<?xml version="1.0" encoding="UTF-8" standalone="no"?><SDOCTA xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" STATUS="DEF1" xsi:noNamespaceSchemaLocation="TA.xsd"><IDENT><STRING BOLD="on">P10_TA(2026)0145</STRING></IDENT><TI><STRING BOLD="on">Movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización: solicitud EGF/2025/008 BE/Liberty (Bélgica)</STRING></TI><HIDDEN><STRING HIDDEN="on" ITALIC="on">(A10-0084/2026 - Ponente: Matthias Ecke)</STRING></HIDDEN><TXTLST><RESOL><TI><STRING BOLD="on">Resolución del Parlamento Europeo, de 29 de abril de 2026, sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización para Trabajadores Despedidos en respuesta a una solicitud de Bélgica (EGF/2025/008 BE/Liberty) (COM(2026)0004 – C10-0062/2026 – 2026/0066(BUD))</STRING></TI><TEXT><PREAMBLE><PRINIT><STRING ITALIC="on">El Parlamento Europeo,</STRING></PRINIT><GRVISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2026)0004 – C10‑0062/2026),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) 2021/691 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de abril de 2021, relativo al Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización para Trabajadores Despedidos (FEAG) y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.º 1309/2013<FOOTNOTE><FIELD> DO L 153 de 3.5.2021, p. 48, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2021/691/oj.</FIELD></FOOTNOTE> («Reglamento del FEAG»),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE, Euratom) 2020/2093 del Consejo, de 17 de diciembre de 2020, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2021‑2027 («Reglamento del MFP»)<FOOTNOTE><FIELD> DO L 433 I de 22.12.2020, p. 11, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2020/2093/oj.</FIELD></FOOTNOTE>, modificado por el Reglamento (UE, Euratom) 2024/765<FOOTNOTE><FIELD> Reglamento (UE, Euratom) 2024/765 del Consejo, de 29 de febrero de 2024, por el que se modifica el Reglamento (UE, Euratom) 2020/2093, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2021‑2027 (DO L, 2024/765, 29.2.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/765/oj<STRING ITALIC="on">).</STRING></FIELD></FOOTNOTE>, y en particular su artículo 8,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Acuerdo Interinstitucional de 16 de diciembre de 2020 entre el Parlamento Europeo, el Consejo de la Unión Europea y la Comisión Europea sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera, así como sobre nuevos recursos propios, en particular una hoja de ruta para la introducción de nuevos recursos propios<FOOTNOTE><FIELD> DO L 433 I de 22.12.2020, p. 28, ELI: http://data.europa.eu/eli/agree_interinstit/2020/1222/oj.</FIELD></FOOTNOTE>, y en particular su apartado 9,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el pilar europeo de derechos sociales,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la carta de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de la Comisión de Presupuestos (A10‑0084/2026),</P></VISA></GRVISA><GRCONS><CONS><P><NO.P>A.</NO.P>Considerando que la Unión ha establecido instrumentos legislativos y presupuestarios para proporcionar ayuda adicional a los trabajadores que sufren las consecuencias de situaciones y cambios estructurales importantes en el comercio mundial, así como para ayudarlos a reincorporarse al mercado laboral; que esta ayuda se brinda en forma de apoyo económico a los trabajadores;</P></CONS><CONS><P><NO.P>B.</NO.P>Considerando que el apoyo debe destinarse a la reintegración rápida de los trabajadores y a garantizar que la formación, el reciclaje y la formación profesional doten mejor a los trabajadores de capacidades acordes con las necesidades del mercado laboral;</P></CONS><CONS><P><NO.P>C.</NO.P>Considerando que Bélgica presentó la solicitud EGF/2025/008 BE/Liberty para recibir una contribución financiera del FEAG a raíz de 507 despidos<FOOTNOTE><FIELD> En el sentido del artículo 3 del Reglamento del FEAG.</FIELD></FOOTNOTE> en Liberty Galaţi Belgian Branch (Liberty), en el sector económico clasificado en la división 24 de la NACE Rev. 2 (Metalurgia) en la provincia de Lieja (BE33), Valonia, dentro de un período de referencia comprendido entre el 24 de abril de 2025 y el 24 de agosto de 2025;</P></CONS><CONS><P><NO.P>D.</NO.P>Considerando que la solicitud se basa en los criterios de intervención del artículo 4, apartado 2, letra a), del Reglamento del FEAG, a saber, el cese de la actividad, durante un período de referencia de cuatro meses, de al menos doscientos trabajadores o de trabajadores por cuenta propia de una empresa de un Estado miembro;</P></CONS><CONS><P><NO.P>E.</NO.P>Considerando que el Tribunal de lo Mercantil declaró Liberty en quiebra el 22 de abril de 2025; que, en Bélgica, el número de quiebras va en aumento desde 2022;</P></CONS><CONS><P><NO.P>F.</NO.P>Considerando que la Región Valona y el servicio Le Forem están proporcionando la prefinanciación y cofinanciación nacional de las medidas;</P></CONS><CONS><P><NO.P>G.</NO.P>Considerando que se han cumplido los requisitos establecidos en la legislación nacional y de la Unión sobre despidos colectivos;</P></CONS><CONS><P><NO.P>H.</NO.P>Considerando que las contribuciones financieras del FEAG deben concentrarse en medidas de política activa del mercado laboral y servicios personalizados que fomenten una rápida reinserción de los beneficiarios en el mercado laboral ofreciéndoles al mismo tiempo formación en competencias para facilitar su acceso a dicho mercado;</P></CONS><CONS><P><NO.P>I.</NO.P>Considerando que el FEAG no rebasará un importe anual máximo de 30 millones EUR (a precios de 2018)<FOOTNOTE><FIELD> Artículo 8 del Reglamento del MFP.</FIELD></FOOTNOTE>;</P></CONS></GRCONS></PREAMBLE><DISPOSITIF><ACTLST><ACTION><P><NO.P>1.</NO.P>Conviene con la Comisión en que se cumplen las condiciones establecidas en el Reglamento del FEAG, en particular en su artículo 4, apartado 2, letra a), y en que Bélgica tiene derecho, en virtud de dicho Reglamento, a obtener una contribución financiera de 2 033 869 EUR, que representa el 85 % del coste total de 2 392 788 EUR, es decir, 2 358 922 EUR en concepto de gastos de servicios personalizados y 33 866 EUR en concepto de gastos de actividades preparatorias, gestión, información y publicidad, control y presentación de informes;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>2.</NO.P>Observa que las autoridades belgas presentaron la solicitud el 13 de noviembre de 2025 y que, tras recibir la información adicional facilitada por Bélgica, la Comisión finalizó su evaluación e informó al respecto al Parlamento el 2 de marzo de 2026; destaca la necesidad de acortar el plazo entre la presentación de una solicitud de ayuda del FEAG y la decisión de financiación, salvaguardando al mismo tiempo los derechos presupuestarios del Parlamento;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>3.</NO.P>Observa que la solicitud se refiere a 507 beneficiarios previstos, a los que se despidió de la empresa Liberty;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>4.</NO.P>Toma nota de que Liberty experimentó dificultades financieras durante varios años antes de la declaración de quiebra, derivadas de unas condiciones adversas del mercado siderúrgico, las perturbaciones de la cadena de suministro relacionadas con la pandemia de COVID‑19 y los elevados precios de la energía que siguieron a la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania, junto a la dependencia de la Unión respecto de los combustibles fósiles importados y el despliegue insuficiente de fuentes de energía más baratas; señala que las líneas de galvanización de Liberty Steel Liège han estado inactivas desde diciembre de 2021, principalmente debido a la falta de materias primas, lo cual desencadenó una operación de reestructuración que dio lugar a la cesión contractual a Liberty Galaţi en 2023; lamenta que, a pesar de la adquisición, la actividad de producción no se reanudó y culminó en la quiebra;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>5.</NO.P>Constata que las dificultades a las que se enfrenta Liberty Steel también están relacionadas con factores específicos de la propia empresa, tras su adquisición por parte de GFG Alliance a ArcelorMittal; destaca su profunda preocupación por la sostenibilidad financiera del modelo de negocio y el incumplimiento de los compromisos de inversión, lo que contribuyó al deterioro de la situación económica de la planta y a los consiguientes despidos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>6.</NO.P>Toma nota de que la Región Valona sufrió un proceso de desindustrialización y transformación económica<FOOTNOTE><FIELD> Banco Nacional de Bélgica,«Economic Review 2024» (Análisis económico de 2024).</FIELD></FOOTNOTE>; observa que la quiebra de Liberty representa una importante perturbación social para Valonia, región cuyo mercado laboral ya estaba debilitado por otras reestructuraciones; hace hincapié en que el sector siderúrgico sigue siendo un sector económico importante para Bélgica, que mantiene una elevada proporción de puestos de trabajo en el sector siderúrgico por habitante; pide a las autoridades belgas que presten un apoyo específico adaptado a estos perfiles para ayudar a los trabajadores a desarrollar ulteriormente las capacidades necesarias para encontrar nuevos empleos de calidad, adoptando al mismo tiempo medidas para reducir el número de quiebras y abordar las disparidades sociales que conducen a la exclusión de la mano de obra; hace hincapié en que la Unión mantiene un entorno favorable a las empresas, lo cual impulsa el crecimiento económico, fomenta la innovación, apoya el desarrollo tecnológico, fortalece la competitividad y reduce las cargas normativas innecesarias y simplifica los procedimientos burocráticos, y destaca la necesidad de políticas que fomenten la competitividad industrial, la cohesión territorial, económica y social y el desarrollo regional; destaca la importancia de un sector siderúrgico europeo competitivo y resiliente como base para una industria fuerte y de alta calidad y un pilar central de la autonomía estratégica de la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>7.</NO.P>Recuerda que uno de cada cuatro demandantes de empleo registrados en Valonia tiene más de cincuenta años y se enfrenta a mayores obstáculos a la hora de reincorporarse al mercado laboral; observa que, a pesar de su elevada especialización, las transiciones laborales de los trabajadores de Liberty se ven amenazadas por su avanzada edad (el 52 % de los trabajadores tienen 55 años o más); señala que el 69 % de los trabajadores despedidos tienen un nivel de formación bajo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>8.</NO.P>Recuerda que, con el acuerdo de los sindicatos y las autoridades regionales, los servicios personalizados que se prestarán a los trabajadores consisten en las siguientes medidas: recolocación y orientación profesional; formación, reciclaje y formación profesional, incluidas las competencias digitales; apoyo para la creación de empresas; contribución a la creación de empresas; incentivos y otras asignaciones; destaca la importancia de aumentar la inversión en innovación, capacidades y modernización industrial a fin de reforzar la competitividad de la industria europea y garantizar que los trabajadores están preparados para las necesidades cambiantes del mercado laboral;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>9.</NO.P>Hace hincapié en la importancia de fomentar el empleo de calidad y orientado al futuro que refuerce la competitividad, fomente la transformación digital y satisfaga las demandas del mercado laboral con el fin de garantizar la resiliencia económica y social a largo plazo; considera, por consiguiente, que la movilización del FEAG debe enmarcarse dentro de una respuesta de estrategia política más amplia a todos los niveles políticos para garantizar que los trabajadores afectados encuentren oportunidades adecuadas en consonancia con sus cualificaciones y competencias; destaca que el FEAG es un instrumento de solidaridad y transición justa y que, en primera instancia, la principal función de la Unión debe ser evitar estos cierres;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>10.</NO.P>Subraya la importancia de reforzar la competitividad industrial de la Unión y de promover la inversión en sectores industriales estratégicos con el fin de evitar una mayor desindustrialización y apoyar la creación de empleo; hace hincapié en la necesidad de que se produzca una transición hacia las energías renovables, junto con otras medidas que garanticen unos precios de la energía asequibles;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>11.</NO.P>Subraya que las autoridades belgas garantizarán la visibilidad de la financiación de la Unión y destacarán su valor añadido facilitando información eficaz y específica a los beneficiarios, las autoridades regionales y locales, los interlocutores sociales y el público en general;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>12.</NO.P>Pide que se efectúen evaluaciones finales exhaustivas junto con los interlocutores sociales de las medidas aplicadas, en las que figure información clara y transparente sobre cómo se han utilizado los fondos, la reinserción de los trabajadores en el mercado laboral y si se han alcanzado los objetivos del FEAG; destaca, en este contexto, la importancia de una supervisión periódica de las medidas financiadas con cargo al FEAG a fin de evaluar su eficacia;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>13.</NO.P>Observa que Bélgica empezó a prestar servicios personalizados a los beneficiarios previstos el 1 de junio de 2025 y que, por lo tanto, el período de admisibilidad para recibir una contribución financiera del FEAG irá desde esa fecha hasta veinticuatro meses después de la fecha de entrada en vigor de la decisión de financiación;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>14.</NO.P>Toma nota de que Bélgica empezó a incurrir en gastos administrativos para ejecutar las actividades del FEAG el 22 de abril de 2025 y que, por tanto, dichos gastos podrán optar a una contribución financiera del FEAG desde esa fecha hasta treinta y un meses después de la fecha de entrada en vigor de la decisión de financiación;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>15.</NO.P>Observa que las autoridades belgas garantizaron que se respetarán los principios de igualdad de trato y no discriminación en el acceso a las medidas propuestas y su aplicación y que se evitará toda doble financiación;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>16.</NO.P>Reitera que la ayuda del FEAG no debe sustituir a las acciones que sean responsabilidad de los poderes públicos o de las empresas en virtud de la legislación nacional o de convenios colectivos; recuerda que el FEAG es un mecanismo limitado, específico y complementario, y no puede sustituir a las políticas económicas estructurales, que son competencia principalmente de los Estados miembros;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>17.</NO.P>Aprueba la Decisión adjunta a la presente Resolución;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>18.</NO.P>Encarga a su presidenta que firme esta Decisión, conjuntamente con el presidente del Consejo, y disponga su publicación en el <STRING ITALIC="on">Diario Oficial de la Unión Europea</STRING>;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>19.</NO.P>Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución, incluido su anexo, al Consejo y a la Comisión.</P></ACTION></ACTLST></DISPOSITIF></TEXT></RESOL></TXTLST><TXTLST><ANNEX><TI><STRING BOLD="on">ANEXO: DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO</STRING></TI><STI><STRING BOLD="on">relativa a la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización para Trabajadores Despedidos en respuesta a una solicitud de Bélgica – EGF/2025/008 BE/Liberty</STRING></STI><P><STRING ITALIC="on">(No se reproduce el texto del presente anexo dado que corresponde al del acto definitivo, Decisión (UE) 2026/1134)</STRING></P></ANNEX></TXTLST></SDOCTA>