<?xml version="1.0" encoding="UTF-8" standalone="no"?><SDOCTA xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" STATUS="DEF1" xsi:noNamespaceSchemaLocation="TA.xsd"><IDENT><STRING BOLD="on">P9_TA(2024)0080</STRING></IDENT><TI><STRING BOLD="on">Nuevos actos de represión contra las fuerzas democráticas en Venezuela: ataques a la candidata presidencial María Corina Machado</STRING></TI><HIDDEN><STRING HIDDEN="on" ITALIC="on">(B9-0097, 0100, 0104, 0107 y 0111/2024)</STRING></HIDDEN><TXTLST><RESOL><TI><STRING BOLD="on">Resolución del Parlamento Europeo, de 8 febrero de 2024, sobre los nuevos actos de represión contra las fuerzas democráticas en Venezuela: ataques a la candidata presidencial María Corina Machado (2024/2549(RSP))</STRING></TI><TEXT><PREAMBLE><PRINIT><STRING ITALIC="on">El Parlamento Europeo,</STRING></PRINIT><GRVISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistas sus anteriores Resoluciones sobre Venezuela,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos la Declaración Universal de Derechos Humanos y otros tratados e instrumentos de las Naciones Unidas en materia de derechos humanos,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la declaración del portavoz del alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, de 29 de enero de 2024,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el comunicado de la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos, de 28 de enero de 2024, sobre los recientes acontecimientos en Venezuela,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Acuerdo parcial sobre la promoción de derechos políticos y garantías electorales para todos, firmado por el Gobierno de Maduro y la alianza opositora venezolana Plataforma Unitaria en octubre de 2023 (Acuerdo de Barbados),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el primer informe de la Misión internacional independiente de determinación de los hechos de las Naciones Unidas sobre la República Bolivariana de Venezuela, publicado el 16 de septiembre de 2020,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Constitución de Venezuela,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos el informe final de la Misión de Observación Electoral de la Unión Europea (MOE UE) en Venezuela, de 22 de febrero de 2022, titulado «Elecciones regionales y municipales: 21 de noviembre de 2021» y la declaración del presidente de la Delegación de Observación Electoral del Parlamento Europeo, Jordi Cañas, de 23 de noviembre de 2021, sobre las elecciones regionales y locales celebradas en Venezuela en 2021,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el artículo 132, apartados 2 y 4, de su Reglamento interno,</P></VISA></GRVISA><GRCONS><CONS><P><NO.P>A.</NO.P>Considerando que las elecciones de 2024 podrían marcar un punto de inflexión desde la autocracia corrupta hacia la vuelta a la democracia, si se respetan todos los puntos del Acuerdo de Barbados; que en Venezuela se siguen vulnerando los derechos civiles y políticos, lo que ha provocado años de inestabilidad y violencia; que alrededor de ocho millones de personas se han visto obligadas a abandonar el país;</P></CONS><CONS><P><NO.P>B.</NO.P>Considerando que se han producido restricciones sistemáticas a la información pública, a la libertad de opinión y de expresión y al derecho de reunión pacífica, en particular para los disidentes del régimen, los sindicalistas, los defensores de los derechos humanos y los miembros más vulnerables de la sociedad;</P></CONS><CONS><P><NO.P>C.</NO.P>Considerando que, el 17 de octubre de 2023 en Venezuela, el régimen de Maduro y la alianza de la oposición Plataforma Unitaria firmaron dos acuerdos, conocidos como «acuerdos de Barbados», que abarcaban cuestiones como la promoción de los derechos políticos y las garantías electorales para todos y la liberación de los presos políticos; que este acuerdo abarcaba temas importantes, como la participación de observadores internacionales en el proceso electoral; que el acuerdo se firmó como primer paso para garantizar unas elecciones libres y justas en Venezuela;</P></CONS><CONS><P><NO.P>D.</NO.P>Considerando que, el 22 de octubre de 2023, María Corina Machado fue seleccionada como candidata presidencial de la oposición democrática al régimen, obteniendo el 92,35 % de los votos en las elecciones primarias;</P></CONS><CONS><P><NO.P>E.</NO.P>Considerando que, durante varios meses, María Corina Machado, miembros de su equipo de campaña —incluidos Juan Freites, Luis Camacaro y Guillermo López, que fueron detenidos ilegalmente y se encuentran desaparecidos desde entonces—, organizaciones de la sociedad civil, abogados, organizaciones no gubernamentales (ONG) y otros agentes políticos de la oposición democrática al régimen han sido objeto de intentos arbitrarios y de motivación política de inhabilitarlos para el ejercicio de cargos públicos; que entre ellos se encuentra Henrique Capriles, que se había presentado dos veces como candidato a la presidencia en el pasado y cuya inhabilitación también se confirmó en la misma sentencia de 26 de enero de 2024;</P></CONS><CONS><P><NO.P>F.</NO.P>Considerando que el proceso relativo a la habilitación de María Corina Machado carecía de elementos básicos, ya que no recibió una copia de las acusaciones en su contra ni tuvo la oportunidad de responder a las acusaciones; que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) del régimen publicó en su página web un resumen de su decisión, que carece de base jurídica; que la Constitución venezolana establece que no pueden restringirse mediante decisiones administrativas los derechos políticos de las personas, ni se les puede inhabilitar para el ejercicio de cargos públicos mediante tales decisiones; que, por lo tanto, el TSJ del régimen no pudo dictar una sentencia coherente desde un punto de vista constitucional en este asunto;</P></CONS><CONS><P><NO.P>G.</NO.P>Considerando que, el 6 de diciembre de 2023, Roberto Abdul, miembro de la comisión que planificó las elecciones primarias de la oposición al régimen, fue detenido por presunta traición; que, al mismo tiempo, se emitieron órdenes de detención contra Henry Alviarez, Claudia Macero y Pedro Urruchurtu, miembros del partido Vente Venezuela, por presuntos delitos como traición, conspiración y blanqueo de capitales;</P></CONS><CONS><P><NO.P>H.</NO.P>Considerando que estas decisiones arbitrarias son incompatibles con el compromiso de los representantes de Nicolás Maduro de celebrar unas elecciones presidenciales venezolanas competitivas en 2024 y son contrarias a las recomendaciones de la MOE UE; que la inhabilitación arbitraria en curso de candidatos electorales de la oposición por parte de las autoridades administrativas limita gravemente el derecho de los venezolanos a elegir a sus representantes;</P></CONS><CONS><P><NO.P>I.</NO.P>Considerando que, en su Resolución, de 13 de julio de 2023, sobre las inhabilitaciones políticas en Venezuela<FOOTNOTE><FIELD> Textos Aprobados, P9_TA(2023)0288.</FIELD></FOOTNOTE>, el Parlamento Europeo ya condenó enérgicamente la inhabilitación política de candidatos por parte del régimen venezolano; que esta Resolución condenaba específicamente la inhabilitación arbitraria e inconstitucional durante quince años de María Corina Machado y de otras figuras políticas destacadas y lamentaba que se hubieran ignorado por completo las recomendaciones de la última MOE UE;</P></CONS><CONS><P><NO.P>J.</NO.P>Considerando que el régimen de Maduro denegó la entrada del jefe de la MOE UE a Venezuela para presentar el informe final de las elecciones regionales y municipales celebradas en 2021, debido a que la MOE UE había sido expulsada del país;</P></CONS><CONS><P><NO.P>K.</NO.P>Considerando que el 22 de enero el régimen, a través del fiscal general, emitió catorce órdenes de detención sobre la base de acusaciones falsas contra varias personas, incluidos la defensora de los derechos humanos Tamara Sujú, la periodista Sebastiana Barráez, el exalcalde de Caracas Antonio Ledezma, el líder político Leopoldo López, el antiguo presidente interino de Venezuela Juan Guaidó y el exalcalde David Smolansky, por traición, por magnicidio y por el mero ejercicio de su libertad para expresar su oposición al régimen;</P></CONS><CONS><P><NO.P>L.</NO.P>Considerando que el Parlamento venezolano, controlado por el régimen de Maduro, ha estado preparando una nueva ley sobre la financiación y actuación de las ONG, con el fin de limitar la capacidad de la sociedad civil de organizarse y defender sus derechos;</P></CONS><CONS><P><NO.P>M.</NO.P>Considerando que, el 31 de enero, Maduro respaldó un llamamiento de la Asamblea Nacional, controlada por el régimen, para que elaborara una propuesta, a partir del 5 de febrero y en el marco de un diálogo con diversos sectores, de un calendario electoral para las elecciones presidenciales, previstas para el segundo semestre de 2024, pero aún sin fecha definitiva;</P></CONS><CONS><P><NO.P>N.</NO.P>Considerando que la hoja de ruta electoral contenida en el Acuerdo de Barbados sigue siendo una oportunidad para resolver las largas crisis políticas, económicas y humanitarias de Venezuela y celebrar elecciones competitivas, libres e inclusivas en el país; que la persecución de los candidatos de la oposición al régimen vulnera gravemente los derechos políticos y las garantías electorales firmadas en el Acuerdo de Barbados;</P></CONS><CONS><P><NO.P>O.</NO.P>Considerando que el régimen también ha introducido cambios en el Consejo Nacional Electoral (CNE) para obstaculizar el proceso electoral y anular toda posibilidad de vuelta a la democracia; que, en junio de 2023, tres rectores principales del Consejo Nacional Electoral dejaron el cargo, lo que forzó la dimisión de los dos restantes; que la Asamblea Nacional del régimen nombró una comisión especial compuesta por representantes del régimen, incluida la esposa de Nicolás Maduro, para elegir a los nuevos rectores de entre personas del régimen;</P></CONS></GRCONS></PREAMBLE><DISPOSITIF><ACTLST><ACTION><P><NO.P>1.</NO.P>Condena enérgicamente los intentos de inhabilitar a la candidata presidencial de la oposición democrática al régimen, María Corina Machado, y a otras personas, como Henrique Capriles, para el ejercicio de cargos públicos; recuerda que el proceso de habilitación de María Corina Machado carecía de elementos básicos, ya que no recibió una copia de las acusaciones en su contra ni tuvo la oportunidad de responder a las acusaciones;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>2.</NO.P>Condena enérgicamente los ataques, las presuntas desapariciones forzadas, las detenciones y las órdenes de detención emitidas contra miembros del equipo de María Corina Machado y otros representantes de la oposición y de la sociedad civil, así como contra defensores de los derechos humanos y periodistas; condena enérgicamente la injerencia del régimen de Maduro en el proceso electoral;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>3.</NO.P>Pide la liberación inmediata e incondicional de todos los líderes políticos y sociales detenidos arbitrariamente, incluidos los tres miembros del personal de la campaña de la candidata de la oposición a la presidencia María Corina Machado (Juan Freites, Luis Camacaro y Guillermo López);</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>4.</NO.P>Reitera que las acciones de Nicolás Maduro y sus representantes, incluida la persecución de miembros de la oposición democrática al régimen y los intentos por impedir que candidatos compitan a las elecciones presidenciales de este año, constituyen incumplimientos claros de los acuerdos firmados en Barbados por representantes de Nicolás Maduro y la Plataforma Unitaria con vistas a celebrar unas elecciones presidenciales venezolanas competitivas en 2024;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>5.</NO.P>Subraya que la declaración del TSJ del régimen es inconstitucional e ilegal, dado que se deriva de acusaciones arbitrarias y de motivación política, y que el procedimiento seguido no se ajustó a Derecho; considera, por tanto, que la decisión del TSJ nombrado por el régimen carece de base jurídica y que María Corina Machado puede aún presentarse a las elecciones;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>6.</NO.P>Cree que estas acciones constituyen un claro intento de persecución política dictatorial, que vulnera los derechos civiles y políticos del pueblo venezolano, y que estas acciones previsibles, en particular habida cuenta del historial del régimen, vuelven a echar por tierra toda perspectiva de elecciones libres y justas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>7.</NO.P>Reconoce los esfuerzos de la oposición al régimen por organizar elecciones primarias como solución democrática para los venezolanos que se hallen tanto en el país como en el extranjero; insta a las autoridades venezolanas a que establezcan las condiciones necesarias para garantizar unas elecciones justas, libres, inclusivas y transparentes;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>8.</NO.P>Insta al régimen venezolano a que acabe inmediatamente con la persecución de la ganadora de las elecciones primarias y, por tanto, candidata plenamente legítima de la oposición al régimen, María Corina Machado, y de otros políticos opositores, y a que empiece a aplicar el Acuerdo de Barbados, en particular mediante la defensa de los principios de la hoja de ruta electoral y el punto primero del acuerdo, que establece que las partes «reconocen y respetan el derecho de cada actor político de seleccionar su candidato para las elecciones presidenciales de manera libre», lo que implicaría garantizar que la líder de la oposición al régimen, María Corina Machado, pueda participar libremente en unas elecciones presidenciales competitivas y verdaderamente democráticas en 2024;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>9.</NO.P>Recuerda las terribles condiciones sociales, económicas y humanitarias que han prevalecido en Venezuela desde hace años y que los venezolanos llevan demasiado tiempo sufriendo; condena con la máxima firmeza los asesinatos, la represión constante, la tortura sistemática y las violaciones de los derechos humanos, civiles y políticos del pueblo venezolano y los defensores de los derechos humanos; insta al régimen venezolano a que deje inmediatamente de perseguir, reprimir y vulnerar los derechos civiles y políticos de sus opositores políticos y del pueblo venezolano, así como a que revoque las órdenes de detención de los opositores políticos y libere a los presos políticos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>10.</NO.P>Condena el abuso del marco jurídico para restringir la defensa de los derechos humanos y la libertad de asociación, y expresa su especial preocupación por el proyecto de ley de fiscalización, regularización, actuación y financiamiento de organizaciones no gubernamentales y afines;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>11.</NO.P>Señala la importancia de permitir que participen en las elecciones todos los venezolanos, tanto en Venezuela como en el extranjero, actualizando el registro electoral permanente y el registro electoral en el extranjero, tal como se establece en el punto tercero, apartado 2, letra e), del Acuerdo de Barbados;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>12.</NO.P>Condena enérgicamente la injerencia en la designación de los miembros del CNE y pide un procedimiento de nombramiento independiente para sus nuevos miembros;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>13.</NO.P>Apoya plenamente las investigaciones de la Corte Penal Internacional y la Misión independiente de determinación de los hechos de las Naciones Unidas sobre los delitos y actos de represión generalizados del régimen venezolano y pide a la Unión que apoye las investigaciones que se están llevando a cabo actualmente en virtud del Estatuto de Roma sobre los presuntos crímenes contra la humanidad para exigir responsabilidades a los autores;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>14.</NO.P>Mantiene su firme compromiso de apoyar el diálogo entre las partes y con las aspiraciones del pueblo venezolano de un futuro democrático; pide a la Unión que colabore con la comunidad internacional y con todas las partes interesadas democráticas pacíficas del conjunto del espectro político de Venezuela, y que aproveche todos los mecanismos a su disposición para fomentar el retorno a los principios del Acuerdo de Barbados;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>15.</NO.P>Insta a los Estados miembros a que mantengan las sanciones impuestas al régimen de Maduro; insiste en que deben intensificarse las sanciones hasta que exista un compromiso claro y permanente, en consonancia con el Acuerdo de Barbados, de defender las normas democráticas básicas, el Estado de Derecho y los derechos humanos; pide más sanciones selectivas, a través del régimen de sanciones de la UE de alcance mundial en materia de derechos humanos (Ley Magnitski de la Unión), contra los magistrados del Tribunal Supremo de Venezuela que participaron en los intentos de inhabilitar a María Corina Machado para el ejercicio de cargos públicos y contra los miembros de las fuerzas de seguridad venezolanas implicados en los abusos sistemáticos perpetrados contra opositores al Gobierno;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>16.</NO.P>Pide al Servicio Europeo de Acción Exterior, a la Delegación de la Unión en Venezuela, a los Estados miembros y a la comunidad internacional que sigan supervisando la situación en el país y desempeñen un papel más asertivo y visible;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>17.</NO.P>Insiste en que la Unión no debe considerar el envío de ninguna misión de observación electoral a Venezuela hasta que existan garantías claras y creíbles de que se respetan en su totalidad el Acuerdo de Barbados y la hoja de ruta electoral, hasta que se habilite a los políticos opositores inhabilitados para el ejercicio de cargos públicos, hasta que se le permita a María Corina Machado participar en las elecciones y hasta que se apliquen correctamente las recomendaciones de 2021 de la MOE UE;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>18.</NO.P>Subraya que no se reconocerán las elecciones ni los resultados electorales si no se respetan estas condiciones;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>19.</NO.P>Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al vicepresidente de la Comisión / alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, a los participantes en la Cumbre entre la Unión y la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños, a la Asamblea Parlamentaria Euro-Latinoamericana, a la Organización de Estados Americanos, al secretario general de las Naciones Unidas y a las autoridades del régimen venezolano.</P></ACTION></ACTLST></DISPOSITIF></TEXT></RESOL></TXTLST></SDOCTA>