<?xml version="1.0" encoding="UTF-8" standalone="no"?><SDOCTA xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" STATUS="DEF2" xsi:noNamespaceSchemaLocation="TA.xsd"><IDENT><STRING BOLD="on">P9_TA(2024)0355</STRING></IDENT><TI><STRING BOLD="on">Reglamento de Cibersolidaridad</STRING></TI><HIDDEN><STRING HIDDEN="on" ITALIC="on">(A9-0426/2023 - Ponente: Lina Gálvez Muñoz)</STRING></HIDDEN><TXTLST><RESOL><TI><STRING BOLD="on">Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 24 de abril de 2024, sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen medidas destinadas a reforzar la solidaridad y las capacidades en la Unión a fin de detectar amenazas e incidentes de ciberseguridad, prepararse para ellos y responder a ellos (COM(2023)0209 – C9-0136/2023 – 2023/0109(COD))</STRING></TI><NOTE>(Procedimiento legislativo ordinario: primera lectura)</NOTE><TEXT><PREAMBLE><PRINIT><STRING ITALIC="on">El Parlamento Europeo,</STRING></PRINIT><GRVISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2023)0209),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos el artículo 294, apartado 2, y los artículos 173, apartado 3, y 322, apartado 1, letra a), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C9‑0136/2023),</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el artículo 294, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la opinión del Tribunal de Cuentas de 18 de abril de 2023<FOOTNOTE><FIELD> Pendiente de publicación en el Diario Oficial.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la opinión del Comité Económico y Social Europeo de 13 de julio de 2023<FOOTNOTE><FIELD> DO C 349 de 29.9.2023, p. 167.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el dictamen del Comité de las Regiones de 30 de noviembre de 2023<FOOTNOTE><FIELD> DO C, C/2024/1049, 9.2.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/1049/oj.</FIELD></FOOTNOTE>,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos el acuerdo provisional aprobado por la comisión competente con arreglo al artículo 74, apartado 4, de su Reglamento interno y el compromiso asumido por el representante del Consejo, mediante carta de 21 de marzo de 2024, de aprobar la Posición del Parlamento Europeo, de conformidad con el artículo 294, apartado 4, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el artículo 59 de su Reglamento interno,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistas las opiniones de la Comisión de Asuntos Exteriores y de la Comisión de Transportes y Turismo,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el informe de la Comisión de Industria, Investigación y Energía (A9-0426/2023),</P></VISA></GRVISA></PREAMBLE><DISPOSITIF><ACTLST><ACTION><P><NO.P>1.</NO.P>Aprueba la Posición en primera lectura que figura a continuación;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>2.</NO.P>Toma nota de la declaración de la Comisión adjunta a la presente Resolución, que se publicará en la serie C del <STRING ITALIC="on">Diario Oficial de la Unión Europea</STRING>;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>3.</NO.P>Pide a la Comisión que le consulte de nuevo si sustituye su propuesta, la modifica sustancialmente o se propone modificarla sustancialmente;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>4.</NO.P>Encarga a su presidenta que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Parlamentos nacionales.</P></ACTION></ACTLST></DISPOSITIF></TEXT></RESOL></TXTLST><TXTLST><IDENT TCLINK="YES"><STRING BOLD="on">P9_TC1-COD(2023)0109</STRING></IDENT><OTTXT><TI><STRING BOLD="on">Posición del Parlamento Europeo aprobada en primera lectura el 24 de abril de 2024 con vistas a la adopción del Reglamento (UE) 2025/... del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen medidas destinadas a reforzar la solidaridad y las capacidades en la Unión a fin de detectar ciberamenazas e incidentes, prepararse y responder a ellos y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2021/694 (Reglamento de Cibersolidaridad)</STRING></TI><NOTE><STRING ITALIC="on">(Dado que el Parlamento Europeo y el Consejo llegaron a un acuerdo, la posición del Parlamento coincide con el texto del acto legislativo definitivo, el Reglamento (UE) 2025/38.)</STRING></NOTE></OTTXT></TXTLST><TXTLST><ANNEX><TI>ANEXO A LA RESOLUCIÓN LEGISLATIVA</TI><STI><STRING BOLD="on"><STRING ITALIC="on">Declaración de la Comisión sobre el presupuesto con respecto al Reglamento (UE) 2025/38 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de diciembre de 2024, por el que se establecen medidas destinadas a reforzar la solidaridad y las capacidades en la Unión a fin de detectar amenazas e incidentes de ciberseguridad, prepararse para ellos y responder a ellos (Reglamento de Cibersolidaridad)</STRING></STRING><FOOTNOTE><FIELD> DO L, 2025/38, 15.1.2025, ELI: <STRING UNDERLINE="on">http://data.europa.eu/eli/reg/2025/38/oj</STRING>.</FIELD></FOOTNOTE></STI><P><NO.P>1.</NO.P>La ficha de financiación legislativa de la Comisión que acompaña a la propuesta de Ley de Cibersolidaridad se publicó en abril de 2023. Desde entonces, las cifras estimadas pertinentes han cambiado debido a la adopción o la adopción prevista de otros actos legislativos.</P><P><NO.P>2.</NO.P>El 5 de marzo de 2024, los colegisladores alcanzaron un acuerdo político preliminar para limitar a 22 millones EUR la reasignación del objetivo específico 4 «Capacidades digitales avanzadas» al objetivo específico 3 «Ciberseguridad y confianza» del programa Europa Digital prevista en la ficha de financiación legislativa.</P><P><NO.P>3.</NO.P>Para reflejar los términos del acuerdo político preliminar, la Comisión actualizó la ficha de financiación legislativa de la Ley de Cibersolidaridad con respecto a las dotaciones financieras para los objetivos específicos 2 «Inteligencia artificial», 3 «Ciberseguridad y confianza» y 4 «Capacidades digitales avanzadas», teniendo en cuenta las reasignaciones acordadas por los colegisladores.</P><P><NO.P>4.</NO.P>En consonancia, las dotaciones financieras para el período 2025-2027 presentadas en la ficha de financiación legislativa actualizada, sin perjuicio de las competencias de la Comisión en el contexto del procedimiento presupuestario anual, son las siguientes:</P><P><NO.P>—</NO.P>[544 726 000 EUR] para el objetivo específico 2 «Inteligencia artificial», teniendo en cuenta 65 millones EUR reasignados al objetivo específico 3 «Ciberseguridad y confianza»;</P><P><NO.P>—</NO.P>[44 451 000 EUR] para el objetivo específico 3 «Ciberseguridad y confianza», parte en régimen de gestión directa de la Comisión, incluidos 26 millones EUR reasignados de los objetivos específicos 2 y 4.</P><P><NO.P>—</NO.P>[353 190 613 EUR] para el objetivo específico 3 «Ciberseguridad y confianza», parte gestionada por el Centro Europeo de Competencia en Ciberseguridad, incluida la reasignación de 61 millones EUR de los objetivos específicos 2 y 4.</P><P><NO.P>—</NO.P>[167 162 423 EUR] para el objetivo específico 4 «Capacidades digitales avanzadas», teniendo en cuenta la reasignación de 22 millones EUR al objetivo específico 3 «Ciberseguridad y confianza».</P><P><NO.P>5.</NO.P>La Reserva de Ciberseguridad de la UE se financiará con cargo a la dotación financiera del objetivo específico 3 «Ciberseguridad y confianza», parte en régimen de gestión directa de la Comisión (que, según la ficha de financiación legislativa actualizada, se estima en [44 451 000] EUR).</P></ANNEX></TXTLST></SDOCTA>