<?xml version="1.0" encoding="UTF-8" standalone="no"?><SDOCTA xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" STATUS="DEF1" xsi:noNamespaceSchemaLocation="TA.xsd"><IDENT><STRING BOLD="on">P9_TA(2024)0275</STRING></IDENT><TI><STRING BOLD="on">Aprobación de la gestión 2022: Empresa Común para un Hidrógeno Limpio</STRING></TI><HIDDEN><STRING HIDDEN="on" ITALIC="on">(A9-0089/2024 - Ponente: Michal Wiezik)</STRING></HIDDEN><TXTLST><DECISION><TI><NR>1.</NR> <STRING BOLD="on">Decisión del Parlamento Europeo, de 11 de abril de 2024, sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio para el ejercicio 2022 (2023/2175(DEC))</STRING></TI><TEXT><PREAMBLE><PRINIT><STRING ITALIC="on">El Parlamento Europeo,</STRING></PRINIT><GRVISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistas las cuentas anuales definitivas de la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio relativas al ejercicio 2022,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Informe anual del Tribunal de Cuentas sobre las empresas comunes de la UE correspondiente al ejercicio 2022, acompañado de las respuestas de las empresas comunes<FOOTNOTE><FIELD> DO C, C/2023/1025, 16.11.2023.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la declaración sobre la fiabilidad de las cuentas<FOOTNOTE><FIELD> DO C, C/2023/112, 12.10.2023.</FIELD></FOOTNOTE> y la regularidad y legalidad de las operaciones correspondientes, presentada por el Tribunal de Cuentas para el ejercicio 2022 de conformidad con el artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Recomendación del Consejo, de 22 de febrero de 2024, sobre la aprobación de la gestión de la Empresa Común relativa a la ejecución del presupuesto correspondiente al ejercicio 2022 (06182/2024 – C9‑0113/2024),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1296/2013, (UE) n.º 1301/2013, (UE) n.º 1303/2013, (UE) n.º 1304/2013, (UE) n.º 1309/2013, (UE) n.º 1316/2013, (UE) n.º 223/2014 y (UE) n.º 283/2014 y la Decisión n.º 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012<FOOTNOTE><FIELD> DO L 193 de 30.7.2018, p. 1.</FIELD></FOOTNOTE>, y en particular su artículo 71,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) 2021/2085 del Consejo, de 19 de noviembre de 2021, por el que se establecen las empresas comunes en el marco de Horizonte Europa y se derogan los Reglamentos (CE) n.º 219/2007, (UE) n.º 557/2014, (UE) n.º 558/2014, (UE) n.º 559/2014, (UE) n.º 560/2014, (UE) n.º 561/2014 y (UE) n.º 642/2014<FOOTNOTE><FIELD> DO L 427 de 30.11.2021, p. 17.</FIELD></FOOTNOTE>, y en particular su artículo 26,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento Delegado (UE) 2019/887 de la Comisión, de 13 de marzo de 2019, sobre el Reglamento Financiero tipo para los organismos de las colaboraciones público‑privadas a que se hace referencia en el artículo 71 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo<FOOTNOTE><FIELD> DO L 142 de 29.5.2019, p. 16.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos el artículo 100 y el anexo V de su Reglamento interno,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A9‑0089/2024),</P></VISA></GRVISA></PREAMBLE><DISPOSITIF> <ACTLST><ACTION><P><NO.P>1.</NO.P>Concede a la directora ejecutiva interina de la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de dicha Empresa Común para el ejercicio 2022;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>2.</NO.P>Presenta sus observaciones en la Resolución que figura a continuación;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>3.</NO.P>Encarga a su presidenta que transmita la presente Decisión y la Resolución que forma parte integrante de ella a la directora ejecutiva interina de la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el <STRING ITALIC="on">Diario Oficial de la Unión Europea</STRING> (serie L).</P></ACTION></ACTLST></DISPOSITIF></TEXT></DECISION></TXTLST><TXTLST><DECISION><TI><NR>2.</NR> <STRING BOLD="on">Decisión del Parlamento Europeo, de 11 de abril de 2024, sobre el cierre de las cuentas de la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio relativas al ejercicio 2022 (2023/2175(DEC))</STRING></TI><TEXT><PREAMBLE><PRINIT><STRING ITALIC="on">El Parlamento Europeo,</STRING></PRINIT><GRVISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistas las cuentas anuales definitivas de la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio relativas al ejercicio 2022,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Informe anual del Tribunal de Cuentas sobre las empresas comunes de la UE correspondiente al ejercicio 2022, acompañado de las respuestas de las empresas comunes<FOOTNOTE><FIELD> DO C, C/2023/1025, 16.11.2023.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la declaración sobre la fiabilidad de las cuentas<FOOTNOTE><FIELD> DO C, C/2023/112, 12.10.2023.</FIELD></FOOTNOTE> y la regularidad y legalidad de las operaciones correspondientes, presentada por el Tribunal de Cuentas para el ejercicio 2022 de conformidad con el artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Recomendación del Consejo, de 22 de febrero de 2024, sobre la aprobación de la gestión de la Empresa Común relativa a la ejecución del presupuesto correspondiente al ejercicio 2022 (06182/2024 – C9‑0113/2024),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el artículo 319 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1296/2013, (UE) n.º 1301/2013, (UE) n.º 1303/2013, (UE) n.º 1304/2013, (UE) n.º 1309/2013, (UE) n.º 1316/2013, (UE) n.º 223/2014 y (UE) n.º 283/2014 y la Decisión n.º 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012<FOOTNOTE><FIELD> DO L 193 de 30.7.2018, p. 1.</FIELD></FOOTNOTE>, y en particular su artículo 71,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento (UE) 2021/2085 del Consejo, de 19 de noviembre de 2021, por el que se establecen las empresas comunes en el marco de Horizonte Europa y se derogan los Reglamentos (CE) n.º 219/2007, (UE) n.º 557/2014, (UE) n.º 558/2014, (UE) n.º 559/2014, (UE) n.º 560/2014, (UE) n.º 561/2014 y (UE) n.º 642/2014<FOOTNOTE><FIELD> DO L 427 de 30.11.2021, p. 17.</FIELD></FOOTNOTE>, y en particular su artículo 26,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Reglamento Delegado (UE) 2019/887 de la Comisión, de 13 de marzo de 2019, sobre el Reglamento Financiero tipo para los organismos de las colaboraciones público‑privadas a que se hace referencia en el artículo 71 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo<FOOTNOTE><FIELD> DO L 142 de 29.5.2019, p. 16.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos el artículo 100 y el anexo V de su Reglamento interno,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A9‑0089/2024),</P></VISA></GRVISA></PREAMBLE><DISPOSITIF> <ACTLST><ACTION><P><NO.P>1.</NO.P>Aprueba el cierre de las cuentas de la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio relativas al ejercicio 2022;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>2.</NO.P>Encarga a su presidenta que transmita la presente Decisión a la directora ejecutiva interina de la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, y que disponga su publicación en el <STRING ITALIC="on">Diario Oficial de la Unión Europea</STRING> (serie L).</P></ACTION></ACTLST></DISPOSITIF></TEXT></DECISION></TXTLST><TXTLST><RESOL><TI><NR>3.</NR> <STRING BOLD="on">Resolución del Parlamento Europeo, de 11 de abril de 2024, que contiene las observaciones que forman parte integrante de la Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio para el ejercicio 2022 (2023/2175(DEC))</STRING></TI><TEXT><PREAMBLE><PRINIT><STRING ITALIC="on">El Parlamento Europeo,</STRING></PRINIT><GRVISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista su Decisión sobre la aprobación de la gestión en la ejecución del presupuesto de la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio para el ejercicio 2022,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos el artículo 100 y el anexo V de su Reglamento interno,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A9‑0089/2024),</P></VISA></GRVISA><GRCONS><CONS><P><NO.P>A.</NO.P>Considerando que la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio, con sede en Bruselas, se creó en noviembre de 2021 en el marco del programa Horizonte Europa mediante el Reglamento (UE) 2021/2085 del Consejo para el período que finaliza el 31 de diciembre de 2031<FOOTNOTE><FIELD> Reglamento (UE) 2021/2085 del Consejo, de 19 de noviembre de 2021, por el que se establecen las empresas comunes en el marco de Horizonte Europa y se derogan los Reglamentos (CE) n.º 219/2007, (UE) n.º 557/2014, (UE) n.º 558/2014, (UE) n.º 559/2014, (UE) n.º 560/2014, (UE) n.º 561/2014 y (UE) n.º 642/2014 (DO L 427 de 30.11.2021, p. 17).</FIELD></FOOTNOTE>; que la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio sustituyó y sucedió a la iniciativa tecnológica conjunta sobre pilas de combustible e hidrógeno (en lo sucesivo, «Empresa Común Pilas de Combustible e Hidrógeno»), creada en mayo de 2008 para el período que finalizaba el 31 de diciembre de 2017 en el marco del Séptimo Programa Marco de Investigación y Desarrollo Tecnológico mediante el Reglamento (CE) n.º 521/2008 del Consejo<FOOTNOTE><FIELD> Reglamento (CE) n.º 521/2008 del Consejo, de 30 de mayo de 2008, por el que se crea la «Empresa Común Pilas de Combustible e Hidrógeno» (DO L 153 de 12.6.2008, p. 1).</FIELD></FOOTNOTE> y prorrogada en mayo de 2014 en el marco del programa Horizonte 2020 hasta el 31 de diciembre de 2024 mediante el Reglamento (UE) n.º 559/2014 del Consejo<FOOTNOTE><FIELD> Reglamento (UE) n ° 559/2014 del Consejo, de 6 de mayo de 2014, por el que se establece la Empresa Común Pilas de Combustible e Hidrógeno 2 (DO L 169 de 7.6.2014, p. 108).</FIELD></FOOTNOTE> (en lo sucesivo, «Empresa Común Pilas de Combustible e Hidrógeno 2»);</P></CONS><CONS><P><NO.P>B.</NO.P>Considerando que la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio es una asociación público-privada en el ámbito de la investigación y la innovación en tecnología de hidrógeno y pilas de combustible; que sus miembros fundadores son la Unión Europea, representada por la Comisión, la Agrupación Industrial (Hydrogen Europe) y la Agrupación de Investigación (Hydrogen Europe Research);</P></CONS><CONS><P><NO.P>C.</NO.P>Considerando que, para aumentar la transparencia, la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio debe comunicar en sus cuentas anuales la información pertinente relativa a las contribuciones de los miembros a cada programa; que, respecto de cada programa en el que operen, la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio debe presentar, por categoría de miembro hasta el final del ejercicio, toda la información pertinente, incluidos los objetivos legales de contribución fijados para el respectivo programa, el volumen de las contribuciones recibidas y el volumen de los compromisos jurídicos; sugiere que la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio siga mejorando la transparencia;</P></CONS></GRCONS></PREAMBLE><DISPOSITIF><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Gestión presupuestaria y financiera</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>1.</NO.P>Constata que, según el Informe del Tribunal de Cuentas (en lo sucesivo, «Tribunal») sobre las cuentas anuales de la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio (en lo sucesivo, «Informe del Tribunal»), las cuentas anuales de 2022 presentan fielmente, en todos sus aspectos significativos, la situación financiera de la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio a 31 de diciembre de 2022, así como los resultados de sus operaciones, sus flujos de tesorería y los cambios en los activos netos del ejercicio entonces finalizado, conforme a lo dispuesto en su Reglamento financiero y a las normas contables aprobadas por el contable de la Comisión; observa asimismo que, según el Informe del Tribunal, las operaciones subyacentes a las cuentas son legales y regulares en todos los aspectos significativos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>2.</NO.P>Acoge con satisfacción el papel de la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio a la hora de sostener las actividades de investigación e innovación en tecnologías del hidrógeno en Europa;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>3.</NO.P>Observa que el presupuesto disponible para 2022<FOOTNOTE><FIELD> El presupuesto disponible comprende los créditos no utilizados de ejercicios anteriores que la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio consignó en el presupuesto del ejercicio actual, los ingresos afectados y las reasignaciones para el ejercicio siguiente.</FIELD></FOOTNOTE> en créditos de compromiso<FOOTNOTE><FIELD> Los créditos de compromiso aprobados ascendieron a 8,4 millones EUR, posteriormente modificados para incluir el aumento de los ingresos y los gastos relacionados con el nuevo programa en el marco de Horizonte Europa y los créditos no utilizados de ejercicios anteriores.</FIELD></FOOTNOTE> ascendió a 314,3 millones EUR (frente a 15,8 millones EUR en 2021), de los cuales 305,8 millones EUR se destinaron a actividades operativas y 8 millones EUR, a gastos administrativos, y en créditos de pago<FOOTNOTE><FIELD> Los créditos de pago aprobados ascendieron a 53,2 millones EUR y con la modificación se incrementó el importe, a raíz del nuevo programa, y para cubrir la convocatoria de propuestas prevista puesta en marcha en 2022, destinada a ejecutar la Agenda Estratégica de Investigación e Innovación.</FIELD></FOOTNOTE> ascendió a 118,3 millones EUR (frente a 56,2 millones EUR en 2021), de los cuales 109,7 millones EUR se destinaron a actividades operativas y 8,1 millones EUR, a gastos administrativos;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>4.</NO.P>Observa que los cambios en el volumen del presupuesto de la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio dependen en gran medida de la fase de ejecución de los programas plurianuales de investigación e innovación que está aplicando; que, en 2022, la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio comenzó con la ejecución del programa Horizonte Europa, por lo que el presupuesto de 2022 incluye el presupuesto comprometido para las primeras convocatorias de Horizonte Europa previstas para 2022 y el presupuesto de pagos para los pagos de prefinanciación correspondientes;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>5.</NO.P>Observa que el Tribunal de Cuentas (en lo sucesivo, «Tribunal») considera insuficiente la información sobre las contribuciones de los miembros a nivel de programa; acoge con satisfacción el compromiso de la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio de abordar esta cuestión;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>6.</NO.P>Toma nota de que, en las cuentas anuales de 2022 de la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio, los importes de las contribuciones reconocidas por categoría de miembro (Unión Europea y miembros privados) difieren significativamente entre sí; señala que esto se debe a que las contribuciones en efectivo de la Unión se validan y reconocen cuando se abonan a la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio al inicio de la ejecución del proyecto, pero las contribuciones en especie de los miembros solo se reconocen tras la validación de los costes contraídos y declarados para la ejecución del proyecto;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>7.</NO.P>Pide a la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio que aborde la diferencia entre el importe reconocido de las contribuciones en efectivo, por una parte, y las contribuciones en especie, por otra, ofreciendo información sobre los compromisos jurídicos de los miembros de la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio al final del ejercicio en lo que atañe a los acuerdos de subvención y contratos firmados;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>8.</NO.P>Celebra que, en lo que respecta a la ejecución del Séptimo Programa Marco de Investigación y Desarrollo Tecnológico, la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio alcanzara los objetivos de contribución de los miembros;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>9.</NO.P>Observa que, al final de 2022, la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio había comprometido 425,8 millones EUR (o el 95 %) de la contribución operativa máxima de la Unión de 450 millones EUR para los acuerdos de subvención firmados en el marco del Séptimo Programa Marco de Investigación y Desarrollo Tecnológico; que, de este importe, aproximadamente 3 millones EUR (o el 0,7 %) quedaban pendientes de pago en 2023 cuando concluyera el último proyecto por completar del Séptimo Programa Marco de Investigación y Desarrollo Tecnológico; que, además, al final de 2022, los miembros privados declararon un importe de contribuciones en especie correspondiente al objetivo mínimo de 450 millones EUR, que había sido plenamente validado por la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>10.</NO.P>Observa que, por cuanto se refiere al programa Horizonte 2020, el bajo nivel de contribuciones en especie validadas de los miembros privados para actividades operativas, por valor de 51,7 millones EUR (en 2021, 38,6 millones EUR), obedece a que la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio los certifica posteriormente, cuando se efectúan los pagos finales para los proyectos de Horizonte 2020 y se emiten los certificados de los estados financieros;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>11.</NO.P>Observa que, según el Informe del Tribunal, los compromisos jurídicos de los miembros se sitúan en el nivel de sus objetivos de contribución;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>12.</NO.P>Observa que, por lo que respecta a los logros de la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio relativos al programa Horizonte 2020, en términos de contratos y acuerdos de subvención firmados, esta Empresa Común había comprometido plenamente, al finalizar 2022, la contribución operativa máxima de la Unión de 646 millones EUR para los contratos y acuerdos de subvención firmados en el marco de ese programa Horizonte 2020; que, además, de este importe comprometido, aproximadamente 88,5 millones EUR (es decir, el 13,7 %) quedan pendientes de pago en los próximos ejercicios para proyectos y contratos aún por completar;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>13.</NO.P>Señala asimismo que los miembros privados se habían comprometido jurídicamente a aportar contribuciones en especie a las actividades operativas de la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio por un importe de 190,5 millones EUR, y contribuciones en especie a actividades adicionales por valor de 1 039 millones EUR, es decir, el 340,6 % del objetivo mínimo de 361 millones EUR; que estos importes comprometidos se notificaron íntegramente al final de 2022;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>14.</NO.P>Señala que, para las actividades de Horizonte 2020, la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio no recibió nuevos créditos de compromiso operativos, ya que había finalizado su última convocatoria de propuestas al final de 2020;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>15.</NO.P>Toma nota de que, según el Informe del Tribunal, la ejecución del pago operativo del presupuesto de 2022 para las actividades de Horizonte 2020 disminuyó (el 81 % para 2022 frente al 88 % para 2021), ya que los beneficiarios se enfrentaron a un aumento de los costes y a problemas de ejecución a raíz de la crisis de la COVID‑19 y de la guerra de agresión contra Ucrania y que, en consecuencia, hubo que prorrogar la duración de la mayoría de los proyectos de Horizonte 2020 y aplazar los pagos finales a 2023;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>16.</NO.P>Observa que, por cuanto se refiere al programa Horizonte Europa, la Comisión realizó en 2022 contribuciones en efectivo por valor de 80 millones EUR, de los cuales la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio utilizó 47 millones EUR (o el 59 %) para pagos de prefinanciación relacionados con los primeros acuerdos de subvención celebrados en el marco del programa Horizonte Europa;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>17.</NO.P>Observa que la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio puso en marcha la primera convocatoria de propuestas sobre el hidrógeno en el marco de Horizonte Europa, por un valor total de 300 millones EUR; que la evaluación de la convocatoria de 2022 dio lugar a la retirada de cuatro temas para los que no se habían presentado propuestas adecuadas<FOOTNOTE><FIELD> Según la aclaración de la Empresa Común, la «retirada de temas» debe entenderse como «ausencia de cobertura de temas debido a la falta de solicitudes/propuestas seleccionadas».</FIELD></FOOTNOTE>; que la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio transfirió a 2023 el presupuesto de pagos no utilizado de 33 millones EUR para el pago de prefinanciaciones relacionadas con nuevos acuerdos de subvención cuya firma estaba prevista para el inicio de 2023;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>18.</NO.P>Observa que, según el Informe del Tribunal, al final de 2022 los porcentajes de ejecución del presupuesto administrativo (título 2) eran bajos: el 62 % de los créditos de compromiso y el 51 % de los créditos de pago; que la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio explicó que esto se debía a la suspensión de pagos relativos a la organización de la Semana del Hidrógeno, al aplazamiento de la contratación pública para la renovación del edificio de oficinas y al retraso en la celebración de un importante contrato marco de servicios;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Contratación pública y personal</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>19.</NO.P>Toma nota de que, según el informe anual de actividades consolidado, en 2022, como continuación de la práctica de la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio en los últimos ejercicios, la gestión de licitaciones y contratos incluyó procedimientos interinstitucionales de contratación pública iniciados por la Comisión u otros organismos de la Unión, y los contratos marco plurianuales resultantes; toma nota, asimismo, de que la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio también coopera con otras empresas comunes para sus necesidades en materia de licitaciones con el fin de minimizar el esfuerzo administrativo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>20.</NO.P>Toma nota de que la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio ha hecho un uso intensivo de los módulos eTendering, eNotices y eSubmission y ha iniciado el proceso de integración del instrumento de gestión de contratación pública (PPMT, por sus siglas en inglés), con el objetivo de ponerlo en marcha a lo largo de 2023;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>21.</NO.P>Toma nota de que el equipo de personal estatutario de la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio consta de veintinueve puestos (veintisiete agentes temporales y dos agentes contractuales); observa, además, que los recursos de personal incluyen dos expertos nacionales en comisión de servicios;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>22.</NO.P>Toma nota de que, según el informe anual de actividades consolidado de 2022, el entorno de trabajo digital para cada miembro del personal se moderniza constantemente: se garantizó al personal de la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio un acceso adecuado al conjunto completo de gestión de solicitudes de subvención de la Comisión; el despliegue de la renovación de los equipos informáticos se ejecutó según lo previsto, junto con la renovación de la licencia necesaria para aplicaciones esenciales, como Slido, Webex, Business Object, Adobe, o la telefonía móvil, lo que permitió a cada miembro del personal una mayor flexibilidad en el marco del nuevo sistema de teletrabajo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>23.</NO.P>Observa que, de conformidad con el Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea y régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea, establecidos en el Reglamento (CEE, Euratom, CECA) n.º 259/68 del Consejo<FOOTNOTE><FIELD> DO L 56 de 4.3.1968, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/1968/259(1)/oj.</FIELD></FOOTNOTE> y las directrices de la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio, el comité de personal debe designar al menos a un miembro en el comité de selección para los procedimientos de contratación externos; toma nota de que el Tribunal constató que el comité de selección para el procedimiento de contratación auditado no incluía a un miembro designado por el comité de personal y que la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio no pudo crear un comité de personal a pesar de haber puesto en marcha varias convocatorias de manifestaciones de interés entre su personal;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Sistemas de gestión y control</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>24.</NO.P>Observa que, en el caso del gasto del Séptimo Programa Marco de Investigación y Desarrollo Tecnológico, la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio llevó a cabo auditorías <STRING ITALIC="on">a posteriori</STRING>, mientras que el Servicio Común de Auditoría de la Dirección General de Investigación e Innovación de la Comisión fue el responsable de las auditorías <STRING ITALIC="on">a posteriori</STRING> del gasto de Horizonte 2020 y Horizonte Europa; observa, además, que, en el caso del gasto definitivo del Séptimo Programa Marco de Investigación y Desarrollo Tecnológico realizado en 2022, la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio no llevó a cabo auditorías <STRING ITALIC="on">a posteriori</STRING>, debido a los importes insignificantes en cuestión y que, en consecuencia, publicó como porcentajes de error definitivos para el gasto del Séptimo Programa Marco de Investigación y Desarrollo Tecnológico el porcentaje de error representativo del 2,0 % y el porcentaje de error residual del 1,1 % alcanzado al final de 2021;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>25.</NO.P>Observa que, para los gastos de la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio en el marco de Horizonte 2020 (liquidaciones y pagos finales), la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio notificó un porcentaje de error representativo del 2,9 % y un porcentaje de error residual del 0,9 %<FOOTNOTE><FIELD> Informe anual de actividades consolidado de la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio de 2022, capítulo 4.1.1.1.</FIELD></FOOTNOTE>; que, respecto a Horizonte Europa, no se llevaron a cabo auditorías <STRING ITALIC="on">a posteriori</STRING>, ya que los primeros pagos intermedios no se esperan hasta 2024;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>26.</NO.P>Toma nota de que, con el fin de evaluar los controles sobre los pagos operativos de la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio, el Tribunal auditó una muestra aleatoria de pagos de Horizonte 2020 efectuados en 2022, centrándose en los beneficiarios finales<FOOTNOTE><FIELD> En cuanto a las operaciones de pago de subvenciones comprobadas en los beneficiarios, el umbral de notificación de errores cuantificables es el 1 % de los costes auditados.</FIELD></FOOTNOTE>; observa que, en un caso, el Tribunal constató y cuantificó un error grave derivado de los costes de personal porque el beneficiario solicitó horas trabajadas durante los períodos de vacaciones e incluyó costes de remuneración adicionales no subvencionables en los costes declarados y, en otro caso, el Tribunal constató y cuantificó un error grave derivado de los costes declarados por los equipos, que el beneficiario no utilizó durante el período de referencia, y de costes de personal incorrectamente calculados;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>27.</NO.P>Celebra el hecho de que, al final de 2022, la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio hubiera desarrollado y aplicado un enfoque completo basado en el riesgo para los controles previos en consonancia con las orientaciones del Servicio Común de Auditoría de la Comisión, teniendo en cuenta las circunstancias de riesgo específicas de la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio; que, a tal fin, la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio logró determinar los criterios de riesgo más pertinentes y diseñó, basándose en ellos, un enfoque de seguimiento basado en el riesgo;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>28.</NO.P>Señala que este enfoque permitió a la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio evaluar el nivel de riesgo de cada proyecto y beneficiario durante las principales fases de ejecución del proyecto, como la preparación del acuerdo de subvención, la modificación de dicho acuerdo, la presentación de informes y el pago; toma nota, a este respecto, de que la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio también elaboró directrices internas sobre su enfoque basado en el riesgo, y formó y guio a su personal acerca de su aplicación adecuada y coherente;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>29.</NO.P>Celebra que la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio desarrollara un enfoque basado en el riesgo para las auditorías <STRING ITALIC="on">a posteriori</STRING> con el fin de reducir su porcentaje de error reforzando el efecto de limpieza de dichas auditorías;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>30.</NO.P>Observa que, según el Informe del Tribunal, la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio desarrolló un enfoque a medida basado en el riesgo para reforzar la garantía que obtiene de los controles previos y de las auditorías <STRING ITALIC="on">a posteriori</STRING>: al principio de 2022, la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio analizó toda la población de sus beneficiarios de Horizonte 2020 e identificó a los beneficiarios que presentaban un mayor riesgo para someterlos a auditorías <STRING ITALIC="on">a posteriori</STRING> basadas en el riesgo; toma nota de que los beneficiarios de mayor riesgo eran todos los beneficiarios principales que habían recibido una contribución de la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio superior a 1 millón EUR por todos los proyectos de Horizonte 2020 gestionados por esta, pero que nunca habían sido auditados <STRING ITALIC="on">a posteriori</STRING> y tenían un perfil de riesgo basado en su condición de pyme o de recién llegado;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>31.</NO.P>Observa que se invitó a los restantes beneficiarios principales a completar un breve cuestionario de autoevaluación centrado en los errores más comunes detectados en anteriores auditorías <STRING ITALIC="on">a posteriori</STRING>, como la complejidad de la opción de costes de personal elegida, una considerable subcontratación, adquisiciones de activos, suministros internos, el método de notificación de costes y la aplicación de los resultados de anteriores auditorías <STRING ITALIC="on">a posteriori</STRING>; observa que, sobre la base de sus respuestas, la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio identificó a los principales beneficiarios con un alto riesgo de control <STRING ITALIC="on">ex ante</STRING> y celebró seminarios web financieros con ellos, centrándose en las características clave de una declaración de costes correcta con partidas de costes significativas; que, además, el resultado de estos seminarios fue utilizado por los responsables financieros y los responsables del proyecto de la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio a fin de mejorar la eficacia de sus controles previos en relación con las próximas declaraciones de gastos de estos beneficiarios principales (fase de pago);</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>32.</NO.P>Celebra que la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio desarrollara un enfoque basado en el riesgo para las auditorías <STRING ITALIC="on">a posteriori</STRING> con el fin de reducir su porcentaje de error con muestras mejor orientadas para detectar a los beneficiarios con mayor probabilidad de error, reforzando así el efecto de limpieza de dichas auditorías; considera que se trata de un importante cambio positivo en el enfoque de auditoría <STRING ITALIC="on">a posteriori</STRING>, ya que el marco de control interno de la Comisión para las subvenciones de Horizonte Europa no permite establecer muestras representativas específicas de la Empresa Común y calcular, en consecuencia, porcentajes de error representativos y residuales específicos para las empresas comunes;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>33.</NO.P>Observa que el Tribunal considera que las empresas comunes con un enfoque bien desarrollado de auditoría <STRING ITALIC="on">a posteriori</STRING> basado en el riesgo tienen un porcentaje de error residual inferior a la media de las empresas comunes que no aplican tal enfoque, debido a la identificación y auditoría sistemáticas de los beneficiarios de mayor riesgo;</P></ACTION></ACTLST><ACTLST><ACTINIT><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Seguimiento de las observaciones de ejercicios anteriores</STRING></STRING></ACTINIT><ACTION><P><NO.P>34.</NO.P>Toma nota de que las «observaciones» contenidas en los informes anuales específicos de la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio son, en realidad, «recomendaciones sin un plazo específico» del Tribunal; toma nota de que el Tribunal hace un seguimiento anual de dichas observaciones evaluando su situación como «abierta» o «cerrada»;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>35.</NO.P>Observa que, en el caso de la Empresa Común para un Hidrógeno Limpio, todas las observaciones de ejercicios anteriores se cerraron debido a las medidas correctoras adoptadas por la Empresa Común durante 2022.</P></ACTION></ACTLST></DISPOSITIF></TEXT></RESOL></TXTLST></SDOCTA>