<?xml version="1.0" encoding="UTF-8" standalone="no"?><SDOCTA xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" STATUS="DEF1" xsi:noNamespaceSchemaLocation="TA.xsd"><IDENT><STRING BOLD="on">P9_TA(2024)0173</STRING></IDENT><TI><STRING BOLD="on">Creación de una iniciativa europea para la designación anual de las capitales europeas para los niños</STRING></TI><HIDDEN><STRING HIDDEN="on" ITALIC="on">(B9-0174/2024)</STRING></HIDDEN><TXTLST><RESOL><TI><STRING BOLD="on">Resolución del Parlamento Europeo, de 14 de marzo de 2024, sobre la creación de una iniciativa europea para la designación anual de las capitales europeas para los niños (2024/2621(RSP))</STRING></TI><TEXT><PREAMBLE><PRINIT><STRING ITALIC="on">El Parlamento Europeo,</STRING></PRINIT><GRVISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos el artículo 3, apartado 3, del Tratado de la Unión Europea y el artículo 9 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el artículo 24 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Agenda de la Unión Europea en pro de los Derechos del Niño (COM(2011)0060),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Estrategia de la UE sobre los Derechos del Niño (COM(2021)0142),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Carta europea revisada sobre la participación de los jóvenes en la vida local y regional del Consejo de Europa,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Convención de Asamblea General de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el artículo 132, apartado 2, de su Reglamento interno,</P></VISA></GRVISA><GRCONS><CONS><P><NO.P>A.</NO.P>Considerando que los derechos del niño son derechos humanos; que todos los niños deben disfrutar de los mismos derechos y poder vivir sin discriminación ni intimidación de ningún tipo;</P></CONS><CONS><P><NO.P>B.</NO.P>Considerando que la protección y promoción de los derechos del niño es un objetivo fundamental de la Unión; que construir la mejor vida posible para los niños, tanto en la Unión como en todo el mundo, constituye una de las ambiciones de la Unión;</P></CONS><CONS><P><NO.P>C.</NO.P>Considerando que los niños juegan un papel crucial en nuestras sociedades; que su participación activa puede ayudar a configurar y construir ciudades adaptadas a la infancia que promuevan el pleno ejercicio de sus derechos a todos los niveles; que están a la vanguardia de la sensibilización sobre los retos medioambientales y el cambio climático, la transformación digital y la seguridad en internet, y la discriminación y la injusticia; que representan no solo la voz de los jóvenes de hoy, sino también la de los líderes del mañana;</P></CONS><CONS><P><NO.P>D.</NO.P>Considerando que los niños deben tener derecho al mejor inicio de vida posible y a desarrollar todo su potencial; que ello incluye el derecho a vivir en un planeta limpio y saludable dentro de un entorno protector y con atenciones, a disfrutar de una educación de calidad y a tener acceso a actividades recreativas, culturales y artísticas adaptadas a ellos;</P></CONS><CONS><P><NO.P>E.</NO.P>Considerando que el acceso a la educación es un derecho humano fundamental; que la educación formal, no formal e informal es la base de la igualdad de oportunidades y de la promoción individual del talento y el potencial;</P></CONS><CONS><P><NO.P>F.</NO.P>Considerando que la Unión y sus Estados miembros deben aunar fuerzas para asumir su responsabilidad compartida de respetar y proteger los derechos de todos los niños y construir, junto con ellos, sociedades más inclusivas, sanas y justas;</P></CONS><CONS><P><NO.P>G.</NO.P>Considerando que todos los niños tienen derecho a la protección frente a la pobreza y la exclusión social; que la Garantía Infantil Europea es un instrumento de la Unión cuyo objetivo es prevenir y combatir la pobreza y la exclusión social garantizando el acceso gratuito y efectivo de los niños necesitados a servicios de cuidados esenciales, como educación y atención para la primera infancia, actividades educativas y escolares, asistencia sanitaria y al menos una comida saludable por jornada escolar, así como el acceso efectivo de todos los niños necesitados a una alimentación sana y una vivienda adecuada;</P></CONS><CONS><P><NO.P>H.</NO.P>Considerando que todas las familias y comunidades deben también contar con el apoyo necesario para poder garantizar el bienestar y el desarrollo de sus hijos;</P></CONS><CONS><P><NO.P>I.</NO.P>Considerando que, para alcanzar estos objetivos, los niños deben tener la oportunidad de reunirse periódicamente y conocerse y desarrollar una mejor comprensión mutua, participando así en la configuración del futuro del proyecto europeo;</P></CONS><CONS><P><NO.P>J.</NO.P>Considerando que en 2009 se creó la Capital Europea de la Juventud; que una adecuada financiación de la Unión podría garantizar la plena realización de su potencial; que las capitales europeas para los niños deben complementar e ir de la mano de la Capital Europea de la Juventud;</P></CONS><CONS><P><NO.P>K.</NO.P>Considerando que se necesitan más estudios y evaluaciones para desarrollar esta iniciativa; que las aportaciones de las autoridades locales y de las organizaciones no gubernamentales que trabajan en favor de los derechos del niño son fundamentales para su conformación;</P></CONS></GRCONS></PREAMBLE><DISPOSITIF><ACTLST><ACTION><P><NO.P>1.</NO.P>Pide a la Comisión que estudie la posibilidad de crear una iniciativa europea para designar anualmente capitales europeas para los niños en colaboración con las autoridades locales y las organizaciones de la sociedad civil lideradas por niños o que trabajan con ellos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>2.</NO.P>Subraya que las capitales europeas para los niños deben aportar elementos de prueba para apoyar unas políticas infantiles responsables, con la participación de los niños y dando prioridad a sus perspectivas, en particular en materia de igualdad de oportunidades, crecimiento saludable y acceso a una educación de calidad, entornos limpios y desarrollo urbano;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>3.</NO.P>Subraya que las capitales europeas para los niños deben encargarse de acercar unos a otros a los niños de los Estados miembros, ayudándoles a comprenderse mejor;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>4.</NO.P>Considera que fomentar una mejor comprensión entre las personas y las diferentes culturas desde una edad temprana contribuye a romper los prejuicios y estereotipos y a promover el diálogo intercultural, que es fundamental para la Unión y para sus valores y objetivos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>5.</NO.P>Destaca que las capitales europeas para los niños podrían ser codirigidas con los propios niños, a través de organizaciones y clubes infantiles; subraya que esta iniciativa podría promover los derechos de los niños, incluidos los mecanismos activos de participación infantil y la educación para la ciudadanía europea, ya que el fomento de este proceso desde una edad temprana facilita el desarrollo de jóvenes y adultos formados que comprenden los valores, los objetivos, la historia y la identidad de la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>6.</NO.P>Destaca que las capitales europeas para los niños deben promover la inclusión social, la accesibilidad y la igualdad de oportunidades para los niños y hacer el máximo esfuerzo por garantizar la participación más amplia posible de todos los integrantes de la sociedad civil en la elaboración y aplicación de la iniciativa, prestando especial atención a los niños con menos oportunidades y a los colectivos más vulnerables;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>7.</NO.P>Considera que las capitales europeas para los niños podrían contribuir a la lucha contra la pobreza infantil, a un examen exhaustivo de las condiciones de vida de los niños y a la aplicación efectiva de la Garantía Infantil Europea por parte de los Estados miembros, haciendo pleno uso de los recursos disponibles a escala nacional y de la Unión; entiende que ello podría lograrse mediante el intercambio de mejores prácticas entre la sociedad civil, en particular las organizaciones de niños, los progenitores, las ciudades, los gobiernos locales y los Estados miembros, y con la participación de todas las partes interesadas pertinentes; reitera su petición en favor de un aumento urgente de la financiación de la Garantía Infantil Europea con un presupuesto específico de al menos 20 000 000 000 EUR;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>8.</NO.P>Subraya que las capitales europeas para los niños deben servir de oportunidad para organizar eventos educativos, culturales y deportivos relacionados con la Unión, que podrían facilitarse mediante talleres sobre temas relacionados con la vida cotidiana, la lucha contra la discriminación, el abuso sexual de menores, la pobreza, la exclusión social, la igualdad de género, el mundo digital, la protección del clima, la movilidad, el desarrollo urbano, la democracia, la historia y la libertad de religión y creencias;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>9.</NO.P>Recuerda la importancia de tener en cuenta el interés superior de los niños en la transformación digital y en todas las acciones y decisiones digitales que les conciernan, en particular en lo relativo a su salud física y mental y a su seguridad y bienestar, promoviendo al mismo tiempo la educación digital y mejorando la alfabetización digital;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>10.</NO.P>Destaca que el establecimiento de dicha designación anual, con niños en primera línea y facultados para participar activamente en los debates como socios y futuros responsables de decisiones, ayudará a los niños a convertirse en adultos de mentalidad abierta;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>11.</NO.P>Subraya que las capitales europeas para los niños ayudarán a conectar los mecanismos de participación infantil existentes a escala local, nacional y de la Unión, incluida la Plataforma de Participación Infantil de la Unión<FOOTNOTE><FIELD> https://eu-for-children.europa.eu/ — Esta plataforma de la UE se creó en consonancia con la Estrategia de la UE sobre los Derechos del Niño.</FIELD></FOOTNOTE> y la Capital Europea de la Juventud, e implicarán a los niños en los procesos de toma de decisiones;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>12.</NO.P>Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y al vicepresidente de la Comisión / alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad.</P></ACTION></ACTLST></DISPOSITIF></TEXT></RESOL></TXTLST></SDOCTA>