<?xml version="1.0" encoding="UTF-8" standalone="no"?><SDOCTA xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" STATUS="DEF1" xsi:noNamespaceSchemaLocation="TA.xsd"><IDENT><STRING BOLD="on">P9_TA(2024)0234</STRING></IDENT><TI><STRING BOLD="on">Aprobación de la gestión 2022: presupuesto general de la UE – Defensor del Pueblo Europeo</STRING></TI><HIDDEN><STRING HIDDEN="on" ITALIC="on">(A9-0084/2024 - Ponente: Luke Ming Flanagan)</STRING></HIDDEN><TXTLST><DECISION><TI><NR>1.</NR> <STRING BOLD="on">Decisión del Parlamento Europeo, de 11 de abril de 2024, sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2022, sección VIII – Defensor del Pueblo Europeo (2023/2137(DEC))</STRING></TI><TEXT><PREAMBLE><PRINIT><STRING ITALIC="on">El Parlamento Europeo,</STRING></PRINIT><GRVISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2022<FOOTNOTE><FIELD> DO L 45 de 24.2.2022.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistas las cuentas anuales consolidadas de la Unión Europea relativas al ejercicio 2022 (COM(2023)0391 – C9‑0256/2023)<FOOTNOTE><FIELD> DO C, C/2023/2, de 12.10.2023.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos el informe anual de actividades del Defensor del Pueblo Europeo para el ejercicio 2022 y su informe sobre la gestión presupuestaria y financiera correspondiente al ejercicio 2022,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Informe Anual del Tribunal de Cuentas sobre la ejecución presupuestaria relativo al ejercicio 2022, acompañado de las respuestas de las instituciones<FOOTNOTE><FIELD> DO C, C/2023/103, 4.10.2023.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la declaración sobre la fiabilidad de las cuentas y la regularidad y legalidad de las operaciones correspondientes<FOOTNOTE><FIELD> DO C, C/2023/112, 12.10.2023.</FIELD></FOOTNOTE>, presentada por el Tribunal de Cuentas para el ejercicio 2022, de conformidad con el artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos el artículo 314, apartado 10, y los artículos 317, 318 y 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1296/2013, (UE) n.º 1301/2013, (UE) n.º 1303/2013, (UE) n.º 1304/2013, (UE) n.º 1309/2013, (UE) n.º 1316/2013, (UE) n.º 223/2014 y (UE) n.º 283/2014 y la Decisión n.º 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012<FOOTNOTE><FIELD> DO L 193 de 30.7.2018, p. 1.</FIELD></FOOTNOTE>, y en particular sus artículos 59, 118, 260, 261 y 262,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos el artículo 100 y el anexo V de su Reglamento interno,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A9-0084/2024),</P></VISA></GRVISA></PREAMBLE><DISPOSITIF> <ACTLST><ACTION><P><NO.P>1.</NO.P>Concede a la defensora del Pueblo Europeo la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto del Defensor del Pueblo Europeo para el ejercicio 2022;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>2.</NO.P>Presenta sus observaciones en la Resolución que figura a continuación;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>3.</NO.P>Encarga a su presidenta que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de ella al Defensor del Pueblo Europeo, al Consejo Europeo, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, así como al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, al Supervisor Europeo de Protección de Datos y al Servicio Europeo de Acción Exterior, y que disponga su publicación en el <STRING ITALIC="on">Diario Oficial de la Unión Europea</STRING> (serie L).</P></ACTION></ACTLST></DISPOSITIF></TEXT></DECISION></TXTLST><TXTLST><RESOL><TI><NR>2.</NR> <STRING BOLD="on">Resolución del Parlamento Europeo, de 11 de abril de 2024, que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2022, sección VIII – Defensor del Pueblo Europeo (2023/2137(DEC))</STRING></TI><TEXT><PREAMBLE><PRINIT><STRING ITALIC="on">El Parlamento Europeo,</STRING></PRINIT><GRVISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista su Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2022, sección VIII – Defensor del Pueblo Europeo,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos el artículo 100 y el anexo V de su Reglamento interno,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A9-0084/2024),</P></VISA></GRVISA><GRCONS><CONS><P><NO.P>A.</NO.P>Considerando que, en el contexto del procedimiento de aprobación de la gestión, la autoridad de aprobación de la gestión desea hacer hincapié en la especial importancia que reviste reforzar aún más la legitimidad democrática de las instituciones de la Unión mejorando la transparencia y la rendición de cuentas y aplicando el concepto de presupuestación basada en el rendimiento y la buena gobernanza de los recursos humanos;</P></CONS><CONS><P><NO.P>B.</NO.P>Considerando que el artículo 228 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea prevé la elección de un Defensor del Pueblo Europeo por el Parlamento Europeo, que estará facultado para recibir las reclamaciones de cualquier ciudadano de la Unión o de cualquier persona física o jurídica que resida o tenga su domicilio social en un Estado miembro, relativas a casos de mala administración en la acción de las instituciones, órganos u organismos de la Unión, con exclusión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales, y que instruirá estas reclamaciones e informará al respecto;</P></CONS><CONS><P><NO.P>C.</NO.P>Considerando que el Reglamento (UE, Euratom) 2021/1163 del Parlamento Europeo de 24 de junio de 2021<FOOTNOTE><FIELD> DO L 253 de 16.7.2021, p. 1.</FIELD></FOOTNOTE> fija el estatuto y las condiciones generales de ejercicio de las funciones del Defensor del Pueblo Europeo (en los sucesivo, «Estatuto del Defensor del Pueblo Europeo»);</P></CONS><CONS><P><NO.P>D.</NO.P>Considerando que la Decisión del Defensor del Pueblo Europeo por la que se adoptan disposiciones de aplicación se encuentra actualmente en proceso de revisión tras la adopción del Reglamento (UE, Euratom) 2021/1163;</P></CONS></GRCONS></PREAMBLE><DISPOSITIF> <ACTLST><ACTION><P><NO.P>1.</NO.P>Observa que el presupuesto del Defensor del Pueblo Europeo (en lo sucesivo, «Defensor del Pueblo») se incluye en la rúbrica 7 del marco financiero plurianual, «Administración pública europea», que ascendió a un total de 11 600 millones EUR, esto es, el 5,9 % del gasto del presupuesto de la Unión, en 2022; observa que el presupuesto del Defensor del Pueblo representó el 0,1 % de los créditos de la rúbrica 7 del MFP;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>2.</NO.P>Señala que el Tribunal de Cuentas Europeo (en lo sucesivo, «Tribunal»), en su informe anual relativo al ejercicio 2022, examinó una muestra de sesenta operaciones dentro de la rúbrica «Administración pública europea», el mismo número de operaciones que en 2021; observa, además, que el Tribunal indica que los gastos administrativos comprenden los gastos correspondientes a recursos humanos, incluidas las pensiones, que en 2022 representaron aproximadamente el 70 % del total de los gastos administrativos, así como a inmuebles, equipos, energía, comunicaciones y tecnología de la información, y que su trabajo realizado durante muchos años indica que, en general, este gasto es de bajo riesgo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>3.</NO.P>Observa que el Tribunal, como parte de su auditoría de 2022, examinó los sistemas de control y supervisión del Defensor del Pueblo Europeo, y en particular la aplicación de las normas de control interno, la gestión de riesgos y el funcionamiento de los controles clave definidos en el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 (en los sucesivo, «Reglamento Financiero»), incluidos los controles previos y a posteriori de los pagos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>4.</NO.P>Observa que en catorce de las sesenta operaciones (el 23 %) se detectaron errores, pero que, a partir de los cinco errores cuantificados, el Tribunal estima que el nivel de error es inferior al umbral de materialidad;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>5.</NO.P>Observa con satisfacción que el Tribunal también afirma en su informe anual relativo al ejercicio 2022 que no detectó ningún problema específico relacionado con el Defensor del Pueblo;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Gestión presupuestaria y financiera</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>6.</NO.P>Observa que el presupuesto del Defensor del Pueblo ascendió a 12 222 108 EUR en 2022, lo que representa una disminución de 280 000 EUR en comparación con 2021; entiende que esta disminución es el resultado de una racionalización del presupuesto basada en las necesidades reales;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>7.</NO.P>Observa que el porcentaje de ejecución presupuestaria fue del 96,97 % en 2022, lo que es superior al del ejercicio anterior, cuando el porcentaje de ejecución fue del 88,8 % debido a las restricciones relacionadas con la pandemia de COVID-19;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>8.</NO.P>Toma nota de que, a lo largo de 2022, el Defensor del Pueblo Europeo realizó seis transferencias presupuestarias en virtud del artículo 29 del Reglamento Financiero, que representaron un total de 344 460 EUR, esto es, el 2,8 % de los créditos de ese ejercicio; observa, además, que la nomenclatura presupuestaria de la partida «2000» se dividió en cuatro subcategorías con el fin de aumentar la transparencia de la información necesaria para los inmuebles del Defensor del Pueblo en ambos lugares de trabajo; reconoce que los créditos transferidos de la partida presupuestaria relativa a los alquileres no se utilizaron porque el Defensor del Pueblo pagó todos los costes soportados por las obras de acondicionamiento del nuevo edificio del Defensor del Pueblo con el presupuesto de 2021 en lugar de repartirlos a lo largo de seis años;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>9.</NO.P>Valora positivamente que, a pesar de aumentar el plazo de pago de 11,35 a 13 días de 2021 a 2022, el plazo medio para los pagos sigue siendo relativamente corto; considera que la aplicación de un sistema de facturación electrónica a partir de 2023 solo puede mejorar la eficiencia del proceso de pago;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>10.</NO.P>Observa que el Defensor del Pueblo no señaló ninguna incidencia de la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania en su presupuesto de 2022 para misiones, contratación pública o inmuebles; recomienda que el Defensor del Pueblo tenga en cuenta que la próxima revisión anual de los alquileres y de los gastos inmobiliarios a tanto alzado por parte del Parlamento podría conllevar costes adicionales en su presupuesto para 2023;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>11.</NO.P>Observa que el presupuesto para misiones del personal descendió de 135 000 EUR en 2021 a 120 000 EUR en 2022 como consecuencia de los ahorros derivados de las lecciones aprendidas de la pandemia de COVID-19 y del amplio uso de instalaciones de videoconferencia para reuniones internas y externas en ambos lugares de trabajo;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Gestión interna, rendimiento y control interno</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>12.</NO.P>Toma nota de que, a lo largo de 2022, el Defensor del Pueblo siguió aplicando medidas específicas en consonancia con los objetivos y prioridades de la estrategia quinquenal del Defensor del Pueblo titulada «De cara a 2024», tal como se establece en su plan de gestión anual; destaca, en particular, que el Defensor del Pueblo presentó con éxito el proyecto de disposiciones para aplicar el nuevo Estatuto por el que se rigen las funciones del Defensor del Pueblo a la Comisión, al Consejo y al Parlamento para su consulta de conformidad con el plan de gestión anual de 2022;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>13.</NO.P>Destaca que en 2022, a la vista de la ausencia flagrante de información pública, la defensora del Pueblo preguntó por adelantado a la Comisión Europa cómo piensa garantizar la transparencia en las negociaciones de los planes nacionales de recuperación, cómo piensa garantizar el control público de los hitos alcanzados por los Estados miembros y cómo piensa supervisar las auditorías<FOOTNOTE><FIELD> https://www.ombudsman.europa.eu/es/news-document/es/152993.</FIELD></FOOTNOTE>;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>14.</NO.P>Observa que el Defensor del Pueblo recibió 2 223 reclamaciones en 2022, frente a las 2 192 de 2021, de las cuales el 35 % entraban en su ámbito de competencias; observa, además, que el Defensor del Pueblo inició 348 investigaciones, incluidas 60 de importancia pública, y cerró 330 investigaciones en 2022, frente a las 338 iniciadas y 305 cerradas en 2021;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>15.</NO.P>Observa con gran preocupación que el Defensor del Pueblo recibe numerosas reclamaciones de ciudadanos sobre demoras extremas en el acceso a los documentos solicitados; comparte la opinión de la defensora del Pueblo de que el acceso demorado constituye, en la práctica, un acceso denegado, y de que los procesos administrativos deben optimizarse para garantizar que los ciudadanos obtengan el acceso a los documentos de manera oportuna<FOOTNOTE><FIELD> https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/TA-9-2023-0295_ES.html.</FIELD></FOOTNOTE>;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>16.</NO.P>Acoge con satisfacción el desarrollo de un proceso simplificado para abordar las investigaciones sobre la «falta de respuesta»; acoge con satisfacción, asimismo, la puesta en marcha de un procedimiento simplificado para la tramitación de las reclamaciones «fuera del ámbito de competencias», reduciendo así el plazo de tramitación de dichas solicitudes de quince a tres días; expresa su preocupación, no obstante, por el hecho de que el tiempo medio para tramitar una reclamación en el marco del ámbito de competencias haya aumentado de 61 a 91 días y el tiempo medio para realizar una investigación haya pasado de 112 a 166 días entre 2021 y 2022;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>17.</NO.P>Observa que la ética y la transparencia han continuado siendo ámbitos importantes de trabajo para el Defensor del Pueblo en 2022, que siguió contribuyendo a que se logren avances en ese terreno, pero que también se enfrentó a retos, y que el número de reclamaciones relacionadas con la transparencia y la rendición de cuentas representó el 32 % de todos los casos en 2022;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>18.</NO.P>Observa que el acceso público a los documentos ha seguido siendo una prioridad fundamental para el Defensor del Pueblo en 2022, que recibió 121 reclamaciones, el mayor número registrado en el plazo de un año, y que las investigaciones dieron lugar a noventa reclamaciones; acoge con satisfacción la rápida tramitación de los casos en el ámbito del acceso público a los documentos, con una media de 46 días laborables hasta el cierre de la reclamación y de 67 días laborables únicamente en el caso de las investigaciones; entiende que, a pesar del aumento del número de casos, el porcentaje de investigaciones por vía rápida representó solo el 28 % de todas las investigaciones relativas al acceso público a documentos, frente al 58 % en 2021; acoge con satisfacción los resultados de investigaciones importantes de la Comisión y otras agencias de la Unión, como Frontex, y de instituciones y organismos, como el BEI, relativas a su gestión administrativa de las solicitudes de acceso público a los documentos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>19.</NO.P>Recuerda que, según la defensora del Pueblo Europeo, las restricciones sobre el acceso a los documentos, en especial a los documentos legislativos, deben ser excepcionales y estar limitadas a lo absolutamente necesario; recuerda asimismo que toda decisión de denegar el acceso público a los documentos debe basarse en excepciones jurídicas clara y estrictamente definidas, acompañadas de exposiciones de motivos específicas que permitan a los ciudadanos comprender las razones de la denegación de acceso y hacer un uso efectivo de las vías de recurso a su disposición; considera que un enfoque más proactivo ayudaría a garantizar una transparencia eficaz y a evitar litigios jurídicos costosos y gravosos entre los ciudadanos y las instituciones<FOOTNOTE><FIELD> https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/TA-9-2023-0295_ES.html.</FIELD></FOOTNOTE>;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Recursos humanos, igualdad y bienestar del personal</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>20.</NO.P>Observa que la composición del personal en términos de categorías y perfiles profesionales se ha mantenido estable en los últimos años y que el Defensor del Pueblo contaba con un total de 74 miembros del personal a finales de 2022, el mismo número que en 2021; observa, además, que, en 2022, el Defensor del Pueblo empleó a 39 funcionarios (frente a 37 y 38 en 2020 y 2021, respectivamente), 28 agentes temporales (frente a 28 y 30 en 2020 y 2021, respectivamente) y 7 agentes contractuales (frente a 8 y 6 en 2020 y 2021, respectivamente); observa que, en 2022, alrededor del 40 % del personal se ocupó de las tareas administrativas (recursos humanos, finanzas, gestión de procesos), mientras que una proporción equivalente del personal, es decir, otro 40 %, se encargó de tramitar las reclamaciones e investigaciones;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>21.</NO.P>Lamenta que el puesto de secretario general lleve vacante desde el 1 de septiembre de 2022;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>22.</NO.P>Observa que, en 2022, el Defensor del Pueblo publicó una convocatoria de manifestaciones de interés con el objetivo de crear una reserva de candidatos, con el fin de contratar agentes temporales con mayor rapidez; está interesado en hacer un seguimiento de las mejoras de eficiencia que aporta este procedimiento;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>23.</NO.P>Toma nota de que el Defensor del Pueblo ha conseguido contar con dieciocho nacionalidades representadas en su personal, gracias a una comunicación proactiva y a un acercamiento a públicos más diversos, en particular por medio de los canales de las redes sociales; insta al Defensor del Pueblo a que prosiga sus esfuerzos para lograr una distribución geográfica equilibrada de nacionales de todos los Estados miembros en el seno de su personal;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>24.</NO.P>Observa que, en términos de equilibrio de género, el Defensor del Pueblo emplea a más mujeres que hombres en todas las categorías de personal, en particular en los puestos directivos, con una representación global del 67 % de mujeres y el 33 % de hombres, frente al 68 % de mujeres y el 32 % de hombres en 2021; pide a la institución que prosiga sus esfuerzos para lograr una representación del personal equilibrada desde el punto de vista del género;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>25.</NO.P>Observa que, en 2022, el Defensor del Pueblo puso en marcha su nueva política sobre el tiempo de trabajo y el trabajo híbrido, adoptada en octubre de 2021, que incluye disposiciones relativas, por ejemplo, al teletrabajo, también desde el extranjero, al suministro de equipos ergonómicos para trabajar desde casa, al trabajo a tiempo parcial, al permiso parental, al horario flexible y al derecho a la desconexión, y celebra que se aplique a todas las categorías de personal; acoge con satisfacción el resultado general de una encuesta al personal realizada en 2023 que muestra una tasa de satisfacción general del 97 % del personal con respecto a las modalidades de trabajo híbridas y flexibles;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>26.</NO.P>Reconoce que los directores tienen una buena visión de conjunto de la carga de trabajo del personal, que supervisan la distribución del trabajo de manera regular, y que cuando procede introducen los ajustes necesarios; observa que el servicio médico del Parlamento Europeo, que gestiona los asuntos de salud relacionados con el personal del Defensor del Pueblo, no advirtió a la institución respecto a enfermedades de larga duración derivadas del agotamiento profesional;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>27.</NO.P>Valora que en 2022 no se denunciara ningún caso de acoso; anima al Defensor del Pueblo a que prosiga sus esfuerzos para garantizar un entorno de trabajo libre de acoso sexual y psicológico, en particular mediante la sensibilización y la formación; observa con satisfacción que una encuesta realizada en el contexto de una auditoría interna sobre el marco ético ha puesto de manifiesto que, a principios de 2023, el 90 % del personal conocía la política y las directrices en materia de acoso;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>28.</NO.P>Celebra que el Defensor del Pueblo recibiera a dieciocho becarios remunerados en 2022, frente a dieciséis en 2021, que disfrutan de un paquete de remuneración y de las mismas modalidades de trabajo que el resto del personal; anima al Defensor del Pueblo a que ponga en marcha, según lo previsto para 2023, un programa de prácticas destinado a los jóvenes con discapacidad;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Marco ético y transparencia</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>29.</NO.P>Acoge con satisfacción los continuos esfuerzos por reforzar el marco ético de la institución y sensibilizar al respecto; observa que el Defensor del Pueblo organizó, a este respecto, una presentación de su política en materia de actividades exteriores, una formación sobre acoso y una sesión a la hora del almuerzo sobre conflictos de intereses para todo el personal; observa, además, que los formularios para las declaraciones de conflictos de intereses, las actividades externas, las publicaciones y el ejercicio de una actividad profesional tras la salida de la función pública de la Unión se revisaron para garantizar una aplicación coherente del Estatuto de los funcionarios y las normas internas; acoge con satisfacción la auditoría interna sobre el marco ético del Defensor del Pueblo que se puso en marcha en 2022 y cuyos resultados se tendrán en cuenta para seguir mejorando las prácticas en este ámbito;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>30.</NO.P>Toma nota de que la estrategia de lucha contra el fraude del Defensor del Pueblo se basa en gran medida en el marco ético vigente y en el principio de separación de funciones para las funciones financieras; observa con satisfacción que no se notificaron casos de conflicto de intereses ni de denuncia de irregularidades en 2022;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>31.</NO.P>Lamenta que el Defensor del Pueblo no se adhiriera formalmente al Registro de transparencia de la Unión establecido por el Acuerdo Interinstitucional, de 20 de mayo de 2021, entre el Parlamento Europeo, el Consejo de la Unión Europea y la Comisión Europea sobre un Registro de transparencia obligatorio, si bien ha adaptado sus prácticas a los principios del Registro de transparencia, comprobando que los oradores o interlocutores en actos o reuniones organizados por el Defensor del Pueblo están registrados en él; acoge con satisfacción el alto grado de transparencia alcanzado por el Defensor del Pueblo mediante la publicación en su sitio web de información sobre investigaciones, misiones, reuniones y actos en los que participa el Defensor del Pueblo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>32.</NO.P>Pide al Defensor del Pueblo que informe periódicamente a la Autoridad Presupuestaria acerca de las dificultades encontradas en su trabajo sobre la transparencia y la rendición de cuentas del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>33.</NO.P>Celebra que la institución publicara en 2022 una guía para el público sobre el derecho de acceso público a los documentos, con información sobre la mejor manera de ejercer este derecho;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Digitalización, ciberseguridad y protección de datos</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>34.</NO.P>Felicita al Defensor del Pueblo por promover activamente la digitalización para reducir el uso del papel y facilitar el intercambio y el almacenamiento de documentos; observa que el gasto informático en 2022 disminuyó un 48 % en comparación con 2021, ya que no se necesitó ninguna inversión específica para mejorar la digitalización; acoge con satisfacción el uso generalizado de la videoconferencia y la retransmisión por internet, que han reducido la necesidad de viajar;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>35.</NO.P>Toma nota de que, en términos de informática, el Defensor del Pueblo utiliza las infraestructuras y el marco de ciberseguridad del Parlamento y coopera estrechamente con la Comisión en lo que respecta a la integración y el mantenimiento de las herramientas institucionales de la Unión (Sysper, ABAC, MiPS y ARES) y el uso de contratos marco de informática; observa que, dado que su nivel de control sobre los datos es limitado, el Defensor del Pueblo celebró acuerdos de nivel de servicio con las instituciones en cuestión para garantizar que el tratamiento de los datos personales se ajustara al marco jurídico aplicable; observa con satisfacción que el Defensor del Pueblo no se enfrentó a ningún ciberataque en 2022;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>36.</NO.P>Anima al Defensor del Pueblo a colaborar estrechamente con la ENISA (Agencia de la Unión Europea para la Ciberseguridad); sugiere que ofrezca programas de formación sobre ciberseguridad actualizados periódicamente a todo el personal del Defensor del Pueblo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>37.</NO.P>Observa con satisfacción que, en 2022, el Defensor del Pueblo completó cuatro de las acciones del plan de acción de cinco puntos adoptado a raíz del Informe de auditoría interna n.º 21/03 sobre la revisión del marco de protección de datos de la institución, con el fin de seguir mejorando la eficiencia y la eficacia del tratamiento de datos personales por parte de la institución;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>38.</NO.P>Toma nota de que, en 2022, el Supervisor Europeo de Protección de Datos (en lo sucesivo, «SEPD») facilitó información sobre una reclamación de un ciudadano que alegaba que la información sobre protección de datos facilitada por el Defensor del Pueblo en su acuse de recibo estándar era insuficiente; observa con satisfacción que el SEPD cerró el caso sin medidas adicionales después de que el Defensor del Pueblo introdujera los cambios propuestos en su modelo de acuse de recibo estándar;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>39.</NO.P>Se congratula de que actualmente se esté implantando, en colaboración con la Comisión Europea (DG DIGIT), un sistema de facturación electrónica; pide al Defensor del Pueblo que comunique un calendario detallado para la plena implantación de este sistema;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>40.</NO.P>Felicita a la Defensora del Pueblo por utilizar exclusivamente software de código abierto en su sitio web y por priorizar el uso de herramientas de código abierto para fines internos en la medida de lo posible;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Inmuebles</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>41.</NO.P>Toma nota de que, tras el traslado de la Oficina del Defensor del Pueblo en Bruselas a nuevas instalaciones proporcionadas por el Parlamento en 2021, el inmueble se organizó como un espacio de trabajo colaborativo con muy pocas oficinas individuales e instalaciones flexibles para reuniones colaborativas; toma nota con satisfacción de que el Defensor del Pueblo no practica la política de escritorios flexibles y de que todos los miembros del personal tienen su propia mesa con un amplio almacenamiento; expresa su preocupación por que el Defensor del Pueblo no haya organizado ninguna encuesta al personal antes del traslado al espacio colaborativo en la oficina de Bruselas; observa que una encuesta general del personal realizada en 2023 puso de manifiesto que la mayoría del personal respondió positivamente a la nueva disposición física; valora asimismo que se haya mantenido informado al personal sobre algunas decisiones relativas al acondicionamiento del espacio de trabajo, como el esquema cromático, antes del traslado;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>42.</NO.P>Observa que el Defensor del Pueblo devolvió el 20,5 % de la superficie alquilada por el Parlamento en Estrasburgo a petición de este último y que su alquiler se redujo posteriormente;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>43.</NO.P>Recuerda que el Defensor del Pueblo no posee sus propios inmuebles, sino que alquila un edificio en Bruselas y un espacio de oficinas en Estrasburgo; observa con satisfacción que el edificio Havel en Estrasburgo es plenamente accesible para las personas con movilidad reducida u otras discapacidades y lamenta profundamente que sea necesario mejorar la accesibilidad al edificio alquilado en Bruselas; pide al Parlamento que mejore la accesibilidad al edificio alquilado al Defensor del Pueblo en Bruselas;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Medio ambiente y sostenibilidad</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>44.</NO.P>Acoge con satisfacción que, a lo largo de los años, el Defensor del Pueblo haya reducido su huella ambiental, en particular mediante la digitalización de sus procesos y publicaciones, como el informe anual, la eliminación de impresoras individuales y la adopción de medidas para aumentar la sostenibilidad de los eventos; observa que, en lo que respecta a la huella ambiental de sus edificios, el Defensor del Pueblo utiliza las medidas adoptadas por el Parlamento en su calidad de propietario de los edificios; toma nota de que el Defensor del Pueblo ha presentado una solicitud al Parlamento para instalar paneles solares en el tejado de los edificios, como se sugirió en el marco de la aprobación de la gestión de 2021;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>45.</NO.P>Observa que el Defensor del Pueblo siguió fomentando la movilidad sostenible en 2022, en particular proporcionando apoyo financiero para las suscripciones anuales de transporte público, limitando las plazas de aparcamiento disponibles para automóviles y mejorando las instalaciones y el aparcamiento para ciclistas;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Cooperación interinstitucional</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>46.</NO.P>Acoge con satisfacción el ahorro económico y administrativo logrado gracias a la cooperación interinstitucional, en particular la amplia variedad de acuerdos de nivel de servicio celebrados con el Parlamento y la Comisión y la participación en procedimientos interinstitucionales de contratación pública; toma nota de que, en 2022, el Defensor del Pueblo desarrolló nuevas sinergias con otras instituciones y firmó acuerdos sobre la prestación de servicios para el uso de los certificados de firma cualificada a distancia por parte de la Comisión y la prestación de servicios por parte de la Unidad de «Front Office» para el Personal y el Sector de «Info Desk» del Parlamento;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>47.</NO.P>Reconoce la importancia de mantener un elevado nivel de intercambios y coordinación con la Red Europea de Defensores del Pueblo (ENO); acoge con satisfacción la organización de la conferencia anual de la ENO y del seminario web temático como importantes foros de debate sobre cuestiones de actualidad que repercutieron en el trabajo de los defensores del pueblo de toda Europa en 2022;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>48.</NO.P>Acoge con satisfacción la cooperación del Defensor del Pueblo con la Fiscalía Europea, el TCE y la OLAF para evitar la duplicación de investigaciones y debatir temas de interés mutuo, como la mejora del marco de supervisión de la Unión; acoge con satisfacción asimismo los canales de cooperación establecidos con el SEPD para garantizar una rápida consulta cruzada en el trabajo cotidiano de ambas instituciones y el memorando de entendimiento que delimita las competencias respectivas de cada institución con el fin de evitar la duplicación de procedimientos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>49.</NO.P>Acoge con satisfacción que el Defensor del Pueblo mantenga una estrecha cooperación con las comisiones pertinentes del Parlamento Europeo en investigaciones importantes, ya sea presentando el trabajo directamente en las reuniones de las comisiones o enviando información a los presidentes de estas; destaca que las iniciativas estratégicas y las investigaciones llevadas a cabo por el Defensor del Pueblo son fundamentales para mejorar la transparencia y la rendición de cuentas de la administración de la Unión;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Comunicación</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>50.</NO.P>Observa que el presupuesto global para actividades de comunicación y promoción pasó de 92 100 EUR a 132 400 EUR, esto es, aumentó un 43,8 %, entre 2021 y 2022; felicita al Defensor del Pueblo por el desarrollo de una estrategia de comunicación global que ha contribuido a aumentar el acercamiento a públicos especializados y al público en general; observa que los medios de comunicación europeos publicaron un 60 % más de artículos de prensa sobre el Defensor del Pueblo en comparación con 2021;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>51.</NO.P>Acoge con satisfacción los esfuerzos del Defensor del Pueblo por sensibilizar a los ciudadanos sobre su función y la posibilidad de recurrir a este en caso de mala administración por parte de una institución de la Unión; reconoce los esfuerzos realizados para proporcionar información transparente y publicar datos en un formato informativo y de fácil uso en el sitio web del Defensor del Pueblo, aunque estos datos no estén disponibles en formato abierto; acoge con satisfacción la adopción de un nuevo logotipo e identidad visual para aumentar la visibilidad de la labor del Defensor del Pueblo y hacerlo reconocible como órgano de la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>52.</NO.P>Valora positivamente el uso, por parte de la institución, de una herramienta automatizada para la traducción de asuntos en el sitio web y así garantizar la adecuada y puntual traducción de todos los asuntos a todas las lenguas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>53.</NO.P>Toma nota de que el Defensor del Pueblo dispone de cuentas en las redes sociales en Instagram, LinkedIn, X (anteriormente, Twitter), en las que el crecimiento de los seguidores y las tasas de participación fueron más elevadas en 2022 que en años anteriores; acoge con satisfacción la participación del Defensor del Pueblo en un proyecto piloto dirigido por el SEPD destinado a reunir a las instituciones de la Unión en EU-Voice y EU-Video, que son dos redes sociales libres y de código abierto, que utilizan el software Mastodon y permiten a las instituciones de la Unión interactuar con el público compartiendo textos, imágenes, vídeos y pódcast.</P></ACTION></ACTLST></DISPOSITIF></TEXT></RESOL></TXTLST></SDOCTA>