<?xml version="1.0" encoding="UTF-8" standalone="no"?><SDOCTA xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" STATUS="DEF2" xsi:noNamespaceSchemaLocation="TA.xsd"><IDENT><STRING BOLD="on">P9_TA(2024)0295</STRING></IDENT><TI><STRING BOLD="on">Modificación de la Directiva Solvencia II</STRING></TI><HIDDEN><STRING HIDDEN="on" ITALIC="on">(A9-0256/2023 - Ponente: Markus Ferber)</STRING></HIDDEN><TXTLST><RESOL><TI><STRING BOLD="on">Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 23 de abril de 2024, sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 2009/138/CE en lo que respecta a la proporcionalidad, la calidad de la supervisión, la presentación de información, las medidas de garantía a largo plazo, los instrumentos macroprudenciales, los riesgos de sostenibilidad y la supervisión de grupo y transfronteriza (COM(2021)0581 – C9-0367/2021 – 2021/0295(COD))</STRING></TI><NOTE>(Procedimiento legislativo ordinario: primera lectura)</NOTE><TEXT><PREAMBLE><PRINIT><STRING ITALIC="on">El Parlamento Europeo,</STRING></PRINIT><GRVISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2021)0581),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos los artículos 294, apartado 2, 53, apartado 1, y 62, apartado 114, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C9‑0367/2021),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el artículo 294, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Dictamen del Comité Económico y Social Europeo de 23 de febrero de 2022<FOOTNOTE><FIELD> DO C 275 de 18.7.2022, p. 45.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos el acuerdo provisional aprobado por la comisión competente con arreglo al artículo 74, apartado 4, de su Reglamento interno y el compromiso asumido por el representante del Consejo, mediante carta de 24 de enero de 2024, de aprobar la Posición del Parlamento Europeo, de conformidad con el artículo 294, apartado 4, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el artículo 59 de su Reglamento interno,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios (A9‑0256/2023),</P></VISA></GRVISA></PREAMBLE><DISPOSITIF><ACTLST><ACTION><P><NO.P>1.</NO.P>Aprueba la Posición en primera lectura que figura a continuación;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>2.</NO.P>Pide a la Comisión que le consulte de nuevo si sustituye su propuesta, la modifica sustancialmente o se propone modificarla sustancialmente;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>3.</NO.P>Encarga a su presidenta que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.</P></ACTION></ACTLST></DISPOSITIF></TEXT></RESOL></TXTLST><TXTLST><IDENT TCLINK="YES"><STRING BOLD="on">P9_TC1-COD(2021)0295</STRING></IDENT><OTTXT><TI><STRING BOLD="on">Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 23 de abril de 2024 con vistas a la adopción de la Directiva (UE) 2025/... del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 2009/138/CE en lo que respecta a la proporcionalidad, la calidad de la supervisión, la presentación de información, las medidas de garantía a largo plazo, los instrumentos macroprudenciales, los riesgos de sostenibilidad y la supervisión de grupo y transfronteriza, y se modifican las Directivas 2002/87/CE y 2013/34/UE</STRING></TI><NOTE><STRING ITALIC="on">(Dado que el Parlamento Europeo y el Consejo llegaron a un acuerdo, la posición del Parlamento coincide con el texto del acto legislativo definitivo, la Directiva (UE) 2025/2.)</STRING></NOTE></OTTXT></TXTLST></SDOCTA>