprometido a ser una «Comisión de inversiones» y depende del apoyo del Parlamento, como colegislador, para adoptar medidas significativas que impulsen la inversión de la Unión a un nivel proporcional a las necesidades de las transiciones ecológica y digital; que la Comisión todavía debe presentar una respuesta adecuada a los enormes requisitos de inversión de la Unión, en particular teniendo en cuenta que el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) concluirá a finales de 2026;</P></CONS><CONS><P><NO.P>L.</NO.P>Considerando que crisis previas, incluida la pandemia de COVID-19, han demostrado que una respuesta europea común y coordinada refuerza a la Unión; que, en un entorno geoeconómico competitivo, Europa solo puede salvaguardar sus intereses y valores a través de la unidad, lo que pone de relieve la necesidad de contar con un marco político macroeconómico sólido y una coordinación aún más estrecha de las políticas económicas y sociales a través del Semestre Europeo;</P></CONS></GRCONS></PREAMBLE><DISPOSITIF><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Perspectivas económicas de la Unión</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>1.</NO.P>Observa que, en los últimos cinco años, la Unión se ha enfrentado a importantes retos, como el brote de la pandemia de COVID-19 y la guerra ilegal e injustificada de Rusia en Ucrania, que han tenido importantes repercusiones económicas; toma nota de la celeridad y el impacto de las iniciativas e instrumentos a escala de la Unión a la hora de abordar las consecuencias económicas y sociales de las perturbaciones externas, en particular el MRR y el instrumento europeo de apoyo temporal para atenuar los riesgos de desempleo en una emergencia (SURE);</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>2.</NO.P>Señala que, según las previsiones económicas de otoño de 2025 de la Comisión, publicadas el 17 de noviembre de 2025, se espera que el PIB de la Unión aumente un 1,4 % en 2025 respecto a 2024, y en torno a un 1,4 % en 2026; observa que, sobre la base de estas previsiones, la Unión sigue quedándose atrás respecto de los Estados Unidos y China en términos de expectativas de crecimiento; destaca que, a pesar de los importantes retos, la zona del euro y la Unión han demostrado su resiliencia;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>3.</NO.P>Observa que está previsto que el crecimiento potencial, que marca el ritmo de crecimiento que una economía puede mantener sin una inflación excesiva, disminuya del 1,5 % en 2024 al 1,3 % en 2027 en la Unión, y del 1,4 % al 1,2 % en la zona del euro, a medida que se ralentiza el crecimiento de la población en edad laboral; considera que estos niveles de crecimiento potencial son demasiado bajos para superar los retos a los que se enfrentará la economía europea en los próximos años;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>4.</NO.P>Observa que, según las previsiones económicas de otoño de 2025 de la Comisión, se prevé que el déficit agregado de la zona del euro aumente del 3,1 % del PIB en 2024 al 3,2 % del PIB en 2025; señala que, sobre la base de las políticas actuales, se espera que el déficit aumente hasta el 3,3 % del PIB en 2026;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>5.</NO.P>Toma nota de que se prevé que doce Estados miembros registren déficits superiores al 3 % del PIB en 2027 y que diez Estados miembros están sometidos a procedimientos de déficit excesivo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>6.</NO.P>Observa que se espera que la ratio de deuda bruta de las administraciones públicas sobre PIB alcance el 82,8 % en 2025, y que se estima que se elevará al 83,8 % en 2026 y al 84,5 % en 2027, por encima del valor de referencia del 60 % consagrado en los Tratados para cada uno de los Estados miembros; señala que se espera que la deuda pública en la zona del euro se incremente hasta el 89,8 % en 2026 y el 90,4 % en 2027; observa que los niveles de deuda varían significativamente entre los Estados miembros;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>7.</NO.P>Pide a los Estados miembros que apliquen políticas fiscales prudentes con vistas a salvaguardar la sostenibilidad de la deuda pública;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>8.</NO.P>Recuerda que los fenómenos meteorológicos extremos tienen una incidencia significativa en las finanzas públicas; es consciente de que el impacto y la frecuencia de los fenómenos meteorológicos extremos no harán sino aumentar en los próximos años;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>9.</NO.P>Acoge con agrado que la inflación en la zona del euro se haya reducido hasta el nivel objetivo del Banco Central Europeo, tras alcanzar su nivel máximo del 10,6 % en octubre de 2022; observa, no obstante, que la inflación se mantiene en niveles diferentes en los Estados miembros, más elevados en algunos de ellos, incluidos aquellos con industrias de gran consumo de energía; señala que la inflación subyacente y la inflación esperada siguen estando por encima del nivel objetivo; pone de relieve el impacto continuado de la inflación de los alimentos y la energía en los hogares europeos; observa que la inflación afecta de manera desigual a los grupos de renta, siendo los hogares con bajos ingresos los más afectados;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>10.</NO.P>Expresa su preocupación por el hecho de que una inversión pública y privada insuficiente pueda obstaculizar el crecimiento sostenible y la competitividad en Europa e impedir que la Unión satisfaga las prioridades comunes establecidas en la Agenda Estratégica 2024-2029 de la Unión; subraya que los Estados miembros deben redoblar sus esfuerzos destinados a eliminar barreras y a movilizar una mayor inversión privada en consonancia con la Estrategia de la Unión de Ahorros e Inversiones de la Comisión; reconoce el objetivo político de la Comisión de simplificar el marco regulador y reducir significativamente las cargas administrativas con miras a fomentar la inversión privada; destaca que se necesitan con urgencia inversiones en ámbitos como la investigación y desarrollo, las infraestructuras y la innovación a fin de aumentar el crecimiento potencial de la Unión; insiste en el papel crucial del próximo marco financiero plurianual no solo para proporcionar inversión pública, sino también para ayudar a movilizar la inversión privada, y subraya, en este contexto, que los instrumentos financieros y las garantías presupuestarias son herramientas poderosas y eficaces de cara a alcanzar los objetivos estratégicos esenciales de la Unión, al igual que los instrumentos financieros listos para su uso a escala de la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>11.</NO.P>Observa que el informe macroeconómico europeo de la Comisión reconoce que la asequibilidad de la vivienda es una cuestión macroeconómica y social, en particular al imponer restricciones potenciales a la movilidad laboral y debilitar el crecimiento de la productividad a largo plazo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>12.</NO.P>Pone de relieve que una política industrial coherente y específica es vital para apoyar la transformación tecnológica de la Unión y unas cadenas de suministro seguras y resilientes, preservando al mismo tiempo unos mercados competitivos y no distorsionados;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>13.</NO.P>Observa que, por término medio, la tasa de empleo en la Unión ha alcanzado un nivel récord, que refleja un mercado laboral dinámico en la mayoría de los Estados miembros; destaca la integración del marco de convergencia social en el Semestre Europeo; destaca que el modelo de educación y formación profesionales ha demostrado su éxito en los Estados miembros que han optado por él; lamenta que existan grandes diferencias entre los Estados miembros en cuanto a las tasas de desempleo, en particular por lo que respecta a los jóvenes;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>14.</NO.P>Reitera la importancia de salvaguardar unas condiciones de competencia equitativas en el mercado único y pide a los Estados miembros que adopten medidas para profundizar el mercado único eliminando las barreras internas;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Aplicación del marco de gobernanza económica de la Unión revisado</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>15.</NO.P>Recuerda que el objetivo de la reforma del marco de gobernanza económica es hacerlo más sencillo, más transparente y más eficaz, con mayor implicación nacional y mejor ejecución, incrementar su capacidad para adaptarse a la heterogeneidad de las situaciones presupuestarias, la deuda pública y los retos económicos, y ayudar a abordar los retos a medio y largo plazo a los que se enfrentan la Unión y sus Estados miembros, en particular mediante la promoción de políticas presupuestarias anticíclicas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>16.</NO.P>Pone de relieve que, en el marco de gobernanza económica reformado, el crecimiento del gasto neto es el indicador operativo único que sirve para supervisar el cumplimiento por parte de los Estados miembros de las respectivas recomendaciones del Consejo; destaca que muchos Estados miembros seguirán enfrentándose a una capacidad presupuestaria insuficiente para satisfacer importantes necesidades de inversión; observa que la cláusula de salvaguardia nacional ya se ha activado para el gasto en defensa solo un año después de la entrada en vigor de las normas revisadas como respuesta a corto plazo a acontecimientos extraordinarios que escapan al control de un país; subraya que dicha cláusula está destinada a emergencias temporales específicas de un determinado país y no resulta adecuada para abordar necesidades estructurales a largo plazo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>17.</NO.P>Destaca que la Comisión ha ampliado sus facultades discrecionales en el marco reformado de gobernanza económica, en particular a través del proceso bilateral en el que se basan los planes fiscales-estructurales a medio plazo; observa la conclusión del Consejo Fiscal Europeo de que la Comisión aplicó un cierto margen de discrecionalidad a la hora de retrasar procedimientos de déficit excesivo o decidir no iniciarlos; subraya que una aplicación uniforme de las reglas fiscales de la Unión es fundamental para mantener la credibilidad del marco de gobernanza económica, garantizar la igualdad de trato de los Estados miembros y defender un enfoque coherente y verdaderamente europeo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>18.</NO.P>Toma nota de las modificaciones específicas del marco de gobernanza económica de la Unión publicadas por la Comisión el 2 de octubre de 2025, destinadas a garantizar la coherencia tras la actualización más reciente de dicho marco;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>19.</NO.P>Observa con preocupación las conclusiones del Consejo Fiscal Europeo de que aproximadamente la mitad de las instituciones fiscales independientes no participaron formalmente en la elaboración de los planes fiscales-estructurales a medio plazo; sostiene que una mayor participación de las instituciones presupuestarias independientes aumentaría la transparencia y la supervisión externa en un momento clave de transición;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Orientación fiscal</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>20.</NO.P>Destaca que la inversión pública se ha incrementado notablemente en los últimos años y que alrededor de la mitad de su aumento entre 2019 y 2025 fue financiado por la Unión, principalmente a través del MRR; observa que se prevé que estos beneficios continúen después de 2026, con importantes efectos indirectos en todos los Estados miembros, y que el impacto a largo plazo de las reformas estructurales podría aumentar la producción potencial de la zona del euro en hasta un 1,3 % del PIB durante el período 2020-2033 en comparación con un escenario sin MRR; expresa su preocupación por el hecho de que el MRR vaya a llegar a su fin en 2026 y por las repercusiones que esto podría tener en la orientación fiscal general de la Unión; insta a los Estados miembros a que completen la ejecución de sus planes de recuperación y resiliencia a más tardar en agosto de 2026; recuerda que la deuda emitida para financiar el MRR debe devolverse de aquí a 2058 de una manera que garantice la reducción constante y previsible de las obligaciones;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>21.</NO.P>Observa la recomendación de la Comisión de que la orientación fiscal general de los Estados miembros siga siendo globalmente neutra en 2026, a pesar de las importantes disparidades entre los Estados miembros;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>22.</NO.P>Destaca que los ingresos públicos y el gasto público son esenciales para garantizar la sostenibilidad de los presupuestos estatales; recuerda la Recomendación del Consejo, de 17 de febrero de 2026, sobre la política económica de la zona del euro, en la que se pide reducir las brechas fiscales mediante la mejora del cumplimiento de las obligaciones tributarias, en particular a través de la prevención de la elusión y la evasión fiscales y la lucha contra la planificación fiscal abusiva; destaca que una ejecución laxa en la administración tributaria y en la lucha contra la evasión y la elusión fiscales socava la sostenibilidad presupuestaria y contribuye a los desequilibrios macroeconómicos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>23.</NO.P>Toma nota del cambio programático de la política de la Comisión en el actual ciclo del Semestre Europeo, por el que el paquete del Semestre Europeo pasa a guiarse por la Brújula para la Competitividad en lugar de por el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento Sostenible; destaca que este cambio hace que el marco del Semestre Europeo se centre más en las prioridades; destaca la importancia de la continuidad en cuanto a las recomendaciones específicas por país diseñadas como compromisos de reforma plurianuales y a largo plazo, así como a los esfuerzos de los Estados miembros por cumplir los objetivos a largo plazo; pide a la Comisión que vele por una visión integral de la competitividad europea y por que las prioridades de transición a largo plazo sigan reflejándose de manera sistemática y coherente en las recomendaciones específicas por país a lo largo de los sucesivos ciclos del Semestre Europeo;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Recomendaciones específicas por país</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>24.</NO.P>Observa que las recomendaciones específicas por país para cada Estado miembro contienen una recomendación sobre política presupuestaria, y en particular sobre reformas fiscales-estructurales si procede; toma nota del compromiso de la Comisión de utilizar el Semestre Europeo para promover la competitividad, la estabilidad, el crecimiento económico, la sostenibilidad y la equidad social, así como para integrar los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas y el pilar europeo de derechos sociales en el Semestre Europeo; pone de relieve que el Semestre Europeo es un instrumento fundamental para coordinar unas políticas macroeconómicas y presupuestarias sólidas en los Estados miembros y proteger así la estabilidad macroeconómica de la unión económica y monetaria; destaca la importancia de las recomendaciones específicas por país como piedra angular de la coordinación de la política económica europea; recuerda que las recomendaciones específicas por país son acciones políticas que también forman parte integrante de los planes presupuestarios estructurales a medio plazo, los planes nacionales de recuperación y resiliencia y la propuesta anunciada sobre los planes de colaboración nacional y regional;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>25.</NO.P>Recuerda el papel de las recomendaciones específicas por país en la coordinación de las prioridades de la Unión; toma nota de la falta de avances en lo que respecta a la aplicación efectiva de las recomendaciones específicas por país; observa que, entre 2019 y 2023, en el 25,1 % de las recomendaciones específicas por país no se registraron avances o estos fueron limitados; pide a la Comisión que reconsidere la manera en que se elaboran las recomendaciones específicas por país y se les da seguimiento, en particular en lo que se refiere al futuro papel de estas en el acceso a los fondos de la Unión; recuerda su petición de que las recomendaciones específicas por país sean menos numerosas y más concretas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>26.</NO.P>Toma nota de la voluntad de la Comisión de seguir reflejando en las recomendaciones específicas por país las acciones que son fundamentales para la Unión de Ahorros e Inversiones, tal como anunció en su Comunicación de 19 de marzo de 2025<FOOTNOTE><FIELD><STRING SUPERSCRIPT="on">10 </STRING>Comunicación de la Comisión, de 19 de marzo de 2025, titulada «Unión de Ahorros e Inversiones: Una estrategia para fomentar la riqueza de los ciudadanos y la competitividad económica en la UE» (COM(2025)0124).</FIELD></FOOTNOTE>;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>27.</NO.P>Observa que las recomendaciones específicas por país deben desempeñar un papel más importante en el próximo marco financiero plurianual a la hora de orientar las inversiones y las reformas a escala nacional y regional; sostiene que la selección de reformas e inversiones debe guiarse por la eficacia con que estas permitan abordar las correspondientes recomendaciones específicas por país para lograr una transición justa hacia una economía europea ecológica y competitiva; subraya que este proceso debe ir acompañado de un mayor control democrático y una mayor implicación de los Estados miembros;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>28.</NO.P>Destaca la creciente importancia de las recomendaciones específicas por país vinculadas a los planes de colaboración nacional y regional; llama la atención sobre el hecho de que actualmente no existe una metodología transparente o rastreable para elaborar y seleccionar las recomendaciones específicas por país, ni queda claro por qué se proponen algunas y no otras, lo que suscita preocupación en relación con la rendición de cuentas y la igualdad de trato de los Estados miembros; pide a la Comisión que aclare los procedimientos y criterios de selección subyacentes; subraya que cualquier aumento global de las facultades discrecionales de la Comisión debe ir acompañado de los correspondientes mecanismos de rendición de cuentas <STRING ITALIC="on">ex post</STRING> y de una mejora sustancial del flujo de información al Parlamento;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>29.</NO.P>Observa que las recomendaciones específicas por país de 2025 se centraron más en la competitividad y la simplificación, en consonancia con las prioridades señaladas en la Brújula para la Competitividad, y también destacaron la necesidad de impulsar la excelencia científica, la investigación y la innovación, así como el desarrollo tecnológico, como motores clave de la productividad y la resiliencia a largo plazo; subraya que se dedican menos recomendaciones específicas por país a las políticas sociales y climáticas; observa que, en el caso de algunos Estados miembros, las recomendaciones específicas por país incluyen una recomendación para eliminar gradualmente las subvenciones a los combustibles fósiles;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>30.</NO.P>Observa que la Comisión considera que la recomendación para la zona del euro es, ante todo, una herramienta de orientación para los debates del Eurogrupo; pide, no obstante, a la Comisión que haga un seguimiento de las recomendaciones para la zona del euro, en particular teniéndolas en cuenta a la hora de elaborar las recomendaciones específicas por país; lamenta que la Comisión no publicase en 2025 una visión general de la aplicación de las recomendaciones para la zona del euro, como solía hacer como parte del informe sobre la zona del euro; observa que las recomendaciones de 2025 no incluían de forma directa ninguna recomendación relacionada con el cambio climático;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Subsanación del déficit de inversión</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>31.</NO.P>Recuerda que el Informe Draghi demostró con contundencia la necesidad de aumentar la inversión pública y privada y promover reformas ambiciosas para impulsar la competitividad de la Unión; pide a la Comisión y a los Estados miembros que presenten una estrategia para satisfacer las necesidades de inversión después de 2026;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>32.</NO.P>Sostiene que el marco de gobernanza económica de la Unión debe complementarse con instrumentos y herramientas a escala de la Unión, cuando proceda, con el fin de minimizar los costes para los contribuyentes de la Unión y maximizar la eficiencia en el suministro de bienes públicos europeos y de responder a crisis a escala de la Unión, como la que existe actualmente en el ámbito de la seguridad y la defensa; señala que los títulos de deuda de la UE podrían servir de referencia y reforzar así la integración de los mercados financieros de la Unión; pide la introducción de nuevos recursos propios para financiar las políticas de la Unión; apoya la creación del Fondo Europeo de Competitividad y del Fondo para Empresas en Expansión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>33.</NO.P>Destaca que el Consejo Europeo acordó conceder un préstamo de 90 000 millones EUR a Ucrania para 2026 y 2027, basado en préstamos de la UE contraídos en los mercados de capitales con el respaldo del margen de maniobra presupuestario de la UE;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>34.</NO.P>Observa que la evolución del entorno geopolítico requiere aún más unidad y solidaridad entre los Estados miembros, especialmente habida cuenta de las preocupaciones en materia de seguridad de la Unión y sus Estados miembros; considera que reforzar la seguridad de Europa mediante la reducción de las dependencias estratégicas sigue siendo esencial para salvaguardar la resiliencia a largo plazo de la Unión; apoya los esfuerzos de la Comisión por avanzar hacia un enfoque más coordinado de la defensa; observa que el instrumento «Acción por la Seguridad de Europa» (SAFE) establece un mecanismo de préstamo de 150 000 millones EUR para apoyar las inversiones de los Estados miembros en defensa; lamenta, no obstante, que el instrumento SAFE se basara en el artículo 122 del TFUE, lo que limita el control parlamentario; celebra que el indicador de gasto neto excluya toda la cofinanciación nacional de programas financiados por la Unión, lo que proporciona un mayor margen presupuestario para que los Estados miembros inviertan en las prioridades comunes de la Unión según lo establecido en el Reglamento (UE) 2024/1263<FOOTNOTE><FIELD><STRING SUPERSCRIPT="on">11 </STRING>Reglamento (UE) 2024/1263 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2024, relativo a la coordinación eficaz de las políticas económicas y a la supervisión presupuestaria multilateral y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1466/97 del Consejo (DO L, 2024/1263, 30.4.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/1263/oj).</FIELD></FOOTNOTE> y contribuye así a reforzar las sinergias entre el presupuesto de la Unión y los presupuestos nacionales, con lo que se reduce la fragmentación y se aumenta la eficiencia global del gasto público en determinados ámbitos, como el de la defensa; destaca que el compromiso de los Estados miembros de aumentar el gasto en defensa no debe ir en detrimento de las demás prioridades comunes de la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>35.</NO.P>Observa que dieciséis Estados miembros han activado la cláusula de salvaguardia nacional para el gasto en defensa; subraya que dicha cláusula ofrece a los Estados miembros flexibilidad para aumentar el gasto en defensa sin necesidad inmediata de financiar este aumento mediante recortes en el gasto o medidas destinadas a la generación de ingresos; señala que esta flexibilidad da a los Estados miembros el tiempo necesario para prever un mayor gasto en defensa en sus presupuestos nacionales; destaca que la participación parcial reduce significativamente el gasto adicional previsto en materia de defensa de 650 000 millones EUR a entre 297 000 y 337 000 millones EUR aproximadamente;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>36.</NO.P>Advierte de que el gasto en defensa es una inversión consuntiva por naturaleza y no aumenta <STRING ITALIC="on">per se</STRING> la producción potencial de una economía; sostiene, por tanto, que el gasto en defensa no debe financiarse mediante un aumento de la emisión de deuda a largo plazo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>37.</NO.P>Destaca la importancia de aumentar la coherencia y la cooperación en la inversión en defensa entre los Estados miembros, en particular en lo que se refiere a elementos de apoyo estratégicos o sistemas de armas estratégicos que resulten demasiado caros para los Estados miembros por sí solos, a la luz de la acuciante necesidad de ampliar el sector europeo de la defensa y garantizar la seguridad y la autonomía estratégica a largo plazo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>38.</NO.P>Recuerda que la Comisión nunca ha puesto en marcha un procedimiento de desequilibrio excesivo a pesar de que algunos Estados miembros presentan desequilibrios por cuenta corriente recurrentes; señala que la Comisión evaluará la existencia de desequilibrios macroeconómicos en los siete Estados miembros seleccionados para ser objeto de exámenes exhaustivos en su Informe sobre el Mecanismo de Alerta de 2026;</P></ACTION><SEPARATION><P>°</P><P>°	°</P></SEPARATION><ACTION><P><NO.P>39.</NO.P>Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión.</P></ACTION></ACTLST></DISPOSITIF></TEXT></RESOL></TXTLST></SDOCTA>