<?xml version="1.0" encoding="UTF-8" standalone="no"?><SDOCTA xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" STATUS="DEF1" xsi:noNamespaceSchemaLocation="TA.xsd"><IDENT><STRING BOLD="on">P9_TA(2024)0156</STRING></IDENT><TI><STRING BOLD="on">Semestre Europeo para la coordinación de políticas económicas 2024</STRING></TI><HIDDEN><STRING HIDDEN="on" ITALIC="on">(A9-0063/2024 - Ponente: René Repasi)</STRING></HIDDEN><TXTLST><RESOL><TI><STRING BOLD="on">Resolución del Parlamento Europeo, de 13 de marzo de 2024, sobre el Semestre Europeo para la coordinación de políticas económicas 2024 (2023/2063(INI))</STRING></TI><TEXT><PREAMBLE><PRINIT><STRING ITALIC="on">El Parlamento Europeo,</STRING></PRINIT><GRVISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), y en particular su artículo 121, apartado 2, y su artículo 136,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Protocolo n.º 1 anejo al Tratado de la Unión Europea (TUE) y el TFUE sobre el cometido de los Parlamentos nacionales en la Unión Europea,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Protocolo n.º 2 anejo al TUE y el TFUE sobre la aplicación de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Tratado de Estabilidad, Coordinación y Gobernanza en la Unión Económica y Monetaria,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Acuerdo de París de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y los Objetivos de Desarrollo Sostenible,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Directiva 2011/85/UE del Consejo, de 8 de noviembre de 2011, sobre los requisitos aplicables a los marcos presupuestarios de los Estados miembros<FOOTNOTE><FIELD> DO L 306 de 23.11.2011, p. 41.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) n.º 1177/2011 del Consejo, de 8 de noviembre de 2011, por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 1467/97, relativo a la aceleración y clarificación del procedimiento de déficit excesivo<FOOTNOTE><FIELD> DO L 306 de 23.11.2011, p. 33.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) n.º 1173/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, sobre la ejecución efectiva de la supervisión presupuestaria en la zona del euro<FOOTNOTE><FIELD> DO L 306 de 23.11.2011, p. 1.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) n.º 1174/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a las medidas de ejecución destinadas a corregir los desequilibrios macroeconómicos excesivos en la zona del euro<FOOTNOTE><FIELD> DO L 306 de 23.11.2011, p. 8.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) n.º 1175/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 1466/97 del Consejo, relativo al refuerzo de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas<FOOTNOTE><FIELD> DO L 306 de 23.11.2011, p. 12.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) n.º 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos<FOOTNOTE><FIELD> DO L 306 de 23.11.2011, p. 25.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) n.º 472/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, sobre el reforzamiento de la supervisión económica y presupuestaria de los Estados miembros de la zona del euro cuya estabilidad financiera experimenta o corre el riesgo de experimentar graves dificultades<FOOTNOTE><FIELD> DO L 140 de 27.5.2013, p. 1.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) n.º 473/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, sobre disposiciones comunes para el seguimiento y la evaluación de los proyectos de planes presupuestarios y para la corrección del déficit excesivo de los Estados miembros de la zona del euro<FOOTNOTE><FIELD> DO L 140 de 27.5.2013, p. 11.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia<FOOTNOTE><FIELD> DO L 57 de 18.2.2021, p. 17.</FIELD></FOOTNOTE> (Reglamento sobre el MRR),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Comunicación de la Comisión, de 4 de marzo de 2021, titulada «Plan de Acción del Pilar Europeo de Derechos Sociales» (COM(2021)0102),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Compromiso Social de Oporto de 7 de mayo de 2021 del Consejo, la Comisión, el Parlamento y los interlocutores sociales,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la evaluación del Consejo Fiscal Europeo, de 28 de junio de 2023, de la orientación presupuestaria adecuada para la zona del euro en 2024,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe anual del Consejo Fiscal Europeo, de 4 de octubre de 2023,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Comunicación de la Comisión, de 9 de noviembre de 2022, sobre las orientaciones para una reforma del marco de gobernanza económica de la UE (COM(2022)0583),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la propuesta de la Comisión, de 26 de abril de 2023, de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la coordinación eficaz de las políticas económicas y a la supervisión presupuestaria multilateral y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1466/97 del Consejo (COM(2023)0240),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la propuesta de la Comisión, de 26 de abril de 2023, de Reglamento del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 1467/97 relativo a la aceleración y clarificación del procedimiento de déficit excesivo (COM(2023)0241),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la propuesta de la Comisión, de 26 de abril de 2023, de Directiva del Consejo por la que se modifica la Directiva 2011/85/UE del Consejo sobre los requisitos aplicables a los marcos presupuestarios de los Estados miembros (COM(2023)0242),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Declaración de Granada, adoptada el 6 de octubre de 2023,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Comunicación de la Comisión, de 21 de noviembre de 2023, titulada «Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento Sostenible para 2024» (COM(2023)0901),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistas la Comunicación de la Comisión, de 21 de noviembre de 2023, titulada «Informe sobre el Mecanismo de Alerta de 2024» (COM(2023)0902), y la Recomendación de la Comisión, de 21 de noviembre de 2023, para una Recomendación del Consejo sobre la política económica de la zona del euro (COM(2023)0903),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la propuesta de informe conjunto sobre el empleo de la Comisión y del Consejo, de 21 de noviembre de 20233 (COM(2023)0904),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistas las previsiones económicas del otoño de 2023 de la Comisión de 15 de noviembre de 2023,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el artículo 54 de su Reglamento interno,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la opinión de la Comisión de Presupuestos,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios (A9-0063/2024),</P></VISA></GRVISA><GRCONS><CONS><P><NO.P>A.</NO.P>Considerando que el Semestre Europeo desempeña un papel esencial en la coordinación de las políticas económicas, presupuestarias, estructurales, sociales y de empleo de los Estados miembros, salvaguardando así la estabilidad macroeconómica de la unión económica y monetaria;</P></CONS><CONS><P><NO.P>B.</NO.P>Considerando que, según las previsiones del invierno de 2024 de la Comisión, se estima que la actividad económica en 2023 solo aumentó un 0,5 %, tanto en la Unión como en la zona del euro, debido a la elevada inflación y a unas condiciones de financiación más restrictivas, tras experimentar una fuerte recuperación en 2022; que el crecimiento previsto del PIB para 2024 se ha revisado a la baja al 0,9 % (desde el 1,3 %) en la Unión y al 0,8 % (desde el 1,2 %) en la zona del euro; que, aun así, se prevé que la actividad económica en 2025 aumente un 1,7 % en la Unión y un 1,5 % en la zona del euro;</P></CONS><CONS><P><NO.P>C.</NO.P>Considerando que el mercado laboral de la Unión siguió registrando buenos resultados en el primer semestre de 2023, a pesar de la ralentización del crecimiento económico; que, sin embargo, según las previsiones del otoño de 2023 de la Comisión, la escasez de mano de obra siguió siendo grave en muchos sectores y ocupaciones, en particular en ámbitos relacionados con la expansión y la aplicación de tecnologías de cero emisiones netas y de bajas emisiones; que el desempleo ha descendido a un mínimo histórico en el conjunto de la Unión, con variaciones entre los Estados miembros; que el desempleo juvenil alcanzó el 14,7 % en la Unión y el 14,4 % en la zona del euro en diciembre de 2023, según Eurostat;</P></CONS><CONS><P><NO.P>D.</NO.P>Considerando que se prevé que la inflación baje del 6,3 % en 2023 al 3,0 % en 2024 y al 2,5 % en 2025 en la Unión, y del 5,4 % en 2023 al 2,7 % en 2024 y al 2,2 % en 2025 en la zona del euro, según las previsiones del invierno de 2024 de la Comisión; que la política presupuestaria debe respaldar la política monetaria a la hora de reducir la inflación y salvaguardar la sostenibilidad presupuestaria, proporcionando al mismo tiempo un margen suficiente para inversiones adicionales y apoyando el crecimiento a largo plazo;</P></CONS><CONS><P><NO.P>E.</NO.P>Considerando que la inflación afecta de manera dispar en función del grupo de renta y que los grupos de renta baja sufren sus efectos de manera desproporcionada; que la inflación podría crear una verdadera crisis del coste de la vida para determinados segmentos de la población, dificultando así la cohesión social;</P></CONS><CONS><P><NO.P>F.</NO.P>Considerando que se prevé que, en 2023, la ratio de deuda pública sobre el PIB se reduzca al 83,1 % en la Unión y al 90,4 % en la zona del euro; que se espera que la ratio de deuda pública sobre el PIB disminuya ligeramente en la Unión hasta situarse en torno al 82,7 % en 2024 y al 82,5 % en 2025; que se espera que la ratio de deuda pública sobre el PIB de la zona del euro disminuya aproximadamente hasta el 89,7 % en 2024 y hasta el 89,5 % en 2025; que existen grandes disparidades entre los niveles de deuda de los distintos Estados miembros; que las elevadas ratios de deuda pública sobre el PIB, combinadas con los altos tipos de interés y una situación macroeconómica incierta, pueden poner en peligro la sostenibilidad de la deuda a largo plazo y la estabilidad económica;</P></CONS><CONS><P><NO.P>G.</NO.P>Considerando que, según las previsiones del otoño de 2023 de la Comisión, se espera que el déficit público general en la Unión y en la zona del euro disminuya al 3,2 % del PIB en 2023 y siga disminuyendo hasta alcanzar el 2,8 % del PIB en 2024 y el 2,7 % del PIB en 2025; que la cláusula general de salvaguardia del Pacto de Estabilidad y Crecimiento se desactivó a finales de 2023; que la Comisión anunció también que presentará una propuesta al Consejo para iniciar el procedimiento de déficit excesivo basado en el déficit en la primavera de 2024, en función de los datos de ejecución presupuestaria de 2023 y de conformidad con las disposiciones legales vigentes;</P></CONS><CONS><P><NO.P>H.</NO.P>Considerando que en 2023 y 2024 se espera que la orientación presupuestaria agregada pase a ser restrictiva, en un 0,5 % del PIB en ambos años, debido principalmente a la casi completa eliminación gradual de las medidas energéticas relacionadas con la crisis;</P></CONS><CONS><P><NO.P>I.</NO.P>Considerando que una respuesta política rápida, decidida y coordinada permitió a la economía de la Unión repuntar y hacer frente a las consecuencias socioeconómicas de la pandemia de COVID-19 y de la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania, y le ha permitido capear la crisis energética resultante; que la economía se ralentizó en 2023; que las perspectivas siguen caracterizadas por un elevado nivel de incertidumbre y riesgos relacionados con la evolución de la actual guerra de agresión de Rusia contra Ucrania y el conflicto en Oriente Próximo;</P></CONS><CONS><P><NO.P>J.</NO.P>Considerando que estos acontecimientos geopolíticos disruptivos han puesto de manifiesto la necesidad de seguir reforzando la autonomía estratégica abierta de la Unión, de mantener la competitividad en el mercado mundial y de garantizar al mismo tiempo que nadie se quede atrás;</P></CONS><CONS><P><NO.P>K.</NO.P>Considerando que la financiación de la Unión ha contribuido a la fortaleza macroeconómica a nivel de la Unión y que aumenta su resiliencia interna y externa en tiempos de crisis, apoyando al mismo tiempo a los Estados miembros a financiar las inversiones necesarias en las prioridades de la Unión para hacer frente a los retos actuales y futuros;</P></CONS><CONS><P><NO.P>L.</NO.P>Considerando que, tras una considerable expansión relacionada con la crisis en 2020-2022, se espera que la orientación presupuestaria de la zona del euro sea restrictiva en 2023 y 2024; que, dada la elevada incertidumbre, la orientación presupuestaria debe seguir siendo ágil;</P></CONS><CONS><P><NO.P>M.</NO.P>Considerando que la inversión pública neta en porcentaje del PIB disminuyó drásticamente en la Unión tras la crisis financiera resultante de la pandemia de COVID-19, alcanzando en algunos casos niveles negativos; que este porcentaje todavía se ha recuperado plenamente; que el éxito de las políticas climáticamente neutras y de la transformación digital depende de un enfoque europeo común y requiere medidas tanto a escala de la Unión como de los Estados miembros; que la futura resiliencia de la Unión está estrechamente vinculada al aumento de las inversiones públicas y privadas para el crecimiento sostenible y a un ambicioso programa de reformas estructurales; que es imperativo abordar la necesidad de una estrategia oportuna para garantizar unos niveles adecuados de inversión pública tras la finalización del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) en 2026; que el logro de los objetivos del Pacto Verde Europeo y del Acuerdo de París requiere inversiones públicas y privadas significativas;</P></CONS><CONS><P><NO.P>N.</NO.P>Considerando la necesidad de que los Estados miembros dispongan de los mecanismos de seguimiento y auditoría necesarios para garantizar el respeto del Estado de Derecho y proteger los intereses financieros de la Unión, en particular con miras a prevenir el fraude, la corrupción y los conflictos de intereses y asegurar la transparencia; que es importante que los Estados miembros apliquen las recomendaciones específicas por país (REP) pertinentes a este respecto;</P></CONS></GRCONS></PREAMBLE><DISPOSITIF><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Perspectivas económicas de la Unión</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>1.</NO.P>Expresa su preocupación por la situación económica, la incertidumbre persistente, el escaso crecimiento y la baja productividad en la Unión; señala con inquietud el impacto continuo de los precios de la energía y la inflación en el poder adquisitivo de los hogares, lo que da lugar a un mayor riesgo de pobreza, en especial de pobreza energética, para muchos europeos, y en el desempeño de las empresas de la Unión, sobre todo de las pymes; pide a los Estados miembros que emprendan más acciones para superar estas dificultades y apliquen medidas específicas para garantizar la competencia leal en el mercado único y abordar la persistente presión inflacionista;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>2.</NO.P>Observa que muchos Estados miembros están sufriendo problemas estructurales que obstruyen su potencial de crecimiento; destaca que la tarea de abordar los retos estructurales es crucial para una recuperación sostenible y un crecimiento continuo, y que la ejecución de las reformas para abordar las vulnerabilidades estructurales es clave no solo para mejorar la capacidad de soportar y afrontar los retos existentes, sino también para realizar la doble transición de una manera sostenible y justa; resalta que unas reformas estructurales ambiciosas siguen siendo esenciales para reforzar la base económica de la Unión, promover la creación de empresas y el emprendimiento y fortalecer la competitividad, la productividad y el potencial de crecimiento general de la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>3.</NO.P>Subraya que la falta de inversiones públicas y privadas en algunos Estados miembros está obstaculizando el potencial de crecimiento socialmente equilibrado y sostenible; estima que unas normas previsibles, la igualdad de condiciones y menores costes de cumplimiento son factores clave para atraer la inversión; destaca que estas inversiones son cruciales para la capacidad de la Unión de hacer frente a los retos existentes, entre ellos las transiciones ecológica y digital justas, y aumentar la resiliencia y la competitividad a largo plazo de la Unión en futuras situaciones difíciles; considera que estas inversiones deben ir acompañadas de reformas que fomenten el crecimiento y la resiliencia; llama la atención sobre las inversiones en energías renovables y eficiencia energética que se necesitan para, entre otras cosas, lograr que la Unión no dependa de los combustibles fósiles importados y limitar la inflación impulsada por los precios de la energía; toma nota de la orientación presupuestaria contractiva prevista para 2023 y 2024; subraya que ninguna contracción debe producirse a expensas de la inversión, que debería aumentar en toda la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>4.</NO.P>Subraya que seguir profundizando el mercado único y eliminando los obstáculos a la inversión, en particular mediante reformas que racionalicen y digitalicen la planificación, la concesión de permisos y otros procedimientos administrativos, contribuiría a impulsar la inversión privada; reitera que la política industrial, contar con mercados de capitales de la Unión profundos e integrados y la innovación también pueden contribuir, dado que apoyan la inversión, salvaguardan la competitividad global de la Unión y mitigan los riesgos vinculados a una dependencia excesiva de un número limitado de países no pertenecientes a la Unión en cuanto a tecnologías, materias primas e insumos industriales clave;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>5.</NO.P>Pide a los Estados miembros que lleven a cabo revisiones del gasto como parte periódica del proceso presupuestario (plurianual) anual, lo que contribuiría a mejorar la eficiencia y la calidad del gasto público; está de acuerdo con la recomendación de la Comisión del Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento Sostenible para 2024 de que los Estados miembros pongan fin a las medidas de apoyo energético relacionadas con la crisis y eliminen gradualmente las subvenciones a los combustibles fósiles lo antes posible; destaca que tanto los ingresos públicos como el gasto público son esenciales para garantizar la sostenibilidad de las finanzas públicas; pide a los Estados miembros que adopten medidas para luchar contra el fraude, la elusión y la evasión fiscales y el blanqueo de capitales; acoge con satisfacción, a este respecto, el acuerdo sobre el paquete de medidas contra el blanqueo de capitales;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>6.</NO.P>Coincide con la evaluación de la Comisión de que los riesgos relacionados con una deuda elevada y las diferencias de precios siguen vigentes, en particular en aquellos Estados miembros en que el servicio de la deuda requiere grandes refinanciaciones de la deuda, o en que el sector privado se enfrenta a un fuerte aumento de los pagos de intereses;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>7.</NO.P>Pide a los Estados miembros en la zona del euro que exploren todas las vías para completar la revisión del Tratado sobre el Mecanismo Europeo de Estabilidad a fin de permitir la introducción del mecanismo común de protección del Fondo Único de Resolución, lo que reforzaría aún más la resiliencia de la zona del euro;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">El Semestre Europeo y el MRR</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>8.</NO.P>Recuerda que el Semestre Europeo es el marco consolidado para coordinar las políticas presupuestarias, económicas, sociales y de empleo en toda la Unión de conformidad con los Tratados, incluido el pilar europeo de derechos sociales, salvaguardando así su estabilidad macroeconómica, la convergencia sostenida de los resultados económicos de los Estados miembros y la cohesión social de la Unión; pide una mayor adhesión nacional al Semestre Europeo por parte de los Estados miembros, por ejemplo a través de sus entes locales y regionales; observa que el Plan Industrial del Pacto Verde de 2023 es parte de la estrategia de crecimiento de la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>9.</NO.P>Comparte la opinión de que las REP de 2024 deben centrarse en criterios específicos; subraya que también deben servir para promover un crecimiento económico sólido e integrador, mejorar la competitividad y la estabilidad macroeconómica, promover las transiciones ecológica y digital y garantizar la equidad social e intergeneracional; toma nota de las diferencias en las previsiones nacionales relativas al crecimiento del PIB, la inflación, el desempleo, el saldo presupuestario, la deuda pública bruta y la balanza de pagos por cuenta corriente e indica que estas demuestran la necesidad de enfoques flexibles, basados en la realidad concreta de cada Estado miembro; pide, en ese sentido, a la Comisión que vincule más estrechamente las REP a los respectivos informes por país; pide un seguimiento eficaz de la aplicación de las REP y de las reformas pertinentes, así como de los avances en la reducción de los déficits de inversión detectados; hace hincapié en que las REP deben tener en cuenta las vulnerabilidades sociales y el desempleo; indica la disminución del número de REP sociales basadas en el cuadro de indicadores sociales;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>10.</NO.P>Acoge con satisfacción la flexibilidad en el ajuste del MRR, por ejemplo en el contexto de REPowerEU, a partir de las lecciones aprendidas en su aplicación; destaca que los hitos y objetivos de los planes nacionales de recuperación deben ser coherentes con las REP y que los Estados miembros deben abordar al menos un subconjunto significativo de estas dentro de sus planes nacionales de recuperación y resiliencia; hace hincapié en el éxito del MRR; recuerda que el éxito y la eficacia de los proyectos financiados se medirán por su impacto en la economía y el empleo, y pide una ejecución rápida, transparente y eficaz de los mismos; subraya, a este respecto, que el cumplimiento del Reglamento sobre el MRR y su correcta aplicación son cruciales para la credibilidad de este;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>11.</NO.P>Observa el papel que desempeña el MRR a la hora de abordar los retos mundiales derivados de la transición ecológica y la transformación digital de la economía; resalta que las reformas e inversiones en el marco de los planes de recuperación y resiliencia contribuyen a los objetivos climáticos del Reglamento sobre el MRR y respetan el principio de «no causar un perjuicio significativo»; pide a los Estados miembros que aprovechen al máximo esta oportunidad y utilicen el MRR para transformar sus economías y aumentar su competitividad; recuerda la importancia de verificar que los fondos lleguen a la economía real y a las pymes y subraya la relevancia de la rendición de cuentas y la transparencia para los organismos que reciben financiación de la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>12.</NO.P>Resalta la importancia de la inversión pública y privada en el contexto de la recuperación económica y en la gestión de la doble transición; recuerda que el MRR no sustituye la función concreta desempeñada por la inversión pública nacional; reitera la necesidad de garantizar la calidad, la transparencia y la rendición de cuentas en la inversión pública y en las estrategias nacionales para que estén en línea con los objetivos de la doble transición; destaca que estas estrategias nacionales para la doble transición deben complementar el MRR y otros instrumentos de inversión europeos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>13.</NO.P>Apoya optimizar los programas de la política de cohesión de la Unión en consonancia con las necesidades de inversión identificadas en el marco del MRR y en las REP; recuerda que la política de cohesión sirve a un conjunto más amplio de objetivos que el MRR y puede complementar las medidas acordadas en el marco de este; pide que la participación de las partes interesadas, entre ellas los interlocutores sociales, las organizaciones de la sociedad civil y el sector empresarial, se incorpore de manera comparable en la elaboración y aplicación de los planes nacionales de recuperación y resiliencia, al igual que en el caso de los programas de política de cohesión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>14.</NO.P>Subraya que la coordinación entre las autoridades pertinentes, incluidos los gobiernos nacionales y las autoridades regionales y locales, es esencial para gestionar el MRR y superar las barreras administrativas y la burocracia;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>15.</NO.P>Toma nota del acuerdo político provisional alcanzado entre los colegisladores el 10 de febrero de 2024 sobre la reforma del marco de gobernanza económica de la Unión, cuyo objetivo es garantizar la coordinación efectiva de las políticas económicas y la convergencia sostenida de los resultados económicos y sociales de los Estados miembros;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>16.</NO.P>Acoge con satisfacción las lecciones aprendidas de las opciones de diseño para la gobernanza del MRR; observa que la reforma del marco de gobernanza económica no proporciona mecanismos de incentivos financieros de la Unión para apoyar y promover las reformas e inversiones de las políticas nacionales; subraya que proporcionar el nivel necesario de inversión pública es crucial para alcanzar los principales objetivos de la reforma del marco de gobernanza económica y abordar las prioridades actuales y futuras de la Unión; le preocupa que algunos Estados miembros no tengan capacidad financiera para financiar por sí solos las transiciones ecológica y digital justas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>17.</NO.P>Hace hincapié en el papel del Parlamento Europeo en el marco de gobernanza económica de la Unión y aboga por una mayor participación del Parlamento Europeo en el Semestre Europeo, dentro del pleno respeto de las competencias establecidas en los Tratados; toma nota del diálogo entre la Comisión y los Estados miembros sobre sus planes fiscales y estructurales individuales; subraya la necesidad de que todos los Estados miembros reciban un trato equitativo; subraya que un aumento del poder discrecional de la Comisión en el proceso de desarrollo de los planes presupuestarios y estructurales a medio plazo debe ir de la mano de un mayor cumplimiento de las normas bajo el control del Consejo Fiscal Europeo, así como de una mayor rendición de cuentas y un aumento del flujo de información hacia el Parlamento Europeo; reconoce que incluir el diálogo económico dentro del Semestre Europeo sienta una base útil para la rendición de cuentas; considera que una rendición de cuentas adecuada requiere que el Parlamento Europeo disponga de instrumentos que le permitan que su evaluación de los resultados del Semestre Europeo tenga consecuencias, de conformidad con los Tratados;</P></ACTION><SEPARATION><P>°</P><P>°	°</P></SEPARATION><ACTION><P><NO.P>18.</NO.P>Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión.</P></ACTION></ACTLST></DISPOSITIF></TEXT></RESOL></TXTLST></SDOCTA>