<?xml version="1.0" encoding="UTF-8" standalone="no"?><SDOCTA xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" STATUS="DEF1" xsi:noNamespaceSchemaLocation="TA.xsd"><IDENT><STRING BOLD="on">P10_TA(2026)0127</STRING></IDENT><TI><STRING BOLD="on">Aprobación de la gestión 2024: presupuesto general de la UE – Consejo Europeo y Consejo</STRING></TI><HIDDEN><STRING HIDDEN="on" ITALIC="on">(A10-0051/2026 - Ponente: Pasquale Tridico)</STRING></HIDDEN><TXTLST><DECISION><TI><NR>1.</NR> <STRING BOLD="on">Decisión del Parlamento Europeo, de 29 de abril de 2026, sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2024, sección II – Consejo Europeo y Consejo (2025/2147(DEC))</STRING></TI><TEXT><PREAMBLE><PRINIT><STRING ITALIC="on">El Parlamento Europeo,</STRING></PRINIT><GRVISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2024<FOOTNOTE><FIELD> DO L, 2024/207, 22.2.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/budget/2024/207/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistas las cuentas anuales consolidadas de la Unión Europea relativas al ejercicio  2024 (COM(2025)0359 – C10‑0147/2025)<FOOTNOTE><FIELD> DO C, C/2025/4944, 13.10.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2025/4944/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Informe Anual del Consejo a la autoridad responsable de aprobar la gestión presupuestaria sobre las auditorías internas efectuadas en 2024,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Informe Anual del Tribunal de Cuentas sobre la ejecución presupuestaria relativo al ejercicio 2024, acompañado de las respuestas de las instituciones<FOOTNOTE><FIELD> DO C, C/2025/5409, 8.10.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2025/5409/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la declaración sobre la fiabilidad de las cuentas<FOOTNOTE><FIELD> DO C, C/2025/5407, 13.10.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2025/5407/oj.</FIELD></FOOTNOTE> y la regularidad y legalidad de las operaciones correspondientes, presentada por el Tribunal de Cuentas para el ejercicio 2024 de conformidad con el artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos el artículo 314, apartado 10, y los artículos 317, 318 y 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1296/2013, (UE) n.º 1301/2013, (UE) n.º 1303/2013, (UE) n.º 1304/2013, (UE) n.º 1309/2013, (UE) n.º 1316/2013, (UE) n.º 223/2014 y (UE) n.º 283/2014 y la Decisión n.º 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012<FOOTNOTE><FIELD> DO L 193 de 30.7.2018, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2018/1046/oj.</FIELD></FOOTNOTE>, y en particular sus artículos 59, 118, 260, 261 y 262,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE, Euratom) 2024/2509 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de septiembre de 2024, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión<FOOTNOTE><FIELD> DO L, 2024/2509, 26.9.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/2509/oj.</FIELD></FOOTNOTE>, y en particular sus artículos 59, 118, 266, 267 y 268,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos el artículo 102 y el anexo V de su Reglamento interno,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A10-0051/2026),</P></VISA></GRVISA></PREAMBLE><DISPOSITIF> <ACTLST><ACTION><P><NO.P>1.</NO.P>Aplaza su decisión sobre la concesión a la secretaria general del Consejo de la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto del Consejo Europeo y del Consejo para el ejercicio 2024;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>2.</NO.P>Presenta sus observaciones en la Resolución que figura a continuación;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>3.</NO.P>Encarga a su presidenta que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de ella al Consejo Europeo, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el <STRING ITALIC="on">Diario Oficial de la Unión Europea</STRING> (serie L).</P></ACTION></ACTLST></DISPOSITIF></TEXT></DECISION></TXTLST><TXTLST><RESOL><TI><NR>2.</NR> <STRING BOLD="on">Resolución del Parlamento Europeo, de 29 de abril de 2026, que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión del Parlamento Europeo sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2024, sección II – Consejo Europeo y Consejo (2025/2147(DEC))</STRING></TI><TEXT><PREAMBLE><PRINIT><STRING ITALIC="on">El Parlamento Europeo,</STRING></PRINIT><GRVISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista su Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2024, sección II – Consejo Europeo y Consejo,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos el artículo 102 y el anexo V de su Reglamento interno,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A10-0051/2026),</P></VISA></GRVISA><GRCONS><CONS><P><NO.P>A.</NO.P>Considerando que la legitimidad democrática de las instituciones de la Unión se deriva ante todo del estricto respeto de los Tratados, que establecen el equilibrio institucional y el claro reparto de competencias; que la transparencia, la rendición de cuentas y la buena gestión financiera son obligaciones esenciales de todas las instituciones, órganos y organismos de la Unión a la hora de gastar el dinero de los contribuyentes; que, en el contexto del procedimiento de aprobación de la gestión, la autoridad de aprobación de la gestión desea hacer hincapié en que es particularmente importante reforzar aún más la legitimidad democrática de las instituciones de la Unión mejorando la transparencia y la rendición de cuentas y aplicando el concepto de presupuestación basada en el rendimiento y una buena gobernanza de los recursos humanos;</P></CONS><CONS><P><NO.P>B.</NO.P>Considerando que, de conformidad con el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), el Parlamento es el único responsable de conceder la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión, y que el presupuesto del Consejo Europeo y del Consejo (en lo sucesivo, «Consejo») es una sección del presupuesto de la Unión, por lo que existe la obligación jurídica que emana de los Tratados y el Reglamento Financiero de garantizar la transparencia, la rendición de cuentas y la buena gestión financiera, independientemente de su carácter intergubernamental;</P></CONS><CONS><P><NO.P>C.</NO.P>Considerando que, de conformidad con el artículo 15, apartado 1, del Tratado de la Unión Europea (TUE), el Consejo Europeo no debe ejercer función legislativa alguna;</P></CONS><CONS><P><NO.P>D.</NO.P>Considerando que, de conformidad con el artículo 317 del TFUE, la Comisión debe ejecutar el presupuesto de la Unión bajo su propia responsabilidad, con arreglo al principio de buena gestión financiera, y que, en el marco vigente, la Comisión debe atribuir a las demás instituciones de la Unión las competencias necesarias para la ejecución de las secciones del presupuesto que les correspondan;</P></CONS><CONS><P><NO.P>E.</NO.P>Considerando que, con arreglo al artículo 235, apartado 4, y al artículo 240, apartado 2, del TFUE, el Consejo cuenta con la asistencia de la Secretaría General del Consejo (en lo sucesivo, «Secretaría»), y que la Secretaria General del Consejo es plenamente responsable de la buena gestión de los créditos consignados en la sección II del presupuesto de la Unión;</P></CONS><CONS><P><NO.P>F.</NO.P>Considerando que, a lo largo de más de veinte años, el Parlamento ha venido aplicando la práctica consolidada y respetada de aprobar la gestión de todas las instituciones, órganos y organismos de la Unión, y que la Comisión apoya que se siga aplicando la práctica de aprobar la gestión de cada institución, órgano y organismo de la Unión para sus gastos administrativos;</P></CONS><CONS><P><NO.P>G.</NO.P>Considerando que, de conformidad con el artículo 59, apartado 1, del Reglamento Financiero, la Comisión debe atribuir a las demás instituciones de la Unión las competencias necesarias para la ejecución de sus respectivas secciones del presupuesto;</P></CONS><CONS><P><NO.P>H.</NO.P>Considerando que, desde la aprobación de la gestión del presupuesto para el ejercicio 2009, la falta de cooperación por parte del Consejo en el procedimiento de aprobación de la gestión ha impedido al Parlamento ejercer su función de control democrático y le ha obligado reiteradamente a negarse a aprobar la gestión de la secretaria general del Consejo;</P></CONS><CONS><P><NO.P>I.</NO.P>Considerando que el Consejo Europeo y el Consejo, en su calidad de instituciones de la Unión y de beneficiarios del presupuesto general de la Unión, deben ser transparentes y responsables democráticamente ante los ciudadanos de la Unión, y estar sujetos a un control democrático del gasto de los fondos públicos;</P></CONS><CONS><P><NO.P>J.</NO.P>Considerando que el artículo 15, apartado 3, del TFUE exige a las instituciones de la Unión que garanticen en su Reglamento interno la transparencia de sus procedimientos, mientras que en varias de sus investigaciones y decisiones el Defensor del Pueblo Europeo (en lo sucesivo, «Defensor del Pueblo») ha criticado al Consejo por su falta de transparencia, dejando entrever que el Consejo no ha entendido plenamente el vínculo crítico entre la democracia y la transparencia de la toma de decisiones;</P></CONS><CONS><P><NO.P>K.</NO.P>Considerando que la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) confirma el derecho de los contribuyentes y del público a ser informados sobre el uso de los ingresos públicos y que el Tribunal General, en su sentencia de 25 de enero de 2023 en el asunto T-163/21<FOOTNOTE><FIELD> Sentencia del Tribunal General de 25 de enero de 2023, De Capitani / Consejo, T-163/21, CLI:EU:T:2023:15.</FIELD></FOOTNOTE>, De Capitani / Consejo, declaró en relación con la transparencia en el proceso legislativo de la Unión que los documentos elaborados por el Consejo en sus grupos de trabajo no son de carácter técnico, sino legislativos y, por lo tanto, están sujetos a solicitudes de acceso a documentos;</P></CONS></GRCONS></PREAMBLE><DISPOSITIF> <ACTLST><ACTION><P><NO.P>1.</NO.P>Toma nota de que el presupuesto del Consejo entra dentro de la rúbrica 7 del MFP, «Administración pública europea», que ascendió a 13 300 millones EUR en 2023 (lo que representa el 6,9 % del presupuesto total de la Unión); observa que el presupuesto del Consejo, de aproximadamente 700 millones EUR, representa el 5,26 % del gasto administrativo total de la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>2.</NO.P>Observa que el Tribunal de Cuentas Europeo (en lo sucesivo, «Tribunal»), en su Informe Anual relativo al ejercicio 2024 (en lo sucesivo, «informe del Tribunal») examinó una muestra de setenta operaciones dentro de la rúbrica «Administración», la misma cantidad que en 2023, mientras que el Tribunal señala, además, que los gastos administrativos comprenden los gastos correspondientes a recursos humanos, incluidos los gastos en pensiones, que en 2024 representaron aproximadamente el 69 % del total de los gastos administrativos, así como a inmuebles, equipos, energía, comunicaciones y tecnología de la información, y que su trabajo realizado durante muchos años indica que, en general, este gasto es de bajo riesgo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>3.</NO.P>Observa que en dieciséis de las setenta operaciones (el 23 %) se detectaron errores, pero que, a partir de los tres errores cuantificados, el Tribunal estima que el nivel de error es inferior al umbral de materialidad; observa que el informe del Tribunal no detectó ningún problema específico relativo al Consejo;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Situación actual del procedimiento de aprobación de la gestión</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>4.</NO.P>Lamenta profundamente que, desde 2009 y de nuevo en el ejercicio 2023, el Parlamento haya tenido que denegar la aprobación de la gestión del Consejo porque el Consejo sigue negándose a cooperar con el Parlamento en el procedimiento de aprobación de la gestión a pesar de los reiterados intentos por parte de este de establecer una cooperación constructiva, impidiendo así al Parlamento adoptar una decisión informada basada en un control serio y exhaustivo de la ejecución del presupuesto del Consejo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>5.</NO.P>Toma nota de que, el 22 de septiembre de 2025, los servicios competentes del Parlamento, en nombre del ponente para el procedimiento de aprobación de la gestión, remitieron a la Secretaría un cuestionario que contenía 103 preguntas importantes para el Parlamento, a fin de permitir un control exhaustivo de la ejecución del presupuesto del Consejo y de la gestión del Consejo; observa, además, que se enviaron cuestionarios similares al resto de instituciones, y todas ellas proporcionaron al Parlamento respuestas detalladas a todas las preguntas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>6.</NO.P>Lamenta que, el 3 de octubre de 2025, la Secretaría informara una vez más al Parlamento de que no respondería a su cuestionario y de que el Consejo no participaría en la audiencia organizada para el 6 de noviembre de 2025 como parte del procedimiento de aprobación de la gestión y en la que participaron todas las demás instituciones invitadas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>7.</NO.P>Reitera la prerrogativa del Parlamento de aprobar la gestión presupuestaria de conformidad con el artículo 319 del TFUE, así como las disposiciones aplicables del Reglamento Financiero y el Reglamento interno del Parlamento, en consonancia con la interpretación y la práctica actuales, en particular la facultad de aprobar la gestión presupuestaria al objeto de mantener la transparencia y velar por la rendición de cuentas democrática ante los contribuyentes de la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>8.</NO.P>Subraya que el artículo 59, apartado 1, del Reglamento Financiero establece que la Comisión debe atribuir a las demás instituciones de la Unión las competencias necesarias para la ejecución de sus respectivas secciones del presupuesto y, por consiguiente, considera incomprensible que el Consejo estime apropiado que deba aprobarse la gestión de la Comisión por lo que respecta a la ejecución del presupuesto del Consejo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>9.</NO.P>Hace hincapié en la práctica consolidada y respetada que ha aplicado el Parlamento durante más de veinte años relativa a la aprobación de la gestión de todas las instituciones, órganos y organismos de la Unión, incluido el Consejo; recuerda que la Comisión ha declarado su incapacidad para supervisar la ejecución de los presupuestos de las demás instituciones de la Unión; subraya la opinión reiterada de la Comisión de que el Parlamento debe seguir aplicando directamente la práctica de aprobar la gestión de cada institución de la Unión respecto a sus gastos administrativos y la ejecución del presupuesto de la Unión para preservar el cumplimiento del principio de buena gestión financiera; recuerda que el resto de instituciones, órganos y organismos colaboran plenamente con el Parlamento en el procedimiento de aprobación de la gestión y considera que la negativa del Consejo en este sentido no está justificada y es incompatible con el principio de lealtad institucional consagrado en los Tratados;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>10.</NO.P>Subraya que la situación actual implica que el Parlamento solo puede comprobar los informes del Tribunal y del Defensor del Pueblo, así como la información públicamente disponible en el sitio web del Consejo, lo que hace imposible que el Parlamento pueda tomar una decisión informada sobre la aprobación de la gestión; hace hincapié en que la falta de cooperación por parte del Consejo socava la prerrogativa del Parlamento de desempeñar eficazmente su función de supervisión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>11.</NO.P>Lamenta la falta de voluntad política del Consejo, durante más de una década, para colaborar con el Parlamento en el contexto del procedimiento anual de aprobación de la gestión, creándose así un ángulo muerto estructural en el sistema de contrapoderes institucionales de la Unión, y que esto haya ejercido un efecto negativo duradero en ambas instituciones y haya desacreditado la gestión y el control democrático del presupuesto de la Unión, así como que haya repercutido en la confianza de los ciudadanos en la Unión como entidad transparente; subraya que esta constante obstrucción institucional socava el principio de cooperación leal establecido en los Tratados; considera que esta prolongada falta de cooperación amenaza con menoscabar aún más la legitimidad del marco de gobernanza presupuestaria de la Unión; señala que el Consejo debe atenerse a las mismas normas de rendición de cuentas y transparencia que las demás instituciones de la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>12.</NO.P>Reitera que la continua negativa del Consejo a participar en el procedimiento de aprobación de la gestión constituye una violación inaceptable de la rendición de cuentas democrática; pide que se introduzcan medidas concretas y eficaces para conseguir que a cualquier institución de la Unión que incumpla las obligaciones de transparencia se le exija plena responsabilidad, explorando medidas prácticas en consonancia con el artículo 59, apartado 1, del Reglamento Financiero y el principio de buena gestión financiera, que incentiven la cooperación, incluida una condicionalidad reforzada en materia de acuerdos administrativos y requisitos de información;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>13.</NO.P>Recuerda que la jurisprudencia del TJUE sostiene el derecho de los contribuyentes y del público a ser informados sobre el uso de los ingresos públicos; exige, por tanto, el pleno respeto de la prerrogativa y el papel del Parlamento como garante del principio de responsabilidad democrática; pide al Consejo que siga debidamente las recomendaciones adoptadas por el Parlamento en el marco del procedimiento de aprobación de la gestión e insiste en la plena aplicación del artículo 14, apartado 1, del TUE;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>14.</NO.P>Toma nota de que, el 6 de mayo de 2025, durante su intervención en el Pleno del Parlamento, el representante de la Presidencia del Consejo expresó su voluntad de «entablar una cooperación significativa y pragmática entre nuestras instituciones» en lo que respecta a la aprobación de la gestión en relación con la sección del presupuesto de la Unión correspondiente al Consejo, y pide que esta intención se traduzca en acciones concretas e inmediatas; pide, por tanto, al Consejo que reanude lo antes posible las negociaciones con el Parlamento al más alto nivel, con la participación de los secretarios generales y los presidentes de ambas instituciones, con el fin de salir del actual estancamiento y encontrar una solución, que respete las competencias institucionales del Parlamento y del Consejo en el procedimiento de aprobación de la gestión y garantice la transparencia y el control democrático estricto de la ejecución del presupuesto; reitera su petición de que la Comisión y los servicios jurídicos del Consejo emitan un dictamen sobre posibles soluciones basadas en el Tratado para hacer que el Consejo rinda cuentas en lo que respecta al procedimiento de aprobación de la gestión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>15.</NO.P>Subraya que, si bien la situación actual debe mejorarse mediante una mayor cooperación interinstitucional en el marco de los Tratados, una revisión de los Tratados podría aclarar el procedimiento de aprobación de la gestión y dotarlo de mayor transparencia, otorgando al Parlamento la competencia explícita de conceder la aprobación de la gestión de todas las instituciones, órganos y organismos de la Unión individualmente; subraya, no obstante, que, a la espera de tal revisión, la situación actual debe mejorarse mediante una cooperación interinstitucional reforzada; insta, en este sentido, al Consejo a que colabore activamente con el Parlamento;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>16.</NO.P>Señala que, a pesar de la prolongada falta de voluntad del Consejo para cooperar en el procedimiento de aprobación de la gestión, el Parlamento destaca, no obstante, algunas prioridades políticas y formula algunas observaciones relativas a la gestión presupuestaria y financiera del Consejo, así como otras observaciones pertinentes para el procedimiento de aprobación de la gestión en el presente informe respetando la soberanía nacional, los Tratados y el principio de buena gestión financiera;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>17.</NO.P>Observa que, dada la falta de cooperación del Consejo con el Parlamento, las observaciones de las siguientes secciones se basan principalmente en información agregada publicada en el sitio web del Consejo, que ofrece detalles limitados;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Prioridades políticas</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>18.</NO.P>Recuerda que, en 2024, la Unión acordó proporcionar una ayuda financiera previsible a Ucrania mediante el Mecanismo para Ucrania para 2024-2027; destaca que, en este sentido, el Consejo y su Secretaría tienen una mayor responsabilidad a la hora de velar por la transparencia, la integridad y la buena gestión financiera en todos los gastos administrativos relacionados con el Consejo en cuanto a la toma de decisiones, las reuniones y las disposiciones logísticas asociadas con Ucrania, incluida una información clara sobre los costes conexos y la gestión de contratos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>19.</NO.P>Lamenta que el Consejo ejerza sus prerrogativas en los procedimientos de designación y nombramiento de muchas instituciones, órganos y organismos de la Unión, sin tener en cuenta las opiniones de las partes interesadas ni las recomendaciones de la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF);</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>20.</NO.P>Toma nota con preocupación de la práctica del Consejo en cuanto a los nombramientos efectuados por los distintos Estados miembros para la mayoría de los puestos, que puede limitar hasta qué punto se verifican las cualificaciones profesionales de los candidatos; insiste, por tanto, en la necesidad de revisar la prerrogativa del Consejo con vistas a garantizar y reforzar la participación de las instituciones, órganos y organismos interesados y aumentar la legitimidad de los nombramientos; sugiere que una posibilidad que podría establecerse para garantizar que los candidatos tengan las cualificaciones necesarias sería aplicar la misma evaluación por parte de un comité externo utilizada para los nombramientos de los jueces y abogados generales del TJUE;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>21.</NO.P>Recuerda que, de conformidad con el artículo 286, apartado 2, del TFUE, el Consejo nombra a los miembros del Tribunal previa consulta al Parlamento; señala que, sobre la base de este requisito previo, el Parlamento emite un dictamen sobre los candidatos; lamenta que el Consejo haya ignorado reiteradamente las recomendaciones del Parlamento en su función consultiva con respecto al nombramiento de miembros del Tribunal; recuerda que, aunque el dictamen del Parlamento no es vinculante para el Consejo, los candidatos que recibieron un dictamen desfavorable retiraron sus candidaturas aceptando la decisión del Parlamento, reconociendo así el papel del Parlamento como autoridad de control democrático vinculada a la salvaguardia del presupuesto de la Unión; pide al Consejo que reconozca el papel del Parlamento cooperando en el procedimiento de aprobación de la gestión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>22.</NO.P>Destaca que el persistente desequilibrio de género entre los miembros del Tribunal socava los objetivos de igualdad de la Unión; reitera su llamamiento al Consejo para que aborde esta cuestión mediante la revisión del procedimiento de nombramiento y la adopción de medidas concretas, como exigir a los Estados miembros que presenten al menos dos candidatos de distinto género, garantizando de esta manera una composición más equilibrada y representativa del Tribunal, respetando al mismo tiempo los principios de mérito, excelencia e igualdad de oportunidades;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>23.</NO.P>Reitera su llamamiento para que se cree un Consejo de Ministros de Defensa como foro institucional para la coordinación política y estratégica; considera que una formación permanente del Consejo dedicada a la defensa reflejaría la necesidad de que la Unión asuma una mayor responsabilidad por su propia seguridad y defensa al complementar la creación de la Comisión de Seguridad y Defensa en el Parlamento y del puesto de comisario de Defensa y Espacio en la Comisión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>24.</NO.P>Lamenta que el Consejo haya ignorado hasta ahora la Resolución del Parlamento, de 17 de diciembre de 2020, sobre la necesidad de una formación del Consejo dedicada a la igualdad de género, e insiste en que un foro institucional específico garantizaría una mayor integración de la igualdad de género en las políticas y estrategias de la Unión, así como una coordinación y avances esenciales en los principales expedientes relacionados con la igualdad de género;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>25.</NO.P>Recuerda que los jueces y abogados generales del Tribunal de Justicia son designados de común acuerdo por los Gobiernos de los Estados miembros, previa consulta a un comité encargado de emitir un dictamen sobre la idoneidad de los candidatos propuestos para el ejercicio de las funciones requeridas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>26.</NO.P>Observa que, en su dictamen, de 9 de septiembre de 2024, acerca de la iniciativa estratégica sobre el patrocinio de la Presidencia del Consejo, el Defensor del Pueblo animó al Consejo a hacer balance de la forma en que se han aplicado las normas no vinculantes adoptadas por el Consejo para el uso del patrocinio por parte de su Presidencia (en lo sucesivo, «Orientaciones») y a explorar otras posibles medidas que podrían ayudar a mitigar los riesgos asociados al uso del patrocinio, entre los que figura el riesgo de conflicto de intereses, así como los riesgos para la reputación; observa con inquietud que, según el informe anual del Defensor del Pueblo para 2024, el Consejo aún no ha abordado plenamente la preocupación pública en torno al uso del patrocinio empresarial, ya que «sigue faltando transparencia en lo que respecta a la identidad de los patrocinadores, la naturaleza de dicho patrocinio y los beneficios que obtienen a cambio», y los patrocinadores pudieron seguir utilizando el logotipo de la Presidencia con fines comerciales; pide al Consejo que procure que las Orientaciones sean vinculantes; reitera su llamamiento al Consejo para que presupueste las Presidencias del Consejo a fin de garantizar unas normas adecuadas y uniformes de eficiencia y eficacia en el trabajo en el Consejo en general;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>27.</NO.P>Pide a las Presidencias rotatorias del Consejo que dejen de utilizar el patrocinio empresarial para contribuir a cubrir sus gastos, ya que esta práctica puede dar lugar a conflictos de intereses, en consonancia con las conclusiones del seminario celebrado el 27 de junio de 2023 por la Comisión de Control Presupuestario del Parlamento;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>28.</NO.P>Toma nota de la participación creciente del Consejo Europeo en los expedientes legislativos, y de que este papel requiere una supervisión y una cooperación reforzada con la autoridad presupuestaria en el marco del procedimiento de aprobación de la gestión; pide al Consejo que vele por que sus acciones se lleven a cabo con transparencia y rendición de cuentas, en consonancia con las normas aplicables a otras instituciones de la Unión, a fin de conservar la confianza de los ciudadanos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>29.</NO.P>Lamenta profundamente el uso indebido por parte del Gobierno húngaro de su cometido en la Presidencia rotatoria del Consejo de 2024 al participar en reuniones internacionales de alto nivel que socavaron los valores fundamentales de la Unión y las posiciones comunes acordadas; pide al Consejo que condene firmemente toda conducta de un Estado miembro que ejerza la Presidencia que no sea conforme con los valores de la Unión y que adopte todas las medidas necesarias para garantizar que las Presidencias desempeñen en el futuro sus funciones respetando plenamente los principios de la Unión, protegiendo de este modo la integridad y credibilidad de esta;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>30.</NO.P>Subraya que, si bien la votación por unanimidad sigue siendo un principio fundamental de los Tratados, su aplicación puede, en determinadas circunstancias y en ámbitos estratégicos críticos, afectar al tiempo de respuesta y a la eficacia de la Unión, incluso paralizando el proceso de toma de decisiones de la UE, y, por tanto, lo hace vulnerable al chantaje por parte de los Estados miembros, especialmente aquellos que no respetan el Estado de Derecho; reitera, en este sentido, su pesar por la posición obstruccionista del Gobierno húngaro en el Consejo Europeo; observa que los actuales bloqueos políticos siguen socavando la confianza y la eficacia del Consejo Europeo; pide una reforma específica de los Tratados o, como alternativa, mejoras prácticas, en el marco vigente de los Tratados, al objeto de reforzar la transparencia, la toma de decisiones democrática, la rendición de cuentas y la eficiencia de la labor del Consejo Europeo; insiste, en este contexto, en su llamamiento al Consejo de Ministros para que pase de la unanimidad al voto por mayoría cualificada para las decisiones en ámbitos de interés estratégico para la Unión; observa asimismo que el requisito de unanimidad ha supuesto un obstáculo significativo para responder eficazmente a las acciones de Rusia, en particular en lo que se refiere a la imposición de sanciones que están sujetas a renovación cada tres meses, con lo que se corre el riesgo de debilitar la capacidad de la Unión para actuar de manera decidida y transparente y se socava la confianza de los ciudadanos y la credibilidad de la Unión en cuanto actor geopolítico; pide al Consejo que pase a la votación por mayoría cualificada en ámbitos críticos, especialmente los regímenes de sanciones, para que la Unión pueda actuar eficazmente ante los retos mundiales;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Gestión presupuestaria y financiera</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>31.</NO.P>Recuerda que, de conformidad con el artículo 15 del Tratado de la Unión Europea, el Consejo Europeo desempeña un papel estratégico central a la hora de dar a la Unión los impulsos necesarios para su desarrollo y de definir sus orientaciones y prioridades políticas generales, sin ejercer no obstante función legislativa alguna; hace hincapié en el valor añadido propio del Consejo Europeo en cuanto foro para la coordinación política de alto nivel entre los Estados miembros;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>32.</NO.P>Lamenta una vez más que el presupuesto del Consejo Europeo y del Consejo no se haya dividido en dos presupuestos claramente separados, tal como recomendó el Parlamento en anteriores Resoluciones de aprobación de la gestión, a fin de mejorar la transparencia y la rendición de cuentas, especialmente en lo que respecta al Consejo Europeo, dado que actualmente es imposible obtener información fiable sobre sus gastos; pide que esta división incluya líneas presupuestarias distintas para los gastos relacionados con las reuniones, los desplazamientos, la comunicación y la representación, de modo que la autoridad de aprobación de la gestión pueda distinguir entre las actividades del Consejo Europeo y las del Consejo y evaluar las tendencias a lo largo del tiempo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>33.</NO.P>Observa que, en 2024, el presupuesto para el Consejo ascendió a 676 881 123 EUR, lo que representa un aumento del 4,47 % en comparación con 2023; toma nota de que este aumento está relacionado principalmente con la revisión de los parámetros de actualización salarial debido a la inflación;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>34.</NO.P>Observa que el porcentaje de ejecución por el Consejo de los créditos de compromiso del ejercicio en curso fue del 96,40 % en 2024 (frente al 97,01 % en 2023) y que el porcentaje de ejecución de los créditos de pago del ejercicio en curso fue del 87,95 % en 2024 (frente al 86,39 % en 2023); observa asimismo que a finales de 2024 se anularon en torno a 24 millones EUR en créditos, de los cuales aproximadamente el 62 % procedían de líneas presupuestarias vinculadas a gastos de personal; toma nota de que el porcentaje de ejecución del importe total prorrogado de 2023 a 2024, es decir, 85 520 696 EUR, fue del 91 %;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>35.</NO.P>Toma nota de que los créditos prorrogados de 2024 a 2025 ascendieron a un total de 78,6 millones EUR (frente a aproximadamente 85,5 millones EUR del ejercicio anterior), que cubren principalmente sistemas informáticos, costes de servicios de interpretación prestados en 2024 respecto a los cuales aún no se han acordado facturas con los servicios de la Comisión en el momento del cierre, edificios, información y actos públicos, equipos técnicos, seguridad y protección, reuniones y conferencias en relación fundamentalmente con facturas no recibidas aún por la organización del Consejo Europeo, reuniones y cumbres del Consejo en 2024, mobiliario y otros gastos de personal;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>36.</NO.P>Toma nota de que el Consejo llevó a cabo cuarenta y dos transferencias presupuestarias en 2024 de conformidad con el artículo 29 del Reglamento Financiero, con el fin de reforzar varias líneas presupuestarias, entre ellas «Obras de acondicionamiento e instalación», «Trabajos de seguridad», «Adquisición de equipos y programas informáticos» y «Adquisición y renovación de equipo técnico e instalaciones»; observa que tres de estas transferencias, que requerían informar a la autoridad presupuestaria de conformidad con el artículo 29, apartado 2, del Reglamento Financiero, ascendieron aproximadamente a 12,8 millones EUR;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>37.</NO.P>Observa que el plazo medio de pago de las facturas se elevó de trece a quince días entre 2023 y 2025, muy por debajo del plazo máximo de treinta días, de tal manera que se evitaron los intereses de demora;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>38.</NO.P>Observa que los gastos de misión, que comprenden tanto los gastos de misión de la Secretaría como los de los miembros del personal relacionados con el Consejo Europeo, disminuyeron un 18,50 %, pasando de aproximadamente 5,2 millones EUR en 2023 a unos 4,3 millones EUR en 2024, mientras que los gastos de desplazamiento de las delegaciones en que incurrieron las Presidencias y las delegaciones nacionales se redujeron en un 2,61 %, pasando de en torno a 15,3 millones EUR en 2023 a unos 14,9 millones EUR en 2024;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>39.</NO.P>Pide al Consejo que publique un desglose anual de los gastos de desplazamiento y representación de los altos funcionarios, incluidos el presidente del Consejo Europeo, la alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad y la Secretaría, en un formato fácil de utilizar y accesible al público;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>40.</NO.P>Expresa su preocupación por la insuficiencia de mecanismos de control en relación con el uso por parte del Consejo de servicios de consultoría y contratistas externos; pide que se divulguen plenamente todos los contratos que superen los 50 000 EUR, detallando el alcance, los resultados y las entidades adjudicatarias, a fin de evitar un posible uso indebido de los fondos públicos;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Gestión interna, rendimiento y control interno</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>41.</NO.P>Expresa su preocupación por la escasa transparencia en cuanto al uso por parte del Consejo de servicios de consultoría y contratistas externos; pide diligencia en la publicación de todos los contratos y contratos marco de alto valor, incluidos los resultados, los indicadores de rendimiento y las modificaciones de los contratos; insta a una transparencia en que se tenga en cuenta el riesgo, con un control especial de los contratos vinculados a los servicios informáticos, de comunicaciones y de reputación, y pide que se informe anualmente sobre la dependencia de contratistas externos frente a la capacidad interna;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>42.</NO.P>Observa que las actividades de la Secretaría se guiaron por las metas plurianuales adoptadas en 2022 y por un conjunto de objetivos específicos que garantizan la toma de decisiones en curso en el Consejo y se revisan anualmente; toma nota de las prioridades de la Secretaría en 2024, entre las que figuran optimizar el entorno de trabajo, fomentar una cultura orientada al cliente, liderar la transformación ecológica, aprovechar los beneficios de la transformación digital y aumentar la eficiencia organizativa general; valora positivamente que la Secretaría haya facilitado la organización de seis Consejos Europeos, dos reuniones informales de Jefes de Estado o de Gobierno y una Cumbre del Euro en 2024;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>43.</NO.P>Acoge con satisfacción el uso de datos en la toma de decisiones, en particular los obtenidos a partir del cuadro de indicadores financieros mensual, que muestra indicadores clave de rendimiento en todos los servicios de la Secretaría, y el cuadro de los directivos, en el que figura información clave a partir de los datos de recursos humanos, con el fin de facilitar la gestión diaria y las decisiones en el ámbito de los recursos humanos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>44.</NO.P>Toma nota de que, en 2024, la Secretaría ayudó a organizar 4 164 reuniones para el Consejo (frente a 4 429 en 2023) y 152 reuniones, visitas y misiones para el presidente del Consejo Europeo (frente a 124 en 2023);</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>45.</NO.P>Acoge con satisfacción la aplicación y el funcionamiento del control interno de la Secretaría, que se basa en normas aceptadas internacionalmente y se ha diseñado para garantizar la eficacia, la eficiencia y la economía de las operaciones, la fiabilidad de la información, la salvaguardia de los activos y la protección de datos, la prevención y detección de irregularidades y la gestión adecuada de los riesgos; observa que se mantuvo la separación de funciones en los procesos financieros, que se supervisaron periódicamente los registros de riesgos y que los controles automatizados y la formación financiera de los miembros del personal contribuyeron a la consecución de un entorno de control sólido en 2024;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>46.</NO.P>Toma nota de que el Consejo transmitió su Informe Anual sobre las auditorías internas efectuadas en 2024 a la autoridad de aprobación de la gestión, de conformidad con el artículo 118 del Reglamento Financiero; observa que, a finales de 2024, se había aplicado el 82 % de las recomendaciones formuladas durante el período 2022-2024, el 17 % seguían pendientes y, para el 1 %, la dirección había asumido el riesgo o las recomendaciones ya no eran aplicables; toma nota de que en 2024 se finalizaron cuatro auditorías internas; observa que, en dos de dichas auditorías (una sobre las ayudas relativas al Fondo Europeo de Apoyo a la Paz y otra sobre los procesos contables relativos a los activos intangibles de la Secretaría), el auditor interno formuló varias recomendaciones de alta prioridad que han sido aceptadas por los servicios auditados; pide al Consejo que facilite a la autoridad de aprobación de la gestión un resumen público de las recomendaciones de alta prioridad y un calendario de aplicación claro, en particular cuando las auditorías se refieran a las ayudas relativas al Fondo Europeo de Apoyo a la Paz y a la gestión de activos intangibles, habida cuenta del mayor interés público y lo delicado en lo que a la reputación respecta de tal gasto;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Recursos humanos, igualdad y bienestar del personal</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>47.</NO.P>Observa que la Secretaría empleaba a 3 124 miembros del personal a finales de 2024 (frente a los 3 115 de 2023); toma nota del desglose del personal por función, y de que la Secretaría empleaba a 2 720 miembros permanentes del personal, 401 miembros temporales del personal, 222 agentes contractuales y 26 expertos nacionales en comisión de servicio en 2024; observa que el reparto de miembros permanentes y temporales del personal entre categorías de empleo se mantuvo estable, con 1 497 administradores (AD), 1 146 asistentes (AST) y 232 secretarios (SC) en 2024, frente a 1 474, 1 159 y 295, respectivamente, en 2023; toma nota de que la tasa de ocupación de la plantilla de personal era del 97,4 % a finales de 2024 (frente al 97,10 % en 2023);</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>48.</NO.P>Lamenta la falta de información pública sobre la distribución geográfica y por género de los miembros del personal de la Secretaría; pide al Consejo que facilite al Parlamento información sobre los miembros del personal en materia de equilibrio de género, distribución geográfica y discapacidad, así como sobre las políticas internas correspondientes; anima al Consejo a promover el equilibrio geográfico de los miembros de su personal ofreciendo una reserva más amplia de candidatos de Estados miembros infrarrepresentados;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>49.</NO.P>Acoge con satisfacción los esfuerzos dedicados por la Secretaría en 2024 a atraer, retener y motivar a los miembros del personal; toma nota de que la Secretaría participó en Jornadas de Empleo, ferias de empleo, actos de recursos humanos para las representaciones permanentes y sesiones informativas para los representantes de los Estados miembros, reforzó los intercambios con miembros del personal de otras instituciones a través de un ejercicio interinstitucional de aprendizaje profesional por observación con la participación activa de 23 miembros del personal de la Secretaría, contribuyó a la modernización de las operaciones de la EPSO, y organizó 518 procedimientos de selección y 127 entrevistas, así como oposiciones internas para todo tipo de funciones;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>50.</NO.P>Observa con satisfacción que la Secretaría ofrece diversas sesiones de formación y campañas de sensibilización sobre temas específicos, como finanzas, medidas de seguridad y etiqueta, entre otros; toma nota, en particular, de la mejora de los parámetros con respecto a la campaña de sensibilización ética de la Secretaría, y de que la implicación del personal en lo que se refiere a cuestiones éticas se impulsó significativamente en 2024;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>51.</NO.P>Toma nota de varias medidas adoptadas por el Consejo en favor de la salud y el bienestar de los miembros de su personal en 2024; observa, en este contexto, que la Secretaría ofreció su apoyo, entre otros recursos, a través de psicólogos laborales y clínicos y cursos de formación para la conservación de la salud mental y la gestión del estrés; acoge con satisfacción la participación de la Secretaría en la organización de la Semana Interinstitucional de Salud y Seguridad en octubre de 2024 y la publicación en su intranet de todos los servicios y actividades existentes en la Secretaría para apoyar el bienestar y la salud; toma nota de que la Secretaría desarrolló un cuadro con indicadores relativos a los riesgos psicosociales con el que se pretende orientar mejor las medidas de prevención, y ha creado un equipo multidisciplinar que desarrolla un sistema de gestión de la salud y la seguridad para que la Secretaría controle mejor todo tipo de riesgo en el lugar de trabajo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>52.</NO.P>Observa con satisfacción que la Secretaría cuenta con varios grupos y redes, como el Grupo y la Red de Afinidad en materia de Diversidad e Inclusión de la Secretaría, la Red Olympia (para administradoras), la Red LGBTI y la Red sobre Discapacidad;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>53.</NO.P>Toma nota con satisfacción de las medidas de la Secretaría para las personas con discapacidad en el marco de sus actividades; observa que la Secretaría ha establecido un procedimiento simplificado para tramitar las solicitudes de adaptación razonables de los trabajadores en prácticas, los miembros del personal y los candidatos con discapacidad; observa, además, que en 2024 se organizaron sesiones de formación de seguimiento para ujieres sobre la acogida y el acompañamiento de visitantes con diferentes discapacidades; toma nota de que la Secretaría acogió a 115 trabajadores en prácticas en 2024, cinco de los cuales fueron acogidos como parte del programa de acción positiva de la Secretaría para los trabajadores en prácticas con discapacidad; recuerda que los períodos de prácticas deben ser remunerados de conformidad con la Resolución del Parlamento, de 14 de junio de 2023, sobre períodos de prácticas de calidad en la Unión (2020/2005(INL)), en la que se pide que todos los períodos de prácticas en Europa sean remunerados; resalta que los períodos de prácticas no remunerados constituyen una forma de explotación de los trabajadores jóvenes y un obstáculo a la igualdad de oportunidades;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>54.</NO.P>Toma nota de que la Secretaría aplicó nuevas normas sobre el tiempo de trabajo, el teletrabajo y las vacaciones, y puso en marcha un nuevo módulo informático (Sysper‑TIM) para la gestión del tiempo de trabajo; observa con satisfacción la organización de sesiones de formación y actividades de comunicación, como tutoriales en vídeo, preguntas frecuentes, seminarios web, etc., sobre las nuevas normas y el nuevo módulo;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Marco ético y transparencia</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>55.</NO.P>Reitera que una conducta ética contribuye a una buena gestión financiera y aumenta la confianza de los ciudadanos, y que, como subraya el Tribunal en su Informe Especial 13/2019, hay margen de mejora en los marcos éticos de las instituciones de la Unión; señala, en particular, la recomendación formulada por el Tribunal en relación con la mejora del marco ético del Consejo; expresa su preocupación por la falta, señalada por el Tribunal, de un marco ético común de la Unión que regule el trabajo de los representantes de los Estados miembros en el Consejo; destaca que ninguna institución de la Unión debe quedar dispensada de normas éticas claras, vinculantes y aplicables cuando participe en la toma de decisiones de la UE en relación con el gasto público;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>56.</NO.P>Lamenta que dos componentes clave del marco ético del Consejo, la Guía de ética y conducta para el personal de la Secretaría y el Código de conducta del presidente del Consejo Europeo, estén disponibles en el sitio web del Consejo sin más orientaciones ni fecha de publicación; critica que, a pesar de las repetidas peticiones del Parlamento, el Código de conducta del presidente del Consejo Europeo no se haya ajustado al del Parlamento y la Comisión, en particular en lo que se refiere a las actividades posteriores al ejercicio del cargo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>57.</NO.P>Toma nota de que la Secretaría publica un informe anual con información sobre las actividades profesionales de sus antiguos altos funcionarios tras el cese de sus funciones, de conformidad con el artículo 16, párrafos tercero y cuarto, del Estatuto de los funcionarios de la Unión; observa que, según el informe relativo a 2024, un antiguo alto funcionario declaró su intención de ejercer actividades profesionales más de doce meses después de haber abandonado la Secretaría; toma nota de que se consultó a la comisión paritaria antes de dictar una decisión en este caso; observa con pesar la falta de información en el sitio web del Consejo sobre si la decisión adoptada fue favorable o contraria a la concesión del permiso para ejercer la actividad solicitada; reitera su llamamiento al Consejo para que establezca normas de empleo claras, proporcionadas y aplicables para los altos funcionarios una vez finaliza su mandato, sobre la base del marco jurídico vigente, y para que vele por una transparencia adecuada, incluida, cuando proceda, la divulgación pública de las afiliaciones al sector privado, respetando plenamente los derechos fundamentales y los principios de proporcionalidad;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>58.</NO.P>Lamenta que la participación de los representantes permanentes de los Estados miembros en el Registro de transparencia obligatorio, establecido por el Acuerdo interinstitucional de 20 de mayo de 2021 entre el Parlamento, el Consejo y la Comisión, sea totalmente voluntaria, ya que la aplicación del principio de condicionalidad se deja a la discreción de la representación permanente de cada Estado miembro; observa que solo un número limitado de Estados miembros e instituciones de la Unión respetan las mejores prácticas de aplicación de una definición obligatoria más amplia de los grupos de presión en su marco regulador e insiste en que todas las representaciones permanentes deben participar activamente en el Registro de transparencia obligatorio antes, durante y después de la Presidencia del Consejo de su Estado miembro; recuerda la posición del Parlamento de que no se debería permitir a los representantes de Estados miembros que se beneficien directamente de las subvenciones de la Unión a través de las empresas de su propiedad participar en los debates ni en las votaciones sobre las políticas o las cuestiones presupuestarias relacionadas con dichas subvenciones; lamenta que el Consejo no utilice plenamente el Registro de transparencia obligatorio ni acepte propuestas para mejorarlo; reitera su llamamiento al Consejo para que se abstenga de interactuar con grupos de presión no registrados y se asegure de que sus altos funcionarios, incluidos los representantes permanentes y los jefes de delegación, revelen públicamente sus reuniones con grupos de interés y grupos de presión en un registro de transparencia normalizado, de un modo similar a las obligaciones impuestas a los diputados al Parlamento y a la Comisión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>59.</NO.P>Lamenta que el proceso de toma de decisiones en el Consejo diste aún de ser plenamente transparente, lo que afecta a la confianza de los ciudadanos en la Unión como entidad transparente y, por tanto, pone en peligro la reputación de la Unión en su conjunto; recuerda y apoya las recomendaciones del Defensor del Pueblo sobre la transparencia del proceso legislativo del Consejo en la investigación estratégica OI/2/2017/TE; insta al Consejo a que adopte todas las medidas necesarias para aplicar sin demora indebida las recomendaciones del Defensor del Pueblo y las sentencias pertinentes del TJUE; recuerda que el TJUE, en su sentencia en el asunto T-163/21, De Capitani / Consejo, subrayó que el Consejo necesita una transparencia legislativa más clara con el fin de asegurar el acceso a los documentos legislativos, lo que se corresponde sencillamente con las obligaciones del Consejo en materia de control público y rendición de cuentas de los colegisladores como base de cualquier legitimidad democrática;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>60.</NO.P>Toma nota de que el Defensor del Pueblo emprendió una nueva investigación por iniciativa propia en 2023 y la finalizó en 2024 en relación con la forma en que el Consejo tramita las solicitudes de acceso público a los documentos legislativos; toma nota de las conclusiones de dicha investigación, según las cuales el Consejo utilizó la protección de los procesos de toma de decisiones en curso como motivo para denegar el acceso a documentos con argumentos «vagos, abstractos e infundados»; recuerda que el TJUE rechazó argumentos como la necesidad de evitar presiones externas o interpretaciones erróneas por parte del público o la necesidad de proteger el asesoramiento jurídico; expresa, por tanto, su preocupación por el hecho de que el Consejo no actúe de manera coherente con la jurisprudencia de la Unión; pide al Consejo que corrija estas deficiencias mediante la divulgación inmediata de los documentos legislativos, incluso si esta actuación diera lugar a presiones externas, ya que estas se dan en cualquier proceso legislativo democrático, y que deniegue el acceso a los documentos legislativos solo en circunstancias verdaderamente excepcionales; solicita al Consejo que aplique sin demora las conclusiones del Defensor del Pueblo y la jurisprudencia pertinente garantizando que las denegaciones sobre la base de la «protección del proceso de toma de decisiones en curso» estén estrictamente justificadas caso por caso y razonadas de manera concreta y sean objeto de un examen interno sólido; pide que, por defecto, haya diligencia en la publicación de documentos legislativos clave (incluidos los documentos de grupo de trabajo y las posiciones de negociación), así como que se presenten informes públicos anuales sobre los motivos de denegación aducidos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>61.</NO.P>Observa que el equipo de acceso a los documentos informó de que había recibido y respondido a un elevado número de solicitudes de acceso público a documentos en 2024, en concreto, 2 872 solicitudes iniciales de acceso a documentos (frente a 3 732), lo que exigió el análisis de 10 096 documentos (frente a 13 912 documentos en 2023) y 30 solicitudes confirmatorias (frente a 40 en 2023); reconoce una disminución de este tipo de carga de trabajo, probablemente debida a la interrupción de la labor legislativa de la Unión a raíz de las elecciones europeas de 2024;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>62.</NO.P>Toma nota de que, entre las solicitudes iniciales de acceso, se concedió pleno acceso a 7 323 documentos (72,5 %) y acceso parcial a 1 181 documentos (11,70 %), mientras que se denegó el acceso a 1 592 documentos (15,80 %); observa que, en el caso de las solicitudes confirmatorias, se concedió pleno acceso a 36 documentos y acceso parcial a 45 documentos, mientras que se denegó el acceso a 45 documentos; toma nota de que las solicitudes iniciales se tramitaron, por término medio, en diecisiete días laborables y las solicitudes confirmatorias, en treinta y un días hábiles;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>63.</NO.P>Observa que, como parte de la aplicación de la Decisión 23/2021 de la Secretaría General relativa al acoso psicológico y sexual en el trabajo, en 2024 se adoptaron varias medidas, como las sesiones de formación obligatorias sobre la lucha contra el acoso y el comportamiento inadecuado para el personal recién incorporado, los nuevos directivos y los trabajadores en prácticas; toma nota de que la Secretaría cuenta con un grupo de asesores confidenciales contra el acoso que tramitaron trece solicitudes de asesoramiento confidencial relacionadas con posibles casos de acoso o comportamiento inadecuado en 2024;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>64.</NO.P>Acoge con satisfacción que, según los informes anuales disponibles públicamente, durante 2024 no se haya puesto en conocimiento de los ordenadores delegados competentes ningún caso de fraude o irregularidad, ni estos casos estuvieron sujetos a la competencia de la instancia (artículo 145 del Reglamento Financiero) ni de la OLAF;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Digitalización, ciberseguridad y protección de datos</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>65.</NO.P>Observa que, en 2024, la Secretaría siguió persiguiendo su objetivo de transformación digital, en consonancia con las prioridades de su estrategia digital para 2022-2025; toma nota de que, de los 103 proyectos relacionados con las tecnologías de la información del plan de trabajo anual para 2024, el 11 % se habían completado a finales de año, mientras que el 3 % se cancelaron o fusionaron, y la mayoría de los proyectos (62 %) aún se encontraba en curso;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>66.</NO.P>Observa con satisfacción que el 98 % de las facturas se presentaron por vía electrónica en 2024 (frente al 97 % en 2023), y que el 49 % de los contratos y órdenes de compra de la Secretaría se suscribieron mediante firma electrónica; observa, además, que todos los nuevos procedimientos de contratación pública de importe superior a 143 000 EUR se gestionaron con la herramienta de gestión de la contratación pública de la Comisión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>67.</NO.P>Toma nota de las principales prioridades de la Secretaría con respecto a las sinergias interinstitucionales y la armonización de los procedimientos en el ámbito de los procesos operativos de recursos humanos con la ayuda de un portal único de servicios (RH-TI); observa que, en 2024, la Secretaría firmó un memorando de entendimiento con la Comisión respecto al programa plurianual de transformación de los recursos humanos, al que se adhirió la Secretaría en julio de 2024;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>68.</NO.P>Acoge con satisfacción los nuevos avances realizados por la Secretaría en 2024 en el ámbito de las tecnologías de la información y la digitalización, como la puesta en marcha de una nueva herramienta para gestionar las citas médicas y de vacunación, una nueva plataforma para gestionar las solicitudes de períodos de prácticas, la primera fase del proyecto POMME, que mejora la aplicación del flujo de trabajo en lo que respecta a la planificación de reuniones y la programación de la interpretación, una plataforma (PreSY) para obtener una visión global de las actividades de vigilancia en los tres edificios del Consejo, una plataforma (e-Resto catering) para actividades y solicitudes relacionadas con la restauración y Collab Conseil, una herramienta diseñada para almacenar todos los documentos logísticos necesarios en los preparativos de los consejos ministeriales;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>69.</NO.P>Toma nota de que la Secretaría probó diversas herramientas basadas en la inteligencia artificial para responder a preguntas sobre el Estatuto de los funcionarios, elaborar materiales didácticos (contenido estructurado, estudios de casos, cuestionarios o vídeos basados en una indicación específica) y ayudar a los directivos a examinar los currículos; subraya que el uso de la inteligencia artificial debe llevarse a cabo garantizando principios estrictos de uso ético, transparencia, protección de datos, supervisión humana y protección contra el sesgo o el uso indebido de los algoritmos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>70.</NO.P>Observa que, en 2024, el SEPD llevó a cabo una auditoría sobre el tratamiento de datos médicos, y en particular, sobre su conservación, en las principales instituciones europeas, incluida la Secretaría; invita a la Secretaría a que aplique las recomendaciones del SEPD en lo que respecta a garantizar unas políticas adecuadas de conservación de datos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>71.</NO.P>Toma nota de las actividades de la Secretaría, a través de su estructura de Servicios Digitales, encaminadas a cumplir el nuevo Reglamento sobre ciberseguridad, que entró en vigor a principios de 2024; observa, en este contexto, que en 2024 la Secretaría desarrolló procedimientos internos para informar sobre incidentes de ciberseguridad, contribuyó a la elaboración de todas las directrices del Equipo de respuesta a emergencias informáticas de las instituciones, órganos y organismos de la Unión Europea (CERT-EU), y puso en marcha un servicio de gestión del cumplimiento en materia de ciberseguridad, y que en ese año se completaron once informes de cumplimiento; acoge con satisfacción los esfuerzos de la Secretaría por completar la revisión inicial de la ciberseguridad de todas sus redes digitales y sistemas de información; felicita al Consejo por su participación en la preparación del Mes Europeo de la Ciberseguridad 2024, centrado en la ingeniería social;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Inmuebles</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>72.</NO.P>Toma nota de que en 2024 se ejecutaron proyectos clave como la renovación de las salas de reunión del Consejo, incluido el nuevo mobiliario, los pasillos de los despachos y el mostrador de acreditación del edificio Justus Lipsius;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>73.</NO.P>Toma nota de que la Secretaría puso en marcha actividades preparatorias para la renovación de sus edificios, incluidos el edificio Justus Lipsius y el principal edificio administrativo; está informado de la necesidad expresada de reformar por completo dichos edificios, a fin de garantizar un funcionamiento eficiente y el pleno cumplimiento del marco regulador de la Unión en lo que respecta al comportamiento medioambiental;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>74.</NO.P>Observa que la línea presupuestaria 2011 «Agua, gas, electricidad y calefacción» se reforzó un 33 % mediante una transferencia presupuestaria en 2024; toma nota de que la Secretaría ha seguido reduciendo su consumo energético, entre otras vías, mediante métodos como la disminución de la calefacción de los edificios y la sustitución de las calderas del edificio Justus Lipsius;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>75.</NO.P>Observa que en 2024 se ejecutaron proyectos clave, como la renovación de algunas salas de reunión en los edificios LEX y Justus Lipsius, la renovación continua de los pasillos de los despachos en el edificio Justus Lipsius, la mejora de las instalaciones e infraestructuras para bicicletas en los locales de la Secretaría y la modernización de los mostradores de recepción del edificio Justus Lipsius;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>76.</NO.P>Lamenta que el Consejo aún no haya aplicado un procedimiento de acreditación simplificado para facilitar el acceso de los miembros del personal de las demás instituciones de la Unión a los locales del Consejo; pide al Consejo que adopte rápidamente y aplique dicho procedimiento sin mayor demora en aras de la cooperación interinstitucional;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Medio ambiente y desarrollo sostenible</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>77.</NO.P>Observa que, a raíz de una auditoría externa realizada en 2024, se mantuvo la certificación de la Secretaría en el marco del sistema de gestión y auditoría medioambientales (EMAS);</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>78.</NO.P>Toma nota de que la Secretaría logró un ahorro energético en 2024 mediante la mejora de la eficiencia energética de sus infraestructuras técnicas, como los sistemas de iluminación de los edificios que ocupa; observa una reducción del consumo de energía de la Secretaría del 24,40 % entre 2018 y 2024, y una disminución del consumo de agua del 17 % entre 2023 y 2024; acoge con satisfacción las iniciativas de la Secretaría para seguir reduciendo el consumo de papel;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>79.</NO.P>Acoge con satisfacción las prácticas sostenibles de la Secretaría integradas en algunas de sus actividades; observa, entre otras cosas, que varios procedimientos de contratación pública y contratos marco incluyen criterios sobre la reducción de residuos y el reciclado de equipos, que se consulta a la Oficina Verde sobre proyectos de contratación pública de alto valor en la Secretaría, y que sus restaurantes obtuvieron la certificación «Good Food» (buena alimentación) en 2024; acoge con satisfacción que la Secretaría haya revisado la guía para las misiones de los miembros del personal en 2024, que entró en vigor en 2025 y abarca nuevos incentivos para reducir la huella de carbono de los desplazamientos de los miembros del personal; observa con satisfacción un aumento en lo que respecta a la proporción de miembros del personal que acuden a trabajar utilizando medios sostenibles como el transporte público o la bicicleta, en concreto, del 67 % en 2023 al 78 % en 2024;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>80.</NO.P>Acoge con satisfacción que la Secretaría haya desarrollado una estrategia medioambiental que define una trayectoria de 2025 a 2030 para mejorar el comportamiento ambiental de la Secretaría, y que haya emprendido acciones de comunicación encaminadas a promover la sensibilización del personal, los delegados y los visitantes respecto a las medidas relacionadas con el medio ambiente que pueden adoptarse;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>81.</NO.P>Observa que la Secretaría adquirió vehículos de transporte más sostenibles, en concreto, una berlina eléctrica y tres monovolúmenes híbridos; toma nota, además, de que se han mejorado las infraestructuras y las instalaciones para bicicletas frente a los edificios Justus Lipsius;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Cooperación interinstitucional</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>82.</NO.P>Subraya la necesidad de revisar el artículo 319 del TFUE con el fin de establecer explícitamente que el Parlamento, además de conceder la aprobación de la gestión a la Comisión, también aprueba la gestión de otras instituciones, órganos y organismos de la Unión en la ejecución de sus secciones del presupuesto o de sus presupuestos, a fin de garantizar la claridad jurídica, la coherencia y la igualdad de trato entre las instituciones de la Unión; pide al Consejo que adopte medidas concretas a su debido tiempo para superar el conflicto interinstitucional y reanudar las conversaciones con el Parlamento a fin de alcanzar un acuerdo común para una reanudación fluida y acorde con los Tratados del procedimiento de aprobación de la gestión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>83.</NO.P>Pide al Consejo que reanude las negociaciones al más alto nivel para resolver el prolongado estancamiento de la aprobación de la gestión; solicita a la Comisión y al Servicio Jurídico del Consejo que emitan un dictamen jurídico sobre posibles soluciones basadas en los Tratados para hacer que el Consejo rinda cuentas en lo que respecta al procedimiento de aprobación de la gestión;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Comunicación</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>84.</NO.P>Observa que, en 2024, el presupuesto total para comunicación, teniendo en cuenta las transferencias ejecutadas a lo largo del ejercicio, ascendió a 12 518 610 EUR, es decir, un 5,45 % más que el presupuesto de 2023;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>85.</NO.P>Observa que, en 2024, la Secretaría prestó servicios de comunicación al presidente del Consejo Europeo, al presidente del Eurogrupo, a las presidencias rotatorias (Bélgica y Hungría), al vicepresidente de la Comisión / alto representante para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, a los Estados miembros y a la Secretaría; toma nota de que, en 2024, la Secretaría garantizó unas relaciones continuas con los medios de comunicación y el apoyo a la presencia en las redes sociales e internet a lo largo de la transición de los titulares de cargos, organizó la cobertura audiovisual y la retransmisión de compromisos internacionales clave, y mantuvo un apoyo operativo de alta calidad, incluida la retransmisión en directo de diversos actos, la prestación de servicios de prensa y la promoción de la imagen de marca en cumbres y reuniones institucionales;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>86.</NO.P>Toma nota de que, según una encuesta en línea realizada en el último trimestre de 2024, el 68,30 % de los usuarios (por encima del 67 % en 2023) se mostraron satisfechos con su experiencia global con el sitio web del Consejo, que contó con más de 26 millones de visitas en 2024, lo que supone un aumento del 7 % en comparación con 2023, y 71 400 abonados, frente a 57 900 en 2023;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>87.</NO.P>Observa que la Dirección General de Comunicación (DG COMM) llevó a cabo amplias actividades de participación en la prensa y los medios de comunicación a lo largo de 2024, incluidas 76 sesiones informativas para la prensa, 771 comunicados de prensa, 84 conferencias de prensa y la provisión de un notable apoyo a la acreditación y la cobertura de los medios de comunicación; observa, además, que el centro de prensa y el sitio web del Consejo se utilizaron ampliamente, y que la sección de prensa del sitio web del Consejo atrajo más de 6,4 millones de visitas y casi 2 millones de visitas a páginas de reuniones, lo que demuestra un interés público y mediático sostenido en la toma de decisiones del Consejo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>88.</NO.P>Observa que, en 2024, los equipos digitales de la Secretaría, en estrecha cooperación con las Presidencias, supervisaron y mejoraron los sitios web de las Presidencias belga y húngara, registrando en torno a 407 000 visitas y 1,2 millones de visualizaciones de páginas combinadas, y efectuaron mejoras continuas en el sitio web principal del Consejo, con 19 conjuntos de optimizaciones orientadas al usuario; toma nota, además, de la implantación de diversas funciones de traducción automática y mejoras de la accesibilidad, así como de un exhaustivo estudio de los usuarios encaminado a mejorar la claridad y la navegabilidad de los contenidos en línea en todas las lenguas oficiales de la Unión, reforzando así el alcance digital del Consejo y su compromiso con las partes interesadas y los ciudadanos.</P></ACTION></ACTLST></DISPOSITIF></TEXT></RESOL></TXTLST></SDOCTA>