<?xml version="1.0" encoding="UTF-8" standalone="no"?><SDOCTA xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" xsi:noNamespaceSchemaLocation="TA.xsd"><IDENT><STRING BOLD="on">P10_TA(2026)0242</STRING></IDENT><TI><STRING BOLD="on">Proyecto de presupuesto rectificativo n.º 1/2026: consignación del excedente del ejercicio presupuestario de 2025</STRING></TI><HIDDEN><STRING HIDDEN="on" ITALIC="on">(A10-0180/2026 - Ponente: Andrzej Halicki)</STRING></HIDDEN><TXTLST><RESOL><TI><STRING BOLD="on">Resolución del Parlamento Europeo, de 7 de julio de 2026, sobre la Posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n.º 1/2026 de la Unión Europea para el ejercicio 2026: consignación del excedente del ejercicio presupuestario 2025 (09919/2026 – C10-0145/2026 – 2026/0090(BUD))</STRING></TI><TEXT><PREAMBLE><PRINIT><STRING ITALIC="on">El Parlamento Europeo,</STRING></PRINIT><GRVISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el artículo 314 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el artículo 106 <STRING ITALIC="on">bis</STRING> del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE, Euratom) 2024/2509 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de septiembre de 2024, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión<FOOTNOTE><FIELD> DO L, 2024/2509, 26.9.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/2509/oj.</FIELD></FOOTNOTE>, y en particular su artículo 44,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2026, adoptado definitivamente el 26 de noviembre de 2025<FOOTNOTE><FIELD> DO L, 2026/72, 26.2.2026, ELI: http://data.europa.eu/eli/budget/2026/72/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE, Euratom) 2020/2093 del Consejo, de 17 de diciembre de 2020, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2021-2027<FOOTNOTE><FIELD> DO L 433 I de 22.12.2020, p. 11, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2020/2093/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE, Euratom) 2024/765 del Consejo por el que se modifica el Reglamento (UE, Euratom) 2020/2093, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2021-2027<FOOTNOTE><FIELD> DO L, 2024/765, 29.2.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/765/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Acuerdo Interinstitucional, de 16 de diciembre de 2020, entre el Parlamento Europeo, el Consejo de la Unión Europea y la Comisión Europea sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera, así como sobre nuevos recursos propios, en particular una hoja de ruta para la introducción de nuevos recursos propios<FOOTNOTE><FIELD> DO L 433 I de 22.12.2020, p. 28, ELI: http://data.europa.eu/eli/agree_interinstit/2020/1222/oj</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Decisión (UE, Euratom) 2020/2053 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, sobre el sistema de recursos propios de la Unión Europea y por la que se deroga la Decisión 2014/335/UE, Euratom<FOOTNOTE><FIELD> DO L 424 de 15.12.2020, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2020/2053/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista su Resolución, de 28 de abril de 2026, sobre la propuesta de Reglamento del Consejo por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2028-2034<FOOTNOTE><FIELD> Textos Aprobados, P10_TA(2026)0111.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el proyecto de presupuesto rectificativo n.º 1/2026 adoptado por la Comisión el 10 de abril de 2026 (COM(2026)0450),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Posición sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n.º 1/2026 aprobada por el Consejo el 16 de junio de 2026 y transmitida al Parlamento el 18 de junio de 2026 (09919/2026),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos los artículos 96 y 98 de su Reglamento interno,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de la Comisión de Presupuestos (A10-0180/2026),</P></VISA></GRVISA><GRCONS><CONS><P><NO.P>A.</NO.P>Considerando que el objetivo del proyecto de presupuesto rectificativo n.º 1/2026 es consignar en el presupuesto de 2026 el excedente resultante de la ejecución del ejercicio 2025, que asciende a 2095 000 000 EUR;</P></CONS><CONS><P><NO.P>B.</NO.P>Considerando que los componentes principales de este excedente son un resultado positivo en los ingresos de 1994 000 000 EUR y una infrautilización de 101 000 000 EUR;</P></CONS><CONS><P><NO.P>C.</NO.P>Considerando que, por el lado de los ingresos, el excedente se debe principalmente a un importe de derechos de aduana superior a lo previsto de 860 000 000 EUR; que el segundo factor principal que contribuye al volumen del excedente es un importe de 840 000 000 EUR en ingresos financieros, intereses de demora y multas;</P></CONS><CONS><P><NO.P>D.</NO.P>Considerando que, por el lado de los gastos, la infrautilización de los pagos por parte de todas las instituciones, incluidas las anulaciones de créditos prorrogados, ascendió a 111 000 000 EUR (lo que supone el 0,04 % de los créditos de pago autorizados);</P></CONS></GRCONS></PREAMBLE><DISPOSITIF><ACTLST><ACTION><P><NO.P>1.</NO.P>Toma nota del proyecto de presupuesto rectificativo n.º 1/2026 presentado por la Comisión, concebido para la consignación presupuestaria del excedente de 2025, que asciende a 2095 000 000 EUR, de conformidad con el artículo 18, apartado 3, del Reglamento Financiero;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>2.</NO.P>Celebra que el excedente de 2025 se deba principalmente a un aumento de la variación en los títulos 1 (Recursos propios, en particular los derechos de aduana) y 4 (Ingresos financieros, intereses de demora y multas), mientras que el excedente asociado a los gastos se mantiene en una cuantía muy modesta de 101 000 000 EUR;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>3.</NO.P>Lamenta que la consignación del excedente en el presupuesto reduzca en una cuantía proporcional la contribución total de los Estados miembros a los recursos propios basados en la renta nacional bruta para la financiación del presupuesto de 2026; subraya que, en un momento en que las necesidades de financiación siguen siendo elevadas —en particular para el coste de la deuda del IRUE— y el margen de maniobra dentro del presupuesto de la Unión continúa siendo extremadamente limitado, el presupuesto debe mantener un nivel suficiente de flexibilidad en los últimos años del MFP actual a fin de que la Unión pueda hacer frente a acontecimientos imprevistos; insiste en que la flexibilidad del presupuesto de la Unión es una de las cuestiones clave que deben abordarse en las negociaciones sobre el marco financiero plurianual 2028-2034;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>4.</NO.P>Recuerda su posición, mantenida desde hace tiempo, de que los ingresos imprevistos derivados de multas y tasas o importes equivalentes deben utilizarse como ingresos suplementarios para el presupuesto de la Unión y no deben dar lugar a la correspondiente disminución de las contribuciones basadas en la RNB;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>5.</NO.P>Toma nota del cálculo de las reducciones a tanto alzado anuales ajustadas de la RNB para los cinco Estados miembros beneficiarios, que ascienden a unos 5800 000 000 EUR netos; destaca que estas reducciones están vinculadas a la inflación y, por lo tanto, han aumentado a un ritmo superior a los límites máximos del MFP, que se ajustan anualmente sobre la base del deflactor del 2 %; subraya que esta anomalía aumenta la carga para los demás Estados miembros;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>6.</NO.P>Toma nota de la partida de ingresos negativos incluida en el artículo 425, que asciende a 54 000 000 EUR, y acoge con satisfacción este método de incorporación de los costes para el presupuesto derivados de pagos efectuados en virtud de un convenio transaccional que conlleve intereses compensatorios e intereses de demora relacionados con el reembolso de multas en materia de competencia anuladas o reducidas en virtud de las correspondientes sentencias del Tribunal de Justicia; recuerda que el Parlamento, al negociar la versión refundida de 2024 del Reglamento Financiero, había insistido en que se aplicase este enfoque a fin de evitar generar créditos de gasto adicionales en la ya sobrecargada rúbrica 7; recuerda que esta solución finaliza el 31 de diciembre de 2027; pide a la Comisión que proponga una solución definitiva para el próximo MFP que logre el mismo objetivo de evitar cualquier impacto en la parte de gastos del presupuesto;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>7.</NO.P>Insiste en su llamamiento reiterado de contar con unos ingresos sostenibles, predecibles y resilientes para el presupuesto de la Unión de conformidad con el artículo 310 del TFUE, que deben ajustarse a la parte del gasto y a las prioridades estratégicas y las necesidades de financiación definidas de la Unión; reafirma su sólido compromiso con la introducción de nuevos recursos propios, no solo para el reembolso de la deuda de NextGenerationEU, sino también para financiar las ambiciones políticas de la Unión, que ahora son mayores; recuerda que, sin unos nuevos recursos propios auténticos, la carga financiera recaerá inevitablemente en los Estados miembros por medio del aumento de las contribuciones basadas en la RNB; considera, por tanto, que la introducción de nuevos flujos de ingresos auténticos por un valor de al menos 60 000 000 000 EUR al año es una condición esencial para un marco financiero plurianual ambicioso para el período 2028-2034;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>8.</NO.P>Aprueba la Posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n.º 1/2026;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>9.</NO.P>Encarga a su presidenta que declare que el presupuesto rectificativo n.º 1/2026 ha quedado definitivamente adoptado y disponga su publicación en el <STRING ITALIC="on">Diario Oficial de la Unión Europea</STRING>;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>10.</NO.P>Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a las demás instituciones y a los órganos interesados, así como a los Parlamentos nacionales.</P></ACTION></ACTLST></DISPOSITIF></TEXT></RESOL></TXTLST></SDOCTA>