<?xml version="1.0" encoding="UTF-8" standalone="no"?><SDOCTA xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" STATUS="DEF1" xsi:noNamespaceSchemaLocation="TA.xsd"><IDENT><STRING BOLD="on">P9_TA(2024)0240</STRING></IDENT><TI><STRING BOLD="on">Aprobación de la gestión 2022: Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea</STRING></TI><HIDDEN><STRING HIDDEN="on" ITALIC="on">(A9-0112/2024 - Ponente: Petri Sarvamaa)</STRING></HIDDEN><TXTLST><DECISION><TI><NR>1.</NR> <STRING BOLD="on">Decisión del Parlamento Europeo, de 11 de abril de 2024, sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea para el ejercicio 2022 (2023/2171(DEC))</STRING></TI><TEXT><PREAMBLE><PRINIT><STRING ITALIC="on">El Parlamento Europeo,</STRING></PRINIT><GRVISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistas las cuentas anuales definitivas de la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea relativas al ejercicio 2022,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Informe anual del Tribunal de Cuentas sobre las agencias de la UE correspondiente al ejercicio 2022, acompañado de las respuestas de las agencias<FOOTNOTE><FIELD> DO C, C/2023/594, 27.10.2023.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la declaración sobre la fiabilidad de las cuentas<FOOTNOTE><FIELD> DO C, C/2023/112, 12.10.2023.</FIELD></FOOTNOTE> y la regularidad y legalidad de las operaciones correspondientes, presentada por el Tribunal de Cuentas para el ejercicio 2022 de conformidad con el artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Recomendación del Consejo, de 22 de febrero de 2024, sobre la aprobación de la gestión de la Agencia relativa a la ejecución del presupuesto correspondiente al ejercicio 2022 (06180/2024 – C9‑0109/2024),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1296/2013, (UE) n.º 1301/2013, (UE) n.º 1303/2013, (UE) n.º 1304/2013, (UE) n.º 1309/2013, (UE) n.º 1316/2013, (UE) n.º 223/2014 y (UE) n.º 283/2014 y la Decisión n.º 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012<FOOTNOTE><FIELD> DO L 193 de 30.7.2018, p. 1.</FIELD></FOOTNOTE>, y en particular su artículo 70,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (CE) n.º 168/2007 del Consejo, de 15 de febrero de 2007, por el que se crea una Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea<FOOTNOTE><FIELD> DO L 53 de 22.2.2007, p. 1.</FIELD></FOOTNOTE>, y en particular su artículo 21,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento Delegado (UE) 2019/715 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2018, relativo al Reglamento Financiero marco de los organismos creados en virtud del TFUE y el Tratado Euratom y a los que se refiere el artículo 70 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo<FOOTNOTE><FIELD> DO L 122 de 10.5.2019, p. 1.</FIELD></FOOTNOTE>, y en particular su artículo 105,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos el artículo 100 y el anexo V de su Reglamento interno,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la opinión de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A9-0112/2024),</P></VISA></GRVISA></PREAMBLE><DISPOSITIF> <ACTLST><ACTION><P><NO.P>1.</NO.P>Concede a la directora ejecutiva interina de la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia para el ejercicio 2022;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>2.</NO.P>Presenta sus observaciones en la Resolución que figura a continuación;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>3.</NO.P>Encarga a su presidenta que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de ella a la directora ejecutiva interina de la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el <STRING ITALIC="on">Diario Oficial de la Unión Europea</STRING> (serie L).</P></ACTION></ACTLST></DISPOSITIF></TEXT></DECISION></TXTLST><TXTLST><DECISION><TI><NR>2.</NR> <STRING BOLD="on">Decisión del Parlamento Europeo, de 11 de abril de 2024, sobre el cierre de las cuentas de la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea relativas al ejercicio 2022 (2023/2171(DEC))</STRING></TI><TEXT><PREAMBLE><PRINIT><STRING ITALIC="on">El Parlamento Europeo,</STRING></PRINIT><GRVISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistas las cuentas anuales definitivas de la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea relativas al ejercicio 2022,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Informe anual del Tribunal de Cuentas sobre las agencias de la UE correspondiente al ejercicio 2022, acompañado de las respuestas de las agencias<FOOTNOTE><FIELD> DO C, C/2023/594, 27.10.2023.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la declaración sobre la fiabilidad de las cuentas<FOOTNOTE><FIELD> DO C, C/2023/112, 12.10.2023.</FIELD></FOOTNOTE> y la regularidad y legalidad de las operaciones correspondientes, presentada por el Tribunal de Cuentas para el ejercicio 2022 de conformidad con el artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Recomendación del Consejo, de 22 de febrero de 2024, sobre la aprobación de la gestión de la Agencia relativa a la ejecución del presupuesto correspondiente al ejercicio 2022 (06180/2024 – C9‑0109/2024),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1296/2013, (UE) n.º 1301/2013, (UE) n.º 1303/2013, (UE) n.º 1304/2013, (UE) n.º 1309/2013, (UE) n.º 1316/2013, (UE) n.º 223/2014 y (UE) n.º 283/2014 y la Decisión n.º 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012<FOOTNOTE><FIELD> DO L 193 de 30.7.2018, p. 1.</FIELD></FOOTNOTE>, y en particular su artículo 70,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (CE) n.º 168/2007 del Consejo, de 15 de febrero de 2007, por el que se crea una Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea<FOOTNOTE><FIELD> DO L 53 de 22.2.2007, p. 1.</FIELD></FOOTNOTE>, y en particular su artículo 21,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento Delegado (UE) 2019/715 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2018, relativo al Reglamento Financiero marco de los organismos creados en virtud del TFUE y el Tratado Euratom y a los que se refiere el artículo 70 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo<FOOTNOTE><FIELD> DO L 122 de 10.5.2019, p. 1.</FIELD></FOOTNOTE>, y en particular su artículo 105,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos el artículo 100 y el anexo V de su Reglamento interno,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la opinión de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A9-0112/2024),</P></VISA></GRVISA></PREAMBLE><DISPOSITIF> <ACTLST><ACTION><P><NO.P>1.</NO.P>Aprueba el cierre de las cuentas de la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea relativas al ejercicio 2022;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>2.</NO.P>Encarga a su presidenta que transmita la presente Decisión a la directora ejecutiva interina de la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el <STRING ITALIC="on">Diario Oficial de la Unión Europea</STRING> (serie L).</P></ACTION></ACTLST></DISPOSITIF></TEXT></DECISION></TXTLST><TXTLST><RESOL><TI><NR>3.</NR> <STRING BOLD="on">Resolución del Parlamento Europeo, de 11 de abril de 2024, que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea para el ejercicio 2022 (2023/2171(DEC))</STRING></TI><TEXT><PREAMBLE><PRINIT><STRING ITALIC="on">El Parlamento Europeo,</STRING></PRINIT><GRVISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista su Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea para el ejercicio 2022,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos el artículo 100 y el anexo V de su Reglamento interno,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la opinión de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A9-0112/2024),</P></VISA></GRVISA><GRCONS><CONS><P><NO.P>A.</NO.P>Considerando que, de conformidad con su declaración de ingresos y gastos<FOOTNOTE><FIELD> DO C 38 de 31.1.2023, p. 189.</FIELD></FOOTNOTE>, el presupuesto definitivo de la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (en lo sucesivo, «Agencia») para el ejercicio 2022 ascendió a 25 857 952 EUR, lo que representa un aumento del 4,01 % en comparación con 2021; que el presupuesto de la Agencia procede casi exclusivamente del presupuesto de la Unión;</P></CONS><CONS><P><NO.P>B.</NO.P>Considerando que, en lo que respecta al sector de la contratación pública del Centro, no se notificaron problemas que requirieran medidas correctoras para 2022, ni tampoco hay medidas correctoras en curso o pendientes de las auditorías y evaluaciones de años anteriores;</P></CONS><CONS><P><NO.P>C.</NO.P>Considerando que el Tribunal de Cuentas (en lo sucesivo, «Tribunal»), en su informe sobre las cuentas anuales de la Agencia correspondientes al ejercicio 2022 (en lo sucesivo, «informe del Tribunal»), declara haber obtenido garantías razonables sobre la fiabilidad de las cuentas anuales de la Agencia y la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes en todos sus aspectos significativos;</P></CONS></GRCONS></PREAMBLE><DISPOSITIF><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Gestión presupuestaria y financiera</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>1.</NO.P>Observa con satisfacción que las medidas de control presupuestario aplicadas durante el ejercicio 2022 se tradujeron en un porcentaje de ejecución presupuestaria de los créditos de compromiso del ejercicio en curso del 100,00 %, (idéntico al de 2021); observa que el porcentaje de ejecución de los créditos de pago del ejercicio en curso se situara en el 73,59 %, lo que representa un ligero aumento del 2,64 % respecto a 2021;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>2.</NO.P>Observa que en 2022 se aprobaron tres enmiendas presupuestarias, en virtud de las cuales el presupuesto de la Agencia se incrementó en 1 562 781 EUR, en relación con los fondos recibidos en el marco del acuerdo de cooperación con la Oficina del Mecanismo Financiero de las subvenciones del EEE y Noruega y los acuerdos de asociación con el Instituto Nacional de Estadística de Bulgaria, el Defensor del Pueblo griego y la Fiscalía rumana, así como con respecto a la subvención al alquiler recibida de las autoridades austriacas y los ingresos afectados internos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>3.</NO.P>Observa con preocupación que, según el informe del Tribunal, la Agencia prorrogó de 2022 a 2023 6,4 millones EUR de créditos de compromiso disponibles (el 26 %), de los cuales 5,9 millones EUR corresponden a créditos del título III, relativos a gastos operativos (el 74 % en 2021); destaca que los elevados niveles de prórrogas son un problema recurrente para la Agencia que el Tribunal ha observado durante varios ejercicios consecutivos, desde 2018; toma nota de la observación reiterada del Tribunal de que los porcentajes elevados de prórrogas contradicen el principio presupuestario de anualidad y son indicio problemas estructurales en el procedimiento presupuestario y el ciclo de ejecución; toma nota, en la respuesta de la Agencia a la observación del Tribunal y en el informe de la Agencia titulado «European Parliament’s observations on 2021 discharge for the European Union Agency for Fundamental rights and measures taken by the Agency» (Observaciones del Parlamento Europeo sobre la aprobación de la gestión 2021 de la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y las medidas adoptadas por la Agencia) (el informe de seguimiento de la Agencia), de las siguientes observaciones sobre el elevado nivel de prórrogas relacionadas con las actividades operativas de la Agencia: el marco específico en el que trabaja la Agencia hace difícil comprometer gastos de operaciones mucho antes en el año; se han introducido mejoras en la herramienta informática MATRIX para llevar a cabo un seguimiento más estrecho de la ejecución presupuestaria y una estimación temprana de las prórrogas (créditos C8) para el año siguiente; la ejecución presupuestaria debe evaluarse teniendo en cuenta el resultado final, que en los últimos 10 años ha sido superior al 99 %; reconoce, al igual que en ejercicios anteriores, que las elevadas prórrogas también dependen de la naturaleza de las actividades principales de la Agencia;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Rendimiento</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>4.</NO.P>Observa con satisfacción que la Agencia utiliza un sistema de veinticinco indicadores clave de rendimiento (ICR) como parte de su medición del rendimiento; elogia la elevada tasa de logros con respecto a sus ICR en 2022, ya que la Agencia supera casi todos los objetivos fijados por ICR, manteniendo un alto nivel de satisfacción de las partes interesadas con respecto a los actos de la Agencia y la pertinencia, utilidad y fiabilidad de los resultados de la Agencia y contribuyendo a un alto nivel de comprensión de los derechos fundamentales y las tendencias; elogia los esfuerzos de la Agencia, que han contribuido a sus logros en 2022 a pesar de la redefinición de prioridades respecto de todas las actividades en curso y de los recursos humanos y financieros y del aplazamiento y la reorganización de algunos de los proyectos de la Agencia;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>5.</NO.P>Observa con satisfacción el rendimiento de la Agencia, en particular el elevado número de resultados obtenidos en 2022, con publicaciones, reuniones, organización de actos, asistencia técnica y actividades de desarrollo de capacidades, así como aportaciones escritas y verbales; toma nota de que en 2022 hubo referencias al trabajo de la Agencia en 213 publicaciones y 4 319 menciones en los medios de comunicación; elogia las actividades de la Agencia en relación con la prioridad estratégica 1 («Identificación de tendencias: recopilación y análisis de datos y pruebas comparables»), que las partes interesadas de la Agencia consideran las más pertinentes y que han aportado mayor valor; toma nota, en este contexto, de los logros de la Agencia en 2022, como la publicación del informe «Roma in 10 European countries» (La población romaní en 10 países europeos), en el que se destacaban, entre otras cosas, las mejoras y lagunas en la inclusión de los gitanos; el boletín sobre asilo y migración, que se centraba en la situación de los derechos fundamentales de las personas que llegan a los Estados miembros y a los países candidatos a la adhesión a la Unión procedentes de terceros países durante el último trimestre de 2021; el informe «Bias in algorithms. Artificial intelligence and discriminations» (Sesgo en algoritmos. Inteligencia artificial y discriminación), que convirtió a la Agencia en la primera organización internacional de derechos humanos en hacer frente, entre otras cosas, al sesgo en los algoritmos, y en los primeros siete días después de su publicación, fue el informe de la Agencia más descargado en 2022, así como el informe «Protecting civic space in the EU - Key findings and FRA opinions» (Protección del espacio público en la UE - Resultados clave y dictámenes de la FRA), que ofrece una visión general de las principales cuestiones relacionadas con el espacio cívico en toda la Unión; alaba, en relación con este último informe, que la Agencia demostrara su capacidad para influir en los procesos políticos y legislativos sobre el espacio cívico, con la participación de la Agencia en proyectos de la Presidencia checa del Consejo y de la Comisión sobre este tema en 2022;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>6.</NO.P>Acoge con satisfacción la respuesta oportuna de la Agencia a las cuestiones emergentes en materia de derechos fundamentales, como las orientaciones generales de la Agencia en su informe titulado «Establishing national independent mechanisms to monitor fundamental rights compliance at EU external borders» (Establecimiento de mecanismos nacionales independientes para supervisar el cumplimiento de los derechos fundamentales en las fronteras exteriores de la Unión Europea), que presta asistencia a los Estados miembros de la Unión en la creación o el refuerzo de los mecanismos nacionales para supervisar el respeto de los derechos fundamentales, garantizando salvaguardias para proteger la independencia del mecanismo; recuerda que el Derecho internacional exige un trato no discriminatorio para todos los refugiados;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>7.</NO.P>Observa con satisfacción que la Agencia ha adoptado rápidamente medidas para responder a la situación de los derechos humanos en Ucrania tras la invasión ilegal y no provocada de Rusia, a través de varias acciones importantes, como una encuesta en línea sobre las experiencias de las personas desplazadas que huyen de Ucrania, dos boletines sobre las implicaciones en materia de derechos fundamentales en los Estados miembros en relación con la guerra en Ucrania, la publicación de un cuadro sobre la aplicación por parte de dieciséis Estados miembros de la Directiva 2001/55/CE del Consejo<FOOTNOTE><FIELD> Directiva 2001/55/CE del Consejo, de 20 de julio de 2001, relativa a las normas mínimas para la concesión de protección temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas y a medidas de fomento de un esfuerzo equitativo entre los Estados miembros para acoger a dichas personas y asumir las consecuencias de su acogida (DO L 212 de 7.8.2001, p. 12).</FIELD></FOOTNOTE> y proyectos de recopilación de datos sobre las experiencias de las mujeres que huyen de la guerra en relación con la violencia y otras violaciones de los derechos humanos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>8.</NO.P>Reconoce el papel de la Agencia en la capacitación de las infraestructuras nacionales de derechos humanos mediante la cooperación y la creación de sinergias con las instituciones de derechos humanos y las asociaciones con organizaciones de la sociedad civil; toma nota de las continuas orientaciones de la Agencia en el ámbito del asilo y la migración, con resúmenes periódicos sobre las preocupaciones en materia de derechos fundamentales relacionadas con la migración dirigidos a los Estados miembros; acoge con satisfacción el papel de la Agencia a la hora de fomentar un discurso basado en los derechos humanos desarrollando una comunicación eficaz, participando en el desarrollo de nuevas aplicaciones y herramientas digitales y congregando a actores en el ámbito de los derechos humanos para promover los valores y libertades europeos.</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>9.</NO.P>Observa con gran preocupación que, para el seguimiento de la situación de los derechos fundamentales y del Estado de Derecho en Hungría, la Agencia decidió colaborar con la Universidad Nacional de Servicios Públicos y la Oficina del Comisario de Derechos Fundamentales y basarse en su información, a pesar de que ambas instituciones tienen un historial de apoyo al deterioro de los derechos fundamentales en Hungría; observa, por ejemplo, que, en su Informe sobre el Estado de Derecho de 2022, la Comisión Europea daba cuenta de preocupaciones cada vez mayores acerca de la independencia del comisario húngaro de Derechos Fundamentales; lamenta que la Agencia, no obstante, decidiera no replantearse la colaboración con instituciones que esencialmente promueven el retroceso democrático, a pesar de que la tarea principal de la Agencia debe ser contribuir a la defensa de los derechos fundamentales, especialmente en casos problemáticos como el del Gobierno húngaro; pide a la Agencia que suspenda su colaboración con estas instituciones y mantenga informada a la autoridad de aprobación de la gestión de sus progresos a este respecto;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Eficiencia y mejoras</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>10.</NO.P>Observa que, en 2022, la Agencia siguió cooperando y trabajando con la Red de Agencias de Justicia y Asuntos de Interior (en lo sucesivo, «Red») y las agencias que la componen, con el fin de abordar retos en sus ámbitos de trabajo mutuos, como la seguridad interior, la migración, la delincuencia organizada, el asilo y las fronteras, contribuyendo con conocimientos especializados en materia de derechos fundamentales; toma nota, en este contexto, en particular, de la colaboración de la Agencia con el Instituto Europeo de la Igualdad de Género (para la preparación de una encuesta sobre la violencia contra las mujeres), con la Agencia de Asilo de la Unión Europea (para la revisión de algunos módulos de formación y la preparación de un folleto sobre la protección temporal de los tutores de menores no acompañados), con la Agencia de la Unión Europea para la Formación Policial (facilitando sesiones de formación sobre datos y elaboración de informes sobre delitos motivados por el odio) y con Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Judicial Penal (para la elaboración del manual sobre ciberdelincuencia y derechos fundamentales); toma nota de la colaboración de la Agencia con agencias y otras entidades más allá de la Red, como Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo, Autoridad Laboral Europea y Eurostat en 2022; anima a que se exploren e identifiquen nuevas sinergias con el fin de aumentar la eficiencia y reducir los costes;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>11.</NO.P>Toma nota de que, según sus respuestas a las preguntas escritas del Parlamento, la Agencia ha tomado iniciativas para aumentar su eficiencia y sus mejoras mediante la automatización de tareas repetitivas, la cartografía y la reingeniería de los procesos operativos actuales, la revisión de la estructura organizativa para hacer un mejor uso de los recursos existentes, la creación de plataformas de cooperación de manera más sistemática, la simplificación de las normas y procedimientos aplicables a la gestión de los recursos financieros y humanos, así como evaluaciones cualitativas de los esfuerzos para aumentar la eficiencia;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>12.</NO.P>Acoge con satisfacción que la Agencia siguiera automatizando y racionalizando los procesos de recursos humanos en 2022, en particular ampliando el uso de SYSPER; observa, en este contexto, que la Agencia puso en marcha una nueva herramienta de contratación para facilitar los procedimientos de selección y crear una experiencia más fácil de usar para los candidatos y para los recursos humanos, y que introdujo otros instrumentos de datos para automatizar aspectos del tratamiento de las nóminas; toma nota asimismo de que, entretanto, la Agencia ha adoptado el sistema electrónico de archivo y gestión de registros (ARES) de la Comisión, lo que ha dado lugar a la integración de la solución EU Sign, que permite el uso de la firma electrónica cualificada; elogia la finalización de la preparación para el despliegue de la herramienta de gestión de la contratación pública (contratación pública electrónica) de la Comisión en 2023;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>13.</NO.P>Toma nota del enfoque de la Agencia de «hacer más con menos», con ahorros de 350 000 EUR ya realizados y de 200 000 EUR previstos gracias al uso de recursos internos para el desarrollo de nuevas aplicaciones informáticas y las nuevas tecnologías basadas en la nube, que han ayudado a la Agencia a seguir optimizando su infraestructura informática; observa que la Agencia también está procurando la eficiencia en el uso de sus recursos mediante la adopción de aplicaciones de la Comisión, la reducción de la temperatura de calefacción de los edificios, el uso de procedimientos sin papel en el ámbito financiero y de contratación y la reducción de los servicios postales y de mensajería, entre otros; anima a la Agencia a exportar las mejores prácticas a este respecto mediante sus canales de cooperación con otras agencias descentralizadas de la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>14.</NO.P>Observa que, según el informe del Tribunal, la Agencia no figura entre las agencias que han establecido planes institucionales para mejorar la eficiencia energética y la neutralidad climática de sus operaciones, tienen algún tipo de información medioambiental integrada en sus informes anuales de actividad y han recibido el registro en el EMAS; toma nota, no obstante, de que, según las respuestas de la Agencia a las preguntas escritas del Parlamento, la certificación EMAS está prevista una vez que la Agencia se traslade a sus nuevos locales, que también cumplirán los requisitos del Pacto Verde Europeo; felicita a la Agencia por la introducción de criterios ecológicos en materia de contratación pública en relación con los requisitos medioambientales y sociales, así como de criterios de selección y adjudicación dentro de los límites inherentes al hecho de que la Agencia contrate principalmente servicios;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Política de personal</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>15.</NO.P>Constata que, a 31 de diciembre de 2022, se había provisto el 94 % de los puestos del organigrama, con 68 agentes temporales designados de un total de 72 agentes temporales autorizados en el marco del presupuesto de la Unión (el mismo número de puestos autorizados que en 2021); observa asimismo que en 2022 trabajaron para la Agencia 28,4 agentes contractuales estimados en equivalentes a tiempo completo (ETC) y 9 expertos nacionales en comisión de servicio (ENCS); observa una baja tasa de rotación (1,9 %) en 2022; observa que, en 2022, la Agencia siguió automatizando y racionalizando los procesos de recursos humanos con el fin de aumentar la eficiencia;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>16.</NO.P>Observa con satisfacción el equilibrio de género entre los miembros de la alta dirección de la Agencia, con 3 hombres (50 %) y 3 mujeres (50 %) en el consejo de administración y 33 mujeres de un total de 65 miembros (51 %), así como en el conjunto de la plantilla de la Agencia, con 57 mujeres de un total de 105 miembros (54 %); observa que el equilibrio de género es uno de los objetivos cardinales de la Agencia en materia de no discriminación y sigue prestando especial atención a la labor de sus órganos, como el Grupo sobre Igualdad y Diversidad, que trabaja para promover la no discriminación de género en todos los aspectos de los procesos de recursos humanos en la Agencia;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>17.</NO.P>Toma nota de que, a 1 de octubre de 2022, la Agencia empleaba a personal de veintitrés Estados miembros; acoge con satisfacción los esfuerzos de la Agencia por alcanzar el equilibrio geográfico; observa que, como parte de la estrategia de igualdad de oportunidades y no discriminación de la Agencia, la promoción de la diversidad, también del equilibrio geográfico, forma parte de los objetivos generales de los procesos de recursos humanos, como la contratación y la selección;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>18.</NO.P>Observa que la Agencia ha adoptado varias medidas para la integración de las personas con discapacidad, efectuando adaptaciones, mejorando sus instalaciones para facilitar la accesibilidad, permitiendo el teletrabajo excepcional y organizando sesiones periódicas de formación para sensibilizar al personal en materia de discapacidad; acoge con satisfacción los esfuerzos de la Agencia por atraer solicitudes de prácticas de candidatos con discapacidades; toma nota de que la Agencia también está preparando una política de apoyo a las personas con discapacidad;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>19.</NO.P>Toma nota de que la Agencia ha apoyado el bienestar de su personal mediante la prestación de servicios de apoyo psicológico, el fomento de la actividad física a través de un nuevo sistema adoptado en 2022 que proporciona una contribución financiera para abonos para practicar deportes y la adopción de las normas de la Comisión sobre el trabajo híbrido;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Prevención y gestión de conflictos de intereses y transparencia</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>20.</NO.P>Observa que los currículos y las declaraciones de intereses de los miembros del consejo de administración están publicados en el sitio web de la Agencia; toma nota de que, según el informe de seguimiento de la Agencia, esta tomó la decisión de dejar de publicar en su sitio web información sobre los expertos internos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>21.</NO.P>Acoge con satisfacción el ejercicio llevado a cabo por la Agencia en 2022 para la revisión/actualización de las declaraciones de intereses de todo el personal, con la emisión de algunas recomendaciones preventivas en consecuencia; observa, además, que la Agencia ofrece formación obligatoria al personal sobre ética e integridad y facilita orientaciones para la evaluación de las actividades externas; observa, en relación con la supervisión del cumplimiento por parte del antiguo personal de la Agencia de las decisiones aplicables en el ámbito de las «puertas giratorias» y las restricciones conexas, que la Agencia está evaluando la posibilidad de realizar controles aleatorios; pide a la Agencia que informe a la autoridad de aprobación de la gestión de los progresos realizados a este respecto;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>22.</NO.P>Toma nota de que, en 2022, la Agencia detectó un riesgo potencial de percepción de conflicto de intereses de un miembro del consejo de administración en relación con un contrato de proyecto firmado por la Agencia y financiado por las subvenciones del EEE y Noruega; toma nota de que, tras la evaluación, se concluyó que la situación no constituía un conflicto de intereses real; acoge con satisfacción, no obstante, las medidas adoptadas para mitigar tales riesgos, en particular solicitar, antes de la siguiente reunión del consejo de administración, la actualización de la declaración de intereses del miembro del consejo de administración interesado, así como solicitar que dicho miembro se abstenga en toda decisión adoptada por el consejo de administración en relación con el proyecto en cuestión;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Controles internos</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>23.</NO.P>Toma nota de que la Agencia evaluó en 2022 sus sistemas de control interno y concluyó que son eficaces y que los componentes y principios están presentes y funcionan bien en general, con algunas deficiencias menores relacionadas con los principios 5, 13 y 14 en relación con la conclusión oportuna del ejercicio de elaboración del informe sobre el desarrollo de la carrera profesional, así como la necesidad de mejorar la estrategia para la gestión interna y externa de las partes interesadas en las comunicaciones;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>24.</NO.P>Observa que el plan de acción, en lo que respecta a la estrategia de lucha contra el fraude de la Agencia actualizada en 2021, está en fase de ejecución, y que se han abordado todas sus acciones, en particular la evaluación específica del riesgo de fraude, la sensibilización del personal sobre las normas de prevención del fraude y denuncia de irregularidades, y la actualización oportuna del marco jurídico;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Otros comentarios</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>25.</NO.P>Acoge con satisfacción los esfuerzos de la Agencia para aumentar su visibilidad pública y su presencia en línea; elogia la mejora de los parámetros de la Agencia en relación con el uso de diversas plataformas de redes sociales en 2022; observa que, en 2022, la Agencia desarrolló una campaña en las redes sociales titulada «Our Data is Your Ally» (Nuestros datos: tu aliado) para informar a los jóvenes sobre los datos relativos a la juventud que pueden utilizar en su labor de promoción; observa, además, que en 2022 la Agencia organizó o coorganizó 134 reuniones y actos, incluidos talleres y seminarios web, así como el cuarto diálogo sobre derechos fundamentales en París, en colaboración con la Presidencia francesa del Consejo, las oficinas de enlace de la Comisión y el Parlamento en Francia y el ayuntamiento de París, y la primera reunión residencial de líderes y expertos en derechos humanos titulada «Putting human rights at the heart of Europe’s future» (Poner los derechos humanos en el núcleo del futuro de Europa), que reunió a 60 partes interesadas diversas;</P></ACTION><SEPARATION><P>°</P><P>°	°</P></SEPARATION><ACTION><P><NO.P>26.</NO.P>Remite, para otras observaciones transversales anejas a la Decisión sobre la aprobación de la gestión, a su Resolución, de 11 de abril de 2024<FOOTNOTE><FIELD> Textos Aprobados de esa fecha, P9_TA(2024)0280.</FIELD></FOOTNOTE>, sobre el rendimiento, la gestión financiera y el control de las agencias.</P></ACTION></ACTLST></DISPOSITIF></TEXT></RESOL></TXTLST></SDOCTA>