<?xml version="1.0" encoding="UTF-8" standalone="no"?><SDOCTA xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" STATUS="DEF1" xsi:noNamespaceSchemaLocation="TA.xsd"><IDENT><STRING BOLD="on">P9_TA(2024)0031</STRING></IDENT><TI><STRING BOLD="on">Cooperación para el desarrollo de la Unión en apoyo al acceso a la energía en los países en desarrollo</STRING></TI><HIDDEN><STRING HIDDEN="on" ITALIC="on">(A9-0441/2023 - Ponente: Caroline Roose)</STRING></HIDDEN><TXTLST><RESOL><TI><STRING BOLD="on">Resolución del Parlamento Europeo, de 17 de enero de 2024, sobre la cooperación para el desarrollo de la Unión en apoyo al acceso a la energía en los países en desarrollo (2023/2073(INI))</STRING></TI><TEXT><PREAMBLE><PRINIT><STRING ITALIC="on">El Parlamento Europeo,</STRING></PRINIT><GRVISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), en particular el ODS 1 sobre la erradicación de la pobreza, el ODS 7 sobre la garantía del acceso a una energía asequible, segura, sostenible y moderna para todos, el ODS 9 sobre la industria y las infraestructuras y el ODS 13 sobre la acción por el clima, así como el ODS 5 sobre el logro de la igualdad de género y el empoderamiento de todas las mujeres y las niñas,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el artículo 208 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, que establece que el objetivo principal de la política de desarrollo de la Unión será la reducción y, finalmente, la erradicación de la pobreza y exige que la Unión tenga en cuenta «los objetivos de la cooperación para el desarrollo al aplicar las políticas que puedan afectar a los países en desarrollo»,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos el artículo 3, apartado 5, y el artículo 21 del Tratado de la Unión Europea, en los que se expone el compromiso de la Unión con un enfoque de la cooperación para el desarrollo basado en valores para garantizar la coherencia de su acción exterior, respetando los principios de la Carta de las Naciones Unidas y apoyando el desarrollo sostenible en los planos económico, social y medioambiental de los países en desarrollo,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la declaración conjunta del Consejo y los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros reunidos en el seno del Consejo, del Parlamento y de la Comisión, de 30 de junio de 2017, titulada «El nuevo consenso europeo en materia de desarrollo: nuestro mundo, nuestra dignidad, nuestro futuro»<FOOTNOTE><FIELD> DO C 210 de 30.6.2017, p. 1.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) 2021/947 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de junio de 2021, por el que se establece el Instrumento de Vecindad, Cooperación al Desarrollo y Cooperación Internacional – Europa Global, por el que se modifica y deroga la Decisión n.º 466/2014/UE del Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan el Reglamento (UE) 2017/1601 del Parlamento Europeo y del Consejo y el Reglamento (CE, Euratom) n.º 480/2009 del Consejo<FOOTNOTE><FIELD> DO L 209 de 14.6.2021, p. 1.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistas las Conclusiones del Consejo, de 4 de octubre de 2022, sobre la financiación de la lucha contra el cambio climático en vista de la 27.ª Conferencia de las Partes en la CMNUCC (CP27) celebrada en Sharm el-Sheij entre el 6 y el 18 de noviembre de 2022; de 25 de enero de 2021, sobre diplomacia climática y energética – cumplir la dimensión exterior del Pacto Verde Europeo; y de 28 de noviembre de 2016, sobre energía y desarrollo,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Comunicación de la Comisión, de 11 de diciembre de 2019, titulada «El Pacto Verde Europeo» (COM(2019)0640),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la propuesta de la Comisión, de 16 de marzo de 2023, de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un marco para garantizar el suministro seguro y sostenible de materias primas fundamentales y se modifican los Reglamentos (UE) 168/2013, (UE) 2018/858, 2018/1724 y (UE) 2019/1020 (COM(2023)0160),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento Delegado (UE) 2023/1184 de la Comisión, de 10 de febrero de 2023, por el que se completa la Directiva (UE) 2018/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo estableciendo una metodología común de la Unión en la que se definan normas detalladas para la producción de carburantes líquidos y gaseosos renovables de origen no biológico<FOOTNOTE><FIELD> DO L 157 de 20.6.2023, p. 11.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Comunicación de la Comisión, de 16 de marzo de 2023, sobre el Banco Europeo del Hidrógeno (COM(2023)0156),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Comunicación de la Comisión, de 8 de julio de 2020, titulada «Una estrategia del hidrógeno para una Europa climáticamente neutra» (COM(2020)0301),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Comunicación conjunta de la Comisión y del alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, de 18 de mayo de 2022, titulada «Compromiso energético de la UE en un mundo cambiante» (JOIN(2022)0023),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Comunicación conjunta de la Comisión y del alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, de 1 de diciembre de 2021, titulada «La Pasarela Mundial» (JOIN(2021)0030),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Comunicación conjunta de la Comisión y del alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, de 9 de marzo de 2020, titulada «Hacia una estrategia global con África» (JOIN(2020)0004),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe, de 5 de enero de 2023, del Relator Especial del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas sobre la cuestión de las obligaciones de derechos humanos relacionadas con el disfrute de un medio ambiente sin riesgos, limpio, saludable y sostenible, titulado «Las mujeres y las niñas y el derecho a un medio ambiente limpio, saludable y sostenible»,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el nuevo Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y los miembros de la Organización de los Estados de África, el Caribe y el Pacífico (OEACP) (Acuerdo de Samoa), que entrará en vigor una vez el Parlamento Europeo lo apruebe y las Partes lo ratifiquen,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) de 1992 y su Protocolo de Kioto, la 21.ª Conferencia de las Partes (CP21) en la CMNUCC, celebrada en París en diciembre de 2015, y la adopción del Acuerdo de París (el primer acuerdo mundial sobre el clima universal y jurídicamente vinculante), así como el Quinto Informe de Evaluación sobre el cambio climático del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe especial del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (GIECC), de 24 de septiembre de 2019, sobre el océano y la criosfera en un clima cambiante,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 13 de septiembre de 2007,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos el Informe sobre la Brecha de Emisiones 2022 del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente y su segundo informe de síntesis sobre la producción de combustibles fósiles (Informe sobre la Brecha de Producción 2021)<FOOTNOTE><FIELD> Instituto del Medio Ambiente de Estocolmo, Instituto Internacional para el Desarrollo Sostenible, Instituto de Desarrollo de Ultramar, E3G y Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, «Informe sobre la Brecha de Producción 2021:los planes de producción de combustibles fósiles de los gobiernos se desvían peligrosamente de los límites del Acuerdo de París», 2021.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las empresas y los derechos humanos, que el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas hizo suyos el 16 de junio de 2011,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistas las Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales y la Guía de la OCDE de Debida Diligencia para una Conducta Empresarial Responsable,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de políticas del Departamento de Asuntos Económicos y Sociales de las Naciones Unidas, de 2018, titulado «Policy Brief 12 Global Progress of SDG7-Energy and Gender» (Informe de políticas 12: Avances mundiales del ODS 7 – Energía y género),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de 2022 de la Agencia Internacional de Energías Renovables titulado «Perspectiva mundial de las transiciones energéticas 2022: ruta de 1,5 º»<FOOTNOTE><FIELD> <STRING UNDERLINE="on">Agencia Internacional de Energías Renovables, «Perspectiva mundial de las transiciones energéticas 2022: ruta de 1,5 º», Agencia Internacional de Energías Renovables, Abu Dabi, 2022.</STRING></FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe conjunto de 2023 del Banco Mundial, la Agencia Internacional de la Energía, la Agencia Internacional de Energías Renovables, las Naciones Unidas y la Organización Mundial de la Salud titulado «Tracking SDG 7: The Energy Progress Report, 2023» (Seguimiento del ODS 7: informe sobre los progresos realizados en materia de energía, 2023)<FOOTNOTE><FIELD> <STRING UNDERLINE="on">Agencia Internacional de la Energía, «Tracking SDG7: The Energy Progress Report, 2023» Agencia Internacional de la Energía, París, junio de 2023.</STRING></FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Plan de Acción para la Recuperación Verde de la Unión Africana 2021-2027, que ofrece una estrategia global diseñada para promover iniciativas ecológicas, reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, proteger el medio ambiente y mejorar la resiliencia al cambio climático<FOOTNOTE><FIELD> <STRING UNDERLINE="on">Unión Africana, «Green Recovery Action Plan» (Plan de acción de recuperación verde africana), Unión Africana, Adís Abeba, 2021.</STRING></FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la «African Leaders Nairobi Declaration on Climate Change and Call to Action» (Declaración de Nairobi de los líderes africanos sobre el cambio climático y llamamiento a la acción), de 6 de septiembre de 2023,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la «African People’s Climate and Development Declaration 2023» (Declaración de los pueblos de África sobre clima y desarrollo 2023),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistas sus Resoluciones, de 14 de marzo de 2023, sobre la coherencia de las políticas en favor del desarrollo<FOOTNOTE><FIELD> DO C, C/2023/398 de 23.11.2023, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2023/398/oj.</FIELD></FOOTNOTE>; de 25 de marzo de 2021, sobre la nueva estrategia UE-África – Una asociación para un desarrollo sostenible e integrador<FOOTNOTE><FIELD> DO C 494 de 8.12.2021, p. 80.</FIELD></FOOTNOTE>; de 15 de enero de 2020, sobre el Pacto Verde Europeo<FOOTNOTE><FIELD> DO C 270 de 7.7.2021, p. 2.</FIELD></FOOTNOTE>; de 1 de diciembre de 2016, sobre el acceso a la energía en los países en desarrollo<FOOTNOTE><FIELD> DO C 224 de 27.6.2018, p. 167.</FIELD></FOOTNOTE>; y de 2 de febrero de 2012, sobre la cooperación al desarrollo de la UE en apoyo al objetivo de acceso universal a la energía para 2030<FOOTNOTE><FIELD> DO C 239 E de 20.8.2013, p. 83.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Plan de acción de la UE para la igualdad de género y el empoderamiento de la mujer en la acción exterior 2021-2025 (GAP III),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), de mayo de 2022, titulado «La energía en América Latina y el Caribe: acceso, renovabilidad y eficiencia),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de la Comisión Mundial de Represas, de 16 de noviembre de 2000, titulado «Un nuevo marco para la toma de decisiones»,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el artículo 54 de su Reglamento interno,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de la Comisión de Desarrollo (A9-0441/2023),</P></VISA></GRVISA><GRCONS><CONS><P><NO.P>A.</NO.P>Considerando que la energía ocupa un lugar central en todos los ODS, pero que el Informe de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de 2023<FOOTNOTE><FIELD> Departamento de Asuntos Económicos y Sociales de las Naciones Unidas, «Informe de los Objetivos de Desarrollo Sostenible 2023: Edición especial (julio de 2023)», Nueva York, 2023.</FIELD></FOOTNOTE> concluye que el mundo sigue sin estar en vías de lograr el acceso universal a la energía; que la energía es un factor que facilita el desarrollo, en particular el desarrollo de la agricultura, las empresas, la comunicación, la educación, la asistencia sanitaria y el transporte, así como el funcionamiento del Estado;</P></CONS><CONS><P><NO.P>B.</NO.P>Considerando que el ODS 7 establece el objetivo de lograr en 2030 un acceso sostenible a una energía asequible y no contaminante, en especial mediante un llamamiento a una mayor cooperación internacional al objeto de facilitar el acceso a la investigación, las infraestructuras y las tecnologías relacionadas con las energías renovables y no contaminantes y de promover las inversiones a tal efecto; que es esencial redoblar los esfuerzos diplomáticos en pro de una mayor ambición política con miras a abordar con eficacia y erradicar la pobreza energética;</P></CONS><CONS><P><NO.P>C.</NO.P>Considerando que, según las Naciones Unidas, a mediados de 2023 aproximadamente 733 millones de personas en todo el mundo, el 80 % de las cuales viven en el África subsahariana, siguen sin tener acceso a una energía asequible, fiable, no contaminante y de calidad<FOOTNOTE><FIELD> Agencia Internacional de Energías Renovables, «Un nuevo informe revela retrasos en el acceso a energías básicas y la necesidad de invertir en renovables», 6 de junio de 2023.</FIELD></FOOTNOTE>;</P></CONS><CONS><P><NO.P>D.</NO.P>Considerando que existen grandes diferencias entre los distintos países en desarrollo en cuanto al acceso a la energía; que, en el África subsahariana, el 52 % de la población vive sin acceso a la electricidad y que se trata de la única región del mundo en la que aumenta el porcentaje de personas sin electricidad; que este porcentaje oculta profundas disparidades, ya que solo el 30,4 % de la población rural puede acceder de forma habitual a la energía, frente al 80,7 % en el caso de la población urbana; que se es consciente de que la educación es uno de los elementos más esenciales de cara a la reducción de la pobreza; que el acceso a la electricidad también afianza una educación de calidad, pero que solo el 47 % de las escuelas del África subsahariana cuentan con electricidad;</P></CONS><CONS><P><NO.P>E.</NO.P>Considerando que la falta de acceso a la electricidad en los entornos urbanos o periurbanos afecta a las poblaciones de grandes asentamientos irregulares, así como a personas desplazadas y refugiados; que incluso cuando pueden acceder a la electricidad, la calidad de los servicios es, a menudo, deficiente;</P></CONS><CONS><P><NO.P>F.</NO.P>Considerando que el acceso a una energía asequible, fiable, no contaminante y de alta calidad es incluso más difícil en los países afectados por conflictos y catástrofes naturales; que, incluso en aquellas regiones con un mejor acceso a la energía, como Asia y el Pacífico o América Latina y el Caribe, existen grandes desigualdades entre unos países y otros y entre distintas poblaciones;</P></CONS><CONS><P><NO.P>G.</NO.P>Considerando que la crisis energética provocada por la invasión rusa de Ucrania sigue cobrándose un alto peaje y que los elevados precios de la energía afectan de manera más severa a los más vulnerables, en particular en las economías en desarrollo;</P></CONS><CONS><P><NO.P>H.</NO.P>Considerando que el acceso a la energía es esencial para que las organizaciones humanitarias y de desarrollo puedan prestar una ayuda humanitaria eficiente, en especial atención médica y de emergencia;</P></CONS><CONS><P><NO.P>I.</NO.P>Considerando que las previsiones actuales sugieren que, en 2030, unos 660 millones de personas en todo el mundo carecerán de acceso a la electricidad y alrededor de 1 000 millones, de acceso a un modo de cocinar no contaminante si no se toman las medidas adecuadas;</P></CONS><CONS><P><NO.P>J.</NO.P>Considerando que un mejor acceso a una energía asequible y no contaminante permitirá un crecimiento económico sostenible, atraerá a empresas y emprendimiento y mejorará la salud, el bienestar y la seguridad humanos;</P></CONS><CONS><P><NO.P>K.</NO.P>Considerando que la pobreza energética, definida como la falta de fuentes de energía sostenibles, no contaminantes y seguras, es una cuestión de género, entre otros factores, ya que las mujeres y las niñas pasan, por término medio, hasta dieciocho horas al día recogiendo combustibles para cocinar<FOOTNOTE><FIELD> Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, «Energía e Igualdad de Género».</FIELD></FOOTNOTE>;</P></CONS><CONS><P><NO.P>L.</NO.P>Considerando que las mujeres sufren una elevada infrarrepresentación en los empleos del sector de la energía en todo el mundo, especialmente en los puestos directivos; que implicar a las mujeres como agentes activos en soluciones de energía renovable, en consonancia con el GAP III de la Unión, mejorará la sostenibilidad y los resultados positivos en materia de género;</P></CONS><CONS><P><NO.P>M.</NO.P>Considerando que los combustibles que tradicionalmente se usan para cocinar (biomasa sólida, queroseno y carbón) son los principales contribuyentes a las emisiones de carbono, la deforestación y el cambio climático y constituyen una amenaza para la salud de las personas; que 2 400 millones de personas en todo el mundo dependen de estos combustibles, lo que provoca alrededor de 3,7 millones de muertes prematuras al año, siendo las mujeres y los niños los principales afectados; que en 2019 se registraron solo en África 700 000 fallecimientos por contaminación del aire de los hogares;</P></CONS><CONS><P><NO.P>N.</NO.P>Considerando que la financiación que la Unión destina a los combustibles de cocina no contaminantes es marginal; que, incluso cuando existen estrategias sobre modos de cocinar no contaminantes, la aplicación es escasa y la financiación, exigua, por lo que es difícil obtener beneficios siquiera modestos, y que la adopción y el uso continuado de cocinas mejores siguen siendo limitados; que menos del 10 % de las personas que carecen de acceso a un modo de cocinar no contaminante viven en países que cuenten con políticas eficaces y una financiación suficiente para lograr el acceso universal de aquí a 2030;</P></CONS><CONS><P><NO.P>O.</NO.P>Considerando que la pandemia de COVID-19 y el aumento de los precios de la energía han ralentizado los avances en la ampliación del acceso a modos de cocinar no contaminantes; que, en aquellos países en desarrollo con una gran dependencia de la biomasa para cocinar, la Unión debe respaldar alternativas al consumo de madera y promover soluciones como las cocinas solares;</P></CONS><CONS><P><NO.P>P.</NO.P>Considerando que la falta de acceso a un modo de cocinar no contaminante incrementa el tiempo que dedican las mujeres y las niñas a esta actividad; que este hecho acentúa el reparto desigual del trabajo doméstico entre hombres y mujeres; que se calcula que el acceso a modos de cocinar no contaminantes reportaría a mujeres y niñas, en promedio, una hora y media más al día, que podrían dedicar al ocio o a la educación;</P></CONS><CONS><P><NO.P>Q.</NO.P>Considerando que los países en desarrollo disponen de abundantes fuentes de energía renovables, pero a menudo carecen de un marco estratégico y regulador propicio y de las condiciones industriales y tecnológicas necesarias para un desarrollo y uso sostenibles de la energía; que también se enfrentan a múltiples retos, como el cambio climático, el endeudamiento excesivo y el rápido crecimiento demográfico, que afectan a la demanda y al consumo de energía; que países como Namibia y Angola participan en ambiciosos proyectos de energías renovables; que algunos países en desarrollo han logrado avances notables en el ámbito del acceso a la energía, como Senegal, Ruanda y Kenia; que deben tenerse en cuenta los diferentes contextos en cada país para lograr avances en el acceso a la energía, con niveles adecuados de voluntad política y apoyo de la Unión;</P></CONS><CONS><P><NO.P>R.</NO.P>Considerando que la Unión cuenta con una larga tradición de cooperación en materia de energía en África; que la Unión, junto con sus Estados miembros, proporcionó la mayor parte de la ayuda oficial al desarrollo destinada a la financiación de proyectos relacionados con el ODS 7 en África, que ascendió a 13 800 millones EUR entre 2014 y 2020; que esta ayuda sigue siendo insuficiente y que es necesario realizar más esfuerzos; que se estima que el 53 % de los fondos se desembolsaron en forma de préstamos y que esta deuda adicional reduce la capacidad de estos países de invertir en los ODS, incluido el ODS 7; que, en 2023, veintiún países africanos de renta baja tienen sobreendeudamiento o corren riesgo de tenerlo;</P></CONS><CONS><P><NO.P>S.</NO.P>Considerando que los flujos financieros destinados a la energía siguen concentrándose en un pequeño grupo de países, lo que a menudo deja atrás a los países menos adelantados; que, en términos de destinos geográficos, solo tres de los diez principales beneficiarios son países menos desarrollados, lo que demuestra que los recursos para ampliar el acceso a la energía y luchar contra la pobreza energética no se han asignado por orden de prioridad;</P></CONS><CONS><P><NO.P>T.</NO.P>Considerando que la transición energética sufre de una infrafinanciación grave y persistente en las regiones en desarrollo, en particular en los países menos desarrollados; que el Natural Resource Governance Institute define la maldición de los recursos como el fracaso de muchos países ricos en recursos a la hora de beneficiarse plenamente de su riqueza en recursos naturales, y de los Gobiernos de estos países para responder eficazmente a las necesidades de bienestar público<FOOTNOTE><FIELD> Natural Resource Governance Institute, «The Resource Curse – The Political and Economic Challenges of Natural Resource Wealth» (La maldición de los recursos: los desafíos políticos y económicos de la riqueza en recursos naturales), NRGI Reader, marzo de 2015.</FIELD></FOOTNOTE>; que la dependencia excesiva de las exportaciones de combustibles fósiles conlleva un riesgo de escasa diversificación económica;</P></CONS><CONS><P><NO.P>U.</NO.P>Considerando que la Unión debe incrementar la financiación de las energías renovables en los países en desarrollo, en particular en el nuevo contexto geopolítico creado por la invasión rusa de Ucrania, abordando al mismo tiempo la corrupción y la debilidad de las instituciones, que agravan los problemas de financiación insuficiente, en particular en los países menos desarrollados;</P></CONS><CONS><P><NO.P>V.</NO.P>Considerando que la mayoría de los proyectos financiados por la Unión tienen por objeto promover la producción de electricidad, pero que el segmento de la distribución es el más débil pese a ser fundamental para alcanzar el ODS 7; que muchos países en desarrollo siguen dependiendo del carbón como principal fuente de energía para la producción de electricidad;</P></CONS><CONS><P><NO.P>W.</NO.P>Considerando que los países más afectados por las consecuencias negativas del cambio climático son los menos responsables de las emisiones; que África alberga casi el 18 % de la población mundial, pero representa menos del 6 % del consumo mundial de energía; que África solo es responsable del 3 % de las emisiones mundiales de CO<STRING SUBSCRIPT="on">2</STRING> relacionadas con la energía; que los países que componen el G20 son responsables del 80 % de las emisiones mundiales;</P></CONS><CONS><P><NO.P>X.</NO.P>Considerando que la Asociación África-UE para la Energía se renovó en febrero de 2022 con el fin de reflejar la Agenda 2063 de la Unión Africana, así como las prioridades de la Unión en materia de cambio climático, seguridad energética, REPowerEU y Global Gateway, que tienen como meta la promoción de la producción y distribución de energía renovable, también para la exportación a Europa; que se anunció un paquete de inversiones de aproximadamente 150 000 millones EUR para apoyar las ambiciones comunes de ambos continentes, tal como se establece en la Agenda 2030 y en la Agenda 2063 de la Unión Africana, con el objetivo, entre otros puntos, de garantizar una transición energética rentable, moderna, eficiente, fiable, justa y equitativa;</P></CONS><CONS><P><NO.P>Y.</NO.P>Considerando que la Asociación para una Transición Energética Justa entre la Unión y Sudáfrica constituye un ejemplo de la voluntad de la Unión de posicionarse como un líder mundial en la transición energética justa, contribuyendo de este modo a la dimensión exterior de la estrategia de la Unión en materia de clima y energía y promoviendo la ambición del Pacto Verde Europeo a escala mundial;</P></CONS><CONS><P><NO.P>Z.</NO.P>Considerando que la autonomía energética de los pequeños Estados insulares en desarrollo debe seguir siendo un objetivo claro, aprovechando su elevado potencial en materia de energías renovables;</P></CONS><CONS><P><NO.P>AA.</NO.P>Considerando que lo que se etiqueta como «hidrógeno hipocarbónico» también puede incluir hidrógeno producido utilizando energía nuclear y gas natural, luego no significa necesariamente que no genere emisiones; que el hidrógeno verde procedente de fuentes renovables es el único tipo de hidrógeno que puede contribuir verdaderamente a la neutralidad climática a largo plazo;</P></CONS><CONS><P><NO.P>AB.</NO.P>Considerando que REPowerEU fija una meta de 10 millones de toneladas a la importación de hidrógeno verde de aquí a 2030; que, a tal efecto, la Comisión firmó memorandos de entendimiento para establecer asociaciones estratégicas de hidrógeno renovable con Namibia y Egipto en noviembre de 2022, entre otras iniciativas;</P></CONS><CONS><P><NO.P>AC.</NO.P>Considerando que, según el «Global Hydrogen Review 2023» de la Agencia Internacional de la Energía<FOOTNOTE><FIELD> Agencia Internacional de la Energía, «Global Hydrogen Review 2023» (Informe mundial sobre el hidrógeno 2023), 2023; y Agencia Internacional de la Energía, «Hydrogen» (Hidrógeno), 2023.</FIELD></FOOTNOTE>, el 99 % del hidrógeno producido en todo el mundo procede de combustibles fósiles;</P></CONS><CONS><P><NO.P>AD.</NO.P>Considerando que el hidrógeno verde tiene el potencial de acelerar el camino hacia la descarbonización de la producción industrial en los países socios, siempre que no ralentice la transición energética a nivel local y forme parte de una estrategia más amplia de reducción del consumo global de energía en los países desarrollados a fin de respetar los límites del planeta; que, no obstante, debe tenerse debidamente en cuenta al mismo tiempo que la infraestructura necesaria para el hidrógeno verde requiere un uso intensivo de capital y tecnología, que el transporte a larga distancia y el almacenamiento del hidrógeno son intensivos en energía y costosos, y que la producción a gran escala de hidrógeno verde exige grandes extensiones de terreno y enormes cantidades de agua;</P></CONS><CONS><P><NO.P>AE.</NO.P>Considerando que sin la descarbonización de sectores clave con emisiones difíciles de reducir no se alcanzarán los objetivos climáticos para 2030 y 2050; que la importación de hidrógeno verde de terceros países es un elemento importante de las nuevas asociaciones estratégicas de la Unión; que, según el informe «Global Hydrogen Review 2023» de la Agencia Internacional de la Energía, los desafíos en cuanto a costes amenazan la rentabilidad a largo plazo del despliegue de la producción de hidrógeno; que el despliegue de la producción de hidrógeno podría entrañar el riesgo de ampliar el uso de combustibles fósiles y las prácticas extractivas, incluida la posible apropiación a gran escala de tierras, agua y energía en los países productores en desarrollo;</P></CONS><CONS><P><NO.P>AF.</NO.P>Considerando que las materias primas fundamentales desempeñan un papel esencial a la hora de garantizar la accesibilidad y la asequibilidad para todos de las tecnologías de energías no contaminantes, pero que la Unión se encuentra en vías de establecer un marco coherente para garantizar su suministro continuado, seguro y responsable, al tiempo que se respetan los derechos humanos y se apoya el desarrollo local;</P></CONS><CONS><P><NO.P>AG.</NO.P>Considerando que las energías renovables descentralizadas en minirredes y sin conexión a redes ofrecen buenas soluciones para las comunidades remotas, sobre todo en términos de creación de empleo, educación y sanidad, pero deben acompañarse de un apoyo público que permita crear un modelo de negocio viable y responsable;</P></CONS><CONS><P><NO.P>AH.</NO.P>Considerando que la expansión de las energías renovables basadas en la energía solar y eólica, la producción de hidrógeno renovable y la construcción de represas para la generación de energía hidroeléctrica también plantean desafíos, ya que requieren grandes superficies de terreno, lo que interfiere con el uso actual del suelo y las necesidades locales, en particular en lo que respecta al acceso al agua, y pueden provocar el desplazamiento de las comunidades locales e indígenas y que se dañen ecosistemas y hábitats naturales; que, por tanto, han de determinarse las zonas terrestres y marítimas susceptibles de ser utilizadas para la producción de energías renovables, respetando la biodiversidad y la economía local y con el consentimiento de las poblaciones indígenas;</P></CONS><CONS><P><NO.P>AI.</NO.P>Considerando que se prevé que la transición a las energías renovables cree más empleo en el sector de las renovables; que las nuevas energías renovables tienen el potencial para generar oportunidades económicas, que a su vez tienen la capacidad de apoyar la plasmación del derecho a medios de vida y a un trabajo digno; que África tiene un futuro prometedor en lo que se refiere a los sistemas de energía renovable, al contar con el 60 % de los mejores recursos solares a escala mundial, si bien solo posee el 1 % de la capacidad solar instalada; que América Latina es una de las regiones más importantes del mundo para el uso y la producción de energía renovable;</P></CONS><CONS><P><NO.P>AJ.</NO.P>Considerando que, según la Agencia Internacional de la Energía, se prevé que la capacidad mundial de energía hidroeléctrica aumente en un 17 % entre 2021 y 2030; que la mayor parte del potencial de energía hidroeléctrica sin aprovechar está en las economías en desarrollo de África, Asia y América Latina; que, no obstante, los proyectos de energía hidroeléctrica de gran envergadura están asociados a un impacto medioambiental y social negativo, que abarca desde el desplazamiento de grupos de población vulnerables a la destrucción de biodiversidad única; que la energía hidroeléctrica plantea nuevos desafíos en el contexto del cambio climático, que incrementará enormemente la frecuencia de las inundaciones y las sequías en los ríos en los que se ejecutan los proyectos de energía hidroeléctrica, lo que agravará los riesgos, tanto para la seguridad de los proyectos como para la capacidad de generación de electricidad;</P></CONS><CONS><P><NO.P>AK.</NO.P>Considerando que la Unión y los países socios comparten una responsabilidad común pero diferenciada a la hora de lograr una transición energética sostenible; que el apoyo de la Unión a los proyectos de energías renovables debe, en primer lugar, satisfacer las necesidades de la población local antes de destinarse a la exportación;</P></CONS><CONS><P><NO.P>AL.</NO.P>Considerando que el deseo declarado de determinados países en desarrollo de explotar sus recursos de hidrocarburos debe ser analizado también a la luz del objetivo de la Unión de alcanzar en la CP28 un compromiso mundial para eliminar progresivamente los combustibles fósiles; que el uso de recursos naturales para la generación de energía tiene el potencial de crear oportunidades económicas, sin embargo, al dar prioridad a la exportación de energías renovables, los países en desarrollo podrían poner en peligro su transición energética interna y aumentar la cuota de consumo de combustibles fósiles en su propia combinación eléctrica;</P></CONS><CONS><P><NO.P>AM.</NO.P>Considerando que, según el World Resources Institute, el 25 % de la población mundial se enfrenta a un estrés hídrico extremadamente elevado cada año; que el agua es esencial para el crecimiento de los cultivos y la cría de ganado, la producción de electricidad, el mantenimiento de la salud humana, la promoción de sociedades equitativas y la consecución de los objetivos climáticos mundiales;</P></CONS><CONS><P><NO.P>AN.</NO.P>Considerando que los sistemas agroalimentarios consumen alrededor del 30 % de la energía mundial, y que un tercio de sus emisiones de gases de efecto invernadero proceden del uso de la energía; que la transición energética y la transformación de los sistemas agroalimentarios están interrelacionadas;</P></CONS></GRCONS></PREAMBLE><DISPOSITIF><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Fomento del acceso universal a una energía no contaminante </STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>1.</NO.P>Recuerda que el acceso universal a una energía asequible y sostenible es un derecho humano básico y una condición previa para alcanzar los ODS y lograr el objetivo de no dejar a nadie atrás; reconoce, a tal efecto, el papel de la financiación pública y privada; destaca que un futuro con cero emisiones netas de carbono y el desarrollo de las energías renovables deben ir acompañados de una diversificación económica, una industrialización ecológica, una descarbonización, una reducción de la pobreza y de un enfoque basado en los derechos humanos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>2.</NO.P>Destaca que garantizar un suministro energético estable no es solo una cuestión económica y logística, sino también geopolítica; recuerda que la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania ha tenido graves repercusiones en los mercados energéticos mundiales, en particular en los países en desarrollo, y que sigue siendo necesaria una acción coordinada para garantizar un suministro energético estable y unos precios asequibles;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>3.</NO.P>Pide a la Unión que impulse el acceso a la energía renovable en los países en desarrollo por medio de un apoyo estratégico, regulador y administrativo, incluidos el refuerzo de capacidades y las transferencias de tecnología; alienta las asociaciones que se alejen de la explotación de los recursos fósiles y se centren en el uso de energías no contaminantes; recalca que es necesario asegurar que las inversiones verdes contribuyan al desarrollo socioeconómico y a una mayor participación de los países en desarrollo en el nuevo panorama geopolítico de energía de cero emisiones netas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>4.</NO.P>Destaca la necesidad de desarrollar soluciones que contribuyan al despliegue de las energías renovables en los países en desarrollo, incluidas la energía oceánica y fluvial, al tiempo que protegen la biodiversidad; subraya el importante potencial existente en los países en desarrollo para la instalación de capacidad de producción de energías renovables marinas; hace hincapié en la necesidad de una gestión holística de las zonas marítimas, en la que participen todas las partes interesadas pertinentes y se respete el consentimiento de las comunidades locales;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>5.</NO.P>Anima encarecidamente a los países en desarrollo a que se comprometan con la justicia energética a través de sus marcos reguladores, que deben garantizar la aceptación local, la participación de la comunidad, la protección de los derechos de tenencia de la tierra y el respeto de las normas internacionalmente reconocidas en materia de derechos humanos, con el objetivo de asegurar el acceso de todos a una energía asequible; subraya la necesidad de vincular las asociaciones energéticas a la adopción de marcos reguladores y de prestar asistencia técnica para su aprobación;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>6.</NO.P>Señala que la seguridad energética requiere un enfoque específico de género; destaca que la pobreza energética afecta de manera desproporcionada a las mujeres y las niñas; pone de relieve su participación diaria en la recogida de leña y carbón vegetal lejos de sus hogares; solicita la inclusión de las mujeres como agentes activos en el proceso de transición energética, también en lo que se refiere a las zonas marinas protegidas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>7.</NO.P>Pide a la Unión que intensifique su apoyo técnico a la integración de la perspectiva de género en la transición energética, en particular dando prioridad a los proyectos energéticos con perspectiva de género en los que participen organizaciones y empresas energéticas dirigidas por mujeres y garanticen asimismo la implicación local, prestando especial atención a los países menos desarrollados y a los países de renta media que sufren importantes desigualdades dentro del país en cuanto al acceso a la energía y a los modos de cocinar no contaminantes; hace hincapié en la importancia de recopilar datos desglosados por género sobre el acceso a la energía, al objeto de que guíen la acción exterior de la Unión en lo que respecta a la energía; señala que la pobreza energética también afecta a las minorías y las comunidades marginadas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>8.</NO.P>Manifiesta su preocupación por las consecuencias para la salud y el medio ambiente de las emisiones procedentes de la leña usada en los hogares, tales como enfermedades respiratorias, cardiovasculares y cancerosas, degradación forestal, emisiones de gases de efecto invernadero y pérdida de biodiversidad; llama la atención sobre el riesgo asociado al mayor uso de combustibles de cocina contaminantes para satisfacer las necesidades energéticas de una población en crecimiento, en particular en el África subsahariana;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>9.</NO.P>Destaca que en muchos lugares las personas que viven en una situación de pobreza extrema ya no tienen acceso a la leña y que, como consecuencia, se calientan y cocinan utilizando otros materiales que se encuentran en el hogar o en sus alrededores, como neumáticos y otras sustancias nocivas para la salud; pone de relieve, en este contexto, que la contaminación del aire de los hogares afecta de manera desproporcionada a las mujeres y las niñas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>10.</NO.P>Señala que el ritmo de expansión actual de los combustibles no contaminantes utilizados para cocinar en muchos países en desarrollo no es lo suficientemente rápido para cumplir en 2030 los objetivos en virtud del ODS 7; reconoce los diversos retos relacionados con la adopción de un modo de cocinar no contaminante y de cocinas adecuadas que se ajusten las normas de la OMS; hace un llamamiento para sensibilizar sobre el riesgo que entraña para la salud la contaminación del aire de los hogares resultado de las prácticas de cocina tradicional, así como sobre las ventajas que reportan otras alternativas; insta a la Unión a que apoye económicamente, defienda e impulse actuaciones nacionales en los países socios;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>11.</NO.P>Pide asimismo a la Unión que incorpore el acceso a modos de cocinar no contaminantes como una prioridad en el marco de sus asociaciones energéticas y sus programas indicativos plurianuales con los países en desarrollo, así como en la programación de la cooperación a niveles local, regional y nacional; destaca la importancia de consultar a la sociedad civil sobre el terreno, en particular a las organizaciones dirigidas por mujeres, con vistas a lograr la igualdad de género y promover un reparto más equitativo de las tareas domésticas y asistenciales entre hombres y mujeres, en consonancia con el concepto de sociedad asistencial; señala las oportunidades que ofrecen iniciativas de Global Gateway como Modern Cooking Facility for Africa (Mecanismo de modos de cocinar modernos para África) y Strengthening the Entrepreneurial Environment for Clean Cooking (Refuerzo del entorno empresarial para un modo de cocinar no contaminante);</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>12.</NO.P>Pide a la Unión, además, que preste especial atención a la infraestructura y los servicios públicos, incluida la construcción de sistemas de alcantarillado y el acceso a los mismos, así como el acceso de los hogares o las comunidades a pozos o sistemas de purificación del agua;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>13.</NO.P>Lamenta el efecto devastador de la falta de acceso a la electricidad sobre las necesidades esenciales de la población; pide a la Unión y a sus Estados miembros que hagan de la electrificación una prioridad en su cooperación y asociación con los países en desarrollo; resalta, en particular, la necesidad de invertir en capacidad de generación, especialmente en el África subsahariana, con el fin de alcanzar el objetivo de acceso universal a la energía;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>14.</NO.P>Llama la atención sobre las oportunidades de acceso a energías alternativas, como los recursos energéticos geotérmicos no explotados; señala que las ayudas a la asequibilidad de los costes de la energía son cruciales para ampliar el acceso a la electricidad, en especial en África, donde el 30 % de la población no puede permitirse un conjunto esencial de servicios de electricidad;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>15.</NO.P>Expresa su preocupación por las crecientes necesidades energéticas de los refugiados y los desplazados internos que viven en campamentos; lamenta que, en las zonas aisladas y los emplazamientos humanitarios, la inseguridad energética impida el pleno funcionamiento de las clínicas y las escuelas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>16.</NO.P>Destaca la necesidad de incrementar la dotación de la línea presupuestaria de ayuda humanitaria en el contexto de la revisión del marco financiero plurianual con el fin de satisfacer las necesidades humanitarias, en particular intensificando la ayuda financiera para asegurar el suministro de energía en los campamentos, también a través de proyectos ecológicos sin conexión a redes, minirredes y energías renovables, a fin de garantizar que las organizaciones humanitarias sobre el terreno puedan prestar ayuda humanitaria básica, en especial asistencia médica y urgente;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Apoyo a la transición energética acorde con el principio de coherencia de las políticas en favor del desarrollo</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>17.</NO.P>Insta a la Unión y a sus Estados miembros a que garanticen la coherencia de las políticas en favor del desarrollo sostenible en el conjunto de la política exterior de la Unión en materia de energía, que debe adaptarse a las especificidades y necesidades locales;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>18.</NO.P>Reitera su compromiso con la justicia energética; pide a la Unión que apoye a los países en desarrollo en la aplicación de regímenes de energías renovables basados en derechos que contribuyan eficazmente al desarrollo sostenible de dichos países; considera que el principio del consentimiento libre, previo e informado de las comunidades afectadas es un prerrequisito para el éxito de una transición energética ecológica y justa; destaca la importancia de fomentar la eficiencia energética y las capacidades locales y de impulsar la innovación tecnológica, la transferencia de tecnología y la cooperación técnica en esos proyectos de transición energética;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>19.</NO.P>Destaca la necesidad de que la Unión apoye a los países en desarrollo, cuando sea necesario, en el establecimiento o el refuerzo de marcos reguladores que garanticen la distribución de la energía y el servicio universal en sus territorios, así como la capacidad de buena gobernanza y la transparencia en cualquier proyecto de transición energética; pide a la Unión que mejore la asistencia técnica a la reforma de los sistemas eléctricos; solicita, además, a la Comisión que informe sobre los progresos realizados en la mejora del acceso a la energía y la regulación del sector de la energía a través de proyectos e inversiones específicos de la Unión en los países socios en desarrollo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>20.</NO.P><LIST LEVEL="1" TYPE="LC"><INT.LI LEVEL="0">Destaca los potenciales riesgos de conflictos en torno al uso del suelo y al uso del agua, en particular por el reasentamiento y la expropiación forzosos en el caso de las instalaciones de energía renovable de gran envergadura; insta a la Unión a que ayude mediante sus asociaciones a los Gobiernos de los países en desarrollo a:</INT.LI><ITEM LEVEL="1"><SYMBOL>a)</SYMBOL>llevar a cabo una cartografía independiente y no sesgada del uso tradicional del suelo y del agua, incluidos el pastoreo temporal, el patrimonio cultural autóctono y los sistemas de biodiversidad de gran valor, antes de poner en marcha proyectos de energías renovables, con vistas a impulsar una planificación del uso del suelo sostenible y evaluar el impacto medioambiental y social;</ITEM><ITEM LEVEL="1"><SYMBOL>b)</SYMBOL>buscar el consentimiento libre, previo e informado de las comunidades locales, garantizando al mismo tiempo su derecho a decir no, así como sus derechos a la justicia, la reparación y una indemnización o remuneración;</ITEM><ITEM LEVEL="1"><SYMBOL>c)</SYMBOL>definir criterios medioambientales y sociales y prácticas empresariales responsables en consonancia con los marcos normativos internacionales y garantizar su cumplimiento mediante mecanismos de supervisión y reclamación;</ITEM><ITEM LEVEL="1"><SYMBOL>d)</SYMBOL>asegurar la protección de los activistas en defensa del clima;</ITEM><ITEM LEVEL="1"><SYMBOL>e)</SYMBOL>facilitar el intercambio de conocimientos y de buenas prácticas entre los países y regiones en desarrollo que hayan logrado gestionar con éxito conflictos por el uso de la tierra relacionados con proyectos energéticos;</ITEM></LIST></P></ACTION><ACTION><P><NO.P>21.</NO.P>Señala que es esencial que se lleven a cabo las consultas adecuadas con los usuarios habituales de la tierra (como los pastores) en el caso de determinados proyectos de energía verde (como proyectos de energía eólica y solar) de gran envergadura, por ejemplo, los puestos en marcha en zonas áridas; recuerda que los derechos de las comunidades tradicionales tienen un estatuto jurídico débil y que con frecuencia no se aplican, lo que podría elevar el riesgo de acaparamiento de tierras; pide a la Unión y a sus países socios, en este contexto, que reconozcan y protejan los derechos de los pueblos indígenas a la propiedad y el control consuetudinarios de sus tierras y recursos naturales, como establecen la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, y que cumplan el principio de consentimiento libre, previo e informado;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>22.</NO.P>Recomienda que los Estados miembros de la Unión que aún no lo hayan hecho ratifiquen el Convenio n.º 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>23.</NO.P>Reconoce el impacto que las prácticas de conversión de energía intensivas en el uso de agua, como las centrales hidroeléctricas y la producción de hidrógeno, pueden tener en las comunidades agrícolas; destaca los efectos adversos de las represas hidroeléctricas en los ríos y la biodiversidad, en particular en los estuarios, tal como se indica en el informe de la Comisión Mundial de Represas, de 16 de noviembre de 2000, entre otras fuentes; resalta, no obstante, el capacidad de desarrollo de potencia osmótica, en particular en estuarios y deltas, de cara a ofrecer soluciones para la generación de energía renovable;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>24.</NO.P>Recuerda que los proyectos de energía hidroeléctrica de gran envergadura en países en desarrollo se enfrentan a menudo a un conjunto de desafíos, como unos costes iniciales prohibitivos, importantes sobrecostes y retrasos, dificultades para atraer financiación, repercusiones sociales y medioambientales, una vulnerabilidad frente al cambio climático y un historial deficiente en lo que respecta a entregar la potencia prometida; insiste en la importancia de promover proyectos sostenibles de energía hidroeléctrica elaborando evaluaciones exhaustivas del impacto medioambiental y social y garantizando una participación significativa de las comunidades; opina que, en la medida de lo posible, debe otorgarse prioridad a otros tipos de proyectos de energías renovables a pequeña escala y diferentes;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>25.</NO.P>Subraya que, según las recomendaciones del informe de la Comisión Mundial de Represas de 16 de noviembre de 2000, toda planificación de represas debe evaluarse con arreglo a cinco valores: equidad, eficiencia, toma de decisiones participativa, sostenibilidad y responsabilidad; pone de relieve, en líneas más generales, que en el proceso de toma de decisiones sobre las represas ha de tenerse plenamente en cuenta la noción de derechos humanos, según se consagra en la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 y en los convenios conexos aprobados posteriormente a fin de resolver las cuestiones complejas relacionadas con el agua, las represas y el desarrollo; subraya que la Unión debe colaborar, dentro del ámbito de competencias de sus asociaciones, con los países en desarrollo, a fin de garantizar que se compense de forma adecuada a aquellas comunidades afectadas por proyectos de represas y que se les faciliten medidas adecuadas de restauración de sus medios de vida;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>26.</NO.P>Expresa su preocupación por la fragilidad de las instalaciones frente a los fenómenos meteorológicos extremos, como han puesto de manifiesto las recientes inundaciones de Libia, que arrastraron barrios enteros y dañaron infraestructuras críticas; insiste en las metas cruciales del ODS 9, que busca construir infraestructuras resilientes, promover la industrialización sostenible y fomentar la innovación;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>27.</NO.P>Observa con preocupación que en África se ejecuta un número cada vez mayor de proyectos de combustibles fósiles, lo que podría impedirle llevar a cabo una transición oportuna hacia las energías renovables; observa asimismo que, aunque África alberga el 18 % de la población mundial, solo representa el 6 % del consumo mundial de energía; recuerda que una gran parte de la producción actual de petróleo, gas y carbón en África se destina a la exportación, mientras que en el continente sigue prevaleciendo la pobreza energética; insiste en que hace falta priorizar la inversión en infraestructuras sostenibles de energías renovables en África, en especial en las comunidades rurales y marginadas, mediante el establecimiento de sistemas energéticos descentralizados y minirredes de energía;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>28.</NO.P>Pide a la Unión que impulse el desarrollo de sistemas energéticos que no entrañen ni dependan de la expansión de proyectos de combustibles fósiles existentes o nuevos, en consonancia con las recomendaciones de la Agencia Internacional de la Energía; destaca la importancia de las asociaciones ventajosas para todas las partes, que beneficien también a los países exportadores y a sus poblaciones en términos de energías renovables;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>29.</NO.P>Denuncia el doble rasero con el que actúan las instituciones financieras públicas y privadas de los países desarrollados al asumir cada vez más compromisos para lograr la neutralidad en carbono en 2050, pero sin dejar de financiar el desarrollo y la expansión de los combustibles fósiles; subraya que los llamamientos a los países de rentas bajas y medias para que reduzcan su dependencia del carbón no serán eficaces mientras los países desarrollados sigan confiando de manera decidida en otros combustibles fósiles;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>30.</NO.P>Recuerda que las alternativas basadas en energías renovables pueden ofrecer una fuente de energía cada vez más barata, accesible, inclusiva y fiable; pone de relieve el papel de las energías renovables en el aumento de la adaptación y la eficiencia de los sistemas agroalimentarios; pide a la Unión y a sus Estados miembros que conviertan el uso de las energías renovables en los sistemas agroalimentarios en una prioridad en sus acuerdos de asociación con terceros países;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>31.</NO.P>Recomienda que se lleve a cabo un ejercicio conjunto de planificación de la transición energética en el marco de la asociación entre la Unión Europea y la Unión Africana, apoyándose en la Asamblea Parlamentaria Paritaria África, el Caribe y el Pacífico/Unión Europea y en las sociedades civiles africanas, al tiempo que se respeta la soberanía de las naciones africanas; recomienda que se elaboren directrices para el reparto equitativo de las inversiones, los ingresos, las tecnologías y las capacidades;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>32.</NO.P>Pide a la Unión y a sus Estados miembros que incluyan programas de educación y formación para la población local en sus asociaciones energéticas con terceros países a fin de respaldar la transición energética sobre el terreno y crear oportunidades de empleo para las comunidades locales; pide asimismo a la Unión que intensifique la cooperación científica con los países en desarrollo en materia de acceso a la investigación y a las tecnologías de energías renovables; considera que debe cambiarse la matriz de generación de energías renovables para alejarse de un punto de vista puramente extractivo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>33.</NO.P>Recuerda que la Declaración de Glasgow, de 2021, sobre el apoyo público internacional a una transición hacia energías no contaminantes obliga a los signatarios a poner fin a las nuevas ayudas públicas directas al sector de las energías basadas en combustibles fósiles; pide a la Unión y a sus Estados miembros que lideren con su ejemplo y dejen de financiar proyectos de combustibles fósiles;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Hidrógeno verde</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>34.</NO.P>Resalta el papel crucial del hidrógeno verde como herramienta para descarbonizar el sistema energético, lograr cero emisiones netas en todo el mundo de aquí a 2050 y alcanzar los objetivos del Acuerdo de París, pero recuerda la importancia de las evaluaciones del ciclo de vida que tienen en cuenta los modos de producción y transporte utilizados;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>35.</NO.P>Advierte del riesgo potencial de una nueva «maldición del hidrógeno verde» que agravaría la dependencia de los países en desarrollo de las exportaciones y podría reducir las inversiones en el desarrollo de mercados energéticos locales; afirma que la industria del hidrógeno verde puede desempeñar un papel crucial en el crecimiento de los países en desarrollo ricos en recursos si concurren determinados factores, como la buena gobernanza, la aplicación y el seguimiento de un marco jurídico sólido, la prevención de la corrupción, el funcionamiento del Estado de Derecho y la transparencia con respecto a los flujos financieros;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>36.</NO.P>Pone de relieve la necesidad de abordar la cuestión de las infraestructuras mundiales relacionadas con la producción, el almacenamiento, el transporte, la distribución y el consumo de hidrógeno verde, los costes y el impacto climático del transporte de larga distancia, las inversiones y capacidades financieras limitadas y los riesgos relacionados con la debilidad de las instituciones y la corrupción en algunos países en desarrollo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>37.</NO.P>Pide a la Unión que respalde, en particular a través de la iniciativa Global Gateway, asociaciones ventajosas para todas las partes que beneficien tanto a los países importadores como a los exportadores y a sus poblaciones; solicita, a tal fin, que la Unión apoye el desarrollo de una cadena de valor del hidrógeno verde cuando aporte beneficios sociales y económicos equivalentes a los países exportadores, en particular en términos de formación y reciclaje profesional de la población local, creación de empleo, descarbonización de actividades industriales con emisiones difíciles de reducir y acceso a una movilidad y una energía más limpias;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>38.</NO.P>Pide a la Unión que favorezca la diversificación económica y el acceso nacional a la electricidad y al agua, respetando plenamente los ecosistemas y con vistas a reducir la dependencia excesiva de las exportaciones de combustibles fósiles; destaca que la mejora de la colaboración entre las empresas y las pymes de la Unión y de los países socios, combinando los conocimientos especializados de distintos socios afines, puede crear una vía para unas iniciativas empresariales sólidas en el sector del hidrógeno verde;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>39.</NO.P>Es consciente de que la expansión del hidrógeno verde puede tener también repercusiones sociales y medioambientales negativas en el Sur Global, en particular porque depende de la explotación minera y del uso de materias primas y tierras raras, que requieren grandes cantidades de agua dulce y contaminan las aguas; destaca la necesidad de desarrollar un sistema mundial de gobernanza de los recursos que dé prioridad a la sostenibilidad, la eficiencia y la circularidad, con vistas a reducir la demanda mundial de materias vírgenes, al tiempo que reconoce también los desafíos para lograrlo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>40.</NO.P>Pone de relieve la necesidad de adoptar un enfoque sistémico al evaluar las oportunidades y consecuencias a escala local de la producción de hidrógeno verde para las necesidades europeas en los países en desarrollo; destaca que la Unión debe garantizar la sostenibilidad de las materias primas fundamentales extraídas, transformadas y recicladas, que son esenciales para el hidrógeno y otras tecnologías de cero emisiones;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>41.</NO.P>Observa con preocupación el uso conflictivo del agua asociado a la minería y el desarrollo de centrales de energías renovables de gran envergadura, como las instalaciones del hidrógeno verde; reafirma que el acceso al agua es un derecho humano fundamental; subraya la necesidad de mejorar las infraestructuras hídricas en las regiones donde predominan la minería y las centrales de energías renovables, mediante la inversión en instalaciones de tratamiento de aguas y en sistemas de reciclado del agua;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>42.</NO.P>Subraya la necesidad de regular el agua como recurso para la producción de hidrógeno verde de manera sostenible, en particular en las regiones áridas, también mediante la aplicación de normas que requieran técnicas sostenibles de extracción de agua, un uso eficiente del agua y la minimización de los vertidos de aguas residuales, de modo que no se ponga en peligro el acceso al agua de las poblaciones locales ni aumente el coste del agua;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>43.</NO.P>Toma nota de la proliferación de plantas desalinizadoras para hacer frente a la escasez de agua; reconoce que las plantas desalinizadoras pueden beneficiar a las comunidades locales y a la economía nacional, pero señala que la desalinización de agua marina puede tener importantes repercusiones medioambientales, en particular en la biodiversidad marina; pide que se promueva un enfoque sostenible en la desalinización del agua y soluciones que no afecten a las zonas costeras, como la desalinización en aguas profundas; destaca que reducir el uso de agua y reciclar o reutilizar las aguas residuales tratadas suele resultar menos costoso que desalinizar;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>44.</NO.P>Destaca los potenciales riesgos de acaparamiento de agua y contaminación del agua asociados a inversiones extranjeras directas en la adquisición de grandes extensiones de terreno para energías renovables; pide a la Unión y a sus Estados miembros que adopten normas de diligencia debida y divulgación de información relativas al agua que sean de obligado cumplimiento para las empresas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>45.</NO.P>Insiste en que las estrategias de hidrógeno verde deben seguir normas sociales y de sostenibilidad estrictas; pide a la Unión que, en sus acuerdos de asociación, establezca marcos de seguimiento adecuados que permitan evaluar su impacto global en los resultados de los ODS, en particular mediante la definición de indicadores medioambientales, sociales y de gobernanza y la fijación de metas medibles; pide que se lleven a cabo estudios obligatorios de impacto medioambiental, también para la desalinización, y que se excluyan los puntos críticos en materia de biodiversidad al determinar la ubicación de las instalaciones de hidrógeno verde; cree que la producción de hidrógeno verde debe demostrar que depende de materias extraídas con arreglo a normas medioambientales y de derechos humanos para las actividades extractivas (por ejemplo, de países que sean signatarios de la Iniciativa para la transparencia de las industrias extractivas);</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>46.</NO.P>Insta a la Comisión a que establezca un marco de gobernanza inclusivo para los acuerdos de asociación que incluya a las organizaciones de la sociedad civil, a fin de garantizar que se respete el principio de «no ocasionar daños» respecto de las comunidades locales y que se cumplan las normas internacionales en materia de derechos humanos;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Aumento de la financiación para una transición energética justa </STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>47.</NO.P>Destaca que la financiación de la Unión destinada a las energías renovables debe ajustarse a los principios de equidad, sostenibilidad y justicia climática, y que debe comprender, entre otros aspectos, la ayuda a la deuda, el alivio y la cancelación de la deuda, la restructuración de la deuda y el Fondo de Daños y Perjuicios;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>48.</NO.P>Destaca que las inversiones en hidrógeno renovable producido por terceros países deben basarse en los principios de diligencia debida reconocidos internacionalmente, incluidos, entre otros, los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos, las Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales y la Guía de la OCDE de Debida Diligencia para una Conducta Empresarial Responsable;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>49.</NO.P>Pide a la Unión y a sus Estados miembros que eleven el importe de la ayuda oficial al desarrollo destinada al sector de la energía, en particular bajo la rúbrica 6 del próximo marco financiero plurianual, y especialmente en África, dando prioridad a las subvenciones frente a los préstamos y reorientando la financiación hacia los países con tasas de acceso a la electricidad más bajas, con el objeto de apoyar sus transiciones hacia una energía no contaminante y renovable en consonancia con la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>50.</NO.P>Alienta el desarrollo de asociaciones públicas y privadas, así como de programas para facilitar la transferencia de conocimientos y tecnologías verdes; pone de relieve que los sectores de la electricidad de muchos países africanos tienen características específicas (como el fuerte crecimiento de la demanda, las redes pequeñas, los frágiles servicios públicos nacionales y la limitada capacidad de pago de los clientes) que deben tenerse en cuenta;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>51.</NO.P>Destaca que es necesario simplificar y acelerar el acceso a la financiación para una transición energética justa en los países en desarrollo; hace hincapié en que la Unión puede ofrecer soluciones innovadoras para acelerar la transición ecológica y aumentar la cuota mundial de energías renovables; pide a la Unión y a los Estados miembros, a tal efecto, que estudien el canje de deuda por acciones en favor del clima, de modo que los países en desarrollo deudores puedan utilizar el dinero que adeudan para financiar proyectos de adaptación al cambio climático y su mitigación;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>52.</NO.P>Pide, en términos más generales, que se ponga en marcha un mecanismo a largo plazo de canje de deuda por acciones en favor del clima en el marco de la Iniciativa de Suspensión del Servicio de la Deuda del G20 y que se reconduzcan los derechos especiales de giro del FMI;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>53.</NO.P>Pide a la Unión y a los Estados miembros que incrementen la financiación destinada a ayudar a los países en desarrollo a adaptarse al cambio climático, aumentando la resiliencia de los sistemas energéticos frente a los riesgos climáticos; subraya la importancia de la energía verde en la agrosilvicultura y los proyectos de adaptación al cambio climático, como la iniciativa Gran Muralla Verde;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>54.</NO.P>Insta a la Comisión a que aumente el número de programas en el marco de la iniciativa Global Gateway que prioricen el acceso básico a la electricidad y a los modos de cocinar no contaminantes, en especial en los países que más lo necesitan; destaca la importancia del sector privado en el impulso de la financiación del acceso básico a la energía y a modos de cocinar no contaminantes, al tiempo que se garantiza el acceso público y se refuerza a los proveedores de energía públicos nacionales; pide a la Comisión, a tal efecto, que utilice el Fondo Europeo de Desarrollo Sostenible Plus como un instrumento para apoyar inversiones del sector privado en los países en desarrollo con miras a reforzar las infraestructuras energéticas y ofrecer un mejor acceso a la energía y a modos de cocinar no contaminantes en los hogares;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>55.</NO.P>Insta a la Unión a que apoye a los países en desarrollo en la eliminación gradual de las subvenciones a los combustibles fósiles y a que se centre en tecnologías de cocina eficientes, modernas y asequibles; insta a movilizar inversiones y a crear entornos propicios para impulsar el crecimiento de una industria potente de cocinas no contaminantes;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>56.</NO.P><LIST LEVEL="1" TYPE="LC"><INT.LI LEVEL="0">Pide a la Unión y a las instituciones europeas encargadas de la financiación del desarrollo que:</INT.LI><ITEM LEVEL="1"><SYMBOL>a)</SYMBOL>destinen inversiones al segmento de la distribución, en particular a la electrificación rural, y prioricen los sistemas de energías renovables descentralizados, de pequeñas dimensiones y sin conexión a redes cuando dichas soluciones sean más adecuadas que la ampliación de la red para habilitar el acceso de las poblaciones rurales a la electricidad;</ITEM><ITEM LEVEL="1"><SYMBOL>b)</SYMBOL>coordinen las inversiones entre las distintas instituciones para maximizar el impacto y evitar la duplicación de esfuerzos;</ITEM><ITEM LEVEL="1"><SYMBOL>c)</SYMBOL>garanticen que se lleven a cabo evaluaciones de impacto independientes y no sesgadas en materia de derechos humanos y que se apliquen y supervisen debidamente todas las salvaguardias y vías de recurso sociales, medioambientales y de gobernanza necesarias, incluidas las directrices sobre derechos humanos y tenencia de la tierra;</ITEM><ITEM LEVEL="1"><SYMBOL>d)</SYMBOL>garanticen que se incluya e informe correctamente a las comunidades locales a lo largo de todas las fases de planificación y ejecución del proyecto;</ITEM><ITEM LEVEL="1"><SYMBOL>e)</SYMBOL>pongan en marcha y apliquen con rigor el enfoque basado en los derechos, proporcionando mecanismos eficaces de reclamación y recurso, en cumplimiento de las normas internacionales sobre prácticas empresariales responsables, y exigiendo estudios de impacto a los proyectos, en particular en lo que se refiere al cambio climático, las desigualdades y el desplazamiento de poblaciones locales, también en los proyectos bajo la iniciativa Global Gateway;</ITEM><ITEM LEVEL="1"><SYMBOL>f)</SYMBOL>garanticen que todos los proyectos de represas con financiación aprobada respeten las directrices de la Comisión Mundial de Represas;</ITEM><ITEM LEVEL="1"><SYMBOL>g)</SYMBOL>apoyen proyectos locales y regionales de interconexión eléctrica;</ITEM><ITEM LEVEL="1"><SYMBOL>h)</SYMBOL>ofrezcan apoyo técnico e iniciativas de refuerzo de las capacidades para empoderar a los países en desarrollo en la ejecución eficaz de proyectos de energías no contaminantes;</ITEM></LIST></P></ACTION><ACTION><P><NO.P>57.</NO.P>Invita a la Comisión a que proporcione datos desglosados sobre el volumen de inversiones en el acceso a la energía, con el fin de efectuar un seguimiento de cuánto se asigna al ODS 7, y a que ofrezca datos sobre el indicador principal de resultados «capacidad de generación de energía renovable instalada (MW) con el apoyo de la Unión», que se define en el Instrumento de Vecindad, Cooperación al Desarrollo y Cooperación Internacional – Europa Global;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>58.</NO.P>Acoge favorablemente las conclusiones de la CP28 de 2023, en las que se pide, por primera vez en la historia, una transición hacia el abandono de los combustibles fósiles y se establece un compromiso claro con el objetivo de 1,5 grados, con la adopción de medidas para lograr, a escala mundial, triplicar la capacidad de energías renovables y duplicar las mejoras de la eficiencia energética de aquí a 2030, y con la promoción a nivel mundial de un enfoque de la financiación de la lucha contra el cambio climático y de los proyectos energéticos centrado en las personas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>59.</NO.P>Pide a la Unión que desempeñe un papel clave en las negociaciones sobre medidas de mitigación para los países en desarrollo, con el fin de combatir los efectos nocivos del uso de combustibles contaminantes, promoviendo al mismo tiempo el desarrollo de energías sostenibles y no contaminantes;</P></ACTION><SEPARATION><P>°</P><P>°     °</P></SEPARATION><ACTION><P><NO.P>60.</NO.P>Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al Servicio Europeo de Acción Exterior y al Banco Europeo de Inversiones.</P></ACTION></ACTLST></DISPOSITIF></TEXT></RESOL></TXTLST></SDOCTA>