<?xml version="1.0" encoding="UTF-8" standalone="no"?><SDOCTA xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" xsi:noNamespaceSchemaLocation="TA.xsd"><IDENT><STRING BOLD="on">P10_TA(2026)0249</STRING></IDENT><TI><STRING BOLD="on">Nueva estrategia para la alfabetización mediática y el aprendizaje digital</STRING></TI><HIDDEN><STRING HIDDEN="on" ITALIC="on">(A10-0173/2026 - Ponente: Marcos Ros Sempere)</STRING></HIDDEN><TXTLST><RESOL><TI><STRING BOLD="on">Resolución del Parlamento Europeo, de 7 de julio de 2026, sobre la nueva estrategia para la alfabetización mediática y el aprendizaje digital (2025/2181(INI))</STRING></TI><TEXT><PREAMBLE><PRINIT><STRING ITALIC="on">El Parlamento Europeo,</STRING></PRINIT><GRVISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Directiva (UE) 2018/1808 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de noviembre de 2018, por la que se modifica la Directiva 2010/13/UE sobre la coordinación de determinadas disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros relativas a la prestación de servicios de comunicación audiovisual (Directiva de servicios de comunicación audiovisual), habida cuenta de la evolución de las realidades del mercado<FOOTNOTE><FIELD> DO L 303 de 28.11.2018, p. 69, ELI: http://data.europa.eu/eli/dir/2018/1808/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) 2024/1083 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, por el que se establece un marco común para los servicios de medios de comunicación en el mercado interior y se modifica la Directiva 2010/13/UE (Reglamento Europeo sobre la Libertad de los Medios de Comunicación)<FOOTNOTE><FIELD> DO L, 2024/1083, 17.4.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/1083/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) 2022/2065 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de octubre de 2022, relativo a un mercado único de servicios digitales y por el que se modifica la Directiva 2000/31/CE (Reglamento de Servicios Digitales)<FOOTNOTE><FIELD> DO L 277 de 27.10.2022, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2022/2065/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>	Visto el Reglamento (UE) 2024/1689 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024, por el que se establecen normas armonizadas en materia de inteligencia artificial y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.º 300/2008, (UE) n.º 167/2013, (UE) n.º 168/2013, (UE) 2018/858, (UE) 2018/1139 y (UE) 2019/2144 y las Directivas 2014/90/UE, (UE) 2016/797 y (UE) 2020/1828 (Reglamento de Inteligencia Artificial)<FOOTNOTE><FIELD> DO L, 2024/1689, 12.7.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/1689/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista su Resolución, de 25 de marzo de 2021, sobre la formulación de la política de educación digital<FOOTNOTE><FIELD> DO C 494 de 8.12.2021, p. 2.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Comunicación de la Comisión, de 11 de mayo de 2022, titulada «Una década digital para los niños y los jóvenes: la nueva estrategia europea para una internet mejor para los niños (BIK+)» (COM(2022)0212),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Comunicación conjunta de la Comisión y de la alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, de 12 de noviembre de 2025, titulada «Escudo Europeo de la Democracia: empoderar democracias sólidas y resilientes» (JOIN(2025)0791),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Comunicación de la Comisión, de 5 de marzo de 2025, sobre el Plan de Acción para las Competencias Básicas (COM(2025)0088),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Comunicación de la Comisión, de 3 de diciembre de 2020, titulada «Los medios de comunicación europeos en la Década Digital: un plan de acción para apoyar su recuperación y transformación» (COM(2020)0784),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Comunicación de la Comisión, de 10 de febrero de 2026, titulada «Plan de acción contra el ciberacoso – "Más seguros en línea, más fuertes juntos"» (COM(2026)0071),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Comunicación de la Comisión, de 5 de marzo de 2026, titulada «Estrategia sobre Equidad Intergeneracional» (COM(2026)0110),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista su Resolución de 26 de noviembre de 2025 sobre la protección de los menores en línea<FOOTNOTE><FIELD> DO C, C/2026/1708, 24.4.2026, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2026/1708/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>	Visto el Pacto para el Futuro de las Naciones Unidas, de 22 de septiembre de 2024,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Resolución del Consejo de la Unión Europea y los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el Consejo, sobre un marco para la cooperación europea en el ámbito de la juventud: la Estrategia de la Unión Europea para la Juventud 2019‑2027<FOOTNOTE><FIELD> DO C 456 de 18.12.2018, p. 1.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la publicación de la Comisión de 2026, titulada «Directrices para educadores sobre el uso ético de la inteligencia artificial y los datos en la enseñanza y el aprendizaje»,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>	Vista la publicación de la Comisión de 2026, titulada «Directrices para la enseñanza de la Informática: estrategias prácticas para las aulas europeas»,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la publicación de la Comisión de 2024, titulada «Wellbeing and mental health at school – Guidelines for education policymakers» (Bienestar y salud mental en la escuela – Directrices para responsables políticos en materia de educación),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la publicación del Centro Común de Investigación de 2025, titulada «Social media usage and adolescents’ mental health in the EU» (Uso de las redes sociales y salud mental de los adolescentes en la Unión),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos los informes de la Unesco, en particular el informe titulado «Media and information literacy for all: closing the gaps: global analysis of the current state of play of media and information literacy» (Alfabetización mediática y en información para todos: colmar las lagunas: análisis global de la situación actual de la alfabetización mediática y en información), publicado en 2025,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la publicación de la OCDE de 2023, titulada «Pisa 2022 Results (Volume II): Learning During – and From – Disruption» (Resultados Pisa 2022 (Volumen II): Aprender durante y de las crisis),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Comunicación de la Comisión, de 10 de octubre de 2025, titulada «Directrices sobre medidas para garantizar un elevado nivel de privacidad, seguridad y protección de los menores en línea, de conformidad con el artículo 28, apartado 4, del Reglamento (UE) 2022/2065»<FOOTNOTE><FIELD> DO C, C/2025/5519, 10.10.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2025/5519/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>	Vista la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, de 20 de noviembre de 1989, y la Observación general núm. 25 (2021) relativa a los derechos de los niños en relación con el entorno digital,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la publicación de la OCDE de 2025, titulada «Recommendation of the Council on Children in the Digital Environment» (Recomendación del Consejo relativa a los niños en el entorno digital),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistas las Directrices del Consejo de Europa para respetar, proteger y cumplir los derechos del niño en el entorno digital, publicadas en 2018,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe del Consejo de Europa titulado «Media Literacy for all: Supporting marginalised groups through community media» (Alfabetización mediática para todos: apoyar a los grupos marginados a través de los medios de comunicación comunitarios), publicado en 2020,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el documento de orientación del Comité Director sobre Medios de Comunicación y Sociedad de la Información del Consejo de Europa titulado «National Media and Information Literacy (MIL) Strategies: Practical Steps and Indicators» (Estrategias nacionales de alfabetización mediática e informativa: medidas prácticas e indicadores), adoptado en diciembre de 2025,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el artículo 55 de su Reglamento interno,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de la Comisión de Cultura y Educación (A10‑0173/2026),</P></VISA></GRVISA><GRCONS><CONS><P><NO.P>A.</NO.P>	Considerando que la alfabetización mediática y el aprendizaje digital son esenciales para capacitar a los ciudadanos con las capacidades críticas necesarias para evaluar, verificar, crear y compartir información y contenidos mediáticos de manera autónoma y responsable en todas las plataformas tradicionales y en línea, y tomar decisiones con conocimiento de causa en un entorno informativo en constante evolución; que estas capacidades refuerzan la participación cívica, la inclusión social y la resiliencia democrática;</P></CONS><CONS><P><NO.P>B.</NO.P>Considerando que la alfabetización mediática y el aprendizaje digital desarrollan capacidades básicas de la sociedad moderna y que son cruciales para luchar contra la proliferación de la desinformación, el declive de la confianza en los medios de comunicación y el impacto de las plataformas en línea, los nuevos actores de los medios de comunicación, como los influentes y los creadores de contenido, y la inteligencia artificial; que la alfabetización mediática y el aprendizaje digital son necesarios en un contexto de cambio en los patrones de consumo de la información, que son sustentados por la «cultura del deslizamiento»;</P></CONS><CONS><P><NO.P>C.</NO.P>Considerando que la alfabetización mediática y el aprendizaje digital son indispensables para garantizar el bienestar digital de los usuarios;</P></CONS><CONS><P><NO.P>D.</NO.P>Considerando que la forma en que se accede a los medios de comunicación y los contenidos digitales ha cambiado significativamente, ya que los usuarios, en particular los menores y los jóvenes, eligen cada vez más contenido adaptado en las plataformas de las redes sociales, siguen de cerca las actividades de los influyentes, están sujetos en gran medida a recomendaciones algorítmicas y, a menudo, tienen una menor capacidad de atención que cuando utilizaban los medios de comunicación tradicionales; que las redes sociales pueden personalizar rápidamente el suministro de contenidos que ofrecen, exponiendo a los usuarios, en especial a los menores, a los usuarios de edad avanzada y a otros usuarios vulnerables, a los riesgos de que los contenidos nocivos se amplifiquen o de verse capturados en burbujas de opinión;</P></CONS><CONS><P><NO.P>E.</NO.P>Considerando que determinadas características del diseño de las plataformas digitales, incluidos los sistemas de recomendación algorítmica, pueden influir en la selección y visibilidad de los contenidos y contribuir a los riesgos relacionados con el bienestar de los usuarios y la exposición a contenidos nocivos;</P></CONS><CONS><P><NO.P>F.</NO.P>Considerando que, en la situación geopolítica actual, las personas de la Unión deben estar dotadas de una amplia gama de capacidades cognitivas, técnicas y sociales para acceder a los contenidos de los medios de comunicación y analizarlos eficazmente y, de este modo, seguir siendo resilientes a posibles acciones manipuladoras o ataques híbridos que tengan por objeto desestabilizar el discurso cívico y los procesos democráticos;</P></CONS><CONS><P><NO.P>G.</NO.P>	Considerando que el periodismo de alta calidad, independiente y plural constituye una piedra angular de las sociedades democráticas y desempeña un papel esencial en el refuerzo de la alfabetización mediática, la lucha contra la desinformación y el aumento de la confianza de la ciudadanía en el ecosistema de la información, con un impacto positivo en la sostenibilidad económica del sector de los medios de comunicación; que los medios de comunicación de servicio público desempeñan un papel esencial en la consecución de estos objetivos y requieren una financiación adecuada y sostenible;</P></CONS><CONS><P><NO.P>H.</NO.P>Considerando que la alfabetización mediática y la educación digital deben considerarse componentes integrales de una estrategia global de aprendizaje permanente, que debe cubrir las necesidades específicas del alumnado y de las partes interesadas del ecosistema educativo y de la información, incluidos los padres, los cuidadores, los educadores, los medios de comunicación, los periodistas, las bibliotecas, las organizaciones de la sociedad civil y los nuevos actores de los medios de comunicación, como los influyentes y los creadores de contenido; que la Estrategia sobre Equidad Intergeneracional reconoce el aprendizaje permanente, las capacidades digitales, la alfabetización mediática y la participación activa de todas las generaciones como elementos clave para garantizar la equidad intergeneracional y la resiliencia de las sociedades democráticas;</P></CONS><CONS><P><NO.P>I.</NO.P>Considerando que una alfabetización mediática y un aprendizaje digital eficaces requieren igualdad de oportunidades en el acceso a la educación y un entorno informativo pluralista;</P></CONS><CONS><P><NO.P>J.</NO.P>Considerando que los niños acceden a las redes sociales a una edad cada vez más temprana, que el 97 % de los jóvenes de la Unión utilizan internet a diario y que las plataformas de las redes sociales se están convirtiendo en la principal fuente de información para los jóvenes de entre quince y veinticuatro años<FOOTNOTE><FIELD> Maza, M. T. <STRING ITALIC="on">et al</STRING>., «Association of Habitual Checking Behaviors on Social Media with Longitudinal Functional Brain Development» (Asociación de comportamientos de comprobación habituales en las redes sociales con el desarrollo funcional longitudinal del cerebro), <STRING ITALIC="on">JAMA Pediatrics</STRING>, Vol. 177, N.º 2, 2023, pp. 160‑167.</FIELD></FOOTNOTE>;</P></CONS><CONS><P><NO.P>K.</NO.P>Considerando que los enfoques en materia de alfabetización mediática y aprendizaje digital varían en toda la Unión y existen diferencias significativas en lo que respecta a su incorporación a los planes de estudios escolares y al nivel de apoyo financiero o administrativo prestado a las acciones o programas conexos, así como en relación con las autoridades u organismos competentes y la cooperación entre estos;</P></CONS><CONS><P><NO.P>L.</NO.P>Considerando que la Observación general núm. 25 relativa a los derechos de los niños en relación con el entorno digital, adoptada por el Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas en 2021, establece que los derechos del niño deben respetarse, protegerse y cumplirse en el entorno digital y que, al poner sus productos y servicios a disposición de los niños, los proveedores de servicios digitales deben seguir las normas más estrictas en materia de ética, privacidad y seguridad, así como indicaciones sobre las edades recomendadas;</P></CONS><CONS><P><NO.P>M.</NO.P>Considerando que la alfabetización mediática y las capacidades de aprendizaje digital deben desarrollarse desde una edad temprana, y que su introducción en la educación primaria debe contribuir a preparar mejor a los niños para los retos del entorno digital de manera adecuada a su edad y sus necesidades de desarrollo; que estas capacidades son igualmente esenciales a lo largo de toda la vida de una persona, lo que requiere un enfoque de aprendizaje permanente;</P></CONS><CONS><P><NO.P>N.</NO.P>Considerando que la introducción prematura de herramientas o tecnologías digitales a los menores antes de que se hayan desarrollado capacidades básicas de alfabetización mediática y pensamiento crítico con herramientas analógicas los expone a una multitud de riesgos digitales y daños en línea que puede que aún no estén preparados para reconocer o gestionar;</P></CONS><CONS><P><NO.P>O.</NO.P>Considerando que todas las poblaciones, en particular los menores, los jóvenes, las personas mayores, las personas con discapacidad y las personas que viven en zonas rurales o remotas con una infraestructura digital limitada, siguen corriendo un mayor riesgo de ser explotados en el entorno digital; que los ciudadanos de todas las edades, en especial los menores cuyas capacidades cognitivas aún se encuentran en desarrollo, son vulnerables a los riesgos relacionados con los contenidos generados por IA y los chatbots;</P></CONS><CONS><P><NO.P>P.</NO.P>Considerando que los responsables políticos, tanto a escala nacional como de la Unión, han debatido sobre la introducción de una edad mínima para proteger a los menores al utilizar plataformas en línea, incluidos aspectos como la edad mínima, la verificación de la edad y el control parental;</P></CONS><CONS><P><NO.P>Q.</NO.P>Considerando que la Comisión creó en marzo de 2026 un grupo específico de expertos especial sobre seguridad infantil en línea, encargado de elaborar recomendaciones para proteger y empoderar mejor a los menores en el entorno digital; que el grupo de expertos también examina la importancia de la alfabetización mediática y el aprendizaje digital para los niños, los padres y los educadores;</P></CONS><CONS><P><NO.P>R.</NO.P>Considerando que la legislación de la Unión en materia audiovisual y de medios de comunicación ofrece una definición y reconoce la importancia de la alfabetización mediática, en particular a través del artículo 2, apartado 21, del Reglamento Europeo sobre la Libertad de los Medios de Comunicación y las obligaciones de alfabetización mediática en virtud de la Directiva de Servicios de Comunicación Audiovisual; que el artículo 13 del Reglamento Europeo sobre la Libertad de los Medios de Comunicación encomienda al Comité Europeo de Servicios de Medios de Comunicación el intercambio de mejores prácticas en materia de alfabetización mediática;</P></CONS></GRCONS></PREAMBLE><DISPOSITIF><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Elementos fundamentales del nuevo enfoque de la alfabetización mediática y el aprendizaje digital</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>1.</NO.P>Subraya que un enfoque con visión de futuro de la alfabetización mediática y el aprendizaje digital debe tener por objeto dotar a las personas de todas las edades de capacidades básicas que les permitan beneficiarse plenamente del entorno digital, promover sus capacidades creativas, aprovechar la exposición a diversas fuentes y evitar riesgos relacionados con el uso y el diseño de las plataformas en línea;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>2.</NO.P>Destaca el papel de la alfabetización mediática a la hora de dotar a las personas de capacidades de pensamiento crítico que contribuyan a la toma de decisiones informada y autónoma en los procesos democráticos y mejoren la responsabilidad cívica de contrarrestar la desinformación, la polarización y la manipulación de la información y la injerencia por parte de agentes extranjeros, en particular en contextos electorales;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>3.</NO.P>Destaca que la alfabetización mediática y el aprendizaje digital deben integrarse en iniciativas más amplias de la Unión destinadas a salvaguardar los procesos democráticos, también en el contexto del Escudo Europeo de la Democracia;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>4.</NO.P>Reconoce que los enfoques para la enseñanza de la alfabetización mediática y el aprendizaje digital deben ser innovadores, dirigirse a todos los grupos de población y adaptarse a las necesidades del alumnado, en especial de los usuarios vulnerables que se enfrentan a desventajas derivadas de factores geográficos, sociales, culturales y económicos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>5.</NO.P>Reconoce el valor de la educación entre iguales desarrollada por los Centros de Seguridad en Internet y las organizaciones de la sociedad civil como una herramienta eficaz para llegar a niños y adolescentes con mensajes sobre el uso seguro de internet, en complemento de la educación formal;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>6.</NO.P>Destaca el papel clave que desempeñan la alfabetización mediática y el aprendizaje digital en la capacitación de los usuarios para desenvolverse en el entorno digital de forma segura, también en la lucha contra el ciberacoso y otros perjuicios en línea; destaca, en particular, que proporcionar alfabetización mediática y capacidades de aprendizaje digital a lo largo de todo el itinerario educativo y en el marco de las actividades de aprendizaje permanente es crucial para desarrollar y reforzar el pensamiento crítico, la conciencia de uno mismo y el comportamiento responsable en línea;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>7.</NO.P>Destaca que las políticas de alfabetización mediática deben concienciar sobre la manera en que los entornos digitales y el diseño de plataformas influyen en la forma en que se accede a la información, incluida la capacidad de comprender el funcionamiento de los algoritmos y de reconocer el diseño adictivo y los contenidos manipuladores desde el punto de vista emocional;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>8.</NO.P>Destaca el creciente impacto de los entornos digitales en la salud mental y el bienestar de los usuarios; pide a la Comisión y a los Estados miembros que incluyan en los programas de alfabetización mediática y aprendizaje digital el desarrollo de la empatía digital, el comportamiento responsable en línea y la comprensión del impacto del entorno digital en la salud mental y el bienestar, como elementos clave para prevenir el ciberacoso y promover el bienestar digital;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>9.</NO.P>Subraya la importancia de utilizar todos los instrumentos normativos pertinentes disponibles y de fomentar la cooperación entre todos los actores pertinentes según sea necesario para lograr un enfoque a escala de la Unión en materia de alfabetización mediática y aprendizaje digital;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>10.</NO.P>Destaca la importancia de reforzar la cooperación entre las partes interesadas públicas y privadas para promover la alfabetización mediática en toda la Unión; hace hincapié en el importante papel de las organizaciones de la sociedad civil, las iniciativas comunitarias, los voluntarios y los actores culturales a la hora de generar confianza, fomentando así el diálogo en el debate público;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>11.</NO.P>Acoge con satisfacción el trabajo del Grupo de Expertos en Alfabetización Mediática y del Observatorio Europeo de los Medios de Comunicación Digitales (EDMO), así como su papel esencial a la hora de reunir a responsables políticos, investigadores y profesionales para crear una comunidad multidisciplinar de expertos, compartir buenas prácticas y aumentar la sensibilización; pide que se refuercen sus actividades en materia de alfabetización mediática con el fin de apoyar la cooperación entre los Estados miembros;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>12.</NO.P>Subraya la trascendencia de introducir la alfabetización mediática y el aprendizaje digital en los planes de estudios escolares durante todo el proceso de la educación formal, así como la necesidad de desarrollar un enfoque holístico y basado en datos contrastados para el uso de las tecnologías digitales en las escuelas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>13.</NO.P>Destaca la importancia de promover la alfabetización mediática y el aprendizaje digital más allá de la educación formal y en el lugar de trabajo, garantizando un aprendizaje permanente y un enfoque que abarque a toda la sociedad en el que participen los gobiernos, las instituciones educativas, la sociedad civil, las organizaciones de medios de comunicación, las plataformas tecnológicas y las familias;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>14.</NO.P>Pide a la Comisión que, en cooperación con los Estados miembros, establezca un marco estructurado de seguimiento y evaluación de las acciones nacionales de alfabetización mediática, incluidos indicadores mensurables que evalúen el conocimiento, los resultados conductuales, el desarrollo del pensamiento crítico y la resiliencia frente a la desinformación, también a través de estudios longitudinales y la evaluación de enfoques adecuados a la edad y programas de apoyo parental;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Alfabetización mediática y aprendizaje digital: reforzar los pilares del ecosistema mediático moderno</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>15.</NO.P>Pide a las instituciones de la Unión y a los Estados miembros que cooperen para establecer un enfoque coordinado a escala de la Unión en materia de alfabetización mediática y aprendizaje digital;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>16.</NO.P>Solicita a la Comisión que evalúe y, cuando proceda, proponga un enfoque común a escala de la Unión en relación con el acceso adaptado a la edad a las plataformas en línea, en particular las plataformas de las redes sociales, siguiendo el enfoque basado en la protección del bienestar de los niños, el reconocimiento de las necesidades de desarrollo cognitivo y emocional de los menores y la necesidad de garantizar un entorno digital seguro y adaptado a la edad, respetando plenamente los derechos fundamentales y las diferencias en los enfoques nacionales;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>17.</NO.P>Pide a la Comisión que evalúe las disposiciones pertinentes de la Directiva de Servicios de Comunicación Audiovisual, garantice su aplicación y proponga modificaciones específicas para seguir aumentando los niveles de protección de los usuarios en las plataformas de intercambio de vídeos, en particular de los menores, ampliar las normas sobre contenidos mediáticos a los influyentes y creadores de contenido, y asegurar un etiquetado eficaz de los contenidos generados por IA, manipulados por IA y patrocinados comercialmente, sin depender únicamente de etiquetas o indicadores automatizados;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>18.</NO.P>Pide que se elaboren y promuevan códigos de conducta y directrices claras para influyentes y creadores de contenido en relación con la integración de los principios de alfabetización mediática y aprendizaje digital en sus contenidos, a la luz de su importante papel en la configuración de los patrones de consumo de información, en particular entre los jóvenes; anima a las plataformas en línea a que otorguen mayor visibilidad, también mediante sus sistemas de recomendación, a contenidos que promuevan activamente la alfabetización mediática, el pensamiento crítico y la seguridad en línea;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>19.</NO.P>Pide a los Estados miembros que garanticen una supervisión eficaz y que velen por que las plataformas de intercambio de vídeos cumplan su obligación de facilitar medidas y herramientas eficaces de alfabetización mediática y de poner en conocimiento de los usuarios la existencia de esas medidas y herramientas, tal como se establece en el artículo 28 <STRING ITALIC="on">ter</STRING>, apartado 3, de la Directiva de Servicios de Comunicación Audiovisual; solicita a las autoridades y organismos reguladores nacionales que utilicen el mecanismo de cooperación establecido en virtud del artículo 15 del Reglamento Europeo sobre la Libertad de los Medios de Comunicación para velar por el cumplimiento efectivo de esta obligación en toda la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>20.</NO.P>Recuerda que los Estados miembros tienen la obligación, en virtud del artículo 33 <STRING ITALIC="on">bis</STRING> de la Directiva de Servicios de Comunicación Audiovisual, de promover y tomar medidas para el desarrollo de las capacidades de alfabetización mediática y de informar a la Comisión acerca de la aplicación de estas medidas; anima a los reguladores nacionales de los medios de comunicación a que consulten a los representantes de todos los grupos de población a la hora de desarrollar dichas medidas, y a que adopten un enfoque personalizado que preste atención a las necesidades de todos los grupos de edad al aplicar dichas medidas; pide a los Estados miembros que velen por que dichas autoridades dispongan de una financiación estable y específica para promover y aplicar medidas de alfabetización mediática;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>21.</NO.P>Insta a las plataformas en línea de muy gran tamaño a que adopten medidas de mitigación razonables, proporcionadas y eficaces para hacer frente a los riesgos sistémicos derivados del abuso de la falta de alfabetización mediática y capacidades de aprendizaje digital de los usuarios, en especial de los menores, tal como exige el Reglamento de Servicios Digitales; pide a las plataformas en línea de muy gran tamaño que lleven a cabo evaluaciones del impacto en la alfabetización mediática y el aprendizaje digital para identificar de forma proactiva cómo el diseño de sus servicios puede afectar a la capacidad de los usuarios para acceder a contenidos, crearlos e interactuar;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>22.</NO.P>Destaca que dichas evaluaciones del impacto también deben tener en cuenta los efectos en el bienestar y el desarrollo cognitivo y socioemocional de los usuarios, así como en la salud mental, así como los riesgos relacionados con las características de diseño impulsadas por el compromiso o potencialmente adictivas; pide que estas evaluaciones sean transparentes, independientes y públicas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>23.</NO.P>Solicita a la Comisión que garantice la aplicación efectiva de los compromisos de alfabetización mediática en el marco del Código de Conducta en materia de Desinformación del Reglamento de Servicios Digitales;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>24.</NO.P>Solicita a la Comisión que incluya la alfabetización mediática y el aprendizaje digital en su revisión de las directrices del Reglamento de Servicios Digitales sobre las medidas para garantizar un elevado nivel de privacidad, seguridad y protección de los menores en línea, concretamente en lo que respecta a las medidas para la alfabetización mediática y el aprendizaje digital que podrían adoptar las plataformas en línea a fin de asegurar una experiencia en línea adaptada a la edad de los menores;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>25.</NO.P>Invita al Comité Europeo de Servicios de Medios de Comunicación a que utilice el diálogo estructurado en virtud del artículo 19 del Reglamento Europeo sobre la Libertad de los Medios de Comunicación para supervisar las medidas adoptadas por las plataformas en línea de muy gran tamaño en lo que respecta a la alfabetización mediática, así como para reforzar el diálogo entre los prestadores de servicios de medios de comunicación sobre la promoción de la alfabetización mediática y el aprendizaje digital y la visibilidad de unos medios de comunicación en línea de reconocido prestigio;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>26.</NO.P>Subraya que las políticas de alfabetización mediática deben respetar plenamente la libertad de expresión y el pluralismo de los medios de comunicación, y capacitar a los usuarios sin restringir el acceso a una diversidad de fuentes de información;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>27.</NO.P>Subraya que la alfabetización mediática no solo depende de la capacidad de los usuarios para evaluar la información de forma crítica, sino también de la existencia de un periodismo sólido, independiente y de alta calidad que proporcione información fiable, verificada y pluralista; pide a la Comisión que refuerce el apoyo a los medios de comunicación tradicionales a escala europea, nacional, regional y local, dado su papel esencial a la hora de informar a los ciudadanos, en particular promoviendo una remuneración justa por los contenidos periodísticos y garantizando una financiación sostenible, en particular a través de programas como el futuro programa AgoraEU;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>28.</NO.P>Pide a la Comisión que dé prioridad a las acciones de alfabetización mediática en el marco del programa de resiliencia de los medios y que vele por que dichas acciones lleguen a todas las categorías de edad (jóvenes, adultos, personas mayores) en las zonas rurales, remotas y urbanas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>29.</NO.P>Pide a los Estados miembros que garanticen que las medidas nacionales de alfabetización mediática incluyan estrategias de divulgación específicas dirigidas a los grupos socioeconómicamente desfavorecidos, las personas con discapacidad, quienes viven en zonas remotas y aquellas con niveles más bajos de competencias digitales, con el fin de evitar que las brechas en alfabetización mediática y aprendizaje digital agraven desigualdades más amplias;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>30.</NO.P>Destaca la necesidad de salvaguardar una financiación estable y a largo plazo de la Unión para la alfabetización mediática y el aprendizaje digital; pide a la Comisión que dé prioridad a las iniciativas de alfabetización mediática en el marco de los programas pertinentes de la Unión, incluido el futuro programa AgoraEU, centrándose en el pensamiento crítico, la resiliencia frente a la desinformación y el pluralismo de los medios de comunicación;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>31.</NO.P>Solicita al Grupo de Expertos en Alfabetización Mediática de la Comisión, al Comité Europeo de Servicios de Medios de Comunicación y al Comité Europeo de Servicios Digitales que cooperen estrechamente en cuestiones relacionadas con la alfabetización mediática y el aprendizaje digital, y que proporcionen orientaciones adicionales sobre las medidas prácticas que podrían adoptarse a escala nacional;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>32.</NO.P>Pide a la Comisión que se base en la Semana Europea de la Alfabetización Mediática como un acto emblemático anual que muestre ejemplos de mejores prácticas y proporcione un foro inclusivo de debate y desarrollo de capacidades, y que anime a una amplia gama de partes interesadas e instituciones —incluidas las oficinas de enlace del Parlamento Europeo en los Estados miembros y las organizaciones internacionales— a participar activamente en la promoción de la alfabetización mediática y el aprendizaje digital, garantizando que dichos actos representen una pluralidad de puntos de vista;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Alfabetización mediática y aprendizaje digital: promover un sistema educativo holístico y orientado al futuro </STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>33.</NO.P>Pide a la Comisión que reconozca la alfabetización mediática y la educación digital como capacidades básicas para todos los ciudadanos; solicita a los Estados miembros que incorporen la alfabetización mediática y el aprendizaje digital en sus planes de estudios educativos de un modo adaptado a la edad; destaca que las herramientas analógicas pueden emplearse para fomentar la alfabetización mediática;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>34.</NO.P>Pide a la Comisión que preste especial atención a la alfabetización mediática en la hoja de ruta de 2030 sobre el futuro de la educación y las capacidades digitales, así como al refuerzo de las competencias digitales, la prevención del ciberacoso y la promoción del bienestar digital;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>35.</NO.P>Solicita a la Comisión que, en cooperación con los Estados miembros, proporcione una guía europea y otros materiales educativos sobre alfabetización mediática adaptados a todos los grupos de edad y niveles educativos, y que organice talleres periódicos, centrados en el pensamiento crítico, la verificación de las fuentes de información, el pluralismo de los medios de comunicación, la participación responsable de los medios de comunicación y el papel de las organizaciones de verificación de datos, los organismos de autorregulación periodística y los medios de comunicación comunitarios, así como orientaciones para los progenitores y cuidadores sobre el uso de los medios de comunicación adaptado a la edad, los riesgos en línea y las herramientas de IA;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>36.</NO.P>Anima a los Estados miembros a que consulten y cooperen con los educadores, los investigadores, el mundo académico, las organizaciones de la sociedad civil, los padres, los cuidadores y las organizaciones juveniles a la hora de desarrollar y evaluar la alfabetización mediática y las iniciativas de aprendizaje digital, a fin de garantizar que respondan a las necesidades del alumnado y los educadores;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>37.</NO.P>Pide a los Estados miembros y a la Comisión que garanticen que el despliegue de herramientas de aprendizaje digital en la educación esté libre de influencias comerciales indebidas; hace hincapié en que la cooperación con los agentes del sector privado debe ser transparente, estar impulsada por la educación y redundar en el interés público;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>38.</NO.P>Solicita a los Estados miembros que refuercen la alfabetización mediática y los programas de aprendizaje digital para que los usuarios puedan distinguir entre contenidos editoriales, comerciales y sintéticos e identificar técnicas persuasivas; destaca la necesidad de integrar la alfabetización en materia de IA en estos programas para permitir el reconocimiento de los contenidos generados por IA y los riesgos conexos de manipulación e información errónea;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>39.</NO.P>Pide a la Comisión que, en estrecha cooperación con los Estados miembros, evalúe de forma urgente y exhaustiva el impacto de los dispositivos y servicios digitales, incluidas las herramientas de IA, en los entornos educativos en los resultados del aprendizaje, el desarrollo cognitivo, el bienestar y la capacidad de atención, con el fin de apoyar su uso responsable en las escuelas; insta a la Comisión a que proponga, cuando sea necesario, medidas políticas que puedan contemplar restricciones o prohibiciones específicas, en particular en la educación infantil, para garantizar que el uso de las tecnologías digitales en la educación esté estrictamente justificado desde un punto de vista pedagógico, sea adecuado a la edad, proporcionado y se base en datos científicos independientes, de modo que dichas herramientas apoyen los procesos de aprendizaje en lugar de sustituirlos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>40.</NO.P>Anima a los Estados miembros a que aseguren la formación continua tanto de los educadores —ya sea en la educación formal, no formal o informal— como de los bibliotecarios en la educación mediática y digital, con el apoyo de una financiación adecuada; pide a la Comisión que refuerce la formación en alfabetización mediática a través de los Centros de Seguridad en Internet, la plataforma Una Internet mejor para los niños y las plataformas pertinentes de la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>41.</NO.P>Solicita a la Comisión y a las autoridades u organismos reguladores nacionales pertinentes que lleven a cabo campañas educativas y de sensibilización pública sobre la alfabetización mediática y el aprendizaje digital con el fin de aumentar la sensibilización sobre cómo los entornos digitales configuran el comportamiento en línea, y sobre las medidas de control parental disponibles, las obligaciones legales existentes de las plataformas en línea y los mecanismos de apoyo disponibles, incluidas las organizaciones que prestan un apoyo accesible en materia de salud mental;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>42.</NO.P>Pide a la Comisión y a los Estados miembros que promuevan la alfabetización mediática permanente y el aprendizaje digital para todos los ciudadanos, centrándose en los adultos, las personas mayores y las poblaciones vulnerables;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>43.</NO.P>Reconoce el papel de las bibliotecas públicas, los centros comunitarios y las organizaciones de la sociedad civil como espacios fiables, accesibles e inclusivos para la alfabetización mediática y el aprendizaje digital, que contribuyen a la inclusión social, la participación democrática y a la igualdad de acceso al conocimiento, la cultura y la información; pide a los Estados miembros que refuercen las asociaciones y la inversión en estas infraestructuras locales clave mediante una financiación adecuada, la formación del personal y el acceso a herramientas y recursos digitales actualizados;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>44.</NO.P>Solicita a la Comisión y a los Estados miembros que apoyen, en cooperación con los agentes de interés público y las partes interesadas pertinentes, el desarrollo de ecosistemas digitales resilientes y fiables que refuercen la resiliencia digital de Europa, el pluralismo de los medios de comunicación y el acceso de los ciudadanos a información precisa y fiable;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>45.</NO.P>Pide a los Estados miembros y a sus entes regionales y locales que promuevan la alfabetización mediática y la educación digital de forma innovadora y creativa en todos los entornos urbanos, tanto físicos como digitales, con el fin de fomentar la participación democrática y el compromiso cívico; hace hincapié en que las ciudades desempeñan un papel fundamental en la garantía de la seguridad y la protección de los espacios públicos, que se ven cada vez más influidos por el entorno informativo;</P></ACTION><SEPARATION><P>°</P><P>°	°</P></SEPARATION><ACTION><P><NO.P>46.</NO.P>Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión.</P></ACTION></ACTLST></DISPOSITIF></TEXT></RESOL></TXTLST></SDOCTA>