<?xml version="1.0" encoding="UTF-8" standalone="no"?><SDOCTA xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" xsi:noNamespaceSchemaLocation="TA.xsd"><IDENT><STRING BOLD="on">P10_TA(2026)0245</STRING></IDENT><TI><STRING BOLD="on">Actividades financieras del Grupo del Banco Europeo de Inversiones: informe anual 2025</STRING></TI><HIDDEN><STRING HIDDEN="on" ITALIC="on">(A10-0170/2026 - Ponente: Joachim Streit)</STRING></HIDDEN><TXTLST><RESOL><TI><STRING BOLD="on">Resolución del Parlamento Europeo, de 7 de julio de 2026, sobre las actividades financieras del Grupo del Banco Europeo de Inversiones: informe anual 2025 (2025/2213(INI))</STRING></TI><TEXT><PREAMBLE><PRINIT><STRING ITALIC="on">El Parlamento Europeo,</STRING></PRINIT><GRVISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos los artículos 2 y 3 del Tratado de la Unión Europea,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos los artículos 15, 126, 174, 175, 177, 208, 209, 271, 308 y 309 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y su Protocolo n.º 5 sobre los estatutos del Banco Europeo de Inversiones (BEI),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos los artículos 41 a 43 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos los estatutos del BEI,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos el plan operativo 2026-2028 del Grupo BEI, publicado el 29 de enero de 2026, y el plan operativo del Grupo BEI 2025-2027, de 30 de enero de 2025,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de actividades 2025 del Grupo BEI, titulado «Powering Europe» (Impulsando Europa) y publicado el 29 de enero de 2026,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos los procedimientos de diligencia debida en materia medioambiental, climática y social del BEI, publicados el 20 de octubre de 2025,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la orientación estratégica para EIB Global, publicada el 15 de octubre de 2025,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el documento titulado «EIB Investment Survey 2025 – European Union – Overview» (Encuesta sobre inversiones 2025 del BEI — Unión Europea — Visión general), publicado el 14 de octubre de 2025,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la publicación del BEI titulada «Unlocking innovation: Addressing the funding needs of EU technology infrastructures» (Desbloquear la innovación: abordar las necesidades de financiación de las infraestructuras tecnológicas de la UE), publicado el 15 de septiembre de 2025,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el documento sobre evaluación del BEI (Informe de actividades 2022 y programa de trabajo 2023-2025), publicado el 3 de marzo de 2023,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Política del Mecanismo de Reclamaciones del Grupo BEI, publicada el 13 de noviembre de 2018,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la publicación del BEI sobre la política de concesión de préstamos al sector energético del BEI («EIB energy lending policy»), de 8 de mayo de 2023,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistas la Hoja de ruta del Banco Climático del Grupo BEI 2021-2025, adoptada por el Consejo de Administración del BEI el 11 de noviembre de 2020, la fase 2 de la Hoja de ruta del Banco Climático, publicada el 3 de octubre de 2025, y la estrategia climática del BEI, publicada el 15 de noviembre de 2020,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistas las normas medioambientales y sociales del BEI, de 2 de febrero de 2022,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Plan de Acción para una Vivienda Asequible y Sostenible del Grupo BEI,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la publicación del BEI titulada «EIB Global – Partnerships, People, Impact» (EIB Global: asociaciones, personas, impacto), de 10 de febrero de 2023,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la estrategia del Grupo BEI sobre la igualdad de género y el empoderamiento económico de las mujeres, publicada el 6 de enero de 2017, así como su Plan de Acción en materia de Género III (2026-2030), publicado el 3 de marzo de 2026,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el código de conducta para el personal del Grupo BEI, publicado el 3 de febrero de 2023,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el paquete de solidaridad del BEI para Ucrania, aprobado por el Consejo de Administración del BEI el 4 de marzo de 2022,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Comunicación de la Comisión, de 29 de enero de 2025, titulada «Una Brújula para la Competitividad de la UE» (COM(2025)0030),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Comunicación de la Comisión, de 26 de febrero de 2025, titulada «Pacto por una Industria Limpia: una hoja de ruta conjunta para la competitividad y la descarbonización» (COM(2025)0085),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Comunicación de la Comisión, de 26 de febrero de 2025, titulada «Plan de Acción para una Energía Asequible — Explotar el verdadero valor de nuestra Unión de la Energía para garantizar una energía asequible, eficiente y limpia para todos los europeos» (COM(2025)0079),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de Mario Draghi, de 9 de septiembre de 2024, titulado «The future of European competitiveness» (El futuro de la competitividad europea),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el Fondo Europeo de Competitividad (FEC), incluido el programa específico de actividades de investigación e innovación en materia de defensa, por el que se derogan los Reglamentos (UE) 2021/522, (UE) 2021/694, (UE) 2021/697 y (UE) 2021/783 y se modifican los Reglamentos (UE) 2021/696, (UE) 2023/588 y (UE) [EDIP] (COM(2025)0555), presentada por la Comisión el 16 de julio de 2025,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Acuerdo tripartito entre la Comisión, el Tribunal de Cuentas Europeo y el Banco Europeo de Inversiones, que entró en vigor en noviembre de 2021,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el artículo 55 de su Reglamento interno,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de la Comisión de Presupuestos (A10-0170/2026),</P></VISA></GRVISA><GRCONS><CONS><P><NO.P>A.</NO.P>Considerando que el BEI afirma que su inversión total alcanzó un nivel récord de 100 000 000 000 EUR en 2025, frente a los 89 000 000 000 EUR de 2024; que el coeficiente de apalancamiento del BEI se ha incrementado hasta el 290 %, lo que ofrece un margen adicional para que el BEI invierta en las prioridades comunes de la Unión y las respalde;</P></CONS><CONS><P><NO.P>B.</NO.P>Considerando que el BEI contribuye a abordar los fallos del mercado y los déficits de inversión catalizando el capital privado al tiempo que opera como una institución financiera basada en el mercado y fundamentada en principios bancarios sólidos;</P></CONS><CONS><P><NO.P>C.</NO.P>Considerando que el BEI, que es propiedad exclusiva de los Estados miembros, tiene la misión de contribuir a la consecución de los objetivos de la Unión, en particular al desarrollo del mercado interior y al refuerzo del potencial de la Unión en términos de creación de empleo, crecimiento económico y competitividad, y a la doble transición; que este mandato incluye también la promoción de las políticas de la Unión en terceros países;</P></CONS></GRCONS></PREAMBLE><DISPOSITIF><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Aspectos generales</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>1.</NO.P>Acoge con satisfacción la hoja de ruta estratégica del BEI para el período 2024-2027 destinada a apoyar las prioridades políticas de la Unión, que incluyen movilizar inversiones para reforzar la base económica e industrial de Europa, apoyar la innovación, la competitividad, las tecnologías críticas, la seguridad y la defensa, impulsar el crecimiento sostenible, las transiciones ecológica y digital, el desarrollo regional, las infraestructuras modernas y críticas, incluidas las infraestructuras sociales como la vivienda, la educación y la salud, y un sector agrícola resiliente e innovador, y centrarse en las pymes y las empresas emergentes europeas, fomentando al mismo tiempo las asociaciones internacionales y la realización de la Unión de Ahorros e Inversiones;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>2.</NO.P>Subraya que el BEI se ha ajustado rigurosamente a las prioridades europeas a lo largo de los años; acoge con gran satisfacción que se dé más prioridad a las inversiones que refuercen la competitividad, la resiliencia industrial y la seguridad de Europa, y pide que se lleven a cabo con rapidez y eficacia; apoya el papel del BEI como banco del clima, señalando que la acción por el clima se considera la principal prioridad estratégica del Grupo BEI para el período 2024-2027, con bastante más del 50 % de las inversiones anuales asignadas a la transición ecológica; pide mayores niveles de inversión para las prioridades relacionadas con la competitividad, en particular para las pymes y las empresas emergentes, y para la expansión de las empresas europeas innovadoras, a la luz de su papel fundamental a la hora de colmar la brecha de competitividad de Europa; hace hincapié en la necesidad de que el BEI mantenga una cartera equilibrada, incluyendo la seguridad y la defensa, el clima, la competitividad, la cohesión, la innovación, la cooperación y el desarrollo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>3.</NO.P>Subraya que el BEI es un agente creíble en los mercados financieros internacionales, como demuestra su calificación crediticia triple A; subraya que preservar esta calificación es esencial para que pueda recaudar fondos en condiciones favorables y que cualquier deterioro aumentaría significativamente los costes de financiación; pide al BEI que efectúe un estrecho seguimiento de cómo afecta la ampliación de sus actividades de defensa a su calificación crediticia triple A;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>4.</NO.P>Hace hincapié en el papel fundamental del BEI a la hora de movilizar financiación pública y privada para abordar los déficits de inversión y reforzar la resiliencia económica de la Unión en un entorno mundial difícil; recuerda que la coordinación transfronteriza, la integración del mercado de capitales y el buen funcionamiento del mercado único son esenciales; pide a la Comisión y al BEI que aprovechen plenamente el potencial del BEI y abran la puerta a la financiación necesaria para las transiciones ecológica, digital y social;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>5.</NO.P>Subraya que la acción en el plano de la Unión debe complementar, y no desplazar, las inversiones de los Estados miembros; pide, por tanto, una flexibilidad adecuada dentro del marco de admisibilidad y evaluación del BEI para satisfacer las necesidades de inversión nacionales y regionales; recuerda que los bancos de desarrollo públicos y las instituciones públicas deben reducir el riesgo de los proyectos viables cuando existan lagunas en el mercado, sin sustituir el capital privado; destaca, además, que el BEI debe desempeñar un papel fundamental para facilitar que los bancos tanto comerciales como públicos inviertan en el sector europeo de la defensa; observa que el marco de financiación sostenible de la Unión no impone restricciones generales a la inversión en defensa;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>6.</NO.P>Acoge con satisfacción el llamamiento en favor de un BEI reforzado en el próximo marco financiero plurianual, para que pueda prestar apoyo financiero a las prioridades comunes de la Unión, en particular en el marco del instrumento InvestEU del FEC y el Fondo Europa Global, y también a través de instrumentos financieros y garantías presupuestarias que han demostrado ser muy eficaces para promover los objetivos estratégicos clave de la Unión; subraya que el BEI debe movilizar financiación suficiente, inyectar liquidez y aumentar el nivel de ambición para apoyar las inversiones públicas y privadas a través de InvestEU; pide, en la línea de su informe provisional sobre el marco financiero plurianual 2028-2034, un refuerzo de los programas de éxito de la Unión, como InvestEU, y una asociación de inversión reforzada con el Grupo BEI, de modo que se garantice que cada euro gastado a escala de la Unión se utilice de la manera más eficaz y con el mayor impacto posible;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>7.</NO.P>Destaca la importancia de mejorar la complementariedad y las sinergias entre la financiación del BEI y otros instrumentos de la Unión, a fin de maximizar su impacto y garantizar estrategias de inversión territorial coherentes; pide al BEI y a la Comisión que desarrollen marcos de coordinación claros que faciliten el uso conjunto de estos instrumentos a nivel de proyecto;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>8.</NO.P>Pide al BEI que desempeñe un papel activo en el apoyo a la continuidad y la finalización de los proyectos iniciados en el marco del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), salvaguardando los objetivos más allá de la fecha límite; subraya que la financiación y la asistencia técnica del BEI pueden proporcionar un puente fundamental para garantizar que los proyectos financiados por el MRR tengan el impacto económico y social previsto;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>9.</NO.P>Anima al BEI a que siga desarrollando instrumentos financieros innovadores para movilizar el importante ahorro privado de Europa para inversiones productivas, especialmente involucrando a inversores institucionales en el apoyo al capital riesgo, a fin de contribuir a impulsar la Unión de Ahorros e Inversiones; hace hincapié en que las inversiones que reciben apoyo del BEI deben incluir evaluaciones del impacto sobre la competitividad, de modo que se garantice que los fondos de la Unión potencien eficazmente la innovación, la productividad y la expansión del mercado en sectores industriales clave;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>10.</NO.P>Recuerda que el BEI fue el primer emisor de un bono verde y que ahora es el mayor emisor de bonos verdes en múltiples divisas; acoge con satisfacción el hecho de que, el 2 de abril de 2025, el BEI emitiera su primer bono con conciencia climática en consonancia con el Reglamento relativo a la norma sobre bonos verdes europeos<FOOTNOTE><FIELD><STRING SUPERSCRIPT="on">1</STRING> Reglamento (UE) 2023/2631 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de noviembre de 2023, sobre los bonos verdes europeos y la divulgación de información opcional para los bonos comercializados como bonos medioambientalmente sostenibles y para los bonos vinculados a la sostenibilidad (DO L, 2023/2631, 30.11.2023, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2023/2631/oj).</FIELD></FOOTNOTE>; destaca el papel clave del BEI en el desarrollo del mercado de bonos verdes y a la hora de proporcionar soluciones de financiación a las empresas sostenibles;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Impulsar la innovación para el liderazgo tecnológico </STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>11.</NO.P>Expresa su preocupación por que la Unión corra el riesgo de perder capital, talento y capacidad de innovación frente a competidores mundiales más rápidos, y por que la Unión siga estando rezagada en el desarrollo de tecnologías facilitadoras esenciales; acoge con satisfacción la puesta en marcha del programa TechEU, sobre la base de la exitosa iniciativa European Tech Champions, con la movilización de hasta 250 000 000 000 EUR en inversiones; pide que este programa dé prioridad a las inversiones capaces de competir a escala mundial y contribuir al crecimiento sostenible a largo plazo y que refuerce las cadenas de suministro europeas y reduzca las dependencias estratégicas; destaca la necesidad de aumentar la inversión en tecnologías y sectores europeos críticos para la resiliencia a largo plazo, incluidos los semiconductores, las cadenas de valor de las baterías, la soberanía digital y la fabricación de tecnologías limpias; anima al BEI a que aumente el porcentaje de financiación previsto para 2027; pide una asignación equilibrada y amplia de recursos en el marco del programa TechEU para las pymes, las empresas emergentes y las empresas emergentes en expansión, para garantizar que se apoye adecuadamente la competitividad junto con otros objetivos fundamentales; destaca la necesidad de acelerar el despliegue de estos programas, a fin de seguir el ritmo de la innovación y las empresas emergentes; pide un aumento del presupuesto del Fondo Europeo de Inversiones dedicado al ecosistema de capital riesgo de la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>12.</NO.P>Observa que casi el 60 % de la financiación del BEI en 2025 se destinó a la transición hacia una economía hipocarbónica; pide al BEI que refuerce la competitividad y la seguridad económica permitiendo una transición previsible, inclusiva, justa y asequible, sin imponer una carga indebida a la industria y los hogares; subraya que las inversiones climáticas y medioambientales pueden contribuir a reforzar la base industrial, la productividad y la competitividad mundial de Europa; apoya las inversiones en todas las cadenas de valor industriales, incluidas las tecnologías hipocarbónicas, para permitir vías económicamente sostenibles hacia la descarbonización, cuando dichas inversiones estén impulsadas por la innovación y tengan un claro potencial para mejorar la competitividad del mercado y la autonomía estratégica europea; pide al BEI que aplique criterios de evaluación tecnológicamente neutros, como la intensidad de carbono durante el ciclo de vida y la estabilidad de la red, a la hora de financiar proyectos de energía hipocarbónica, incluida la energía nuclear, respetando plenamente el derecho soberano de cada Estado miembro a determinar su propia combinación energética;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>13.</NO.P>Recuerda que las tecnologías limpias pueden contribuir a reforzar la soberanía y la competitividad de la Unión; acoge con satisfacción la adaptación del BEI al marco de financiación sostenible de la Unión, incluida la integración de los criterios de la taxonomía de la UE; pide que se mantengan las inversiones con un impacto claro y medible en la reducción de las emisiones; destaca la necesidad de invertir en adaptación y resiliencia frente al cambio climático; alienta las inversiones en investigación y desarrollo, así como en tecnologías innovadoras para la preparación frente al cambio climático; acoge con satisfacción el acuerdo entre el BEI y la Agencia Europea de Medio Ambiente para estrechar su colaboración en materia de biodiversidad y acciones por el clima; espera que el BEI aproveche su asistencia técnica y sus servicios de asesoramiento, en particular para apoyar proyectos que ofrezcan un acceso asequible a las energías renovables, centrándose en reducir los precios de la energía y garantizar la seguridad del suministro energético, también para los hogares vulnerables;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>14.</NO.P>Observa que el BEI aportó 16 000 000 000 EUR en financiación para pequeñas empresas y empresas emergentes en 2025; subraya que la mejora del acceso a la financiación, en particular al capital riesgo, al capital inversión y a la financiación de empresas emergentes en expansión, es crucial para apoyar el crecimiento y la internacionalización de empresas europeas competitivas; pide intensificar los esfuerzos para cerrar la brecha de financiación de las empresas de alto crecimiento y fomentar un mercado de capitales europeo más dinámico e integrado; opina que deben redoblarse los esfuerzos para movilizar recursos adicionales para las pymes y las empresas emergentes en expansión a fin de garantizar que puedan competir a escala mundial; pide al BEI que aumente su financiación para las pymes en toda la Unión; anima al FEI a que ponga en marcha más iniciativas para apoyar a las empresas emergentes y en expansión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>15.</NO.P>Pide al BEI que siga simplificando y acelerando los procedimientos de solicitud y aprobación, reduciendo las cargas administrativas, reforzando su apoyo a los pequeños beneficiarios, incluidos los entes locales y regionales, los municipios, las pymes y las empresas emergentes, garantizando que los requisitos previos y los requisitos de información sean proporcionales al valor de asignación o al tamaño del beneficiario, sin comprometer las normas financieras, y asignando la financiación sobre la base de la eficiencia, la viabilidad económica y el impacto medible; pide, en particular, un mejor acceso a la financiación para las pymes y las empresas emergentes, también mediante criterios y procedimientos de admisibilidad simplificados en el marco de InvestEU y el FEI, especialmente en las regiones menos desarrolladas y rurales, junto con una asistencia técnica mejorada; pide, además, que la financiación se asigne sobre la base de la eficiencia, la viabilidad económica y el impacto medible, y que se realicen evaluaciones ex post proporcionadas para garantizar el uso eficaz de los recursos y la atracción de la inversión privada; expresa su preocupación por el hecho de que los requisitos desproporcionados en materia de información ambiental, social y de gobernanza impuestos a los beneficiarios desalientan la realización de proyectos económicamente viables y sitúan a las empresas europeas en una situación de desventaja competitiva, y pide al BEI que revise dichos requisitos para garantizar su proporcionalidad;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Financiar la seguridad energética y la seguridad del suministro de materias primas fundamentales para la competitividad industrial</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>16.</NO.P>Destaca que la competitividad industrial se basa en unos precios de la energía previsibles y asequibles; recuerda que la volatilidad energética sigue siendo un riesgo estructural para la economía de la Unión debido a los retos geopolíticos y las restricciones del suministro; toma nota de la atención prestada por el BEI en 2026 al refuerzo de la competitividad y la seguridad; pide al BEI que apoye los proyectos de infraestructuras energéticas, incluidos los financiados en el marco del Mecanismo «Conectar Europa», para aliviar los precios de la energía para los hogares y las empresas y mejorar el suministro de energía;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>17.</NO.P>Observa con satisfacción que, en 2025, el BEI registró una financiación de 33 000 000 000 EUR para la seguridad energética de Europa, apoyando una inversión total de 108 000 000 000 EUR, incluidos 11 000 000 000 EUR para fuentes de energía renovables en 2025; pide que las políticas en materia de clima y energía se apliquen de manera pragmática, garantizando la financiación de soluciones rentables, de manera acorde con la taxonomía de la UE y guiándose por un impacto económico medible que garantice una energía asequible, la independencia estratégica, la fiabilidad del sistema y el desarrollo de infraestructuras; recuerda que una transición justa es uno de los pilares de la hoja de ruta climática del BEI, y acoge con satisfacción los esfuerzos del BEI por garantizar que la transición hacia una economía hipocarbónica sea socialmente justa y sostenible, sin dejar a nadie atrás;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>18.</NO.P>Destaca que la seguridad del suministro de materias primas fundamentales es crucial tanto para las transiciones ecológica y digital como para el sector de la defensa y la base industrial de la Unión en general; recuerda el papel desempeñado por el BEI en la alianza europea sobre materias primas y el objetivo de la Unión de ser más autónoma en lo que concierne al suministro de materias primas fundamentales; hace hincapié en la importancia de un enfoque de economía circular con respecto a las materias primas fundamentales, basado en el reciclaje y la reutilización, a fin de reducir la dependencia de la Unión de terceros países e impulsar la autonomía estratégica de la Unión; pide al BEI, por tanto, que invierta más en el sector de las materias primas fundamentales para mejorar la resiliencia en el ámbito de las materias primas, prestando especial atención a la consecución de los objetivos del Reglamento de Materias Primas Fundamentales<FOOTNOTE><FIELD><STRING SUPERSCRIPT="on">2</STRING> Reglamento (UE) 2024/1252 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, por el que se establece un marco para garantizar un suministro seguro y sostenible de materias primas fundamentales y por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 168/2013, (UE) 2018/858, (UE) 2018/1724 y (UE) 2019/1020 (DO L, 2024/1252, 3.5.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/1252/oj).</FIELD></FOOTNOTE>, a saber, la extracción, el reciclado y la transformación de materias primas secundarias;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>19.</NO.P>Pide una mayor coordinación a escala de la Unión en relación con las materias primas fundamentales, incluida una cooperación más estrecha entre el BEI, las agencias de crédito a la exportación y otras instituciones financieras públicas; observa que la Unión se está quedando rezagada con respecto a competidores como Canadá, los Estados Unidos y Australia, que aplican enfoques de financiación más coordinados desde la «perspectiva de la Administración en su conjunto»; destaca que todos los proyectos respaldados relacionados con materias primas fundamentales deben cumplir normas medioambientales y sociales estrictas; pide al BEI que mejore la transparencia en la selección y financiación de proyectos que abarquen todas las fases de las materias primas fundamentales, tal como se definen en el Reglamento de Materias Primas Fundamentales;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Defensa y acción exterior</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>20.</NO.P>Apoya el Plan de Acción del BEI, de marzo de 2025, sobre el refuerzo de las capacidades de seguridad y defensa de Europa; acoge con satisfacción los 4 000 000 000 EUR adicionales de nueva financiación, lo que representa cerca del 5 % del total de las inversiones del BEI en la Unión; recuerda el cambio en las prioridades de la Unión a corto y medio plazo, que ha ejercido una presión significativa sobre los presupuestos nacionales en relación con las inversiones en defensa y seguridad; destaca que, dado el mandato del BEI de apoyar los objetivos de la Unión, el BEI debe intensificar aún más su compromiso en estos sectores estratégicos, salvaguardando al mismo tiempo su calificación triple A; observa que el apoyo financiero del BEI a la movilidad militar, las infraestructuras estratégicas y las tecnologías avanzadas es uno de los factores clave para impulsar la integración del mercado y reforzar los intereses europeos comunes; acoge con satisfacción los criterios de admisibilidad actualizados que mejoran el apoyo a las pequeñas y medianas empresas y a las empresas emergentes a través de instrumentos financieros adaptados, como la deuda de riesgo, las inversiones en capital y las líneas de crédito específicas; observa que el gasto en defensa debe garantizar la coherencia estratégica y un enfoque equilibrado, y no debe socavar el gasto social y medioambiental ni las políticas de larga data de la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>21.</NO.P>Recuerda que determinados sectores estratégicos de la industria de seguridad y defensa siguen enfrentándose a restricciones de financiación del BEI; observa que, a pesar de la decisión del BEI, de 21 de marzo de 2025, de ampliar la admisibilidad, siguen existiendo obstáculos residuales que entorpecen la plena movilización de capital privado para garantizar la seguridad europea; pide al Consejo de Gobernadores del BEI que siga adaptando las prácticas del BEI en materia de préstamos a la industria de defensa, tal como se indica en las Conclusiones del Consejo Europeo de 6 de marzo de 2025;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>22.</NO.P>Destaca la importancia del papel de la Unión y del BEI en la creación de asociaciones económicas mutuamente beneficiosas con terceros países, que son cruciales para la posición mundial de Europa a la hora de promover el sistema multilateral basado en normas, el desarrollo sostenible, la democracia, los derechos humanos y el Estado de Derecho, y reforzar unas cadenas de suministro resilientes y unas infraestructuras sostenibles; hace hincapié en la necesidad de que el BEI implique sistemáticamente a la sociedad civil y a las comunidades locales en todas las fases del diseño, la ejecución y la evaluación de los proyectos, a fin de garantizar que los proyectos de Global Gateway respondan a las necesidades locales y den resultados significativos en materia de desarrollo; observa el papel crucial de EIB Global en la movilización de la inversión en desarrollo sostenible en el marco de la iniciativa Global Gateway, y que superó su objetivo de alcanzar los 100 000 000 000 EUR en 2025, reforzando así los intereses económicos de Europa y su acceso al mercado en un entorno mundial competitivo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>23.</NO.P>Acoge con gran satisfacción el respaldo continuo del BEI a la realización y el refuerzo de las operaciones de los sectores público y privado en Ucrania y al apoyo a las infraestructuras, la integración regional y el comercio en toda África, a fin de estrechar los vínculos con Europa; subraya que el apoyo del BEI y de la Unión por sí solo no es suficiente para abordar las necesidades de financiación de Ucrania;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>24.</NO.P>Manifiesta su preocupación por el rápido aumento de los niveles de deuda y el aumento de los costes de endeudamiento en los mercados emergentes y las economías en desarrollo, en un momento en que las perturbaciones mundiales se han vuelto más frecuentes y la deuda pública entre estos países ha alcanzado su nivel máximo en 55 años; destaca el importante papel del BEI a la hora de proporcionar financiación; acoge con satisfacción el papel de otras instituciones multilaterales a la hora de ayudar a aliviar las cargas insostenibles de la deuda;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>25.</NO.P>Reitera su llamamiento a EIB Global para que limite las operaciones de financiación combinada a ámbitos en los que puedan aportar valor añadido a la economía local, evitando el desplazamiento del capital privado, y que garantice que la financiación combinada no se utilice para servicios públicos esenciales, en particular la sanidad, la educación y la protección social; recuerda que los objetivos de la política de desarrollo de la Unión, y en particular el objetivo de mejorar el acceso universal y asequible a la asistencia sanitaria, deben guiar las inversiones del BEI en este ámbito, a fin de garantizar mejores resultados sanitarios para todos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>26.</NO.P>Pide a los Estados miembros que modifiquen la lista de exclusión del BEI para permitir la financiación de armas y municiones más allá de las meras tecnologías de doble uso, contribuyendo así al desarrollo de la industria europea de defensa;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>27.</NO.P>Destaca que los préstamos del BEI en terceros países deben reforzar las prioridades exteriores de la Unión; insta al BEI a que incorpore la cooperación eficaz de los países socios en materia de gestión de la migración, en particular la readmisión y el retorno de los migrantes que no tienen derecho legal a permanecer en la Unión, como criterio relevante en su marco de financiación exterior para terceros países;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Apoyo a la cohesión, la agricultura y la vivienda</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>28.</NO.P>Observa que en 2025 aproximadamente la mitad de la financiación del BEI apoyó inversiones en las regiones menos desarrolladas de la Unión, y 3 000 000 000 EUR se destinaron a la agricultura y la bioeconomía; anima al BEI a que intensifique la cooperación con los bancos nacionales de fomento y las instituciones financieras regionales con el fin de maximizar el impacto territorial de la financiación de la Unión y reducir las disparidades regionales en materia de inversión; pide que se utilice la financiación combinada, combinando los fondos de cohesión de la Unión con los instrumentos del BEI; hace hincapié en que garantizar el acceso a la financiación directa en todas las regiones es esencial para fomentar la convergencia económica y promover la cohesión económica y territorial y que, junto con el refuerzo de la seguridad alimentaria, esto es crucial para la autonomía estratégica de la Unión; pide al BEI que movilice una financiación previsible y suficiente para los jóvenes agricultores;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>29.</NO.P>Pide que se preserve el apoyo del Grupo BEI a la agricultura y la política de cohesión, incluido un uso más amplio de los instrumentos financieros para movilizar las subvenciones de la Unión y atraer la inversión privada; destaca el valor añadido de dotar de financiación adecuada para la asistencia técnica conjunta del BEI y la Comisión a las autoridades de ejecución, a fin de ayudar a garantizar la ejecución oportuna y la adicionalidad de las inversiones, en particular mediante el desarrollo de la capacidad administrativa y de carteras de inversión; pide que se amplíe el uso de la financiación combinada para destinarla a las regiones insuficientemente atendidas y de cohesión, combinando los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos con otros instrumentos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>30.</NO.P>Acoge con satisfacción los esfuerzos del Grupo BEI por financiar proyectos de vivienda social en toda la Unión; pide al BEI que intensifique sus actividades para mejorar el acceso a la vivienda asequible, a la luz de la creciente crisis de la vivienda en Europa; anima al BEI a colaborar con otros bancos públicos de inversión europeos, instituciones financieras públicas locales, administraciones locales, cooperativas y empresas de vivienda social y municipios para financiar soluciones de vivienda y ofrecer soluciones a largo plazo a la crisis del coste de la vida;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>31.</NO.P>Acoge con satisfacción los esfuerzos del BEI a la hora de apoyar proyectos que contribuyan a lograr la aplicación del pilar europeo de derechos sociales y los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas; pide al BEI que aumente la ponderación de los beneficios sociales en las evaluaciones de los proyectos con el fin de ofrecer soluciones a largo plazo asequibles;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Transparencia y rendición de cuentas</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>32.</NO.P>Recuerda que los fondos del BEI son dinero público y siempre deben estar sujetos al control público y a la rendición de cuentas, especialmente cuando estén respaldados por garantías de la Unión o fondos presupuestarios de la Unión; reitera su llamamiento en favor de un marco interinstitucional estructurado que garantice un mayor control parlamentario, un mejor acceso a la información y la posibilidad de que el Parlamento contribuya a las orientaciones estratégicas del BEI; toma nota de los avances en el índice de transparencia de la inversión extranjera directa de 2025, pero pide nuevas mejoras; destaca la necesidad de responsabilidad presupuestaria y de un uso eficiente de los fondos para proteger el dinero de los contribuyentes; señala que unos mecanismos de información reforzados son esenciales para lograr un control parlamentario efectivo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>33.</NO.P>Recalca la importancia de que el BEI garantice la trazabilidad de los proyectos financiados; destaca que el BEI debe publicar oportunamente información más detallada sobre sus proyectos, incluida su justificación y contexto, así como una explicación de cómo se adecúan a las prioridades comunes de la Unión e información sobre los operadores económicos que sean los verdaderos perceptores, resaltando claramente qué proyectos reciben el respaldo del presupuesto de la Unión; acoge con satisfacción la decisión del BEI, a raíz de una investigación del Defensor del Pueblo, de empezar a publicar de forma proactiva sus evaluaciones medioambientales y sociales de proyectos situados fuera de la Unión que puedan tener un impacto significativo en estos ámbitos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>34.</NO.P>Subraya que deben utilizarse garantías temporales cuidadosamente diseñadas, cuando proceda, en lugar de subvenciones, limitando el impacto presupuestario directo y favoreciendo la atracción de capital privado; recuerda que las garantías representan un riesgo presupuestario real y deben estar sujetas a la misma disciplina que el gasto directo; subraya que el uso de garantías debe ir acompañado de un alto nivel de transparencia, supervisión democrática y mecanismos adecuados de evaluación de riesgos; destaca que los inversores privados deben conservar la exposición principal al riesgo comercial, mientras que la intervención del BEI debe seguir siendo limitada y temporal y estando claramente definida, centrándose en los riesgos inasumibles por los participantes privados en el mercado y en garantizar la mitigación del riesgo específico de cada proyecto; pide al BEI que limite las operaciones de financiación combinada a ámbitos en los que puedan añadir valor a la economía local, evitando al mismo tiempo el desplazamiento del capital privado;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>35.</NO.P>Destaca los elevados costes operativos generales del BEI; pide, por tanto, que se determinen medidas de mitigación adecuadas, con vistas a mejorar la rentabilidad, salvaguardando al mismo tiempo la eficacia operativa del BEI;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>36.</NO.P>Observa que el Grupo BEI opera con arreglo a un régimen doble, en virtud del cual las operaciones respaldadas por el presupuesto de la Unión son objeto de un control indirecto por parte de la Comisión, el TCE, y por el Parlamento en su decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Unión, mientras que las operaciones financiadas con cargo a los recursos propios del BEI que proceden de los Estados miembros —más del 75 % de las operaciones del BEI— quedan en gran medida fuera de la auditoría externa sistemática y del control de los Parlamentos nacionales y el Parlamento Europeo; observa que el BEI cuenta con una densa arquitectura interna de rendición de cuentas y que un auditor externo supervisa las operaciones y el sistema contable del BEI; está de acuerdo en que esta estructura se ajusta en líneas generales a las prácticas internacionales; observa que la información al Parlamento Europeo es ocasional, la cooperación con el Defensor del Pueblo Europeo ha cambiado y el papel del TCE está limitado por las normas y disposiciones de aplicación actuales; hace hincapié en la necesidad de medidas tangibles por parte del BEI para dar respuesta a esta situación, en consonancia con los llamamientos anteriormente reflejados en las resoluciones del Parlamento y la disponibilidad para el diálogo y la cooperación expresada por la autoridad presupuestaria y de aprobación de la gestión europea; pide al BEI que implique activamente a las entidades fiscalizadoras superiores nacionales en este proceso para garantizar la rendición de cuentas en las operaciones que no están actualmente cubiertas por el TCE, y que garantice una rendición de cuentas y una supervisión sólidas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>37.</NO.P>Toma nota de la función de supervisión interna del Comité de Vigilancia del BEI; señala que no se lleva a cabo ninguna vigilancia prudencial externa siguiendo normas de supervisión internacionalmente aceptadas, salvo en el ámbito de la gestión de la liquidez; anima al Consejo de Gobernadores del BEI, habida cuenta del tamaño, la complejidad y las especificidades del modelo de negocio del BEI, a que establezca disposiciones adecuadas para cumplir las normas más estrictas de vigilancia prudencial externa, teniendo asimismo en cuenta las adaptaciones que sean necesarias debido a la singularidad del modelo de negocio del BEI;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>38.</NO.P>Manifiesta su preocupación por la actual investigación por corrupción que incumbe a un expresidente del BEI; espera que la Fiscalía Europea y la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude investiguen exhaustivamente el caso y espera una claridad total al respecto; recuerda que cualquier irregularidad o malversación debe ser castigada de forma severa;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>39.</NO.P>Pide que se refuercen las políticas del BEI en materia de derechos humanos; subraya que las evaluaciones de impacto ambiental y social deben realizarlas expertos independientes y que deben introducirse mecanismos de verificación independientes para supervisar el autoseguimiento y la autonotificación llevados a cabo por los clientes del BEI;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>40.</NO.P>Reconoce los esfuerzos del BEI por mejorar las prácticas de gestión, a raíz de la encuesta interna del BEI de 2023; hace un llamamiento para que se sigan aplicando los principios del BEI en relación con la diversidad, equidad e inclusión, incluido el objetivo de velar por que al menos el 40 % de los puestos directivos estén ocupados por mujeres para finales de 2026;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>41.</NO.P>Reitera su llamamiento al BEI para que revise urgentemente la división del trabajo dentro del Comité de Dirección y, en particular, para que se asegure de que los vicepresidentes del BEI nunca asuman el liderazgo de proyectos procedentes de sus países de origen, aunque el Comité de Dirección asuma la responsabilidad colectiva de sus decisiones, habida cuenta del riesgo claro de conflictos de intereses; hace hincapié en que existen numerosas recomendaciones de las instituciones de la Unión a este respecto;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>42.</NO.P>Acoge con satisfacción el hecho de que, en 2025, tras reiterados llamamientos del Parlamento, el BEI se pusiera a disposición para entablar negociaciones con vistas a establecer un «acuerdo» sobre una cooperación reforzada entre el Parlamento y el BEI; acoge asimismo con satisfacción el entendimiento común de que las negociaciones deben concluir a su debido tiempo; subraya que dicho «acuerdo» formalizará y reforzará las interacciones entre el Parlamento y el BEI, reflejando así un compromiso mutuo con una cooperación más estrecha; observa que el valor añadido de dichos acuerdos queda demostrado por la aplicación de acuerdos comparables celebrados entre el Parlamento y otras instituciones y órganos de la Unión u organizaciones intergubernamentales;</P></ACTION><SEPARATION><P>°</P><P>°	°</P></SEPARATION><ACTION><P><NO.P>43.</NO.P>Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión.</P></ACTION></ACTLST></DISPOSITIF></TEXT></RESOL></TXTLST></SDOCTA>