<?xml version="1.0" encoding="UTF-8" standalone="no"?><SDOCTA xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" STATUS="DEF1" xsi:noNamespaceSchemaLocation="TA.xsd"><IDENT><STRING BOLD="on">P9_TA(2024)0013</STRING></IDENT><TI><STRING BOLD="on">Papel del Parlamento Europeo y su diplomacia parlamentaria en la política exterior y de seguridad de la Unión</STRING></TI><HIDDEN><STRING HIDDEN="on" ITALIC="on">(A9-0405/2023 - Ponente: Jordi Solé)</STRING></HIDDEN><TXTLST><RESOL><TI><STRING BOLD="on">Resolución del Parlamento Europeo, de 16 de enero de 2024, sobre el papel del Parlamento Europeo y su diplomacia parlamentaria en la política exterior y de seguridad de la Unión (2023/2105(INI))</STRING></TI><TEXT><PREAMBLE><PRINIT><STRING ITALIC="on">El Parlamento Europeo,</STRING></PRINIT><GRVISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos el artículo 14, apartado 1, el artículo 21 y el artículo 36 del Tratado de la Unión Europea (TUE),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la declaración de la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (VP/AR), de 20 de julio de 2010, sobre responsabilidad política,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistas las Conclusiones del Consejo, de 28 de junio de 2016, por las que se adopta el informe titulado «Una visión común, una actuación conjunta: una Europa más fuerte – Estrategia global para la política exterior y de seguridad de la Unión Europea»,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Comunicación conjunta de la Comisión y del alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, de 25 de marzo de 2020, titulada «Plan de Acción de la UE para los Derechos Humanos y la Democracia 2020-2024» (JOIN(2020)0005),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el documento titulado «Una Brújula Estratégica para la Seguridad y la Defensa - Por una Unión Europea que proteja a sus ciudadanos, defienda sus valores e intereses y contribuya a la paz y la seguridad internacionales», adoptado el 21 de marzo de 2022,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Comunicación conjunta de la Comisión y del alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, de 25 de noviembre de 2020, titulada «Plan de acción en materia de género de la UE (GAP) III – Un ambicioso programa para la igualdad de género y el empoderamiento de la mujer en la acción exterior de la UE» (JOIN(2020)0017),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Decisión 2010/427/UE del Consejo, de 26 de julio de 2010, por la que se establece la organización y el funcionamiento del Servicio Europeo de Acción Exterior<FOOTNOTE><FIELD> DO L 201 de 3.8.2010, p. 30.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el apartado 34 de la Declaración de la Cumbre entre la Unión Europea y la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños, de 18 de julio de 2023, en el que se reconoce que la diplomacia parlamentaria constituye un aspecto importante de la relación,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista su Recomendación, de 15 de marzo de 2023, al Consejo y al vicepresidente de la Comisión / alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad sobre el balance del funcionamiento del SEAE y en favor de una Unión Europea más fuerte en el mundo<FOOTNOTE><FIELD> DO C, C/2023/410 de 23.11.2023, ELI: <STRING UNDERLINE="on">http://data.europa.eu/eli/C/2023/410/oj</STRING>.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista su Resolución, de 18 de enero de 2023, sobre la aplicación de la política exterior y de seguridad común: informe anual 2022<FOOTNOTE><FIELD> DO C 214 de 16.6.2023, p. 26.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista su Resolución, de 18 de enero de 2023, sobre la aplicación de la política común de seguridad y defensa: informe anual 2022<FOOTNOTE><FIELD> DO C 214 de 16.6.2023, p. 54.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista su Resolución, de 12 de marzo de 2019, sobre la creación de capacidad de la Unión en materia de prevención de conflictos y mediación<FOOTNOTE><FIELD> DO C 23 de 21.1.2021, p. 16.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista su Decisión, de 13 de septiembre de 2023, sobre la modificación del Reglamento interno del Parlamento con vistas al refuerzo de la integridad, la independencia y la rendición de cuentas<FOOTNOTE><FIELD> Textos Aprobados, P9_TA(2023)0316.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el artículo 54 de su Reglamento interno,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de la Comisión de Asuntos Exteriores (A9-0405/2023),</P></VISA></GRVISA><GRCONS><CONS><P><NO.P>A.</NO.P>Considerando que el papel del Parlamento como colegislador y coautoridad presupuestaria no solo cubre las políticas internas de la Unión, sino también en gran medida su acción exterior;</P></CONS><CONS><P><NO.P>B.</NO.P>Considerando que el artículo 36 del TUE exige al VP/AR que consulte periódicamente al Parlamento sobre los aspectos principales y las opciones fundamentales de la política exterior y de seguridad común (PESC) y que le informe de la evolución de dichas políticas;</P></CONS><CONS><P><NO.P>C.</NO.P>Considerando que se requiere el consentimiento del Parlamento para la entrada en vigor de la mayoría de los acuerdos internacionales; que el artículo 218, apartado 10, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea establece que «se informará cumplida e inmediatamente al Parlamento Europeo en todas las fases del procedimiento» para las negociaciones de dichos acuerdos;</P></CONS><CONS><P><NO.P>D.</NO.P>Considerando que el Parlamento examina y debate la gestión de los asuntos exteriores de la Unión, en particular a través de la labor de su Comisión de Asuntos Exteriores y sus dos subcomisiones, la de Derechos Humanos y la de Seguridad y Defensa, así como a través de su Comisión de Comercio Internacional y su Comisión de Desarrollo; que este papel de control incluye cuestiones relativas a la adopción, la aplicación y la revisión de estrategias de la Unión temáticas, regionales y por país y otros documentos políticos, como el Plan de Acción en materia de Género de la UE, así como asistencia financiera y nombramientos a puestos directivos dentro de la representación exterior de la Unión;</P></CONS><CONS><P><NO.P>E.</NO.P>Considerando que el Parlamento, como única institución de la Unión elegida directamente por sus ciudadanos, celebra debates públicos en los plenos y las comisiones y aprueba informes y resoluciones relacionados con la política exterior y de seguridad de la Unión y la situación en terceros países, en particular en relación con los derechos humanos, contribuyendo así a aumentar la sensibilización y el debate públicos tanto dentro de la Unión como en los países de que se trate; que dichos informes y resoluciones contribuyen a fomentar avances normativos a escala internacional y se someten al examen estricto de agentes de terceros países, incluidos Gobiernos, Parlamentos y representantes de la sociedad civil y los medios de comunicación, y pueden generar reacciones y repercusiones en dichos países;</P></CONS><CONS><P><NO.P>F.</NO.P>Considerando que el Parlamento cuenta con una red única de 45 delegaciones que mantienen y profundizan las relaciones con otros Parlamentos de países, regiones y organizaciones no pertenecientes a la Unión; que estos órganos a menudo constituyen la dimensión parlamentaria de los acuerdos bilaterales de la Unión con dichos países;</P></CONS><CONS><P><NO.P>G.</NO.P>Considerando que el papel del Parlamento a la hora de establecer el presupuesto anual de la Unión es crucial para apoyar a los países más necesitados a superar retos de desarrollo a largo plazo a través del Instrumento de Vecindad, Cooperación al Desarrollo y Cooperación Internacional - Europa Global, así como para hacer frente a las catástrofes humanitarias o las emergencias, en particular mediante el refuerzo de la ayuda humanitaria;</P></CONS><CONS><P><NO.P>H.</NO.P>Considerando que la promoción de la igualdad de género es un objetivo de la política exterior de la Unión; que todos los Estados miembros de la Unión y el Parlamento Europeo están comprometidos con la Resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre mujeres, paz y seguridad;</P></CONS><CONS><P><NO.P>I.</NO.P>Considerando que el Parlamento Europeo se ha convertido en uno de los Parlamentos más activos en términos de su actividad diplomática parlamentaria y los recursos destinados a ella; que la diplomacia parlamentaria contribuye a conseguir los objetivos de la Unión y a impulsar sus valores, intereses y políticas, también en el plano multilateral, aportando así valor añadido al promover una acción exterior de la Unión más coherente y cohesionada; que la diplomacia parlamentaria puede reforzar la comunicación estratégica y la visibilidad y eficacia de las decisiones y las medidas de ejecución tanto en el marco de la política exterior y de seguridad común (PESC) como en el de la política común de seguridad y defensa (PCSD);</P></CONS><CONS><P><NO.P>J.</NO.P>Considerando que, mediante el ejercicio de la diplomacia parlamentaria, el Parlamento colabora continuamente a través del diálogo con líderes mundiales, cargos electos, representantes gubernamentales y diplomáticos, instituciones públicas, representantes y organizaciones de la sociedad civil, incluidos los procedentes de poblaciones vulnerables y de alto riesgo, y otras partes interesadas de países no pertenecientes a la Unión e instituciones multilaterales, principalmente a través del trabajo de sus delegaciones y comisiones y también celebrando audiencias, adoptando informes y resoluciones y visitando países;</P></CONS><CONS><P><NO.P>K.</NO.P>Considerando que el artículo 36 del TUE obliga al VP/AR a comparecer ante el Parlamento por lo menos dos veces al año para informar sobre el estado de las cuestiones relativas a la PESC/PCSD y responder a las preguntas que se le formulen; que se debe actualizar el Acuerdo interinstitucional, de 20 de noviembre de 2002, entre el Parlamento Europeo y el Consejo relativo al acceso del Parlamento Europeo a la información sensible del Consejo en el ámbito de la política de seguridad y de defensa<FOOTNOTE><FIELD> DO C 298 de 30.11.2002, p. 1.</FIELD></FOOTNOTE>;</P></CONS><CONS><P><NO.P>L.</NO.P>Considerando que el Grupo de Apoyo a la Democracia y Coordinación Electoral del Parlamento, que está encabezado por los presidentes de la Comisión de Asuntos Exteriores y la Comisión de Desarrollo e incluye a diputados al Parlamento Europeo de todo el espectro político, supervisa los esfuerzos del Parlamento para apoyar la democracia más allá de la Unión, también en materia de observación electoral, mediación y diálogo; que, a través del Diálogo Jean Monnet para la paz y la democracia, el Parlamento reúne a dirigentes políticos de fuera de la Unión para promover la comunicación entre partidos y la construcción de consensos; que los diputados al Parlamento Europeo pueden actuar como enviados especiales y mediadores para la prevención de conflictos en determinadas situaciones de alta tensión en todo el mundo;</P></CONS><CONS><P><NO.P>M.</NO.P>Considerando que el Parlamento asiste a Parlamentos nacionales y a asambleas regionales internacionales fuera de las fronteras de la Unión, con el fin de reforzar su capacidad institucional; que ha entablado un diálogo permanente con estas asambleas legislativas e intercambia periódicamente las mejores prácticas;</P></CONS><CONS><P><NO.P>N.</NO.P>Considerando que el Parlamento es un observador electoral internacionalmente reconocido; que las delegaciones de observación electoral del Parlamento están englobadas, bien en misiones de observación electoral de la Unión, bien en misiones de observación electoral internacionales;</P></CONS><CONS><P><NO.P>O.</NO.P>Considerando que los grupos políticos y los diputados individuales al Parlamento disfrutan de una red densa y amplia de contactos con partidos políticos, parlamentarios, funcionarios del Estado y partes interesadas del sector privado y de la sociedad civil de terceros países, en particular de países en vías de adhesión a la Unión y de la vecindad de la Unión;</P></CONS><CONS><P><NO.P>P.</NO.P>Considerando que, además de las oficinas de enlace fuera de la Unión del Parlamento Europeo, ubicadas en Londres y Washington, el Parlamento cuenta con oficinas de antena en las Naciones Unidas en Nueva York, en la Unión Africana en Adís Abeba y en la Asociación de Naciones del Asia Sudoriental en Yakarta, con el objetivo de reforzar la cooperación parlamentaria con estas organizaciones multilaterales;</P></CONS><CONS><P><NO.P>Q.</NO.P>Considerando que el artículo 5, apartado 7, de la Decisión 2010/427/UE del Consejo afirma que «[e]n sus contactos con las organizaciones internacionales o terceros países ante los que estén acreditadas las delegaciones, las delegaciones de la Unión tendrán capacidad para atender las necesidades de otras instituciones de la Unión, en particular el Parlamento Europeo»;</P></CONS></GRCONS></PREAMBLE><DISPOSITIF><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">El refuerzo de la diplomacia parlamentaria</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>1.</NO.P>Acoge con satisfacción el papel creciente del Parlamento en la acción exterior de la Unión, que ha ido evolucionando gradualmente, pasando a volverse sustancial, combinando sus competencias legislativas, presupuestarias y de control con múltiples formas de interacción pública y silenciosa con organizaciones internacionales, países, sociedades y personas de fuera de la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>2.</NO.P>Destaca el papel y el valor distintivos de la diplomacia parlamentaria de la Unión a la hora de complementar y reforzar la visibilidad y el impacto de la política exterior y de seguridad de la Unión, junto con el Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE), la Comisión y los servicios diplomáticos y Parlamentos de los Estados miembros, velando al mismo tiempo por la propia autonomía del Parlamento;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>3.</NO.P>Subraya la importancia de la diplomacia parlamentaria como medio para llegar a partes interesadas más diversas en países socios y en países no pertenecientes a la Unión con vistas a mejorar el conocimiento de la legislación y las posiciones de la Unión, comprender mejor las percepciones, los efectos y las consecuencias de dicha legislación y posiciones en estos países y forjar alianzas entre iguales y asociaciones sólidas en un contexto internacional cada vez más complejo y multipolar;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>4.</NO.P>Lamenta que, a pesar de su clara contribución a la consecución de los objetivos de política exterior y de seguridad de la Unión, así como el valor añadido y la complementariedad de la diplomacia parlamentaria, la Comisión, el Consejo y el SEAE no hayan reconocido todavía plenamente al Parlamento como integrante de pleno derecho en el marco del enfoque del «Equipo Europa»;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>5.</NO.P>Considera que el Parlamento cuenta con un gran potencial desaprovechado para seguir desarrollando su papel diplomático y su contribución a la consecución de los objetivos de política exterior y de seguridad de la Unión;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Instrumentos, medios y valores de la diplomacia parlamentaria</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>6.</NO.P>Destaca la contribución específica, dinámica y pública del Parlamento a la política exterior y de seguridad de la Unión y a la lucha contra los retos mundiales a través de la labor de sus comisiones que trabajan en asuntos exteriores, incluidas la Subcomisión de Derechos Humanos y la Subcomisión de Seguridad y Defensa, y contribuyen a las relaciones con terceros países, organizaciones internacionales y la sociedad civil en todo el mundo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>7.</NO.P>Subraya que las delegaciones permanentes llevan a cabo un trabajo importante y complementario al de las comisiones creando un foro regular y continuo para el diálogo político con terceros países y organizaciones internacionales, especialmente mediante órganos parlamentarios mixtos y asambleas multilaterales;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>8.</NO.P>Destaca que las delegaciones permanentes desempeñan un papel fundamental de enlace entre el Parlamento y sus organizaciones asociadas en todo el mundo, facilitando la interacción, proporcionando sistemáticamente información a las Comisiones y a otros órganos del Parlamento, debatiendo posiciones y políticas de interés común y también escuchando a distintas organizaciones asociadas y otras partes interesadas y transmitiendo sus puntos de vista a los órganos competentes del Parlamento;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>9.</NO.P>Considera que las misiones oficiales del Parlamento fuera de la Unión forman parte integrante de la política exterior de esta y que, por lo tanto, deben contar con el pleno apoyo de las delegaciones de la Unión, así como con el nivel más alto de información y de seguridad del SEAE a este respecto; pide que se proporcionen todos los recursos necesarios al Centro de Respuesta ante Crisis del SEAE; considera que una mejor coordinación, planificación y establecimiento de prioridades de estas misiones entre los distintos órganos del Parlamento aumentaría la coherencia, la credibilidad y el impacto del papel diplomático del Parlamento;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>10.</NO.P>Sugiere que los órganos pertinentes del Parlamento establezcan una coordinación interna, entre otras acciones, mediante la elaboración periódica de una lista de países prioritarios con los que colaborar —basada en los próximos expedientes legislativos y prioridades geopolíticas o estratégicas—, la celebración de intercambios de puntos de vista conjuntos con estos países prioritarios sobre las relaciones de la Unión o sobre cuestiones geopolíticas horizontales o relativas a los conflictos, y el fomento de sinergias entre las misiones del Parlamento en el extranjero para evitar multiplicaciones innecesarias, racionalizar los recursos y mejorar la coherencia de los mensajes del Parlamento;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>11.</NO.P>Subraya que los parlamentarios deben estar plenamente preparados en las dimensiones cultural y de relaciones culturales internacionales de un tercer país al ir en misión oficial, para que puedan fomentar una cultura del diálogo dentro del contexto de un diálogo de culturas; pide, a este respecto, al SEAE, y en particular a su División de Comunicación Estratégica y Prospectiva, que apoye plenamente las misiones oficiales del Parlamento a terceros países;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>12.</NO.P>Considera que el diálogo político que llevan a cabo el Parlamento y los diputados al Parlamento con agentes gubernamentales, parlamentarios y de la sociedad civil de todo el mundo contribuye a promover las prioridades, los puntos de vista y los valores de la Unión sobre estándares mundiales en ámbitos como la universalidad de los derechos humanos y la democracia, los derechos LGTBI, los derechos de las mujeres y la igualdad de género, la diplomacia climática y energética, la conectividad, la inteligencia artificial y las políticas digitales y tecnológicas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>13.</NO.P>Enfatiza la constante dedicación del Parlamento a que los derechos humanos, el Estado de Derecho y la democracia sean la base fundamental de la acción exterior de la Unión y para proporcionar un foro clave en el que escuchar y ampliar la voz de la sociedad civil y las partes interesadas en la democracia de todo el mundo; destaca, a este respecto, sus acciones en apoyo de los defensores de los derechos humanos, los parlamentarios en riesgo y los jóvenes líderes políticos, así como de la participación de las mujeres en la vida política y de la lucha contra la desinformación; pide el ulterior desarrollo de las acciones del Parlamento y que se dé voz a aquellas personas cuyos derechos están en peligro en la próxima legislatura;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>14.</NO.P>Recalca la pertinencia clave de los debates y resoluciones del Parlamento sobre casos de violaciones de los derechos humanos, de la democracia y del Estado de Derecho como uno de los instrumentos con mayor impacto en el extranjero al abordar situaciones relacionadas con los derechos humanos en países no pertenecientes a la Unión; pide, por tanto, la mejora de la visibilidad de estos debates y resoluciones, también en lo que se refiere a los órdenes del día de las sesiones plenarias y en consonancia con el trabajo de las Comisiones y otros órganos parlamentarios permanentes;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>15.</NO.P>Subraya la importancia y el carácter único del papel del Parlamento en las misiones de observación electoral y, en general, en los programas de apoyo a la democracia, como el refuerzo de la democracia parlamentaria en países no pertenecientes a la Unión y las iniciativas que implican mediación, la facilitación del desarrollo de las capacidades, la prevención de conflictos, el fomento de una cultura parlamentaria democrática y consensuada y la promoción de los derechos humanos; pide que los resultados de las actividades del Grupo de Apoyo a la Democracia y Coordinación Electoral en países concretos, así como los derivados de misiones de observación electoral de la Unión, se integren mejor en el trabajo pertinente de las Comisiones y de las delegaciones, así como en las sesiones plenarias en relación con estos mismos países;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>16.</NO.P>Pide una coordinación reforzada con la Comisión, incluidas la Dirección General de Política Europea de Vecindad y Negociaciones de Ampliación y la Dirección General de Asociaciones Internacionales, en el apoyo a la democracia parlamentaria a escala mundial y el impulso del respaldo institucional a los Parlamentos; sugiere que la red de Parlamentos nacionales sobre apoyo a la democracia, establecida por el Parlamento, podría convertirse en un acto institucional periódico para coordinar las actividades y aprovechar los conocimientos especializados;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>17.</NO.P>Recalca la necesidad de alcanzar un equilibrio de género en todas las actividades y misiones, incluidas las representaciones del Parlamento fuera de la Unión, y difundir los conocimientos especializados sobre igualdad de género desplegando expertos en igualdad de género como parte de las acciones y programas de asistencia parlamentaria;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Contribución del Parlamento a la política exterior y de seguridad de la Unión</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>18.</NO.P>Considera que la próxima legislatura y el establecimiento de la futura Comisión deben ser una oportunidad para reforzar el marco de las relaciones interinstitucionales entre el Parlamento, el SEAE y la Comisión, así como las delegaciones de la Unión, con el fin de mejorar la diplomacia parlamentaria y reforzar el instrumental de la Unión para la acción exterior;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>19.</NO.P>Pide, en particular, que se refuerce la supervisión del Parlamento del trabajo dentro de las actividades de política exterior y de seguridad de la Unión mediante la mejora del nivel de rendición de cuentas y la transparencia del SEAE y de los servicios exteriores de la Comisión; recalca, en este contexto, la necesidad de actualizar la declaración de 2010 sobre responsabilidad política para redefinir las relaciones entre el SEAE y el Parlamento;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>20.</NO.P>Pide a la Comisión, al Consejo y a los Estados miembros que impliquen realmente al Parlamento en la aplicación y el control de cuestiones de importancia estratégica en los asuntos exteriores de la Unión, incluida la aplicación de medidas restrictivas, así como en el control de los instrumentos de financiación exterior;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>21.</NO.P>Insiste en el derecho del Parlamento a la información sobre asuntos relacionados con la PESC en virtud del artículo 36 del TUE, también en términos de acceso oportuno a informes, estrategias de países y otra información confidencial que oriente la conducta de la PESC de la Unión; destaca, a este respecto, la importancia de ultimar lo antes posible la actualización del Acuerdo Interinstitucional, de 20 de noviembre de 2002, entre el Parlamento Europeo y el Consejo relativo al acceso del Parlamento Europeo a la información sensible del Consejo en el ámbito de la política de seguridad y de defensa;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>22.</NO.P>Destaca que la función de control del Parlamento y su potestad para hacer un seguimiento de la negociación y la aplicación de los acuerdos internacionales le deben conferir un papel fundamental a la hora de configurar el compromiso de la Unión con terceros países y organizaciones internacionales y su acción global en la escena internacional, lo que también permitiría a la Unión promover la integración de la perspectiva de género y la diplomacia climática en las relaciones internacionales; lamenta, a este respecto, los denominados acuerdos informales o <STRING ITALIC="on">ad hoc</STRING> que no requieren la aprobación del Parlamento y socavan, por tanto, la autoridad del Parlamento como colegislador y su papel de supervisión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>23.</NO.P>Opina que los embajadores de la Unión en países estratégicos y los representantes especiales de la Unión solo deben ser confirmados después de una evaluación positiva por parte de la Comisión de Asuntos Exteriores del Parlamento;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>24.</NO.P>Pide una participación más sistemática de los presidentes de las comisiones del Parlamento que trabajan en cuestiones exteriores en reuniones y actos de alto nivel sobre la PESC, incluido el Consejo de Asuntos Exteriores; pide delegaciones conjuntas del SEAE, la Comisión y el Parlamento a las principales reuniones multilaterales y regionales;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>25.</NO.P>Insiste en que todos los documentos políticos estratégicos fundamentales adoptados por la Comisión y el Consejo sobre la ejecución de la política exterior de la Unión deben ser elaborados en consulta con el Parlamento e integrar el papel y la contribución del Parlamento en esta;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>26.</NO.P>Pide que se estrechen las relaciones del Parlamento con los Parlamentos nacionales de los Estados miembros, órganos bien situados para actuar como enlace con los poderes ejecutivos de los Estados miembros; subraya, por tanto, que la conferencia interparlamentaria sobre la PESC/PCSD, así como las conferencias interparlamentarias que celebra anualmente la Subcomisión de Derechos Humanos, proporcionan un excelente foro para el intercambio de información y mejores prácticas entre los Parlamentos nacionales y el Parlamento Europeo en los ámbitos en cuestión y deben reforzarse;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>27.</NO.P>Considera que el Parlamento puede desempeñar un papel único a la hora de acercar la política exterior de la Unión a los ciudadanos europeos y de reforzar su legitimidad democrática, también colaborando con entidades subestatales, como los Gobiernos y Parlamentos regionales, y permitiendo así que la diplomacia multinivel en virtud de los marcos jurídico e institucional correspondientes para la política exterior de la Unión y los Estados miembros alimente la acción exterior a nivel de la Unión, al tiempo que se basa en ella;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>28.</NO.P>Reitera su llamamiento a desarrollar una diplomacia de la Unión autónoma determinada por una cultura diplomática común desde una perspectiva de la Unión y subraya el papel del Parlamento a este respecto; considera que la aplicación del proyecto piloto del Parlamento sobre la creación de una escuela diplomática europea, y en especial su futura estructura permanente, constituye un primer paso concreto en este sentido; pide que se garanticen la participación permanente y la implicación activa del Parlamento en los futuros órganos de dirección o gestión de la escuela diplomática europea, así como en sus programas y actividades de formación;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>29.</NO.P>Opina que, en el contexto mundial de declive del respeto de los derechos humanos y la democracia, el Parlamento tiene un papel concreto que desempeñar a la hora de defender el multilateralismo basado en normas, la democracia y el Estado de Derecho, promover los derechos humanos y el pluralismo político, contrarrestar la desinformación y las injerencias extranjeras en países no pertenecientes a la Unión y ayudar a los Parlamentos elegidos democráticamente en todo el mundo a consolidar su papel institucional y sus métodos de trabajo internos mediante programas específicos; observa que los diputados al Parlamento Europeo pueden abordar cuestiones más sensibles, como violaciones de los derechos humanos, realizar declaraciones públicas, abrir canales de comunicación públicos o privados o colaborar con socios locales cuando el espacio para la diplomacia tradicional sea más reducido;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>30.</NO.P>Destaca el papel específico de los órganos parlamentarios a la hora de ayudar a los países asociados y, en particular, a los países de la ampliación y candidatos potenciales en los Balcanes Occidentales y la vecindad oriental; pide que se refuerce su función en el proceso de adhesión a la Unión, dado el papel específico y fundamental que desempeñan los Parlamentos nacionales en el proceso de reforma necesario mediante, entre otras cosas, la aproximación legislativa, la supervisión y la divulgación entre los ciudadanos; recuerda la necesidad de que las delegaciones de la Unión apoyen activamente esta cooperación interparlamentaria en los países candidatos y candidatos potenciales;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>31.</NO.P>Acoge favorablemente los enfoques innovadores, como la cooperación entre comisiones recientemente lanzada entre el Parlamento y la Rada Suprema de Ucrania, y promueve el desarrollo de iniciativas adicionales en este ámbito, dada la importancia política del proceso de ampliación;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>32.</NO.P>Reitera su llamamiento para el refuerzo de las capacidades institucionales de la Unión en materia de diplomacia preventiva, prevención de conflictos y mediación y está convencido de que el Parlamento puede aportar conocimientos especializados y una contribución sustancial en este ámbito a través de sus órganos y acciones, también mediante mecanismos de alerta temprana y visitas <STRING ITALIC="on">in situ</STRING>;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>33.</NO.P>Insiste en que la amplia red interparlamentaria que el Parlamento ha desarrollado a través de sus delegaciones permanentes y asambleas multilaterales ofrece un medio idóneo para debatir y coordinar posiciones con asociados internacionales en foros multilaterales como, por ejemplo, en relación con las resoluciones de las Naciones Unidas, la integración de la perspectiva de género, la diplomacia climática o las posiciones en el G20, así como para aclarar las intenciones de la Unión a sus organizaciones asociadas y promover sus acciones; recalca la importante contribución del Parlamento al trabajo de los foros multilaterales a través de su participación en, entre otros, las cumbres parlamentarias del G7 y el G20 y las reuniones de la Unión Interparlamentaria;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>34.</NO.P>Destaca el papel del Parlamento Europeo a la hora de impulsar a escala mundial la igualdad de género, incluidas la lucha contra el feminicidio y la violencia de género, y los derechos LGTBI en la acción exterior de la Unión; señala la importancia de los parlamentarios para promover la sensibilidad hacia las cuestiones de género en las relaciones exteriores de la Unión a través de la sensibilización, el desarrollo de capacidades y el intercambio de buenas prácticas, entre otros, el valor añadido de garantizar unos Parlamentos con equilibrio de género y una perspectiva de género en el funcionamiento de los órganos parlamentarios; pide al Parlamento que siga reforzando esta dimensión pertinente de su diplomacia parlamentaria en sus interacciones con los países socios;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>35.</NO.P>Opina que, considerando el Objetivo de Desarrollo Sostenible n.º 5 (lograr la igualdad de género y empoderar a todas las mujeres y las niñas), el Parlamento debe desempeñar un papel importante a la hora de alcanzar valores de referencia estratégicos fundamentales en materia de igualdad de género;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>36.</NO.P>Subraya el trabajo del Parlamento de defensa de la ratificación y la aplicación de los convenios pertinentes de las Naciones Unidas y otros convenios internacionales y los protocolos opcionales, como el Acuerdo de París y el Convenio sobre Prevención y Lucha contra la Violencia contra la Mujer y la Violencia Doméstica;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Equipo Europa: el Parlamento como organización asociada en materia de política exterior</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>37.</NO.P>Considera que, si bien el Parlamento debe mantener su plena autonomía a la hora de llevar a cabo su agenda de política exterior, las visitas <STRING ITALIC="on">ad hoc</STRING> conjuntas y las declaraciones del Parlamento junto con los representantes de la Comisión y del Consejo en relación con acontecimientos clave en países no pertenecientes a la Unión ofrecen un ámbito prometedor para aplicar el enfoque del «Equipo Europa»; pide, a este respecto, que se lance un programa piloto interinstitucional de Equipo Europa en una serie de terceros países seleccionados; pide que este programa piloto garantice que los instrumentos del Parlamento se integren plenamente dentro de un enfoque interinstitucional común hacia los países afectados;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>38.</NO.P>Denuncia la decisión de algunos países, incluidos algunos que tienen acuerdos con la Unión, de vetar la entrada de las delegaciones del Parlamento y de diputados concretos al Parlamento a algunos de sus territorios o a todos; denuncia las amenazas y sanciones contra los diputados al Parlamento por parte de terceros países; insiste en que el Consejo y los Estados miembros adopten medidas inmediatas y sólidas, incluidas sanciones si se considera necesario, cuando órganos del Parlamento o diputados al Parlamento Europeo concretos sean objeto de medidas restrictivas por parte de terceros países;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>39.</NO.P>Destaca que la observación electoral es el área donde la cooperación entre el Parlamento y el SEAE está más estructurada, ya que ambas instituciones llevan a cabo actividades de observación electoral bien integradas entre sí de varias maneras;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>40.</NO.P>Reitera su llamamiento en favor de una mayor coordinación estratégica entre las instituciones de la Unión en casos urgentes que afecten a defensores de los derechos humanos, periodistas o miembros de grupos especialmente vulnerables; está convencido de que la diplomacia parlamentaria puede ser un mecanismo eficaz y complementario para colaborar con terceros países en esos casos; pide un grupo de trabajo interinstitucional sobre los defensores de los derechos humanos para coordinar los esfuerzos europeos en casos prioritarios que afecten a defensores de los derechos humanos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>41.</NO.P>Reitera su solicitud de que el VP/AR, en cooperación con los Estados miembros y el Parlamento, adopte una lista anual de países objeto de grave preocupación debido a la difícil situación de los defensores de los derechos humanos y los activistas de la democracia, que permita, entre otras cosas, una respuesta práctica plenamente coordinada del Equipo Europa sobre el terreno; cree que el Parlamento podría desempeñar un papel decisivo mediante el uso de sus medios institucionales y de otro tipo en apoyo de este enfoque específico y común;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>42.</NO.P>Insta a todas las delegaciones de la Unión a que den a conocer la labor del Parlamento relacionada con su país anfitrión, también en la lengua local, en su sitio web, y a que realicen un seguimiento con las autoridades locales y los grupos de la sociedad civil;</P></ACTION><SEPARATION><P>°</P><P>°	°</P></SEPARATION><ACTION><P><NO.P>43.</NO.P>Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al vicepresidente de la Comisión / alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad y a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros.</P></ACTION></ACTLST></DISPOSITIF></TEXT></RESOL></TXTLST></SDOCTA>