<?xml version="1.0" encoding="UTF-8" standalone="no"?><SDOCTA xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" xsi:noNamespaceSchemaLocation="TA.xsd"><IDENT><STRING BOLD="on">P10_TA(2026)0269</STRING></IDENT><TI><STRING BOLD="on">Secuestro, conversión forzosa y matrimonio infantil de Maria Shahbaz y protección de las niñas en Pakistán</STRING></TI><HIDDEN><STRING HIDDEN="on" ITALIC="on">(B10-0346, 0348, 0350 y 0351/2026)</STRING></HIDDEN><TXTLST><RESOL><TI><STRING BOLD="on">Resolución del Parlamento Europeo, de 9 de julio de 2026, sobre el secuestro, la conversión forzosa y el matrimonio infantil de Maria Shahbaz y la protección de las niñas en Pakistán (2026/2801(RSP))</STRING></TI><TEXT><PREAMBLE><PRINIT><STRING ITALIC="on">El Parlamento Europeo,</STRING></PRINIT><GRVISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos el artículo 150, apartado 5, y el artículo 136, apartado 4, de su Reglamento interno,</P></VISA></GRVISA><GRCONS><CONS><P><NO.P>A.</NO.P>Considerando que Maria Shahbaz, una niña cristiana de Lahore, tenía trece años cuando fue secuestrada y obligada a convertirse al Islam y a casarse con su secuestrador; que su familia sostiene que sus declaraciones se realizaron bajo coacción y coerción; que, a pesar de las pruebas documentales que confirmaban su condición de minoría y que los documentos matrimoniales habían sido falsificados, el Tribunal Constitucional Federal de Pakistán, en marzo de 2026, confirmó su conversión y matrimonio y ordenó que permaneciera con su secuestrador;</P></CONS><CONS><P><NO.P>B.</NO.P>Considerando que, en Pakistán, existe un patrón persistente y bien documentado de secuestro, conversión forzosa y matrimonio forzado de niñas pertenecientes a minorías hindúes, cristianas y de otras religiones; que, según las cifras de las Naciones Unidas de 2025, entre las mujeres y niñas afectadas por la conversión forzosa por matrimonio, alrededor del 75 % eran hindúes y el 25 % cristianas; que la pobreza y la marginación aumentan la vulnerabilidad de las niñas;</P></CONS><CONS><P><NO.P>C.</NO.P>Considerando que el Gobierno pakistaní ha propuesto recientemente un marco nacional para poner fin al matrimonio infantil que tiene por objeto reforzar la protección de los menores; que en algunas provincias se ha adoptado legislación contra el matrimonio infantil que eleva la edad mínima para contraer matrimonio a los dieciocho años, una legislación que, sin embargo, no se aplica;</P></CONS><CONS><P><NO.P>D.</NO.P>Considerando que según diversas informaciones los cristianos son el grupo religioso más perseguido a escala mundial, como demuestra el caso de Maria Shahbaz;</P></CONS><CONS><P><NO.P>E.</NO.P>Considerando que el caso de Maria Shahbaz es paradigmático de las violaciones más amplias de los derechos humanos a las que se enfrentan las minorías en Pakistán, incluidas detenciones arbitrarias, desapariciones forzadas, acoso a periodistas y a la sociedad civil y uso indebido de las leyes contra la blasfemia, el terrorismo y la ciberdelincuencia;</P></CONS></GRCONS></PREAMBLE><DISPOSITIF><ACTLST><ACTION><P><NO.P>1.</NO.P>Condena enérgicamente el secuestro, la conversión forzosa al Islam, el matrimonio infantil y el veredicto en el caso de Maria Shahbaz, así como abusos similares contra niñas pertenecientes a minorías religiosas en Pakistán;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>2.</NO.P>Pide al Gobierno pakistaní que vele por que todos los asuntos relacionados con menores y las acusaciones de coacción se investiguen de forma transparente e independiente y que garantice el enjuiciamiento efectivo de los autores y el retorno seguro de las niñas secuestradas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>3.</NO.P>Pide a las autoridades pakistaníes que faciliten protección inmediata a Maria Shahbaz, que le concedan acceso a representación jurídica, a apoyo psicológico independiente y a su familia, y que lleven a cabo una revisión exhaustiva, transparente e imparcial de su caso, respetando plenamente las garantías procesales y el interés superior del menor, y que permitan a las organizaciones de derechos humanos supervisar de forma independiente su situación;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>4.</NO.P>Condena enérgicamente la persecución sistemática de los cristianos en Pakistán y subraya que el secuestro, la conversión forzosa y el matrimonio infantil de Maria Shahbaz deben considerarse en el contexto más amplio de la discriminación, la violencia y la intimidación a las que se enfrenta la comunidad cristiana del país; pide a Pakistán que derogue sus leyes sobre la blasfemia y ponga fin a la persecución de los cristianos y otras minorías religiosas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>5.</NO.P>Insta al poder judicial pakistaní a que defienda el Estado de Derecho y garantice que cualquier procedimiento que afecte a niñas pertenecientes a minorías se lleve a cabo sin presiones, intimidaciones ni coacciones externas; hace hincapié en la necesidad de desarrollar de forma estructurada la capacitación del poder judicial a este respecto;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>6.</NO.P>Acoge con satisfacción las medidas legislativas adoptadas en algunas provincias contra el matrimonio infantil e insta a Pakistán a que adopte y ejecute plenamente el marco nacional para poner fin al matrimonio infantil y a que aplique y haga cumplir la legislación provincial; pide a otras provincias que adopten y apliquen una legislación equivalente;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>7.</NO.P>Anima a Pakistán a crear un mecanismo nacional para tramitar las denuncias de familias de niñas pertenecientes a minorías que hayan sido secuestradas o convertidas por la fuerza, y pide un apoyo integral a las víctimas, incluidos refugios seguros, asistencia jurídica, asesoramiento psicológico y programas de reinserción; pide que se aborden las causas profundas del matrimonio y la conversión forzosos —incluyendo la desigualdad de género, la pobreza, la exclusión social y la discriminación por razón de casta, género y religión— y que se adopten medidas de protección específicas para las niñas pertenecientes a minorías que sufren discriminación, prestando especial atención al acceso a la educación y a la protección social;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>8.</NO.P>Pide a la Unión y a los Estados miembros que planteen sistemáticamente la cuestión de las conversiones y los matrimonios forzados y la protección de las minorías religiosas y otras —así como de los opositores políticos, de los periodistas, de la sociedad civil y de los activistas y defensores de los derechos humanos— en los diálogos bilaterales con Pakistán, también en el marco del seguimiento del Sistema de Preferencias Generalizadas Plus; recuerda que el incumplimiento efectivo de sus compromisos en materia de derechos humanos, incluidos los derechos de las mujeres y los niños, debe dar lugar a la retirada del estatuto SPG+ a Pakistán;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>9.</NO.P>Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la VP/AR, y al Gobierno y al Parlamento de Pakistán.</P></ACTION></ACTLST></DISPOSITIF></TEXT></RESOL></TXTLST></SDOCTA>