<?xml version="1.0" encoding="UTF-8" standalone="no"?><SDOCTA xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" xsi:noNamespaceSchemaLocation="TA.xsd"><IDENT><STRING BOLD="on">P10_TA(2026)0237</STRING></IDENT><TI><STRING BOLD="on">Suplicatorio de suspensión de la inmunidad de Ilhan Kyuchyuk</STRING></TI><HIDDEN><STRING HIDDEN="on" ITALIC="on">(A10-0194/2026 - Ponente: Dominik Tarczyński)</STRING></HIDDEN><TXTLST><DECISION><TI><STRING BOLD="on">Decisión del Parlamento Europeo, de 7 de julio de 2026, sobre el suplicatorio de suspensión de la inmunidad de Ilhan Kyuchyuk (2026/2000(IMM))</STRING></TI><TEXT><PREAMBLE><PRINIT><STRING ITALIC="on">El Parlamento Europeo,</STRING></PRINIT><GRVISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el suplicatorio de suspensión de la inmunidad de Ilhan Kyuchyuk, presentado por el fiscal general europeo el 24 de noviembre de 2025 en relación con una investigación en curso relativa a Ilhan Kyuchyuk y comunicado al Pleno el 15 de diciembre de 2025,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Previa audiencia a Ilhan Kyuchyuk el 3 de junio de 2026, de conformidad con el artículo 9, apartado 6, de su Reglamento interno,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos los artículos 8 y 9 del Protocolo n.º 7 sobre los privilegios y las inmunidades de la Unión Europea, así como el artículo 6, apartado 2, del Acta relativa a la elección de los diputados al Parlamento Europeo por sufragio universal directo, de 20 de septiembre de 1976,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) 2017/1939 del Consejo, de 12 de octubre de 2017, por el que se establece una cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea<FOOTNOTE><FIELD> DO L 283 de 31.10.2017, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2017/1939/oj.</FIELD></FOOTNOTE>, y en particular su artículo 29, apartado 2,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistas las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 21 de octubre de 2008, 19 de marzo de 2010, 6 de septiembre de 2011, 17 de enero de 2013 y 19 de diciembre de 2019<FOOTNOTE><FIELD> Sentencia del Tribunal de Justicia de 21 de octubre de 2008, Marra/De Gregorio y Clemente, C-200/07 y C-201/07, ECLI:EU:C:2008:579; sentencia del Tribunal General de 19 de marzo de 2010, Gollnisch/Parlamento, T-42/06, ECLI:EU:T:2010:102; sentencia del Tribunal de Justicia de 6 de septiembre de 2011, Patriciello, C-163/10, ECLI: EU:C:2011:543; sentencia del Tribunal General de 17 de enero de 2013, Gollnisch/Parlamento, T-346/11 y T-347/11, ECLI:EU:T:2013:23; sentencia del Tribunal de Justicia de 19 de diciembre de 2019, Junqueras Vies, C 502/19, ECLI:EU:C:2019:1115.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el artículo 70, apartado 1, de la Constitución de la República de Bulgaria,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos el artículo 5, apartado 2, el artículo 6, apartado 1, y el artículo 9 de su Reglamento interno,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de la Comisión de Asuntos Jurídicos (A10-0194/2026),</P></VISA></GRVISA><GRCONS><CONS><P><NO.P>A.</NO.P>Considerando que, el 24 de noviembre de 2025, el fiscal general europeo presentó un suplicatorio de suspensión de la inmunidad de Ilhan Kyuchyuk, diputado al Parlamento Europeo elegido en Bulgaria, en relación con una investigación en curso sobre varios presuntos delitos relacionados con el uso indebido de fondos de la Unión;</P></CONS><CONS><P><NO.P>B.</NO.P>Considerando que, según el suplicatorio, una investigación llevada a cabo en Bulgaria por el fiscal europeo delegado presuntamente constató que todos los asistentes locales de Ilhan Kyuchyuk trabajaban en oficinas gestionadas por un partido político nacional, y que la mayoría de los gastos relacionados con el trabajo estaban cubiertos por el partido, mientras que Ilhan Kyuchyuk presuntamente solo sufragaba sus salarios; que también se alega que muchos asistentes locales desempeñaron funciones públicas en el seno de dicho partido, en cuyo concepto recibieron una remuneración separada; que la investigación abarca un período de más de diez años;</P></CONS><CONS><P><NO.P>C.</NO.P>Considerando que, según el suplicatorio, los hechos alegados podrían constituir delitos de fraude no relacionado con la contratación pública —declaraciones o documentos falsos, incorrectos o incompletos—, así como de malversación de fondos de la Unión y corrupción, delitos tipificados en el artículo 248 <STRING ITALIC="on">bis</STRING> del Código Penal búlgaro; que el suplicatorio también hace referencia a la «participación en actos contra la soberanía y la seguridad de la Unión Europea»;</P></CONS><CONS><P><NO.P>D.</NO.P>Considerando que Ilhan Kyuchyuk fue elegido diputado al Parlamento Europeo en las elecciones europeas de mayo de 2014, y fue reelegido en mayo de 2019 y de nuevo en junio de 2024, por lo que era diputado al Parlamento Europeo en el momento en que se cometieron los presuntos delitos;</P></CONS><CONS><P><NO.P>E.</NO.P>Considerando que el artículo 8 del Protocolo n.º 7 sobre los privilegios y las inmunidades de la Unión Europea dispone que los miembros del Parlamento Europeo no podrán ser buscados, detenidos ni procesados por las opiniones o los votos por ellos emitidos en el ejercicio de sus funciones;</P></CONS><CONS><P><NO.P>F.</NO.P>Considerando que los delitos presuntamente cometidos no constituyen una opinión expresada o un voto emitido por Ilhan Kyuchyuk en el ejercicio de sus funciones, en el sentido del artículo 8 del Protocolo n.º 7 sobre los privilegios y las inmunidades de la Unión Europea, y que el ulterior suplicatorio de suspensión de la inmunidad no está relacionado con ese tipo de opiniones o votos;</P></CONS><CONS><P><NO.P>G.</NO.P>Considerando que el artículo 9, párrafo primero, letra a), del Protocolo n.º 7 sobre los privilegios y las inmunidades de la Unión Europea establece que, mientras el Parlamento Europeo esté en período de sesiones, sus miembros gozarán, en su propio territorio nacional, de las inmunidades reconocidas a los miembros del Parlamento de su país;</P></CONS><CONS><P><NO.P>H.</NO.P>Considerando que el artículo 70, apartado 1, de la Constitución de la República de Bulgaria establece que «los miembros de la Asamblea Nacional gozarán de inmunidad frente a la detención o el enjuiciamiento penal, salvo si cometieron algún delito, y en ese caso se requerirá la autorización de la Asamblea Nacional o, entre su período de sesiones, del presidente de la Asamblea Nacional»;</P></CONS><CONS><P><NO.P>I.</NO.P>Considerando que el objetivo de la inmunidad parlamentaria recogida en el Protocolo n.º 7 sobre los privilegios y las inmunidades de la Unión Europea consiste en proteger al Parlamento y a sus diputados frente a los procedimientos judiciales relacionados con las actividades desempeñadas en el ejercicio de sus obligaciones parlamentarias y que no puedan desvincularse de estas;</P></CONS><CONS><P><NO.P>J.</NO.P>Considerando que, de conformidad con el artículo 5, apartado 2, de su Reglamento interno, la inmunidad parlamentaria no es un privilegio personal del diputado, sino una garantía de independencia del Parlamento en su conjunto y de sus diputados;</P></CONS><CONS><P><NO.P>K.</NO.P>Considerando que el Parlamento no puede equipararse a un órgano jurisdiccional y, que el diputado, en el contexto de un procedimiento de suspensión de la inmunidad, no puede considerarse un «acusado»<FOOTNOTE><FIELD> Sentencia del Tribunal General de 30 de abril de 2019, Briois/Parlamento, T-214/18, ECLI:EU:T:2019:266.</FIELD></FOOTNOTE>;</P></CONS><CONS><P><NO.P>L.</NO.P>Considerando que el suplicatorio de suspensión de la inmunidad ha sido presentado por el fiscal general europeo a raíz de una investigación del fiscal europeo delegado en Bulgaria; que es de dominio público que el fiscal europeo de Bulgaria fue suspendido temporalmente en marzo de 2025, a la espera de una investigación sobre una posible falta, y que, en febrero de 2026, el Colegio de la Fiscalía Europea declaró al fiscal europeo de Bulgaria culpable de una falta grave; que, como se señala en el suplicatorio de suspensión de la inmunidad, Ilhan Kyuchyuk es miembro del partido político búlgaro Movimiento por los Derechos y las Libertades; que, al parecer, Ilhan Kyuchyuk sufrió un ataque en Bulgaria por parte de un opositor político de ese mismo partido en relación con la situación en el partido, que Ilhan Kyuchyuk denunció públicamente; que parece que Ilhan Kyuchyuk fue objeto de acusaciones y ataques infundados en Bulgaria en el momento en que se propuso su nombramiento como presidente de la Comisión de Asuntos Jurídicos del Parlamento Europeo; que parece haber estado expuesto a controles anticorrupción totalmente desproporcionados en Bulgaria, pero que nunca se concluyó que hubiera cometido irregularidades;</P></CONS><CONS><P><NO.P>M.</NO.P>Considerando que las serias dudas en torno al suplicatorio de suspensión de la inmunidad a raíz de la constatación de una falta grave por parte del fiscal europeo de Bulgaria —bajo cuya supervisión se llevó a cabo la investigación que dio lugar al suplicatorio —, en relación con el contexto en el que el suplicatorio se presentó, la evidente falta de precisión de los hechos investigados y los presuntos delitos tal como se presentan en el suplicatorio, así como la repercusión desproporcionada en la reputación, constituyen un conjunto de indicios graves y objetivos de que la investigación puede haberse iniciado con el fin de comprometer deliberadamente a Ilhan Kyuchyuk;</P></CONS><CONS><P><NO.P>N.</NO.P>Considerando que, por lo tanto, parece que en este caso cabe apreciar <STRING ITALIC="on">fumus persecutionis</STRING>, es decir, que la intención subyacente del procedimiento judicial es dañar la actividad política de Ilhan Kyuchyuk como diputado al Parlamento Europeo y, por ende, la independencia del Parlamento;</P></CONS></GRCONS></PREAMBLE><DISPOSITIF> <ACTLST><ACTION><P><NO.P>1.</NO.P>Decide no suspender la inmunidad parlamentaria de Ilhan Kyuchyuk;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>2.</NO.P>Encarga a su presidenta que transmita inmediatamente la presente Decisión y el informe de la comisión competente a la Fiscalía Europea y a Ilhan Kyuchyuk.</P></ACTION></ACTLST></DISPOSITIF></TEXT></DECISION></TXTLST></SDOCTA>