<?xml version="1.0" encoding="UTF-8" standalone="no"?><SDOCTA xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" STATUS="DEF1" xsi:noNamespaceSchemaLocation="TA.xsd"><IDENT><STRING BOLD="on">P9_TA(2024)0370</STRING></IDENT><TI><STRING BOLD="on">Propuesta de derogación de la ley por la que se prohíbe la mutilación genital femenina en Gambia</STRING></TI><HIDDEN><STRING HIDDEN="on" ITALIC="on">(B9-0228, 0229, 0233, 0234, 0242 y 0243/2024)</STRING></HIDDEN><TXTLST><RESOL><TI><STRING BOLD="on">Resolución del Parlamento Europeo, de 25 de abril de 2024, sobre la propuesta de derogación de la ley por la que se prohíbe la mutilación genital femenina en Gambia (2024/2699(RSP))</STRING></TI><TEXT><PREAMBLE><PRINIT><STRING ITALIC="on">El Parlamento Europeo,</STRING></PRINIT><GRVISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Acuerdo de Samoa,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vista la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos la Carta Africana sobre los Derechos Humanos y de los Pueblos, el Protocolo de Maputo y la Carta Africana de los Derechos y el Bienestar del Niño,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Visto el Objetivo de Desarrollo Sostenible n.º 5, que tiene por objeto la erradicación a nivel mundial de la mutilación genital femenina de aquí a 2030,</P></VISA><VISA><P><NO.P>–</NO.P>Vistos el artículo 144, apartado 5, y el artículo 132, apartado 4, de su Reglamento interno,</P></VISA></GRVISA><GRCONS><CONS><P><NO.P>A.</NO.P>Considerando que la histórica Ley (modificativa) gambiana sobre las Mujeres, de 2015, prohíbe la mutilación genital femenina, castigándola con hasta tres años de prisión;</P></CONS><CONS><P><NO.P>B.</NO.P>Considerando que el 18 de marzo de 2024 una propuesta de ley para derogar dicha prohibición superó la segunda lectura en el Parlamento gambiano, remitiéndose a una comisión parlamentaria que tardará al menos tres meses en examinarla antes de devolverla al Parlamento para una tercera y última revisión;</P></CONS><CONS><P><NO.P>C.</NO.P>Considerando que Gambia corre el riesgo de ser el primer país del mundo en revertir la protección jurídica contra la mutilación genital femenina; que ello puede animar a un menoscabo análogo en los derechos de las mujeres y las niñas en otros países de la región;</P></CONS><CONS><P><NO.P>D.</NO.P>Considerando que la mutilación genital femenina constituye una grave violación de los derechos humanos y es constitutiva de discriminación contra las niñas y las mujeres; que se trata de una práctica no justificada por ninguna religión o cultura, abusiva, explotadora y perjudicial que no solo conlleva graves consecuencias, incluidos daños irreparables para la salud física, psicológica, reproductiva y sexual, sino también puede provocar la muerte; que impide que las mujeres y las niñas realicen todo su potencial y participen en la sociedad;</P></CONS><CONS><P><NO.P>E.</NO.P>Considerando que Gambia se encuentra entre los países con mayor prevalencia de la mutilación genital femenina en todo el mundo y que, según UNICEF, el 76 % de las mujeres gambianas de entre 15 y 49 años han sido objeto de este tipo de mutilaciones; que más de 230 millones de niñas y mujeres en todo el mundo se ven afectadas por la mutilación genital femenina;</P></CONS></GRCONS></PREAMBLE><DISPOSITIF><ACTLST><ACTION><P><NO.P>1.</NO.P>Insta al Parlamento gambiano a que demuestre su compromiso con la legislación internacional en materia de derechos humanos y los múltiples acuerdos internacionales y regionales de los que Gambia es signatario, a que proteja los derechos de las mujeres y las niñas y a que, por lo tanto, rechace la propuesta y defienda la criminalización de la mutilación genital femenina;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>2.</NO.P>Insta al Gobierno gambiano a que redoble sus esfuerzos para prevenir y erradicar la mutilación genital femenina mediante medidas ejecutivas sólidas y esfuerzos de sensibilización y educación para abordar las causas profundas del fenómeno; pide al Gobierno gambiano que colabore con los socios internacionales, en particular con el Programa Conjunto del UNFPA y UNICEF sobre la eliminación de la mutilación genital femenina;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>3.</NO.P>Se muestra dispuesto a apoyar al Gobierno y a las organizaciones de la sociedad civil en las acciones de participación de la comunidad —inclusive con los líderes religiosos, tradicionales y comunitarios— en la lucha contra la mutilación genital femenina, y a apoyar a las supervivientes y a los defensores de los derechos de las mujeres;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>4.</NO.P>Pide a la Comisión y al Servicio Europeo de Acción Exterior que aborden urgente y sistemáticamente con las autoridades gambianas la cuestión de la mutilación genital femenina, en coordinación con los socios internacionales;</P></ACTION><ACTION><P><NO.P>5.</NO.P>Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al Servicio Europeo de Acción Exterior, a las autoridades gambianas y a la Unión Africana.</P></ACTION></ACTLST></DISPOSITIF></TEXT></RESOL></TXTLST></SDOCTA>