<?xml version="1.0" encoding="UTF-8" standalone="no"?><SDOCTA xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" STATUS="DEF2" xsi:noNamespaceSchemaLocation="TA.xsd"><IDENT><STRING BOLD="on">P9_TA(2024)0348</STRING></IDENT><TI><STRING BOLD="on">Medidas para atenuar las exposiciones excesivas frente a entidades de contrapartida central de terceros países y para mejorar la eficiencia de los mercados de compensación de la Unión</STRING></TI><HIDDEN><STRING HIDDEN="on" ITALIC="on">(A9-0398/2023 - Ponente: Danuta Maria Hübner)</STRING></HIDDEN><TXTLST><RESOL><TI><STRING BOLD="on">Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 24 de abril de 2024, sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 648/2012, (UE) n.º 575/2013 y (UE) 2017/1131 por lo que respecta a las medidas para atenuar las exposiciones excesivas frente a entidades de contrapartida central de terceros países y para mejorar la eficiencia de los mercados de compensación de la Unión (COM(2022)0697 – C9-0412/2022 – 2022/0403(COD))</STRING></TI><NOTE>(Procedimiento legislativo ordinario: primera lectura)</NOTE><TEXT><PREAMBLE><PRINIT><STRING ITALIC="on">El Parlamento Europeo,</STRING></PRINIT><GRVISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2022)0697),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos el artículo 294, apartado 2, y el artículo 114 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C9‑0412/2022),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el artículo 294, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el dictamen del Banco Central Europeo de 26 de abril de 2023<FOOTNOTE><FIELD> DO C 204 de 12.6.2023, p. 3.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo de 22 de marzo de 2023<FOOTNOTE><FIELD> DO C 184 de 25.5.2023, p. 49.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos el acuerdo provisional aprobado por la comisión competente con arreglo al artículo 74, apartado 4, de su Reglamento interno y el compromiso asumido por el representante del Consejo, mediante carta de 14 de febrero de 2024, de aprobar la Posición del Parlamento Europeo, de conformidad con el artículo 294, apartado 4, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el artículo 59 de su Reglamento interno,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios (A9-0398/2023),</P></VISA></GRVISA></PREAMBLE><DISPOSITIF><ACTLST><ACTION><P><NO.P>1.</NO.P>Aprueba la Posición en primera lectura que figura a continuación;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>2.</NO.P>Pide a la Comisión que le consulte de nuevo si sustituye su propuesta, la modifica sustancialmente o se propone modificarla sustancialmente;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>3.</NO.P>Encarga a su presidenta que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.</P></ACTION></ACTLST></DISPOSITIF></TEXT></RESOL></TXTLST><TXTLST><IDENT TCLINK="YES"><STRING BOLD="on">P9_TC1-COD(2022)0403</STRING></IDENT><OTTXT><TI><STRING BOLD="on">Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 24 de abril de 2024 con vistas a la adopción del Reglamento (UE) 2024/... del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 648/2012, (UE) n.º 575/2013 y (UE) 2017/1131 por lo que respecta a las medidas para atenuar las exposiciones excesivas a entidades de contrapartida central de terceros países y para mejorar la eficiencia de los mercados de compensación de la Unión</STRING></TI><NOTE><STRING ITALIC="on">(Dado que el Parlamento Europeo y el Consejo llegaron a un acuerdo, la posición del Parlamento coincide con el texto del acto legislativo definitivo, el Reglamento (UE) 2024/2987.)</STRING></NOTE></OTTXT></TXTLST></SDOCTA>