<?xml version="1.0" encoding="UTF-8" standalone="no"?><SDOCTA xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" STATUS="DEF1" xsi:noNamespaceSchemaLocation="TA.xsd"><IDENT><STRING BOLD="on">P9_TA(2024)0252</STRING></IDENT><TI><STRING BOLD="on">Aprobación de la gestión 2022: ENISA (Agencia de la Unión Europea para la Ciberseguridad)</STRING></TI><HIDDEN><STRING HIDDEN="on" ITALIC="on">(A9-0134/2024 - Ponente: Petri Sarvamaa)</STRING></HIDDEN><TXTLST><DECISION><TI><NR>1.</NR> <STRING BOLD="on">Decisión del Parlamento Europeo, de 11 de abril de 2024 sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de ENISA (Agencia de la Unión Europea para la Ciberseguridad) para el ejercicio 2022 (2023/2159(DEC))</STRING></TI><TEXT><PREAMBLE><PRINIT><STRING ITALIC="on">El Parlamento Europeo,</STRING></PRINIT><GRVISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistas las cuentas anuales definitivas de ENISA (Agencia de la Unión Europea para la Ciberseguridad) relativas al ejercicio 2022,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Informe anual del Tribunal de Cuentas sobre las agencias de la UE correspondiente al ejercicio 2022, acompañado de las respuestas de las agencias<FOOTNOTE><FIELD> DO C, C/2023/594 de 27.10.2023.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la declaración sobre la fiabilidad de las cuentas y la regularidad y legalidad de las operaciones correspondientes<FOOTNOTE><FIELD> DO C, C/2023/112 de 12.10.2023.</FIELD></FOOTNOTE> presentada por el Tribunal de Cuentas para el ejercicio 2022, de conformidad con el artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Recomendación del Consejo, de 22 de febrero de 2024, sobre la aprobación de la gestión de la Agencia relativa a la ejecución del presupuesto correspondiente al ejercicio 2022 (06180/2024 – C9‑0097/2024),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1296/2013, (UE) n.º 1301/2013, (UE) n.º 1303/2013, (UE) n.º 1304/2013, (UE) n.º 1309/2013, (UE) n.º 1316/2013, (UE) n.º 223/2014 y (UE) n.º 283/2014 y la Decisión n.º 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012<FOOTNOTE><FIELD> DO L 193 de 30.7.2018, p. 1.</FIELD></FOOTNOTE>, y en particular su artículo 70,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) 2019/881 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, relativo a ENISA (Agencia de la Unión Europea para la Ciberseguridad) y a la certificación de la ciberseguridad de las tecnologías de la información y la comunicación y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.º 526/2013 («Reglamento sobre la Ciberseguridad»)<FOOTNOTE><FIELD> DO L 151 de 7.6.2019, p. 15.</FIELD></FOOTNOTE>, y en particular su artículo 31,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento Delegado (UE) 2019/715 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2018, relativo al Reglamento Financiero marco de los organismos creados en virtud del TFUE y el Tratado Euratom y a los que se refiere el artículo 70 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo<FOOTNOTE><FIELD> DO L 122 de 10.5.2019, p. 1.</FIELD></FOOTNOTE>, y en particular su artículo 105,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos el artículo 100 y el anexo V de su Reglamento interno,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A9-0134/2024),</P></VISA></GRVISA></PREAMBLE><DISPOSITIF> <ACTLST><ACTION><P><NO.P>1.</NO.P>Concede al director ejecutivo de ENISA (Agencia de la Unión Europea para la Ciberseguridad) la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Agencia para el ejercicio 2022;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>2.</NO.P>Presenta sus observaciones en la Resolución que figura a continuación;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>3.</NO.P>Encarga a su presidenta que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de ella al director ejecutivo de ENISA (Agencia de la Unión Europea para la Ciberseguridad), al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el <STRING ITALIC="on">Diario Oficial de la Unión Europea</STRING> (serie L).</P></ACTION></ACTLST></DISPOSITIF></TEXT></DECISION></TXTLST><TXTLST><DECISION><TI><NR>2.</NR> <STRING BOLD="on">Decisión del Parlamento Europeo, de 11 de abril de 2024, sobre el cierre de las cuentas de ENISA (Agencia de la Unión Europea para la Ciberseguridad) relativas al ejercicio 2022 (2023/2159(DEC))</STRING></TI><TEXT><PREAMBLE><PRINIT><STRING ITALIC="on">El Parlamento Europeo,</STRING></PRINIT><GRVISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistas las cuentas anuales definitivas de ENISA (Agencia de la Unión Europea para la Ciberseguridad) relativas al ejercicio 2022,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Informe anual del Tribunal de Cuentas sobre las agencias de la UE correspondiente al ejercicio 2022, acompañado de las respuestas de las agencias<FOOTNOTE><FIELD> DO C, C/2023/594 de 27.10.2023.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la declaración sobre la fiabilidad de las cuentas y la regularidad y legalidad de las operaciones correspondientes<FOOTNOTE><FIELD> DO C, C/2023/112 de 12.10.2023.</FIELD></FOOTNOTE> presentada por el Tribunal de Cuentas para el ejercicio 2022, de conformidad con el artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Recomendación del Consejo, de 22 de febrero de 2024, sobre la aprobación de la gestión de la Agencia relativa a la ejecución del presupuesto correspondiente al ejercicio 2022 (06180/2024 – C9‑0097/2024),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1296/2013, (UE) n.º 1301/2013, (UE) n.º 1303/2013, (UE) n.º 1304/2013, (UE) n.º 1309/2013, (UE) n.º 1316/2013, (UE) n.º 223/2014 y (UE) n.º 283/2014 y la Decisión n.º 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012<FOOTNOTE><FIELD> DO L 193 de 30.7.2018, p. 1.</FIELD></FOOTNOTE>, y en particular su artículo 70,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) 2019/881 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, relativo a ENISA (Agencia de la Unión Europea para la Ciberseguridad) y a la certificación de la ciberseguridad de las tecnologías de la información y la comunicación y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.º 526/2013 («Reglamento sobre la Ciberseguridad»)<FOOTNOTE><FIELD> DO L 151 de 7.6.2019, p. 15.</FIELD></FOOTNOTE>, y en particular su artículo 31,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento Delegado (UE) 2019/715 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2018, relativo al Reglamento Financiero marco de los organismos creados en virtud del TFUE y el Tratado Euratom y a los que se refiere el artículo 70 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo<FOOTNOTE><FIELD> DO L 122 de 10.5.2019, p. 1.</FIELD></FOOTNOTE>, y en particular su artículo 105,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos el artículo 100 y el anexo V de su Reglamento interno,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A9‑0134/2024),</P></VISA></GRVISA></PREAMBLE><DISPOSITIF> <ACTLST><ACTION><P><NO.P>1.</NO.P>Aprueba el cierre de las cuentas de ENISA (Agencia de la Unión Europea para la Ciberseguridad) relativas al ejercicio 2022;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>2.</NO.P>Encarga a su presidenta que transmita la presente Decisión al director ejecutivo de ENISA (Agencia de la Unión Europea para la Ciberseguridad), al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el <STRING ITALIC="on">Diario Oficial de la Unión Europea </STRING>(serie L).</P></ACTION></ACTLST></DISPOSITIF></TEXT></DECISION></TXTLST><TXTLST><RESOL><TI><NR>3.</NR> <STRING BOLD="on">Resolución del Parlamento Europeo, de 11 de abril de 2024, que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de ENISA (Agencia de la Unión Europea para la Ciberseguridad) para el ejercicio 2022 (2023/2159(DEC))</STRING></TI><TEXT><PREAMBLE><PRINIT><STRING ITALIC="on">El Parlamento Europeo,</STRING></PRINIT><GRVISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista su Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de ENISA (Agencia de la Unión Europea para la Ciberseguridad) para el ejercicio 2022,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos el artículo 100 y el anexo V de su Reglamento interno,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Informe especial n.º 05/2022 del Tribunal de Cuentas,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A9-0134/2024),</P></VISA></GRVISA><GRCONS><CONS><P><NO.P>A.</NO.P>Considerando que, de conformidad con su estado de ingresos y gastos<FOOTNOTE><FIELD> DO C 377/3 de 30.9.2022, p. 2.</FIELD></FOOTNOTE>, el presupuesto definitivo de ENISA (en lo sucesivo, «Agencia») para el ejercicio 2022 ascendió a 39 207 625 EUR, lo que representa un aumento del 67,03 % en comparación con 2021; que el aumento del presupuesto de la Agencia se explica principalmente por las tareas adicionales relacionadas con la aplicación experimental del programa de acción para apoyar la ciberseguridad; que el presupuesto de la Agencia procede principalmente del presupuesto de la Unión;</P></CONS><CONS><P><NO.P>B.</NO.P>Considerando que el Tribunal de Cuentas (en lo sucesivo, «Tribunal»), en su informe sobre las cuentas anuales de la Agencia correspondientes al ejercicio 2022 (en lo sucesivo, «informe del Tribunal»), declara haber obtenido garantías razonables sobre la fiabilidad de las cuentas anuales de la Agencia y la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes;</P></CONS></GRCONS></PREAMBLE><DISPOSITIF><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Gestión presupuestaria y financiera</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>1.</NO.P>Valora positivamente que la labor de supervisión del presupuesto durante el ejercicio 2022 diera lugar a un porcentaje de ejecución presupuestaria de los créditos de compromiso del ejercicio en curso del 99,93 %, lo que representa un aumento del 0,42 % con respecto a 2021; observa, asimismo, que el porcentaje de ejecución de los créditos de pago del ejercicio en curso fue del 52,02 %, lo que representa un descenso del 25,38 % en comparación con 2021;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>2.</NO.P>Destaca que el importe del presupuesto definitivo de la Agencia es el resultado de una modificación de 15 000 000 EUR adoptada por el Consejo de Administración el 5 de agosto de 2022, debido a la ejecución de una acción para apoyar la ciberseguridad destinada a reforzar la respuesta de la Agencia a la hora de apoyar a los Estados miembros de conformidad con su mandato; observa que la mayoría de los compromisos asumidos a raíz de la acción para apoyar la ciberseguridad se firmaron a finales de año, lo que explica el porcentaje de pago relativamente bajo (y la consiguiente acumulación significativa);</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Rendimiento</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>3.</NO.P>Elogia a la Agencia por haber aplicado el 100 % de su programa de trabajo en 2022; acoge con satisfacción que la Agencia utilice indicadores clave de rendimiento para evaluar sus actividades y los resultados en relación con los objetivos del programa de trabajo; observa que en algunos resultados no se alcanzaron plenamente los objetivos debido a la reasignación de prioridades en cuanto a los recursos para proporcionar la acción para apoyar la ciberseguridad en respuesta a la invasión ilegal y no provocada de Rusia contra Ucrania; señala que algunos de los resultados más afectados debido a la reasignación de prioridades mencionada fueron, entre otros, los resultados 4.2 «Desarrollar y mejorar las políticas, procedimientos, metodologías y herramientas operativos estándar para las crisis de ciberseguridad», y 5.3 «Iniciar el desarrollo de una red de confianza de vendedores o proveedores»;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>4.</NO.P>Es consciente de que la invasión ilegal y no provocada de Rusia contra Ucrania dominó la agenda de seguridad de la Unión en 2022; observa con satisfacción que la Agencia intensificó su coordinación y preparación, y contribuyó al conocimiento común de la situación de la Unión mediante la presentación periódica de informes de situación sobre la actividad cibernética; destaca que también se mejoró la coordinación y el intercambio de información con las redes de ciberseguridad, como la red europea de organizaciones de enlace para las crisis de ciberseguridad (EU-CyCLONe), que está formada por autoridades nacionales de gestión de crisis de ciberseguridad, y numerosas comunidades sectoriales que reciben apoyo de la Agencia; acoge con satisfacción la labor de la Agencia para garantizar los canales de comunicación entre los niveles político, operativo y técnico, y la mejora de la cooperación con la red de equipos de respuesta a incidentes de seguridad informática;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>5.</NO.P>Observa con satisfacción que, en 2022, la Agencia puso a prueba el mapa de calor de la Unión, cuyo objetivo era ofrecer una visión general rápida de los incidentes y acontecimientos cibernéticos que afectan a los sectores críticos de la Unión como resultado de la actividad cibernética relacionada con la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania; señala que esos sectores contribuyeron a la elaboración del informe integrado de la Comisión sobre el conocimiento y el análisis de la situación con cincuenta y dos actualizaciones sobre la situación y los incidentes actuales relacionados con la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania, que contribuyeron al mecanismo de gestión de crisis de la Unión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>6.</NO.P>Toma nota de que, según el Informe especial n.º 05/2022 del Tribunal, titulado «Ciberseguridad de las instituciones, órganos y organismos de la UE», el número de ciberataques contra los órganos de la Unión está aumentando considerablemente y el nivel de preparación de los órganos de la Unión varía y, en general, no es proporcional a las crecientes amenazas; observa que, dado que los organismos de la Unión están muy interconectados, la debilidad de uno puede exponer a otros a amenazas de seguridad; destaca que el Tribunal recomienda que la Agencia junto con el Equipo de respuesta a emergencias informáticas de las instituciones, órganos y organismos de la Unión Europea se centren en mayor medida en los organismos de la Unión que tienen menos experiencia en la gestión de la ciberseguridad del siguiente modo: a) determinando los ámbitos prioritarios en los que las instituciones, órganos y organismos de la Unión necesitan más apoyo, por ejemplo, mediante evaluaciones de madurez, y b) llevando a cabo iniciativas de desarrollo de capacidades, de conformidad con su memorando de entendimiento; pide a la Agencia que aborde las cuestiones planteadas por el Tribunal e informe a la autoridad de aprobación de la gestión de las medidas adoptadas a ese respecto;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>7.</NO.P>Toma nota de que la Agencia llevó a cabo diversas actividades en 2022 para cumplir su función de apoyo a la Unión; señala que, si bien la Agencia pudo ofrecer su apoyo en varios expedientes políticos, como los relativos a la seguridad de las redes y la información, la ciberresiliencia y la resiliencia operativa digital, las limitaciones de recursos impidieron que la Agencia prestara apoyo activo en expedientes políticos que contenían disposiciones sobre ciberseguridad, como el relativo al espacio europeo de datos sanitarios, y en otros expedientes políticos clave, como los referidos a los mercados digitales y los servicios digitales; destaca que otras actividades incluyeron informar a los responsables políticos sobre la eficacia de los marcos vigentes en materia de ciberseguridad y prestar apoyo a los sectores críticos; observa, además, que la adopción de la Directiva (UE) 2022/2555 del Parlamento Europeo y del Consejo<FOOTNOTE><FIELD> Directiva (UE) 2022/2555 del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de diciembre de 2022 relativa a las medidas destinadas a garantizar un elevado nivel común de ciberseguridad en toda la Unión, por la que se modifican el Reglamento (UE) n.º 910/2014 y la Directiva (UE) 2018/1972 y por la que se deroga la Directiva (UE) 2016/1148 (Directiva SRI 2) (DO L 333 de 27.12.2022, p. 80).</FIELD></FOOTNOTE> (Directiva SRI 2) destaca como medida para afrontar los desafíos y armonizar las políticas en toda la Unión; entiende que la falta de armonización en la aplicación de la Directiva SRI 1 dio lugar a un panorama normativo fragmentado, que ha sido tratado por la Directiva SRI 2; es consciente de que esta última Directiva amplía su ámbito de aplicación e introduce nuevas tareas horizontales para la Agencia, como el registro de entidades digitales de la Unión; destaca que la Agencia adaptó sus servicios y recursos a una nueva estrategia para satisfacer las cambiantes demandas derivadas de la situación de la ciberseguridad;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Eficiencia y mejoras</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>8.</NO.P>Observa que la Agencia se esforzó por utilizar en mayor medida los servicios compartidos con otras agencias o con la Comisión, también, por ejemplo, mediante procesos de contratación pública entre agencias e instituciones y compartiendo servicios con el Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional (Cedefop) y el Centro Europeo de Competencia en Ciberseguridad (ECCC); observa además que, en 2022, la Agencia firmó un acuerdo de nivel de servicio con el recién creado Centro Europeo de Competencia Industrial, Tecnológica y de Investigación en Ciberseguridad a efectos de proporcionar al Centro servicios de delegado de protección de datos y contabilidad, que debía aplicarse en 2023;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>9.</NO.P>Toma nota de las medidas adoptadas por la Agencia para pasar de una metodología tradicional de recuento de personal a una planificación laboral estratégica a fin de anticipar y abordar la falta de efectivos con objeto de crear una plantilla dinámica y asignar recursos a las áreas prioritarias;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>10.</NO.P>Acoge con satisfacción la contribución de la Agencia a la promoción de los servicios compartidos entre las agencias a través de varias redes en los ámbitos de la contratación pública, los recursos humanos, las TIC, la gestión del riesgo, la gestión del rendimiento, la protección de datos, la seguridad de la información y la contabilidad; señala los beneficios horizontales de trabajar de forma conjunta y adoptar las mejores prácticas, y que las iniciativas conjuntas reúnen diversas perspectivas, reducen la duplicación de esfuerzos, mejoran el aprendizaje y fortalecen las relaciones entre los participantes; anima a la Agencia a encontrar procedimientos internos que puedan simplificarse mediante nuevas herramientas informáticas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>11.</NO.P>Toma nota con satisfacción de la participación de la Agencia en el ejercicio piloto dentro de la Red de Agencias de la UE destinado a ayudar a las agencias de la Unión a mejorar su preparación para el próximo nuevo Reglamento sobre ciberseguridad;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>12.</NO.P>Recuerda la importancia de aumentar la digitalización de la Agencia en lo que respecta a las operaciones y gestiones internas, pero también al objeto de acelerar la digitalización de los procedimientos; subraya la necesidad de que la Agencia siga siendo proactiva a este respecto, a fin de evitar una brecha digital entre las agencias;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Política de personal</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>13.</NO.P>Observa que, a 31 de diciembre de 2022, se había provisto el 89,02 % de la plantilla de persona, con 73 agentes temporales designados de un total de 82 agentes temporales autorizados en el marco del presupuesto de la Unión (frente a los 76 puestos autorizados en 2021); observa, además, que en 2022 trabajaron para la Agencia 27 agentes contractuales, 10 expertos nacionales en comisión de servicios, 10 trabajadores interinos y 16 contratistas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>14.</NO.P>Observa con preocupación la falta de equilibrio de género entre los cargos directivos de nivel alto e intermedio de la Agencia, pues doce de los diecisiete puestos están ocupados por hombres (71 %); considera que es necesario mejorar el equilibrio de género entre los cargos directivos de nivel alto e intermedio de la Agencia; recuerda la importancia de garantizar el equilibrio de género y pide a la Agencia que tenga en cuenta este aspecto en las futuras designaciones en sus cargos directivos de nivel alto e intermedio; toma nota de la distribución de género de los miembros del Consejo de Administración de la Agencia, con un 75 % de hombres (41 de 55); reconoce que la composición del Consejo de Administración depende en gran medida de las candidaturas de los Estados miembros; insiste en que la Comisión y los Estados miembros tengan en cuenta la importancia de garantizar el equilibrio de género cuando designen a sus representantes en el Consejo de Administración de la Agencia; toma nota de la distribución equilibrada de género en el conjunto del personal de la Agencia, con 57 hombres (52 %) y 53 mujeres (48 %); toma nota de las medidas adoptadas por la Agencia con el objetivo de solucionar los problemas relativos al equilibrio de género, lo que incluye la revisión de su política de contratación con vistas a fomentar las candidaturas de mujeres; observa, asimismo, que la Agencia ha previsto, en su estrategia organizativa, obtener el certificado de excelencia en diversidad e inclusión de la Red de Agencias de la UE antes de que concluya 2025;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>15.</NO.P>Toma nota de que la Agencia tiene una política de protección de la dignidad de la persona y de prevención del acoso psicológico y sexual, y de que la Agencia forma parte del grupo de trabajo interagencias de asesores confidenciales; espera con interés la recepción de su informe y sus recomendaciones; toma nota de que no se notificaron casos de acoso en 2022 y anima a la Agencia a que prosiga y desarrolle la labor de prevención de estos casos también en el futuro;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>16.</NO.P>Expresa su preocupación por el desequilibrio geográfico los cargos directivos de nivel alto e intermedio y el resto del personal, ya que hay una representación del 40,9 % de nacionales griegos; insiste en que deben realizarse mejoras; pide a la Agencia que informe a la autoridad de aprobación de la gestión a este respecto;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>17.</NO.P>Observa con preocupación que, durante el desarrollo del programa de trabajo para 2023, la Agencia detectó un déficit de recursos de 734 000 EUR y dos EJC en las actividades operativas, y 2,5 millones EUR en servicios de la organización; señala, además, que una evaluación exhaustiva de las necesidades de recursos humanos para el período 2023‑2025 puso de manifiesto que había deficiencias significativas, en particular en los ámbitos de actividad principales, y que, de no asignársele puestos adicionales, la Agencia podría tener que establecer prioridades y ajustar los futuros programas de trabajo para compensar el déficit de recursos; toma nota de que el Consejo de Administración de la Agencia también ha expresado la necesidad de aumentar la plantilla para que la Agencia pueda cumplir plenamente su mandato de manera sostenible;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>18.</NO.P>Acoge con satisfacción las iniciativas de la Agencia para integrar a las personas con discapacidad por medio del establecimiento de infraestructuras accesibles y servicios de apoyo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>19.</NO.P>Observa que, en 2022, la Agencia siguió apoyando al personal con complementos como vales, reembolso de los costes de internet y el programa «fit@work», y elaboró su código de conducta, en el que se definen las expectativas de la Agencia en relación con el comportamiento y la conducta de los miembros del personal;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Contratación pública</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>20.</NO.P>Observa con preocupación que el Tribunal detectó dos casos en los que la Agencia había adjudicado contratos de escasa cuantía (por debajo de 15 000 EUR) sin emitir un informe de evaluación y una decisión de adjudicación debidamente aprobada y firmada por el ordenador competente, que contraviene los puntos 30.3 y 30.4 del anexo I del Reglamento Financiero; recuerda, a este respecto, que el Tribunal hizo una observación similar en su informe de 2021 y que la Agencia respondió que ya había tomado las medidas necesarias para tratar este asunto; insiste en la importancia de aplicar procedimientos para garantizar el pleno cumplimiento del Reglamento Financiero; pide a la Agencia que aborde las cuestiones planteadas por el Tribunal e informe de cualquier novedad al respecto a la autoridad de aprobación de la gestión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>21.</NO.P>Toma nota de que, según el Tribunal, durante 2022, la Agencia ofreció a sus directivos una evaluación profesional realizada por un proveedor externo, designado por la Agencia; señala que, en tres ocasiones, la Agencia pagó directamente al proveedor por estos servicios, mientras que en los veintitrés casos restantes reembolsó el pago a los directivos, que habían pagado directamente al proveedor; observa que el importe total pagado por la Agencia por las veintiséis evaluaciones ascendió a 120 276 EUR; lamenta que la Agencia seleccionara al proveedor sin iniciar un procedimiento abierto de contratación pública y, por este motivo, el Tribunal concluyó que esos pagos fueron irregulares; pide a la Agencia que aborde las cuestiones planteadas por el Tribunal e informe a la autoridad de aprobación de la gestión de las medidas adoptadas a ese respecto;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>22.</NO.P>Hace hincapié en que el objetivo de las normas de contratación pública es permitir a las entidades contratantes obtener los bienes y servicios que necesitan al mejor precio, garantizando al mismo tiempo una competencia leal entre los licitadores y el cumplimiento de los principios de transparencia, proporcionalidad, igualdad de trato y no discriminación; pide a la Agencia que siga mejorando sus procedimientos de contratación pública, garantizando el pleno respeto de las normas aplicables, para lograr la optimización de recursos;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Prevención y gestión de conflictos de intereses, y transparencia</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>23.</NO.P>Toma nota de las medidas vigentes y los esfuerzos actualmente desplegados por la Agencia para garantizar la transparencia y la prevención y gestión de los conflictos de intereses, y constata que en su sitio web se publican los currículos de los miembros del Consejo de Administración, así como sus declaraciones de compromiso y de intereses, si bien es cierto que faltan algunos currículos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>24.</NO.P>Observa que la Agencia no notificó ningún caso de conflicto de intereses en 2022; toma nota, además, de la adopción por parte de la Agencia de la Decisión 15/2021 del Consejo de Administración sobre la prevención de conflictos de intereses y la actualización de las plantillas para las declaraciones; insiste en la importancia de contar con procedimientos para supervisar el cumplimiento de las normas relacionadas con las «puertas giratorias» y hacer un seguimiento activo de la actividad profesional de los altos directivos, en particular los que han abandonado la Agencia en los dos últimos años, a fin de poder detectar situaciones de «puerta giratoria» no declaradas;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>25.</NO.P>Toma nota de que el calendario de las reuniones entre la dirección de la Agencia y las partes interesadas externas está publicado en su sitio web;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>26.</NO.P>Recuerda la importancia de que la Agencia mejore su visibilidad en los medios de comunicación, internet y los medios sociales a fin de dar a conocer su trabajo a los ciudadanos;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Control interno</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>27.</NO.P>Observa que el Servicio de Auditoría Interna llevó a cabo en 2021 una auditoría sobre la planificación estratégica, la programación y la gestión del rendimiento y publicó su informe final de auditoría en abril de 2022, que incluía tres recomendaciones importantes; señala además que la Agencia está de acuerdo con las observaciones de la auditoría y que ha tomado las medidas necesarias para abordar estas cuestiones;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>28.</NO.P>Señala que, según el Tribunal, la Agencia no cuenta con un modelo de evaluación predeterminado, particularmente directrices, que oriente al comité de evaluación a la hora de examinar las ofertas de las licitaciones; observa que esto conlleva el riesgo de que las ofertas no sean evaluadas de manera coherente por cada miembro del comité de evaluación; pide a la Agencia que aborde esta cuestión planteada por el Tribunal e informe a la autoridad de aprobación de la gestión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>29.</NO.P>Toma nota de que, en 2022, la Agencia llevó a cabo controles <STRING ITALIC="on">ex post</STRING> de las operaciones financieras realizadas durante el ejercicio 2021, de conformidad con el artículo 45, apartados 8 y 9, del Reglamento Delegado (UE) 2019/715 de la Comisión<FOOTNOTE><FIELD> Reglamento Delegado (UE) 2019/715 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2018, relativo al Reglamento Financiero marco de los organismos creados en virtud del TFUE y el Tratado Euratom y a los que se refiere el artículo 70 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 122 de 10.5.2019, p. 1).</FIELD></FOOTNOTE>; llama la atención sobre el hecho de que se detectaron tres deficiencias, que derivaron en tres recomendaciones sobre operaciones financieras, ninguna de las cuales se consideró fundamental; observa que, para abordar la principal deficiencia, en 2022 se introdujo un control semanal del plazo de pago para alertar al personal de finanzas pertinente sobre las operaciones urgentes pendientes, a fin de cumplir el marco jurídico sobre los plazos de pago;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>30.</NO.P>Constata que, en 2022, la evaluación de la eficacia de los sistemas de control interno de la Agencia se basó en los indicadores del marco y también en información adicional de informes específicos de evaluación (de riesgos), conclusiones de auditorías y otras fuentes pertinentes; observa que la evaluación de los controles internos de la Agencia muestra garantías razonables que dan lugar a operaciones eficaces y eficientes, garantizan la calidad de la presentación de informes y el cumplimiento de la normativa, pero es necesario realizar algunas mejoras en relación con determinados principios para aumentar la eficacia y velar por la correcta aplicación de los controles internos; pide a la Agencia que informe a la autoridad de aprobación de la gestión acerca de su medida de seguimiento de la evaluación de las mejoras;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Otros comentarios</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>31.</NO.P>Observa que la Agencia ha aplicado medidas importantes para aumentar la protección de la ciberseguridad, en particular una solución de correo electrónico seguro (SECEM2), el ejercicio de equipo rojo y las correcciones y la intensificación del seguimiento, el desmantelamiento de los sistemas heredados y la actualización del marco político interno en materia de ciberseguridad;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>32.</NO.P>Acoge con satisfacción que el Consejo de Administración de la Agencia haya añadido al documento único de programación 2022‑2024 de la Agencia el objetivo de que la Agencia logre la neutralidad climática en todas sus operaciones de aquí a 2030; señala que, con la adopción de la estrategia organizativa de la Agencia, la certificación EMAS y la contratación pública ecológica son objetivos clave de la Agencia; toma nota de que se prevé que el proceso de certificación finalice en el transcurso de 2024;</P></ACTION><SEPARATION><P>°</P><P>°	°</P></SEPARATION><ACTION><P><NO.P>33.</NO.P>Remite, para otras observaciones transversales anejas a la Decisión sobre la aprobación de la gestión, a su Resolución, de 11 de abril de 2024<FOOTNOTE><FIELD> Textos Aprobados de esa fecha, P9_TA(2024)0280.</FIELD></FOOTNOTE>, sobre el rendimiento, la gestión financiera y el control de las agencias.</P></ACTION></ACTLST></DISPOSITIF></TEXT></RESOL></TXTLST></SDOCTA>